Gerencia de Oferta Flexible                      Pagina 1 
Año I – No
 04 
Agosto 2013 
GOF ‐ CEPRIT 
¿Cuáles son las empresas
obligadas a contratar el SCTR?
1. Las empresas que realizan actividades de
riesgo señaladas en el anexo 5 del DS 009-
97-SA. Reglamento de Ley Nº 26790.
2. Las empresas de servicios especiales.
3. Los contratistas y subcontratistas.
4. Las instituciones de intermediación o
provisión a mano de obra.
5. Las cooperativas de trabajadores.
 
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¿Qué es el SCTR?
El Seguro Complementario de Trabajo de
Riesgo – SCTR fue creado por la Ley Nº 26790
y se rige de acuerdo a las normas técnicas del
D.S. 003-98-SA del 14 de abril de 1998. Otorga
prestaciones de salud y económicas por
accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales a los trabajadores, (empleados
dependientes o independientes y obrero) que
tienen la condición de afiliados regulares del
Seguro Social de Salud y que laboran en un
centro de trabajo en el que se desarrollan
actividades de riesgo previstas por ley.
Las prestaciones de salud son otorgadas por
EsSalud o por una Entidad Prestadora de Salud
– EPS.
Las prestaciones económicas serán contratadas
por la entidad empleadora, a libre elección, con
una compañía de seguros o con la ONP.  
SEGURO COMPLEMENTARIO DE 
TRABAJO DE RIESGO – SCTR 
¿Qué es un accidente
de trabajo?
Se considera accidente de trabajo a toda lesión
orgánica o perturbación funcional, causada en el
centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por
acción imprevista, fortuita u ocasional de una
fuerza externa, repentina y violenta que obra
súbitamente sobre la persona del trabajador o
debida al esfuerzo del mismo.
¿Cuáles son las prestaciones de
salud del SCTR?
1. Asistencia y asesoramiento preventivo
promocional en salud ocupacional al
empleador y los asegurados, desarrollado a
través de nuestros Centros de Prevención de
Riesgos de Trabajo (CEPRIT) a nivel nacional.
2. Atención médica, farmacológica, hospitalaria y
quirúrgica, cualquiera que fuere el nivel de
complejidad, hasta su total recuperación o
declaración de invalidez o muerte en los
centros asistenciales de EsSalud a nivel
nacional.
3. Rehabilitación y readaptación laboral al
asegurado inválido bajo este seguro,
desarrollado a través de nuestros Centros
Especializados de Rehabilitación Profesional
(CERP) a nivel nacional.
4. Aparatos de prótesis y ortopédicos necesarios
para el trabajador asegurado inválido.
 
 
CENTRO DE PREVENCIÓN 
DE RIESGOS DEL TRABAJO               Año I – Nº 04 – Agosto 2013 
 
Gerencia de Oferta Flexible   Pagina 2
 
   
Actividades de riesgo
comprendidas en el SCTR
Las actividades calificadas de riesgo
contempladas en el anexo 05 del D.S.009-97-SA
Reglamento de la Ley de Modernización de la
Seguridad Social de Salud son las siguientes:
 Extracción de madera
 Pesca
 Petróleo crudo y gas natural
 Extracción de mineral
 Industria del tabaco
 Fabricación de textiles
 Cuero y sucedáneos
 Madera y corcho
 Sustancias químicas industriales
 Fabricación de otros productos químicos
 refinerías de petróleo
 Transporte aéreo
 Servicios médico, odontológico
 Derivados del petróleo y carbón
 Fabricación de productos plásticos
 Fabricación de productos de vidrio
 Fabricación de otros productos minerales
 Industria básica del hierro y acero
 Industria básica de metales no ferrosos
 Construcción de maquinarias
 Electricidad, gas y vapor
 Construcción
 Servicios de saneamiento
 Manipuleo de carga – Activ. Portuaria
¿Qué es una enfermedad
profesional?
Se entiende como enfermedad profesional todo
estado patológico permanente o temporal que
sobreviene al trabajador como consecuencia
directa de la clase de trabajo que desempeña o
del medio en que se ha visto obligado a trabajar.
¿Cuáles son las prestaciones
económicas del SCTR?
La compañía aseguradora brinda la cobertura de
pensiones, que ampara al trabajador asegurado
contra riesgos de invalidez y muerte por
accidente de trabajo o enfermedad profesional,
otorgando las siguientes prestaciones:
1. Invalidez por accidente: La aseguradora
pagará al trabajador que como consecuencia
de un accidente de trabajo o enfermedad
profesional, quedara en situación de invalidez,
las pensiones que corresponda según el
grado de incapacidad para el trabajo conforme
al DS 003-98-SA y de acuerdo a las normas
técnicas dictadas por el Ministerio de Salud.
El derecho a la pensión por invalidez a cargo
de la aseguradora, se inicia una vez vencido
el periodo máximo de subsidio por
incapacidad temporal (11 meses y 10 días
cubierto por EsSalud). Estas pueden ser:
2. Sobrevivencia: La aseguradora pagará
pensión de sobrevivencia en caso de
fallecimiento del asegurado, ocasionado
directamente por un accidente de trabajo o
enfermedad profesional o por cualquier otra
causa posterior después de configurada la
invalidez.
3. Gastos de sepelio: Por fallecimiento del
asegurado, la aseguradora reembolsará a la
persona que haya sufragado este gasto, hasta
un monto igual al señalado por la
Superintendencia de AFP.
 
CENTRO DE PREVENCIÓN 
DE RIESGOS DEL TRABAJO               Año I – Nº 04 – Agosto 2013 
 
Gerencia de Oferta Flexible   Pagina 3
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
¿A qué se considera accidente
de trabajo?
 El causado en el centro de trabajo o con
ocasión de este.
 Durante la ejecución de órdenes o bajo
autoridad del empleador aún fuera del centro y
de las horas de trabajo.
 Si ocurre antes, durante o después de la
jornada laboral.
 Si el trabajador se hallara en cualquier centro
de trabajo aunque no se trate de un centro de
trabajo de riesgo
 El que sobrevenga por acción del empleador o
tercera persona durante la ejecución del
trabajo.
Fuente:
- Decreto Supremo Nº 009-97-SA, Reglamento de
Ley Nº 26790.
- Decreto Supremo Nº 003-98-SA, Normas
Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo
de Riesgo.
- Instituto Nacional e Higiene y Seguridad en el
Trabajo – Notas Técnicas de Prevención 886 -
Términos relacionados con la prevención de
riesgos laborales: dudas y dificultades en su
escritura.
¿Y si no es accidente de Trabajo?
Todo accidente que no sea considerado como
accidente de trabajo o enfermedad profesional,
serán tratados como accidentes o enfermedades
comunes, sujeto al régimen general del Seguro
Social en Salud.
Coordinadora General
Dra. Rosa Lazo Velarde
Edición:
- Eco. Natalia Segura Goycochea
- Ing. Luis Chacaltana Paredes
¿A qué no se considera accidente
de trabajo?
 Trayecto de ida y de retorno del trabajo.
 El provocado intencionalmente.
 Por incumplimiento del trabajador de una
orden escrita específica del Empleador.
 En ocasión de actividades recreativas,
deportivas o culturales.
 Durante permisos, licencias, vacaciones.
 Uso de sustancias alcohólicas o drogas.
 Guerra, conmoción civil o terrorismo.
 Convulsión de la naturaleza. Fusión nuclear.
Términos relacionados con la
prevención de riesgos laborales
Absentismo: “Abstención deliberada de acudir al
lugar donde se cumple una obligación”.
“Abandono habitual del desempeño de funciones
y deberes propios de un cargo”. (Real Academia
Española - RAE). “ausentismo”, que viene del
adjetivo “ausente”, se prefiere a la “abstención de
la asistencia a un trabajo o de la realización de un
deber”.
Accidentabilidad: Su uso correcto es el que se
refiere a la “frecuencia o índice de accidentes”,
por ejemplo:
Asciende la tasa de accidentabilidad. Se debe
emplear este término cuando se quiere hacer
referencia a la frecuencia o índice de las lesiones
corporales o enfermedades que sufren los
trabajadores con ocasión o a consecuencia del
trabajo que ejecutan por cuenta ajena.

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SCTR

  • 1.     Gerencia de Oferta Flexible                      Pagina 1  Año I – No  04  Agosto 2013  GOF ‐ CEPRIT  ¿Cuáles son las empresas obligadas a contratar el SCTR? 1. Las empresas que realizan actividades de riesgo señaladas en el anexo 5 del DS 009- 97-SA. Reglamento de Ley Nº 26790. 2. Las empresas de servicios especiales. 3. Los contratistas y subcontratistas. 4. Las instituciones de intermediación o provisión a mano de obra. 5. Las cooperativas de trabajadores.   .|          ¿Qué es el SCTR? El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – SCTR fue creado por la Ley Nº 26790 y se rige de acuerdo a las normas técnicas del D.S. 003-98-SA del 14 de abril de 1998. Otorga prestaciones de salud y económicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los trabajadores, (empleados dependientes o independientes y obrero) que tienen la condición de afiliados regulares del Seguro Social de Salud y que laboran en un centro de trabajo en el que se desarrollan actividades de riesgo previstas por ley. Las prestaciones de salud son otorgadas por EsSalud o por una Entidad Prestadora de Salud – EPS. Las prestaciones económicas serán contratadas por la entidad empleadora, a libre elección, con una compañía de seguros o con la ONP.   SEGURO COMPLEMENTARIO DE  TRABAJO DE RIESGO – SCTR  ¿Qué es un accidente de trabajo? Se considera accidente de trabajo a toda lesión orgánica o perturbación funcional, causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo. ¿Cuáles son las prestaciones de salud del SCTR? 1. Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional al empleador y los asegurados, desarrollado a través de nuestros Centros de Prevención de Riesgos de Trabajo (CEPRIT) a nivel nacional. 2. Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera que fuere el nivel de complejidad, hasta su total recuperación o declaración de invalidez o muerte en los centros asistenciales de EsSalud a nivel nacional. 3. Rehabilitación y readaptación laboral al asegurado inválido bajo este seguro, desarrollado a través de nuestros Centros Especializados de Rehabilitación Profesional (CERP) a nivel nacional. 4. Aparatos de prótesis y ortopédicos necesarios para el trabajador asegurado inválido.  
  • 2.   CENTRO DE PREVENCIÓN  DE RIESGOS DEL TRABAJO               Año I – Nº 04 – Agosto 2013    Gerencia de Oferta Flexible   Pagina 2       Actividades de riesgo comprendidas en el SCTR Las actividades calificadas de riesgo contempladas en el anexo 05 del D.S.009-97-SA Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social de Salud son las siguientes:  Extracción de madera  Pesca  Petróleo crudo y gas natural  Extracción de mineral  Industria del tabaco  Fabricación de textiles  Cuero y sucedáneos  Madera y corcho  Sustancias químicas industriales  Fabricación de otros productos químicos  refinerías de petróleo  Transporte aéreo  Servicios médico, odontológico  Derivados del petróleo y carbón  Fabricación de productos plásticos  Fabricación de productos de vidrio  Fabricación de otros productos minerales  Industria básica del hierro y acero  Industria básica de metales no ferrosos  Construcción de maquinarias  Electricidad, gas y vapor  Construcción  Servicios de saneamiento  Manipuleo de carga – Activ. Portuaria ¿Qué es una enfermedad profesional? Se entiende como enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que se ha visto obligado a trabajar. ¿Cuáles son las prestaciones económicas del SCTR? La compañía aseguradora brinda la cobertura de pensiones, que ampara al trabajador asegurado contra riesgos de invalidez y muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional, otorgando las siguientes prestaciones: 1. Invalidez por accidente: La aseguradora pagará al trabajador que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, quedara en situación de invalidez, las pensiones que corresponda según el grado de incapacidad para el trabajo conforme al DS 003-98-SA y de acuerdo a las normas técnicas dictadas por el Ministerio de Salud. El derecho a la pensión por invalidez a cargo de la aseguradora, se inicia una vez vencido el periodo máximo de subsidio por incapacidad temporal (11 meses y 10 días cubierto por EsSalud). Estas pueden ser: 2. Sobrevivencia: La aseguradora pagará pensión de sobrevivencia en caso de fallecimiento del asegurado, ocasionado directamente por un accidente de trabajo o enfermedad profesional o por cualquier otra causa posterior después de configurada la invalidez. 3. Gastos de sepelio: Por fallecimiento del asegurado, la aseguradora reembolsará a la persona que haya sufragado este gasto, hasta un monto igual al señalado por la Superintendencia de AFP.
  • 3.   CENTRO DE PREVENCIÓN  DE RIESGOS DEL TRABAJO               Año I – Nº 04 – Agosto 2013    Gerencia de Oferta Flexible   Pagina 3                                                     ¿A qué se considera accidente de trabajo?  El causado en el centro de trabajo o con ocasión de este.  Durante la ejecución de órdenes o bajo autoridad del empleador aún fuera del centro y de las horas de trabajo.  Si ocurre antes, durante o después de la jornada laboral.  Si el trabajador se hallara en cualquier centro de trabajo aunque no se trate de un centro de trabajo de riesgo  El que sobrevenga por acción del empleador o tercera persona durante la ejecución del trabajo. Fuente: - Decreto Supremo Nº 009-97-SA, Reglamento de Ley Nº 26790. - Decreto Supremo Nº 003-98-SA, Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Instituto Nacional e Higiene y Seguridad en el Trabajo – Notas Técnicas de Prevención 886 - Términos relacionados con la prevención de riesgos laborales: dudas y dificultades en su escritura. ¿Y si no es accidente de Trabajo? Todo accidente que no sea considerado como accidente de trabajo o enfermedad profesional, serán tratados como accidentes o enfermedades comunes, sujeto al régimen general del Seguro Social en Salud. Coordinadora General Dra. Rosa Lazo Velarde Edición: - Eco. Natalia Segura Goycochea - Ing. Luis Chacaltana Paredes ¿A qué no se considera accidente de trabajo?  Trayecto de ida y de retorno del trabajo.  El provocado intencionalmente.  Por incumplimiento del trabajador de una orden escrita específica del Empleador.  En ocasión de actividades recreativas, deportivas o culturales.  Durante permisos, licencias, vacaciones.  Uso de sustancias alcohólicas o drogas.  Guerra, conmoción civil o terrorismo.  Convulsión de la naturaleza. Fusión nuclear. Términos relacionados con la prevención de riesgos laborales Absentismo: “Abstención deliberada de acudir al lugar donde se cumple una obligación”. “Abandono habitual del desempeño de funciones y deberes propios de un cargo”. (Real Academia Española - RAE). “ausentismo”, que viene del adjetivo “ausente”, se prefiere a la “abstención de la asistencia a un trabajo o de la realización de un deber”. Accidentabilidad: Su uso correcto es el que se refiere a la “frecuencia o índice de accidentes”, por ejemplo: Asciende la tasa de accidentabilidad. Se debe emplear este término cuando se quiere hacer referencia a la frecuencia o índice de las lesiones corporales o enfermedades que sufren los trabajadores con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecutan por cuenta ajena.