Este documento decreta la ampliación de las actividades económicas permitidas en la Fase 2 de la reanudación de actividades en el Perú. Se autoriza la reapertura de centros comerciales, conglomerados y tiendas por departamento a partir del 22 de junio, con excepción de siete regiones. También se permite reiniciar actividades en mercados de abasto que no estaban incluidas en las fases 1 y 2. Se establecen disposiciones comunes como el uso obligatorio de mascarillas y distanciamiento social.