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Sistema de calificaciones Unidad Educativa Emanuel
CALENDARIO
ESCOLAR 2013
PRIMERO DE BÁSICA A SEGUNDO DE
BACHILLERATO
Primer quimestre Inicio: 02 de mayo de 2013
Primer parcial: del 02 de mayo al 21 de junio de 2013
Segundo parcial: del 24 de junio al 09 de agosto de 2013
Tercer parcial: del 12 de agosto al 20 de septiembre de
2013
Exámenes: del 23 de septiembre al 27 de septiembre de
2013
Segundo Quimestre
Inicio: 14 de octubre de 2013
Primer parcial: del 14 de octubre al 22 de noviembre de 2013
Segundo parcial: del 25 de noviembre de 2013 al 03 de enero
de 2014
Tercer parcial: el 06 de enero al 14 de febrero de 2014
Exámenes: del 17 al 21 de febrero de 2014.
Junta de curso y publicación de notas: 24 de febrero de 2014
Clases de Recuperación: 25 de febrero al 11 de marzo de
2014
Exámenes de supletorio y de recuperación: del 12 de marzo
al 14 de marzo de 2014
Juntas de supletorios y publicación de notas: 14 de marzo de
2014
DISPOSICIONES PARA LA
APLICACIÓN DE LA
EVALUACIÓN DE LOS
APRENDIZAJES Y
COMPORTAMIENTO DE LOS
ESTUDIANTES, NOTAS
PARCIALES, QUIMESTRALES, Y
ANUALES.
EN LA EDUCACIÓN
GENERAL BÁSICA
- SUBNIVEL DE PREPARATORIA (PRIMER
AÑO DE EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA)
SE EMITIRÁ UN INFORME CUALITATIVO
FINAL QUE DESCRIBA EL DESARROLLO
INTEGRAL DEL ESTUDIANTE ALCANZADO
DURANTE ESE PERÍODO.
EN ESTE SUBNIVEL DE
PREPARATORIA, LOS ESTUDIANTES
SERÁN PROMOVIDOS AUTOMATICAMENTE
AL AÑO SIGUIENTE.
ESCALA DE
CALIFICACIONES
- ELEMENTAL Y BÁSICA MEDIA (SEGUNDO A SEPTIMO
AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA) PARA LA PROMOCION AL
SIGUIENTE AÑO, SE REQUIERE UNA CALIFICACION
PROMEDIO DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10) EN CADA UNA
DE LAS SIGUIENTES ASIGNATURAS:
- MATEMÁTICA,
- LENGUA Y LITERATURA,
- CIENCIAS NATURALES,
- ESTUDIOS SOCIALES;
TOMANDO EN CONSIDERACION QUE EN EL SEGUNDO Y
TERCER AÑO DE EGB, SE IMPARTE LA ASIGNATURA DE
ENTORNO NATURAL Y SOCIAL.
EN CASO DE QUE UN ESTUDIANTE NO OBTENGA LA NOTA
DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10), EN CADA UNA DE LAS
ASIGNATURAS BÁSICAS, TENDRÁ QUE RENDIR EL
CORRESPONDIENTE:
- EXAMEN SUPLETORIO O REMEDIAL
LOGRAR UN PROMEDIO GENERAL DE SIETE SOBRE DIEZ
(7/10), EN EL RESTO DE ASIGNATURAS:
- EDUCACIÓN ESTETICA
- EDUCACIÓN FÍSICA
- LENGUA EXTRANJERA
- OPTATIVA
EN CASO DE QUE UN ESTUDIANTE NO OBTENGA LA NOTA
DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10),EN EL PROMEDIO GENERAL DE
LAS ÁREAS COMPLEMENTARIAS, TENDRÁ QUE RENDIR EL
CORRESPONDIENTE
- EXAMEN SUPLETORIO O REMEDIAL
UNICAMENTE EN LA O LAS ASIGNATURAS QUE NO HAYA
OBTENIDO LA NOTA DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10).
- EN EL SUBNIVEL DE BÁSICA SUPERIOR
(OCTAVO A DECIMO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA)
PARA LA PROMOCIÓN AL SIGUIENTE AÑO, SE REQUIERE
UNA CALIFICACIÓN PROMEDIO DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10)
EN CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS DEL CURRÍCULO
NACIONAL IGUALMENTE EN LAS ASIGNATURAS
ADICIONALES QUE CADA ESTABLECIMIENTO DEFINA EN SU
PEI; PERO SOLO PARA LA PROMOCION DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO; SIN EMBARGO, NO LO SERÁN SI EL
ESTUDIANTE CONTINUA SUS ESTUDIOSEN OTRA
INSTITUCION EDUCATIVA.
EN EL BACHILLERATO
PARA LA PROMOCION AL SIGUIENTE AÑO, SE REQUIERE
UNA CALIFICACION PROMEDIO DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10)
EN CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS DEL CURRICULO
NACIONAL IGUALMENTE EN LAS ASIGNATURAS
ADICIONALES QUE CADA ESTABLECIMIENTO DEFINA EN SU
PEI; PERO, SOLO PARA LA PROMOCION DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO, SIN EMBARGO, NO LO SERÁN SI EL
ESTUDIANTE CONTINÚA SUS ESTUDIOS EN OTRA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
PROCEDIMIENTO PARA ASIGNAR
NOTAS EN EDUCACIÓN GENERAL
- ¿CÓMO OBTENER UNA NOTA PARCIAL EN CADA
ASIGNATURA?
CADA NOTA PARCIAL CORRESPONDE A UN BLOQUE
CURRICULAR O UNIDADES DE TRABAJO EN LOS MÓDULOS
FORMATIVOS Y ES EL PROMEDIO DE CINCO EVALUACIONES:
- CUATRO FORMATIVAS
- UNA SUMATIVA
LAS EVALUACIONES FORMATIVAS COMPRENDEN CUATRO
ELEMENTOS Y CADA UNO ES CALIFICADO SOBRE 10:
- PROMEDIO DE TRABAJOS ACADEMICOS INDEPENDIENTES (TAREAS)
- PROMEDIO DE ACTIVIDADES INDIVIDUALES EN CLASE
- PROMEDIO DE ACTIVIDADES GRUPALES EN CLASES
- PROMEDIO DE LECCIONES
- LA EVALUACION SUMATIVA ES ESCRITA Y
BUSCA EVALUAR LOS APRENDIZAJES
ALCANZADOS EN UNA UNIDAD O BLOQUE
CURRICULAR Y ES CALIFICADA SOBRE 10
- PARA OBTENER LA NOTA PARCIAL SE
SUMAN LAS CALIFICACIONES DE LAS
CINCO EVALUACIONES Y SE DIVIDE PARA
5.
EJEMPLO
Sistema de calificaciones Unidad Educativa Emanuel
INFORME PARCIAL DE
APRENDIZAJE POR ESTUDIANTE
ENTONCES SERÍA:
9 + 7 + 8 = 24 / 3 = 8 = 6,4 = 80%
EXAMEN 6 = 1,2 = 20%
7,6
+ 6,5
14,10 / 2 = 7,05
B. ¿CÓMO OBTENER EL
PROMEDIO QUIMESTRAL?
La calificación del período Quimestral de cada una
de las asignaturas tendrá los siguientes
componentes:
- El promedio de 3 notas parciales, que
corresponderá al 80% de la nota total del
Quimestre.
- Un examen Quimestral que corresponderá al 20%
de la nota total del Quimestre.
PORCENTAJE DEL 80%
DEL PROMEDIO DE LAS
TRES NOTAS PARCIALES
• Recordar que cada nota parcial está obtenida
sobre 10.
• De las 3 notas parciales se saca el promedio;
para ello, se suma las mismas y se divide para 3.
• Este promedio debe representar el 80% de la nota
Quimestral. Para obtener este porcentaje, se
Multiplica el promedio por 0,8.
EJEMPLO:
Sistema de calificaciones Unidad Educativa Emanuel
PORCENTAJE DEL 20% DE LA
NOTA DEL EXAMEN QUIMESTRAL
• El examen Quimestral se calificará sobre
diez (10).
• La calificación de este examen debe
representar el 20% de la nota Quimestral.
Para obtener este Porcentaje, se multiplica
a calificación por 0,2.
EJEMPLO:
Sistema de calificaciones Unidad Educativa Emanuel
NOTA DEL QUIMESTRE
(80%+20%)
PARA OBTENER LA NOTA DEL QUIMESTRE SE SUMA: LA NOTA
PROMEDIO DE LOS TRES PARCIALES QUE CORRESPONDE AL
8O% Y LA NOTA DEL EXAMEN QUIMESTRAL QUE CORRESPONDE
AL 20%. ESTE RESULTADO SE LO EXPRESARÁ DE FORMA
CUALITATIVA Y CUANTITATIVA.
EJEMPLO:
Sistema de calificaciones Unidad Educativa Emanuel
PROCEDIMIENTO A APLICAR PARA EDUCACIÓN GENERAL
BÁSICA Y BACHILLERATO EN CASO DE QUE UN ESTUDIANTE
NO HUBIERE ALCANZADO EL PUNTAJE DE SIETE SOBRE DIEZ
(7/10), NECESARIO PARA SER PROMOVIDO (A) AL AÑO O
CURSO INMEDIATO SUPERIOR QUIERA MEJORAR SU
PUNTAJE. EXAMEN DE RECUPERACIÓN O MEJORA DE
PROMEDIO.
a) Cualquier estudiante que hubiere aprobado una o más
asignaturas con un promedio ANUAL inferior a DIEZ (10): esto
es, de siete (7) a nueve coma nueve (9,9); tiene la oportunidad de
rendir un examen acumulativo de recuperación, con la finalidad de
mejorar el promedio Quimestral más bajo y por consiguiente su
promedio anual. Para ello, se deberán considerar estos
aspectos:(Art. 210 Reg. LOEI).
Dentro de ocho días posteriores a la realización de la Junta de
Grado o Curso, el docente Tutor del año o curso, deberá entregar
en Secretaria los informes de aprendizaje aprobados por la Junta y
el Acta correspondiente. Las calificaciones de todos los
estudiantes serán notificadas y publicadas
inmediatamente, (correo electrónico, informe de
calificaciones, etc.)
b) El examen de mejora se receptará por una sola vez, después de 15 días de
publicadas las calificaciones anuales. Dentro de este tiempo, el estudiante o el
representante legal, solicitará por escrito al Director/a o Rectoría del
establecimiento, que se le permita ejercer el derecho a rendir el examen de
recuperación, en la o las asignaturas que desee mejorar.
c) El Rector/a, autorizará dentro de dos (2) días de conocida la solicitud, al o
los profesores para que recepten el examen de recuperación. Para ello, es
responsabilidad de directivos y docentes establecer un horario de recepción de
exámenes de mejora.
d) El profesor de la asignatura calificará el examen, y remite la nota obtenida al
Rector a través de un informe, en un tiempo de dos (2) días, a fin de que la
autoridad disponga a Secretaría se proceda a reemplazar el promedio
Quimestral más bajo y a modificar el promedio anual. Para reemplazar al
promedio Quimestral, más bajo, la calificación obtenida en el examen de
recuperación debe ser más alta que éste; si la nota fuere más baja que el
promedio Quimestral, deberá ser desechada.
Teniendo presente que si el estudiante tiene excelentes notas en todo el
quimestre y solo en un área básica tiene bajas notas el representante legal
tiene el derecho de solicitar a la Rectora del Plantel a través de una solicitud un
Examen de Mejoramiento de Nota y esto debe ser autorizado según lo indica
la LOEI. Esto será tomado por una sola vez. Si el estudiante saco menor
calificación que el anterior se pasará la nota más alta que saque el estudiante.
EXAMEN SUPLETORIO
Se recepta cuando el estudiante no ha obtenido, en cualquier asignatura, el promedio anual
de siete sobre diez (7/10) para ser promovido directamente al siguiente grado o curso. Para
ello hay que considerar lo siguiente: (Art. 212, Reg. LOEI):
a) Si el estudiante ha obtenido un PROMEDIO ANUAL de cinco (5) a seis coma nueve (6,9)
sobre diez como nota final de cualquier asignatura, podrá rendir un examen supletorio
acumulativo, en un plazo de 15 días posterior a la publicación de las calificaciones finales. El
examen supletorio acumulativo será una prueba de base estructurada (Art. 211, RLOE1).
La institución educativa ofrecerá clases de refuerzo durante los 15 días previos a la
recepción del examen supletorio, con el fin de preparar a los estudiantes que deban
presentarse a este examen.
Es responsabilidad de los directivos y docentes garantizar que se impartan las clases de
refuerzo en la o las asignaturas correspondientes; para ello, deberán organizar y establecer
un horario de clases y de exámenes de forma que puedan dar atención a todos los
estudiantes que deban rendir el examen supletorio, los mismos que deben asistir y cumplir
con los horarios establecidos.
Para aprobar una asignatura mediante el examen supletorio acumulativo, se debe obtener
una nota mínima de siete sobre diez (7/10), sin aproximaciones.
El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen supletorio siempre
será siete sobre diez (7/10). Es decir, independientemente de que el estudiante obtenga en el
examen supletorio siete (7), ocho (8), nueve (9) o diez (10) sobre diez, la nota del examen
siempre será siete sobre diez (7/10), ya que ésta es la nota mínima a ser considerada para
efectos de promoción, y no debe influir en los promedios a futuro, como por ejemplo en la
elección de abanderados.
EXAMEN REMEDIAL
Este examen lo rendirá un estudiante que hubiere obtenido un puntaje menor a cinco
sobre diez (5/10) como NOTA FINAL de cualquier asignatura, o no aprobare el examen
supletorio. Para ello, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
a) Quince (15) días antes del inicio de clases, el estudiante rendirá, por una sola vez, un
EXAMEN REMEDIAL ACUMULATIVO, que consistirá en una prueba de base estructurada.
b) El docente de la asignatura correspondiente deberá elaborar un cronograma de
actividades académicas que cada estudiante tendrá que cumplir en casa con ayuda de
su familia.
c) El cronograma de actividades académicas estará en relación con el desarrollo de
destrezas y los contenidos de la asignatura, por lo que el examen remedial acumulativo
se diseñará en base al contenido desarrollado por el estudiante en dicho cronograma.
d) El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen remedial
siempre será siete sobre diez (7/10). Es decir, independientemente de que el estudiante
obtenga en el examen remedial siete (7), ocho (8), nueve (9) o diez (10) sobre diez, la
nota del examen siempre será siete sobre diez (7/10); ya que ésta es la nota mínima a ser
considerada para efectos de promoción, y no debe influir en los promedios a
futuro, como por ejemplo en la elección de abanderados(as).
e) Es responsabilidad de los directivos y docentes organizar y establecer un horario de
exámenes remediales, de forma que puedan dar atención a todos los estudiantes que
deban rendir este examen.
f) Si un estudiante reprobare exámenes remediales en dos o más asignaturas, deberá
repetir el grado o curso.
EXAMEN DE GRACIA
Este examen lo rendirá un estudiante que haya REPROBADO un examen
remedial en UNA SOLA ASIGNATURA. Para ello, se debe considerar lo siguiente:
a) El estudiante podrá asistir de manera temporal al grado o curso siguiente
durante un mes después del inicio de clases, hasta rendir el examen de gracia.
Este examen consistirá en una prueba acumulativa de base estructurada, De
aprobar el examen, podrá continuar en ese grado o curso; pero, en caso de
reprobarlo, deberá repetir el grado o curso anterior.
b) En caso de que el estudiante repita el grada o curso, para evaluar sus
aprendizajes y su comportamiento, se considerarán los aportes desde el día que
asista al grado o curso correspondiente a ese año; y en cuanto a la asistencia, se
registrará la que tuvo temporalmente en el grado o curso superior.
c) El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen de
gracia siempre será siete sobre diez (7/10). Es decir, independientemente de que
el estudiante obtenga en el examen de gracia: siete (7), ocho (8), nueve (9) o diez
(10) sobre diez, la nota del examen siempre será siete sobre diez (7/10); ya que
ésta es la nota mínima a ser considerada para efectos de promoción, y no debe
influir en los promedios a futuro, como por ejemplo en la elección de
abanderados.
d) Es responsabilidad de los directivos y docentes organizar y establecer un
horario de exámenes de gracia, de forma que puedan dar atención a todos los
estudiantes que deban rendir este examen.

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  • 2. CALENDARIO ESCOLAR 2013 PRIMERO DE BÁSICA A SEGUNDO DE BACHILLERATO Primer quimestre Inicio: 02 de mayo de 2013 Primer parcial: del 02 de mayo al 21 de junio de 2013 Segundo parcial: del 24 de junio al 09 de agosto de 2013 Tercer parcial: del 12 de agosto al 20 de septiembre de 2013 Exámenes: del 23 de septiembre al 27 de septiembre de 2013
  • 3. Segundo Quimestre Inicio: 14 de octubre de 2013 Primer parcial: del 14 de octubre al 22 de noviembre de 2013 Segundo parcial: del 25 de noviembre de 2013 al 03 de enero de 2014 Tercer parcial: el 06 de enero al 14 de febrero de 2014 Exámenes: del 17 al 21 de febrero de 2014. Junta de curso y publicación de notas: 24 de febrero de 2014 Clases de Recuperación: 25 de febrero al 11 de marzo de 2014 Exámenes de supletorio y de recuperación: del 12 de marzo al 14 de marzo de 2014 Juntas de supletorios y publicación de notas: 14 de marzo de 2014
  • 4. DISPOSICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES Y COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES, NOTAS PARCIALES, QUIMESTRALES, Y ANUALES.
  • 5. EN LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA - SUBNIVEL DE PREPARATORIA (PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA) SE EMITIRÁ UN INFORME CUALITATIVO FINAL QUE DESCRIBA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL ESTUDIANTE ALCANZADO DURANTE ESE PERÍODO. EN ESTE SUBNIVEL DE PREPARATORIA, LOS ESTUDIANTES SERÁN PROMOVIDOS AUTOMATICAMENTE AL AÑO SIGUIENTE.
  • 6. ESCALA DE CALIFICACIONES - ELEMENTAL Y BÁSICA MEDIA (SEGUNDO A SEPTIMO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA) PARA LA PROMOCION AL SIGUIENTE AÑO, SE REQUIERE UNA CALIFICACION PROMEDIO DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10) EN CADA UNA DE LAS SIGUIENTES ASIGNATURAS: - MATEMÁTICA, - LENGUA Y LITERATURA, - CIENCIAS NATURALES, - ESTUDIOS SOCIALES; TOMANDO EN CONSIDERACION QUE EN EL SEGUNDO Y TERCER AÑO DE EGB, SE IMPARTE LA ASIGNATURA DE ENTORNO NATURAL Y SOCIAL.
  • 7. EN CASO DE QUE UN ESTUDIANTE NO OBTENGA LA NOTA DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10), EN CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS BÁSICAS, TENDRÁ QUE RENDIR EL CORRESPONDIENTE: - EXAMEN SUPLETORIO O REMEDIAL LOGRAR UN PROMEDIO GENERAL DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10), EN EL RESTO DE ASIGNATURAS: - EDUCACIÓN ESTETICA - EDUCACIÓN FÍSICA - LENGUA EXTRANJERA - OPTATIVA EN CASO DE QUE UN ESTUDIANTE NO OBTENGA LA NOTA DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10),EN EL PROMEDIO GENERAL DE LAS ÁREAS COMPLEMENTARIAS, TENDRÁ QUE RENDIR EL CORRESPONDIENTE - EXAMEN SUPLETORIO O REMEDIAL UNICAMENTE EN LA O LAS ASIGNATURAS QUE NO HAYA OBTENIDO LA NOTA DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10).
  • 8. - EN EL SUBNIVEL DE BÁSICA SUPERIOR (OCTAVO A DECIMO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA) PARA LA PROMOCIÓN AL SIGUIENTE AÑO, SE REQUIERE UNA CALIFICACIÓN PROMEDIO DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10) EN CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS DEL CURRÍCULO NACIONAL IGUALMENTE EN LAS ASIGNATURAS ADICIONALES QUE CADA ESTABLECIMIENTO DEFINA EN SU PEI; PERO SOLO PARA LA PROMOCION DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO; SIN EMBARGO, NO LO SERÁN SI EL ESTUDIANTE CONTINUA SUS ESTUDIOSEN OTRA INSTITUCION EDUCATIVA.
  • 9. EN EL BACHILLERATO PARA LA PROMOCION AL SIGUIENTE AÑO, SE REQUIERE UNA CALIFICACION PROMEDIO DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10) EN CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS DEL CURRICULO NACIONAL IGUALMENTE EN LAS ASIGNATURAS ADICIONALES QUE CADA ESTABLECIMIENTO DEFINA EN SU PEI; PERO, SOLO PARA LA PROMOCION DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO, SIN EMBARGO, NO LO SERÁN SI EL ESTUDIANTE CONTINÚA SUS ESTUDIOS EN OTRA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
  • 10. PROCEDIMIENTO PARA ASIGNAR NOTAS EN EDUCACIÓN GENERAL - ¿CÓMO OBTENER UNA NOTA PARCIAL EN CADA ASIGNATURA? CADA NOTA PARCIAL CORRESPONDE A UN BLOQUE CURRICULAR O UNIDADES DE TRABAJO EN LOS MÓDULOS FORMATIVOS Y ES EL PROMEDIO DE CINCO EVALUACIONES: - CUATRO FORMATIVAS - UNA SUMATIVA LAS EVALUACIONES FORMATIVAS COMPRENDEN CUATRO ELEMENTOS Y CADA UNO ES CALIFICADO SOBRE 10: - PROMEDIO DE TRABAJOS ACADEMICOS INDEPENDIENTES (TAREAS) - PROMEDIO DE ACTIVIDADES INDIVIDUALES EN CLASE - PROMEDIO DE ACTIVIDADES GRUPALES EN CLASES - PROMEDIO DE LECCIONES
  • 11. - LA EVALUACION SUMATIVA ES ESCRITA Y BUSCA EVALUAR LOS APRENDIZAJES ALCANZADOS EN UNA UNIDAD O BLOQUE CURRICULAR Y ES CALIFICADA SOBRE 10 - PARA OBTENER LA NOTA PARCIAL SE SUMAN LAS CALIFICACIONES DE LAS CINCO EVALUACIONES Y SE DIVIDE PARA 5. EJEMPLO
  • 14. ENTONCES SERÍA: 9 + 7 + 8 = 24 / 3 = 8 = 6,4 = 80% EXAMEN 6 = 1,2 = 20% 7,6 + 6,5 14,10 / 2 = 7,05
  • 15. B. ¿CÓMO OBTENER EL PROMEDIO QUIMESTRAL? La calificación del período Quimestral de cada una de las asignaturas tendrá los siguientes componentes: - El promedio de 3 notas parciales, que corresponderá al 80% de la nota total del Quimestre. - Un examen Quimestral que corresponderá al 20% de la nota total del Quimestre.
  • 16. PORCENTAJE DEL 80% DEL PROMEDIO DE LAS TRES NOTAS PARCIALES • Recordar que cada nota parcial está obtenida sobre 10. • De las 3 notas parciales se saca el promedio; para ello, se suma las mismas y se divide para 3. • Este promedio debe representar el 80% de la nota Quimestral. Para obtener este porcentaje, se Multiplica el promedio por 0,8. EJEMPLO:
  • 18. PORCENTAJE DEL 20% DE LA NOTA DEL EXAMEN QUIMESTRAL • El examen Quimestral se calificará sobre diez (10). • La calificación de este examen debe representar el 20% de la nota Quimestral. Para obtener este Porcentaje, se multiplica a calificación por 0,2. EJEMPLO:
  • 20. NOTA DEL QUIMESTRE (80%+20%) PARA OBTENER LA NOTA DEL QUIMESTRE SE SUMA: LA NOTA PROMEDIO DE LOS TRES PARCIALES QUE CORRESPONDE AL 8O% Y LA NOTA DEL EXAMEN QUIMESTRAL QUE CORRESPONDE AL 20%. ESTE RESULTADO SE LO EXPRESARÁ DE FORMA CUALITATIVA Y CUANTITATIVA. EJEMPLO:
  • 22. PROCEDIMIENTO A APLICAR PARA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA Y BACHILLERATO EN CASO DE QUE UN ESTUDIANTE NO HUBIERE ALCANZADO EL PUNTAJE DE SIETE SOBRE DIEZ (7/10), NECESARIO PARA SER PROMOVIDO (A) AL AÑO O CURSO INMEDIATO SUPERIOR QUIERA MEJORAR SU PUNTAJE. EXAMEN DE RECUPERACIÓN O MEJORA DE PROMEDIO. a) Cualquier estudiante que hubiere aprobado una o más asignaturas con un promedio ANUAL inferior a DIEZ (10): esto es, de siete (7) a nueve coma nueve (9,9); tiene la oportunidad de rendir un examen acumulativo de recuperación, con la finalidad de mejorar el promedio Quimestral más bajo y por consiguiente su promedio anual. Para ello, se deberán considerar estos aspectos:(Art. 210 Reg. LOEI). Dentro de ocho días posteriores a la realización de la Junta de Grado o Curso, el docente Tutor del año o curso, deberá entregar en Secretaria los informes de aprendizaje aprobados por la Junta y el Acta correspondiente. Las calificaciones de todos los estudiantes serán notificadas y publicadas inmediatamente, (correo electrónico, informe de calificaciones, etc.)
  • 23. b) El examen de mejora se receptará por una sola vez, después de 15 días de publicadas las calificaciones anuales. Dentro de este tiempo, el estudiante o el representante legal, solicitará por escrito al Director/a o Rectoría del establecimiento, que se le permita ejercer el derecho a rendir el examen de recuperación, en la o las asignaturas que desee mejorar. c) El Rector/a, autorizará dentro de dos (2) días de conocida la solicitud, al o los profesores para que recepten el examen de recuperación. Para ello, es responsabilidad de directivos y docentes establecer un horario de recepción de exámenes de mejora. d) El profesor de la asignatura calificará el examen, y remite la nota obtenida al Rector a través de un informe, en un tiempo de dos (2) días, a fin de que la autoridad disponga a Secretaría se proceda a reemplazar el promedio Quimestral más bajo y a modificar el promedio anual. Para reemplazar al promedio Quimestral, más bajo, la calificación obtenida en el examen de recuperación debe ser más alta que éste; si la nota fuere más baja que el promedio Quimestral, deberá ser desechada. Teniendo presente que si el estudiante tiene excelentes notas en todo el quimestre y solo en un área básica tiene bajas notas el representante legal tiene el derecho de solicitar a la Rectora del Plantel a través de una solicitud un Examen de Mejoramiento de Nota y esto debe ser autorizado según lo indica la LOEI. Esto será tomado por una sola vez. Si el estudiante saco menor calificación que el anterior se pasará la nota más alta que saque el estudiante.
  • 24. EXAMEN SUPLETORIO Se recepta cuando el estudiante no ha obtenido, en cualquier asignatura, el promedio anual de siete sobre diez (7/10) para ser promovido directamente al siguiente grado o curso. Para ello hay que considerar lo siguiente: (Art. 212, Reg. LOEI): a) Si el estudiante ha obtenido un PROMEDIO ANUAL de cinco (5) a seis coma nueve (6,9) sobre diez como nota final de cualquier asignatura, podrá rendir un examen supletorio acumulativo, en un plazo de 15 días posterior a la publicación de las calificaciones finales. El examen supletorio acumulativo será una prueba de base estructurada (Art. 211, RLOE1). La institución educativa ofrecerá clases de refuerzo durante los 15 días previos a la recepción del examen supletorio, con el fin de preparar a los estudiantes que deban presentarse a este examen. Es responsabilidad de los directivos y docentes garantizar que se impartan las clases de refuerzo en la o las asignaturas correspondientes; para ello, deberán organizar y establecer un horario de clases y de exámenes de forma que puedan dar atención a todos los estudiantes que deban rendir el examen supletorio, los mismos que deben asistir y cumplir con los horarios establecidos. Para aprobar una asignatura mediante el examen supletorio acumulativo, se debe obtener una nota mínima de siete sobre diez (7/10), sin aproximaciones. El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen supletorio siempre será siete sobre diez (7/10). Es decir, independientemente de que el estudiante obtenga en el examen supletorio siete (7), ocho (8), nueve (9) o diez (10) sobre diez, la nota del examen siempre será siete sobre diez (7/10), ya que ésta es la nota mínima a ser considerada para efectos de promoción, y no debe influir en los promedios a futuro, como por ejemplo en la elección de abanderados.
  • 25. EXAMEN REMEDIAL Este examen lo rendirá un estudiante que hubiere obtenido un puntaje menor a cinco sobre diez (5/10) como NOTA FINAL de cualquier asignatura, o no aprobare el examen supletorio. Para ello, se debe tomar en cuenta lo siguiente: a) Quince (15) días antes del inicio de clases, el estudiante rendirá, por una sola vez, un EXAMEN REMEDIAL ACUMULATIVO, que consistirá en una prueba de base estructurada. b) El docente de la asignatura correspondiente deberá elaborar un cronograma de actividades académicas que cada estudiante tendrá que cumplir en casa con ayuda de su familia. c) El cronograma de actividades académicas estará en relación con el desarrollo de destrezas y los contenidos de la asignatura, por lo que el examen remedial acumulativo se diseñará en base al contenido desarrollado por el estudiante en dicho cronograma. d) El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen remedial siempre será siete sobre diez (7/10). Es decir, independientemente de que el estudiante obtenga en el examen remedial siete (7), ocho (8), nueve (9) o diez (10) sobre diez, la nota del examen siempre será siete sobre diez (7/10); ya que ésta es la nota mínima a ser considerada para efectos de promoción, y no debe influir en los promedios a futuro, como por ejemplo en la elección de abanderados(as). e) Es responsabilidad de los directivos y docentes organizar y establecer un horario de exámenes remediales, de forma que puedan dar atención a todos los estudiantes que deban rendir este examen. f) Si un estudiante reprobare exámenes remediales en dos o más asignaturas, deberá repetir el grado o curso.
  • 26. EXAMEN DE GRACIA Este examen lo rendirá un estudiante que haya REPROBADO un examen remedial en UNA SOLA ASIGNATURA. Para ello, se debe considerar lo siguiente: a) El estudiante podrá asistir de manera temporal al grado o curso siguiente durante un mes después del inicio de clases, hasta rendir el examen de gracia. Este examen consistirá en una prueba acumulativa de base estructurada, De aprobar el examen, podrá continuar en ese grado o curso; pero, en caso de reprobarlo, deberá repetir el grado o curso anterior. b) En caso de que el estudiante repita el grada o curso, para evaluar sus aprendizajes y su comportamiento, se considerarán los aportes desde el día que asista al grado o curso correspondiente a ese año; y en cuanto a la asistencia, se registrará la que tuvo temporalmente en el grado o curso superior. c) El promedio final de una asignatura aprobada por medio de un examen de gracia siempre será siete sobre diez (7/10). Es decir, independientemente de que el estudiante obtenga en el examen de gracia: siete (7), ocho (8), nueve (9) o diez (10) sobre diez, la nota del examen siempre será siete sobre diez (7/10); ya que ésta es la nota mínima a ser considerada para efectos de promoción, y no debe influir en los promedios a futuro, como por ejemplo en la elección de abanderados. d) Es responsabilidad de los directivos y docentes organizar y establecer un horario de exámenes de gracia, de forma que puedan dar atención a todos los estudiantes que deban rendir este examen.