INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACION

TECNILOGIAS DE INFORMACION Y
COMUNICACIÓN

T. M. RODRIGO
1RV6
Introducción
Régimen Jurídico Del Comercio Exterior
Régimen Jurídico del Comercio Exterior de México

REGIMEN JURIDICO DEL COMERCIO EXTERIOR
A. Régimen constitucional
Régimen Constitucional
B.

Ley de Comercio Exterior y su reglamento

C.

Ley Aduanera y su reglamento
ÍNDICE
REGLAMENTACIÓN DE LEY ADUANERA
D.

Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación

E. Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior
F.

Plan Nacional de Desarrollo

Conclusiones:
BIBLIOGRAFÍA
TICS presentación
Nos podremos dar cuenta que el comercio esta presente en todos los aspectos de la vida del
hombre, debido a esto, su importancia. En este momento es tan importante como para un hombre
como para un país entero. El comercio se considera desde un punto de vista económico, como el
intercambio entre estos de diferentes bienes que son necesarios para su satisfacción.

Conoceremos también que el comercio exterior es el intercambio de bienes y servicios entre países.
El medio ambiente es crucial para la especialización de bienes y servicios lo que le permite a cada
uno tener cierta demanda de los bienes que producen. Observaremos como el comercio permite a un
país consumir mas de lo que podría si produjese en condiciones de independencia de otros países.
El comercio exterior se define como la parte del sector externo
de una economía que regula los intercambios de mercancías,
productos y servicios entre proveedores y consumidores
residentes en dos o más mercados nacionales o países distintos.

Se trata de transacciones físicas entre residentes de dos o más
territorios aduaneros que se registran estadísticamente en la
balanza comercial de los países implicados.
El tema de la relación entre el comercio exterior y los
derechos humanos precede con mucho a la creación de
la Organización Mundial del Comercio. Sus orígenes se
remontan a la Guerra Fría, cuando los gobiernos de los
países occidentales decidieron incorporar la cuestión de
los derechos humanos en su arsenal de lucha contra el
comunismo y su influencia en los países del Tercer
Mundo.
La legislación nacional aplicable al intercambio comercial entre México y los
mercados externos puede clasificarse de la siguiente manera:
a) Legislación específicamente tributaria: establece gravámenes que se causan
por la importación y exportación de mercancías.
b)
Legislación no tributaria: ordenamientos jurídicos que inciden en esa
actividad considerando en primer término la protección a la seguridad nacional;
a la salud pública; preservación de la flora o fauna; del medio ambiente; de
sanidad fitopecuaria o los relativos a normas oficiales mexicanas.
c)
Legislación Mixta: aquéllas en las cuales conjuntamente con los aspectos
fiscales regulan materias no tributarias.
Legislación
específicamente
tributaria

Legislación no
tributaria

Legislación Mixta
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la forma política
del Estado y el gobierno, las disposiciones legales primarias que regulan esta
actividad, las encontramos en los artículos 73 fracción XXIX, 76 fracción I, 89
fracción X, 131 y 133 de la Constitución.

El artículo 89 en su fracción X, señala que es facultad del Presidente, dirigir la
política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar,
suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones
interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. Esta
aprobación senatorial está sustentada en la fracción I del artículo 76.

El Ejecutivo federal puede celebrar tratados internacionales, y tales tratados sólo
requieren de la aprobación del Senado, sin que sea necesaria la intervención de otro
órgano para que el Presidente pueda ratificarlos o adherirse a ellos en el ámbito
internacional.
La Constitución
Política de los
Estados Unidos
Mexicanos

Artículo 89 en su
fracción X

Artículos 73
fracción XXIX, 76
fracción I, 89
fracción X, 131 y
133
Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de julio de
1993, La Ley de Comercio Exterior (LCE) remplazó a la Ley
Reglamentaria del Artículo 131 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en Materia de Comercio Exterior de 1986. Tiene como
objetivo regular y promover el comercio exterior, propiciar el uso
eficiente de los recursos productivos del país.

Las disposiciones de esta ley son de orden público y de aplicación en
toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o
convenios internacionales de los que México sea parte.
La Ley Aduanera (LA), ha sido reformada por diversos decretos (la última reforma se publicó en DOF
el 2 de febrero de 2006), y tiene a su cargo regular la entrada al territorio nacional y la salida del
mismo de mercancías. . La LA vigente se divide en los siguientes nueve títulos:
A.

Disposiciones generales

B.

Control de Aduana en el despacho

C. Contribuciones, cuotas compensatorias y demás regulaciones y restricciones no arancelarias al
comercio exterior
D.

Regímenes aduaneros

E.

Franja y región fronteriza

F.

Atribuciones del Poder Ejecutivo Federal y de las autoridades fiscales

G. Agentes aduanales, apoderados aduanales y dictaminadores aduaneros
H. Infracciones y sanciones
I.

Recurso administrativos

El reglamento de la LA se publicó en el DOF el 6 de junio
de 1996.
Disposiciones
generales

Control de
Aduana en
el despacho

Contribuciones, cuotas
compensatorias y demás
regulaciones y restricciones no
arancelarias al comercio exterior
La Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), más
conocida como la tarifa de los impuestos generales de importación y exportación
(TIGIE), tiene como objeto clasificar la mercancía y determinar el impuesto al
comercio exterior que deben pagar los importadores y exportadores.
La TIGIE contiene dos partes fundamentales:

1) La nomenclatura, corresponde a la clasificación arancelaria de toda mercancía
transportable, que según su composición o función debe ubicarse en un código de
identificación universal basado en el Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercancías.

2) La columna impositiva o impuesto que debe aplicarse a la mercancía en función
de su clasificación arancelaria, y que deberá ser cubierto por el importador o
exportador.
Son la publicación anual de las resoluciones dictadas por las
autoridades aduaneras y fiscales de conformidad con el artículo
33, con el propósito de otorgar facilidades, beneficios y esquemas
de simplificación en el comercio exterior.

Cada año se realizan las modificaciones, adiciones o derogaciones
a las RCGMCE, con la finalidad de agilizar y eficientar el despacho
aduanero de mercancías.
El Plan Nacional de Desarrollo es un documento preparado por el Ejecutivo
federal de conformidad con el artículo 26 constitucional, sirve para normar
obligatoriamente sus programas institucionales y sectoriales, así como para
guiar la concertación de sus tareas con los demás Poderes de la Unión y con los
órdenes estatal y municipal de gobierno.
La actual política de comercio exterior está enfocada a continuar la apertura
comercial, lo que coadyuvará a elevar la competitividad del país, a reducir los
costos de producción y los trámites de las operaciones de comercio exterior, y
permitirá la obtención de insumos a menores precios, teniendo como resultado
un menor costo para los exportadores mexicanos.
El gobierno mexicano busca desarrollar, además, una agenda de convergencia
de acuerdos comerciales con los que cuenta, donde sea viable de hacerlo, con el
objeto de facilitar a los operadores económicos el uso de los mismos.
Las acciones en materia de comercio exterior están orientadas a
complementar el marco de política que México está planteando en
materia del desarrollo del comercio e industria, y apuntalar la estructura
productiva desde una perspectiva sectorial.
Con objeto de maximizar los beneficios derivados de la penetración de
productos mexicanos en los mercados internacionales, se han
establecido acciones tendientes a la incorporación de un mayor valor
agregado nacional por unidad exportada. La proveeduría de insumos
para las empresas exportadoras es una forma de promover la
integración internacional de las empresas nacionales.
http://www.cdh.uchile.cl/anuario04/8Temas_Emergentes/Carlos_Fortin.pdf
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/179/9.pdf

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TICS presentación

  • 1. INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACION TECNILOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIÓN T. M. RODRIGO 1RV6
  • 2. Introducción Régimen Jurídico Del Comercio Exterior Régimen Jurídico del Comercio Exterior de México REGIMEN JURIDICO DEL COMERCIO EXTERIOR A. Régimen constitucional Régimen Constitucional B. Ley de Comercio Exterior y su reglamento C. Ley Aduanera y su reglamento
  • 3. ÍNDICE REGLAMENTACIÓN DE LEY ADUANERA D. Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación E. Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior F. Plan Nacional de Desarrollo Conclusiones: BIBLIOGRAFÍA
  • 5. Nos podremos dar cuenta que el comercio esta presente en todos los aspectos de la vida del hombre, debido a esto, su importancia. En este momento es tan importante como para un hombre como para un país entero. El comercio se considera desde un punto de vista económico, como el intercambio entre estos de diferentes bienes que son necesarios para su satisfacción. Conoceremos también que el comercio exterior es el intercambio de bienes y servicios entre países. El medio ambiente es crucial para la especialización de bienes y servicios lo que le permite a cada uno tener cierta demanda de los bienes que producen. Observaremos como el comercio permite a un país consumir mas de lo que podría si produjese en condiciones de independencia de otros países.
  • 6. El comercio exterior se define como la parte del sector externo de una economía que regula los intercambios de mercancías, productos y servicios entre proveedores y consumidores residentes en dos o más mercados nacionales o países distintos. Se trata de transacciones físicas entre residentes de dos o más territorios aduaneros que se registran estadísticamente en la balanza comercial de los países implicados.
  • 7. El tema de la relación entre el comercio exterior y los derechos humanos precede con mucho a la creación de la Organización Mundial del Comercio. Sus orígenes se remontan a la Guerra Fría, cuando los gobiernos de los países occidentales decidieron incorporar la cuestión de los derechos humanos en su arsenal de lucha contra el comunismo y su influencia en los países del Tercer Mundo.
  • 8. La legislación nacional aplicable al intercambio comercial entre México y los mercados externos puede clasificarse de la siguiente manera: a) Legislación específicamente tributaria: establece gravámenes que se causan por la importación y exportación de mercancías. b) Legislación no tributaria: ordenamientos jurídicos que inciden en esa actividad considerando en primer término la protección a la seguridad nacional; a la salud pública; preservación de la flora o fauna; del medio ambiente; de sanidad fitopecuaria o los relativos a normas oficiales mexicanas. c) Legislación Mixta: aquéllas en las cuales conjuntamente con los aspectos fiscales regulan materias no tributarias.
  • 10. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la forma política del Estado y el gobierno, las disposiciones legales primarias que regulan esta actividad, las encontramos en los artículos 73 fracción XXIX, 76 fracción I, 89 fracción X, 131 y 133 de la Constitución. El artículo 89 en su fracción X, señala que es facultad del Presidente, dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. Esta aprobación senatorial está sustentada en la fracción I del artículo 76. El Ejecutivo federal puede celebrar tratados internacionales, y tales tratados sólo requieren de la aprobación del Senado, sin que sea necesaria la intervención de otro órgano para que el Presidente pueda ratificarlos o adherirse a ellos en el ámbito internacional.
  • 11. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 89 en su fracción X Artículos 73 fracción XXIX, 76 fracción I, 89 fracción X, 131 y 133
  • 12. Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de julio de 1993, La Ley de Comercio Exterior (LCE) remplazó a la Ley Reglamentaria del Artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Comercio Exterior de 1986. Tiene como objetivo regular y promover el comercio exterior, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país. Las disposiciones de esta ley son de orden público y de aplicación en toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.
  • 13. La Ley Aduanera (LA), ha sido reformada por diversos decretos (la última reforma se publicó en DOF el 2 de febrero de 2006), y tiene a su cargo regular la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías. . La LA vigente se divide en los siguientes nueve títulos: A. Disposiciones generales B. Control de Aduana en el despacho C. Contribuciones, cuotas compensatorias y demás regulaciones y restricciones no arancelarias al comercio exterior D. Regímenes aduaneros E. Franja y región fronteriza F. Atribuciones del Poder Ejecutivo Federal y de las autoridades fiscales G. Agentes aduanales, apoderados aduanales y dictaminadores aduaneros H. Infracciones y sanciones I. Recurso administrativos El reglamento de la LA se publicó en el DOF el 6 de junio de 1996.
  • 14. Disposiciones generales Control de Aduana en el despacho Contribuciones, cuotas compensatorias y demás regulaciones y restricciones no arancelarias al comercio exterior
  • 15. La Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), más conocida como la tarifa de los impuestos generales de importación y exportación (TIGIE), tiene como objeto clasificar la mercancía y determinar el impuesto al comercio exterior que deben pagar los importadores y exportadores. La TIGIE contiene dos partes fundamentales: 1) La nomenclatura, corresponde a la clasificación arancelaria de toda mercancía transportable, que según su composición o función debe ubicarse en un código de identificación universal basado en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. 2) La columna impositiva o impuesto que debe aplicarse a la mercancía en función de su clasificación arancelaria, y que deberá ser cubierto por el importador o exportador.
  • 16. Son la publicación anual de las resoluciones dictadas por las autoridades aduaneras y fiscales de conformidad con el artículo 33, con el propósito de otorgar facilidades, beneficios y esquemas de simplificación en el comercio exterior. Cada año se realizan las modificaciones, adiciones o derogaciones a las RCGMCE, con la finalidad de agilizar y eficientar el despacho aduanero de mercancías.
  • 17. El Plan Nacional de Desarrollo es un documento preparado por el Ejecutivo federal de conformidad con el artículo 26 constitucional, sirve para normar obligatoriamente sus programas institucionales y sectoriales, así como para guiar la concertación de sus tareas con los demás Poderes de la Unión y con los órdenes estatal y municipal de gobierno. La actual política de comercio exterior está enfocada a continuar la apertura comercial, lo que coadyuvará a elevar la competitividad del país, a reducir los costos de producción y los trámites de las operaciones de comercio exterior, y permitirá la obtención de insumos a menores precios, teniendo como resultado un menor costo para los exportadores mexicanos. El gobierno mexicano busca desarrollar, además, una agenda de convergencia de acuerdos comerciales con los que cuenta, donde sea viable de hacerlo, con el objeto de facilitar a los operadores económicos el uso de los mismos.
  • 18. Las acciones en materia de comercio exterior están orientadas a complementar el marco de política que México está planteando en materia del desarrollo del comercio e industria, y apuntalar la estructura productiva desde una perspectiva sectorial. Con objeto de maximizar los beneficios derivados de la penetración de productos mexicanos en los mercados internacionales, se han establecido acciones tendientes a la incorporación de un mayor valor agregado nacional por unidad exportada. La proveeduría de insumos para las empresas exportadoras es una forma de promover la integración internacional de las empresas nacionales.