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República Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación
Instituto Universitario De La Frontera
San Antonio Estado Táchira
Tipos de contribuyentes
Autora:
Daymar Joya
C.I 25.594.844
Introducción
En Venezuela, si los contribuyentes cumplen con sus
obligaciones podrán tener el derecho a reclamar los
beneficios que el Estado debe otorgarles por
obligación como la calidad de servicios públicos
necesitados por la sociedad. El Seniat como ente
recaudador de los tributos, debe ofrecer a los
contribuyentes una atención que permita fluidez al
desarrollo de la actividad económica generadora de
impuestos.
Articulo 22
Son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de
los cuales se verifica el hecho imponible.
Esta condición puede recaer:
1. En las personas naturales, omitiendo su
capacidad según el derecho privado.
2. En las personas jurídicas y en los demás entes
colectivos a los cuales otras ramas jurídicas
atribuyen calidad de sujeto de derecho.
3. En las entidades o colectividades que
constituyan una unidad económica, dispongan
de patrimonio y tengan autonomía funcional.
Existen tres tipos de contribuyentes:
1.Contribuyentes Ordinarios:
La Gaceta Oficial N° 38435 de fecha 12 de Mayo de
2006 definió en su articulo 5:
"Son contribuyentes ordinarios, toda persona
natural o jurídica que como parte de su giro, objeto
u ocupación, realice las actividades, negocios
jurídicos u operaciones, que constituyen hechos
imponibles."
2.Contribuyentes Formales:
Son contribuyentes formales los sujetos que realicen
exclusivamente actividades u operaciones exentas o
exoneradas del impuesto, como los expuestos en el
articulo 18 de la misma ley:
“Están exentas en esta ley las ventas de los bienes
siguientes:
A. Los alimentos y productos para el consumo
humano, como:
● Productos del reino vegetal en su estado natural
considerados alimentos para el consumo
humano.
● Los pollitos y pollitas para la cría, reproducción y
producción de carne de pollo y huevos de gallina.
● Arroz.
● Harina de origen vegetal.
● Pan y pastas alimenticias.
● Sal
● Mortadela
● Atún enlatado en presentación natural
● Carne de pollo en estado natural, refrigerada y
congelada.
B. Fertilizantes, como el gas natural utilizado como
insumo para la fabricación de los mismos:
● Los medicamentos y agroquímicos utilizados para su
fabricación incluidos, las vacunas, sueros, sustancias
humanas o de animales preparadas para uso terapéutico
humano, animal y vegetal.
● Los diarios, periódicos y el papel para sus ediciones
● Los vehículos automotores con adaptaciones
especiales para personas con discapacidad, sillas de
rueda, válvulas, órganos artificiales y prótesis.
● Los libros, revistas y folletos.
Luego el articulo 19 expone los servicios que se
encuentran exentos del impuesto:
“ Están exentas las prestaciones de los siguientes
servicios:
● Transporte terrestre y acuático nacional de pasajeros.
● Servicios educativos prestados por instituciones
registradas en el Ministerio De Educación, cultura y
deporte.
● Servicios de hospedaje, alimentación a estudiantes,
ancianos, personas enfermas, cuando sean prestos por
instituciones destinada a servir a estos usuarios.
● La entrada a parques, zoológicos, museos, centros
culturales cuando se trate de entes sin fines de lucro.
● Servicios medico-asistenciales y odontológicos de
cirugía y hospitalización.
● Suministro de electricidad, agua, gas de uso
residencial.
● Servicio de crianza de ganado bovino, caprino, ovino,
porcino, aves y demás especies menores incluyendo la
reproducción y producción.
3. Contribuyentes especiales:
Según la providencia administrativa del Seniat año
2003 determina que estos contribuyentes actuaran
como agentes de retención del impuesto al valor
agregado cuando compren bienes muebles o
reciban servicios de proveedores.
Estos contribuyentes deberán retener el 75% o
100% del impuesto al valor agregado por el bien o
servicio gravado.
El porcentaje a retener se puede conocer
consultando el RIF del proveedor en el portal del
Seniat donde dirá una nota indicando si el sujeto
pasivo se le retiene el 75% o 100%.
Conclusión
Pagar impuestos y contribuir con las cargas públicas
es un deber de todo ciudadano, este debe ser el
norte del pensamiento de los venezolanos si se
quiere alcanzar un mañana distinto.

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  • 1. República Bolivariana De Venezuela Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Instituto Universitario De La Frontera San Antonio Estado Táchira Tipos de contribuyentes Autora: Daymar Joya C.I 25.594.844
  • 2. Introducción En Venezuela, si los contribuyentes cumplen con sus obligaciones podrán tener el derecho a reclamar los beneficios que el Estado debe otorgarles por obligación como la calidad de servicios públicos necesitados por la sociedad. El Seniat como ente recaudador de los tributos, debe ofrecer a los contribuyentes una atención que permita fluidez al desarrollo de la actividad económica generadora de impuestos.
  • 3. Articulo 22 Son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible. Esta condición puede recaer: 1. En las personas naturales, omitiendo su capacidad según el derecho privado. 2. En las personas jurídicas y en los demás entes colectivos a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho. 3. En las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional.
  • 4. Existen tres tipos de contribuyentes: 1.Contribuyentes Ordinarios: La Gaceta Oficial N° 38435 de fecha 12 de Mayo de 2006 definió en su articulo 5: "Son contribuyentes ordinarios, toda persona natural o jurídica que como parte de su giro, objeto u ocupación, realice las actividades, negocios jurídicos u operaciones, que constituyen hechos imponibles."
  • 5. 2.Contribuyentes Formales: Son contribuyentes formales los sujetos que realicen exclusivamente actividades u operaciones exentas o exoneradas del impuesto, como los expuestos en el articulo 18 de la misma ley: “Están exentas en esta ley las ventas de los bienes siguientes: A. Los alimentos y productos para el consumo humano, como: ● Productos del reino vegetal en su estado natural considerados alimentos para el consumo humano.
  • 6. ● Los pollitos y pollitas para la cría, reproducción y producción de carne de pollo y huevos de gallina. ● Arroz. ● Harina de origen vegetal. ● Pan y pastas alimenticias. ● Sal ● Mortadela ● Atún enlatado en presentación natural ● Carne de pollo en estado natural, refrigerada y congelada.
  • 7. B. Fertilizantes, como el gas natural utilizado como insumo para la fabricación de los mismos: ● Los medicamentos y agroquímicos utilizados para su fabricación incluidos, las vacunas, sueros, sustancias humanas o de animales preparadas para uso terapéutico humano, animal y vegetal. ● Los diarios, periódicos y el papel para sus ediciones ● Los vehículos automotores con adaptaciones especiales para personas con discapacidad, sillas de rueda, válvulas, órganos artificiales y prótesis. ● Los libros, revistas y folletos.
  • 8. Luego el articulo 19 expone los servicios que se encuentran exentos del impuesto: “ Están exentas las prestaciones de los siguientes servicios: ● Transporte terrestre y acuático nacional de pasajeros. ● Servicios educativos prestados por instituciones registradas en el Ministerio De Educación, cultura y deporte. ● Servicios de hospedaje, alimentación a estudiantes, ancianos, personas enfermas, cuando sean prestos por instituciones destinada a servir a estos usuarios.
  • 9. ● La entrada a parques, zoológicos, museos, centros culturales cuando se trate de entes sin fines de lucro. ● Servicios medico-asistenciales y odontológicos de cirugía y hospitalización. ● Suministro de electricidad, agua, gas de uso residencial. ● Servicio de crianza de ganado bovino, caprino, ovino, porcino, aves y demás especies menores incluyendo la reproducción y producción.
  • 10. 3. Contribuyentes especiales: Según la providencia administrativa del Seniat año 2003 determina que estos contribuyentes actuaran como agentes de retención del impuesto al valor agregado cuando compren bienes muebles o reciban servicios de proveedores. Estos contribuyentes deberán retener el 75% o 100% del impuesto al valor agregado por el bien o servicio gravado. El porcentaje a retener se puede conocer consultando el RIF del proveedor en el portal del Seniat donde dirá una nota indicando si el sujeto pasivo se le retiene el 75% o 100%.
  • 11. Conclusión Pagar impuestos y contribuir con las cargas públicas es un deber de todo ciudadano, este debe ser el norte del pensamiento de los venezolanos si se quiere alcanzar un mañana distinto.