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1
DOCUMENTO NORMATIVO
“Disposiciones para la prestación del servicio educativo durante el año
escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación
Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural”
2
1. OBJETIVO
Establecer los lineamientos y orientaciones para la prestación del servicio educativo
durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación
Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
● Ministerio de Educación.
● Gobiernos regionales.
● Direcciones Regionales de Educación (DRE) o las que hagan sus veces.
● Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).
● Gobiernos locales
● Instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de
Educación Básica Regular de ámbito rural y urbano: niveles de educación
inicial, primaria y secundaria; Educación Básica Alternativa: ciclos inicial,
intermedio y avanzado; y de Educación Básica Especial: niveles inicial y
primaria.
3. BASE NORMATIVA
● Constitución Política del Perú.
● Ley N° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados.
● Ley N° 27558, Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes
Rurales.
● Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingüe Intercultural.
● Ley N° 28044, Ley General de Educación.
● Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
● Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones.
● Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la
educación física en la educación básica pública.
● Ley 30772, Ley que promueve la atención educativa integral de los
estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio
de la educación básica.
● Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.
● Decreto de Urgencia Nº 026-2020, que establece diversas medidas
excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus
(COVID-19) en el territorio nacional.
● Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°
29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones
educativas.
● Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°
28044, Ley General de Educación
● Decreto Supremo Nº 006-2016-MINEDU, que aprueba la Política Sectorial de
Educación Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe
● Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, que aprueba los Lineamientos para
la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia
contra niñas, niños y adolescentes.
3
● Decreto Supremo N° 013-2018-MINEDU, que aprueba la Política de Atención
Educativa para la Población de Ámbitos Rurales.
● Decreto Supremo N° 003-2020-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la
Ley N° 30772, Ley que promueve la Atención Educativa Integral de los
Estudiantes en Condiciones de Hospitalización o con Tratamiento
Ambulatorio de la Educación Básica.
● Decreto Supremo N° 005-2021-MINEDU, que aprueba el Reglamento de
Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica.
● Decreto Supremo N° 007-2021-MINEDU, que modifica el Reglamento de la
Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°
011-2012-ED.
● Decreto Supremo N° 014-2021-MINEDU, que declara en emergencia el
Sistema Educativo Peruano a nivel nacional durante el segundo semestre del
año 2021 y el primer semestre del año 2022.
● Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, que prorroga el estado de Emergencia
Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto
Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias
que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID
19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia
social, prorrogado por el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM y modifica el
Decreto Supremo N° 016-2022-PCM.
● Resolución Ministerial N° 427-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 020-
2013-MINEDU/VMGPDIGEBA denominada “Orientaciones para desarrollar la
forma de atención semipresencial en los Centros de Educación Básica
Alternativa”.
● Resolución Ministerial N° 630-2013-ED, que crea el Registro Nacional de
Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú.
● Resolución Ministerial N 281-2016-MINEDU, que aprueba el Currículo
Nacional de la Educación Básica.
● Resolución Ministerial N° 649-2016-MINEDU, que aprueba el Programa
Curricular de Educación Inicial, el Programa Curricular de Educación Primaria
y el Programa Curricular de Educación Secundaria.
● Resolución Ministerial N° 159-2017-MINEDU, que modifica el Currículo
Nacional de la Educación Básica y los Programas Curriculares de Educación
Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria.
● Resolución Ministerial N° 519-2018-MINEDU, que aprueba el Modelo de
Servicio Educativo Intercultural Bilingüe.
● Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, que crea el Registro Nacional
de Instituciones Educativas que brindan el Servicio Educativo Intercultural
Bilingüe.
● Resolución Ministerial N° 274-2020-MINEDU que aprueba la actualización del
“Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y
adolescentes” del Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU
● Resolución Ministerial N° 189-2021-MINEDU, que aprueba el documento
normativo denominado "Disposiciones para los Comités de Gestión Escolar
en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica".
● Resolución Ministerial N° 204-2021-MINEDU, que crea el Modelo de Servicios
Educativo Secundaria en Alternancia.
● Resolución Ministerial N° 245-2021-MINEDU, se aprueba la Estrategia para
el buen retorno del año escolar y la consolidación de aprendizajes 2021-2022:
BRAE-CA 2021-2022.
4
● Resolución Ministerial N° 368-2021-MINEDU, que aprueba el Plan Nacional
de Emergencia del Sistema Educativo Peruano.
● Resolución Ministerial N° 515-2021-MINEDU, que crea el nuevo Modelo de
Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el ámbito rural.
● Resolución Ministerial N° 516-2021-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio
Educativo Secundaria Tutorial en el ámbito rural de la Educación Básica
Regular.
● Resolución Ministerial N°016-2022-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica
denominada "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de
Mantenimiento para el año 2022"
● Resolución Viceministerial N° 034-2019-MINEDU, que aprueba el Programa
Curricular de Educación Básica Alternativa de los Ciclos Inicial e Intermedio y
el Programa Curricular de Educación Básica Alternativa del Ciclo Avanzado.
● Resolución Viceministerial N° 094-2020-MINEDU, que aprueba el documento
normativo denominado “Norma que regula la Evaluación de las Competencias
de los Estudiantes de la Educación Básica”.
● Resolución Viceministerial N° 154-2020-MINEDU aprueba el documento
normativo denominado “Disposiciones para la implementación, organización
y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario”.
● Resolución Viceministerial N° 212-2020-MINEDU, que aprueba el documento
normativo denominado “Lineamientos de Tutoría y Orientación Educativa para
la Educación Básica”.
● Resolución Viceministerial N° 085-2021-MINEDU que aprueba el documento
normativo denominado “Disposiciones para las instituciones educativas
públicas de Educación Básica Regular y Educación Básica Alternativa que
prestan el servicio educativo a estudiantes matriculados con vacantes
semipresenciales”.
● Resolución Viceministerial N° 211-2021-MINEDU, que aprueba el documento
normativo “Lineamientos de Aprendo en Casa, Aprendo en Escuela y Aprendo
en Comunidad”
● Resolución Viceministerial N° 222-2021-MINEDU, que aprueba el documento
normativo “Lineamientos para la diversificación curricular en la Educación
Básica”.
● Resolución de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU, que aprueba la
Norma Técnica denominada “Normas y orientaciones para la organización y
funcionamiento de la forma de atención a distancia en el ciclo avanzado de
los Centros de Educación Básica Alternativa públicos y privados”.
● Resolución de Secretaría General N° 938-2015-MINEDU, que aprueba los
"Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada".
● Resolución de Secretaría General N° 332-2017-MINEDU, que aprueba la
Norma Técnica denominada “Norma que implementa los lineamientos para el
mejoramiento del Servicio Multigrado Rural”.
4. EL SERVICIO EDUCATIVO 2022
Durante los años 2020 y 2021, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-
19 se planteó la necesidad del aislamiento social preventivo y obligatorio a nivel
nacional, lo que generó que los y las estudiantes no puedan asistir de manera
presencial a la institución o programa educativo y que se planteen nuevas formas de
darle continuidad al servicio educativo para el desarrollo de competencias de los y
las estudiantes. Esta situación ha llevado a la comunidad educativa a descubrir
nuevos espacios, medios y formas creativas e innovadoras de responder a los
5
desafíos de acceder al servicio educativo y propiciar el desarrollo de competencias
aprovechando las tecnologías de la información.
En ese sentido, se propone que el servicio educativo en el año 2022 tenga como
centro el bienestar del/de la estudiante y busque ampliar la mirada hacia el desarrollo
de experiencias diversas, dentro y fuera de la escuela, que promuevan que los y las
estudiantes construyan sus propios aprendizajes, pongan en juego sus competencias
y se vuelvan cada vez más autónomos en sus procesos de aprendizaje.
Esto implica que la escuela siga cambiando y en ese cambio están implicados todos
los actores educativos: estudiantes, docentes, familias, directivos y comunidad en
general. Se necesita que todos cambiemos nuestros paradigmas sobre la escuela y
rediseñemos juntos la experiencia escolar, reconociendo la importancia de la
diversidad y el aporte de las experiencias vividas y de los aprendizajes de la familia
y la comunidad.
Las características de la nueva escuela son:
● Centralidad en el bienestar del estudiante. Implica que todas las acciones
realizadas tengan como objetivo contribuir al bienestar del estudiante. Esto
requiere actuar siempre en función de la información que permita conocer
las características, necesidades y condiciones en las que está desarrollando
su vida el/la estudiante y su familia.
● Énfasis en el soporte socioemocional. Promueve en el/la estudiante el
desarrollo y consolidación de una imagen positiva de sí mismo, de confianza
en sus posibilidades y su esfuerzo frente a diversos escenarios de
aprendizaje (presencial y a distancia) motivándolo a seguir aprendiendo.
● Valoración y atención de la diversidad. Reconoce que todos los y las
estudiantes tienen aprendizajes distintos y formas diversas de aprender, y
que propicie que todos los y las estudiantes tengan la oportunidad de
desarrollar al máximo sus potencialidades, avancen en el desarrollo de sus
competencias y que no interrumpan o abandonen sus estudios por sentir que
no pueden seguir desarrollándose en la escuela.
● Evaluación formativa para la mejora. Permite conocer el nivel real de
aprendizaje de los estudiantes para la toma de decisiones informadas que
ayuden reconocer las fortalezas, superar las dificultades y brindar los apoyos
necesarios para el avance en el desarrollo de sus competencias.
● Procesos de enseñanza y aprendizaje. Se desarrollan experiencias de
aprendizaje utilizando momentos presenciales y a distancia, sincrónicos o
asincrónicos, así como en diversos espacios del territorio para el desarrollo
de competencias de los/las estudiantes.
5. PRINCIPIOS DEL SERVICIO EDUCATIVO 2022 – EN EL MARCO DEL
RETORNO
Dando continuidad al servicio educativo, se deben considerar dos principios centrales
que definen el diseño y planificación de las acciones del sector educativo, los cuales
son:
6
● Seguro: La escuela debe ser el espacio donde toda la comunidad educativa,
en especial el/la estudiante, desarrolla al máximo sus potencialidades en un
ambiente de bienestar y armonía. Así también en el que se establezcan un
conjunto de condiciones y medidas de bioseguridad a partir de las
disposiciones del MINSA para la prevención y control de la COVID-19 o
cualquier otra situación de salud, convirtiendo a la escuela en un espacio
protector en donde el bienestar del/de la estudiante es la prioridad.
● Descentralizado: El gobierno nacional, los gobiernos regionales y los
gobiernos locales a través de sus instancias de gestión educativa
descentralizada lideran el retorno de todos los servicios o programas
educativos de su jurisdicción promoviendo la gobernanza colaborativa, y
desarrollando acciones pertinentes a cada contexto que favorezcan la
implementación del servicio educativo asegurando los procesos de
aprendizaje y el desarrollo de competencias en los y las estudiantes y en
coordinación con la comunidad educativa.
Para asegurar la prestación del servicio sobre la base de estos principios, es
necesario fortalecer la articulación intersectorial para la atención educativa integral
de los y las estudiantes en los diversos contextos territoriales del país, así como
implementar una estrategia de monitoreo articulado con todas las instancias de
gestión escolar.
6. ORIENTACIONES PEDAGÓGICAS PARA EL DESARROLLO DE
COMPETENCIAS DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
Durante la situación de pandemia y aislamiento, los y las estudiantes han
experimentado situaciones complejas que han afectado su bienestar y sus procesos
de aprendizaje. El desarrollo de procesos de aprendizaje exitosos está íntimamente
relacionado con el desarrollo socioafectivo.
Aprender a involucrar a la persona en su conjunto, ya que no basta con que los y las
estudiantes estén presentes en la escuela, sino que es necesario que su cuerpo,
mente y afectos estén disponibles para el esfuerzo que demanda el proceso de
aprendizaje. La escuela debe ser ese espacio de contención para que el/la estudiante
se sienta confiado/a y seguro/a.
Es importante que todo actor educativo reconozca la importancia de la dimensión
emocional en el proceso de aprendizaje y genere acciones que la fortalezcan como
primer paso para la mejora de los aprendizajes. Por ello, como parte de las
orientaciones pedagógicas para el desarrollo de competencias, se plantea desarrollar
un conjunto de acciones que propicien la consolidación para el desarrollo de
competencias y el soporte socioemocional de los y las estudiantes.
6.1. Acciones pedagógicas para el desarrollo del año escolar
En la actual coyuntura, no todos/as los/las estudiantes han podido acceder de la
misma forma al servicio educativo, por lo que surge la necesidad de reconocer esas
diferencias y brindar disposiciones que permitan la atención diferenciada según las
características, potencialidades, necesidades de los y las estudiantes y condiciones
en cada territorio.
7
Desde el Currículo Nacional de la Educación Básica se plantea el desarrollo de
competencias de estudiantes y se cuenta con 7 niveles de progreso que permiten
ubicar el nivel de desarrollo que tiene cada uno, así como los avances y dificultades
que tiene en relación al nivel esperado para su grado o edad. Tanto los/las
estudiantes que están en el nivel esperado como los que no lo están, trabajarán en
el desarrollo de las mismas competencias. Es el/la docente que, conociendo las
necesidades de aprendizaje de su grupo de estudiantes, pondrá énfasis en aquellas
en las que observa mayor necesidad o dificultad, organizará actividades individuales
y en grupos de estudiantes, seleccionará los materiales y recursos educativos que
contribuyan al desarrollo de las competencias.
La planificación para el desarrollo de competencias de los/las estudiantes, se
realizará con base en el análisis de la evidencia obtenida a partir de la evaluación.
Esta planificación debe generarse tomando como base lo planteado en las
“Orientaciones pedagógicas para el desarrollo de competencias”, capítulo VI del
CNEB, 2016.
El/la docente lidera la planificación que el/la estudiante moviliza y combina sus
competencias en el marco de la atención a la diversidad, aprovechando los recursos
educativos concretos, impresos y digitales, y los de su entorno.
Es importante considerar que toda acción planteada para la consolidación de las
competencias de los/las estudiantes debe contemplar una atención integral. Esto
implica procesos de mediación en los que se brinde el soporte necesario para que
los estudiantes progresen en sus aprendizajes a partir del nivel real en el que se
encuentran, así como soporte socioemocional que los ayude a expresar y regular
reacciones frente a sus emociones y afectos.
Durante todo el año lectivo, se deben desarrollar acciones de acompañamiento y
mediación docente para la consolidación de aprendizajes partiendo del análisis de
evidencia que permita identificar los avances y dificultades de los estudiantes.
La mediación pedagógica tiene intencionalidad pedagógica y es un elemento clave
para el desarrollo de sus competencias. Es durante la mediación que el docente u
otro actor educativo analiza el proceso de aprendizaje de cada estudiante y
determina en qué momentos requiere de mayor apoyo; ya sea para comprender la
situación planteada, analizar los recursos con los que cuenta y los que requiere
conseguir o investigar para resolverla, para lograr su propósito, evaluar el proceso
y la mejora de los aprendizajes.
La evaluación se realiza en función de criterios previamente establecidos y
compartidos con los/las estudiantes, que son los referentes específicos del
desarrollo de las competencias y que permiten observar si el propósito de
aprendizaje se ha logrado o se va logrando. También permite valorar si la acción
del/de la docente está contribuyendo de forma efectiva para que haya progreso en
las competencias de los/las estudiantes.
El proceso de recojo y análisis de evidencias de los aprendizajes para la toma de
decisiones es continuo y se debe desarrollar durante todo el año lectivo. Tener una
idea completa sobre cómo están los/las estudiantes con respecto a sus
competencias no es algo que se consiga en un día, en dos o en una semana, se
trata de un proceso constructivo que el/la estudiante debe realizar en interacción
8
con otros. Es, más bien, un proceso permanente que supone observar la manera
en que se van desempeñando frente a los retos o desafíos que se le presentan en
las situaciones planteadas.
Las disposiciones para la evaluación durante el año 2022, están determinadas en
el documento normativo denominado “Disposiciones para la evaluación de
competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia
sanitaria por la COVID-19” aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 334-
2021-MINEDU.
En el caso de EBE y de los/las estudiantes con discapacidad de EBR y EBA, se
debe considerar la importancia de las evaluaciones psicopedagógicas, los Planes
Educativos Personalizados (PEP), la identificación de fortalezas, barreras
educativas que enfrentan y apoyos educativos requeridos.
La evaluación de los/las estudiantes que enfrentan barreras educativas debe ser
flexible para responder a sus demandas educativas. Ello implica que los criterios de
evaluación elaborados por el/la docente consideren los apoyos educativos y ajustes
razonables para la atención a la diversidad de la población estudiantil, utilizando
para ello: medios, instrumentos, planes educativos personalizados, materiales y
recursos educativos, lenguajes alternativos, sistemas aumentativos y alternativos
de comunicación, espacios accesibles y tiempos adecuados, según corresponda,
en el marco de la evaluación formativa.
Asimismo, desde el marco de atención a la diversidad (cultural y lingüística) se debe
considerar la adecuación de tiempos, formas y los procedimientos para el recojo de
información que permita atender las diversas formas de aprender.
6.2 Competencias a desarrollar en el marco de la emergencia educativa
En el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica, se plantean las
competencias a desarrollar por los/las estudiantes a lo largo de la Educación Básica.
En la situación actual de emergencia educativa, se propone que el/la docente
determine las necesidades de aprendizaje de sus estudiantes y establezca las
competencias en las que se requiere poner énfasis para la mediación y
retroalimentación en el proceso de enseñanza y aprendizaje a lo largo del año.
Esta decisión es tomada por el docente con base en evidencia recogida a partir de
la evaluación, la cual, según las mejoras en el desempeño de los/las estudiantes,
debe ir cambiando durante el año con la intención de atender sus necesidades de
aprendizaje.
Durante el año 2022 se pondrá énfasis en el desarrollo de la competencia
transversal “Gestiona su aprendizaje de manera autónoma” por considerarse clave
para el desarrollo de otras competencias. Se tendrá en consideración que la
autonomía debe desarrollarse en los/las estudiantes de forma progresiva, para lo
cual es importante mantener comunicación con el/la estudiante acerca de sus
progresos y dificultades y se realicen acciones que contribuyan con el desarrollo de
esta competencia en cada nivel de la Educación Básica.
En el caso de EBE y los/las estudiantes con discapacidad matriculados en la EBR y
EBA, las competencias a quedan establecidos en su PEP luego de la evaluación
psicopedagógica. En el caso de la EIB, se asegura el desarrollo de competencias
9
tanto en lengua materna (una lengua originaria o el castellano) como en la segunda
lengua (castellano o una lengua originaria) según las formas de atención para
responder a los diversos escenarios culturales y lingüísticos del país.
6.3 Bienestar socioemocional de los estudiantes
La institución educativa cumple un rol fundamental que contribuye a la formación
integral y el bienestar de los/las estudiantes. Es así que, a través del
acompañamiento socioafectivo y cognitivo, se atiende sus intereses y necesidades
de orientación en la dimensión personal, social y/o de aprendizaje, manifestadas por
los/las estudiantes, promoviendo así una cultura inclusiva en la cual se acepta,
respeta y valora la diversidad. Así también, promueve la identificación de las
barreras (de aprendizaje, de acceso, sociales, culturales, entre otras) que impiden
el desarrollo de los aprendizajes y, en coordinación con otros actores (SAANEE1
,
SEHO2
, responsable de inclusión, entre otros), proporciona o gestiona los apoyos
educativos, recursos y/o medidas que se requieran, ya sea de manera temporal o
permanente, para eliminar esas barreras y promover una comunidad inclusiva,
segura y acogedora.
Para este soporte, es importante considerar: las señales de alerta, generar recursos
personales y sociales, organizar para la acción y/o atención, y seguimiento en la
implementación de las acciones. Se recomienda, impulsar acciones como:
● Generar espacios de expresión emocional con el fin de dialogar con los/las
estudiantes sobre sus principales preocupaciones como consecuencia de la
pandemia, y brindar consejería personalizada y grupal. En los casos de estudiantes
con experiencias dolorosas o separación de familias por motivo de migración o
refugio, por la pérdida de familiares directos, brindar soporte para acompañar su
dolor, para la adaptación y para asegurar la continuidad en sus estudios.
● Generar espacios con los/las estudiantes para que contribuya en su
desarrollo integral, incluyendo actividades lúdicas, recreativas, artísticas y
deportivas, que les ayude a un desarrollo físico, social y emocional saludables.
● Fortalecimiento de los vínculos saludables, ya que se construye sobre la
seguridad y confianza en uno mismo y en los demás. Puede generarse a través de
la escucha activa, el diálogo apreciativo y la validación de las emociones de los/las
estudiantes. Asimismo, desde el fortalecimiento del sentido de pertenencia en la
institución educativa o programas educativos, al grupo cultural, comunitario o
familiar.
En este marco, se requiere de una comunidad educativa situada, responsable,
informada y con claridad sobre las intenciones educativas o los resultados de la
formación integral, para conocer su rol frente a ello y coordinar acciones que
contribuyan, de manera articulada, con la formación integral y el bienestar general
del/de la estudiante.
Para el desarrollo de este acompañamiento integral se proponen 5 estrategias,
conforme a lo establecido en el documento normativo denominado “Lineamientos
de Tutoría y Orientación Educativa para la Educación Básica”, aprobado mediante
Resolución Viceministerial N° 212-2020-MINEDU, las cuales son:
1 Servicios de Apoyo y Asesoramiento a las necesidades educativas especiales
2 Servicio Hospitalario
10
● Orientación educativa permanente.
● Tutoría individual.
● Tutoría grupal.
● Espacios de participación estudiantil.
● Espacios con las familias y comunidad.
Este tipo de acompañamiento se planifica a nivel de la institución educativa a través
del Plan de tutoría, orientación educativa y convivencia escolar - (TOECE), la cual
forma parte del Plan Anual de Trabajo de la institución educativa o programa
educativo, y está a cargo del Comité de gestión del bienestar. Asimismo, la
planificación en el aula, se realiza desde el Plan Tutorial de Aula a cargo del/de la
docente tutor. Para ello, es importante recoger información sobre las necesidades
de orientación e intereses de los/las estudiantes, considerando las prioridades
nacionales, regionales, locales e institucionales, en relación a: soporte
socioemocional, habilidades socioemocionales, educación sexual integral,
prevención de situaciones y/o conductas de riesgo (embarazo adolescente y/o
maternidad o paternidad temprana, consumo de sustancias psicoactivas, trata de
personas, discriminación, eliminación de estereotipos, etc.), entre otros.
Para ello, se pone a disposición el kit de bienestar socioemocional, que consta de
"Orientaciones para la aplicación de la herramienta de recojo de información de
habilidades socioemocionales y factores de riesgo" y "Orientaciones para el
desarrollo del Programa de habilidades socioemocionales”. Y en el portal de
Tutoría, Bienestar y Participación (https://repositorio.perueduca.pe/tutoria-
bienestar/) se ponen a disposición orientaciones, herramientas y recursos para
fortalecer el rol del/de la docente y brindar acompañamiento oportuno a las niñas,
los niños y adolescentes, jóvenes y adultos de la IE o programa educativo.
7. CONDICIONES DE GESTIÓN
Se precisa que las orientaciones que rigen el desarrollo del año escolar 2022 en el
marco de los “Lineamientos para la gestión escolar de instituciones educativas
públicas de Educación Básica”, aprobados mediante Decreto Supremo N.° 006-
2021-MINEDU, se encuentran contenidas en la “Guía para la Gestión Escolar en II.
EE. y Programas Educativos de Educación Básica”, aprobada mediante Oficio N°
026-2021-MINEDU/VMGI-DIGC y actualizada mediante Oficio Múltiple N° 035-
2021-MINEDU/VMGI-DIGC.
7.1 CALENDARIZACIÓN
El calendario escolar del año 2022 comprende treinta y seis (36) semanas lectivas
y ocho (8) semanas de gestión, de acuerdo al siguiente detalle:
Calendario Escolar 2022
Bloques Duración Fechas de inicio y fin
Primer bloque de
semanas de gestión
Dos (2)
semanas
01 de marzo a 11 de
marzo
11
Primer bloque de
semanas lectivas
Nueve (9)
semanas
14 de marzo a 13 de
mayo
Segundo bloque de
semanas de gestión
Una (1)
semana
16 de mayo a 20 de
mayo
Segundo bloque de
semanas lectivas
Nueve (9)
semanas
23 de mayo al 22 de
julio
Tercer bloque de
semanas de gestión
Dos (2)
semanas
25 de julio a 05 de
agosto
Tercer bloque de
semanas lectivas
Nueve (9)
semanas
08 de agosto a 07 de
octubre
Cuarto bloque de
semanas de gestión
Una (1)
semana
10 de octubre a 14 de
octubre
Cuarto bloque de
semanas lectivas
Nueve (9)
semanas
17 de octubre a 16 de
diciembre
Quinto bloque de
semanas de gestión
Dos (2)
semanas
19 de diciembre a 30 de
diciembre
Fuente: Elaboración propia
Cabe señalar que las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus
veces, en el ámbito de sus competencias pueden determinar fechas diferentes;
siempre que se cumpla con el número mínimo de semanas de cada tipo; es decir,
treinta y seis (36) semanas lectivas y ocho (8) semanas de gestión distribuidas en el
año 2022. Esta organización puede plasmarse en las instituciones educativas y
programas educativos bajo la forma de bimestres, trimestres u otras formas de
organización del tiempo que estimen convenientes.
En el caso de instituciones educativas privadas, estas se organizan sobre la base de
sus requerimientos y realidades particulares, y pueden usar como referencia esta
calendarización; no obstante, deben asegurar el cumplimiento de las semanas
lectivas acorde con lo establecido en el documento normativo denominado
“Disposiciones para la organización del tiempo anual de las Instituciones Educativas
y Programas Educativos de la Educación Básica”, aprobado mediante Resolución
Ministerial N° 221-2021-MINEDU
En el caso de la Educación Básica Alternativa, esta calendarización se adecua a los
periodos de atención o periodos promocionales que brinda el CEBA.
7.2 TIPOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO
- Presencial. Servicio educativo en horario regular con la presencia física del o de
la docente y de los/las estudiantes en el local educativo.
12
- A distancia. Servicio educativo caracterizado por la interacción simultánea o
diferida entre los actores del proceso educativo, facilitada por medios
tecnológicos que propician el aprendizaje autónomo. Esta modalidad tiene como
objetivo complementar, reforzar o reemplazar la educación presencial
atendiendo las necesidades y requerimientos de los/las estudiantes y personal
docente y directivo de las instituciones educativas.
La prestación del servicio a distancia solamente podrá brindarse de manera
excepcional, únicamente por casos de cambio en la condición epidemiológica
establecida por el Minsa, por cuarentenas y/o condición de comorbilidades de los/las
estudiantes. La institución educativa coordinará con la UGEL los casos en que se
brindará el servicio a distancia, debidamente acreditado, para que esta última realice
el monitoreo y supervisión correspondiente, en coordinación con la DRE. Este
servicio deberá ser prestado respondiendo a las características, condiciones y
necesidades de los/las estudiantes y personal de la IE.
En el caso de los Colegios de Alto Rendimiento (COAR), lo determinará la Dirección
de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto
Rendimiento (DEBEDSAR).
7.3 BIENESTAR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
La gestión del bienestar en la escuela tiene por finalidad generar y promover acciones
pedagógicas y espacios para la consolidación de los aprendizajes, el soporte
socioemocional, la tutoría individual y grupal, la orientación educativa, la gestión de
la convivencia escolar, la prevención y atención de la violencia y la participación.
El Comité de Gestión del Bienestar, o el que haga sus veces, se encarga de la gestión
de la tutoría y orientación educativa, así como de la gestión de la convivencia escolar,
en el marco de la normativa vigente, y apunta a generar y promover acciones y
espacios para el soporte socioemocional, a través de las estrategias de la tutoría o
las líneas de acción de la gestión de la convivencia escolar, fomentando así una
gestión democrática de la institución educativa, respetando los derechos humanos,
promoviendo el bien común y las relaciones positivas entre toda la comunidad
educativa.
En ese marco, se plantean las siguientes acciones para el fortalecimiento y el cuidado
del bienestar de la comunidad educativa.
7.3.1 Soporte socioemocional para las familias
Al inicio del año escolar, es fundamental que las/los docentes establezcan vínculos
de confianza con las/los estudiantes y sus familias, y que estos se fortalezcan a lo
largo de todo el periodo escolar, con la finalidad de brindar el soporte necesario de
acuerdo a las características, las condiciones y las necesidades de cada estudiante
y la familia; estas interacciones pueden darse de manera individual o grupal, e incluso
en pequeños grupos si así se considera.
Además, las/los docentes pueden utilizar la información recogida a través del recojo
de las condiciones emocionales y de salud para adaptar sus estrategias de
comunicación con las/los estudiantes y sus familias.
13
Luego, en el transcurso del año escolar, es necesario que la/el docente destine parte
del tiempo semanal a las siguientes actividades:
● Recoger información de las familias sobre cómo se organizan para apoyar a
las/los estudiantes en sus labores educativas.
● Coordinar con las DEMUNA, con apoyo del responsable de convivencia
escolar, para mayor información sobre la situación de las/los estudiantes y sus
familias.
● Brindar orientaciones a las familias sobre las actividades que se desarrollan
con las/los estudiantes y resolver las consultas que tuvieran.
● Brindar orientaciones específicas a las familias con estudiantes con
discapacidad con base en las recomendaciones emitidas por el Servicio de
Apoyo Educativo (SAE).
● Promover una convivencia familiar respetuosa y positiva a través del
acompañamiento y la orientación, para lo cual se compartirán recursos desde
las diferentes plataformas Web del MINEDU.
● Apoyar a las familias en la organización de espacios adecuados para el
aprendizaje de sus hijas e hijos en el hogar. Asimismo, orientar en el
establecimiento de acciones en el hogar dirigidas a fortalecer la comunicación
en la lengua materna, horarios para la lectura en familia, orientaciones en temas
de educación sexual integral, prevención de la violencia escolar y familiar, la
alimentación adecuada, cuidado de la salud, seguridad, entre otras.
Asimismo, durante el transcurso del año escolar, resulta necesario desarrollar
jornadas familiares que promuevan y/o fortalezcan las competencias parentales con
el fin de mantener el acompañamiento en el desarrollo de los estudiantes.
Adicionalmente, las instituciones educativas, a través de los directivos o el
responsable de convivencia escolar, coordinan con otras instituciones y servicios
públicos y privados de la localidad para que contribuyan a la contención y soporte
socioemocional a estudiantes, familias y personal de la institución educativa.
7.3.2 Soporte socioemocional para docentes y promotoras
El desarrollo de acciones de soporte socioemocional se centra en la disposición y el
acceso a servicios, estrategias o acciones que promuevan el cuidado y el
autocuidado de la salud física, mental y el bienestar socioemocional de las/los
directivos, auxiliares de educación, especialistas de educación de DRE y UGEL y
promotoras educativas comunitarias (en adelante, “docentes") de servicios públicos
de educación básica a nivel nacional.
Esto se da mediante la generación y la puesta en marcha de diversas acciones,
recursos y mecanismos que contribuyan a la mejora de las condiciones de su
bienestar y consecuente mejora de su calidad de vida; así como de su desempeño
profesional, para enfrentar la crisis generada por la COVID-19 u otras situaciones
que puedan afectar su salud, en diversos contextos cambiantes o desafiantes.
Estos servicios, estrategias o acciones se ofrecen de manera coordinada entre el
Ministerio de Educación a través de la Estrategia Te Escucho Docente y de la
implementación de acciones formativas orientadas al desarrollo de la competencia
socioemocional de las/los docentes, y desde las iniciativas desarrolladas desde las
14
Direcciones Regionales de Educación, y Unidades de Gestión Educativa Local3
. Por
ello, durante el 2022 se priorizará el fortalecimiento de los servicios, las estrategias o
las acciones desarrolladas desde los territorios, la promoción de una Red Nacional
de Atenciones, y la incorporación de estos servicios, estrategias o acciones en los
planes de bienestar de las Direcciones Regionales de Educación; tal como está
previsto en el Plan Nacional de Emergencia del Sistema Educativo Peruano, eje 2,
medida 2.2.
Los componentes que ofrece la Estrategia Te Escucho Docente son:
 Plataforma digital Te Escucho Docente: con recursos y herramientas que
promocionan el cuidado y el autocuidado docente (cuidado de la salud física, de
la salud emocional, y cuidado de los otros). Se puede acceder a la siguiente
plataforma: https://sites.minedu.gob.pe/teescuchodocente/
 Atención en soporte y contención emocional: servicio que busca que las/los
docentes accedan a atenciones de soporte socioemocional individual y grupal,
a través de una línea de ayuda, que permite prevenir, afrontar y contener
situaciones de desborde emocional usando los primeros auxilios psicológicos.
El servicio se ofrece de manera gratuita a docentes de servicios educativos
públicos del país. Se accede a ellos a través de la plataforma digital.
 Fortalecimiento de acciones de bienestar en regiones; el cual permite que
las IGED reciban capacitación para mejorar su capacidad de respuesta a las
demandas de soporte socioemocional generadas en sus localidades;
fortaleciendo los servicios que brindan desde los territorios.
Además, se concibe al Bienestar socioemocional como una línea prioritaria en la
formación docente en servicio, para ello se diseñan e implementan acciones
formativas orientadas al desarrollo de la competencia socioemocional, así como,
recursos complementarios, tales como: seminarios web, podcast, cartillas
informativas, entre otros.
7.3.3 Orientaciones para la gestión de la convivencia escolar
Se precisa que las orientaciones que rigen el desarrollo del año escolar 2022 en el
marco de los “Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención
y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes, aprobados mediante el
Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, se encuentran contenidas en la “Guía para
la Gestión Escolar en II. EE. y Programas Educativos de Educación Básica”,
aprobada mediante Oficio N° 026-2021-MINEDU/VMGI-DIGC y actualizada mediante
Oficio Múltiple N° 035-2021-MINEDU/VMGI-DIGC.
Bajo dicho marco, el Comité de Gestión del Bienestar tiene como función el desarrollo
de acciones que promuevan una adecuada promoción de la convivencia escolar, así
como la prevención y atención oportuna de casos de violencia escolar considerando
las orientaciones y los protocolos de atención propuestos por el Sector, en
coordinación con los actores de la comunidad educativa correspondiente. Asimismo,
es necesario contar con un mapeo de aliados de la comunidad que también realizan
3 Este proceso se desarrolla siguiendo las disposiciones planteadas en la Resolución Viceministerial N.°
241-2021-MINEDU; como en aquellas que pudieran publicarse de manera posterior.
15
labores preventivas en torno la violencia con la finalidad de articular acciones, como
los Centros de Salud, el Centro de Emergencia Mujer, las comisarías, entre otras.
A través del portal del SiseVe (http://www.siseve.pe/Web/) se pone a disposición
orientaciones, materiales y/o recursos para asegurar una adecuada gestión y
promoción de la convivencia escolar, y el desarrollo de acciones para prevenir y
atender la violencia, así como también los protocolos para asegurar la atención
oportuna de los hechos de violencia contra los estudiantes.
De igual manera, se pone a disposición de la comunidad educativa,
complementariamente al portal del SíseVe, la Línea SiseVe (0800-76888) para el
reporte de hechos de violencia contra los estudiantes y obtener soporte emocional
ante un hecho de violencia contra los estudiantes. La línea está a cargo de
profesionales psicólogos y abogados y atiende en horario continuo de lunes a viernes
de 08:00 a 20:00 horas.
7.4 Medidas ante un caso sospechoso o confirmado de contagio en el local
educativo
Acorde a las disposiciones del MINSA, frente a un caso sospechoso o confirmado de
contagio en el local educativo, se debe seguir las siguientes medidas, para asegurar
la protección y prevención frente a la COVID-19:
a) Primeras acciones ante un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en
el local educativo:
 En la medida de lo posible y siempre que se cuente con la disponibilidad,
determinar un ambiente específico en el local educativo que pueda ser usado
para aislar a una persona detectada con sintomatología compatible a la
COVID-19.
 Si una/un estudiante o miembro del personal presenta síntomas asociados a
la COVID-19 mientras está en el local educativo, el personal directivo o tutor
debe llamar a la familia para que pueda trasladarse a su domicilio, y notificar
al establecimiento de salud correspondiente, al ámbito de su competencia
territorial, a la Línea 113-Minsa y a la Línea 117-EsSalud o a la empresa
prestadora de servicios de salud establecida por las/los estudiantes, los padres
o tutores o el personal educativo. Mientras tanto, la persona debe permanecer
en el espacio destinado para el caso.
 Si, además, la/el estudiante o miembro del personal presenta síntomas graves
asociados a la COVID-19 en el local educativo, tales como respirar con
dificultad, tener dolor u opresión en el pecho o desorientación o confusión,
coloración azul en los labios, manos o pies; solicitar atención médica
inmediata. Mientras tanto, la persona debe permanecer en el espacio
destinado para el caso.
 Si un/una estudiante o miembro del personal confirma que presenta COVID-
19 o presenta síntomas antes de salir del domicilio, no debe asistir al local
educativo, de hacerlo no se le permitirá el ingreso a la IE en salvaguarda de la
comunidad educativa. Asimismo, se le indicará que debe acercarse a algún
centro de salud a solicitar atención médica; el personal directivo deberá
notificar al establecimiento de salud correspondiente, al ámbito de su
competencia territorial, a la Línea 113-Minsa, a la Línea 117-EsSalud.
16
 Todos los miembros de la comunidad educativa deben dar las facilidades al
personal de salud para que realice la vigilancia epidemiológica, vacunación y
acciones que correspondan en el marco de sus competencias.
b) Suspensión temporal del tipo de servicio educativo presencial
 El servicio educativo presencial deberá ser suspendido para el aula en la que
se encontró el caso confirmado o sospechoso de COVID-19, de acuerdo al
periodo de cuarentena establecido por el Minsa. Asimismo, deberán realizar
cuarentena por los días establecido por el Minsa, los estudiantes y las/los
docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que
hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de COVID-
19. Finalmente, a través de los canales de comunicación establecidos por la
IE o el programa educativo, se deberá notificar la suspensión temporal del
uso de los ambientes y se deberá prestar el servicio educativo a distancia.
c) Reinicio del servicio educativo
 Una vez que se cumplan los días de cuarentena, se reinicia el servicio
educativo. Se debe informar a las familias la fecha de reinicio de las clases a
través de los canales de comunicación establecidos por la IE o el programa
educativo.
 Se debe propiciar un ambiente de respeto hacia las personas afectadas y
evitar conductas estigmatizantes o discriminatorias. Durante el despliegue de
las medidas a ejecutar ante la ocurrencia de un caso positivo de la COVID-
19, la institución educativa o el programa educativo debe orientar sus
acciones a la protección de la salud socioemocional de la persona afectada,
así como a prevenir o combatir actos de discriminación.
7.5 DISPOSICIONES PARA EL PLAN ANUAL DE TRABAJO
A partir de las nuevas disposiciones, el Plan Anual de Trabajo deberá ajustarse a los
nuevos escenarios del servicio presencial, y deberá incluir el listado de estudiantes,
docentes o personal de la IE que tengan comorbilidades que les impidan asistir
presencialmente a la IE, así como los mecanismos bajo los cuales continuarán
recibiendo o brindando el servicio educativo a distancia.
8 FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DE DIRECTIVOS Y
DOCENTES
8.1 Fortalecimiento de competencias de directivos
Es la directora/el director, o quien haga sus veces, responsable de liderar y gestionar
el servicio presencial de su escuela. Para ello, deberá fortalecer los vínculos entre
subdirector(es), coordinador(es), docentes, auxiliares de educación y personal
administrativo tanto con las familias como con los mismos estudiantes. Es por este
motivo que resulta fundamental brindar fortalecimiento a los equipos directivos de las
escuelas para guiarlos en la priorización de actividades para el logro de aprendizajes
y bienestar de las/los estudiantes tras un largo periodo de aislamiento.
En vista de lo afirmado, el fortalecimiento de capacidades de los directivos de las
instituciones educativas se enfoca en prácticas de gestión escolar hacia el desarrollo
17
de la autonomía, relacionadas con el trabajo colegiado y colaborativo en la escuela,
el monitoreo de la práctica pedagógica docente en el marco del aprendizaje
presencial y a distancia, el fortalecimiento de dicha práctica pedagógica docente en
el marco del aprendizaje, así como la planificación institucional y curricular, y la
gestión del bienestar de estudiantes y docentes, lo que incluye el compromiso de la
escuela con la reinserción y la continuidad educativa.
En tal sentido, la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar (DIF) ha
priorizado en las propuestas de las estrategias formativas del Programa Nacional de
Formación y Capacitación de directores y subdirectores de instituciones educativas
y en otras acciones de fortalecimiento destinadas a los directivos del país, las
mencionadas prácticas de gestión. No obstante, es necesario redoblar esfuerzos en
el fortalecimiento de habilidades blandas para gestionar el retorno a interacciones
presenciales, así como a la nueva convivencia sobre todo para potenciar aquellas
prácticas de gestión vinculadas a los compromisos de gestión escolar 4 y 5. Diversos
materiales pedagógicos en torno a los temas mencionados han sido y serán puestos
a disposición de directivos y comunidad educativa a través del Portal Directivo
(http://directivos.minedu.gob.pe/).
8.1.1 Desarrollo de competencias profesionales de docentes
Las competencias profesionales de las/los docentes se espera que contribuyan con
la mejora de su rol profesional, sobre la base de un cambio de paradigma acerca del
aprendizaje y la enseñanza, que contribuyan con los aprendizajes esperados en
las/los estudiantes de la educación básica. Desde esta perspectiva, cualquier
propuesta para la formación de las/los docentes debe partir de las necesidades reales
de las/los docentes vinculada a sus experiencias en el aula desde las cuales es
posible definir las acciones formativas. Se espera que estas acciones permitan
identificar y comunicar con claridad los resultados que se esperan, las formas de
evaluar y la metodología que incluye la reflexión de las prácticas pedagógicas.
Como parte del proceso de fortalecimiento de competencias, la Dirección de
Formación Docente en Servicio (DIFODS) proporciona, a las/los docentes en
servicio, a nivel nacional, acciones formativas que se desarrollan en el marco del
Programa de Formación y Capacitación Permanente durante el 2022, teniendo como
líneas formativas:
● Mejora de aprendizajes.
● Bienestar socioemocional.
● Investigación e innovación.
● Competencia Digital.
Programas
formativos
focalizados
Programa de Fortalecimiento de
Competencias
de los Docentes Usuarios de
Dispositivos Electrónicos Portátiles.
Ciclo de Formación Interna - CFI.
Programa para la Formación de
Formadores Regionales.
18
Programa de Formación docente para
el desarrollo de competencias en el
marco de la Educación STEAM
Prácticas Educativas Inclusivas en el
Marco del Diseño Universal para el
Aprendizaje (DUA).
Programa de formación docente para
la innovación educativa.
Formación para
todos
Programa para el Retorno al Año
Escolar 2022.
Programa Nacional para el Desarrollo
de la Competencia Digital Docente.
Programa Nacional para Docentes
Contratados.
Acciones formativas: según niveles,
modalidades, modelos de servicio
educativo, así como aquellos que
devienen de compromisos
intersectoriales.
Atención diferenciada según demanda
regional: Asistencia técnica para la
elaboración e implementación de los
Planes Regionales de Formación
Docente en Servicio.
Además, la DIFODS pondrá a disposición de las/los docentes estrategias de soporte
pedagógico que les permitan orientar su trabajo pedagógico en la mediación de los
aprendizajes de las/los estudiantes, a través de:
● Canales de atención al docente: Comprende el buzón virtual de consultas
docentes, preguntas frecuentes, chatbot, a través de diversas aplicaciones.
● Centro de recursos Es un espacio virtual que dispone de recursos educativos
referidos a la formación docente en servicio para los diferentes niveles,
modalidades y modelos de servicio educativo de la educación básica. Ofrece,
además, seminarios microformativos, cartillas informativas, podcasts, videos
modelados, entre otros.
● Docente al día. Es un espacio que brinda al docente temas educativos que
responden a las necesidades del docente de manera oportuna, a través de
webinar y microinformativos.
● Instrumentos para la gestión territorial. i) Estándares de calidad de las
acciones formativas, ii) Herramientas para el seguimiento y iii) la evaluación de
la Formación docente en servicio.
19
9 SERVICIO ALIMENTARIO Y EL CONSUMO DE ALIMENTOS EN LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Cada estudiante consume los alimentos de su refrigerio o lonchera escolar, o los
que adquiera en la cafetería o comedor escolar, debiéndose considerar lo
siguiente:
 Mantener la higiene respiratoria.
 No compartir alimentos, ni utensilios.
 Lavarse o desinfectarse las manos antes del consumo de alimentos
 Retirarse las mascarillas y guardarla durante el consumo de alimentos.
 Al culminar colocarse la mascarilla nuevamente y lavarse las manos.
La Norma Técnica denominada “Orientaciones para la promoción de la alimentación
saludable y la gestión de quioscos, cafeterías y comedores escolares saludables en
la Educación Básica”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 076-2019-
MINEDU, señala en las disposiciones generales que se debe expender alimentos
saludables, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo, que
aporta energía y todos los nutrientes esenciales que toda persona necesita para
mantenerse sana, permitiéndole tener una mejor calidad de vida en todas las edades.
Respecto a los quioscos, cafeterías y comedores escolares, podrán prestar servicio
siempre que cuenten con servicios de agua para el consumo humano, desagüe y
electricidad, a fin de garantizar las mejores condiciones de bioseguridad establecidas
por el MINSA para la preparación, conservación de alimentos y su consumo.
De acuerdo a la Norma Técnica denominada “Norma para la Cogestión del servicio
alimentario implementado por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali
Warma en las instituciones educativas y programas no escolarizados públicos de la
educación básica”, aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 083 2019-
MINEDU, el Comité de Alimentación Escolar – CAE, tiene a su cargo la distribución
del servicio alimentario dentro del servicio educativo. En el contexto de la covid-19 el
CAE organiza con las familias y los comités de aula la preparación, servido y
distribución de los alimentos para ser consumidos por los estudiantes en la institución
educativa.
Considerando que, desde marzo del 2020, se realiza la entrega del servicio a las
familias para su preparación, es de suma necesidad e importancia que cada IE
garantice las condiciones para la operatividad del Programa, siendo necesario contar
con información sobre:
a) Estado en que se encuentra el espacio de almacén, la cocina, utensilios,
menaje y espacios de consumo de los alimentos.
b) CAE conformado y la organización para la preparación de los alimentos.
c) Equipos de protección personal para el CAE-preparación de alimentos
con que se cuenta.
d) Puntos de lavado o desinfección de manos.
Para que en base a ella se puedan tomar las medidas correspondientes
para que la preparación se realice en la misma institución educativa.
El director de la Institución Educativa, en el marco de su autonomía y aplicando las
consideraciones señaladas en el presente acápite, decidirá si se aperturan los
20
quioscos, cafeterías y comedores escolares, bajo responsabilidad administrativa.
Asimismo, respecto al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
determinará si se preparan los alimentos o si se hace la entrega de los alimentos sin
preparar.
10 ROLES Y RESPONSABILIDADES
Son responsabilidades de las instancias, adicionales a las señaladas en el presente
documento normativo y, en el marco de las normas legales que regulan sus
competencias, las siguientes:
10.1 Responsabilidades del Minedu
a) Garantizar el funcionamiento del Grupo Intersectorial Nacional creado por
Resolución Ministerial N° 627-2019-MINEDU integrado por el Minedu, Mindef,
Minsa, MTC, Mininter, Midis, MIMP y MEF.
b) Brindar orientaciones para la gestión escolar en el marco de la prevención y
control de la COVID-19.
c) Conformar un equipo de asistencia técnica articulada a las IGED que brinde las
orientaciones necesarias para la implementación del presente documento
normativo.
d) Brindar asistencia a las IGED respecto al uso del SIMON.
e) Garantizar el funcionamiento y la actualización del SIMON, así como el acceso
de los usuarios.
f) Coordinar con la AMPE, la Remurpe y la ANGR para constituir un equipo de
trabajo que incida en los asociados de los niveles de gobierno para la
colaboración en las finalidades y los alcances del retorno seguro.
g) Cumplir a través del Programa Nacional de Infraestructura Educativa-PRONIED,
las disposiciones específicas sobre los criterios de asignación de recursos y los
plazos para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022.
10.2 Responsabilidades de la DRE o la que haga sus veces
a) Promover y sostener espacios o mecanismos de coordinación multisectorial a
nivel regional-local, con los actores estratégicos en sus jurisdicciones que
pueden contribuir con fortalecer el servicio educativo presencial.
b) Brindar asistencia técnica a las UGEL respecto a la implementación del presente
documento normativo, a fin de asegurar que adopten decisiones pertinentes y
oportunas sobre el servicio educativo presencial.
c) Coordinar y supervisar que las UGEL cumplan con las disposiciones y las
responsabilidades establecidas en el presente documento normativo. Para esta
actividad podrán usar la plataforma SIMON.
d) Identificar buenas prácticas e innovaciones relacionadas con el proceso de
retorno.
e) Coordinar con las DIRESAS respectivas, la realización de campañas de
vacunación en las instituciones educativas de su jurisdicción, dirigidas a la
comunidad educativa, priorizado la vacunación de niñas, niños, adolescentes,
con autorización de uno de los padres, tutor o familiar responsable de velar por
el cuidado del menor, según corresponda, y del personal de la institución
educativa.
21
f) Coordinar con las entidades competentes a fin de proveer de médico ocupacional
o de seguridad y salud en el trabajo que pueda evaluar al personal de riesgo con
comorbilidades para determinar su forma de prestación de servicio.
g) Hacer seguimiento y brindar orientaciones a las UGEL de su jurisdicción para el
cumplimiento de las condiciones de bioseguridad emitidas por el MINSA,
bienestar y desarrollo de aprendizajes de los estudiantes.
h) Realizar el seguimiento, en coordinación con la UGEL la ejecución del Programa
de Mantenimiento 2022, a través del cual deben adquirir los materiales para la
limpieza y la desinfección de los espacios donde se brindará el servicio educativo
presencial, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal.
10.3 Responsabilidades de la UGEL
a) Brindar asistencia técnica y atender alertas a fin de asegurar que las II. EE.
adopten decisiones pertinentes y oportunas respecto al servicio educativo
presencial.
b) Monitorear y hacer seguimiento a las instituciones y los programas educativos,
de su jurisdicción, con el objeto de que cumplan con las disposiciones y las
responsabilidades establecidas en el presente documento normativo.
c) Brindar asistencia técnica a las instituciones y programas educativos de su
jurisdicción para la elaboración del plan anual de trabajo correspondiente a la
prestación del servicio educativo.
d) Hacer seguimiento a las condiciones para el bienestar y desarrollo de los
aprendizajes de los estudiantes.
e) Supervisar el cumplimiento de la calidad del servicio educativo.
f) Hacer seguimiento y adoptar las acciones que correspondan para el
cumplimiento de las condiciones de bioseguridad emitidas por el MINSA, en las
instituciones educativas de su jurisdicción.
g) Realizar el seguimiento a los directores de instituciones educativas en la
ejecución del Programa de Mantenimiento 2022, a través del cual deben adquirir
los materiales para la limpieza y la desinfección de los espacios donde se
brindará el servicio educativo presencial, de acuerdo con su disponibilidad
presupuestal.
h) Implementar el directorio de gobiernos locales y autoridades comunales para
coordinar e involucrarlos en el apoyo a la generación de condiciones de
bioseguridad, estipuladas en el marco legal vigente.
i) Monitorear el cumplimiento de los hitos del calendario.
j) Promover ante la DRE o, la que haga sus veces, la coordinación con las
DIRESAS respectivas, la realización de campañas de vacunación en las
instituciones educativas de su jurisdicción, dirigidas a la comunidad educativa,
priorizando la vacunación de niñas, niños, adolescentes, con autorización de uno
de los padres, tutor o familiar responsable de velar por el cuidado del menor,
según corresponda, y del personal de la institución educativa.
10.4 Responsabilidades de la I. E. o programa educativo
a) Monitorear las condiciones de contexto en el que se ubica la institución o el
programa educativo, para promover la prestación del servicio de manera segura.
b) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones y condiciones de bioseguridad
emitidas y requeridas por el órgano competente, en especial por el Ministerio de
Salud.
22
c) Asegurar el cumplimiento de las condiciones de bienestar y desarrollo de los
aprendizajes de los estudiantes.
d) Facilitar las acciones de monitoreo y seguimiento realizadas por el sector Salud,
en el marco de la emergencia sanitaria.
10.5 Responsabilidades de la/el docente.
a) Hacer uso adecuado de los equipos y bienes entregados para la prestación del
servicio, en caso de que estos hayan sido facilitados por la institución o el
programa educativo.
b) Participar en el programa de formación y capacitación permanente durante el
2022, en caso corresponda.
c) Asegurar el cumplimiento de las condiciones de bienestar y desarrollo de los
aprendizajes de los estudiantes.
11 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
11.1 El Minedu, podrá emitir orientaciones y brindar asistencia técnica necesaria a
las DRE o la que haga sus veces respecto a la implementación del presente
documento normativo y regular aquello que no se encuentra previsto.
11.2 En lo referente a las condiciones de bioseguridad, garantías de salud con la
finalidad de prevenir y controlar la propagación de la COVID-19 de toda la
comunidad educativa, se deberá considerar el marco normativo vigente
emitido por la PCM y el Ministerio de Salud.
11.3 Las DRE y UGEL, según corresponda, deberán garantizar que las
directoras/los directores de las II. EE. reciban de manera oportuna y periódica
la dotación de kits COVID-19, destinada a las/los estudiantes y al personal
que labora en la I. E., considerando al personal necesario para la ejecución
de esta labor (armado, custodia, registros y entrega) – Anexo 1.
11.4 Cada institución educativa, de acuerdo a su contexto local, debe procurar
generar las mejores condiciones a fin de garantizar el cuidado de la salud e
higiene para lo cual deben observar las disposiciones emitidas por el
Ministerio de Salud, y todo el marco normativo vigente.
11.5 Mientras dure el estado de Emergencia Sanitaria, se suspenden los desfiles
escolares, actuaciones y formaciones durante la jornada escolar; así como
todo tipo de reunión que implique concentración y/o aglomeración. Salvo
actividades que promuevan el deporte y el soporte socioemocional para
estudiantes, cumpliendo los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud, y
todo el marco normativo vigente.
23
ANEXO 1
KIT DE PREVENCIÓN DE LA COVID-19
Objetivo: Contribuir a la prevención, la mitigación y al control de infecciones por
coronavirus en las/los docentes en el ámbito de las II. EE. Públicas a nivel nacional, en
el marco del retorno a clases presenciales.
KIT COVID-19 por I. E.:
 Para el personal de la institución educativa:
o Mascarilla KN95 (2 mascarillas por semana) para personal que
labora presencialmente en la institución educativa.
o Un protector facial para cada personal de EBE que labora
presencialmente en la institución educativa*.
 Para las/los estudiantes de la institución educativa:
o Mascarillas textiles (3 mascarillas por cada 2 meses) para las/los
estudiantes que asisten presencialmente a la institución educativa.
o Mascarillas quirúrgicas (1 mascarilla diaria) para las/los estudiantes
que asisten presencialmente a la institución educativa.
o Kit de higiene para lavado de manos** a ser adquirido en el marco
del Programa de Mantenimiento, compuesto por jabón de tocador en
barra y/o jabón líquido, papel toalla y/o papel higiénico, alcohol 70°
y/o alcohol en gel, tacho para desechos.
 Kit de insumos y de artículos de limpieza a ser adquirido en el marco
del Programa de Mantenimiento para la institución educativa,
compuesto por:
o Insumos de limpieza: detergente granulado, guante de jebe de uso
semiindustrial, kreso, removedor de sarro, bolsa de polietileno,
esponja de fibra sintética, lejía.
o Artículos de limpieza: trapo industrial, escoba, recogedor, balde.
* Los protectores faciales deben cumplir con lo señalado en la Resolución
Ministerial N.° 447-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico:
“Recomendaciones sobre el Uso de Escudos Faciales (Caretas) en los
Establecimientos de Salud y en la Comunidad en el Contexto de Pandemia de
COVID-19”

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  • 4. 1 DOCUMENTO NORMATIVO “Disposiciones para la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural”
  • 5. 2 1. OBJETIVO Establecer los lineamientos y orientaciones para la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ● Ministerio de Educación. ● Gobiernos regionales. ● Direcciones Regionales de Educación (DRE) o las que hagan sus veces. ● Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL). ● Gobiernos locales ● Instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de Educación Básica Regular de ámbito rural y urbano: niveles de educación inicial, primaria y secundaria; Educación Básica Alternativa: ciclos inicial, intermedio y avanzado; y de Educación Básica Especial: niveles inicial y primaria. 3. BASE NORMATIVA ● Constitución Política del Perú. ● Ley N° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados. ● Ley N° 27558, Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales. ● Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingüe Intercultural. ● Ley N° 28044, Ley General de Educación. ● Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial. ● Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones. ● Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en la educación básica pública. ● Ley 30772, Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la educación básica. ● Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. ● Decreto de Urgencia Nº 026-2020, que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional. ● Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. ● Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación ● Decreto Supremo Nº 006-2016-MINEDU, que aprueba la Política Sectorial de Educación Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe ● Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, que aprueba los Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes.
  • 6. 3 ● Decreto Supremo N° 013-2018-MINEDU, que aprueba la Política de Atención Educativa para la Población de Ámbitos Rurales. ● Decreto Supremo N° 003-2020-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30772, Ley que promueve la Atención Educativa Integral de los Estudiantes en Condiciones de Hospitalización o con Tratamiento Ambulatorio de la Educación Básica. ● Decreto Supremo N° 005-2021-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica. ● Decreto Supremo N° 007-2021-MINEDU, que modifica el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED. ● Decreto Supremo N° 014-2021-MINEDU, que declara en emergencia el Sistema Educativo Peruano a nivel nacional durante el segundo semestre del año 2021 y el primer semestre del año 2022. ● Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, que prorroga el estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID 19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, prorrogado por el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM y modifica el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM. ● Resolución Ministerial N° 427-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 020- 2013-MINEDU/VMGPDIGEBA denominada “Orientaciones para desarrollar la forma de atención semipresencial en los Centros de Educación Básica Alternativa”. ● Resolución Ministerial N° 630-2013-ED, que crea el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú. ● Resolución Ministerial N 281-2016-MINEDU, que aprueba el Currículo Nacional de la Educación Básica. ● Resolución Ministerial N° 649-2016-MINEDU, que aprueba el Programa Curricular de Educación Inicial, el Programa Curricular de Educación Primaria y el Programa Curricular de Educación Secundaria. ● Resolución Ministerial N° 159-2017-MINEDU, que modifica el Currículo Nacional de la Educación Básica y los Programas Curriculares de Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria. ● Resolución Ministerial N° 519-2018-MINEDU, que aprueba el Modelo de Servicio Educativo Intercultural Bilingüe. ● Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, que crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio Educativo Intercultural Bilingüe. ● Resolución Ministerial N° 274-2020-MINEDU que aprueba la actualización del “Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes” del Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU ● Resolución Ministerial N° 189-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado "Disposiciones para los Comités de Gestión Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica". ● Resolución Ministerial N° 204-2021-MINEDU, que crea el Modelo de Servicios Educativo Secundaria en Alternancia. ● Resolución Ministerial N° 245-2021-MINEDU, se aprueba la Estrategia para el buen retorno del año escolar y la consolidación de aprendizajes 2021-2022: BRAE-CA 2021-2022.
  • 7. 4 ● Resolución Ministerial N° 368-2021-MINEDU, que aprueba el Plan Nacional de Emergencia del Sistema Educativo Peruano. ● Resolución Ministerial N° 515-2021-MINEDU, que crea el nuevo Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el ámbito rural. ● Resolución Ministerial N° 516-2021-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Secundaria Tutorial en el ámbito rural de la Educación Básica Regular. ● Resolución Ministerial N°016-2022-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022" ● Resolución Viceministerial N° 034-2019-MINEDU, que aprueba el Programa Curricular de Educación Básica Alternativa de los Ciclos Inicial e Intermedio y el Programa Curricular de Educación Básica Alternativa del Ciclo Avanzado. ● Resolución Viceministerial N° 094-2020-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado “Norma que regula la Evaluación de las Competencias de los Estudiantes de la Educación Básica”. ● Resolución Viceministerial N° 154-2020-MINEDU aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario”. ● Resolución Viceministerial N° 212-2020-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado “Lineamientos de Tutoría y Orientación Educativa para la Educación Básica”. ● Resolución Viceministerial N° 085-2021-MINEDU que aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Educación Básica Alternativa que prestan el servicio educativo a estudiantes matriculados con vacantes semipresenciales”. ● Resolución Viceministerial N° 211-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo “Lineamientos de Aprendo en Casa, Aprendo en Escuela y Aprendo en Comunidad” ● Resolución Viceministerial N° 222-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo “Lineamientos para la diversificación curricular en la Educación Básica”. ● Resolución de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas y orientaciones para la organización y funcionamiento de la forma de atención a distancia en el ciclo avanzado de los Centros de Educación Básica Alternativa públicos y privados”. ● Resolución de Secretaría General N° 938-2015-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada". ● Resolución de Secretaría General N° 332-2017-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que implementa los lineamientos para el mejoramiento del Servicio Multigrado Rural”. 4. EL SERVICIO EDUCATIVO 2022 Durante los años 2020 y 2021, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID- 19 se planteó la necesidad del aislamiento social preventivo y obligatorio a nivel nacional, lo que generó que los y las estudiantes no puedan asistir de manera presencial a la institución o programa educativo y que se planteen nuevas formas de darle continuidad al servicio educativo para el desarrollo de competencias de los y las estudiantes. Esta situación ha llevado a la comunidad educativa a descubrir nuevos espacios, medios y formas creativas e innovadoras de responder a los
  • 8. 5 desafíos de acceder al servicio educativo y propiciar el desarrollo de competencias aprovechando las tecnologías de la información. En ese sentido, se propone que el servicio educativo en el año 2022 tenga como centro el bienestar del/de la estudiante y busque ampliar la mirada hacia el desarrollo de experiencias diversas, dentro y fuera de la escuela, que promuevan que los y las estudiantes construyan sus propios aprendizajes, pongan en juego sus competencias y se vuelvan cada vez más autónomos en sus procesos de aprendizaje. Esto implica que la escuela siga cambiando y en ese cambio están implicados todos los actores educativos: estudiantes, docentes, familias, directivos y comunidad en general. Se necesita que todos cambiemos nuestros paradigmas sobre la escuela y rediseñemos juntos la experiencia escolar, reconociendo la importancia de la diversidad y el aporte de las experiencias vividas y de los aprendizajes de la familia y la comunidad. Las características de la nueva escuela son: ● Centralidad en el bienestar del estudiante. Implica que todas las acciones realizadas tengan como objetivo contribuir al bienestar del estudiante. Esto requiere actuar siempre en función de la información que permita conocer las características, necesidades y condiciones en las que está desarrollando su vida el/la estudiante y su familia. ● Énfasis en el soporte socioemocional. Promueve en el/la estudiante el desarrollo y consolidación de una imagen positiva de sí mismo, de confianza en sus posibilidades y su esfuerzo frente a diversos escenarios de aprendizaje (presencial y a distancia) motivándolo a seguir aprendiendo. ● Valoración y atención de la diversidad. Reconoce que todos los y las estudiantes tienen aprendizajes distintos y formas diversas de aprender, y que propicie que todos los y las estudiantes tengan la oportunidad de desarrollar al máximo sus potencialidades, avancen en el desarrollo de sus competencias y que no interrumpan o abandonen sus estudios por sentir que no pueden seguir desarrollándose en la escuela. ● Evaluación formativa para la mejora. Permite conocer el nivel real de aprendizaje de los estudiantes para la toma de decisiones informadas que ayuden reconocer las fortalezas, superar las dificultades y brindar los apoyos necesarios para el avance en el desarrollo de sus competencias. ● Procesos de enseñanza y aprendizaje. Se desarrollan experiencias de aprendizaje utilizando momentos presenciales y a distancia, sincrónicos o asincrónicos, así como en diversos espacios del territorio para el desarrollo de competencias de los/las estudiantes. 5. PRINCIPIOS DEL SERVICIO EDUCATIVO 2022 – EN EL MARCO DEL RETORNO Dando continuidad al servicio educativo, se deben considerar dos principios centrales que definen el diseño y planificación de las acciones del sector educativo, los cuales son:
  • 9. 6 ● Seguro: La escuela debe ser el espacio donde toda la comunidad educativa, en especial el/la estudiante, desarrolla al máximo sus potencialidades en un ambiente de bienestar y armonía. Así también en el que se establezcan un conjunto de condiciones y medidas de bioseguridad a partir de las disposiciones del MINSA para la prevención y control de la COVID-19 o cualquier otra situación de salud, convirtiendo a la escuela en un espacio protector en donde el bienestar del/de la estudiante es la prioridad. ● Descentralizado: El gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales a través de sus instancias de gestión educativa descentralizada lideran el retorno de todos los servicios o programas educativos de su jurisdicción promoviendo la gobernanza colaborativa, y desarrollando acciones pertinentes a cada contexto que favorezcan la implementación del servicio educativo asegurando los procesos de aprendizaje y el desarrollo de competencias en los y las estudiantes y en coordinación con la comunidad educativa. Para asegurar la prestación del servicio sobre la base de estos principios, es necesario fortalecer la articulación intersectorial para la atención educativa integral de los y las estudiantes en los diversos contextos territoriales del país, así como implementar una estrategia de monitoreo articulado con todas las instancias de gestión escolar. 6. ORIENTACIONES PEDAGÓGICAS PARA EL DESARROLLO DE COMPETENCIAS DE LOS Y LAS ESTUDIANTES Durante la situación de pandemia y aislamiento, los y las estudiantes han experimentado situaciones complejas que han afectado su bienestar y sus procesos de aprendizaje. El desarrollo de procesos de aprendizaje exitosos está íntimamente relacionado con el desarrollo socioafectivo. Aprender a involucrar a la persona en su conjunto, ya que no basta con que los y las estudiantes estén presentes en la escuela, sino que es necesario que su cuerpo, mente y afectos estén disponibles para el esfuerzo que demanda el proceso de aprendizaje. La escuela debe ser ese espacio de contención para que el/la estudiante se sienta confiado/a y seguro/a. Es importante que todo actor educativo reconozca la importancia de la dimensión emocional en el proceso de aprendizaje y genere acciones que la fortalezcan como primer paso para la mejora de los aprendizajes. Por ello, como parte de las orientaciones pedagógicas para el desarrollo de competencias, se plantea desarrollar un conjunto de acciones que propicien la consolidación para el desarrollo de competencias y el soporte socioemocional de los y las estudiantes. 6.1. Acciones pedagógicas para el desarrollo del año escolar En la actual coyuntura, no todos/as los/las estudiantes han podido acceder de la misma forma al servicio educativo, por lo que surge la necesidad de reconocer esas diferencias y brindar disposiciones que permitan la atención diferenciada según las características, potencialidades, necesidades de los y las estudiantes y condiciones en cada territorio.
  • 10. 7 Desde el Currículo Nacional de la Educación Básica se plantea el desarrollo de competencias de estudiantes y se cuenta con 7 niveles de progreso que permiten ubicar el nivel de desarrollo que tiene cada uno, así como los avances y dificultades que tiene en relación al nivel esperado para su grado o edad. Tanto los/las estudiantes que están en el nivel esperado como los que no lo están, trabajarán en el desarrollo de las mismas competencias. Es el/la docente que, conociendo las necesidades de aprendizaje de su grupo de estudiantes, pondrá énfasis en aquellas en las que observa mayor necesidad o dificultad, organizará actividades individuales y en grupos de estudiantes, seleccionará los materiales y recursos educativos que contribuyan al desarrollo de las competencias. La planificación para el desarrollo de competencias de los/las estudiantes, se realizará con base en el análisis de la evidencia obtenida a partir de la evaluación. Esta planificación debe generarse tomando como base lo planteado en las “Orientaciones pedagógicas para el desarrollo de competencias”, capítulo VI del CNEB, 2016. El/la docente lidera la planificación que el/la estudiante moviliza y combina sus competencias en el marco de la atención a la diversidad, aprovechando los recursos educativos concretos, impresos y digitales, y los de su entorno. Es importante considerar que toda acción planteada para la consolidación de las competencias de los/las estudiantes debe contemplar una atención integral. Esto implica procesos de mediación en los que se brinde el soporte necesario para que los estudiantes progresen en sus aprendizajes a partir del nivel real en el que se encuentran, así como soporte socioemocional que los ayude a expresar y regular reacciones frente a sus emociones y afectos. Durante todo el año lectivo, se deben desarrollar acciones de acompañamiento y mediación docente para la consolidación de aprendizajes partiendo del análisis de evidencia que permita identificar los avances y dificultades de los estudiantes. La mediación pedagógica tiene intencionalidad pedagógica y es un elemento clave para el desarrollo de sus competencias. Es durante la mediación que el docente u otro actor educativo analiza el proceso de aprendizaje de cada estudiante y determina en qué momentos requiere de mayor apoyo; ya sea para comprender la situación planteada, analizar los recursos con los que cuenta y los que requiere conseguir o investigar para resolverla, para lograr su propósito, evaluar el proceso y la mejora de los aprendizajes. La evaluación se realiza en función de criterios previamente establecidos y compartidos con los/las estudiantes, que son los referentes específicos del desarrollo de las competencias y que permiten observar si el propósito de aprendizaje se ha logrado o se va logrando. También permite valorar si la acción del/de la docente está contribuyendo de forma efectiva para que haya progreso en las competencias de los/las estudiantes. El proceso de recojo y análisis de evidencias de los aprendizajes para la toma de decisiones es continuo y se debe desarrollar durante todo el año lectivo. Tener una idea completa sobre cómo están los/las estudiantes con respecto a sus competencias no es algo que se consiga en un día, en dos o en una semana, se trata de un proceso constructivo que el/la estudiante debe realizar en interacción
  • 11. 8 con otros. Es, más bien, un proceso permanente que supone observar la manera en que se van desempeñando frente a los retos o desafíos que se le presentan en las situaciones planteadas. Las disposiciones para la evaluación durante el año 2022, están determinadas en el documento normativo denominado “Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19” aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 334- 2021-MINEDU. En el caso de EBE y de los/las estudiantes con discapacidad de EBR y EBA, se debe considerar la importancia de las evaluaciones psicopedagógicas, los Planes Educativos Personalizados (PEP), la identificación de fortalezas, barreras educativas que enfrentan y apoyos educativos requeridos. La evaluación de los/las estudiantes que enfrentan barreras educativas debe ser flexible para responder a sus demandas educativas. Ello implica que los criterios de evaluación elaborados por el/la docente consideren los apoyos educativos y ajustes razonables para la atención a la diversidad de la población estudiantil, utilizando para ello: medios, instrumentos, planes educativos personalizados, materiales y recursos educativos, lenguajes alternativos, sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, espacios accesibles y tiempos adecuados, según corresponda, en el marco de la evaluación formativa. Asimismo, desde el marco de atención a la diversidad (cultural y lingüística) se debe considerar la adecuación de tiempos, formas y los procedimientos para el recojo de información que permita atender las diversas formas de aprender. 6.2 Competencias a desarrollar en el marco de la emergencia educativa En el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica, se plantean las competencias a desarrollar por los/las estudiantes a lo largo de la Educación Básica. En la situación actual de emergencia educativa, se propone que el/la docente determine las necesidades de aprendizaje de sus estudiantes y establezca las competencias en las que se requiere poner énfasis para la mediación y retroalimentación en el proceso de enseñanza y aprendizaje a lo largo del año. Esta decisión es tomada por el docente con base en evidencia recogida a partir de la evaluación, la cual, según las mejoras en el desempeño de los/las estudiantes, debe ir cambiando durante el año con la intención de atender sus necesidades de aprendizaje. Durante el año 2022 se pondrá énfasis en el desarrollo de la competencia transversal “Gestiona su aprendizaje de manera autónoma” por considerarse clave para el desarrollo de otras competencias. Se tendrá en consideración que la autonomía debe desarrollarse en los/las estudiantes de forma progresiva, para lo cual es importante mantener comunicación con el/la estudiante acerca de sus progresos y dificultades y se realicen acciones que contribuyan con el desarrollo de esta competencia en cada nivel de la Educación Básica. En el caso de EBE y los/las estudiantes con discapacidad matriculados en la EBR y EBA, las competencias a quedan establecidos en su PEP luego de la evaluación psicopedagógica. En el caso de la EIB, se asegura el desarrollo de competencias
  • 12. 9 tanto en lengua materna (una lengua originaria o el castellano) como en la segunda lengua (castellano o una lengua originaria) según las formas de atención para responder a los diversos escenarios culturales y lingüísticos del país. 6.3 Bienestar socioemocional de los estudiantes La institución educativa cumple un rol fundamental que contribuye a la formación integral y el bienestar de los/las estudiantes. Es así que, a través del acompañamiento socioafectivo y cognitivo, se atiende sus intereses y necesidades de orientación en la dimensión personal, social y/o de aprendizaje, manifestadas por los/las estudiantes, promoviendo así una cultura inclusiva en la cual se acepta, respeta y valora la diversidad. Así también, promueve la identificación de las barreras (de aprendizaje, de acceso, sociales, culturales, entre otras) que impiden el desarrollo de los aprendizajes y, en coordinación con otros actores (SAANEE1 , SEHO2 , responsable de inclusión, entre otros), proporciona o gestiona los apoyos educativos, recursos y/o medidas que se requieran, ya sea de manera temporal o permanente, para eliminar esas barreras y promover una comunidad inclusiva, segura y acogedora. Para este soporte, es importante considerar: las señales de alerta, generar recursos personales y sociales, organizar para la acción y/o atención, y seguimiento en la implementación de las acciones. Se recomienda, impulsar acciones como: ● Generar espacios de expresión emocional con el fin de dialogar con los/las estudiantes sobre sus principales preocupaciones como consecuencia de la pandemia, y brindar consejería personalizada y grupal. En los casos de estudiantes con experiencias dolorosas o separación de familias por motivo de migración o refugio, por la pérdida de familiares directos, brindar soporte para acompañar su dolor, para la adaptación y para asegurar la continuidad en sus estudios. ● Generar espacios con los/las estudiantes para que contribuya en su desarrollo integral, incluyendo actividades lúdicas, recreativas, artísticas y deportivas, que les ayude a un desarrollo físico, social y emocional saludables. ● Fortalecimiento de los vínculos saludables, ya que se construye sobre la seguridad y confianza en uno mismo y en los demás. Puede generarse a través de la escucha activa, el diálogo apreciativo y la validación de las emociones de los/las estudiantes. Asimismo, desde el fortalecimiento del sentido de pertenencia en la institución educativa o programas educativos, al grupo cultural, comunitario o familiar. En este marco, se requiere de una comunidad educativa situada, responsable, informada y con claridad sobre las intenciones educativas o los resultados de la formación integral, para conocer su rol frente a ello y coordinar acciones que contribuyan, de manera articulada, con la formación integral y el bienestar general del/de la estudiante. Para el desarrollo de este acompañamiento integral se proponen 5 estrategias, conforme a lo establecido en el documento normativo denominado “Lineamientos de Tutoría y Orientación Educativa para la Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 212-2020-MINEDU, las cuales son: 1 Servicios de Apoyo y Asesoramiento a las necesidades educativas especiales 2 Servicio Hospitalario
  • 13. 10 ● Orientación educativa permanente. ● Tutoría individual. ● Tutoría grupal. ● Espacios de participación estudiantil. ● Espacios con las familias y comunidad. Este tipo de acompañamiento se planifica a nivel de la institución educativa a través del Plan de tutoría, orientación educativa y convivencia escolar - (TOECE), la cual forma parte del Plan Anual de Trabajo de la institución educativa o programa educativo, y está a cargo del Comité de gestión del bienestar. Asimismo, la planificación en el aula, se realiza desde el Plan Tutorial de Aula a cargo del/de la docente tutor. Para ello, es importante recoger información sobre las necesidades de orientación e intereses de los/las estudiantes, considerando las prioridades nacionales, regionales, locales e institucionales, en relación a: soporte socioemocional, habilidades socioemocionales, educación sexual integral, prevención de situaciones y/o conductas de riesgo (embarazo adolescente y/o maternidad o paternidad temprana, consumo de sustancias psicoactivas, trata de personas, discriminación, eliminación de estereotipos, etc.), entre otros. Para ello, se pone a disposición el kit de bienestar socioemocional, que consta de "Orientaciones para la aplicación de la herramienta de recojo de información de habilidades socioemocionales y factores de riesgo" y "Orientaciones para el desarrollo del Programa de habilidades socioemocionales”. Y en el portal de Tutoría, Bienestar y Participación (https://repositorio.perueduca.pe/tutoria- bienestar/) se ponen a disposición orientaciones, herramientas y recursos para fortalecer el rol del/de la docente y brindar acompañamiento oportuno a las niñas, los niños y adolescentes, jóvenes y adultos de la IE o programa educativo. 7. CONDICIONES DE GESTIÓN Se precisa que las orientaciones que rigen el desarrollo del año escolar 2022 en el marco de los “Lineamientos para la gestión escolar de instituciones educativas públicas de Educación Básica”, aprobados mediante Decreto Supremo N.° 006- 2021-MINEDU, se encuentran contenidas en la “Guía para la Gestión Escolar en II. EE. y Programas Educativos de Educación Básica”, aprobada mediante Oficio N° 026-2021-MINEDU/VMGI-DIGC y actualizada mediante Oficio Múltiple N° 035- 2021-MINEDU/VMGI-DIGC. 7.1 CALENDARIZACIÓN El calendario escolar del año 2022 comprende treinta y seis (36) semanas lectivas y ocho (8) semanas de gestión, de acuerdo al siguiente detalle: Calendario Escolar 2022 Bloques Duración Fechas de inicio y fin Primer bloque de semanas de gestión Dos (2) semanas 01 de marzo a 11 de marzo
  • 14. 11 Primer bloque de semanas lectivas Nueve (9) semanas 14 de marzo a 13 de mayo Segundo bloque de semanas de gestión Una (1) semana 16 de mayo a 20 de mayo Segundo bloque de semanas lectivas Nueve (9) semanas 23 de mayo al 22 de julio Tercer bloque de semanas de gestión Dos (2) semanas 25 de julio a 05 de agosto Tercer bloque de semanas lectivas Nueve (9) semanas 08 de agosto a 07 de octubre Cuarto bloque de semanas de gestión Una (1) semana 10 de octubre a 14 de octubre Cuarto bloque de semanas lectivas Nueve (9) semanas 17 de octubre a 16 de diciembre Quinto bloque de semanas de gestión Dos (2) semanas 19 de diciembre a 30 de diciembre Fuente: Elaboración propia Cabe señalar que las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, en el ámbito de sus competencias pueden determinar fechas diferentes; siempre que se cumpla con el número mínimo de semanas de cada tipo; es decir, treinta y seis (36) semanas lectivas y ocho (8) semanas de gestión distribuidas en el año 2022. Esta organización puede plasmarse en las instituciones educativas y programas educativos bajo la forma de bimestres, trimestres u otras formas de organización del tiempo que estimen convenientes. En el caso de instituciones educativas privadas, estas se organizan sobre la base de sus requerimientos y realidades particulares, y pueden usar como referencia esta calendarización; no obstante, deben asegurar el cumplimiento de las semanas lectivas acorde con lo establecido en el documento normativo denominado “Disposiciones para la organización del tiempo anual de las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 221-2021-MINEDU En el caso de la Educación Básica Alternativa, esta calendarización se adecua a los periodos de atención o periodos promocionales que brinda el CEBA. 7.2 TIPOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO - Presencial. Servicio educativo en horario regular con la presencia física del o de la docente y de los/las estudiantes en el local educativo.
  • 15. 12 - A distancia. Servicio educativo caracterizado por la interacción simultánea o diferida entre los actores del proceso educativo, facilitada por medios tecnológicos que propician el aprendizaje autónomo. Esta modalidad tiene como objetivo complementar, reforzar o reemplazar la educación presencial atendiendo las necesidades y requerimientos de los/las estudiantes y personal docente y directivo de las instituciones educativas. La prestación del servicio a distancia solamente podrá brindarse de manera excepcional, únicamente por casos de cambio en la condición epidemiológica establecida por el Minsa, por cuarentenas y/o condición de comorbilidades de los/las estudiantes. La institución educativa coordinará con la UGEL los casos en que se brindará el servicio a distancia, debidamente acreditado, para que esta última realice el monitoreo y supervisión correspondiente, en coordinación con la DRE. Este servicio deberá ser prestado respondiendo a las características, condiciones y necesidades de los/las estudiantes y personal de la IE. En el caso de los Colegios de Alto Rendimiento (COAR), lo determinará la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento (DEBEDSAR). 7.3 BIENESTAR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA La gestión del bienestar en la escuela tiene por finalidad generar y promover acciones pedagógicas y espacios para la consolidación de los aprendizajes, el soporte socioemocional, la tutoría individual y grupal, la orientación educativa, la gestión de la convivencia escolar, la prevención y atención de la violencia y la participación. El Comité de Gestión del Bienestar, o el que haga sus veces, se encarga de la gestión de la tutoría y orientación educativa, así como de la gestión de la convivencia escolar, en el marco de la normativa vigente, y apunta a generar y promover acciones y espacios para el soporte socioemocional, a través de las estrategias de la tutoría o las líneas de acción de la gestión de la convivencia escolar, fomentando así una gestión democrática de la institución educativa, respetando los derechos humanos, promoviendo el bien común y las relaciones positivas entre toda la comunidad educativa. En ese marco, se plantean las siguientes acciones para el fortalecimiento y el cuidado del bienestar de la comunidad educativa. 7.3.1 Soporte socioemocional para las familias Al inicio del año escolar, es fundamental que las/los docentes establezcan vínculos de confianza con las/los estudiantes y sus familias, y que estos se fortalezcan a lo largo de todo el periodo escolar, con la finalidad de brindar el soporte necesario de acuerdo a las características, las condiciones y las necesidades de cada estudiante y la familia; estas interacciones pueden darse de manera individual o grupal, e incluso en pequeños grupos si así se considera. Además, las/los docentes pueden utilizar la información recogida a través del recojo de las condiciones emocionales y de salud para adaptar sus estrategias de comunicación con las/los estudiantes y sus familias.
  • 16. 13 Luego, en el transcurso del año escolar, es necesario que la/el docente destine parte del tiempo semanal a las siguientes actividades: ● Recoger información de las familias sobre cómo se organizan para apoyar a las/los estudiantes en sus labores educativas. ● Coordinar con las DEMUNA, con apoyo del responsable de convivencia escolar, para mayor información sobre la situación de las/los estudiantes y sus familias. ● Brindar orientaciones a las familias sobre las actividades que se desarrollan con las/los estudiantes y resolver las consultas que tuvieran. ● Brindar orientaciones específicas a las familias con estudiantes con discapacidad con base en las recomendaciones emitidas por el Servicio de Apoyo Educativo (SAE). ● Promover una convivencia familiar respetuosa y positiva a través del acompañamiento y la orientación, para lo cual se compartirán recursos desde las diferentes plataformas Web del MINEDU. ● Apoyar a las familias en la organización de espacios adecuados para el aprendizaje de sus hijas e hijos en el hogar. Asimismo, orientar en el establecimiento de acciones en el hogar dirigidas a fortalecer la comunicación en la lengua materna, horarios para la lectura en familia, orientaciones en temas de educación sexual integral, prevención de la violencia escolar y familiar, la alimentación adecuada, cuidado de la salud, seguridad, entre otras. Asimismo, durante el transcurso del año escolar, resulta necesario desarrollar jornadas familiares que promuevan y/o fortalezcan las competencias parentales con el fin de mantener el acompañamiento en el desarrollo de los estudiantes. Adicionalmente, las instituciones educativas, a través de los directivos o el responsable de convivencia escolar, coordinan con otras instituciones y servicios públicos y privados de la localidad para que contribuyan a la contención y soporte socioemocional a estudiantes, familias y personal de la institución educativa. 7.3.2 Soporte socioemocional para docentes y promotoras El desarrollo de acciones de soporte socioemocional se centra en la disposición y el acceso a servicios, estrategias o acciones que promuevan el cuidado y el autocuidado de la salud física, mental y el bienestar socioemocional de las/los directivos, auxiliares de educación, especialistas de educación de DRE y UGEL y promotoras educativas comunitarias (en adelante, “docentes") de servicios públicos de educación básica a nivel nacional. Esto se da mediante la generación y la puesta en marcha de diversas acciones, recursos y mecanismos que contribuyan a la mejora de las condiciones de su bienestar y consecuente mejora de su calidad de vida; así como de su desempeño profesional, para enfrentar la crisis generada por la COVID-19 u otras situaciones que puedan afectar su salud, en diversos contextos cambiantes o desafiantes. Estos servicios, estrategias o acciones se ofrecen de manera coordinada entre el Ministerio de Educación a través de la Estrategia Te Escucho Docente y de la implementación de acciones formativas orientadas al desarrollo de la competencia socioemocional de las/los docentes, y desde las iniciativas desarrolladas desde las
  • 17. 14 Direcciones Regionales de Educación, y Unidades de Gestión Educativa Local3 . Por ello, durante el 2022 se priorizará el fortalecimiento de los servicios, las estrategias o las acciones desarrolladas desde los territorios, la promoción de una Red Nacional de Atenciones, y la incorporación de estos servicios, estrategias o acciones en los planes de bienestar de las Direcciones Regionales de Educación; tal como está previsto en el Plan Nacional de Emergencia del Sistema Educativo Peruano, eje 2, medida 2.2. Los componentes que ofrece la Estrategia Te Escucho Docente son:  Plataforma digital Te Escucho Docente: con recursos y herramientas que promocionan el cuidado y el autocuidado docente (cuidado de la salud física, de la salud emocional, y cuidado de los otros). Se puede acceder a la siguiente plataforma: https://sites.minedu.gob.pe/teescuchodocente/  Atención en soporte y contención emocional: servicio que busca que las/los docentes accedan a atenciones de soporte socioemocional individual y grupal, a través de una línea de ayuda, que permite prevenir, afrontar y contener situaciones de desborde emocional usando los primeros auxilios psicológicos. El servicio se ofrece de manera gratuita a docentes de servicios educativos públicos del país. Se accede a ellos a través de la plataforma digital.  Fortalecimiento de acciones de bienestar en regiones; el cual permite que las IGED reciban capacitación para mejorar su capacidad de respuesta a las demandas de soporte socioemocional generadas en sus localidades; fortaleciendo los servicios que brindan desde los territorios. Además, se concibe al Bienestar socioemocional como una línea prioritaria en la formación docente en servicio, para ello se diseñan e implementan acciones formativas orientadas al desarrollo de la competencia socioemocional, así como, recursos complementarios, tales como: seminarios web, podcast, cartillas informativas, entre otros. 7.3.3 Orientaciones para la gestión de la convivencia escolar Se precisa que las orientaciones que rigen el desarrollo del año escolar 2022 en el marco de los “Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes, aprobados mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, se encuentran contenidas en la “Guía para la Gestión Escolar en II. EE. y Programas Educativos de Educación Básica”, aprobada mediante Oficio N° 026-2021-MINEDU/VMGI-DIGC y actualizada mediante Oficio Múltiple N° 035-2021-MINEDU/VMGI-DIGC. Bajo dicho marco, el Comité de Gestión del Bienestar tiene como función el desarrollo de acciones que promuevan una adecuada promoción de la convivencia escolar, así como la prevención y atención oportuna de casos de violencia escolar considerando las orientaciones y los protocolos de atención propuestos por el Sector, en coordinación con los actores de la comunidad educativa correspondiente. Asimismo, es necesario contar con un mapeo de aliados de la comunidad que también realizan 3 Este proceso se desarrolla siguiendo las disposiciones planteadas en la Resolución Viceministerial N.° 241-2021-MINEDU; como en aquellas que pudieran publicarse de manera posterior.
  • 18. 15 labores preventivas en torno la violencia con la finalidad de articular acciones, como los Centros de Salud, el Centro de Emergencia Mujer, las comisarías, entre otras. A través del portal del SiseVe (http://www.siseve.pe/Web/) se pone a disposición orientaciones, materiales y/o recursos para asegurar una adecuada gestión y promoción de la convivencia escolar, y el desarrollo de acciones para prevenir y atender la violencia, así como también los protocolos para asegurar la atención oportuna de los hechos de violencia contra los estudiantes. De igual manera, se pone a disposición de la comunidad educativa, complementariamente al portal del SíseVe, la Línea SiseVe (0800-76888) para el reporte de hechos de violencia contra los estudiantes y obtener soporte emocional ante un hecho de violencia contra los estudiantes. La línea está a cargo de profesionales psicólogos y abogados y atiende en horario continuo de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas. 7.4 Medidas ante un caso sospechoso o confirmado de contagio en el local educativo Acorde a las disposiciones del MINSA, frente a un caso sospechoso o confirmado de contagio en el local educativo, se debe seguir las siguientes medidas, para asegurar la protección y prevención frente a la COVID-19: a) Primeras acciones ante un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en el local educativo:  En la medida de lo posible y siempre que se cuente con la disponibilidad, determinar un ambiente específico en el local educativo que pueda ser usado para aislar a una persona detectada con sintomatología compatible a la COVID-19.  Si una/un estudiante o miembro del personal presenta síntomas asociados a la COVID-19 mientras está en el local educativo, el personal directivo o tutor debe llamar a la familia para que pueda trasladarse a su domicilio, y notificar al establecimiento de salud correspondiente, al ámbito de su competencia territorial, a la Línea 113-Minsa y a la Línea 117-EsSalud o a la empresa prestadora de servicios de salud establecida por las/los estudiantes, los padres o tutores o el personal educativo. Mientras tanto, la persona debe permanecer en el espacio destinado para el caso.  Si, además, la/el estudiante o miembro del personal presenta síntomas graves asociados a la COVID-19 en el local educativo, tales como respirar con dificultad, tener dolor u opresión en el pecho o desorientación o confusión, coloración azul en los labios, manos o pies; solicitar atención médica inmediata. Mientras tanto, la persona debe permanecer en el espacio destinado para el caso.  Si un/una estudiante o miembro del personal confirma que presenta COVID- 19 o presenta síntomas antes de salir del domicilio, no debe asistir al local educativo, de hacerlo no se le permitirá el ingreso a la IE en salvaguarda de la comunidad educativa. Asimismo, se le indicará que debe acercarse a algún centro de salud a solicitar atención médica; el personal directivo deberá notificar al establecimiento de salud correspondiente, al ámbito de su competencia territorial, a la Línea 113-Minsa, a la Línea 117-EsSalud.
  • 19. 16  Todos los miembros de la comunidad educativa deben dar las facilidades al personal de salud para que realice la vigilancia epidemiológica, vacunación y acciones que correspondan en el marco de sus competencias. b) Suspensión temporal del tipo de servicio educativo presencial  El servicio educativo presencial deberá ser suspendido para el aula en la que se encontró el caso confirmado o sospechoso de COVID-19, de acuerdo al periodo de cuarentena establecido por el Minsa. Asimismo, deberán realizar cuarentena por los días establecido por el Minsa, los estudiantes y las/los docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de COVID- 19. Finalmente, a través de los canales de comunicación establecidos por la IE o el programa educativo, se deberá notificar la suspensión temporal del uso de los ambientes y se deberá prestar el servicio educativo a distancia. c) Reinicio del servicio educativo  Una vez que se cumplan los días de cuarentena, se reinicia el servicio educativo. Se debe informar a las familias la fecha de reinicio de las clases a través de los canales de comunicación establecidos por la IE o el programa educativo.  Se debe propiciar un ambiente de respeto hacia las personas afectadas y evitar conductas estigmatizantes o discriminatorias. Durante el despliegue de las medidas a ejecutar ante la ocurrencia de un caso positivo de la COVID- 19, la institución educativa o el programa educativo debe orientar sus acciones a la protección de la salud socioemocional de la persona afectada, así como a prevenir o combatir actos de discriminación. 7.5 DISPOSICIONES PARA EL PLAN ANUAL DE TRABAJO A partir de las nuevas disposiciones, el Plan Anual de Trabajo deberá ajustarse a los nuevos escenarios del servicio presencial, y deberá incluir el listado de estudiantes, docentes o personal de la IE que tengan comorbilidades que les impidan asistir presencialmente a la IE, así como los mecanismos bajo los cuales continuarán recibiendo o brindando el servicio educativo a distancia. 8 FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DE DIRECTIVOS Y DOCENTES 8.1 Fortalecimiento de competencias de directivos Es la directora/el director, o quien haga sus veces, responsable de liderar y gestionar el servicio presencial de su escuela. Para ello, deberá fortalecer los vínculos entre subdirector(es), coordinador(es), docentes, auxiliares de educación y personal administrativo tanto con las familias como con los mismos estudiantes. Es por este motivo que resulta fundamental brindar fortalecimiento a los equipos directivos de las escuelas para guiarlos en la priorización de actividades para el logro de aprendizajes y bienestar de las/los estudiantes tras un largo periodo de aislamiento. En vista de lo afirmado, el fortalecimiento de capacidades de los directivos de las instituciones educativas se enfoca en prácticas de gestión escolar hacia el desarrollo
  • 20. 17 de la autonomía, relacionadas con el trabajo colegiado y colaborativo en la escuela, el monitoreo de la práctica pedagógica docente en el marco del aprendizaje presencial y a distancia, el fortalecimiento de dicha práctica pedagógica docente en el marco del aprendizaje, así como la planificación institucional y curricular, y la gestión del bienestar de estudiantes y docentes, lo que incluye el compromiso de la escuela con la reinserción y la continuidad educativa. En tal sentido, la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar (DIF) ha priorizado en las propuestas de las estrategias formativas del Programa Nacional de Formación y Capacitación de directores y subdirectores de instituciones educativas y en otras acciones de fortalecimiento destinadas a los directivos del país, las mencionadas prácticas de gestión. No obstante, es necesario redoblar esfuerzos en el fortalecimiento de habilidades blandas para gestionar el retorno a interacciones presenciales, así como a la nueva convivencia sobre todo para potenciar aquellas prácticas de gestión vinculadas a los compromisos de gestión escolar 4 y 5. Diversos materiales pedagógicos en torno a los temas mencionados han sido y serán puestos a disposición de directivos y comunidad educativa a través del Portal Directivo (http://directivos.minedu.gob.pe/). 8.1.1 Desarrollo de competencias profesionales de docentes Las competencias profesionales de las/los docentes se espera que contribuyan con la mejora de su rol profesional, sobre la base de un cambio de paradigma acerca del aprendizaje y la enseñanza, que contribuyan con los aprendizajes esperados en las/los estudiantes de la educación básica. Desde esta perspectiva, cualquier propuesta para la formación de las/los docentes debe partir de las necesidades reales de las/los docentes vinculada a sus experiencias en el aula desde las cuales es posible definir las acciones formativas. Se espera que estas acciones permitan identificar y comunicar con claridad los resultados que se esperan, las formas de evaluar y la metodología que incluye la reflexión de las prácticas pedagógicas. Como parte del proceso de fortalecimiento de competencias, la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS) proporciona, a las/los docentes en servicio, a nivel nacional, acciones formativas que se desarrollan en el marco del Programa de Formación y Capacitación Permanente durante el 2022, teniendo como líneas formativas: ● Mejora de aprendizajes. ● Bienestar socioemocional. ● Investigación e innovación. ● Competencia Digital. Programas formativos focalizados Programa de Fortalecimiento de Competencias de los Docentes Usuarios de Dispositivos Electrónicos Portátiles. Ciclo de Formación Interna - CFI. Programa para la Formación de Formadores Regionales.
  • 21. 18 Programa de Formación docente para el desarrollo de competencias en el marco de la Educación STEAM Prácticas Educativas Inclusivas en el Marco del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA). Programa de formación docente para la innovación educativa. Formación para todos Programa para el Retorno al Año Escolar 2022. Programa Nacional para el Desarrollo de la Competencia Digital Docente. Programa Nacional para Docentes Contratados. Acciones formativas: según niveles, modalidades, modelos de servicio educativo, así como aquellos que devienen de compromisos intersectoriales. Atención diferenciada según demanda regional: Asistencia técnica para la elaboración e implementación de los Planes Regionales de Formación Docente en Servicio. Además, la DIFODS pondrá a disposición de las/los docentes estrategias de soporte pedagógico que les permitan orientar su trabajo pedagógico en la mediación de los aprendizajes de las/los estudiantes, a través de: ● Canales de atención al docente: Comprende el buzón virtual de consultas docentes, preguntas frecuentes, chatbot, a través de diversas aplicaciones. ● Centro de recursos Es un espacio virtual que dispone de recursos educativos referidos a la formación docente en servicio para los diferentes niveles, modalidades y modelos de servicio educativo de la educación básica. Ofrece, además, seminarios microformativos, cartillas informativas, podcasts, videos modelados, entre otros. ● Docente al día. Es un espacio que brinda al docente temas educativos que responden a las necesidades del docente de manera oportuna, a través de webinar y microinformativos. ● Instrumentos para la gestión territorial. i) Estándares de calidad de las acciones formativas, ii) Herramientas para el seguimiento y iii) la evaluación de la Formación docente en servicio.
  • 22. 19 9 SERVICIO ALIMENTARIO Y EL CONSUMO DE ALIMENTOS EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Cada estudiante consume los alimentos de su refrigerio o lonchera escolar, o los que adquiera en la cafetería o comedor escolar, debiéndose considerar lo siguiente:  Mantener la higiene respiratoria.  No compartir alimentos, ni utensilios.  Lavarse o desinfectarse las manos antes del consumo de alimentos  Retirarse las mascarillas y guardarla durante el consumo de alimentos.  Al culminar colocarse la mascarilla nuevamente y lavarse las manos. La Norma Técnica denominada “Orientaciones para la promoción de la alimentación saludable y la gestión de quioscos, cafeterías y comedores escolares saludables en la Educación Básica”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 076-2019- MINEDU, señala en las disposiciones generales que se debe expender alimentos saludables, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo, que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que toda persona necesita para mantenerse sana, permitiéndole tener una mejor calidad de vida en todas las edades. Respecto a los quioscos, cafeterías y comedores escolares, podrán prestar servicio siempre que cuenten con servicios de agua para el consumo humano, desagüe y electricidad, a fin de garantizar las mejores condiciones de bioseguridad establecidas por el MINSA para la preparación, conservación de alimentos y su consumo. De acuerdo a la Norma Técnica denominada “Norma para la Cogestión del servicio alimentario implementado por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las instituciones educativas y programas no escolarizados públicos de la educación básica”, aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 083 2019- MINEDU, el Comité de Alimentación Escolar – CAE, tiene a su cargo la distribución del servicio alimentario dentro del servicio educativo. En el contexto de la covid-19 el CAE organiza con las familias y los comités de aula la preparación, servido y distribución de los alimentos para ser consumidos por los estudiantes en la institución educativa. Considerando que, desde marzo del 2020, se realiza la entrega del servicio a las familias para su preparación, es de suma necesidad e importancia que cada IE garantice las condiciones para la operatividad del Programa, siendo necesario contar con información sobre: a) Estado en que se encuentra el espacio de almacén, la cocina, utensilios, menaje y espacios de consumo de los alimentos. b) CAE conformado y la organización para la preparación de los alimentos. c) Equipos de protección personal para el CAE-preparación de alimentos con que se cuenta. d) Puntos de lavado o desinfección de manos. Para que en base a ella se puedan tomar las medidas correspondientes para que la preparación se realice en la misma institución educativa. El director de la Institución Educativa, en el marco de su autonomía y aplicando las consideraciones señaladas en el presente acápite, decidirá si se aperturan los
  • 23. 20 quioscos, cafeterías y comedores escolares, bajo responsabilidad administrativa. Asimismo, respecto al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma determinará si se preparan los alimentos o si se hace la entrega de los alimentos sin preparar. 10 ROLES Y RESPONSABILIDADES Son responsabilidades de las instancias, adicionales a las señaladas en el presente documento normativo y, en el marco de las normas legales que regulan sus competencias, las siguientes: 10.1 Responsabilidades del Minedu a) Garantizar el funcionamiento del Grupo Intersectorial Nacional creado por Resolución Ministerial N° 627-2019-MINEDU integrado por el Minedu, Mindef, Minsa, MTC, Mininter, Midis, MIMP y MEF. b) Brindar orientaciones para la gestión escolar en el marco de la prevención y control de la COVID-19. c) Conformar un equipo de asistencia técnica articulada a las IGED que brinde las orientaciones necesarias para la implementación del presente documento normativo. d) Brindar asistencia a las IGED respecto al uso del SIMON. e) Garantizar el funcionamiento y la actualización del SIMON, así como el acceso de los usuarios. f) Coordinar con la AMPE, la Remurpe y la ANGR para constituir un equipo de trabajo que incida en los asociados de los niveles de gobierno para la colaboración en las finalidades y los alcances del retorno seguro. g) Cumplir a través del Programa Nacional de Infraestructura Educativa-PRONIED, las disposiciones específicas sobre los criterios de asignación de recursos y los plazos para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022. 10.2 Responsabilidades de la DRE o la que haga sus veces a) Promover y sostener espacios o mecanismos de coordinación multisectorial a nivel regional-local, con los actores estratégicos en sus jurisdicciones que pueden contribuir con fortalecer el servicio educativo presencial. b) Brindar asistencia técnica a las UGEL respecto a la implementación del presente documento normativo, a fin de asegurar que adopten decisiones pertinentes y oportunas sobre el servicio educativo presencial. c) Coordinar y supervisar que las UGEL cumplan con las disposiciones y las responsabilidades establecidas en el presente documento normativo. Para esta actividad podrán usar la plataforma SIMON. d) Identificar buenas prácticas e innovaciones relacionadas con el proceso de retorno. e) Coordinar con las DIRESAS respectivas, la realización de campañas de vacunación en las instituciones educativas de su jurisdicción, dirigidas a la comunidad educativa, priorizado la vacunación de niñas, niños, adolescentes, con autorización de uno de los padres, tutor o familiar responsable de velar por el cuidado del menor, según corresponda, y del personal de la institución educativa.
  • 24. 21 f) Coordinar con las entidades competentes a fin de proveer de médico ocupacional o de seguridad y salud en el trabajo que pueda evaluar al personal de riesgo con comorbilidades para determinar su forma de prestación de servicio. g) Hacer seguimiento y brindar orientaciones a las UGEL de su jurisdicción para el cumplimiento de las condiciones de bioseguridad emitidas por el MINSA, bienestar y desarrollo de aprendizajes de los estudiantes. h) Realizar el seguimiento, en coordinación con la UGEL la ejecución del Programa de Mantenimiento 2022, a través del cual deben adquirir los materiales para la limpieza y la desinfección de los espacios donde se brindará el servicio educativo presencial, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal. 10.3 Responsabilidades de la UGEL a) Brindar asistencia técnica y atender alertas a fin de asegurar que las II. EE. adopten decisiones pertinentes y oportunas respecto al servicio educativo presencial. b) Monitorear y hacer seguimiento a las instituciones y los programas educativos, de su jurisdicción, con el objeto de que cumplan con las disposiciones y las responsabilidades establecidas en el presente documento normativo. c) Brindar asistencia técnica a las instituciones y programas educativos de su jurisdicción para la elaboración del plan anual de trabajo correspondiente a la prestación del servicio educativo. d) Hacer seguimiento a las condiciones para el bienestar y desarrollo de los aprendizajes de los estudiantes. e) Supervisar el cumplimiento de la calidad del servicio educativo. f) Hacer seguimiento y adoptar las acciones que correspondan para el cumplimiento de las condiciones de bioseguridad emitidas por el MINSA, en las instituciones educativas de su jurisdicción. g) Realizar el seguimiento a los directores de instituciones educativas en la ejecución del Programa de Mantenimiento 2022, a través del cual deben adquirir los materiales para la limpieza y la desinfección de los espacios donde se brindará el servicio educativo presencial, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal. h) Implementar el directorio de gobiernos locales y autoridades comunales para coordinar e involucrarlos en el apoyo a la generación de condiciones de bioseguridad, estipuladas en el marco legal vigente. i) Monitorear el cumplimiento de los hitos del calendario. j) Promover ante la DRE o, la que haga sus veces, la coordinación con las DIRESAS respectivas, la realización de campañas de vacunación en las instituciones educativas de su jurisdicción, dirigidas a la comunidad educativa, priorizando la vacunación de niñas, niños, adolescentes, con autorización de uno de los padres, tutor o familiar responsable de velar por el cuidado del menor, según corresponda, y del personal de la institución educativa. 10.4 Responsabilidades de la I. E. o programa educativo a) Monitorear las condiciones de contexto en el que se ubica la institución o el programa educativo, para promover la prestación del servicio de manera segura. b) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones y condiciones de bioseguridad emitidas y requeridas por el órgano competente, en especial por el Ministerio de Salud.
  • 25. 22 c) Asegurar el cumplimiento de las condiciones de bienestar y desarrollo de los aprendizajes de los estudiantes. d) Facilitar las acciones de monitoreo y seguimiento realizadas por el sector Salud, en el marco de la emergencia sanitaria. 10.5 Responsabilidades de la/el docente. a) Hacer uso adecuado de los equipos y bienes entregados para la prestación del servicio, en caso de que estos hayan sido facilitados por la institución o el programa educativo. b) Participar en el programa de formación y capacitación permanente durante el 2022, en caso corresponda. c) Asegurar el cumplimiento de las condiciones de bienestar y desarrollo de los aprendizajes de los estudiantes. 11 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 11.1 El Minedu, podrá emitir orientaciones y brindar asistencia técnica necesaria a las DRE o la que haga sus veces respecto a la implementación del presente documento normativo y regular aquello que no se encuentra previsto. 11.2 En lo referente a las condiciones de bioseguridad, garantías de salud con la finalidad de prevenir y controlar la propagación de la COVID-19 de toda la comunidad educativa, se deberá considerar el marco normativo vigente emitido por la PCM y el Ministerio de Salud. 11.3 Las DRE y UGEL, según corresponda, deberán garantizar que las directoras/los directores de las II. EE. reciban de manera oportuna y periódica la dotación de kits COVID-19, destinada a las/los estudiantes y al personal que labora en la I. E., considerando al personal necesario para la ejecución de esta labor (armado, custodia, registros y entrega) – Anexo 1. 11.4 Cada institución educativa, de acuerdo a su contexto local, debe procurar generar las mejores condiciones a fin de garantizar el cuidado de la salud e higiene para lo cual deben observar las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud, y todo el marco normativo vigente. 11.5 Mientras dure el estado de Emergencia Sanitaria, se suspenden los desfiles escolares, actuaciones y formaciones durante la jornada escolar; así como todo tipo de reunión que implique concentración y/o aglomeración. Salvo actividades que promuevan el deporte y el soporte socioemocional para estudiantes, cumpliendo los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud, y todo el marco normativo vigente.
  • 26. 23 ANEXO 1 KIT DE PREVENCIÓN DE LA COVID-19 Objetivo: Contribuir a la prevención, la mitigación y al control de infecciones por coronavirus en las/los docentes en el ámbito de las II. EE. Públicas a nivel nacional, en el marco del retorno a clases presenciales. KIT COVID-19 por I. E.:  Para el personal de la institución educativa: o Mascarilla KN95 (2 mascarillas por semana) para personal que labora presencialmente en la institución educativa. o Un protector facial para cada personal de EBE que labora presencialmente en la institución educativa*.  Para las/los estudiantes de la institución educativa: o Mascarillas textiles (3 mascarillas por cada 2 meses) para las/los estudiantes que asisten presencialmente a la institución educativa. o Mascarillas quirúrgicas (1 mascarilla diaria) para las/los estudiantes que asisten presencialmente a la institución educativa. o Kit de higiene para lavado de manos** a ser adquirido en el marco del Programa de Mantenimiento, compuesto por jabón de tocador en barra y/o jabón líquido, papel toalla y/o papel higiénico, alcohol 70° y/o alcohol en gel, tacho para desechos.  Kit de insumos y de artículos de limpieza a ser adquirido en el marco del Programa de Mantenimiento para la institución educativa, compuesto por: o Insumos de limpieza: detergente granulado, guante de jebe de uso semiindustrial, kreso, removedor de sarro, bolsa de polietileno, esponja de fibra sintética, lejía. o Artículos de limpieza: trapo industrial, escoba, recogedor, balde. * Los protectores faciales deben cumplir con lo señalado en la Resolución Ministerial N.° 447-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Recomendaciones sobre el Uso de Escudos Faciales (Caretas) en los Establecimientos de Salud y en la Comunidad en el Contexto de Pandemia de COVID-19”