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Sección I




                                                                              3 de agosto de 2007


                                 Solicitud de Propuesta
                                      SDP-16-2007
Objetivo:      Elaboración de la “Estrategia Socioeconómica de Desarrollo
               Sustentable” para el proyecto “Aceite Terciario del Golfo (PATG)” en la
               región del Paleocanal de Chicontepec, que comprende parte de los
               estados de Veracruz y Puebla, México.

Dirigida a: Instituciones de educación e investigación, y de asesoramiento en
            desarrollo local.

Fecha Límite para recepción de propuestas: 24 de agosto de 2007, hasta las 10 AM.

1.   El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), le solicita presentar su
     propuesta para llevar a cabo las actividades señaladas en los Términos de Referencia de la
     presente convocatoria.

2.   Los documentos que se indican a continuación, forman parte de la presente Solicitud de
     Propuesta y servirán de base para la preparación de ofertas.

             Anexo I:     Instrucciones a los Oferentes
             Anexo II:    Condiciones Generales de Contratación
             Anexo III:   Términos de Referencia
             Anexo IV:    Formato para Presentación de Oferta
             Anexo V:     Esquema de Precios
             Anexo S:     Obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de
                          los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones
                          de PEMEX Exploración y Producción.

3. Los interesados en presentar oferta, deberán proporcionar toda la información solicitada de
   manera clara y concisa. Cualquier propuesta que no abarque todos los aspectos solicitados,
   será rechazada. Deberá redactarse en idioma español.

4. Podrá presentar sus dudas o aclaraciones hasta el día 16 de agosto de 2007, mediante
   escrito que podrá enviar al correo electrónico: alan.alor@undp.org No se responderá
   asunto alguno relacionado con la presente convocatoria vía telefónica.

     Las respuestas o cualquier modificación a la presente convocatoria, será publicada el día 17
     de agosto antes de las 20 horas, en la sección de licitaciones de la página electrónica del
     PNUD, sección licitaciones: http://www.undp.org.mx/LicitacionesVigentes.aspx




                                                                                                  1/39
5. Es responsabilidad de los interesados, revisar de manera periódica la página electrónica
   citada en el punto anterior, a fin de enterarse de cualquier modificación o enmienda que
   pudiera efectuarse a la presente convocatoria, en cualquier momento, antes de la fecha de
   cierre.

6. Su propuesta estará conformada por una propuesta técnica (sin copia), y una propuesta
   económica (sin copia), en sobres cerrados y separados, de acuerdo a lo señalado en el Anexo
   I de esta convocatoria. Puede utilizar papel de re-uso o reciclado. Por favor, no engargole o
   encuaderne su propuesta. Esto no afectará su calificación técnica.

7. Su propuesta deberá mantenerse válida por un periodo mínimo de noventa días, contados
   a partir de la fecha límite de recepción de propuestas. Es responsabilidad del licitante, que
   los sobres conteniendo su propuesta, sean recibidos a más tardar a la fecha y hora señalada
   como límite para recepción.

8. El PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar de manera parcial o total las ofertas que
   reciba, y de cancelar o declarar desierta la presente convocatoria en cualquier momento
   antes de la formalización del contrato, cuando ello represente los mejores intereses para el
   PNUD y el Proyecto que representa, sin incurrir en responsabilidad alguna frente a los
   licitantes.

9. Esta invitación a licitar no debe ser considerada, en ningún caso, como una oferta de
   contrato.

                                                              Atentamente,
                                                      Licitaciones PNUD México.




                                                                                               2/39
 


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                                    Instrucciones a los Oferentes


A. Introducción

1. General.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), convoca a instituciones de educación e
investigación, a presentar propuesta.

2. Costo de la propuesta.
Todos los costos vinculados a la preparación y presentación de la Propuesta deberán ser absorbidos
por el Oferente. El PNUD no asumirá responsabilidad por dichos costos en ningún caso,
independientemente del tratamiento o de los resultados de la oferta presentada.

B. Documentos de Licitación.

3. Contenido de los documentos de licitación.
Las Propuestas deben ofrecer los servicios necesarios para cubrir la totalidad de lo requerido. Se
rechazarán aquellas Propuestas que ofrezcan sólo parte de lo solicitado. Se espera que el Oferente
revise todas las instrucciones, formularios, plazos y especificaciones incluidos en los Documentos de
Licitación. La falta de cumplimiento con lo exigido en dichos documentos será de responsabilidad del
Oferente y podrá afectar la evaluación de la Propuesta.

4. Aclaraciones respecto de los documentos de licitación.
Un posible Oferente que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación podrá hacerlo
por escrito a la dirección alan.alor@undp.org a más tardar el día 16 de agosto de 2007.

El sector de adquisiciones del PNUD responderá por escrito a más tardar a las 20 horas del día 17 de
agosto de 2007, cualquier pedido de aclaración con respecto a los Documentos de Licitación que se
le haga llegar. Las respuestas serán publicadas en la sección de “licitaciones vigentes” de la página
Web del PNUD México www.undp.org.mx

5. Enmiendas a los documentos de la oferta.
En cualquier momento con anterioridad a la presentación de las Propuestas, el sector de adquisiciones
del PNUD podrá, por el motivo que fuere necesario, ya sea por iniciativa propia o en respuesta a un
pedido de aclaración de un posible Oferente, modificar los Documentos de Licitación mediante una
enmienda.

Todas las enmiendas que se realicen a los Documentos de Licitación serán notificadas por escrito a
todos los posibles Oferentes que hayan recibido esos Documentos, publicándose en la página Web a
que se hace referencia en el punto anterior. A fin de poder proporcionar a los posibles Oferentes un
plazo razonable para analizar las enmiendas realizadas a los efectos de la preparación de sus ofertas, el
sector de adquisiciones del PNUD podrá, a su criterio, extender la fecha límite fijada para la
presentación de las Propuestas. La ampliación será publicada en la página Web a que se hace
referencia en el punto anterior.

C. Preparación de las Propuestas.




                                                                                                     3/39
 



6. Idioma de la propuesta.
Tanto las Propuestas preparadas por el Oferente como toda la correspondencia y documentos
relacionados con la Propuesta que se haya intercambiado entre el Oferente y el sector de
adquisiciones del PNUD estarán en español. Cualquier folleto impreso proporcionado por el Oferente
puede estar redactado en otro idioma siempre que se le adjunte una traducción al español de las
partes relevantes en cuyo caso, a los fines de la interpretación de la Propuesta, regirá la traducción al
español.

7. Documentos a ser incluidos en la propuesta.
La Propuesta incluirá los siguientes documentos:

Sobre Técnico:
   (a) Propuesta técnica en formato y extensión libre, incluyendo documentación que demuestre
       que el Oferente cumple con todos los requisitos señalados en el Anexo III.

Sobre Económico:
   (b) Formulario de presentación de la propuesta (Anexo IV);
   (c) Esquema de Precios, completado de acuerdo con la cláusula 9 (Anexo V);

8. Propuesta técnica.
El Oferente organizará los aspectos operativos y técnicos de su Propuesta de la siguiente manera y de
acuerdo a lo solicitado en el Anexo III:

(a) Plan de Gestión
Esta sección deberá proporcionar una orientación corporativa que incluya el año y el Estado/país de
constitución de la empresa junto con una breve descripción de las actividades actuales del Oferente.
Deberá concentrarse en los servicios que se relacionen con la Propuesta. Esta sección también deberá
describir las la(s) unidad(es) organizativa(s) que serán las responsables de la ejecución del contrato, así
como el enfoque gerencial general para un proyecto de esta naturaleza. El Oferente deberá incluir
comentarios sobre su experiencia en proyectos similares e identificar la(s) persona(s) que
representarán al Oferente en cualquier gestión futura con el sector de adquisiciones del PNUD.

(b) Planificación de Recursos
Esta sección deberá explicitar los recursos del Oferente en términos de personal e instalaciones
disponibles que sean necesarios para la ejecución de lo requerido. Deberá describir la(s)
capacidad(es)/instalación(es) actuales del Oferente así como cualquier plan previsto de ampliación.

(c) Metodología propuesta
Esta sección deberá demostrar el grado de adecuación de la propuesta del Oferente con relación a las
especificaciones requeridas mediante la identificación de los componentes específicos propuestos, el
análisis de los requerimientos, según lo especificado, punto por punto, proporcionando una
descripción detallada de las características de la garantía de cumplimiento propuesta y demostrando
cómo la metodología que propone se ajusta a o excede las especificaciones.

Las partes operativa y técnica de la Propuesta no deberán contener ninguna información de precios
con respecto a los servicios ofrecidos. Este tipo de información deberá proporcionarse por separado e
incluirse solamente en el sobre de oferta económica (Anexos IV y V).




                                                                                                       4/39
 


Cualquier referencia a materiales y folletos de tipo descriptivo deberá incluirse en el párrafo
correspondiente de la Propuesta, aunque sea posible proporcionar materiales/ documentos como
anexos a la Propuesta / respuesta.

La información que el Oferente considere que está amparada bajo derechos de patente, si la hubiera,
deberá marcarse claramente como “protegida por derechos de patente” a continuación de la parte
relevante del texto y será entonces tratada como tal.

9. Precios de la propuesta.
El Oferente deberá indicar en un Esquema de Precios adecuado, ejemplo del cual se incluye en estos
Documentos de Licitación (Anexos IV y V), el precio de los servicios que propone suministrar bajo el
contrato.

10. Moneda de la Propuesta.
Podrá cotizar en cualquier moneda de libre convertibilidad. Para efectos de evaluación, se utilizará el
dólar estadounidense (USD). En caso de ofertar moneda distinta al USD, su oferta será convertida
utilizando el tipo de cambio oficial de Naciones Unidas (UNORE) vigente para el mes que corresponda
a la fecha de cierre de la licitación. En caso de resultar adjudicada una entidad mexicana, aún cuando
cotice en moneda distinta al peso mexicano (MXN), la oferta será convertida en MXN utilizando
UNORE para determinar el monto total del contrato y el pago se efectuará en Moneda Nacional. Como
referencia, el tipo de cambio UNORE para el mes de agosto es de MXN $10.87 pesos por dólar.

11. Período de validez de las propuestas.
Las propuestas tendrán validez durante noventa días (90) días luego de la fecha límite para la
presentación de la Propuesta fijada por el sector de adquisiciones del PNUD, según lo estipulado en la
cláusula sobre fecha límite. Una Propuesta válida por un período menor puede ser rechazada por el
sector de adquisiciones del PNUD por considerarse que no responde a los requerimientos. En
circunstancias excepcionales, el sector de adquisiciones del PNUD podrá solicitar el consentimiento
del Oferente para extender el período de validez. La solicitud y las respuestas a la misma ser
formularán por escrito. No podrá solicitarse ni permitir a un Oferente que modifique su Propuesta al
aceptar conceder una extensión.

12. Formato y firma de las propuestas.
El Oferente preparará un ejemplar de la Propuesta con la indicación clara de “Propuesta Original,
presentada en texto dactilografiado o escritos en tinta indeleble y serán firmados por el Oferente o
por una persona o personas debidamente autorizadas por el Oferente para asumir compromisos
contractuales en su nombre y representación. Esta última autorización estará contenida en un poder
notarial escrito que se adjuntará a la Propuesta. La Propuesta no contendrá interlineados, correcciones
o sobre escrituras a menos que esto fuera necesario para corregir errores cometidos por el Oferente,
en cuyo caso dichas correcciones serán inicialadas por la persona o personas que firmen la Propuesta.

13. Pago.
El PNUD pagará al Contratista después de la aceptación por parte del PNUD de las facturas
presentadas por el Contratista al finalizar las etapas pautadas. El esquema de pagos se detalla en el
Anexo III de la presente convocatoria.

D. Presentación de las Propuestas.

14. Presentación e identificación de las propuestas.
El Oferente entregará la Propuesta en un sobre exterior cerrado que contendrá dos sobres en su
interior, del modo que se describe a continuación.



                                                                                                   5/39
 



Sobre 1: propuesta técnica. Rotulado de la siguiente manera:
Propuesta técnica. Licitación SDP-16-2007
Nombre de la empresa licitante. Nombre del representante legal.
Teléfono y correo electrónico de contacto.

Sobre 2: propuesta económica. Rotulado de la siguiente manera:
Propuesta económica. Licitación SDP-16-2007
Nombre de la empresa licitante. Nombre del representante legal.
Teléfono y correo electrónico de contacto.

Ambos sobres deberán incorporarse en un sólo, el cual deberá rotularse y enviarse a la
siguiente dirección:

       Nombre de la empresa licitante.
       Nombre del representante legal.
       Teléfono y correo electrónico de contacto.
              Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
              Área de Registro. Licitación SDP-16-2007
              Presidente Masaryk 29, piso 8. Colonia Chapultepec Morales.
              México, DF. CP 11570 Teléfono: (55) 5263-9737 Fax: (55) 5255-0095
              Fecha y hora límite: 24 de agosto de 2007, hasta las 10 AM.


15. Fecha límite para la presentación de las propuestas.
Las Propuestas deberán recibirse por el sector de adquisiciones del PNUD en la dirección especificada
en la cláusula Presentación e Identificación de las Propuestas con anterioridad a la fecha / hora
indicadas, hora local. El sector de adquisiciones del PNUD podrá, a su criterio, extender la fecha límite
para la presentación de Propuestas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de
acuerdo con lo estipulado en la cláusula Enmiendas a los Documentos de Licitación, en cuyo caso todos
los derechos y obligaciones del sector de adquisiciones del PNUD y de los Oferentes sujetos
previamente a la fecha límite original estarán regidos por la extensión de dicha fecha.

16. Presentación Tardía de Propuestas.
Toda Propuesta recibida por el sector de adquisiciones del PNUD con posterioridad a la fecha/hora
límite establecida para la presentación de propuestas será rechazada, de acuerdo con la cláusula
Fecha Límite para la presentación de propuestas.

17. Modificación y retiro de Propuestas.
El Oferente podrá retirar su Propuesta luego de la presentación de la misma, siempre que el sector de
adquisiciones del PNUD reciba una notificación por escrito con anterioridad a la fecha límite
establecida para la presentación de las Propuestas. La notificación de retiro de la propuesta por parte
del Oferente deberá prepararse, sellarse, identificarse y enviarse de acuerdo con lo estipulado en la
cláusula Fecha Límite para la Presentación de Propuestas. La notificación de retiro podrá ser también
enviada por e-mail o fax pero seguida por una copia de confirmación debidamente firmada.

No se podrá modificar ninguna Propuesta con posterioridad a la fecha límite fijada para la
presentación de las propuestas. No se podrá retirar ninguna Propuesta dentro del período de tiempo
comprendido entre la fecha límite fijada para la presentación de las propuestas y la fecha de
vencimiento del período de validez de la propuesta especificado por parte del Oferente en el
Formulario de Presentación de Propuesta.



                                                                                                     6/39
 



E. Apertura y Evaluación de las Propuestas.

18. Apertura de las Propuestas.
El sector de adquisiciones abrirá las Propuestas en presencia de un Comité integrado por la persona a
cargo de dicho sector en el PNUD.

19. Aclaración de las propuestas.
A fin de colaborar con el análisis, la evaluación y la comparación de las Propuestas, el Comprador
podrá, a su criterio, solicitar al Oferente aclaraciones con respecto a su Propuesta. Tanto la solicitud de
aclaración como la respuesta deberán realizarse por escrito y no se buscará, ofrecerá ni permitirá
modificación en el precio o en el contenido de la Propuesta.

20. Examen Preliminar.
El Comprador analizará las Propuestas a fin de determinar si las mismas están completas, si se ha
cometido algún error de cómputo, si los documentos se han firmado correctamente y si las
Propuestas están en orden en términos generales. Los errores aritméticos se rectificarán de la
siguiente manera:

Si hubiera una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que se obtiene de multiplicar el
precio unitario por la cantidad, el precio unitario prevalecerá y se corregirá el precio total. Si el
Oferente no aceptara la corrección de los errores, su Propuesta será rechazada. Si hubiera una
discrepancia entre lo consignado en letras y en números, prevalecerá el monto consignado en letras.

Con anterioridad a la realización de una evaluación detallada, el Comprador determinará si las
Propuestas recibidas se ajustan sustancialmente a la Solicitud de Propuestas (SDP). A los fines de estas
Cláusulas, una Propuesta que se ajusta sustancialmente es aquélla que concuerda con todos los
términos y condiciones de la SDP sin desvíos significativos. La decisión por parte del Comprador del
grado de adecuación de la Propuesta se basa en el contenido de la Propuesta en sí sin recurrir a
ninguna otra documentación adicional.

El Comprador rechazará una Propuesta que considera no se ajusta sustancialmente a lo establecido y
no podrá posteriormente ser adecuada por parte del Oferente mediante correcciones a los aspectos
que no cumplen con lo solicitado.

21. Evaluación y comparación de las propuestas
Para la evaluación de las propuestas se utiliza un procedimiento que consta de dos etapas mediante el
cual la evaluación de la propuesta técnica se realiza con anterioridad a la apertura y comparación de
cualquier propuesta económica.

Sólo se abrirá la propuesta económica de las ofertas que superen el puntaje mínimo del 70% de la
calificación total de 1000 puntos correspondiente a la evaluación de las propuestas técnicas. La
propuesta técnica se evaluará sobre la base de su correspondencia o adecuación con respecto a los
Términos de Referencia (TDR).

En la segunda etapa se compararán las propuestas económicas de todos los oferentes que hayan
obtenido al menos 700 puntos (70%) en la evaluación técnica.




                                                                                                       7/39
 


  Criterios para la Evaluación Técnica

Evaluación de la Propuesta Técnica                        Puntaje              Empresa / Otra Entidad
Formulario 1                                              Máximo      A          B       C        D        E
Antecedentes técnicos de la empresa/organización que presenta la propuesta
1.1   Reputación de la Organización y de su Personal
                                                                   50
      (Competencia / Confiabilidad)
1.2   Antecedentes de Litigios y Arbitraje                         20
1.3   Capacidad Organizativa General que pueda incidir en la
      implementación (p.ej. consorcio informal, un holding o
      empresa única, tamaño de la empresa / organización,          50
      capacidad de apoyo a la gestión del proyecto, por ej.
      capacidad de financiación del proyecto y controles de
      gestión del proyecto)
1.4   Posibilidades de subcontratación de alguna de las
      tareas u obras (la subcontratación conlleva riesgos
      adicionales que pueden afectar la implementación del         30
      proyecto, pero realizada adecuadamente ofrece la
      posibilidad de acceder a técnicas especializadas).
1.5   Procedimientos de control de calidad, garantía               40
1.6   Relevancia de:
      - Conocimientos especializados
      - Experiencia en Programas / Proyectos Similares
                                                                   110
      - Experiencia en Proyectos en la Región
      Trabajos realizados para PEMEX, PNUD u
      organizaciones similares.
                                                                   300


Evaluación de la Propuesta Técnica                               Puntaje       Empresa / Otra Entidad
Formulario 2                                                     Máximo    A    B        C        D        E
Plan de Trabajo y Enfoque Propuestos
2.1 ¿Hasta qué punto el Oferente comprende la naturaleza
                                                                   50
      del trabajo?
2.2 ¿Se han desarrollado los aspectos relevantes del
                                                                   40
      trabajo con un nivel suficiente de detalle?
2.3 ¿Se ha considerado la correlación entre los diferentes
                                                                   40
      componentes del proyecto en forma adecuada?
2.4 ¿Se basa la propuesta en un estudio del medio en el
      que se desarrollará el proyecto y se ha utilizado esta
                                                                   60
      información en forma adecuada para la elaboración de
      la propuesta?
2.5 ¿Se ha adoptado un marco conceptual apropiado para
                                                                   90
      el trabajo a realizar?
2.6 ¿Se ha definido bien el alcance del trabajo y se ajusta a
                                                                   120
      los TDR?
2.7 ¿Se ha realizado una presentación clara? Es lógica y
      realista la secuencia de actividades y su planificación?     60
      Conduce a una implementación eficiente del proyecto?
2.8 La propuesta cuenta con un enfoque de género.                  20
2.9 La propuesta cuenta con un enfoque de etnia.                   20
                                                                   500




                                                                                                        8/39
 




Evaluación de la Propuesta Técnica                       Sub-     Puntaje       Empresa / Otra Entidad
Formulario 2                                           Puntaje    Máximo    A     B       C       D        E
Formación curricular del equipo de trabajo
      Coordinador (a) de Tareas o consultor (a) nivel Senior
      (Más de 15 años de experiencia profesional relacionada al    130
      campo o área de los TDR)
      Calificación General                               130
      Adecuación al Proyecto
2.1
      - Experiencia Internacional                10
      - Experiencia en Capacitación              20
      - Experiencia Profesional en el área de
                                                 80
      especialización
      - Conocimiento de la región                20
      Consultores que integrarán el equipo.                         70
      Calificación General                                70
      Adecuación al Proyecto
2.2 - Experiencia en Capacitación                10
      - Experiencia Profesional en el área de
                                                 50
      especialización
      - Conocimiento de la región                10
       Total Parte 2                                               200



   F. Adjudicación del Contrato
   El Comité de Evaluación de PNUD, recomendará la adjudicación del contrato, al licitante que
   habiendo aprobado la etapa técnica (al menos 70 puntos), proporcione la oferta económica más
   baja.

   22. Criterios de adjudicación.
   El sector de adquisiciones del PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Propuesta y
   de anular el proceso licitatorio así como de rechazar todas las Propuestas en cualquier momento con
   anterioridad a la adjudicación del contrato sin incurrir por ello en ninguna responsabilidad con
   relación al Oferente que se viera así afectado y sin tener la obligación de informar al Oferente u
   Oferentes afectados de los motivos de dicha acción. Antes del vencimiento del período de validez de
   la propuesta, el sector de adquisiciones del PNUD adjudicará el contrato al Oferente calificado cuya
   Propuesta, luego de haber sido evaluada, es considerada como la que más se ajusta a los
   requerimientos de la Organización y de la actividad involucrada.

   23. Derecho del Comprador de modificar los requerimientos en el momento de la adjudicación
   El Comprador se reserva el derecho, al adjudicar el contrato, de modificar la cantidad de servicios y
   bienes especificados en la SDP sin que esto conlleve un cambio en el precio o en otros términos y
   condiciones.

   24. Firma del contrato.
   El Oferente seleccionado firmará y fechará el contrato y lo devolverá al Comprador dentro de los 10
   días de su recepción.




                                                                                                    9/39
 


G. Condiciones Especiales.

Penalidad
El PNUD fijará una penalidad equivalente al 0.50% del costo total del contrato por cada día de retraso
en la entrega de los productos esperados de el Contratista, por causas imputables al mismo.

Sustitución de personal
En caso de que se requiera sustituir a un elemento del grupo asesor, se deberá presentar currículo del
sustituto, el cual deberá ser aprobado por PNUD.




                                                                                                 10/39
 


                                                                                     Anexo II


                            Condiciones Generales de Contratación


1. Las Condiciones Generales de Contratación aplicables a los contratos con el Programa de
   las Naciones Unidas para el Desarrollo, puede encontrarlas en la siguiente dirección
   electrónica:

                       http://www.undp.org/procurement/operate.shtml

    También podrá encontrar la normatividad aplicable en materia de adquisiciones del PNUD,
    incluyendo los procedimientos que se siguen para la recepción, evaluación y dictamen de
    las propuestas.


2. Para procedimientos de reclamo, inconformidad o protesta, puede consultar la siguiente
   dirección electrónica:

                     http://www.undp.org/procurement/protest.shtml


3. El PNUD se reserva el derecho de declarar desierta la convocatoria cuando considere que
   no existe un mínimo de ofertas susceptibles de análisis técnico o cuando la oferta solvente
   más económica exceda el presupuesto disponible para el objetivo de esta Solicitud de
   Propuesta.

    El PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, y de anular el
    proceso de cotización y rechazar todas las propuestas en cualquier momento previo a la
    adjudicación de un contrato, sin incurrir en responsabilidades frente a los participantes
    afectados u obligación alguna de informar a los oferentes los motivos para tal decisión.


4. Los procedimientos de licitación del PNUD México, no están sujetos a las leyes nacionales,
   por lo que cualquier controversia derivada de la presente licitación, será resuelta por las
   Partes de común acuerdo. En caso de que alguna controversia no fuera resuelta mediante
   negociación o mutuo acuerdo, será resuelta mediante arbitraje obligatorio, excluyendo de
   manera expresa cualquier otro tribunal o jurisdicción, independientemente de los poderes
   que tengan. Los procedimientos de arbitraje se llevarán a cabo de conformidad con las
   normas internacionales vigentes en el momento que se solicite el arbitraje.




                                                                                         11/39
 


                                                                                                       Anexo III
                                                               Términos de Referencia (TDR)

A. ANTECEDENTES Y OBJETIVO.

Contexto y Justificación del Proyecto

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) es la red mundial establecida por las
Naciones Unidas para promover el desarrollo de los países y vincularlos con los conocimientos, la
experiencia y los recursos necesarios para ayudar a sus pueblos a forjar una vida mejor. En este sentido
y bajo el marco de las actividades del Proyecto de Aceite Terciario del Golfo (PATG), el cual se describe
a continuación, se proveerán servicios de asesoría técnica para el desarrollo.

En 2006, la Dirección General de Pemex Exploración y Producción (PEP), Organismo Subsidiario de
Petróleos Mexicanos, con una visión de negocio encaminada a generar valor para la empresa,
documentó el Proyecto de Aceite Terciario del Golfo (PATG), para llevar a cabo el desarrollo integral de
los 29 campos productores de hidrocarburos que conforman el área conocida como “Paleocanal de
Chicontepec” y acelerar el aprovechamiento de las reservas de hidrocarburos (2P)1 de dichos campos.

Documentar estos 29 campos petroleros en un solo proyecto permitirá a PEP tener flexibilidad
operativa y de asignación de inversiones, optimizar el diseño de bloques y, por tanto, el valor de la
reserva. Adicionalmente, permitirá a PEP diseñar e instrumentar una estrategia de desarrollo local
sustentable que haga del PATG un proyecto social y ambientalmente responsable.

Partiendo de la idea central de que el desarrollo humano sustentable es una responsabilidad
compartida entre el gobierno, el sector productivo y la sociedad civil, es importante considerar la
incidencia y la dinámica diferenciadas que éstos ejercen sobre un contexto específico. En este sentido,
los tres sectores mencionados tienen un enorme impacto en el estímulo y resultados del desarrollo, a
través de la inversión, sus procesos productivos y su interacción con otros actores.

Por ello, PEP ha manifestado su interés en identificar mediante un proceso de diagnóstico, las
necesidades y las alternativas de solución de carácter económico, social y de protección ambiental en
la región a fin de llevar a cabo actividades que fortalezcan las capacidades organizativas, técnicas, de
gestión y de toma de decisiones para un desarrollo local sustentable. Lo anterior, permitirá un
equilibrio entre las actividades productivas, el cuidado del ambiente y el mejoramiento de las
condiciones de vida de las comunidades en las que operará el PATG.

La ejecución efectiva de la estrategia de desarrollo local sustentable que se aplicará en el PATG
requerirá la elaboración de un diagnóstico del contexto social, económico y ambiental de la región, en
la cual participen instituciones académicas o de investigación nacionales.

Descripción del PATG

El PATG es un proyecto a cargo de Pemex Exploración y Producción para la exploración y desarrollo de
hidrocarburos (crudo y gas natural) en 29 campos petroleros que integran el “Paleocanal de
Chicontepec”. El objeto de dicho proyecto es acelerar el aprovechamiento de las reservas de

                                                            
1
 Suma de las reservas probadas más las reservas probables. Las reservas probadas se definen como el volumen de
hidrocarburos que, por análisis y datos geológicos y de ingeniería, se estiman con razonable certidumbre que serán
comercialmente recuperables. Las reservas probables son aquellas reservas no probadas, cuyo análisis de datos
geológicos y de ingeniería sugiere que son más tendientes a ser comercialmente recuperables que no serlo.


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hidrocarburos (2P) de dichos campos, mediante la perforación y terminación de aproximadamente 10
mil pozos de desarrollo y la reparación mayor de otros 10 mil pozos en un horizonte de 20 años.

El Paleocanal de Chicontepec comprende nueve municipios en el norte del estado de Veracruz
(Coatzintla, Chicontepec, Ixhuatlán de Madero, Álamo, Papantla, Castillo de Teayo, Tihuatlán,
Temapache, Tecolutla) y tres en el oriente del estado de Puebla (Venustiano Carranza, Francisco Z.
Mena, Pantepec) (ver Anexo 1: mapa del Paleocanal de Chicontepec). Fue descubierto en 1926 y
Pemex inició su producción comercial en 1952. El Paleocanal concentra el 39% de la reserva total de
hidrocarburos de México y el 56% de las reservas probables nacionales.2

En esta región la riqueza petrolera se acompaña de una composición social, cultural, económica y
ambiental compleja y, en muchos casos, vulnerable. Se estima que la población de esa área alcanza
casi el medio millón de personas, de las cuales el 50 por ciento son indígenas. La mayoría de estos
municipios registran un alto grado de marginación. El aislamiento de las localidades produce fuertes
conflictos sociales y rezago crónico. En estos municipios existen zonas y vestigios arqueológicos.

Alcance del área de estudio

La muestra representativa en la cual se llevará a cabo de la estrategia comprende los municipios de
Venustiano Carranza y Francisco Z. MENA en el estado de Puebla y los municipios de Álamo
Temapache, Coatzintla, Tihuatlán y Chicontepec en el estado de Veracruz. Dichos municipios serán
una muestra representativa de la composición social, económica y ambiental del proyecto en su
conjunto, en virtud de la información que se tiene al respecto.

Objetivo del Estudio o Servicio Requerido:

Elaborar una estrategia que contenga los principales ejes de desarrollo social, económico y productivo
que serán la base para los proyectos de desarrollo local sustentable. Asimismo, definir los criterios para
el diseño y ejecución de dichos proyectos, los cuales serán realizados en una etapa posterior. Los ejes
de desarrollo y los criterios definidos quedarán establecidos en el Anexo de Desarrollo Sustentable
que formará parte de los documentos contractuales de las empresas contratistas de PEP y de la
operación del propio PEP en el PATG.

Actividades:

Para la elaboración de la estrategia se tomará en consideración el análisis sobre las condiciones
sociales, económicas y ambientales de la región donde opera el PATG plasmadas en el Diagnóstico.

     1.       Identificar y establecer los ejes de desarrollo social, económico, productivo y de educación
              relacionados con los sistemas productivos que sean adecuados a la realidad local y nacional
              para la formulación posterior de los proyectos de desarrollo sustentable. Dichos ejes serán
              incorporados en una Estrategia de Desarrollo Local Sustentable, la cual será elaborada por la
              entidad que sea designada al efecto.3 Para ello deberá coordinarse con dicha entidad. La
              identificación de los ejes de desarrollo social, económico, productivo y de educación se
              realizará teniendo en cuenta las estrategias de desarrollo de largo plazo que se hayan



                                                            
2
 Las reservas de hidrocarburos de México al 1 de enero de 2007, Pemex Exploración y Producción.
3
 La Estrategia de Desarrollo Local Sustentable incluirá tanto la estrategia de desarrollo socioeconómico como la
estrategia de desarrollo ambiental y de salud comunitaria en relación a la actividad petrolera.


                                                                                                               13/39
 


              formulado por los tres niveles de gobierno para el área en cuestión (si éstas no se hubieran
              descrito en la fase de diagnóstico, se preparará un esquema de ellas en la presente fase).4
     2.       Identificar y proponer el mecanismo institucional más eficiente y eficaz para la ejecución de la
              estrategia (agencia regional de desarrollo, proyectos de desarrollo, etc.). En particular, se
              identificará tentativamente el arreglo institucional más recomendable, respecto a los roles que
              ejercitarán los distintos actores (éstos pueden ser municipios, ONGs, entidades académicas,
              gobierno estatal, Pemex, agencias de desarrollo local, empresas privadas que realizan la
              extracción, etc.) para la ejecución de la estrategia de desarrollo socioeconómico.
     3.       Definir los criterios para el diseño de los proyectos de desarrollo socioeconómico para facilitar
              su instrumentación efectiva.
     4.       Plantear un esquema de seguimiento y evaluación de la instrumentación de la estrategia de
              desarrollo socioeconómico, que considere un rol central para Pemex.
     5.       Plantear lineamientos para una estrategia de comunicación social que promueva una relación
              fluida entre Pemex, las comunidades y otros actores relevantes de la región y de las
              localidades, tanto respecto a la actividad petrolera como a las acciones planteadas en la
              estrategia de desarrollo local sustentable.
     6.       Diseñar e impartir un seminario tanto en la Ciudad de México, D.F. como en el área del
              proyecto, acerca de las características que hacen exitosos a los proyectos de desarrollo
              económico.

B. ENTREGABLES ESPERADOS.

1. Plan de trabajo de las actividades, productos y fechas de entrega a partir de la firma del contrato
   en un periodo de 60 días naturales de trabajo.
2. Estrategia de Desarrollo Socioeconómico.
3. Planteamiento para el seguimiento y evaluación de la instrumentación de los proyectos de
   desarrollo socioeconómico.
4. Study tour que considere las mejores experiencias en el tema para su posterior realización.
5. Resumen ejecutivo.
6. Compilación metodológica, bases de datos (información fuente y procesada), fuentes consultadas
   y bibliografía.

C. INFORMACIÓN DE REFERENCIA.

La estrategia será construida tomando en consideración el diagnóstico sobre las condiciones sociales,
económicas y ambientales de la región donde opera el PATG, elaborado por los consultores
contratados para este propósito. Dicho diagnóstico está basado en los siguientes aspectos que serán
insumos para la estrategia:

Aspectos socioeconómicos

              1. La línea base socioeconómica actual en los municipios y, de existir información disponible,
                 en las localidades del PATG, con base en los Índices de Desarrollo Humano (IDH) del PNUD
                 y otros indicadores (INEGI, CONAPO, etc.).
              2. El análisis y la evaluación de las actividades productivas actuales y potenciales, así como
                 de manera general las posibilidades de fortalecimiento de las cadenas de valor.

                                                            
4
 Por estrategias de desarrollo de largo plazo se entienden aquellas que consideran la competencia y
complementariedad que la región posee con otras regiones con sectores económicos similares (benchmarking) en el
país y en el extranjero y su capacidad de atraer inversiones (además de aquellas petroleras que serán ejecutadas por
Pemex).


                                                                                                                14/39
 


              3. La descripción y el análisis, en términos de sus fortalezas y debilidades más relevantes, de
                  las estrategias de desarrollo social, económico y productivo y en materia de políticas
                  públicas a largo plazo que se hayan o estén formulando por los tres niveles de gobierno
                  para el área en cuestión y que impulsen el desarrollo regional.5
              4. El análisis, la evaluación y la caracterización de las condiciones de salud y seguridad de la
                  comunidad.
              5. El análisis, la evaluación y la caracterización de las condiciones de educación, incluyendo
                  como éstas se relacionan con las actividades productivas actuales, así como los aspectos
                  culturales para el desarrollo de capacidades, indicando de manera general algunas
                  alternativas de fortalecimiento.
              6. El análisis y la evaluación de las condiciones de desarrollo institucional y capital social, en
                  lo relativo a los aspectos anteriores para identificar y señalar aquellas
                  instituciones/organizaciones que sean las más convenientes para impulsar los ejes de
                  desarrollo. Asimismo, proponer el diseño de un instrumento de coordinación institucional
                  y de organización ciudadana a nivel municipal y regional. En caso de que estas figuras
                  existan analizar y evaluar su estructura, impacto y cobertura.
              7. El análisis y la evaluación de el impacto social y económico de la actividad petrolera
                  actualmente e identificar aquellas condiciones de la vida comunitaria tradicional que han
                  cambiando por esta actividad.
              8. El análisis y la evaluación de los apoyos que presta Pemex a la comunidad y el impacto que
                  han tenido hasta el momento.
              9. El análisis y la evaluación de la percepción que tiene la comunidad sobre Pemex.
              10. Una escala desde a A “menos vulnerable” a D “más vulnerable” en términos
                  socioeconómicos a cada uno de los municipios y, de ser posible, de las localidades del
                  PATG.
              11. Una línea de base considerando una serie corta de indicadores socioeconómicos
                  relevantes a nivel municipal y, de ser posible, local.

Aspectos ambientales

       1. La evaluación de las condiciones ambientales para establecer una línea base del PATG, en
          función de biodiversidad, cuencas hidrográficas, conservación de ecosistemas, presión sobre
          los recursos naturales, contaminación del agua, aire y suelo.
       2. El análisis y la evaluación de los niveles de vulnerabilidad en riesgos potenciales por
          contaminación (aire, agua y suelo) y señalar de manera general las alternativas de prevención.
       3. El análisis y la evaluación de los impactos potenciales sobre la biodiversidad, y señalar de
          manera general las alternativas de conservación, compensación y manejo sustentable de los
          recursos naturales.
       4. El análisis y la evaluación de las cuencas hidrológicas y ecosistemas asociados a los servicios
          ambientales: recarga del manto freático y disponibilidad de agua.
       5. El análisis y la evaluación de los impactos y el manejo adecuado de los residuos sólidos,
          peligrosos y de manejo especial (lodos, recortes de perforación, agua congénita y otros).
       6. La descripción y el análisis de las estrategias ambientales de largo plazo que se hayan
          formulado por los tres niveles de gobierno para el área en cuestión.
       7. Una línea de base considerando una serie corta de indicadores ambientales relevantes a nivel
          municipal y de ser posible local, utilizando la metodología de indicadores de desempeño,
          impacto y cobertura y/o los indicadores de la OCDE sobre presión, impacto y respuesta.

                                                            
5
  Por estrategias de desarrollo de largo plazo se entienden aquellas que consideran la competencia y complementariedad que la
región posee con otras regiones con sectores económicos similares, en el país y en el extranjero, y su capacidad de atraer
inversiones nacionales y extranjeras (además de aquellas petroleras que serán ejecutadas por PEMEX.)


                                                                                                                       15/39
 


    8. El análisis y la evaluación de el impacto ambiental de la actividad petrolera actualmente e
        identificar aquellas condiciones de la vida comunitaria tradicional que han cambiando por
        esta actividad.
    9. Una escala desde a A “menos actividad” a D “más actividad” en términos de la actividad
        petrolera a cada uno de los municipios y de ser posible de las localidades.
    10. Una escala desde a A “menos vulnerable” a D “más vulnerable” en términos ambientales a
        cada uno de los municipios y de ser posible de las localidades.
    11. La compilación de la regulación aplicable a la actividad petrolera en materia ambiental.
    12. La evaluación de las condiciones ambientales actuales para establecer una línea base del
        PATG.


D. ARREGLO INSTITUCIONAL.

Posterior a la firma del contrato, el PNUD establecerá junto con la institución contratada un calendario
de reuniones de seguimiento en las que dicha institución deberá rendir un informe detallado de sus
actividades.

La institución contratada deberá presentarse a la reunión de arranque del proyecto, así como
coordinar actividades con la institución que elaborará el diagnóstico en una etapa anterior a la
estrategia, por lo que deberá participar en reuniones tanto durante la elaboración del diagnóstico
como de la estrategia.

E. DURACIÓN DE LA CONSULTORÍA.

La duración total estimada de la consultoría es de 60 días naturales, a partir de la firma del contrato.

F. REQUISITOS Y PERFIL DE LOS PARTICPANTES.

    a) La institución participante deberá poseer amplia experiencia internacional.
    b) Deberá demostrar experiencia previa en trabajos similares, preferentemente relacionados con
       inversiones de la industria petrolera o, en su defecto, relacionados con otras inversiones
       significativas que llegan a áreas de menor desarrollo socio económico, verificable en currículum
       vitae.
    c) Deberá poseer experiencia y conocimientos técnicos, y metodológicos en el diseño participativo
       de proyectos de desarrollo económico, especialmente en la mejora de sectores productivo, con
       especial énfasis en que existan las condiciones que faciliten su posterior implementación,
    d) Experiencia en incorporar al diseño de estrategias de desarrollo socioeconómico enfoques que
       integren consideraciones de etnia y de género.
    e) No será necesario que los consultores visiten las instalaciones de Pemex, en caso de que lo
       hagan, será bajo su propia responsabilidad y estarán sujetos a las Obligaciones de seguridad,
       salud ocupacional y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan
       actividades en instalaciones de PEMEX Exploración y Producción (Anexo S).

G. INSTRUCCIONES A LOS PARTICIPANTES.

Coordinación con la Etapa de Diagnóstico:
a) En el esquema de trabajo a seguir, la(s) institución(es) responsable(s) de la estrategia trabajará(n) en
total 60 días naturales, de los cuales los primeros 30 días naturales los dedicará(n) a la elaboración de
la Estrategia de Desarrollo Sustentable para el PATG en coordinación con la institución responsable de




                                                                                                      16/39
 


elaborar el diagnóstico y los 30 días naturales restantes los dedicará(n) a finalizar dicha estrategia,
como se muestra en la siguiente gráfica:.

                           Etapa de Elaboración del Diagnóstico
                                  60 días                         30 días

                                                                  30 días            30 días

                                                             Etapa de Elaboración de la Estrategia


Esquema de pagos

a. Primer pago del 10% a la aprobación del plan de trabajo que será entregado en los primeros tres días
   hábiles a partir de la firma del contrato.
b. Segundo pago del 40% a la aprobación de la estrategia preliminar que será entregada en treinta días
   hábiles a partir de la firma del contrato.
c. Tercer pago del 50% a la aprobación del documento final que será entregado en sesenta días hábiles
   a partir de la firma del contrato.


Condiciones para la entrega de informes, aprobación y pago

Los informes deberán ser entregados por la institución para revisión, observaciones y aprobación del
PNUD previo al pago correspondiente, de la siguiente manera:

    • En la fecha señalada en el plan de trabajo, la institución deberá entregar al PNUD para su
      revisión, un ejemplar impreso y archivos electrónicos con todos los anexos necesarios
      reportando los avances y resultados obtenidos.

    • Cinco días hábiles posteriores a la recepción del informe para revisión, PNUD emitirá una
      “respuesta de revisión” a la institución, señalando la aprobación o las observaciones y
      modificaciones recomendadas para la aprobación del informe.

    • Finalmente, la institución entregará el informe con las observaciones subsanadas para su
      aprobación definitiva en un plazo no mayor a cinco días.

    • El pago por entregable a partir de su recepción y aprobación, se hará en un plazo no mayor a 30
      días naturales.




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Anexo IV



                  Formato de Presentación de Propuesta Económica

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) México.
Atención Sr. Representante Residente


[insertar nombre de la persona o institución], debidamente representada por [insertar nombre del
representante], quien(es) suscribe(n) declaro / declaramos que:

    a) He / hemos examinado y no tengo / tenemos reservas a los requisitos solicitados, incluyendo
       las adendas o modificaciones No. [indicar el número y fecha de emisión de cada adenda si las
       hubiera].

    b) Me / nos comprometo / comprometemos a brindar el siguiente servicio, consistente en:
       [indicar el nombre de la actividad a realizar].

    c) El precio total de mi / nuestra propuesta es: [indicar el monto en números y letras y especificar
       la moneda].

    d) Mi / nuestra propuesta se mantendrá vigente por los días que se indican a continuación,
       contados a partir de la fecha límite fijada para la presentación de propuestas: 90 días
       calendario.

    e) Esta propuesta me / nos obliga y podrá ser aceptada en cualquier momento hasta antes del
       término de dicho período.

    f)   Manifiesto / manifestamos no haber sido declarado / declarados inelegible / inelegibles por el
         PNUD para presentar propuestas.

    g) Entiendo / entendemos que esta propuesta constituirá una obligación contractual, hasta la
       preparación y ejecución del Contrato formal.

    h) Entiendo / entendemos que el PNUD no está obligado a aceptar mi / nuestra propuesta
       evaluada como la más baja ni ninguna otra de las propuestas que reciba.



Nombre: [indicar nombre completo de la organización o persona que firma la propuesta]
En calidad de: Representante legal o autorizado para firmar la propuesta
Firma: [firma de la persona cuyo cargo y nombre aparecen arriba indicados]

El día [indicar día] del mes [indicar el mes] de [indicar el año]. [indicar fecha de firma de la propuesta]




                                                                                                        18/39
Anexo V

                                             Lista de Precios
El participante deberá preparar su propuesta económica, tomando como base el presente formato, el
cual deberá ser presentado en un sobre cerrado y separado del resto de la propuesta, según se indica
en la Sección D, punto 14 del Anexo I: Instrucciones a los Oferentes. Favor de anexar hojas de cálculo
con el desglose de los conceptos al mayor detalle posible.

Deberán incluirse los impuestos correspondientes.

Los costos incluidos dentro de la categoría reembolsables, si los hubiera, deben ser listados
separadamente.

El formato adjunto deberá ser utilizado para la preparación de la propuesta de precios. El formato
incluye categorías que pueden o no ser requeridas o aplicables, pero útiles como ejemplo.


                             Ejemplo de presentación de Lista de Precios
                                               SDP-16-2007
                 Validez de Oferta: 90 días a partir de la fecha de cierre de convocatoria.

                                                    Precio     Unidad de                       Descripción o
      Descripción de la Actividad / Item                                       Cantidad
                                                   unitario     medida                          justificación

         Sueldos y Salarios persona 1
  1      Sueldos y Salarios persona 2                          Día / mes
         Sueldos y Salarios persona ....n
  2      Viáticos y pasajes                                    Viaje / día
                                                                 Lote /
  3      Papelería, material de oficina.
                                                                 pieza
  4      Gastos Indirectos

  5      Otros

         Total incluyendo impuestos


Nombre: [indicar nombre completo de la persona que firma la oferta]

Firma: [firma del participante]

El día [indicar día] del mes [indicar el mes] de [indicar el año]. [indicar fecha de firma de la propuesta]




                                                                                                              19/39
Anexo S
OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES
     O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y
                                           PRODUCCIÓN
0.       OBJETIVO Y ALCANCE
El presente Anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de seguridad,
salud ocupacional y protección ambiental que deben cumplir los proveedores o contratistas
y su personal, con el fin de evitar incidentes y accidentes en las instalaciones petroleras de
PEP.
Los “requerimientos generales” y los “requerimientos específicos” de este Anexo S, que se
listan en el formato 4 del mismo, son de cumplimiento obligatorio para el contrato.
I.       DEFINICIONES
Para los efectos del presente anexo se considerarán las definiciones contenidas en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Federal del
Mar, la Ley de Navegación, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Prevención y
Gestión Integral de los Residuos y sus Reglamentos, en el Reglamento Federal de Seguridad
e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; así como las siguientes:
I.1. Accidente industrial. Evento o combinación de eventos inesperados, no deseados, que
alteran el funcionamiento normal de las instalaciones, del proceso o de la industria,
acompañado o no de daño al ambiente, a las instalaciones o a las personas en su integridad
física.
I.2. Accidente de trabajo. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o
posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo
cualquiera que sea el lugar y tiempo que se presente, quedando incluidos los que se
produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio a su trabajo y de este a
su hogar.
I.3. Accidente de trabajo con pérdida de tiempo. Es el que origina uno o más días de
incapacidad del trabajador o la muerte.
I.4. Agente. Elemento con características físicas, químicas, biológicas o psicosocial, cuya
presencia en el medio interactúa con el organismo humano, causando efecto molecular,
bioquímico, celular, en tejidos u órganos.
I.5. Área de riesgo
Los lugares donde se puedan suscitar los eventos que de forma enunciativa pero no limitativa,
se mencionan a continuación:
        a) Se procesen, manejen o existan de modo continuo o periódico gases o líquidos
            inflamables o tóxicos.
        b) Existan combustibles líquidos o sólidos capaces de generar un incendio o explosión.
        c) Se cuente con instalaciones o equipos que operen a altas presiones o temperaturas.
        d) Se realicen actividades en las cuales se manejen materiales incluidos en el primero y
            segundo listados de actividades altamente riesgosas publicadas en el Diario Oficial
            de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992, respectivamente.
        e) Se manejen residuos peligrosos.
        f) Se operen instalaciones o equipo que se encuentre a más de 2 metros de altura de
            una plataforma o excavaciones a más de 1.20 metros de profundidad ó 0.30 metros
            en zonas donde exista la posibilidad de encontrar o afectar servicios subterráneos,
            túneles y pozos en general.
        g) Se operen instalaciones o equipo de energía eléctrica de alta tensión.
        h) Se cuenten con instalaciones o equipo que genere ruido, vibración, radiación
            ionizante o radiación térmica por arriba de los límites permisibles establecidos por la
            normatividad en la materia.
        i) Se realicen actividades de disparos en pozos petroleros.
        j) Donde se almacenan explosivos, solventes, combustibles y productos químicos.
        k) Espacios confinados.


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I.6. A.S.N.T (American Society for Non Destructive Testing) Sociedad Americana de
Pruebas No Destructivas
I.7. Atlas de riesgo. Documento en el que se registran los agentes, condiciones o
circunstancias capaces de generar deterioro a la salud por la exposición de los trabajadores.
I.8. CFR (Code of Federal Regulations) Código de Regulaciones Federales de los Estados
Unidos de Norteamérica.
1.9 CNA. Comisión Nacional del Agua.
I.10. Condiciones de trabajo. Conjunto de variables que influyen en la realización de una
tarea y el entorno en que esta se realiza.
I.11. CONOCER. Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral.
I.12. Edificio administrativo. Es cualquier construcción con jurisdicción de PEP (propiedad o
rentada), cuyo uso está destinado a la función administrativa. Se incluyen en esta definición
las edificaciones que alojan oficinas, hospitales, clínicas, consultorios, archivos, bibliotecas,
hemerotecas, auditorios, almacenes de materiales, bodegas, estacionamientos, escuelas,
centros de integración familiar, centros de desarrollo infantil y cualquier otra de uso similar.
I.13. Equipo de protección personal. Es el conjunto de aparatos y accesorios fabricados
especialmente para ser usados en diversas partes del cuerpo, con el fin de impedir lesiones y
enfermedades causadas por agentes a que están expuestos los trabajadores.
I.14. Equipo productor de flama o chispa. Es aquél capaz de producir chispas o flamas o que
emite energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y
sólidos inflamables/combustibles.
I.15. Exposición. Es el conjunto de medidas que determinan la cantidad, la vía, la frecuencia,
y el tiempo en el que un agente penetra al cuerpo del trabajador.
I.16. Higiene industrial. Es el conjunto de actividades que tienen por objeto el
reconocimiento, la evaluación, y el control de aquellos agentes o condiciones presentes en el
ambiente laboral, por cuya acción continuada, se pueden generar enfermedades de trabajo.
I.17. Instalaciones Petroleras: Son aquellos edificios, estructuras, barcos y en general toda
infraestructura propia, arrendada o que le presten servicios a Pemex Exploración y
Producción, en los que se desarrollen alguna o algunas de las actividades de la industria
petrolera que se mencionan en el artículo 3° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo. Así como las áreas y terrenos propios o en los cuales
éste tenga derechos de ocupación, en las que se desarrollen las actividades mencionadas de
la industria petrolera o las relacionadas a las mismas, como pueden ser construcción;
mantenimiento; almacenamiento y manejo de materiales y residuos; entre otros.
I.18. Instalación Petrolera Marina: Es aquella instalación petrolera localizada en zonas
marinas mexicanas.
I.19. Instalación Petrolera Terrestre: Aquella instalación petrolera localizada en el territorio
nacional, en un sitio diferente a las zonas marinas mexicanas.
I.20. Manual de sistema de “permiso para trabajo”. Documento que describe en detalle el
Sistema de Permisos para Trabajos que por el riesgo que representan lo requieren, está
dirigidos principalmente a los signatarios de los permisos y define cuando es necesario utilizar
un Permiso para Trabajo, el proceso de aprobación y el control a seguir para la realización del
trabajo motivo del permiso.
1.21 MARPOL. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques.
I.22. Material peligroso. Elementos, sustancias, compuestos o mezclas de ellos que
independientemente de su estado físico representen un riesgo para el ambiente o la salud.
I.23. Matachispas. Dispositivo de seguridad para impedir la emisión de chispas.
I.24. Normas internacionales. La norma, lineamiento o documento normativo que emite un
organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la
materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional.
I.25. Norma de referencia (NRF). La norma emitida por el Comité de Normalización de
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, conforme al artículo 67 de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización. Debe aplicarse en su última versión vigente a la fecha en la
que se realicen los trabajos o actividades.
I.26. Pemex. Petróleos Mexicanos.



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I.27. PEP. Pemex-Exploración y Producción
I.28. Permiso de trabajo. Documento oficial utilizado para controlar el trabajo que ha sido
identificado como un riesgo potencial, mismo que debe cumplir con lo que establezca el
manual de sistema de “permiso para trabajo”.
I.29. Plan de Respuesta a Emergencias. Conjunto de instrucciones y acciones
predeterminadas para la instalación o centro de trabajo, de ejecución inmediata a realizarse
internamente en la instalación, las cuales tienen la finalidad de inhibir o mitigar las
consecuencias que podrían presentarse en el caso de una emergencia.
I.30. Plato testigo. Muestra diaria de la comida que se suministrará en el comedor.
I.31. Residuo. Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio,
transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya característica no
permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.
I.32. Residuo peligroso. Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico que por sus
características, corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico infecciosas,
representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.
I.33. Riesgo. Probabilidad de que ocurra un daño al personal, al ambiente, a las instalaciones
o al proceso productivo.
I.34. Salud ocupacional. Es la aplicación de estrategias, técnicas y actividades
multidisciplinarias para identificar, evaluar y controlar los riesgos a la salud de los
trabajadores.
I.35. SEMARNAT. Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
I.36. Sistema de permiso para trabajo. Mecanismo establecido por PEP, para proporcionar
instrucciones escritas y autorizar al personal a realizar trabajos con riesgo potencial, a través
de permisos.
I.37. SS. Secretaría de Salud
I.38. Trabajo con riesgo potencial. Es aquel que se realiza en un área de riesgo o cerca de
ella con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la
ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos efectuados en
altura o en lugares confinados y en general todo aquel que por su naturaleza o por las
condiciones del área donde se ejecutan, sus alrededores o los materiales que se manejen
durante su realización, motivan una probabilidad de daño al personal, a terceros, ambiente o
a las instalaciones.
I.39. Vertimiento. Es toda evacuación deliberada en el mar, lagunas, ríos, pantanos entre
otros cuerpos de agua, por desechos u otras materias efectuadas desde buques, aeronaves y
las que realicen por estos medios las plataformas y otras estructuras.
II.     REQUERIMIENTOS GENERALES
II.1. Todo participante de un procedimiento de contratación, contratista o proveedor, debe
observar lo siguiente:
     a) Conocer el contenido de este anexo.
     b) Considerar los costos que tendrá que erogar para cumplir con lo estipulado con el
         presente anexo, en caso de resultar con la adjudicación del contrato y durante la
         vigencia del mismo.
     c) Acatar el contenido de este anexo, así como hacerlo del conocimiento de todo su
         personal que desempeñará actividades en instalaciones petroleras de PEP y
         asegurarse que dicho personal cumpla con el mismo.
     d) Considerar que los planes, procedimientos, informes, evidencias documentales,
         personal, trabajos, actividades, permisos, autorizaciones, programas, cursos de
         capacitación o entrenamiento y todo lo establecido en los diferentes requerimientos
         del presente anexo, son específicos al alcance del contrato.
     e) Para poder iniciar los servicios o trabajos motivo del contrato, el proveedor o
         contratista debe cumplir con las obligaciones establecidas en los incisos III.1.3;
         III.1.16.1; III.1.16.2; III.3.5.2; III.3.7.1 y III.3.8.1 del presente anexo “S”.
II.2. Cumplir con las obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental
estipuladas en el presente anexo y en la normatividad vigente en esas materias, para lo cual se
debe presentar un plan de acción integral o un plan por cada materia al inicio del contrato.
Dicho plan de acción debe ser específico a los alcances del contrato, debe incluir la

                                                                                                    22/39
identificación de los impactos ambientales y los riesgos asociados a los trabajos a desarrollar,
las acciones que se realizarán para mitigarlos, la normatividad aplicable en esas materias y las
acciones que se realizarán para su cumplimiento. Cuando se especifique en el anexo “B1” o en
otro anexo del contrato, dicho plan de acción debe ser conforme a las guías que ahí se
estipulen y debe presentarse y desarrollarse en los plazos que en esos anexos se especifiquen.
 II.3. Cuando se tenga que entregar o solicitar información o reportes conforme al presente
 anexo, durante la ejecución del contrato, dirigirse al supervisor o residente, excepto en los
 casos en los que se indique algo diferente en el presente anexo.
II.4. Comunicar por escrito o personalmente a la máxima autoridad de PEP de la instalación, al
supervisor o residente del contrato, o al personal de seguridad industrial; los actos o
condiciones inseguras, anomalías o irregularidades que durante su permanencia dentro de
instalaciones petroleras, observe o identifique, cuando aquellas puedan poner en peligro la
integridad de las personas, el ambiente o las instalaciones.
II.5. Interrumpir y reprogramar sus tareas, sin que ello signifique ampliación del plazo, cuando
el servidor público de mayor rango de la instalación, el supervisor o residente o el personal de
seguridad industrial de PEP lo soliciten por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones
establecidas en el presente anexo “S” o por motivos de seguridad o protección ambiental, sin
responsabilidad o cargo para PEP y en el entendido de que sólo se permitirá que se realicen o
reinicien dichas tareas hasta que se cumplan las obligaciones que motivan la interrupción de
las mismas, o se restauren las condiciones de seguridad o protección ambiental.
II.6. Reparar los daños o afectaciones que ocasionen dentro y fuera de las instalaciones
petroleras, cumpliendo con la normatividad vigente o las indicaciones de la autoridad
competente, sin cargo para PEP.
II.7. No fumar en las instalaciones petroleras, excepto en las áreas autorizadas y delimitadas
para ese fin.
II.8. Acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que emita PEP en materia de seguridad,
salud ocupacional y protección ambiental, sin perjuicio de las demás disposiciones legales
que está obligado a cumplir.
II.9. Aplicar sus procedimientos para la ejecución de los trabajos objeto del contrato,
sometiéndolos previamente a la validación de PEP y a la autorización del representante legal
de la compañía.
II.10. Capacitación
II.10.1. Contar con personal capacitado y adiestrado, en materia de seguridad, salud
ocupacional y protección ambiental, acorde con la naturaleza de los trabajos que realice por
motivo del contrato, y presentar evidencias de dicha capacitación antes de realizar dichos
trabajos.
II.10.2. Orientar a su personal que por primera vez ingresa a una instalación petrolera o
aborda un barco o un helicóptero; en lo concerniente a equipo de seguridad, protección
ambiental, seguridad física, conducta y registro en la instalación o medio de transporte,
productos que no pueden ingresarse a la instalación y en general, sobre todos los
requerimientos del presente anexo “S” que deba conocer dicho personal para cumplir con el
mismo.
II.10.3. Dar las facilidades a su personal que labora dentro de las instalaciones petroleras, para
que sean instruidos por PEP, cuando éste lo requiera, en lo relativo al presente anexo, pláticas
para el personal que ingresa por primera vez a las instalaciones petroleras o a cualquier otro
tema en materia de trabajos con riesgo, seguridad, salud ocupacional y protección ambiental.
II.10.4. Contar con los planes y programas de capacitación previamente presentados a la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o aprobados por la misma, para capacitar a sus
trabajadores sobre los riesgos de trabajo inherentes a sus labores motivo del contrato y las
medidas preventivas para evitarlos. Asimismo contar con los planes y programas de
capacitación correspondientes en materia de protección ambiental, durante el desarrollo del
contrato.
II.10.5. Instruir a sus trabajadores en lo relativo al manejo de los residuos que genere por el
desempeño de sus labores motivo del contrato.




                                                                                                     23/39
II.11. SEGURIDAD INDUSTRIAL
II.11.1. Equipo de protección personal
II.11.1.1. Portar y utilizar correctamente el equipo de protección personal que se establece en
el presente anexo o en los otros anexos del contrato, al trabajar o permanecer en las
instalaciones petroleras.
II.11.1.2. Utilizar equipo de protección personal en buen estado, con uniforme y casco con el
logotipo de su compañía y sin el logotipo de Pemex u Organismos Subsidiarios, el cual debe
ser específico para las actividades a desempeñar y debe cumplir con las especificaciones
técnicas establecidas en las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir
éstas, con la normatividad oficial vigente.
II.11.2. Registro y notificación de accidentes
II.11.2.1. Informar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia al Área de SIPA, dentro
de los primeros cinco días de cada mes, su estadística de accidentes de trabajo por motivo del
contrato, por medio del formato 1 del presente anexo.
II.11.2.2. Proporcionar al inicio del contrato, el nombre del responsable de reportar las
estadísticas de accidentabilidad mencionadas en el punto anterior, utilizando el formato 2 del
presente anexo.
II.11.2.3. Notificar los accidentes, dirigiéndose a la máxima autoridad o personal de Seguridad
Industrial de la instalación de PEP o centro de trabajo donde ocurra dicho accidente y al
supervisor o residente. Esto debe realizarse inmediatamente por teléfono o radio y por escrito
dentro de las 24 horas siguientes, llenando el formato 3 del presente anexo “reporte de
accidentes industriales o de trabajo, de proveedores o contratistas”. Los accidentes que
deben reportarse son: los ocurridos sin pérdida de tiempo, accidentes con pérdida de tiempo,
de tránsito, industriales y ecológicos.
II.11.3. Investigación de accidentes
II.11.3.1. Otorgar las facilidades necesarias a efecto de que se realicen las investigaciones de
accidentes que PEP considere convenientes o necesarias.
II.11.3.2. Participar en la investigación y análisis de los accidentes relacionados con los
trabajos objeto del contrato, cuando se le solicite.
II.11.3.3. Realizar los pagos por concepto de las pruebas y análisis de los materiales y equipos
utilizados por el proveedor o contratista involucrado o relacionado con un accidente, cuyas
causas le sean imputables, sin cargo para PEP.
II.11.4. Señalización
II.11.4.1. Obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas, así como atender
las informativas que se tengan en las instalaciones petroleras.
II.11.5. Orden y Limpieza
II.11.5.1. Mantener en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo.
II.11.5.2. A la entrega-recepción de la obra o servicio, el lugar donde se ejecutaron los
trabajos debe estar en condiciones limpias, libre de materiales, residuos, equipo sobrante y sin
afectaciones al terreno, estructuras o instalaciones.
II.11.6. Respuesta a emergencias
II.11.6.1. Participar en la práctica de simulacros que PEP establezca para las instalaciones
donde realice sus actividades.
II.11.6.2. Solicitar a la máxima autoridad de la instalación petrolera o al supervisor o residente,
que se le indiquen las rutas de escape, puntos de reunión y salidas de emergencia de dicha
instalación, al ingresar por primera vez a la misma.
II.11.6.3. Colaborar en la atención de emergencias que se tengan que llevar a cabo en la
instalación donde desempeñen sus actividades, cuando se le solicite y bajo la coordinación de
personal de PEP.
II.12. SALUD OCUPACIONAL
II.12.1. Controlar la salud ocupacional de sus trabajadores, prevenir y controlar las
enfermedades y adicciones, cumpliendo con el Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio
Ambiente de Trabajo, la Ley General de Salud y las normas oficiales en la materia.
II.12.2 Cumplir con las jornadas de trabajo del personal en instalaciones petroleras, que se
establezca en los otros anexos del contrato.



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II.12.3. Prevenir y controlar la emisión de agentes, que puedan afectar la salud del ser
humano, para lo cual deben implementarse las medidas de mitigación que se requieran.
II.12.4. En lo referente a su personal, acatar y cumplir los requerimientos de salud ocupacional
exigidos por la Secretaría de Salud y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, que establecen
las regulaciones en la materia, así como los estipulados en el contrato y, cuando así se le
solicite, proporcionar a PEP la evidencia documental de dicho cumplimiento.
II.12.5. Contar y aplicar programas de vigilancia médica para el personal que labora en
instalaciones petroleras, principalmente cuando se realicen las actividades que de manera
enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: trabajos relacionados con
soldadura y corte, radiaciones ionizantes, ruido y vibraciones o cuando el trabajador esté
expuesto a condiciones térmicas extremas, sobreesfuerzo muscular, presiones ambientales
anormales o sustancias químicas contaminantes. Asimismo, aplicar programas de control de
drogas y alcohol a todo su personal.
II.12.6. Contar con un manual y botiquín de primeros auxilios que incluya los medicamentos
de curación, antídotos y materiales específicos para los riesgos potenciales del área o trabajos
motivo del contrato. Adicionalmente, cuando su personal que labora en uno o varios frentes
de trabajo dentro de instalaciones petroleras sea entre 15 y 49 trabajadores, contar además
con una brigada de primeros auxilios integrada con dichos trabajadores debidamente
entrenados. Cuando dicho personal sea entre 50 y 99 trabajadores, contar adicionalmente a
lo anterior con al menos un paramédico en dichas instalaciones. Cuando el número de
trabajadores sea 100 ó más, se debe contar también con un médico cuando menos, en esas
instalaciones.
II.13. PROTECCIÓN AMBIENTAL
II.13.1. Autorizaciones y Permisos
II.13.1.1. Proporcionar las evidencias documentales de las autorizaciones y permisos, la
información y documentación de soporte; que las leyes, reglamentos, normas y los anexos del
contrato exijan para la realización de las actividades motivo del mismo, así como las del
cumplimiento de los requisitos que las autoridades o dicha normatividad establezcan para
obtener las autorizaciones y permisos mencionados.
II.13.1.2. Respetar las indicaciones de PEP sobre el uso de suelo de las áreas, predios o
instalaciones petroleras.
II.13.2. Agua
II.13.2.1. No realizar vertimientos al mar, ríos, lagunas, pantanos u otros cuerpos de agua, de
materiales tales como los que se señalan a continuación: plásticos, textiles, material sintético,
vidrio, metales, losa, equipaje, materiales de recubrimiento, así como todos aquellos
materiales que prohíbe la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en
el Anexo I de su Reglamento para Prevenir y Controlar la contaminación del Mar por
vertimiento de deshechos y otras materias.
II.13.3. Atmósfera
II.13.3.1. No utilizar o suministrar equipos que contengan Clorofluorocarbonos (CFCs) u otras
sustancias que dañen la capa de ozono. En el caso de las embarcaciones, no usar sistemas
contraincendio a base de Clorofluorocarbonos (CFCs), de acuerdo al Protocolo de Montreal y
al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea
– SOLAS). Asimismo, cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la
Contaminación de la Atmósfera.
II.13.4. Residuos
II.13.4.1. No mezclar basura, chatarra, residuos peligrosos o cualquier otro residuo indicado
en los anexos del contrato.
II.13.4.2. Al terminar cualquier etapa de un trabajo del contrato, retirar de la zona del trabajo
todos sus equipos, estructuras provisionales y materiales excedentes que no vaya a utilizar
posteriormente en el mismo sitio.
II.13.5. Suelo
II.13.5.1. Informar por escrito en los formatos vigentes que emite la autoridad ambiental, al
Área de SIPA a través del supervisor o residente, cualquier derrame de materiales o residuos
peligrosos que realice durante el desempeño de sus trabajos en instalaciones petroleras o en

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el trayecto a estas. Asimismo, acatar y cumplir con su responsabilidad de restaurar las áreas
contaminadas, a través de las compañías autorizadas y conforme a la normatividad ambiental
vigente, sin costo para PEP.
II.13.5.2. Mantener en buen estado su maquinaria y equipo, así como evitar fugas de
lubricantes o combustibles que puedan afectar el suelo o subsuelo, instalando los dispositivos
que para este fin se requieran.
II.13.5.3. No remover grava o material de arrastre del lecho de los ríos, arroyos, playas, lagos,
lagunas o cualquier otro cuerpo de agua, excepto en las zonas específicamente aprobadas
como bancos de materiales por las autoridades gubernamentales.
II.13.6. Prevención de impactos ambientales
II.13.6.1. No cazar, pescar, transportar, comercializar, o poseer ejemplares de fauna silvestre
(terrestre o marina) en instalaciones petroleras, su vecindad o en áreas donde se realicen
actividades por motivo del contrato.
II.13.6.2. Al encontrar monumentos, restos y vestigios arqueológicos, históricos y culturales
durante sus actividades, evitar la destrucción de los mismos, interrumpir temporalmente los
trabajos por este motivo e informar de inmediato a las autoridades de PEP, así como evitar
difundir públicamente dichos hallazgos.
II.13.7. Auditorías
II.13.7.1. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, durante la realización de
auditorías ambientales o de seguridad en las instalaciones petroleras donde desempeñe sus
actividades.
II.13.7.2. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, cuando éste ejerza su
derecho de verificar el cumplimiento de los requerimientos de este anexo “S”, en campo o
documentalmente.
II.14. SEGURIDAD FÍSICA
II.14.1. Registro e Identificación
II.14.1.1. Antes de iniciar los trabajos, registrar a su personal con el supervisor o residente,
quien gestionará el acceso de dicho personal con el área de seguridad física y con el
responsable de las instalaciones petroleras donde desarrollarán sus actividades.
II.14.1.2. Todos los trabajadores del Proveedor o Contratista, deben llevar consigo una
credencial de identificación que los acredite como personal de su compañía, durante el
desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanencia en las instalaciones petroleras y
presentarla cuando se le solicite.
II.14.2. Acceso a instalaciones petroleras
II.14.2.1. A través de sus representantes, el proveedor o contratista debe solicitar la
autorización para dar inicio de sus trabajos dentro de las instalaciones petroleras.
II.14.2.2. Respetar cercas, bardas y puertas de acceso de las instalaciones petroleras y sólo
ingresar o salir de las instalaciones petroleras a través de las entradas o salidas que se le
indiquen.
II.14.2.3. No ingresar a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personal que se
establece en el presente anexo u otros anexos del contrato.
II.14.2.4. No ingresar a las instalaciones petroleras o áreas de trabajo con aliento alcohólico,
bajo el efecto de drogas o cualquier enervante.
II.14.2.5. No ingresar ni usar armas de fuego o sustancias ilícitas en las instalaciones
petroleras. Las armas blancas o punzo cortantes sólo pueden ingresarse a las instalaciones,
cuando esté plenamente justificado su utilización en los trabajos motivo del contrato.
II.14.2.6. Cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalaciones petroleras, notificarlo
al personal de vigilancia, supervisor o al responsable de la instalación, presentando la
prescripción médica correspondiente y acatar las instrucciones que dicho personal le indique.
II.14.2.7. Al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de las instalaciones
petroleras, usar el cinturón de seguridad correspondiente.
II.14.2.8. Estacionar sus vehículos en posición de salida, en áreas autorizadas, evitando
obstaculizar las salidas normales y de emergencia, hidrantes, gabinetes con manguera
contraincendio, equipo contraincendio y zonas o pasillos de circulación de personal.




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II.14.2.9. Al conducir vehículos dentro de las instalaciones petroleras, circular a velocidades
menores de 20 km/h o menores a las velocidades máximas indicadas en los señalamientos
que se tengan en las diferentes áreas.
II.14.2.10. Al transportar personal en vehículos automotores dentro de las instalaciones
petroleras, utilizar vehículos adecuados para ese fin, asegurándose que dicho personal viaje
sentado en asientos destinados para ese efecto y que cuente con medios para asirse.
II.14.2.11. Previo a la utilización de maquinaria o equipos que por sus dimensiones, pesos, o
substancias que contenga representen un riesgo para los trabajadores, el ambiente o las
instalaciones, solicitar a PEP el permiso para operar dentro de instalaciones petroleras.
II.14.3. Permisos para el uso de teléfonos celulares, radios de comunicación y equipos
de fotografía o video
II.14.3.1. No usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones
petroleras, ni ningún equipo eléctrico o electrónico que no sea Intrínsecamente Seguro, en
caso de requerirse deberá tramitar y obtener un Permiso para Trabajo y seguir las
instrucciones que el permiso y su documentación anexa señale.
II.14.3.2. Previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgo en las
instalaciones petroleras o cualquier equipo que emita frecuencias que alteren los sistemas de
seguridad de los procesos, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que
se le den al respecto.
II.14.3.3 Previo al uso de equipos de fotografía o video, obtener la autorización de PEP y
acatar las recomendaciones que se le den al respecto.
III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS
III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL
III.1.1. Entregar las hojas de seguridad e instrucciones de uso o aplicación de los productos o
sustancias químicas que se suministren a PEP. Asimismo, indicar la composición química,
fecha de caducidad de dichos productos o sustancias y los métodos para ser conservadas,
segregadas, manejadas o protegidas para mantener sus propiedades.
III.1.2. Adjuntar con la información de la composición química y hoja de seguridad de las
sustancias químicas que contengan los equipos que se suministren a PEP.
III.1.3. Conforme a lo que se establece en los otros anexos del contrato, designar al personal
especialista responsable de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental que
representen a la compañía y que tengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas
materias durante la vigencia del contrato y, por cada 50 (cincuenta) trabajadores que tenga
trabajando en las instalaciones petroleras de PEP, en uno o más frentes de trabajo, designar
por escrito a cuando menos un supervisor especialista en Seguridad y Salud Ocupacional y
otro en Protección Ambiental. En estos casos, notificar previo al inicio de sus funciones, para
su evaluación y validación por PEP, los cargos y posición de dichos supervisores en el
organigrama de su personal que participará en los trabajos o servicios motivo del contrato sus
responsabilidades, experiencia en esas materias y entregar las evidencias documentales de
dicha experiencia.
III.1.4. Cumplir con los requisitos de seguridad para actividades de buceo comercial que
establecen la NOM-014-STPS-2000 “Exposición laboral a presiones ambientales anormales -
condiciones de seguridad e higiene” y las regulaciones extranjeras OSHA 1915.6 “Operaciones
de buceo comercial” y Code of Federal Regulations (CFR) 29 Sección T, o equivalentes; cuando
se realicen trabajos submarinos por motivo del contrato.
III.1.5. Dotar a las plataformas marinas que le arrienden a PEP, con un sistema de detección y
alarma de gases contaminantes que puedan estar presentes en ellas, durante la vigencia del
contrato, asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002
“Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”,
lo cual debe incluirse sin cargo para PEP.
III.1.6. Dotar con un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a los equipos de
perforación que le arrienden u operen a PEP en instalaciones petroleras terrestres donde se
manejen hidrocarburos que contengan ese gas, asegurándose que dicho sistema cumpla con
la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o
atmósferas riesgosas SAAFAR”.



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III.1.7. Cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vapores tóxicos o inflamables
(mezclas explosivas) en instalaciones petroleras, o donde exista posibilidad de encontrarlos
por la clasificación del área donde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar
una fuente de ignición, contar con detectores portátiles de esos gases para cada frente de
trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichas actividades. Su utilización debe realizarse
por probadores de gas autorizados, quiénes invariablemente deben haber acreditado el curso
correspondiente, pudiendo ser estos técnicos o profesionistas integrantes de los frentes de
trabajo de campo, es decir que no se requiere personal adicional por este concepto. En todos
los casos, independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realice el Proveedor
o Contratista, “PEP” podrá verificar que estas se ejecuten correctamente y podrá suspender,
sin responsabilidad para “PEP”, los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativas
así lo exijan.
III.1.8. Tener vigente la libreta de mar para todo su personal que labore en embarcaciones o la
tarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petroleras marinas, las cuales
deben ser avaladas por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante, dependiente de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes, o por un país diferente a México que sea
miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI).
III.1.9. Entregar evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral
del personal técnico que realice pruebas radiográficas, revelado o interpretación de
radiografías dentro de instalaciones petroleras de PEP. Dichas evidencias deben entregarse
en copias simples antes de iniciar los trabajos correspondientes. Asimismo, entregar copias
del registro ante la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, de los materiales
radiactivos, equipos empleados y del personal responsable del manejo de los equipos. El
personal responsable de las pruebas radiográficas, debe asegurarse que se cumpla con la
norma NOM-025/02-NUCL-1996 “Requisitos para equipo de radiografía industrial”.
III.1.10. De acuerdo con las actividades a realizar en las instalaciones petroleras de PEP por
motivo del contrato, contar con las constancias de habilidades laborales que para tal efecto
requiere la STPS, las cuales de manera enunciativa y no limitativa se mencionan a
continuación:
     a. Manejo de montacargas y calderas, para los operadores de esos equipos.
     b. Manejo y almacenamiento de materiales peligrosos, para los responsables de esos
          trabajos.
     c. Mantenimiento, cuidado y almacenamiento de las herramientas de trabajo, para los
          responsables de esos trabajos.
     d. Uso, conservación, mantenimiento, almacenamiento y reposición del equipo de
          protección personal, para los responsables de esos trabajos.
     e. Ejecución o supervisión de los programas de seguridad e higiene, para quienes
          realicen esas actividades.
     f. Servicios de medicina del trabajo y los servicios preventivos de seguridad e higiene,
          para los responsables de esos servicios,
     g. Mantenimiento u operación de las instalaciones eléctricas, para quienes realicen esas
          actividades.
     h. Capacitación y adiestramiento en combate de incendios para quienes tengan esas
          funciones.
Para el caso de trabajos especializados que no estén avalados por la STPS, tales como
soldadura, servicios contraincendio, maniobras con grúas, entre otros, contar con las
evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal
técnico conforme a CONOCER u otro organismo equivalente.
III.1.11. Cuando se necesiten andamios para trabajos en alturas, cumplir con la NOM-009-
STPS-1999 “Equipo suspendido de acceso. Instalación, operación y mantenimiento.
Condiciones de seguridad” y con los procedimientos que PEP establezca. Dichos andamios
deben ser prefabricados, de estructura metálica, con la resistencia y estabilidad para soportar
las cargas a las que estarán sujetos y de un color contrastante al de la instalación donde se
utilice.




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III.1.12. Equipo mínimo de protección personal
III.1.12.1. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras
marinas, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo mínimo de
protección personal siguiente:
III.1.12.1.1. Overol de trabajo de algodón, de color contrastante con el mar diferente a los
indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores
de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla con las especificaciones
técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista.
III.1.12.1.2. Casco de seguridad en color naranja, de acuerdo a la norma de referencia de
Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de
Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002
“Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación,
especificaciones y métodos de prueba”.
III.1.12.1.3. Media bota costafuera, con suela antiderrapante; con casquillo de protección, sin
agujetas y que cumpla con las especificaciones técnicas de la NRF-008-PEMEX-2001 “Calzado
industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos
Subsidiarios”.
III.1.12.1.4. Calzado tipo borceguí costafuera dieléctrico, sin agujetas, que cumpla con las
especificaciones técnicas de la mencionada norma de referencia NRF-008-PEMEX-2001,
cuando se realicen trabajos de electricidad.
III.1.12.1.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de
lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones técnicas de
la NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos”
cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma. Para otros tipos de riesgo, los
lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las
normatividad oficial vigente.
III.1.12.1.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones
técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la
normatividad oficial vigente.
III.1.12.1.7. Durante la prestación de servicios de alimentación y hospedaje, usar ropa de
algodón, color blanco, con logotipo de la compañía, gorro y calzado de piel con suela
antiderrapante, que cumpla con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y
servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en
establecimientos fijos”. Cuando este personal ingrese a zonas industriales, debe utilizar el
equipo de protección personal indicado en los otros incisos de este anexo.
III.1.12.2. Durante la realización de trabajos en embarcaciones, usar el equipo mínimo de
protección personal para actividades en instalaciones petroleras marinas que se establece en
el inciso III.1.12.1, del presente anexo, así como el equipo propio a las actividades o área de la
embarcación en la que se realicen.
III.1.12.3. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras
terrestres, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo mínimo de
protección personal siguiente:
III.1.12.3.1. Overol de algodón o camisa de manga larga y pantalón tipo recto de algodón, de
colores diferentes a los indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de
trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla
con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor
o contratista.
III.1.12.3.2. Casco de seguridad en color naranja, de acuerdo a la norma de referencia de
Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de
Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002
“Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación,
especificaciones y métodos de prueba”.
III.1.12.3.3. Calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle, con suela
antiderrapante y casquillo de protección, que cumpla con las especificaciones de la NRF-008-
PEMEX-2001 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.


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III.1.12.3.4. Calzado tipo borceguí dieléctrico, que cumpla con la mencionada norma de
referencia NRF-008-PEMEX-2001, cuando se realicen trabajos de electricidad.
III.1.12.3.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de
lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones de la NRF-
007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” cuando el
riesgo sea conforme al alcance de dicha norma. Para otros tipos de riesgo, los lentes deben
cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad
oficial vigente.
III.1.12.3.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones
técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la
normatividad oficial vigente.
III.1.12.4. Para los trabajadores que laboren en instalaciones petroleras marinas de PEP, o en
embarcaciones que le presten servicios a éste; se debe tener el equipo de protección
personal, contraincendio y salvamento de acuerdo a lo requerido en el Convenio
Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS).
Los equipos como chalecos y botes o balsas inflables, deben ubicarse en los sitios que para tal
fin le asigne PEP.
III.1.13. Trabajos con riesgo
III.1.13.1. Antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalaciones petroleras, tramitar a
través del residente o supervisor de PEP, el permiso de trabajo correspondiente en los
formatos del Sistema de Permiso para Trabajo vigente.
III.1.13.2. Al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el punto anterior, indicar el
equipo de protección personal que se usará adicionalmente al “equipo mínimo de protección
personal” establecido en el inciso III.1.12 del presente anexo, indicando recomendaciones al
respecto. Dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar, y pueden ser los que
de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: ropa retardante a la
flama, guantes de uso específico (para soldador, químicos, dieléctricos, antiderrapantes),
orejeras o tapones auditivos, equipo de protección para soldadores (peto, mangas, gorro,
polainas, careta), equipo de protección respiratoria (mascarilla contra polvos, vapores
orgánicos o ácidos, para humos de soldadura, equipo de respiración autónoma o sistema de
aire tipo cascada), cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídas con doble cable (1.80 mts.)
de vida, aditamento de desaceleración y cinturón, faja para soporte lumbar, bandolas y líneas
de sujeción.
 III.1.13.3. Antes de ejecutar o supervisar trabajos con riesgo potencial, contar con los
conocimientos específicos y el aval de PEP como signatarios que requiere el Sistema de
Permisos para Trabajo vigente en el mismo.
III.1.13.4. Al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalaciones petroleras de PEP,
cumplir con los requerimientos indicados en el manual del Sistema de Permiso Para Trabajo,
vigente en PEP, el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firma del contrato.
III.1.13.5. Acatar la responsabilidad y consecuencias de cualquier accidente que ocasione por
no seguir las indicaciones contenidas en el permiso de trabajo con riesgo potencial
correspondiente, o por no contar con éste.
III.1.13.6. Proporcionar el servicio de contraincendio a través de una brigada capacitada que
cuente con el equipo adecuado para ese fin, la cual debe estar integrada con los mismos
trabajadores que realizan las actividades o trabajos motivo del contrato.
III.1.14. Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipo de trabajo
III.1.14.1. Dotar de matachispas que operen correctamente a sus vehículos que ingresen a
áreas de riesgo de una instalación petrolera, durante trabajos con riesgo potencial en
presencia de gases, vapores o líquidos inflamables.
III.1.14.2. Dotar de matachispas a los equipos de combustión interna que se utilicen en áreas
de riesgo, así como con interruptores de paro de emergencia, conforme a la NOM-004-STPS-
1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se
utilice en los centros de trabajo”.
III.1.14.3. En áreas de riesgo utilizar únicamente equipos, accesorios y conexiones eléctricas a
prueba de explosiones, conforme a la NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas



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(utilización)”. Asimismo, dotar de tierra física a esos equipos conforme a la NOM-022-STPS-
1999 “Electricidad estática en los centros de trabajo – Condiciones de seguridad e higiene”.
III.1.14.4. Cuando en las instalaciones petroleras se utilicen equipos productores de flama,
tales como equipos de corte y soldadura, multiflama, así como a los equipos que se
establezcan en los anexos del contrato, asegurarse que cuenten con un regulador y válvula
“check” para evitar el contra flujo o con arresta flama en condiciones de operación. Asimismo,
cumplir con las especificaciones que establece la NOM-027-STPS-2000 ”Soldadura y corte-
condiciones de seguridad e higiene” o la normatividad oficial aplicable vigente.
III.1.14.5. Asegurarse que todos los equipos y accesorios rotatorios que se utilicen en las
instalaciones petroleras, cuenten con guardas de seguridad, conforme a la NOM-004-STPS-
1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se
utilice en los centros de trabajo”.
III.1.15. Señalización e identificación de productos y equipos
III.1.15.1. Acordonar con cintas de polietileno de color amarillo o rojo, e identificar con
señalamientos las zonas donde se ejecute trabajos con riesgo potencial para el peatón o los
trabajadores.
III.1.15.2. Durante la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras terrestres,
instalar un letrero donde se indique el nombre del proyecto que se construye, el nombre de la
compañía y el titular responsable de los trabajos. Las características del señalamiento deben
ser las que se especifican en los otros anexos del contrato.
III.1.15.3 Identificar los productos, sustancias químicas o equipos que suministren, de
manera legible y durable, en idioma español además del idioma del país de origen. Las
especificaciones y durabilidad mínima requerida de la identificación, serán la que se
especifica en los anexos del contrato. La identificación debe ser conforme a las NRF de
Pemex, o de no existir estas, de acuerdo a las normas NOM 018-STPS-2000,
NOM-005-STPS-1998, NOM-010-STPS-1999.
III.1.16. Respuesta a emergencias
III.1.16.1. Cuando se establezca en el anexo E-1, entregar al inicio del contrato un Plan de
Respuesta a Emergencias en idioma español, acorde al de PEP, en el cual se consideren todos
los escenarios de emergencia conocidos o probables y que contemple procedimientos para
evacuación y respuesta ante cualquier eventualidad durante el desarrollo del contrato.
Después de revisarlo por PEP, dicho plan debe firmarlo el representante legal del proveedor o
contratista.
III.1.16.2. Al elaborar los Planes de Respuesta a Emergencias conforme al inciso anterior,
incluir cuando menos y conforme al nivel de riesgo que impliquen los trabajos a desarrollar,
los siguientes requisitos que se listan de forma enunciativa pero no limitativa: la estructura
organizacional para la respuesta, la evaluación del riesgo, recursos en riesgo, soporte logístico,
requerimientos de personal para la respuesta, almacenamiento de materiales y equipos,
comunicaciones, requisitos de evacuación, rescate y ataque contra incendio, así como
alternativas de recuperación después de la emergencia.
III.1.16.3. Proporcionar apoyo a instalaciones petroleras marinas en situación de emergencia
con las embarcaciones que le prestan servicios a PEP, cuando se le solicite o se encuentre en
las cercanías a dichas instalaciones.
III.1.16.4. Cuando por aplicación de un plan de emergencia, PEP evacue personal del
proveedor o contratista de las instalaciones petroleras marinas a tierra, éste debe hacerse
responsable de la integridad de su personal desde su arribo a tierra, trasladándolos a un
destino seguro. En caso de que dicho proveedor o contratista no cumpla con este
requerimiento y PEP tenga que prestar algún servicio por cuenta propia o por terceros con
motivo de la seguridad del personal evacuado, PEP recuperará los gastos mediante el
descuento correspondiente en la facturación del periodo en que se susciten los hechos. En
caso de reincidencia en el incumplimiento en este requerimiento, adicionalmente al
descuento PEP podrá rescindir el contrato como se establece en el apartado IV de este anexo
y en el clausulado del contrato.
III.1.17. Manuales
III.1.17.1. Proporcionar los manuales de operación, instalación, mantenimiento y
desmantelamiento de los equipos que suministren por motivo del contrato. Dichos


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documentos deben presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios,
acompañados de una traducción simple al español.
III. 2. Salud ocupacional
III.2.1. Proporcionar el servicio de sanitarios a sus trabajadores que lleven a cabo actividades
en instalaciones petroleras, que cumplan con la normatividad en la materia y conforme a lo
que se establezca, en su caso, en el anexo B1 del contrato.
III.2.2. Al prestar servicios a PEP que incluyan la utilización o suministro de agua para
consumo humano y preparación de alimentos, cumplir con la NOM-127-SSA1-1994 “Salud
Ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a
que debe someterse el agua para su potabilización”.
III.2.3. Ruido en el ambiente laboral
III.2.3.1. Al utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido, evitar que se
excedan los límites máximos permisibles especificados en la NOM-011-STPS-2001
”Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido” e
implementar las medidas de mitigación que se requieran para asegurar el cumplimiento de
dicha norma.
III.2.4. Atlas de riesgo
III.2.4.1. Contar en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español, de las
instalaciones petroleras que le arrienden u operen a PEP por motivo del contrato. Dicho atlas
debe considerar como mínimo los agentes físicos (ruido, iluminación, ambiente térmico y
vibraciones mecánicas, entre otros), biológicos (calidad del agua de uso y consumo humano,
calidad de insumos y análisis de alimentos, entre otros) y químicos (gases tóxicos, vapores,
ácidos, solventes, entre otros). Dicho atlas de riesgo debe estar disponible y actualizado para
su seguimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento u operación.
III.2.5. Iluminación
III.2.5.1. Cuando se instalen dispositivos de iluminación para realizar los trabajos dentro de
instalaciones petroleras de PEP, cumplir con las especificaciones de intensidad, características
técnicas y conexiones que se establezcan en las normas de referencia de Pemex que sean
aplicables o, a falta de estas, con las normas oficiales mexicanas NOM-025-STPS-1999
“Condiciones de Iluminación en los Centros de Trabajo” y NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones
Eléctricas (Utilización)”.
III.2.6. Alimentación, hospedaje y control de plagas
III.2.6.1. Durante el manejo de alimentos en instalaciones petroleras, cumplir con la norma
oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la
preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos” y además contar con los
exámenes de salud del personal que realiza dicho manejo y, cuando se le requiera, ponerse a
disposiciones de personal médico de PEP para que se le realicen los exámenes médicos
pertinentes.
III.2.6.2. En las plataformas habitacionales que se le arrienden a PEP, cumplir con la norma
NMX-TT-005:1996-IMNC “Requisitos mínimos de calidad en el servicio e instalaciones que
deben cumplir hoteles, moteles, servicios de tiempo compartido y similares para obtener el
certificado de calidad turística, comercial de una o dos estrellas” en lo relativo a la limpieza y
cuidado de las habitaciones y servicios pactados.
III.2.6.3. Cuando se le suministren alimentos a PEP, cumplir con el procedimiento del plato
testigo establecido en la normatividad oficial, cumplir con la NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y
servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en
establecimientos fijos”, en lo relativo a la inspección organoléptica de los insumos, las
temperaturas diarias de los frigoríficos, las líneas de alimentos fríos y calientes, el control de
primeras entradas y primeras salidas de materias primas, entre otros aspectos. Cumplir con la
NOM-120-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de
alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas” y presentar la evidencia documental del
cumplimiento como se cita en dichas normas.
III.2.6.4. Previo a la utilización de productos químicos para el control de plagas y
desratización, contar con la autorización de la Secretaría de Salud e implementar las medidas
de seguridad establecidas en la NOM-005-STPS-1998” Relativa a las condiciones de seguridad



                                                                                                     32/39
e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de
sustancias químicas peligrosas”.
III.2.6.5. Cuando se utilicen embarcaciones para la prestación de servicios a PEP, contar con
constancias de fumigación y control de plagas y desratización de dichas embarcaciones,
conforme al Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios de la Ley General de
Salud y cuando dichos servicios se presten en el mar, cumplir con la Ley General de Salud
referente al Reglamento en materia de sanidad internacional, artículos 8 y 19.
III.2.7. Servicio médico
III.2.7.1. Cuando cuenten con servicio médico propio en las instalaciones petroleras, sin
perjuicio de lo establecido en el requerimiento II.12.6, tener disponible en dichas
instalaciones: medicamentos, material y equipo de primeros auxilios conforme lo establece
el Título Cuarto Capitulo Sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio
Ambiente de Trabajo.
III.3. Protección ambiental
III.3.1. Estudios de Impacto y Riesgo Ambiental
III.3.1.1. Cuando se pacte la elaboración del estudio de impacto y riesgo en materia ambiental
en los anexos del contrato, realizarlo conforme a las guías que para tal efecto emite la
autoridad ambiental y las normas de referencia aplicables. Asimismo, ejecutar las acciones o
medidas correspondientes que se deriven de las recomendaciones del análisis de riesgo,
cuando se establezca en los otros anexos del contrato.
III.3.2. Reporte de cumplimiento ambiental
III.3.2.1. Cumplir con los términos y condicionantes establecidos en el oficio resolutivo de
autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental emitido por la SEMARNAT, que
apliquen a las etapas del proyecto o actividades pactadas en el contrato. Para esto,
documentar dicho cumplimiento y generar las evidencias pertinentes, tales como: fotografías,
análisis de laboratorios, planos, permisos, pagos, reportes, estadísticas, estudios, entre otros.
Cuando se trate de documentos oficiales, éstos deben ser firmados por una persona
reconocida o autorizada para tal fin.
III.3.2.2. Elaborar el Reporte de Cumplimiento Ambiental (RCA) al oficio resolutivo, con la
información recopilada según se indica en el punto anterior y entregarlo a PEP para su
revisión. Asimismo, cumplir con el plazo de entrega de dicho reporte y los tiempos para
entregar los avances del cumplimiento establecidos en el oficio resolutivo y la vigencia de la
autorización en materia de impacto y riesgo ambiental.
III.3.3. Agua
III.3.3.1. Cuando accidentalmente derramen o viertan materiales o residuos peligrosos en el
mar, informar en los formatos vigentes a la Secretaría de Marina y a la Delegación de la
SEMARNAT que corresponda y reparar el daño sin cargo para PEP. A smimismo, enviar
inmediatamente un informe detallado a PEP.
III.3.3.2. Previo al desvío de un curso natural de agua o la construcción de un paso temporal
de un cuerpo de agua por motivo del contrato, contar con el permiso de la dependencia
oficial correspondiente. Asimismo, al concluir los trabajos restaurarlo a sus condiciones
originales sin cargo para PEP.
III.3.3.3. Antes de efectuar, vertimientos o descargas de aguas residuales, deshechos u otras
materias al mar, lagunas, ríos, pantanos u otros cuerpos de agua, contar con la autorización
expedida por la dependencias federales correspondientes, o las locales en los casos que
dichas descargas sean de jurisdicción local o a sistemas de alcantarillado; cumplir con las NRF
de Pemex y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que
establezcan las autoridades. Para este fin, deben tratarse las aguas residuales cuando sea
necesario para poder cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en las
autorizaciones de descarga o las Condiciones Particulares de Descarga.
III.3.3.4. Previo al uso o aprovechamiento de aguas nacionales, contar con el permiso
correspondiente.
III.3.3.5. Evitar que el cemento, limos o concreto fresco y en general los residuos sólidos que
genere durante sus actividades en instalaciones petroleras, tengan como receptor final el
lecho de los cuerpos de agua.



                                                                                                    33/39
III.3.4. Atmósfera
III.3.4.1. Al operar instalaciones petroleras para PEP o al utilizar equipos que funcionen con
combustibles fósiles en las instalaciones petroleras, implementar un programa de
mantenimiento durante la vigencia del contrato o instalar dispositivos, a efecto de cumplir
con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca la autoridad
ambiental. Asimismo, entregar las evidencias documentales de su cumplimiento, conforme a
la normatividad mencionada.
III.3.5. Residuos
III.3.5.1. Acatar y cumplir con la responsabilidad de los residuos que genere durante sus
actividades, cumpliendo con lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su
reglamento y las otras leyes, reglamentos y normas en la materia.
III.3.5.2. Al arrendar u operar equipos o instalaciones a PEP, proporcionar al inicio del
contrato, el programa de manejo de sus residuos que genere en la instalación petrolera
correspondiente.
III.3.5.3. Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación y manejo de los
residuos peligrosos o residuos de manejo especial que genere en cualquier instalación
petrolera de PEP.
III.3.5.4. Al realizar actividades en instalaciones petroleras marinas de PEP, adicionalmente a
la bitácora establecida en el requerimiento anterior, contar con una bitácora para registrar la
generación y movimientos de los residuos no peligrosos que genere.
III.3.5.5. No quemar residuos a cielo abierto en las instalaciones petroleras. En el caso de las
embarcaciones sólo se permite incinerar los residuos conforme al Anexo V del convenio
internacional de Marpol, a través de incineradores específicos para ese fin.
III.3.5.6. Al utilizar dispositivos para el tratamiento o disposición de residuos en instalaciones
petroleras, tales como incineradores, lavadores de gases o vapores, entre otros, no contravenir
lo dispuesto en el inciso anterior y demostrar técnicamente que no existe generación de
subproductos o residuos peligrosos.
III.3.5.7. No verter residuos no alimenticios al mar.
III.3.5.8. Antes de arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas de 25 mm o
menores, de acuerdo a lo requerido en la Regla 4, anexo V del convenio internacional del
MARPOL.
III.3.5.9. Al transportar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo que
establezca para tal fin la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Marina o
la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, según corresponda; las normas de
referencia de Pemex que sean aplicables y la normatividad ambiental oficial vigente.
III.3.5.10. Al manejar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo
requerido en el título IV, capítulo VI de la LGEEPA, con toda la normatividad vigente en la
materia y entregar a PEP su registro como empresa generadora de residuos peligrosos, los
manifiestos de generación de residuos peligrosos, los de entrega, transporte y recepción de
residuos peligrosos, así como los reportes trimestrales correspondientes.
III.3.6. Ruido
III.3.6.1. Al utilizar maquinaria y equipos de trabajo con emisiones de ruido, cumplir con la
NOM-081-SEMARNAT-1994 “Establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de
las fuentes fijas y su método de medición” y en general con toda la normatividad oficial
vigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental.
III.3.7. Seguros contra daños ambientales
III.3.7.1. Al realizar actividades altamente riesgosas en instalaciones petroleras, contar con un
seguro de riesgo ambiental conforme al artículo 147 BIS de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente. Las actividades altamente riesgosas son las que
establece la SEMARNAT (actualmente se tienen dos listados que fueron publicados en el
Diario oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992), en tanto que
las características y alcance de dicho seguro, deben ser conforme a la legislación y
normatividad aplicables. Este seguro puede ser independiente o formar parte de los otros
seguros que PEP le solicite al proveedor o contratista en el contrato.



                                                                                                     34/39
III.3.8. Planes de contingencia ambiental
III.3.8.1. Al realizar actividades en instalaciones petroleras, contar desde el inicio del contrato
con un Plan de contingencia ambiental basado en un análisis de riesgo, cuando se establezca,
en su caso, en el anexo “E-1” del contrato. Dicho Plan debe establecer las medidas y equipos
que se utilizarán en caso de una contingencia ambiental, estar vigente, cumplir con lo que se
establece la normatividad oficial vigente, los lineamientos o guías correspondientes de PEP y
ser acorde a los planes de contingencia ambiental de PEP. Debe someterse a la revisión de
PEP y una vez aprobado por éste, debe firmarlo el representante legal del proveedor o
contratista.
III.3.9. Auditorías Ambientales
III.3.9.1. Previo al inicio de operaciones de las instalaciones petroleras o equipos de
perforación que se arrienden u operen a PEP, iniciar los trámites para incorporarlos al
Programa Nacional de Auditoría Ambiental, con el fin de obtener el Certificado de Industria
Limpia (Certificado de Cumplimiento Ambiental) correspondiente, en los términos que le
establezca la Autoridad, sin que esto sea un criterio de Evaluación Técnica del Procedimiento
de Contratación.
III.3.9.2. Para efectos del punto anterior, antes de finiquitar el contrato, el proveedor o
contratista debe entregar evidencias documentales que demuestren el registro en el
Programa Nacional de Auditoría Ambiental mencionado y que ha cumplido con los requisitos
y recomendaciones que la Autoridad le haya emitido en fechas comprendidas dentro del
plazo de vigencia del contrato.




                                                                                                      35/39
IV. FORMATOS

                              FORMATO 1
        RESUMEN ESTADÍSTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO

COMPAÑÍA:                                 RFC:
NÚMERO DE CONTRATO:
DIRECCIÓN
TELÉFONO                                  FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
INFORME CORRESPONDIENTE AL MES DE:                          DEL AÑO:
TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO CON PÉRDIDA DE TIEMPO:
TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON PÉRDIDA DE TIEMPO:
TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE:
TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE:
TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS DE MUERTE POR ACCIDENTE DE TRABAJO:
TOTAL MENSUAL DE DÍAS PERDIDOS POR INCAPACIDAD:
TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE:
TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE O
MUERTE:
IMPORTE TOTAL MENSUAL DE SALARIOS Y PRESTACIONES PAGADOS POR INCAPACIDAD:
IMPORTE TOTAL MENSUAL DE GASTOS POR SERVICIOS MÉDICOS PROPORCIONADO A LOS
TRABAJADORES ACCIDENTADOS:
IMPORTE TOTAL MENSUAL DE LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR RIESGOS DE TRABAJO:
TOTAL MENSUAL DE HORAS HOMBRE LABORADAS:
LUGAR              FECHA(DÍA/MES/AÑO): DE                   DE
REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA
NOMBRE Y FIRMA:
CARGO:




                                                                               36/39
FORMATO 2

    DATOS DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR O CONTRATISTA RESPONSABLE DE
          PROPORCIONAR LAS ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTABILIDAD


COMPAÑÍA                           RFC:
NÚMERO DE CONTRATO:
NOMBRE DEL PERSONAL:
CARGO:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
PERIODO DE NOMBRAMIENTO:




                                                                    37/39
FORMATO 3

    REPORTE DE ACCIDENTES INDUSTRIALES O DE TRABAJO DE PROVEEDORES O
                             CONTRATISTAS

LUGAR DEL EVENTO:                        FECHA DE REPORTE(DÍA/MES/AÑO):
FECHA DEL EVENTO(DÍA/MES/AÑO):           HORA DEL EVENTO:
COMPAÑÍA:                                RFC:
NÚMERO DE CONTRATO:
ACCIDENTE:                               INDUSTRIAL:        PERSONAL:
NOMBRE DE LA PERSONA:                    EDAD:
ANTIGÜEDAD EN LA COMPAÑÍA:               No. DE IDENTIFICACIÓN:
CLASIFICACIÓN O CATEGORÍA:
TIEMPO QUE TENÍA DESARROLLANDO ESA CATEGORÍA:
RELATO DEL ACCIDENTE:



SE AUTORIZÓ EL TRABAJO      SI   NO        SE SUPERVISÓ EL TRABAJO SI    NO
PERMISO CLASE               A    B         NÚMERO DE PERMISO:
DEPENDENCIA QUE EXPIDIÓ EL PERMISO:
NOMBRE DEL RESIDENTE:
TIPO DE LESIONES AL TRABAJADOR:
LUGAR DONDE OCURRIÓ EL ACCIDENTE:
DAÑOS A LA INSTALACIÓN DE PEMEX:
CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS:
EFECTOS NEGATIVOS AL AMBIENTE:                         SI         NO
DERRAME DE:     HIDROCARBUROS: MATERIALES              RESIDUOS PELIGROSOS:
                                 PELIGROSOS:
EMISIONES DE: GASES TÓXICOS:                   HUMO:
CONTAMINACIÓN        AIRE               AGUA              SUELO
DEL:
REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA
NOMBRE Y FIRMA:

CARGO:




                                                                              38/39
FORMATO 4

LISTADO DE REQUERIMIENTOS DE ESTE ANEXO QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR O
                 CONTRATISTA POR MOTIVO DEL CONTRATO

                              LISTADO DE REQUERIMIENTOS    COMENTARIOS
II. REQUERIMIENTOS
GENERALES                              TODOS               SIN COMENTARIOS

III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS
III. 1. SEGURIDAD
INDUSTRIAL

III. 2. SALUD OCUPACIONAL


III.3. PROTECCIÓN
AMBIENTAL

IV. FORMATOS                         FORMATO 1             MENSUALMENTE
                                                           PREVIO AL INICIO DEL
                                     FORMATO 2
                                                           CONTRATO
                                     FORMATO 3             NO APLICA
                                     FORMATO 4             SIN COMENTARIOS

                 ELABORÓ                                  DICTAMINÓ
               ÁREA TÉCNICA                               ÁREA SIPAC




                                                                                  39/39

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  • 1. Sección I 3 de agosto de 2007 Solicitud de Propuesta SDP-16-2007 Objetivo: Elaboración de la “Estrategia Socioeconómica de Desarrollo Sustentable” para el proyecto “Aceite Terciario del Golfo (PATG)” en la región del Paleocanal de Chicontepec, que comprende parte de los estados de Veracruz y Puebla, México. Dirigida a: Instituciones de educación e investigación, y de asesoramiento en desarrollo local. Fecha Límite para recepción de propuestas: 24 de agosto de 2007, hasta las 10 AM. 1. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), le solicita presentar su propuesta para llevar a cabo las actividades señaladas en los Términos de Referencia de la presente convocatoria. 2. Los documentos que se indican a continuación, forman parte de la presente Solicitud de Propuesta y servirán de base para la preparación de ofertas. Anexo I: Instrucciones a los Oferentes Anexo II: Condiciones Generales de Contratación Anexo III: Términos de Referencia Anexo IV: Formato para Presentación de Oferta Anexo V: Esquema de Precios Anexo S: Obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de PEMEX Exploración y Producción. 3. Los interesados en presentar oferta, deberán proporcionar toda la información solicitada de manera clara y concisa. Cualquier propuesta que no abarque todos los aspectos solicitados, será rechazada. Deberá redactarse en idioma español. 4. Podrá presentar sus dudas o aclaraciones hasta el día 16 de agosto de 2007, mediante escrito que podrá enviar al correo electrónico: alan.alor@undp.org No se responderá asunto alguno relacionado con la presente convocatoria vía telefónica. Las respuestas o cualquier modificación a la presente convocatoria, será publicada el día 17 de agosto antes de las 20 horas, en la sección de licitaciones de la página electrónica del PNUD, sección licitaciones: http://www.undp.org.mx/LicitacionesVigentes.aspx 1/39
  • 2. 5. Es responsabilidad de los interesados, revisar de manera periódica la página electrónica citada en el punto anterior, a fin de enterarse de cualquier modificación o enmienda que pudiera efectuarse a la presente convocatoria, en cualquier momento, antes de la fecha de cierre. 6. Su propuesta estará conformada por una propuesta técnica (sin copia), y una propuesta económica (sin copia), en sobres cerrados y separados, de acuerdo a lo señalado en el Anexo I de esta convocatoria. Puede utilizar papel de re-uso o reciclado. Por favor, no engargole o encuaderne su propuesta. Esto no afectará su calificación técnica. 7. Su propuesta deberá mantenerse válida por un periodo mínimo de noventa días, contados a partir de la fecha límite de recepción de propuestas. Es responsabilidad del licitante, que los sobres conteniendo su propuesta, sean recibidos a más tardar a la fecha y hora señalada como límite para recepción. 8. El PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar de manera parcial o total las ofertas que reciba, y de cancelar o declarar desierta la presente convocatoria en cualquier momento antes de la formalización del contrato, cuando ello represente los mejores intereses para el PNUD y el Proyecto que representa, sin incurrir en responsabilidad alguna frente a los licitantes. 9. Esta invitación a licitar no debe ser considerada, en ningún caso, como una oferta de contrato. Atentamente, Licitaciones PNUD México. 2/39
  • 3.   Anexo I Instrucciones a los Oferentes A. Introducción 1. General. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), convoca a instituciones de educación e investigación, a presentar propuesta. 2. Costo de la propuesta. Todos los costos vinculados a la preparación y presentación de la Propuesta deberán ser absorbidos por el Oferente. El PNUD no asumirá responsabilidad por dichos costos en ningún caso, independientemente del tratamiento o de los resultados de la oferta presentada. B. Documentos de Licitación. 3. Contenido de los documentos de licitación. Las Propuestas deben ofrecer los servicios necesarios para cubrir la totalidad de lo requerido. Se rechazarán aquellas Propuestas que ofrezcan sólo parte de lo solicitado. Se espera que el Oferente revise todas las instrucciones, formularios, plazos y especificaciones incluidos en los Documentos de Licitación. La falta de cumplimiento con lo exigido en dichos documentos será de responsabilidad del Oferente y podrá afectar la evaluación de la Propuesta. 4. Aclaraciones respecto de los documentos de licitación. Un posible Oferente que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación podrá hacerlo por escrito a la dirección alan.alor@undp.org a más tardar el día 16 de agosto de 2007. El sector de adquisiciones del PNUD responderá por escrito a más tardar a las 20 horas del día 17 de agosto de 2007, cualquier pedido de aclaración con respecto a los Documentos de Licitación que se le haga llegar. Las respuestas serán publicadas en la sección de “licitaciones vigentes” de la página Web del PNUD México www.undp.org.mx 5. Enmiendas a los documentos de la oferta. En cualquier momento con anterioridad a la presentación de las Propuestas, el sector de adquisiciones del PNUD podrá, por el motivo que fuere necesario, ya sea por iniciativa propia o en respuesta a un pedido de aclaración de un posible Oferente, modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. Todas las enmiendas que se realicen a los Documentos de Licitación serán notificadas por escrito a todos los posibles Oferentes que hayan recibido esos Documentos, publicándose en la página Web a que se hace referencia en el punto anterior. A fin de poder proporcionar a los posibles Oferentes un plazo razonable para analizar las enmiendas realizadas a los efectos de la preparación de sus ofertas, el sector de adquisiciones del PNUD podrá, a su criterio, extender la fecha límite fijada para la presentación de las Propuestas. La ampliación será publicada en la página Web a que se hace referencia en el punto anterior. C. Preparación de las Propuestas. 3/39
  • 4.   6. Idioma de la propuesta. Tanto las Propuestas preparadas por el Oferente como toda la correspondencia y documentos relacionados con la Propuesta que se haya intercambiado entre el Oferente y el sector de adquisiciones del PNUD estarán en español. Cualquier folleto impreso proporcionado por el Oferente puede estar redactado en otro idioma siempre que se le adjunte una traducción al español de las partes relevantes en cuyo caso, a los fines de la interpretación de la Propuesta, regirá la traducción al español. 7. Documentos a ser incluidos en la propuesta. La Propuesta incluirá los siguientes documentos: Sobre Técnico: (a) Propuesta técnica en formato y extensión libre, incluyendo documentación que demuestre que el Oferente cumple con todos los requisitos señalados en el Anexo III. Sobre Económico: (b) Formulario de presentación de la propuesta (Anexo IV); (c) Esquema de Precios, completado de acuerdo con la cláusula 9 (Anexo V); 8. Propuesta técnica. El Oferente organizará los aspectos operativos y técnicos de su Propuesta de la siguiente manera y de acuerdo a lo solicitado en el Anexo III: (a) Plan de Gestión Esta sección deberá proporcionar una orientación corporativa que incluya el año y el Estado/país de constitución de la empresa junto con una breve descripción de las actividades actuales del Oferente. Deberá concentrarse en los servicios que se relacionen con la Propuesta. Esta sección también deberá describir las la(s) unidad(es) organizativa(s) que serán las responsables de la ejecución del contrato, así como el enfoque gerencial general para un proyecto de esta naturaleza. El Oferente deberá incluir comentarios sobre su experiencia en proyectos similares e identificar la(s) persona(s) que representarán al Oferente en cualquier gestión futura con el sector de adquisiciones del PNUD. (b) Planificación de Recursos Esta sección deberá explicitar los recursos del Oferente en términos de personal e instalaciones disponibles que sean necesarios para la ejecución de lo requerido. Deberá describir la(s) capacidad(es)/instalación(es) actuales del Oferente así como cualquier plan previsto de ampliación. (c) Metodología propuesta Esta sección deberá demostrar el grado de adecuación de la propuesta del Oferente con relación a las especificaciones requeridas mediante la identificación de los componentes específicos propuestos, el análisis de los requerimientos, según lo especificado, punto por punto, proporcionando una descripción detallada de las características de la garantía de cumplimiento propuesta y demostrando cómo la metodología que propone se ajusta a o excede las especificaciones. Las partes operativa y técnica de la Propuesta no deberán contener ninguna información de precios con respecto a los servicios ofrecidos. Este tipo de información deberá proporcionarse por separado e incluirse solamente en el sobre de oferta económica (Anexos IV y V). 4/39
  • 5.   Cualquier referencia a materiales y folletos de tipo descriptivo deberá incluirse en el párrafo correspondiente de la Propuesta, aunque sea posible proporcionar materiales/ documentos como anexos a la Propuesta / respuesta. La información que el Oferente considere que está amparada bajo derechos de patente, si la hubiera, deberá marcarse claramente como “protegida por derechos de patente” a continuación de la parte relevante del texto y será entonces tratada como tal. 9. Precios de la propuesta. El Oferente deberá indicar en un Esquema de Precios adecuado, ejemplo del cual se incluye en estos Documentos de Licitación (Anexos IV y V), el precio de los servicios que propone suministrar bajo el contrato. 10. Moneda de la Propuesta. Podrá cotizar en cualquier moneda de libre convertibilidad. Para efectos de evaluación, se utilizará el dólar estadounidense (USD). En caso de ofertar moneda distinta al USD, su oferta será convertida utilizando el tipo de cambio oficial de Naciones Unidas (UNORE) vigente para el mes que corresponda a la fecha de cierre de la licitación. En caso de resultar adjudicada una entidad mexicana, aún cuando cotice en moneda distinta al peso mexicano (MXN), la oferta será convertida en MXN utilizando UNORE para determinar el monto total del contrato y el pago se efectuará en Moneda Nacional. Como referencia, el tipo de cambio UNORE para el mes de agosto es de MXN $10.87 pesos por dólar. 11. Período de validez de las propuestas. Las propuestas tendrán validez durante noventa días (90) días luego de la fecha límite para la presentación de la Propuesta fijada por el sector de adquisiciones del PNUD, según lo estipulado en la cláusula sobre fecha límite. Una Propuesta válida por un período menor puede ser rechazada por el sector de adquisiciones del PNUD por considerarse que no responde a los requerimientos. En circunstancias excepcionales, el sector de adquisiciones del PNUD podrá solicitar el consentimiento del Oferente para extender el período de validez. La solicitud y las respuestas a la misma ser formularán por escrito. No podrá solicitarse ni permitir a un Oferente que modifique su Propuesta al aceptar conceder una extensión. 12. Formato y firma de las propuestas. El Oferente preparará un ejemplar de la Propuesta con la indicación clara de “Propuesta Original, presentada en texto dactilografiado o escritos en tinta indeleble y serán firmados por el Oferente o por una persona o personas debidamente autorizadas por el Oferente para asumir compromisos contractuales en su nombre y representación. Esta última autorización estará contenida en un poder notarial escrito que se adjuntará a la Propuesta. La Propuesta no contendrá interlineados, correcciones o sobre escrituras a menos que esto fuera necesario para corregir errores cometidos por el Oferente, en cuyo caso dichas correcciones serán inicialadas por la persona o personas que firmen la Propuesta. 13. Pago. El PNUD pagará al Contratista después de la aceptación por parte del PNUD de las facturas presentadas por el Contratista al finalizar las etapas pautadas. El esquema de pagos se detalla en el Anexo III de la presente convocatoria. D. Presentación de las Propuestas. 14. Presentación e identificación de las propuestas. El Oferente entregará la Propuesta en un sobre exterior cerrado que contendrá dos sobres en su interior, del modo que se describe a continuación. 5/39
  • 6.   Sobre 1: propuesta técnica. Rotulado de la siguiente manera: Propuesta técnica. Licitación SDP-16-2007 Nombre de la empresa licitante. Nombre del representante legal. Teléfono y correo electrónico de contacto. Sobre 2: propuesta económica. Rotulado de la siguiente manera: Propuesta económica. Licitación SDP-16-2007 Nombre de la empresa licitante. Nombre del representante legal. Teléfono y correo electrónico de contacto. Ambos sobres deberán incorporarse en un sólo, el cual deberá rotularse y enviarse a la siguiente dirección: Nombre de la empresa licitante. Nombre del representante legal. Teléfono y correo electrónico de contacto. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Área de Registro. Licitación SDP-16-2007 Presidente Masaryk 29, piso 8. Colonia Chapultepec Morales. México, DF. CP 11570 Teléfono: (55) 5263-9737 Fax: (55) 5255-0095 Fecha y hora límite: 24 de agosto de 2007, hasta las 10 AM. 15. Fecha límite para la presentación de las propuestas. Las Propuestas deberán recibirse por el sector de adquisiciones del PNUD en la dirección especificada en la cláusula Presentación e Identificación de las Propuestas con anterioridad a la fecha / hora indicadas, hora local. El sector de adquisiciones del PNUD podrá, a su criterio, extender la fecha límite para la presentación de Propuestas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de acuerdo con lo estipulado en la cláusula Enmiendas a los Documentos de Licitación, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones del sector de adquisiciones del PNUD y de los Oferentes sujetos previamente a la fecha límite original estarán regidos por la extensión de dicha fecha. 16. Presentación Tardía de Propuestas. Toda Propuesta recibida por el sector de adquisiciones del PNUD con posterioridad a la fecha/hora límite establecida para la presentación de propuestas será rechazada, de acuerdo con la cláusula Fecha Límite para la presentación de propuestas. 17. Modificación y retiro de Propuestas. El Oferente podrá retirar su Propuesta luego de la presentación de la misma, siempre que el sector de adquisiciones del PNUD reciba una notificación por escrito con anterioridad a la fecha límite establecida para la presentación de las Propuestas. La notificación de retiro de la propuesta por parte del Oferente deberá prepararse, sellarse, identificarse y enviarse de acuerdo con lo estipulado en la cláusula Fecha Límite para la Presentación de Propuestas. La notificación de retiro podrá ser también enviada por e-mail o fax pero seguida por una copia de confirmación debidamente firmada. No se podrá modificar ninguna Propuesta con posterioridad a la fecha límite fijada para la presentación de las propuestas. No se podrá retirar ninguna Propuesta dentro del período de tiempo comprendido entre la fecha límite fijada para la presentación de las propuestas y la fecha de vencimiento del período de validez de la propuesta especificado por parte del Oferente en el Formulario de Presentación de Propuesta. 6/39
  • 7.   E. Apertura y Evaluación de las Propuestas. 18. Apertura de las Propuestas. El sector de adquisiciones abrirá las Propuestas en presencia de un Comité integrado por la persona a cargo de dicho sector en el PNUD. 19. Aclaración de las propuestas. A fin de colaborar con el análisis, la evaluación y la comparación de las Propuestas, el Comprador podrá, a su criterio, solicitar al Oferente aclaraciones con respecto a su Propuesta. Tanto la solicitud de aclaración como la respuesta deberán realizarse por escrito y no se buscará, ofrecerá ni permitirá modificación en el precio o en el contenido de la Propuesta. 20. Examen Preliminar. El Comprador analizará las Propuestas a fin de determinar si las mismas están completas, si se ha cometido algún error de cómputo, si los documentos se han firmado correctamente y si las Propuestas están en orden en términos generales. Los errores aritméticos se rectificarán de la siguiente manera: Si hubiera una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que se obtiene de multiplicar el precio unitario por la cantidad, el precio unitario prevalecerá y se corregirá el precio total. Si el Oferente no aceptara la corrección de los errores, su Propuesta será rechazada. Si hubiera una discrepancia entre lo consignado en letras y en números, prevalecerá el monto consignado en letras. Con anterioridad a la realización de una evaluación detallada, el Comprador determinará si las Propuestas recibidas se ajustan sustancialmente a la Solicitud de Propuestas (SDP). A los fines de estas Cláusulas, una Propuesta que se ajusta sustancialmente es aquélla que concuerda con todos los términos y condiciones de la SDP sin desvíos significativos. La decisión por parte del Comprador del grado de adecuación de la Propuesta se basa en el contenido de la Propuesta en sí sin recurrir a ninguna otra documentación adicional. El Comprador rechazará una Propuesta que considera no se ajusta sustancialmente a lo establecido y no podrá posteriormente ser adecuada por parte del Oferente mediante correcciones a los aspectos que no cumplen con lo solicitado. 21. Evaluación y comparación de las propuestas Para la evaluación de las propuestas se utiliza un procedimiento que consta de dos etapas mediante el cual la evaluación de la propuesta técnica se realiza con anterioridad a la apertura y comparación de cualquier propuesta económica. Sólo se abrirá la propuesta económica de las ofertas que superen el puntaje mínimo del 70% de la calificación total de 1000 puntos correspondiente a la evaluación de las propuestas técnicas. La propuesta técnica se evaluará sobre la base de su correspondencia o adecuación con respecto a los Términos de Referencia (TDR). En la segunda etapa se compararán las propuestas económicas de todos los oferentes que hayan obtenido al menos 700 puntos (70%) en la evaluación técnica. 7/39
  • 8.   Criterios para la Evaluación Técnica Evaluación de la Propuesta Técnica Puntaje Empresa / Otra Entidad Formulario 1 Máximo A B C D E Antecedentes técnicos de la empresa/organización que presenta la propuesta 1.1 Reputación de la Organización y de su Personal 50 (Competencia / Confiabilidad) 1.2 Antecedentes de Litigios y Arbitraje 20 1.3 Capacidad Organizativa General que pueda incidir en la implementación (p.ej. consorcio informal, un holding o empresa única, tamaño de la empresa / organización, 50 capacidad de apoyo a la gestión del proyecto, por ej. capacidad de financiación del proyecto y controles de gestión del proyecto) 1.4 Posibilidades de subcontratación de alguna de las tareas u obras (la subcontratación conlleva riesgos adicionales que pueden afectar la implementación del 30 proyecto, pero realizada adecuadamente ofrece la posibilidad de acceder a técnicas especializadas). 1.5 Procedimientos de control de calidad, garantía 40 1.6 Relevancia de: - Conocimientos especializados - Experiencia en Programas / Proyectos Similares 110 - Experiencia en Proyectos en la Región Trabajos realizados para PEMEX, PNUD u organizaciones similares. 300 Evaluación de la Propuesta Técnica Puntaje Empresa / Otra Entidad Formulario 2 Máximo A B C D E Plan de Trabajo y Enfoque Propuestos 2.1 ¿Hasta qué punto el Oferente comprende la naturaleza 50 del trabajo? 2.2 ¿Se han desarrollado los aspectos relevantes del 40 trabajo con un nivel suficiente de detalle? 2.3 ¿Se ha considerado la correlación entre los diferentes 40 componentes del proyecto en forma adecuada? 2.4 ¿Se basa la propuesta en un estudio del medio en el que se desarrollará el proyecto y se ha utilizado esta 60 información en forma adecuada para la elaboración de la propuesta? 2.5 ¿Se ha adoptado un marco conceptual apropiado para 90 el trabajo a realizar? 2.6 ¿Se ha definido bien el alcance del trabajo y se ajusta a 120 los TDR? 2.7 ¿Se ha realizado una presentación clara? Es lógica y realista la secuencia de actividades y su planificación? 60 Conduce a una implementación eficiente del proyecto? 2.8 La propuesta cuenta con un enfoque de género. 20 2.9 La propuesta cuenta con un enfoque de etnia. 20 500 8/39
  • 9.   Evaluación de la Propuesta Técnica Sub- Puntaje Empresa / Otra Entidad Formulario 2 Puntaje Máximo A B C D E Formación curricular del equipo de trabajo Coordinador (a) de Tareas o consultor (a) nivel Senior (Más de 15 años de experiencia profesional relacionada al 130 campo o área de los TDR) Calificación General 130 Adecuación al Proyecto 2.1 - Experiencia Internacional 10 - Experiencia en Capacitación 20 - Experiencia Profesional en el área de 80 especialización - Conocimiento de la región 20 Consultores que integrarán el equipo. 70 Calificación General 70 Adecuación al Proyecto 2.2 - Experiencia en Capacitación 10 - Experiencia Profesional en el área de 50 especialización - Conocimiento de la región 10 Total Parte 2 200 F. Adjudicación del Contrato El Comité de Evaluación de PNUD, recomendará la adjudicación del contrato, al licitante que habiendo aprobado la etapa técnica (al menos 70 puntos), proporcione la oferta económica más baja. 22. Criterios de adjudicación. El sector de adquisiciones del PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Propuesta y de anular el proceso licitatorio así como de rechazar todas las Propuestas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del contrato sin incurrir por ello en ninguna responsabilidad con relación al Oferente que se viera así afectado y sin tener la obligación de informar al Oferente u Oferentes afectados de los motivos de dicha acción. Antes del vencimiento del período de validez de la propuesta, el sector de adquisiciones del PNUD adjudicará el contrato al Oferente calificado cuya Propuesta, luego de haber sido evaluada, es considerada como la que más se ajusta a los requerimientos de la Organización y de la actividad involucrada. 23. Derecho del Comprador de modificar los requerimientos en el momento de la adjudicación El Comprador se reserva el derecho, al adjudicar el contrato, de modificar la cantidad de servicios y bienes especificados en la SDP sin que esto conlleve un cambio en el precio o en otros términos y condiciones. 24. Firma del contrato. El Oferente seleccionado firmará y fechará el contrato y lo devolverá al Comprador dentro de los 10 días de su recepción. 9/39
  • 10.   G. Condiciones Especiales. Penalidad El PNUD fijará una penalidad equivalente al 0.50% del costo total del contrato por cada día de retraso en la entrega de los productos esperados de el Contratista, por causas imputables al mismo. Sustitución de personal En caso de que se requiera sustituir a un elemento del grupo asesor, se deberá presentar currículo del sustituto, el cual deberá ser aprobado por PNUD. 10/39
  • 11.   Anexo II Condiciones Generales de Contratación 1. Las Condiciones Generales de Contratación aplicables a los contratos con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, puede encontrarlas en la siguiente dirección electrónica: http://www.undp.org/procurement/operate.shtml También podrá encontrar la normatividad aplicable en materia de adquisiciones del PNUD, incluyendo los procedimientos que se siguen para la recepción, evaluación y dictamen de las propuestas. 2. Para procedimientos de reclamo, inconformidad o protesta, puede consultar la siguiente dirección electrónica: http://www.undp.org/procurement/protest.shtml 3. El PNUD se reserva el derecho de declarar desierta la convocatoria cuando considere que no existe un mínimo de ofertas susceptibles de análisis técnico o cuando la oferta solvente más económica exceda el presupuesto disponible para el objetivo de esta Solicitud de Propuesta. El PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, y de anular el proceso de cotización y rechazar todas las propuestas en cualquier momento previo a la adjudicación de un contrato, sin incurrir en responsabilidades frente a los participantes afectados u obligación alguna de informar a los oferentes los motivos para tal decisión. 4. Los procedimientos de licitación del PNUD México, no están sujetos a las leyes nacionales, por lo que cualquier controversia derivada de la presente licitación, será resuelta por las Partes de común acuerdo. En caso de que alguna controversia no fuera resuelta mediante negociación o mutuo acuerdo, será resuelta mediante arbitraje obligatorio, excluyendo de manera expresa cualquier otro tribunal o jurisdicción, independientemente de los poderes que tengan. Los procedimientos de arbitraje se llevarán a cabo de conformidad con las normas internacionales vigentes en el momento que se solicite el arbitraje. 11/39
  • 12.   Anexo III Términos de Referencia (TDR) A. ANTECEDENTES Y OBJETIVO. Contexto y Justificación del Proyecto El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) es la red mundial establecida por las Naciones Unidas para promover el desarrollo de los países y vincularlos con los conocimientos, la experiencia y los recursos necesarios para ayudar a sus pueblos a forjar una vida mejor. En este sentido y bajo el marco de las actividades del Proyecto de Aceite Terciario del Golfo (PATG), el cual se describe a continuación, se proveerán servicios de asesoría técnica para el desarrollo. En 2006, la Dirección General de Pemex Exploración y Producción (PEP), Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos, con una visión de negocio encaminada a generar valor para la empresa, documentó el Proyecto de Aceite Terciario del Golfo (PATG), para llevar a cabo el desarrollo integral de los 29 campos productores de hidrocarburos que conforman el área conocida como “Paleocanal de Chicontepec” y acelerar el aprovechamiento de las reservas de hidrocarburos (2P)1 de dichos campos. Documentar estos 29 campos petroleros en un solo proyecto permitirá a PEP tener flexibilidad operativa y de asignación de inversiones, optimizar el diseño de bloques y, por tanto, el valor de la reserva. Adicionalmente, permitirá a PEP diseñar e instrumentar una estrategia de desarrollo local sustentable que haga del PATG un proyecto social y ambientalmente responsable. Partiendo de la idea central de que el desarrollo humano sustentable es una responsabilidad compartida entre el gobierno, el sector productivo y la sociedad civil, es importante considerar la incidencia y la dinámica diferenciadas que éstos ejercen sobre un contexto específico. En este sentido, los tres sectores mencionados tienen un enorme impacto en el estímulo y resultados del desarrollo, a través de la inversión, sus procesos productivos y su interacción con otros actores. Por ello, PEP ha manifestado su interés en identificar mediante un proceso de diagnóstico, las necesidades y las alternativas de solución de carácter económico, social y de protección ambiental en la región a fin de llevar a cabo actividades que fortalezcan las capacidades organizativas, técnicas, de gestión y de toma de decisiones para un desarrollo local sustentable. Lo anterior, permitirá un equilibrio entre las actividades productivas, el cuidado del ambiente y el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades en las que operará el PATG. La ejecución efectiva de la estrategia de desarrollo local sustentable que se aplicará en el PATG requerirá la elaboración de un diagnóstico del contexto social, económico y ambiental de la región, en la cual participen instituciones académicas o de investigación nacionales. Descripción del PATG El PATG es un proyecto a cargo de Pemex Exploración y Producción para la exploración y desarrollo de hidrocarburos (crudo y gas natural) en 29 campos petroleros que integran el “Paleocanal de Chicontepec”. El objeto de dicho proyecto es acelerar el aprovechamiento de las reservas de                                                              1 Suma de las reservas probadas más las reservas probables. Las reservas probadas se definen como el volumen de hidrocarburos que, por análisis y datos geológicos y de ingeniería, se estiman con razonable certidumbre que serán comercialmente recuperables. Las reservas probables son aquellas reservas no probadas, cuyo análisis de datos geológicos y de ingeniería sugiere que son más tendientes a ser comercialmente recuperables que no serlo. 12/39
  • 13.   hidrocarburos (2P) de dichos campos, mediante la perforación y terminación de aproximadamente 10 mil pozos de desarrollo y la reparación mayor de otros 10 mil pozos en un horizonte de 20 años. El Paleocanal de Chicontepec comprende nueve municipios en el norte del estado de Veracruz (Coatzintla, Chicontepec, Ixhuatlán de Madero, Álamo, Papantla, Castillo de Teayo, Tihuatlán, Temapache, Tecolutla) y tres en el oriente del estado de Puebla (Venustiano Carranza, Francisco Z. Mena, Pantepec) (ver Anexo 1: mapa del Paleocanal de Chicontepec). Fue descubierto en 1926 y Pemex inició su producción comercial en 1952. El Paleocanal concentra el 39% de la reserva total de hidrocarburos de México y el 56% de las reservas probables nacionales.2 En esta región la riqueza petrolera se acompaña de una composición social, cultural, económica y ambiental compleja y, en muchos casos, vulnerable. Se estima que la población de esa área alcanza casi el medio millón de personas, de las cuales el 50 por ciento son indígenas. La mayoría de estos municipios registran un alto grado de marginación. El aislamiento de las localidades produce fuertes conflictos sociales y rezago crónico. En estos municipios existen zonas y vestigios arqueológicos. Alcance del área de estudio La muestra representativa en la cual se llevará a cabo de la estrategia comprende los municipios de Venustiano Carranza y Francisco Z. MENA en el estado de Puebla y los municipios de Álamo Temapache, Coatzintla, Tihuatlán y Chicontepec en el estado de Veracruz. Dichos municipios serán una muestra representativa de la composición social, económica y ambiental del proyecto en su conjunto, en virtud de la información que se tiene al respecto. Objetivo del Estudio o Servicio Requerido: Elaborar una estrategia que contenga los principales ejes de desarrollo social, económico y productivo que serán la base para los proyectos de desarrollo local sustentable. Asimismo, definir los criterios para el diseño y ejecución de dichos proyectos, los cuales serán realizados en una etapa posterior. Los ejes de desarrollo y los criterios definidos quedarán establecidos en el Anexo de Desarrollo Sustentable que formará parte de los documentos contractuales de las empresas contratistas de PEP y de la operación del propio PEP en el PATG. Actividades: Para la elaboración de la estrategia se tomará en consideración el análisis sobre las condiciones sociales, económicas y ambientales de la región donde opera el PATG plasmadas en el Diagnóstico. 1. Identificar y establecer los ejes de desarrollo social, económico, productivo y de educación relacionados con los sistemas productivos que sean adecuados a la realidad local y nacional para la formulación posterior de los proyectos de desarrollo sustentable. Dichos ejes serán incorporados en una Estrategia de Desarrollo Local Sustentable, la cual será elaborada por la entidad que sea designada al efecto.3 Para ello deberá coordinarse con dicha entidad. La identificación de los ejes de desarrollo social, económico, productivo y de educación se realizará teniendo en cuenta las estrategias de desarrollo de largo plazo que se hayan                                                              2 Las reservas de hidrocarburos de México al 1 de enero de 2007, Pemex Exploración y Producción. 3 La Estrategia de Desarrollo Local Sustentable incluirá tanto la estrategia de desarrollo socioeconómico como la estrategia de desarrollo ambiental y de salud comunitaria en relación a la actividad petrolera. 13/39
  • 14.   formulado por los tres niveles de gobierno para el área en cuestión (si éstas no se hubieran descrito en la fase de diagnóstico, se preparará un esquema de ellas en la presente fase).4 2. Identificar y proponer el mecanismo institucional más eficiente y eficaz para la ejecución de la estrategia (agencia regional de desarrollo, proyectos de desarrollo, etc.). En particular, se identificará tentativamente el arreglo institucional más recomendable, respecto a los roles que ejercitarán los distintos actores (éstos pueden ser municipios, ONGs, entidades académicas, gobierno estatal, Pemex, agencias de desarrollo local, empresas privadas que realizan la extracción, etc.) para la ejecución de la estrategia de desarrollo socioeconómico. 3. Definir los criterios para el diseño de los proyectos de desarrollo socioeconómico para facilitar su instrumentación efectiva. 4. Plantear un esquema de seguimiento y evaluación de la instrumentación de la estrategia de desarrollo socioeconómico, que considere un rol central para Pemex. 5. Plantear lineamientos para una estrategia de comunicación social que promueva una relación fluida entre Pemex, las comunidades y otros actores relevantes de la región y de las localidades, tanto respecto a la actividad petrolera como a las acciones planteadas en la estrategia de desarrollo local sustentable. 6. Diseñar e impartir un seminario tanto en la Ciudad de México, D.F. como en el área del proyecto, acerca de las características que hacen exitosos a los proyectos de desarrollo económico. B. ENTREGABLES ESPERADOS. 1. Plan de trabajo de las actividades, productos y fechas de entrega a partir de la firma del contrato en un periodo de 60 días naturales de trabajo. 2. Estrategia de Desarrollo Socioeconómico. 3. Planteamiento para el seguimiento y evaluación de la instrumentación de los proyectos de desarrollo socioeconómico. 4. Study tour que considere las mejores experiencias en el tema para su posterior realización. 5. Resumen ejecutivo. 6. Compilación metodológica, bases de datos (información fuente y procesada), fuentes consultadas y bibliografía. C. INFORMACIÓN DE REFERENCIA. La estrategia será construida tomando en consideración el diagnóstico sobre las condiciones sociales, económicas y ambientales de la región donde opera el PATG, elaborado por los consultores contratados para este propósito. Dicho diagnóstico está basado en los siguientes aspectos que serán insumos para la estrategia: Aspectos socioeconómicos 1. La línea base socioeconómica actual en los municipios y, de existir información disponible, en las localidades del PATG, con base en los Índices de Desarrollo Humano (IDH) del PNUD y otros indicadores (INEGI, CONAPO, etc.). 2. El análisis y la evaluación de las actividades productivas actuales y potenciales, así como de manera general las posibilidades de fortalecimiento de las cadenas de valor.                                                              4 Por estrategias de desarrollo de largo plazo se entienden aquellas que consideran la competencia y complementariedad que la región posee con otras regiones con sectores económicos similares (benchmarking) en el país y en el extranjero y su capacidad de atraer inversiones (además de aquellas petroleras que serán ejecutadas por Pemex). 14/39
  • 15.   3. La descripción y el análisis, en términos de sus fortalezas y debilidades más relevantes, de las estrategias de desarrollo social, económico y productivo y en materia de políticas públicas a largo plazo que se hayan o estén formulando por los tres niveles de gobierno para el área en cuestión y que impulsen el desarrollo regional.5 4. El análisis, la evaluación y la caracterización de las condiciones de salud y seguridad de la comunidad. 5. El análisis, la evaluación y la caracterización de las condiciones de educación, incluyendo como éstas se relacionan con las actividades productivas actuales, así como los aspectos culturales para el desarrollo de capacidades, indicando de manera general algunas alternativas de fortalecimiento. 6. El análisis y la evaluación de las condiciones de desarrollo institucional y capital social, en lo relativo a los aspectos anteriores para identificar y señalar aquellas instituciones/organizaciones que sean las más convenientes para impulsar los ejes de desarrollo. Asimismo, proponer el diseño de un instrumento de coordinación institucional y de organización ciudadana a nivel municipal y regional. En caso de que estas figuras existan analizar y evaluar su estructura, impacto y cobertura. 7. El análisis y la evaluación de el impacto social y económico de la actividad petrolera actualmente e identificar aquellas condiciones de la vida comunitaria tradicional que han cambiando por esta actividad. 8. El análisis y la evaluación de los apoyos que presta Pemex a la comunidad y el impacto que han tenido hasta el momento. 9. El análisis y la evaluación de la percepción que tiene la comunidad sobre Pemex. 10. Una escala desde a A “menos vulnerable” a D “más vulnerable” en términos socioeconómicos a cada uno de los municipios y, de ser posible, de las localidades del PATG. 11. Una línea de base considerando una serie corta de indicadores socioeconómicos relevantes a nivel municipal y, de ser posible, local. Aspectos ambientales 1. La evaluación de las condiciones ambientales para establecer una línea base del PATG, en función de biodiversidad, cuencas hidrográficas, conservación de ecosistemas, presión sobre los recursos naturales, contaminación del agua, aire y suelo. 2. El análisis y la evaluación de los niveles de vulnerabilidad en riesgos potenciales por contaminación (aire, agua y suelo) y señalar de manera general las alternativas de prevención. 3. El análisis y la evaluación de los impactos potenciales sobre la biodiversidad, y señalar de manera general las alternativas de conservación, compensación y manejo sustentable de los recursos naturales. 4. El análisis y la evaluación de las cuencas hidrológicas y ecosistemas asociados a los servicios ambientales: recarga del manto freático y disponibilidad de agua. 5. El análisis y la evaluación de los impactos y el manejo adecuado de los residuos sólidos, peligrosos y de manejo especial (lodos, recortes de perforación, agua congénita y otros). 6. La descripción y el análisis de las estrategias ambientales de largo plazo que se hayan formulado por los tres niveles de gobierno para el área en cuestión. 7. Una línea de base considerando una serie corta de indicadores ambientales relevantes a nivel municipal y de ser posible local, utilizando la metodología de indicadores de desempeño, impacto y cobertura y/o los indicadores de la OCDE sobre presión, impacto y respuesta.                                                              5 Por estrategias de desarrollo de largo plazo se entienden aquellas que consideran la competencia y complementariedad que la región posee con otras regiones con sectores económicos similares, en el país y en el extranjero, y su capacidad de atraer inversiones nacionales y extranjeras (además de aquellas petroleras que serán ejecutadas por PEMEX.) 15/39
  • 16.   8. El análisis y la evaluación de el impacto ambiental de la actividad petrolera actualmente e identificar aquellas condiciones de la vida comunitaria tradicional que han cambiando por esta actividad. 9. Una escala desde a A “menos actividad” a D “más actividad” en términos de la actividad petrolera a cada uno de los municipios y de ser posible de las localidades. 10. Una escala desde a A “menos vulnerable” a D “más vulnerable” en términos ambientales a cada uno de los municipios y de ser posible de las localidades. 11. La compilación de la regulación aplicable a la actividad petrolera en materia ambiental. 12. La evaluación de las condiciones ambientales actuales para establecer una línea base del PATG. D. ARREGLO INSTITUCIONAL. Posterior a la firma del contrato, el PNUD establecerá junto con la institución contratada un calendario de reuniones de seguimiento en las que dicha institución deberá rendir un informe detallado de sus actividades. La institución contratada deberá presentarse a la reunión de arranque del proyecto, así como coordinar actividades con la institución que elaborará el diagnóstico en una etapa anterior a la estrategia, por lo que deberá participar en reuniones tanto durante la elaboración del diagnóstico como de la estrategia. E. DURACIÓN DE LA CONSULTORÍA. La duración total estimada de la consultoría es de 60 días naturales, a partir de la firma del contrato. F. REQUISITOS Y PERFIL DE LOS PARTICPANTES. a) La institución participante deberá poseer amplia experiencia internacional. b) Deberá demostrar experiencia previa en trabajos similares, preferentemente relacionados con inversiones de la industria petrolera o, en su defecto, relacionados con otras inversiones significativas que llegan a áreas de menor desarrollo socio económico, verificable en currículum vitae. c) Deberá poseer experiencia y conocimientos técnicos, y metodológicos en el diseño participativo de proyectos de desarrollo económico, especialmente en la mejora de sectores productivo, con especial énfasis en que existan las condiciones que faciliten su posterior implementación, d) Experiencia en incorporar al diseño de estrategias de desarrollo socioeconómico enfoques que integren consideraciones de etnia y de género. e) No será necesario que los consultores visiten las instalaciones de Pemex, en caso de que lo hagan, será bajo su propia responsabilidad y estarán sujetos a las Obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de PEMEX Exploración y Producción (Anexo S). G. INSTRUCCIONES A LOS PARTICIPANTES. Coordinación con la Etapa de Diagnóstico: a) En el esquema de trabajo a seguir, la(s) institución(es) responsable(s) de la estrategia trabajará(n) en total 60 días naturales, de los cuales los primeros 30 días naturales los dedicará(n) a la elaboración de la Estrategia de Desarrollo Sustentable para el PATG en coordinación con la institución responsable de 16/39
  • 17.   elaborar el diagnóstico y los 30 días naturales restantes los dedicará(n) a finalizar dicha estrategia, como se muestra en la siguiente gráfica:. Etapa de Elaboración del Diagnóstico 60 días 30 días 30 días 30 días Etapa de Elaboración de la Estrategia Esquema de pagos a. Primer pago del 10% a la aprobación del plan de trabajo que será entregado en los primeros tres días hábiles a partir de la firma del contrato. b. Segundo pago del 40% a la aprobación de la estrategia preliminar que será entregada en treinta días hábiles a partir de la firma del contrato. c. Tercer pago del 50% a la aprobación del documento final que será entregado en sesenta días hábiles a partir de la firma del contrato. Condiciones para la entrega de informes, aprobación y pago Los informes deberán ser entregados por la institución para revisión, observaciones y aprobación del PNUD previo al pago correspondiente, de la siguiente manera: • En la fecha señalada en el plan de trabajo, la institución deberá entregar al PNUD para su revisión, un ejemplar impreso y archivos electrónicos con todos los anexos necesarios reportando los avances y resultados obtenidos. • Cinco días hábiles posteriores a la recepción del informe para revisión, PNUD emitirá una “respuesta de revisión” a la institución, señalando la aprobación o las observaciones y modificaciones recomendadas para la aprobación del informe. • Finalmente, la institución entregará el informe con las observaciones subsanadas para su aprobación definitiva en un plazo no mayor a cinco días. • El pago por entregable a partir de su recepción y aprobación, se hará en un plazo no mayor a 30 días naturales. 17/39
  • 18. Anexo IV Formato de Presentación de Propuesta Económica Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) México. Atención Sr. Representante Residente [insertar nombre de la persona o institución], debidamente representada por [insertar nombre del representante], quien(es) suscribe(n) declaro / declaramos que: a) He / hemos examinado y no tengo / tenemos reservas a los requisitos solicitados, incluyendo las adendas o modificaciones No. [indicar el número y fecha de emisión de cada adenda si las hubiera]. b) Me / nos comprometo / comprometemos a brindar el siguiente servicio, consistente en: [indicar el nombre de la actividad a realizar]. c) El precio total de mi / nuestra propuesta es: [indicar el monto en números y letras y especificar la moneda]. d) Mi / nuestra propuesta se mantendrá vigente por los días que se indican a continuación, contados a partir de la fecha límite fijada para la presentación de propuestas: 90 días calendario. e) Esta propuesta me / nos obliga y podrá ser aceptada en cualquier momento hasta antes del término de dicho período. f) Manifiesto / manifestamos no haber sido declarado / declarados inelegible / inelegibles por el PNUD para presentar propuestas. g) Entiendo / entendemos que esta propuesta constituirá una obligación contractual, hasta la preparación y ejecución del Contrato formal. h) Entiendo / entendemos que el PNUD no está obligado a aceptar mi / nuestra propuesta evaluada como la más baja ni ninguna otra de las propuestas que reciba. Nombre: [indicar nombre completo de la organización o persona que firma la propuesta] En calidad de: Representante legal o autorizado para firmar la propuesta Firma: [firma de la persona cuyo cargo y nombre aparecen arriba indicados] El día [indicar día] del mes [indicar el mes] de [indicar el año]. [indicar fecha de firma de la propuesta] 18/39
  • 19. Anexo V Lista de Precios El participante deberá preparar su propuesta económica, tomando como base el presente formato, el cual deberá ser presentado en un sobre cerrado y separado del resto de la propuesta, según se indica en la Sección D, punto 14 del Anexo I: Instrucciones a los Oferentes. Favor de anexar hojas de cálculo con el desglose de los conceptos al mayor detalle posible. Deberán incluirse los impuestos correspondientes. Los costos incluidos dentro de la categoría reembolsables, si los hubiera, deben ser listados separadamente. El formato adjunto deberá ser utilizado para la preparación de la propuesta de precios. El formato incluye categorías que pueden o no ser requeridas o aplicables, pero útiles como ejemplo. Ejemplo de presentación de Lista de Precios SDP-16-2007 Validez de Oferta: 90 días a partir de la fecha de cierre de convocatoria. Precio Unidad de Descripción o Descripción de la Actividad / Item Cantidad unitario medida justificación Sueldos y Salarios persona 1 1 Sueldos y Salarios persona 2 Día / mes Sueldos y Salarios persona ....n 2 Viáticos y pasajes Viaje / día Lote / 3 Papelería, material de oficina. pieza 4 Gastos Indirectos 5 Otros Total incluyendo impuestos Nombre: [indicar nombre completo de la persona que firma la oferta] Firma: [firma del participante] El día [indicar día] del mes [indicar el mes] de [indicar el año]. [indicar fecha de firma de la propuesta] 19/39
  • 20. Anexo S OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN 0. OBJETIVO Y ALCANCE El presente Anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental que deben cumplir los proveedores o contratistas y su personal, con el fin de evitar incidentes y accidentes en las instalaciones petroleras de PEP. Los “requerimientos generales” y los “requerimientos específicos” de este Anexo S, que se listan en el formato 4 del mismo, son de cumplimiento obligatorio para el contrato. I. DEFINICIONES Para los efectos del presente anexo se considerarán las definiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Federal del Mar, la Ley de Navegación, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y sus Reglamentos, en el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; así como las siguientes: I.1. Accidente industrial. Evento o combinación de eventos inesperados, no deseados, que alteran el funcionamiento normal de las instalaciones, del proceso o de la industria, acompañado o no de daño al ambiente, a las instalaciones o a las personas en su integridad física. I.2. Accidente de trabajo. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo cualquiera que sea el lugar y tiempo que se presente, quedando incluidos los que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio a su trabajo y de este a su hogar. I.3. Accidente de trabajo con pérdida de tiempo. Es el que origina uno o más días de incapacidad del trabajador o la muerte. I.4. Agente. Elemento con características físicas, químicas, biológicas o psicosocial, cuya presencia en el medio interactúa con el organismo humano, causando efecto molecular, bioquímico, celular, en tejidos u órganos. I.5. Área de riesgo Los lugares donde se puedan suscitar los eventos que de forma enunciativa pero no limitativa, se mencionan a continuación: a) Se procesen, manejen o existan de modo continuo o periódico gases o líquidos inflamables o tóxicos. b) Existan combustibles líquidos o sólidos capaces de generar un incendio o explosión. c) Se cuente con instalaciones o equipos que operen a altas presiones o temperaturas. d) Se realicen actividades en las cuales se manejen materiales incluidos en el primero y segundo listados de actividades altamente riesgosas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992, respectivamente. e) Se manejen residuos peligrosos. f) Se operen instalaciones o equipo que se encuentre a más de 2 metros de altura de una plataforma o excavaciones a más de 1.20 metros de profundidad ó 0.30 metros en zonas donde exista la posibilidad de encontrar o afectar servicios subterráneos, túneles y pozos en general. g) Se operen instalaciones o equipo de energía eléctrica de alta tensión. h) Se cuenten con instalaciones o equipo que genere ruido, vibración, radiación ionizante o radiación térmica por arriba de los límites permisibles establecidos por la normatividad en la materia. i) Se realicen actividades de disparos en pozos petroleros. j) Donde se almacenan explosivos, solventes, combustibles y productos químicos. k) Espacios confinados. 20/39
  • 21. I.6. A.S.N.T (American Society for Non Destructive Testing) Sociedad Americana de Pruebas No Destructivas I.7. Atlas de riesgo. Documento en el que se registran los agentes, condiciones o circunstancias capaces de generar deterioro a la salud por la exposición de los trabajadores. I.8. CFR (Code of Federal Regulations) Código de Regulaciones Federales de los Estados Unidos de Norteamérica. 1.9 CNA. Comisión Nacional del Agua. I.10. Condiciones de trabajo. Conjunto de variables que influyen en la realización de una tarea y el entorno en que esta se realiza. I.11. CONOCER. Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral. I.12. Edificio administrativo. Es cualquier construcción con jurisdicción de PEP (propiedad o rentada), cuyo uso está destinado a la función administrativa. Se incluyen en esta definición las edificaciones que alojan oficinas, hospitales, clínicas, consultorios, archivos, bibliotecas, hemerotecas, auditorios, almacenes de materiales, bodegas, estacionamientos, escuelas, centros de integración familiar, centros de desarrollo infantil y cualquier otra de uso similar. I.13. Equipo de protección personal. Es el conjunto de aparatos y accesorios fabricados especialmente para ser usados en diversas partes del cuerpo, con el fin de impedir lesiones y enfermedades causadas por agentes a que están expuestos los trabajadores. I.14. Equipo productor de flama o chispa. Es aquél capaz de producir chispas o flamas o que emite energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables/combustibles. I.15. Exposición. Es el conjunto de medidas que determinan la cantidad, la vía, la frecuencia, y el tiempo en el que un agente penetra al cuerpo del trabajador. I.16. Higiene industrial. Es el conjunto de actividades que tienen por objeto el reconocimiento, la evaluación, y el control de aquellos agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral, por cuya acción continuada, se pueden generar enfermedades de trabajo. I.17. Instalaciones Petroleras: Son aquellos edificios, estructuras, barcos y en general toda infraestructura propia, arrendada o que le presten servicios a Pemex Exploración y Producción, en los que se desarrollen alguna o algunas de las actividades de la industria petrolera que se mencionan en el artículo 3° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Así como las áreas y terrenos propios o en los cuales éste tenga derechos de ocupación, en las que se desarrollen las actividades mencionadas de la industria petrolera o las relacionadas a las mismas, como pueden ser construcción; mantenimiento; almacenamiento y manejo de materiales y residuos; entre otros. I.18. Instalación Petrolera Marina: Es aquella instalación petrolera localizada en zonas marinas mexicanas. I.19. Instalación Petrolera Terrestre: Aquella instalación petrolera localizada en el territorio nacional, en un sitio diferente a las zonas marinas mexicanas. I.20. Manual de sistema de “permiso para trabajo”. Documento que describe en detalle el Sistema de Permisos para Trabajos que por el riesgo que representan lo requieren, está dirigidos principalmente a los signatarios de los permisos y define cuando es necesario utilizar un Permiso para Trabajo, el proceso de aprobación y el control a seguir para la realización del trabajo motivo del permiso. 1.21 MARPOL. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques. I.22. Material peligroso. Elementos, sustancias, compuestos o mezclas de ellos que independientemente de su estado físico representen un riesgo para el ambiente o la salud. I.23. Matachispas. Dispositivo de seguridad para impedir la emisión de chispas. I.24. Normas internacionales. La norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional. I.25. Norma de referencia (NRF). La norma emitida por el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, conforme al artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Debe aplicarse en su última versión vigente a la fecha en la que se realicen los trabajos o actividades. I.26. Pemex. Petróleos Mexicanos. 21/39
  • 22. I.27. PEP. Pemex-Exploración y Producción I.28. Permiso de trabajo. Documento oficial utilizado para controlar el trabajo que ha sido identificado como un riesgo potencial, mismo que debe cumplir con lo que establezca el manual de sistema de “permiso para trabajo”. I.29. Plan de Respuesta a Emergencias. Conjunto de instrucciones y acciones predeterminadas para la instalación o centro de trabajo, de ejecución inmediata a realizarse internamente en la instalación, las cuales tienen la finalidad de inhibir o mitigar las consecuencias que podrían presentarse en el caso de una emergencia. I.30. Plato testigo. Muestra diaria de la comida que se suministrará en el comedor. I.31. Residuo. Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya característica no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó. I.32. Residuo peligroso. Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico que por sus características, corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente. I.33. Riesgo. Probabilidad de que ocurra un daño al personal, al ambiente, a las instalaciones o al proceso productivo. I.34. Salud ocupacional. Es la aplicación de estrategias, técnicas y actividades multidisciplinarias para identificar, evaluar y controlar los riesgos a la salud de los trabajadores. I.35. SEMARNAT. Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. I.36. Sistema de permiso para trabajo. Mecanismo establecido por PEP, para proporcionar instrucciones escritas y autorizar al personal a realizar trabajos con riesgo potencial, a través de permisos. I.37. SS. Secretaría de Salud I.38. Trabajo con riesgo potencial. Es aquel que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos efectuados en altura o en lugares confinados y en general todo aquel que por su naturaleza o por las condiciones del área donde se ejecutan, sus alrededores o los materiales que se manejen durante su realización, motivan una probabilidad de daño al personal, a terceros, ambiente o a las instalaciones. I.39. Vertimiento. Es toda evacuación deliberada en el mar, lagunas, ríos, pantanos entre otros cuerpos de agua, por desechos u otras materias efectuadas desde buques, aeronaves y las que realicen por estos medios las plataformas y otras estructuras. II. REQUERIMIENTOS GENERALES II.1. Todo participante de un procedimiento de contratación, contratista o proveedor, debe observar lo siguiente: a) Conocer el contenido de este anexo. b) Considerar los costos que tendrá que erogar para cumplir con lo estipulado con el presente anexo, en caso de resultar con la adjudicación del contrato y durante la vigencia del mismo. c) Acatar el contenido de este anexo, así como hacerlo del conocimiento de todo su personal que desempeñará actividades en instalaciones petroleras de PEP y asegurarse que dicho personal cumpla con el mismo. d) Considerar que los planes, procedimientos, informes, evidencias documentales, personal, trabajos, actividades, permisos, autorizaciones, programas, cursos de capacitación o entrenamiento y todo lo establecido en los diferentes requerimientos del presente anexo, son específicos al alcance del contrato. e) Para poder iniciar los servicios o trabajos motivo del contrato, el proveedor o contratista debe cumplir con las obligaciones establecidas en los incisos III.1.3; III.1.16.1; III.1.16.2; III.3.5.2; III.3.7.1 y III.3.8.1 del presente anexo “S”. II.2. Cumplir con las obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental estipuladas en el presente anexo y en la normatividad vigente en esas materias, para lo cual se debe presentar un plan de acción integral o un plan por cada materia al inicio del contrato. Dicho plan de acción debe ser específico a los alcances del contrato, debe incluir la 22/39
  • 23. identificación de los impactos ambientales y los riesgos asociados a los trabajos a desarrollar, las acciones que se realizarán para mitigarlos, la normatividad aplicable en esas materias y las acciones que se realizarán para su cumplimiento. Cuando se especifique en el anexo “B1” o en otro anexo del contrato, dicho plan de acción debe ser conforme a las guías que ahí se estipulen y debe presentarse y desarrollarse en los plazos que en esos anexos se especifiquen. II.3. Cuando se tenga que entregar o solicitar información o reportes conforme al presente anexo, durante la ejecución del contrato, dirigirse al supervisor o residente, excepto en los casos en los que se indique algo diferente en el presente anexo. II.4. Comunicar por escrito o personalmente a la máxima autoridad de PEP de la instalación, al supervisor o residente del contrato, o al personal de seguridad industrial; los actos o condiciones inseguras, anomalías o irregularidades que durante su permanencia dentro de instalaciones petroleras, observe o identifique, cuando aquellas puedan poner en peligro la integridad de las personas, el ambiente o las instalaciones. II.5. Interrumpir y reprogramar sus tareas, sin que ello signifique ampliación del plazo, cuando el servidor público de mayor rango de la instalación, el supervisor o residente o el personal de seguridad industrial de PEP lo soliciten por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente anexo “S” o por motivos de seguridad o protección ambiental, sin responsabilidad o cargo para PEP y en el entendido de que sólo se permitirá que se realicen o reinicien dichas tareas hasta que se cumplan las obligaciones que motivan la interrupción de las mismas, o se restauren las condiciones de seguridad o protección ambiental. II.6. Reparar los daños o afectaciones que ocasionen dentro y fuera de las instalaciones petroleras, cumpliendo con la normatividad vigente o las indicaciones de la autoridad competente, sin cargo para PEP. II.7. No fumar en las instalaciones petroleras, excepto en las áreas autorizadas y delimitadas para ese fin. II.8. Acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que emita PEP en materia de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, sin perjuicio de las demás disposiciones legales que está obligado a cumplir. II.9. Aplicar sus procedimientos para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, sometiéndolos previamente a la validación de PEP y a la autorización del representante legal de la compañía. II.10. Capacitación II.10.1. Contar con personal capacitado y adiestrado, en materia de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, acorde con la naturaleza de los trabajos que realice por motivo del contrato, y presentar evidencias de dicha capacitación antes de realizar dichos trabajos. II.10.2. Orientar a su personal que por primera vez ingresa a una instalación petrolera o aborda un barco o un helicóptero; en lo concerniente a equipo de seguridad, protección ambiental, seguridad física, conducta y registro en la instalación o medio de transporte, productos que no pueden ingresarse a la instalación y en general, sobre todos los requerimientos del presente anexo “S” que deba conocer dicho personal para cumplir con el mismo. II.10.3. Dar las facilidades a su personal que labora dentro de las instalaciones petroleras, para que sean instruidos por PEP, cuando éste lo requiera, en lo relativo al presente anexo, pláticas para el personal que ingresa por primera vez a las instalaciones petroleras o a cualquier otro tema en materia de trabajos con riesgo, seguridad, salud ocupacional y protección ambiental. II.10.4. Contar con los planes y programas de capacitación previamente presentados a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o aprobados por la misma, para capacitar a sus trabajadores sobre los riesgos de trabajo inherentes a sus labores motivo del contrato y las medidas preventivas para evitarlos. Asimismo contar con los planes y programas de capacitación correspondientes en materia de protección ambiental, durante el desarrollo del contrato. II.10.5. Instruir a sus trabajadores en lo relativo al manejo de los residuos que genere por el desempeño de sus labores motivo del contrato. 23/39
  • 24. II.11. SEGURIDAD INDUSTRIAL II.11.1. Equipo de protección personal II.11.1.1. Portar y utilizar correctamente el equipo de protección personal que se establece en el presente anexo o en los otros anexos del contrato, al trabajar o permanecer en las instalaciones petroleras. II.11.1.2. Utilizar equipo de protección personal en buen estado, con uniforme y casco con el logotipo de su compañía y sin el logotipo de Pemex u Organismos Subsidiarios, el cual debe ser específico para las actividades a desempeñar y debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente. II.11.2. Registro y notificación de accidentes II.11.2.1. Informar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia al Área de SIPA, dentro de los primeros cinco días de cada mes, su estadística de accidentes de trabajo por motivo del contrato, por medio del formato 1 del presente anexo. II.11.2.2. Proporcionar al inicio del contrato, el nombre del responsable de reportar las estadísticas de accidentabilidad mencionadas en el punto anterior, utilizando el formato 2 del presente anexo. II.11.2.3. Notificar los accidentes, dirigiéndose a la máxima autoridad o personal de Seguridad Industrial de la instalación de PEP o centro de trabajo donde ocurra dicho accidente y al supervisor o residente. Esto debe realizarse inmediatamente por teléfono o radio y por escrito dentro de las 24 horas siguientes, llenando el formato 3 del presente anexo “reporte de accidentes industriales o de trabajo, de proveedores o contratistas”. Los accidentes que deben reportarse son: los ocurridos sin pérdida de tiempo, accidentes con pérdida de tiempo, de tránsito, industriales y ecológicos. II.11.3. Investigación de accidentes II.11.3.1. Otorgar las facilidades necesarias a efecto de que se realicen las investigaciones de accidentes que PEP considere convenientes o necesarias. II.11.3.2. Participar en la investigación y análisis de los accidentes relacionados con los trabajos objeto del contrato, cuando se le solicite. II.11.3.3. Realizar los pagos por concepto de las pruebas y análisis de los materiales y equipos utilizados por el proveedor o contratista involucrado o relacionado con un accidente, cuyas causas le sean imputables, sin cargo para PEP. II.11.4. Señalización II.11.4.1. Obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas, así como atender las informativas que se tengan en las instalaciones petroleras. II.11.5. Orden y Limpieza II.11.5.1. Mantener en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo. II.11.5.2. A la entrega-recepción de la obra o servicio, el lugar donde se ejecutaron los trabajos debe estar en condiciones limpias, libre de materiales, residuos, equipo sobrante y sin afectaciones al terreno, estructuras o instalaciones. II.11.6. Respuesta a emergencias II.11.6.1. Participar en la práctica de simulacros que PEP establezca para las instalaciones donde realice sus actividades. II.11.6.2. Solicitar a la máxima autoridad de la instalación petrolera o al supervisor o residente, que se le indiquen las rutas de escape, puntos de reunión y salidas de emergencia de dicha instalación, al ingresar por primera vez a la misma. II.11.6.3. Colaborar en la atención de emergencias que se tengan que llevar a cabo en la instalación donde desempeñen sus actividades, cuando se le solicite y bajo la coordinación de personal de PEP. II.12. SALUD OCUPACIONAL II.12.1. Controlar la salud ocupacional de sus trabajadores, prevenir y controlar las enfermedades y adicciones, cumpliendo con el Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, la Ley General de Salud y las normas oficiales en la materia. II.12.2 Cumplir con las jornadas de trabajo del personal en instalaciones petroleras, que se establezca en los otros anexos del contrato. 24/39
  • 25. II.12.3. Prevenir y controlar la emisión de agentes, que puedan afectar la salud del ser humano, para lo cual deben implementarse las medidas de mitigación que se requieran. II.12.4. En lo referente a su personal, acatar y cumplir los requerimientos de salud ocupacional exigidos por la Secretaría de Salud y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, que establecen las regulaciones en la materia, así como los estipulados en el contrato y, cuando así se le solicite, proporcionar a PEP la evidencia documental de dicho cumplimiento. II.12.5. Contar y aplicar programas de vigilancia médica para el personal que labora en instalaciones petroleras, principalmente cuando se realicen las actividades que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: trabajos relacionados con soldadura y corte, radiaciones ionizantes, ruido y vibraciones o cuando el trabajador esté expuesto a condiciones térmicas extremas, sobreesfuerzo muscular, presiones ambientales anormales o sustancias químicas contaminantes. Asimismo, aplicar programas de control de drogas y alcohol a todo su personal. II.12.6. Contar con un manual y botiquín de primeros auxilios que incluya los medicamentos de curación, antídotos y materiales específicos para los riesgos potenciales del área o trabajos motivo del contrato. Adicionalmente, cuando su personal que labora en uno o varios frentes de trabajo dentro de instalaciones petroleras sea entre 15 y 49 trabajadores, contar además con una brigada de primeros auxilios integrada con dichos trabajadores debidamente entrenados. Cuando dicho personal sea entre 50 y 99 trabajadores, contar adicionalmente a lo anterior con al menos un paramédico en dichas instalaciones. Cuando el número de trabajadores sea 100 ó más, se debe contar también con un médico cuando menos, en esas instalaciones. II.13. PROTECCIÓN AMBIENTAL II.13.1. Autorizaciones y Permisos II.13.1.1. Proporcionar las evidencias documentales de las autorizaciones y permisos, la información y documentación de soporte; que las leyes, reglamentos, normas y los anexos del contrato exijan para la realización de las actividades motivo del mismo, así como las del cumplimiento de los requisitos que las autoridades o dicha normatividad establezcan para obtener las autorizaciones y permisos mencionados. II.13.1.2. Respetar las indicaciones de PEP sobre el uso de suelo de las áreas, predios o instalaciones petroleras. II.13.2. Agua II.13.2.1. No realizar vertimientos al mar, ríos, lagunas, pantanos u otros cuerpos de agua, de materiales tales como los que se señalan a continuación: plásticos, textiles, material sintético, vidrio, metales, losa, equipaje, materiales de recubrimiento, así como todos aquellos materiales que prohíbe la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en el Anexo I de su Reglamento para Prevenir y Controlar la contaminación del Mar por vertimiento de deshechos y otras materias. II.13.3. Atmósfera II.13.3.1. No utilizar o suministrar equipos que contengan Clorofluorocarbonos (CFCs) u otras sustancias que dañen la capa de ozono. En el caso de las embarcaciones, no usar sistemas contraincendio a base de Clorofluorocarbonos (CFCs), de acuerdo al Protocolo de Montreal y al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Asimismo, cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera. II.13.4. Residuos II.13.4.1. No mezclar basura, chatarra, residuos peligrosos o cualquier otro residuo indicado en los anexos del contrato. II.13.4.2. Al terminar cualquier etapa de un trabajo del contrato, retirar de la zona del trabajo todos sus equipos, estructuras provisionales y materiales excedentes que no vaya a utilizar posteriormente en el mismo sitio. II.13.5. Suelo II.13.5.1. Informar por escrito en los formatos vigentes que emite la autoridad ambiental, al Área de SIPA a través del supervisor o residente, cualquier derrame de materiales o residuos peligrosos que realice durante el desempeño de sus trabajos en instalaciones petroleras o en 25/39
  • 26. el trayecto a estas. Asimismo, acatar y cumplir con su responsabilidad de restaurar las áreas contaminadas, a través de las compañías autorizadas y conforme a la normatividad ambiental vigente, sin costo para PEP. II.13.5.2. Mantener en buen estado su maquinaria y equipo, así como evitar fugas de lubricantes o combustibles que puedan afectar el suelo o subsuelo, instalando los dispositivos que para este fin se requieran. II.13.5.3. No remover grava o material de arrastre del lecho de los ríos, arroyos, playas, lagos, lagunas o cualquier otro cuerpo de agua, excepto en las zonas específicamente aprobadas como bancos de materiales por las autoridades gubernamentales. II.13.6. Prevención de impactos ambientales II.13.6.1. No cazar, pescar, transportar, comercializar, o poseer ejemplares de fauna silvestre (terrestre o marina) en instalaciones petroleras, su vecindad o en áreas donde se realicen actividades por motivo del contrato. II.13.6.2. Al encontrar monumentos, restos y vestigios arqueológicos, históricos y culturales durante sus actividades, evitar la destrucción de los mismos, interrumpir temporalmente los trabajos por este motivo e informar de inmediato a las autoridades de PEP, así como evitar difundir públicamente dichos hallazgos. II.13.7. Auditorías II.13.7.1. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, durante la realización de auditorías ambientales o de seguridad en las instalaciones petroleras donde desempeñe sus actividades. II.13.7.2. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, cuando éste ejerza su derecho de verificar el cumplimiento de los requerimientos de este anexo “S”, en campo o documentalmente. II.14. SEGURIDAD FÍSICA II.14.1. Registro e Identificación II.14.1.1. Antes de iniciar los trabajos, registrar a su personal con el supervisor o residente, quien gestionará el acceso de dicho personal con el área de seguridad física y con el responsable de las instalaciones petroleras donde desarrollarán sus actividades. II.14.1.2. Todos los trabajadores del Proveedor o Contratista, deben llevar consigo una credencial de identificación que los acredite como personal de su compañía, durante el desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanencia en las instalaciones petroleras y presentarla cuando se le solicite. II.14.2. Acceso a instalaciones petroleras II.14.2.1. A través de sus representantes, el proveedor o contratista debe solicitar la autorización para dar inicio de sus trabajos dentro de las instalaciones petroleras. II.14.2.2. Respetar cercas, bardas y puertas de acceso de las instalaciones petroleras y sólo ingresar o salir de las instalaciones petroleras a través de las entradas o salidas que se le indiquen. II.14.2.3. No ingresar a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personal que se establece en el presente anexo u otros anexos del contrato. II.14.2.4. No ingresar a las instalaciones petroleras o áreas de trabajo con aliento alcohólico, bajo el efecto de drogas o cualquier enervante. II.14.2.5. No ingresar ni usar armas de fuego o sustancias ilícitas en las instalaciones petroleras. Las armas blancas o punzo cortantes sólo pueden ingresarse a las instalaciones, cuando esté plenamente justificado su utilización en los trabajos motivo del contrato. II.14.2.6. Cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalaciones petroleras, notificarlo al personal de vigilancia, supervisor o al responsable de la instalación, presentando la prescripción médica correspondiente y acatar las instrucciones que dicho personal le indique. II.14.2.7. Al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras, usar el cinturón de seguridad correspondiente. II.14.2.8. Estacionar sus vehículos en posición de salida, en áreas autorizadas, evitando obstaculizar las salidas normales y de emergencia, hidrantes, gabinetes con manguera contraincendio, equipo contraincendio y zonas o pasillos de circulación de personal. 26/39
  • 27. II.14.2.9. Al conducir vehículos dentro de las instalaciones petroleras, circular a velocidades menores de 20 km/h o menores a las velocidades máximas indicadas en los señalamientos que se tengan en las diferentes áreas. II.14.2.10. Al transportar personal en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras, utilizar vehículos adecuados para ese fin, asegurándose que dicho personal viaje sentado en asientos destinados para ese efecto y que cuente con medios para asirse. II.14.2.11. Previo a la utilización de maquinaria o equipos que por sus dimensiones, pesos, o substancias que contenga representen un riesgo para los trabajadores, el ambiente o las instalaciones, solicitar a PEP el permiso para operar dentro de instalaciones petroleras. II.14.3. Permisos para el uso de teléfonos celulares, radios de comunicación y equipos de fotografía o video II.14.3.1. No usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras, ni ningún equipo eléctrico o electrónico que no sea Intrínsecamente Seguro, en caso de requerirse deberá tramitar y obtener un Permiso para Trabajo y seguir las instrucciones que el permiso y su documentación anexa señale. II.14.3.2. Previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras o cualquier equipo que emita frecuencias que alteren los sistemas de seguridad de los procesos, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto. II.14.3.3 Previo al uso de equipos de fotografía o video, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto. III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL III.1.1. Entregar las hojas de seguridad e instrucciones de uso o aplicación de los productos o sustancias químicas que se suministren a PEP. Asimismo, indicar la composición química, fecha de caducidad de dichos productos o sustancias y los métodos para ser conservadas, segregadas, manejadas o protegidas para mantener sus propiedades. III.1.2. Adjuntar con la información de la composición química y hoja de seguridad de las sustancias químicas que contengan los equipos que se suministren a PEP. III.1.3. Conforme a lo que se establece en los otros anexos del contrato, designar al personal especialista responsable de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental que representen a la compañía y que tengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas materias durante la vigencia del contrato y, por cada 50 (cincuenta) trabajadores que tenga trabajando en las instalaciones petroleras de PEP, en uno o más frentes de trabajo, designar por escrito a cuando menos un supervisor especialista en Seguridad y Salud Ocupacional y otro en Protección Ambiental. En estos casos, notificar previo al inicio de sus funciones, para su evaluación y validación por PEP, los cargos y posición de dichos supervisores en el organigrama de su personal que participará en los trabajos o servicios motivo del contrato sus responsabilidades, experiencia en esas materias y entregar las evidencias documentales de dicha experiencia. III.1.4. Cumplir con los requisitos de seguridad para actividades de buceo comercial que establecen la NOM-014-STPS-2000 “Exposición laboral a presiones ambientales anormales - condiciones de seguridad e higiene” y las regulaciones extranjeras OSHA 1915.6 “Operaciones de buceo comercial” y Code of Federal Regulations (CFR) 29 Sección T, o equivalentes; cuando se realicen trabajos submarinos por motivo del contrato. III.1.5. Dotar a las plataformas marinas que le arrienden a PEP, con un sistema de detección y alarma de gases contaminantes que puedan estar presentes en ellas, durante la vigencia del contrato, asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”, lo cual debe incluirse sin cargo para PEP. III.1.6. Dotar con un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a los equipos de perforación que le arrienden u operen a PEP en instalaciones petroleras terrestres donde se manejen hidrocarburos que contengan ese gas, asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR”. 27/39
  • 28. III.1.7. Cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vapores tóxicos o inflamables (mezclas explosivas) en instalaciones petroleras, o donde exista posibilidad de encontrarlos por la clasificación del área donde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar una fuente de ignición, contar con detectores portátiles de esos gases para cada frente de trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichas actividades. Su utilización debe realizarse por probadores de gas autorizados, quiénes invariablemente deben haber acreditado el curso correspondiente, pudiendo ser estos técnicos o profesionistas integrantes de los frentes de trabajo de campo, es decir que no se requiere personal adicional por este concepto. En todos los casos, independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realice el Proveedor o Contratista, “PEP” podrá verificar que estas se ejecuten correctamente y podrá suspender, sin responsabilidad para “PEP”, los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativas así lo exijan. III.1.8. Tener vigente la libreta de mar para todo su personal que labore en embarcaciones o la tarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petroleras marinas, las cuales deben ser avaladas por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, o por un país diferente a México que sea miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI). III.1.9. Entregar evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal técnico que realice pruebas radiográficas, revelado o interpretación de radiografías dentro de instalaciones petroleras de PEP. Dichas evidencias deben entregarse en copias simples antes de iniciar los trabajos correspondientes. Asimismo, entregar copias del registro ante la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, de los materiales radiactivos, equipos empleados y del personal responsable del manejo de los equipos. El personal responsable de las pruebas radiográficas, debe asegurarse que se cumpla con la norma NOM-025/02-NUCL-1996 “Requisitos para equipo de radiografía industrial”. III.1.10. De acuerdo con las actividades a realizar en las instalaciones petroleras de PEP por motivo del contrato, contar con las constancias de habilidades laborales que para tal efecto requiere la STPS, las cuales de manera enunciativa y no limitativa se mencionan a continuación: a. Manejo de montacargas y calderas, para los operadores de esos equipos. b. Manejo y almacenamiento de materiales peligrosos, para los responsables de esos trabajos. c. Mantenimiento, cuidado y almacenamiento de las herramientas de trabajo, para los responsables de esos trabajos. d. Uso, conservación, mantenimiento, almacenamiento y reposición del equipo de protección personal, para los responsables de esos trabajos. e. Ejecución o supervisión de los programas de seguridad e higiene, para quienes realicen esas actividades. f. Servicios de medicina del trabajo y los servicios preventivos de seguridad e higiene, para los responsables de esos servicios, g. Mantenimiento u operación de las instalaciones eléctricas, para quienes realicen esas actividades. h. Capacitación y adiestramiento en combate de incendios para quienes tengan esas funciones. Para el caso de trabajos especializados que no estén avalados por la STPS, tales como soldadura, servicios contraincendio, maniobras con grúas, entre otros, contar con las evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal técnico conforme a CONOCER u otro organismo equivalente. III.1.11. Cuando se necesiten andamios para trabajos en alturas, cumplir con la NOM-009- STPS-1999 “Equipo suspendido de acceso. Instalación, operación y mantenimiento. Condiciones de seguridad” y con los procedimientos que PEP establezca. Dichos andamios deben ser prefabricados, de estructura metálica, con la resistencia y estabilidad para soportar las cargas a las que estarán sujetos y de un color contrastante al de la instalación donde se utilice. 28/39
  • 29. III.1.12. Equipo mínimo de protección personal III.1.12.1. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras marinas, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo mínimo de protección personal siguiente: III.1.12.1.1. Overol de trabajo de algodón, de color contrastante con el mar diferente a los indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista. III.1.12.1.2. Casco de seguridad en color naranja, de acuerdo a la norma de referencia de Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación, especificaciones y métodos de prueba”. III.1.12.1.3. Media bota costafuera, con suela antiderrapante; con casquillo de protección, sin agujetas y que cumpla con las especificaciones técnicas de la NRF-008-PEMEX-2001 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”. III.1.12.1.4. Calzado tipo borceguí costafuera dieléctrico, sin agujetas, que cumpla con las especificaciones técnicas de la mencionada norma de referencia NRF-008-PEMEX-2001, cuando se realicen trabajos de electricidad. III.1.12.1.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones técnicas de la NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma. Para otros tipos de riesgo, los lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente. III.1.12.1.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente. III.1.12.1.7. Durante la prestación de servicios de alimentación y hospedaje, usar ropa de algodón, color blanco, con logotipo de la compañía, gorro y calzado de piel con suela antiderrapante, que cumpla con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos”. Cuando este personal ingrese a zonas industriales, debe utilizar el equipo de protección personal indicado en los otros incisos de este anexo. III.1.12.2. Durante la realización de trabajos en embarcaciones, usar el equipo mínimo de protección personal para actividades en instalaciones petroleras marinas que se establece en el inciso III.1.12.1, del presente anexo, así como el equipo propio a las actividades o área de la embarcación en la que se realicen. III.1.12.3. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras terrestres, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo mínimo de protección personal siguiente: III.1.12.3.1. Overol de algodón o camisa de manga larga y pantalón tipo recto de algodón, de colores diferentes a los indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista. III.1.12.3.2. Casco de seguridad en color naranja, de acuerdo a la norma de referencia de Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación, especificaciones y métodos de prueba”. III.1.12.3.3. Calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle, con suela antiderrapante y casquillo de protección, que cumpla con las especificaciones de la NRF-008- PEMEX-2001 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”. 29/39
  • 30. III.1.12.3.4. Calzado tipo borceguí dieléctrico, que cumpla con la mencionada norma de referencia NRF-008-PEMEX-2001, cuando se realicen trabajos de electricidad. III.1.12.3.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones de la NRF- 007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma. Para otros tipos de riesgo, los lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente. III.1.12.3.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente. III.1.12.4. Para los trabajadores que laboren en instalaciones petroleras marinas de PEP, o en embarcaciones que le presten servicios a éste; se debe tener el equipo de protección personal, contraincendio y salvamento de acuerdo a lo requerido en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Los equipos como chalecos y botes o balsas inflables, deben ubicarse en los sitios que para tal fin le asigne PEP. III.1.13. Trabajos con riesgo III.1.13.1. Antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalaciones petroleras, tramitar a través del residente o supervisor de PEP, el permiso de trabajo correspondiente en los formatos del Sistema de Permiso para Trabajo vigente. III.1.13.2. Al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el punto anterior, indicar el equipo de protección personal que se usará adicionalmente al “equipo mínimo de protección personal” establecido en el inciso III.1.12 del presente anexo, indicando recomendaciones al respecto. Dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar, y pueden ser los que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: ropa retardante a la flama, guantes de uso específico (para soldador, químicos, dieléctricos, antiderrapantes), orejeras o tapones auditivos, equipo de protección para soldadores (peto, mangas, gorro, polainas, careta), equipo de protección respiratoria (mascarilla contra polvos, vapores orgánicos o ácidos, para humos de soldadura, equipo de respiración autónoma o sistema de aire tipo cascada), cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídas con doble cable (1.80 mts.) de vida, aditamento de desaceleración y cinturón, faja para soporte lumbar, bandolas y líneas de sujeción. III.1.13.3. Antes de ejecutar o supervisar trabajos con riesgo potencial, contar con los conocimientos específicos y el aval de PEP como signatarios que requiere el Sistema de Permisos para Trabajo vigente en el mismo. III.1.13.4. Al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalaciones petroleras de PEP, cumplir con los requerimientos indicados en el manual del Sistema de Permiso Para Trabajo, vigente en PEP, el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firma del contrato. III.1.13.5. Acatar la responsabilidad y consecuencias de cualquier accidente que ocasione por no seguir las indicaciones contenidas en el permiso de trabajo con riesgo potencial correspondiente, o por no contar con éste. III.1.13.6. Proporcionar el servicio de contraincendio a través de una brigada capacitada que cuente con el equipo adecuado para ese fin, la cual debe estar integrada con los mismos trabajadores que realizan las actividades o trabajos motivo del contrato. III.1.14. Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipo de trabajo III.1.14.1. Dotar de matachispas que operen correctamente a sus vehículos que ingresen a áreas de riesgo de una instalación petrolera, durante trabajos con riesgo potencial en presencia de gases, vapores o líquidos inflamables. III.1.14.2. Dotar de matachispas a los equipos de combustión interna que se utilicen en áreas de riesgo, así como con interruptores de paro de emergencia, conforme a la NOM-004-STPS- 1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo”. III.1.14.3. En áreas de riesgo utilizar únicamente equipos, accesorios y conexiones eléctricas a prueba de explosiones, conforme a la NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas 30/39
  • 31. (utilización)”. Asimismo, dotar de tierra física a esos equipos conforme a la NOM-022-STPS- 1999 “Electricidad estática en los centros de trabajo – Condiciones de seguridad e higiene”. III.1.14.4. Cuando en las instalaciones petroleras se utilicen equipos productores de flama, tales como equipos de corte y soldadura, multiflama, así como a los equipos que se establezcan en los anexos del contrato, asegurarse que cuenten con un regulador y válvula “check” para evitar el contra flujo o con arresta flama en condiciones de operación. Asimismo, cumplir con las especificaciones que establece la NOM-027-STPS-2000 ”Soldadura y corte- condiciones de seguridad e higiene” o la normatividad oficial aplicable vigente. III.1.14.5. Asegurarse que todos los equipos y accesorios rotatorios que se utilicen en las instalaciones petroleras, cuenten con guardas de seguridad, conforme a la NOM-004-STPS- 1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo”. III.1.15. Señalización e identificación de productos y equipos III.1.15.1. Acordonar con cintas de polietileno de color amarillo o rojo, e identificar con señalamientos las zonas donde se ejecute trabajos con riesgo potencial para el peatón o los trabajadores. III.1.15.2. Durante la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras terrestres, instalar un letrero donde se indique el nombre del proyecto que se construye, el nombre de la compañía y el titular responsable de los trabajos. Las características del señalamiento deben ser las que se especifican en los otros anexos del contrato. III.1.15.3 Identificar los productos, sustancias químicas o equipos que suministren, de manera legible y durable, en idioma español además del idioma del país de origen. Las especificaciones y durabilidad mínima requerida de la identificación, serán la que se especifica en los anexos del contrato. La identificación debe ser conforme a las NRF de Pemex, o de no existir estas, de acuerdo a las normas NOM 018-STPS-2000, NOM-005-STPS-1998, NOM-010-STPS-1999. III.1.16. Respuesta a emergencias III.1.16.1. Cuando se establezca en el anexo E-1, entregar al inicio del contrato un Plan de Respuesta a Emergencias en idioma español, acorde al de PEP, en el cual se consideren todos los escenarios de emergencia conocidos o probables y que contemple procedimientos para evacuación y respuesta ante cualquier eventualidad durante el desarrollo del contrato. Después de revisarlo por PEP, dicho plan debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista. III.1.16.2. Al elaborar los Planes de Respuesta a Emergencias conforme al inciso anterior, incluir cuando menos y conforme al nivel de riesgo que impliquen los trabajos a desarrollar, los siguientes requisitos que se listan de forma enunciativa pero no limitativa: la estructura organizacional para la respuesta, la evaluación del riesgo, recursos en riesgo, soporte logístico, requerimientos de personal para la respuesta, almacenamiento de materiales y equipos, comunicaciones, requisitos de evacuación, rescate y ataque contra incendio, así como alternativas de recuperación después de la emergencia. III.1.16.3. Proporcionar apoyo a instalaciones petroleras marinas en situación de emergencia con las embarcaciones que le prestan servicios a PEP, cuando se le solicite o se encuentre en las cercanías a dichas instalaciones. III.1.16.4. Cuando por aplicación de un plan de emergencia, PEP evacue personal del proveedor o contratista de las instalaciones petroleras marinas a tierra, éste debe hacerse responsable de la integridad de su personal desde su arribo a tierra, trasladándolos a un destino seguro. En caso de que dicho proveedor o contratista no cumpla con este requerimiento y PEP tenga que prestar algún servicio por cuenta propia o por terceros con motivo de la seguridad del personal evacuado, PEP recuperará los gastos mediante el descuento correspondiente en la facturación del periodo en que se susciten los hechos. En caso de reincidencia en el incumplimiento en este requerimiento, adicionalmente al descuento PEP podrá rescindir el contrato como se establece en el apartado IV de este anexo y en el clausulado del contrato. III.1.17. Manuales III.1.17.1. Proporcionar los manuales de operación, instalación, mantenimiento y desmantelamiento de los equipos que suministren por motivo del contrato. Dichos 31/39
  • 32. documentos deben presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al español. III. 2. Salud ocupacional III.2.1. Proporcionar el servicio de sanitarios a sus trabajadores que lleven a cabo actividades en instalaciones petroleras, que cumplan con la normatividad en la materia y conforme a lo que se establezca, en su caso, en el anexo B1 del contrato. III.2.2. Al prestar servicios a PEP que incluyan la utilización o suministro de agua para consumo humano y preparación de alimentos, cumplir con la NOM-127-SSA1-1994 “Salud Ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”. III.2.3. Ruido en el ambiente laboral III.2.3.1. Al utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido, evitar que se excedan los límites máximos permisibles especificados en la NOM-011-STPS-2001 ”Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido” e implementar las medidas de mitigación que se requieran para asegurar el cumplimiento de dicha norma. III.2.4. Atlas de riesgo III.2.4.1. Contar en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español, de las instalaciones petroleras que le arrienden u operen a PEP por motivo del contrato. Dicho atlas debe considerar como mínimo los agentes físicos (ruido, iluminación, ambiente térmico y vibraciones mecánicas, entre otros), biológicos (calidad del agua de uso y consumo humano, calidad de insumos y análisis de alimentos, entre otros) y químicos (gases tóxicos, vapores, ácidos, solventes, entre otros). Dicho atlas de riesgo debe estar disponible y actualizado para su seguimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento u operación. III.2.5. Iluminación III.2.5.1. Cuando se instalen dispositivos de iluminación para realizar los trabajos dentro de instalaciones petroleras de PEP, cumplir con las especificaciones de intensidad, características técnicas y conexiones que se establezcan en las normas de referencia de Pemex que sean aplicables o, a falta de estas, con las normas oficiales mexicanas NOM-025-STPS-1999 “Condiciones de Iluminación en los Centros de Trabajo” y NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (Utilización)”. III.2.6. Alimentación, hospedaje y control de plagas III.2.6.1. Durante el manejo de alimentos en instalaciones petroleras, cumplir con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos” y además contar con los exámenes de salud del personal que realiza dicho manejo y, cuando se le requiera, ponerse a disposiciones de personal médico de PEP para que se le realicen los exámenes médicos pertinentes. III.2.6.2. En las plataformas habitacionales que se le arrienden a PEP, cumplir con la norma NMX-TT-005:1996-IMNC “Requisitos mínimos de calidad en el servicio e instalaciones que deben cumplir hoteles, moteles, servicios de tiempo compartido y similares para obtener el certificado de calidad turística, comercial de una o dos estrellas” en lo relativo a la limpieza y cuidado de las habitaciones y servicios pactados. III.2.6.3. Cuando se le suministren alimentos a PEP, cumplir con el procedimiento del plato testigo establecido en la normatividad oficial, cumplir con la NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos”, en lo relativo a la inspección organoléptica de los insumos, las temperaturas diarias de los frigoríficos, las líneas de alimentos fríos y calientes, el control de primeras entradas y primeras salidas de materias primas, entre otros aspectos. Cumplir con la NOM-120-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas” y presentar la evidencia documental del cumplimiento como se cita en dichas normas. III.2.6.4. Previo a la utilización de productos químicos para el control de plagas y desratización, contar con la autorización de la Secretaría de Salud e implementar las medidas de seguridad establecidas en la NOM-005-STPS-1998” Relativa a las condiciones de seguridad 32/39
  • 33. e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas”. III.2.6.5. Cuando se utilicen embarcaciones para la prestación de servicios a PEP, contar con constancias de fumigación y control de plagas y desratización de dichas embarcaciones, conforme al Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios de la Ley General de Salud y cuando dichos servicios se presten en el mar, cumplir con la Ley General de Salud referente al Reglamento en materia de sanidad internacional, artículos 8 y 19. III.2.7. Servicio médico III.2.7.1. Cuando cuenten con servicio médico propio en las instalaciones petroleras, sin perjuicio de lo establecido en el requerimiento II.12.6, tener disponible en dichas instalaciones: medicamentos, material y equipo de primeros auxilios conforme lo establece el Título Cuarto Capitulo Sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. III.3. Protección ambiental III.3.1. Estudios de Impacto y Riesgo Ambiental III.3.1.1. Cuando se pacte la elaboración del estudio de impacto y riesgo en materia ambiental en los anexos del contrato, realizarlo conforme a las guías que para tal efecto emite la autoridad ambiental y las normas de referencia aplicables. Asimismo, ejecutar las acciones o medidas correspondientes que se deriven de las recomendaciones del análisis de riesgo, cuando se establezca en los otros anexos del contrato. III.3.2. Reporte de cumplimiento ambiental III.3.2.1. Cumplir con los términos y condicionantes establecidos en el oficio resolutivo de autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental emitido por la SEMARNAT, que apliquen a las etapas del proyecto o actividades pactadas en el contrato. Para esto, documentar dicho cumplimiento y generar las evidencias pertinentes, tales como: fotografías, análisis de laboratorios, planos, permisos, pagos, reportes, estadísticas, estudios, entre otros. Cuando se trate de documentos oficiales, éstos deben ser firmados por una persona reconocida o autorizada para tal fin. III.3.2.2. Elaborar el Reporte de Cumplimiento Ambiental (RCA) al oficio resolutivo, con la información recopilada según se indica en el punto anterior y entregarlo a PEP para su revisión. Asimismo, cumplir con el plazo de entrega de dicho reporte y los tiempos para entregar los avances del cumplimiento establecidos en el oficio resolutivo y la vigencia de la autorización en materia de impacto y riesgo ambiental. III.3.3. Agua III.3.3.1. Cuando accidentalmente derramen o viertan materiales o residuos peligrosos en el mar, informar en los formatos vigentes a la Secretaría de Marina y a la Delegación de la SEMARNAT que corresponda y reparar el daño sin cargo para PEP. A smimismo, enviar inmediatamente un informe detallado a PEP. III.3.3.2. Previo al desvío de un curso natural de agua o la construcción de un paso temporal de un cuerpo de agua por motivo del contrato, contar con el permiso de la dependencia oficial correspondiente. Asimismo, al concluir los trabajos restaurarlo a sus condiciones originales sin cargo para PEP. III.3.3.3. Antes de efectuar, vertimientos o descargas de aguas residuales, deshechos u otras materias al mar, lagunas, ríos, pantanos u otros cuerpos de agua, contar con la autorización expedida por la dependencias federales correspondientes, o las locales en los casos que dichas descargas sean de jurisdicción local o a sistemas de alcantarillado; cumplir con las NRF de Pemex y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezcan las autoridades. Para este fin, deben tratarse las aguas residuales cuando sea necesario para poder cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en las autorizaciones de descarga o las Condiciones Particulares de Descarga. III.3.3.4. Previo al uso o aprovechamiento de aguas nacionales, contar con el permiso correspondiente. III.3.3.5. Evitar que el cemento, limos o concreto fresco y en general los residuos sólidos que genere durante sus actividades en instalaciones petroleras, tengan como receptor final el lecho de los cuerpos de agua. 33/39
  • 34. III.3.4. Atmósfera III.3.4.1. Al operar instalaciones petroleras para PEP o al utilizar equipos que funcionen con combustibles fósiles en las instalaciones petroleras, implementar un programa de mantenimiento durante la vigencia del contrato o instalar dispositivos, a efecto de cumplir con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental. Asimismo, entregar las evidencias documentales de su cumplimiento, conforme a la normatividad mencionada. III.3.5. Residuos III.3.5.1. Acatar y cumplir con la responsabilidad de los residuos que genere durante sus actividades, cumpliendo con lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento y las otras leyes, reglamentos y normas en la materia. III.3.5.2. Al arrendar u operar equipos o instalaciones a PEP, proporcionar al inicio del contrato, el programa de manejo de sus residuos que genere en la instalación petrolera correspondiente. III.3.5.3. Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación y manejo de los residuos peligrosos o residuos de manejo especial que genere en cualquier instalación petrolera de PEP. III.3.5.4. Al realizar actividades en instalaciones petroleras marinas de PEP, adicionalmente a la bitácora establecida en el requerimiento anterior, contar con una bitácora para registrar la generación y movimientos de los residuos no peligrosos que genere. III.3.5.5. No quemar residuos a cielo abierto en las instalaciones petroleras. En el caso de las embarcaciones sólo se permite incinerar los residuos conforme al Anexo V del convenio internacional de Marpol, a través de incineradores específicos para ese fin. III.3.5.6. Al utilizar dispositivos para el tratamiento o disposición de residuos en instalaciones petroleras, tales como incineradores, lavadores de gases o vapores, entre otros, no contravenir lo dispuesto en el inciso anterior y demostrar técnicamente que no existe generación de subproductos o residuos peligrosos. III.3.5.7. No verter residuos no alimenticios al mar. III.3.5.8. Antes de arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas de 25 mm o menores, de acuerdo a lo requerido en la Regla 4, anexo V del convenio internacional del MARPOL. III.3.5.9. Al transportar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo que establezca para tal fin la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Marina o la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, según corresponda; las normas de referencia de Pemex que sean aplicables y la normatividad ambiental oficial vigente. III.3.5.10. Al manejar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo requerido en el título IV, capítulo VI de la LGEEPA, con toda la normatividad vigente en la materia y entregar a PEP su registro como empresa generadora de residuos peligrosos, los manifiestos de generación de residuos peligrosos, los de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos, así como los reportes trimestrales correspondientes. III.3.6. Ruido III.3.6.1. Al utilizar maquinaria y equipos de trabajo con emisiones de ruido, cumplir con la NOM-081-SEMARNAT-1994 “Establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición” y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental. III.3.7. Seguros contra daños ambientales III.3.7.1. Al realizar actividades altamente riesgosas en instalaciones petroleras, contar con un seguro de riesgo ambiental conforme al artículo 147 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Las actividades altamente riesgosas son las que establece la SEMARNAT (actualmente se tienen dos listados que fueron publicados en el Diario oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992), en tanto que las características y alcance de dicho seguro, deben ser conforme a la legislación y normatividad aplicables. Este seguro puede ser independiente o formar parte de los otros seguros que PEP le solicite al proveedor o contratista en el contrato. 34/39
  • 35. III.3.8. Planes de contingencia ambiental III.3.8.1. Al realizar actividades en instalaciones petroleras, contar desde el inicio del contrato con un Plan de contingencia ambiental basado en un análisis de riesgo, cuando se establezca, en su caso, en el anexo “E-1” del contrato. Dicho Plan debe establecer las medidas y equipos que se utilizarán en caso de una contingencia ambiental, estar vigente, cumplir con lo que se establece la normatividad oficial vigente, los lineamientos o guías correspondientes de PEP y ser acorde a los planes de contingencia ambiental de PEP. Debe someterse a la revisión de PEP y una vez aprobado por éste, debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista. III.3.9. Auditorías Ambientales III.3.9.1. Previo al inicio de operaciones de las instalaciones petroleras o equipos de perforación que se arrienden u operen a PEP, iniciar los trámites para incorporarlos al Programa Nacional de Auditoría Ambiental, con el fin de obtener el Certificado de Industria Limpia (Certificado de Cumplimiento Ambiental) correspondiente, en los términos que le establezca la Autoridad, sin que esto sea un criterio de Evaluación Técnica del Procedimiento de Contratación. III.3.9.2. Para efectos del punto anterior, antes de finiquitar el contrato, el proveedor o contratista debe entregar evidencias documentales que demuestren el registro en el Programa Nacional de Auditoría Ambiental mencionado y que ha cumplido con los requisitos y recomendaciones que la Autoridad le haya emitido en fechas comprendidas dentro del plazo de vigencia del contrato. 35/39
  • 36. IV. FORMATOS FORMATO 1 RESUMEN ESTADÍSTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO COMPAÑÍA: RFC: NÚMERO DE CONTRATO: DIRECCIÓN TELÉFONO FAX: CORREO ELECTRÓNICO: INFORME CORRESPONDIENTE AL MES DE: DEL AÑO: TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO CON PÉRDIDA DE TIEMPO: TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON PÉRDIDA DE TIEMPO: TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE: TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS DE MUERTE POR ACCIDENTE DE TRABAJO: TOTAL MENSUAL DE DÍAS PERDIDOS POR INCAPACIDAD: TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE O MUERTE: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE SALARIOS Y PRESTACIONES PAGADOS POR INCAPACIDAD: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE GASTOS POR SERVICIOS MÉDICOS PROPORCIONADO A LOS TRABAJADORES ACCIDENTADOS: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR RIESGOS DE TRABAJO: TOTAL MENSUAL DE HORAS HOMBRE LABORADAS: LUGAR FECHA(DÍA/MES/AÑO): DE DE REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA NOMBRE Y FIRMA: CARGO: 36/39
  • 37. FORMATO 2 DATOS DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR O CONTRATISTA RESPONSABLE DE PROPORCIONAR LAS ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTABILIDAD COMPAÑÍA RFC: NÚMERO DE CONTRATO: NOMBRE DEL PERSONAL: CARGO: DIRECCIÓN: TELÉFONO: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: PERIODO DE NOMBRAMIENTO: 37/39
  • 38. FORMATO 3 REPORTE DE ACCIDENTES INDUSTRIALES O DE TRABAJO DE PROVEEDORES O CONTRATISTAS LUGAR DEL EVENTO: FECHA DE REPORTE(DÍA/MES/AÑO): FECHA DEL EVENTO(DÍA/MES/AÑO): HORA DEL EVENTO: COMPAÑÍA: RFC: NÚMERO DE CONTRATO: ACCIDENTE: INDUSTRIAL: PERSONAL: NOMBRE DE LA PERSONA: EDAD: ANTIGÜEDAD EN LA COMPAÑÍA: No. DE IDENTIFICACIÓN: CLASIFICACIÓN O CATEGORÍA: TIEMPO QUE TENÍA DESARROLLANDO ESA CATEGORÍA: RELATO DEL ACCIDENTE: SE AUTORIZÓ EL TRABAJO SI NO SE SUPERVISÓ EL TRABAJO SI NO PERMISO CLASE A B NÚMERO DE PERMISO: DEPENDENCIA QUE EXPIDIÓ EL PERMISO: NOMBRE DEL RESIDENTE: TIPO DE LESIONES AL TRABAJADOR: LUGAR DONDE OCURRIÓ EL ACCIDENTE: DAÑOS A LA INSTALACIÓN DE PEMEX: CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS: EFECTOS NEGATIVOS AL AMBIENTE: SI NO DERRAME DE: HIDROCARBUROS: MATERIALES RESIDUOS PELIGROSOS: PELIGROSOS: EMISIONES DE: GASES TÓXICOS: HUMO: CONTAMINACIÓN AIRE AGUA SUELO DEL: REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA NOMBRE Y FIRMA: CARGO: 38/39
  • 39. FORMATO 4 LISTADO DE REQUERIMIENTOS DE ESTE ANEXO QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR O CONTRATISTA POR MOTIVO DEL CONTRATO LISTADO DE REQUERIMIENTOS COMENTARIOS II. REQUERIMIENTOS GENERALES TODOS SIN COMENTARIOS III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL III. 2. SALUD OCUPACIONAL III.3. PROTECCIÓN AMBIENTAL IV. FORMATOS FORMATO 1 MENSUALMENTE PREVIO AL INICIO DEL FORMATO 2 CONTRATO FORMATO 3 NO APLICA FORMATO 4 SIN COMENTARIOS ELABORÓ DICTAMINÓ ÁREA TÉCNICA ÁREA SIPAC 39/39