Tomo DCCXLVIII No. 17 México, D.F., martes 26 de enero de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Instituto Mexicano del Seguro Social
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 108
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios
máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América,
durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.
Acuerdo 05 /2016
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales,
las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen
en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido
del 27 de enero al 2 de febrero de 2016
MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; segundo, cuarto y quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del
impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y Quinto,
fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal
de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer
los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público aplicables a las
gasolinas que se enajenen en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas
paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de
América, durante el periodo comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016, mediante el siguiente
ACUERDO
Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere
el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas,
aplicables en la franja fronteriza a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el que se establecen
estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016.
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del
estímulo:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$0.000 $0.027 $3.697 $3.697 $3.697 $3.697 $3.697
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.000 $0.000 $2.607 $2.607 $2.923 $2.923 $2.923
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$3.697 $3.670 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.923 $2.923 $0.316 $0.316 $0.000 $0.000 $0.000
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$13.16 $13.13 $8.87 $8.87 $8.87 $8.87 $8.87
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.98 $13.98 $10.95 $10.95 $10.59 $10.59 $10.59
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se
refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas,
aplicables en la franja fronteriza dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y
hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a que se refiere el
artículo cuarto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre
producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 27 de
enero al 2 de febrero de 2016.
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 20 Y HASTA 25 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del
estímulo:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$0.000 $0.023 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.000 $0.000 $2.172 $2.172 $2.436 $2.436 $2.436
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$3.697 $3.674 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.923 $2.923 $0.751 $0.751 $0.487 $0.487 $0.487
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$13.16 $13.14 $9.59 $9.59 $9.59 $9.59 $9.59
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.98 $13.98 $11.46 $11.46 $11.15 $11.15 $11.15
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 25 Y HASTA 30 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del
estímulo:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$0.000 $0.018 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.000 $0.000 $1.738 $1.738 $1.949 $1.949 $1.949
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$3.697 $3.679 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.923 $2.923 $1.185 $1.185 $0.974 $0.974 $0.974
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$13.16 $13.14 $10.30 $10.30 $10.30 $10.30 $10.30
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.98 $13.98 $11.96 $11.96 $11.72 $11.72 $11.72
4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 30 Y HASTA 35 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del
estímulo:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$0.000 $0.014 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.000 $0.000 $1.303 $1.303 $1.462 $1.462 $1.462
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$3.697 $3.683 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.923 $2.923 $1.620 $1.620 $1.462 $1.462 $1.462
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$13.16 $13.15 $11.02 $11.02 $11.02 $11.02 $11.02
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.98 $13.98 $12.46 $12.46 $12.28 $12.28 $12.28
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 35 Y HASTA 40 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del
estímulo:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$0.000 $0.009 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.000 $0.000 $0.869 $0.869 $0.974 $0.974 $0.974
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$3.697 $3.688 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.923 $2.923 $2.054 $2.054 $1.949 $1.949 $1.949
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$13.16 $13.15 $11.73 $11.73 $11.73 $11.73 $11.73
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.98 $13.98 $12.97 $12.97 $12.85 $12.85 $12.85
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5
TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 40 Y HASTA 45 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA
INTERNACIONAL
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del
estímulo:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$0.000 $0.005 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.000 $0.000 $0.434 $0.434 $0.487 $0.487 $0.487
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$3.697 $3.692 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.923 $2.923 $2.489 $2.489 $2.436 $2.436 $2.436
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor
a 92 octanos:
$13.16 $13.16 $12.45 $12.45 $12.45 $12.45 $12.45
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.98 $13.98 $13.47 $13.47 $13.41 $13.41 $13.41
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
México, D.F., a 25 de enero de 2016.- Con fundamento en el artículo Quinto, quinto párrafo del Decreto
por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios
aplicables a los combustibles que se indican, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la
Unidad de Política de Ingresos no Tributarios, Eduardo Camero Godínez.- Rúbrica.
6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
OFICIO mediante el cual se modifica la base II del artículo tercero de la autorización otorgada a Seguros Multiva,
S.A., Grupo Financiero Multiva, por aumento de su capital social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad
Social.- 366-073/12.- 731.1/33079.
AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES
DE SEGUROS.- Se modifica la
otorgada a esa institución por
aumento de su capital social.
SEGUROS MULTIVA, S.A.,
GRUPO FINANCIERO MULTIVA.
Blvd. Manuel Ávila Camacho No. 170, Pisos 6 y 7.
Col. Reforma Social, C.P. 11650
Ciudad.
En virtud de que mediante oficio 366-II-673/12 del 15 de junio de 2012, se les aprobó la reforma
acordada al artículo seis de sus estatutos sociales, con el fin de incrementar su capital social de
$385’500,000.00 a $412’500,000.00, lo que se contiene en el testimonio de la escritura No. 55,128 otorgada
el 9 de mayo de 2012, ante la fe del Lic. Erik Namur Campesino, Notario Público No. 94, con ejercicio
en el Distrito Federal, esta Secretaría con fundamento en los artículos 31, fracciones VIII y XXV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades
Mutualistas de Seguros y 32, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, ha resuelto dictar el siguiente:
ACUERDO
Se modifica la base II del artículo TERCERO de la autorización otorgada mediante oficio 366-IV-4100 del
11 de diciembre de 1995, modificada con los diversos 366-IV-5260 del 4 de octubre de 1996, 366-IV-4360
y 366-IV-6014 del 10 de julio y 6 de octubre de 1997, respectivamente, 366-IV-159 del 11 de mayo de 1999,
366-IV-1755 del 3 de abril de 2002, 366-IV-2653/06 del 29 de noviembre de 2006, 366-079/08 del 23 de abril
de 2008, 366-173/08 del 26 de septiembre de 2008, 366-174/08 del 29 de septiembre de 2008, 366-025/10 del
2 de marzo de 2010, 366-121/10 del 2 de agosto de 2010, 366-214/10 del 20 de diciembre de 2010,
366-215/10 del 21 de diciembre de 2010, 366-114/11 del 15 de septiembre de 2011, 366-002/12 del 6 de
enero de 2012 y 366-072/12 del 15 de junio de 2012, a Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva, para
que funcione como institución de seguros, a fin de practicar operaciones de seguros de vida, accidentes
y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los ramos de
responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles, crédito
exclusivamente en reaseguro, diversos, así como terremoto y otros riesgos catastróficos, para quedar en la
forma siguiente:
“ARTÍCULO TERCERO.- ..............................................................................................................................
II.- El capital social será de cuatrocientos doce millones quinientos mil pesos Moneda Nacional.
......................................................................................................................................................................”
Atentamente,
México, D.F., 22 de junio de 2012.- El Titular de la Unidad, Darío Luna Plá.- Rúbrica.
(R.- 424833)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Desarrollo Social
para el año 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Desarrollo Social.
JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, y 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el numeral 76
del artículo tercero del “Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos
y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de
Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera”, se considerarán como
días inhábiles, entre otros, aquéllos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o
aquéllos en que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento público mediante Acuerdo del
Titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación;
Que para efectos de la recepción, procesamiento y trámite de las solicitudes de acceso a la información
gubernamental que formulen los particulares, se consideran inhábiles, los días que anualmente determine el
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a través de la
publicación correspondiente en el Diario Oficial de la Federación;
Que al ser el desarrollo social una prioridad para el Gobierno de la República, los programas sociales a
cargo de la Secretaría de Desarrollo Social deben operar permanentemente, en virtud del beneficio que
otorgan a la población que los requiere, y
Que existen fechas de descanso que han sido otorgadas a los trabajadores de la Secretaría de Desarrollo
Social, en forma reiterada durante años anteriores, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría
de Desarrollo Social suspenderán labores los días de 2016 que a continuación se indican, considerándose
como inhábiles para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban
tramitarse en esta Dependencia, por lo que en esos días no correrán términos:
1o. de enero
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (1 de febrero)
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (21 de marzo)
24 y 25 de marzo
1o. de mayo
5 de mayo
16 de septiembre
2 de noviembre
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (21 de noviembre)
25 de diciembre
En ningún caso, se verán afectados los programas a cargo de esta Secretaría, por lo que seguirán
funcionando normalmente en términos de las Reglas de Operación correspondientes.
SEGUNDO.- La atención al público para el trámite de solicitudes de acceso a la información se sujetará al
calendario de suspensión de labores que en su oportunidad determine el Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
TERCERO.- Los días correspondientes al segundo periodo vacacional de 2016, se darán a conocer,
mediante Acuerdo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, una vez que la Secretaría de
Educación Pública determine el calendario escolar para el ciclo lectivo 2016-2017.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en México, Distrito Federal, a los 14 días del mes de enero de 2016.- El Secretario de Desarrollo
Social, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.
8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie
de 54,980.3000 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio de
Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de protección.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3
fracción II, 6, fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la
Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar
Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5
fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de
54,980.3000 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio de Loreto, Estado
de Baja California Sur, la cual se identifica en los planos de levantamiento topográfico con claves
PNBLISLOTE/001/01/12, Islote 1 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000,
PNBLISLOTE/001/12, Islote 2 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12,
Islote 3 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12, Islote 4 hoja 1 de 1,
de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12, Islote 5 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de
2011, escala 1:2,000; sin clave Islotes Las Galeras, hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000,
basados en un sistema de coordenadas UTM, proyectadas a WGS84, y que obran en el expediente
1604/BCS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes
Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.
Que el C. Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, mediante solicitud recibida con
fecha 24 de septiembre de 2012, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para
uso de protección.
Que mediante oficio No. DAHOP/VII/030/13 de fecha 27 de mayo de 2013, la Dirección de Asentamientos
Humanos y Obras Públicas y Ecología del Ayuntamiento de Loreto, Estado de Baja California Sur, emitió
constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la
Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones
técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-162/13 de fecha 5 de febrero de 2013, de la Dirección de
Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-911/13 de fecha 29 de julio
del 2013, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, por lo que determinó que la solicitud
realizada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, cumple técnica y ambientalmente con los
requerimientos establecidos en la normatividad vigente.
Que en virtud de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, conforme al artículo 22 del
Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal
Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes
Nacionales, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el
óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que
requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la
superficie de 54,980.3000 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio
de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de protección, cuya descripción técnico-topográfica
es la siguiente:
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 1
V COORDENADAS
Y X
PM1 2880633.9470 482132.2653
PM2 2880631.2490 482122.9471
PM3 2880631.1270 482120.1270
PM4 2880632.2300 482117.4296
PM5 2880634.1920 482109.9505
PM6 2880634.3110 482104.7371
PM7 2880632.8200 482099.4145
PM8 2880636.2960 482085.2004
PM9 2880639.7520 482080.3046
PM10 2880640.9040 482076.9105
PM11 2880644.4130 482074.1376
PM12 2880644.2840 482070.1831
PM13 2880642.3560 482067.4893
PM14 2880644.3430 482064.6879
PM15 2880652.5720 482066.1490
PM16 2880659.3990 482070.0670
PM17 2880659.2220 482074.7580
PM18 2880667.3830 482072.5030
PM19 2880675.3250 482076.6040
PM20 2880679.6920 482076.3400
PM21 2880694.0610 482083.3480
PM22 2880707.5070 482082.7100
PM23 2880710.2640 482084.5460
PM24 2880708.9200 482089.2210
PM25 2880717.1580 482104.1220
PM26 2880715.7100 482106.3360
PM27 2880709.4020 482109.1550
PM28 2880707.4490 482114.2840
PM29 2880700.3090 482117.0050
PM30 2880701.1850 482128.2030
PM31 2880695.6150 482133.8910
PM32 2880690.3580 482131.9290
PM33 2880681.3770 482132.6440
PM34 2880673.8040 482139.4230
PM35 2880669.4550 482145.8000
PM36 2880659.1650 482147.4300
PM37 2880647.8510 482151.0460
PM38 2880641.0530 482162.3170
PM39 2880636.0380 482173.0140
PM40 2880634.9510 482173.7520
PM41 2880630.8050 482174.5280
PM42 2880627.5680 482178.6980
PM43 2880622.6390 482175.6430
V COORDENADAS
Y X
PM44 2880621.7270 482171.8380
PM45 2880618.6170 482171.3880
PM46 2880616.7030 482172.4550
PM47 2880614.8290 482171.1240
PM48 2880612.8080 482173.5170
PM49 2880610.2240 482173.1680
PM50 2880612.3890 482169.0050
PM51 2880614.8920 482167.8030
PM52 2880619.4550 482161.5960
PM53 2880624.1840 482159.3840
PM54 2880628.7970 482149.1854
PM55 2880631.0830 482140.2193
PM1 2880633.9470 482132.2653
PM1 2880653.3885 482128.3306
ZF1 2880656.0359 482127.6763
ZF2 2880657.9249 482127.3771
ZF3 2880660.0945 482124.8716
ZF4 2880668.0377 482117.7423
ZF5 2880673.7233 482114.1664
ZF6 2880679.7898 482112.7071
ZF7 2880681.1860 482112.5959
ZF8 2880681.8314 482109.3513
ZF9 2880683.5646 482106.3589
ZF10 2880686.1669 482102.8629
ZF11 2880687.4477 482102.0070
ZF12 2880686.4073 482101.8256
ZF13 2880685.2938 482101.3240
ZF14 2880675.5317 482096.5629
ZF15 2880675.3250 482096.6040
ZF16 2880667.6713 482095.0816
ZF17 2880666.1488 482094.3747
ZF18 2880665.1633 482093.8658
ZF19 2880659.2220 482094.7580
ZF20 2880654.7651 482093.8715
ZF21 2880653.4936 482099.0700
ZF22 2880654.3087 482104.9662
ZF23 2880654.1865 482110.4087
ZF24 2880653.5374 482115.0247
ZF25 2880651.7498 482121.8400
ZF26 2880653.3885 482128.3306
ZF1 2880633.9470 482132.2653
Superficie: 4,704.930 m2
10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 2
V COORDENADAS
Y X
PM1 2847317.4276 477186.1259
PM2 2847331.5553 477171.1439
PM3 2847355.9984 477160.7129
PM4 2847362.0716 477155.8641
PM5 2847390.6332 477141.5459
ZF5 2847399.5962 477159.4250
V COORDENADAS
Y X
ZF4 2847372.9104 477172.8029
ZF3 2847363.6521 477179.1905
ZF2 2847342.8785 477187.8592
ZF1 2847333.2474 477198.3625
PM1 2847317.4276 477186.1259
Superficie: 1,639.040 m2
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 3
V COORDENADAS
Y X
PM1 2845822.0457 477452.9022
PM2 2845835.5980 477425.3943
PM3 2845849.2644 477396.9498
PM4 2845865.8034 477385.4851
PM5 2845876.2573 477386.5472
PM6 2845903.0972 477401.7544
PM7 2845939.3769 477429.8483
PM8 2845957.4004 477442.7021
PM9 2845975.8213 477449.4717
ZF9 2845968.9226 477468.2442
V COORDENADAS
Y X
ZF8 2845949.7467 477461.1797
ZF7 2845927.7642 477446.1316
ZF6 2845907.8658 477431.0759
ZF5 2845891.8262 477418.3446
ZF4 2845870.7657 477406.3805
ZF3 2845865.0026 477410.3755
ZF2 2845853.5388 477434.2332
ZF1 2845839.9865 477461.7411
PM1 2845822.0457 477452.9022
Superficie: 3,923.170 m2
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 4
V COORDENADAS
Y X
PM1 2849977.6930 471829.9365
PM2 2849969.8123 471821.3150
PM3 2849959.8148 471802.6185
PM4 2849954.3587 471791.9950
PM5 2849952.8783 471787.0338
PM6 2849950.7248 471784.2654
PM7 2849950.5473 471782.4271
PM8 2849958.3102 471783.4767
PM9 2849981.4967 471780.8518
PM10 2849994.8308 471771.7650
PM11 2850001.5170 471758.1133
PM12 2850012.2049 471755.4215
V COORDENADAS
Y X
ZF10 2850019.8585 471773.8991
ZF9 2850015.3979 471775.2419
ZF8 2850012.7923 471780.5619
ZF7 2850008.9730 471785.9072
ZF6 2850006.0936 471788.2923
ZF5 2849992.7595 471797.3791
ZF4 2849989.1504 471799.3294
ZF3 2849981.6113 471800.9666
ZF2 2849986.2665 471809.6724
ZF1 2849992.4551 471816.4428
PM1 2849977.6930 471829.9365
Superficie: 1,950.490 m2
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 5
V COORDENADAS
Y X
PM1 2887310.9776 469371.7195
PM2 2887312.2045 469369.0069
PM3 2887314.8178 469365.6301
PM4 2887316.0382 469364.4146
PM5 2887321.0020 469364.8464
PM6 2887333.9709 469366.4739
PM7 2887340.7627 469366.8338
PM8 2887351.9203 469367.9092
PM9 2887361.2964 469369.0574
PM10 2887370.7517 469369.8403
PM11 2887382.4087 469370.4858
PM12 2887394.0346 469369.5408
PM13 2887407.4179 469375.3125
PM14 2887421.6659 469376.5891
PM15 2887426.2200 469376.1503
PM16 2887444.5478 469383.8700
PM17 2887457.8500 469387.6163
PM18 2887463.3566 469391.3311
PM19 2887468.3099 469397.2596
PM20 2887473.4328 469405.5097
PM21 2887478.6210 469416.5308
PM22 2887476.8748 469418.3607
PM23 2887476.9996 469421.5736
PM24 2887481.5520 469425.6496
PM25 2887486.0118 469436.5593
PM26 2887486.4229 469440.8721
PM27 2887489.6858 469457.9977
PM28 2887491.7169 469465.5866
PM29 2887492.2357 469467.5253
PM30 2887492.7894 469469.5940
PM31 2887488.0376 469487.8945
PM32 2887488.1960 469493.9369
PM33 2887488.2687 469496.7108
PM34 2887484.4862 469508.9359
PM35 2887480.7046 469520.9834
PM36 2887476.7720 469537.6931
PM37 2887473.8162 469539.1474
PM38 2887471.8739 469548.5845
PM39 2887460.4692 469567.1987
PM40 2887458.2583 469573.2985
PM41 2887450.6843 469584.3969
PM42 2887445.8620 469592.1148
PM43 2887439.9371 469597.3334
PM44 2887429.7470 469612.6029
PM45 2887428.0968 469615.9700
PM46 2887420.2777 469625.6581
V COORDENADAS
Y X
PM47 2887411.1624 469632.8664
PM48 2887398.0810 469637.6670
PM49 2887382.1158 469642.7398
PM50 2887376.3320 469643.4266
PM51 2887361.4821 469643.5544
PM52 2887348.1722 469637.1052
PM53 2887336.6340 469631.0399
PM54 2887330.6970 469626.5025
PM55 2887329.3335 469617.9888
PM56 2887331.4757 469611.7075
PM57 2887340.1747 469600.9823
PM58 2887347.3361 469591.4376
PM59 2887351.9969 469583.8048
PM60 2887360.1335 469575.3179
PM61 2887361.7542 469571.3863
PM62 2887370.7839 469563.6754
PM63 2887373.0268 469555.1516
PM64 2887377.7630 469545.2909
PM65 2887380.3103 469537.9100
PM66 2887380.7497 469530.2643
PM67 2887381.3400 469521.1999
PM68 2887381.3814 469511.8250
PM69 2887379.9199 469499.8862
PM70 2887379.6473 469497.6600
PM71 2887378.5902 469488.6279
PM72 2887375.9643 469478.3061
PM73 2887373.4647 469471.3912
PM74 2887369.0186 469453.2476
PM75 2887362.4322 469435.5975
PM76 2887359.8905 469424.0882
PM77 2887359.8222 469411.2145
PM78 2887353.7190 469398.5861
PM79 2887337.1701 469384.4020
PM80 2887322.2381 469379.0336
PM81 2887318.3408 469376.9920
PM82 2887312.8123 469373.5945
PM1 2887310.9776 469371.7195
ZF1 2887371.7470 469389.9261
ZF72 2887378.2998 469403.5608
ZF71 2887379.8219 469411.1085
ZF70 2887379.8789 469421.8537
ZF69 2887381.6596 469429.9172
ZF68 2887388.4439 469448.4874
ZF67 2887392.6362 469465.5952
ZF66 2887395.3469 469473.3750
ZF65 2887398.4546 469486.3030
12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
V COORDENADAS
Y X
ZF64 2887399.5056 469495.2824
ZF63 2887401.3812 469511.9134
ZF62 2887401.2068 469521.9494
ZF61 2887400.7124 469531.4880
ZF60 2887400.2773 469539.0576
ZF59 2887399.2161 469544.4346
ZF58 2887395.7913 469553.9501
ZF57 2887391.8822 469562.0886
ZF56 2887390.1255 469568.7648
ZF55 2887389.2615 469571.3291
ZF54 2887384.9260 469577.8175
ZF53 2887378.2209 469583.5690
ZF52 2887374.5704 469589.1589
ZF51 2887367.9355 469596.0796
ZF50 2887363.7859 469602.6478
ZF49 2887355.8214 469613.3899
ZF48 2887352.9268 469617.0095
ZF47 2887357.1882 469619.2496
ZF46 2887365.9907 469623.5148
ZF45 2887375.0630 469623.4368
ZF44 2887377.8704 469623.1034
ZF43 2887391.6045 469618.7395
ZF42 2887401.2674 469615.1935
ZF41 2887406.1184 469611.3573
ZF40 2887412.1628 469603.2767
ZF39 2887413.1113 469601.5010
ZF38 2887423.3014 469586.2315
ZF37 2887426.7178 469582.3251
ZF36 2887430.4494 469579.0384
ZF35 2887433.9604 469573.5005
ZF34 2887440.3155 469564.1099
ZF33 2887441.8970 469560.0207
ZF32 2887443.4155 469556.7501
ZF31 2887452.9906 469541.1223
ZF30 2887454.2268 469535.1156
V COORDENADAS
Y X
ZF29 2887455.3386 469531.4937
ZF28 2887458.9602 469526.0736
ZF27 2887461.5611 469515.3950
ZF26 2887465.3919 469502.9853
ZF25 2887468.1893 469493.9441
ZF24 2887468.0914 469488.1651
ZF23 2887468.6795 469482.8681
ZF22 2887472.1061 469469.6712
ZF21 2887470.0392 469461.7410
ZF20 2887466.7763 469444.6154
ZF19 2887466.3821 469441.3953
ZF18 2887464.7812 469437.4790
ZF17 2887462.8575 469435.7158
ZF16 2887458.4601 469429.3109
ZF15 2887457.0147 469422.3498
ZF14 2887456.8748 469418.3607
ZF13 2887457.0240 469417.6105
ZF12 2887455.8309 469415.0761
ZF11 2887452.0606 469409.0042
ZF10 2887449.3319 469405.9954
ZF9 2887439.1261 469403.1211
ZF8 2887436.8941 469402.3476
ZF7 2887423.0623 469396.5220
ZF6 2887419.8810 469396.5093
ZF5 2887405.6331 469395.2327
ZF4 2887399.4979 469393.6775
ZF3 2887390.6893 469389.8787
ZF2 2887382.4087 469390.4858
ZF1 2887371.7470 469389.9261
PM1 2887310.9776 469371.7195
Superficie: 14,400.610 m2
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote Galera 1
V COORDENADAS
Y X
PM1 2847213.0940 495000.6240
PM2 2847211.6030 495007.4830
PM3 2847214.2580 495009.8460
PM4 2847213.4850 495014.9640
PM5 2847208.7620 495017.4020
PM6 2847204.0570 495025.9300
PM7 2847201.5080 495035.0420
V COORDENADAS
Y X
PM8 2847201.4230 495041.5990
PM9 2847196.0290 495055.9510
PM10 2847196.4050 495067.1120
PM11 2847197.9930 495088.5610
PM12 2847194.3500 495090.8440
PM13 2847190.2410 495101.8410
PM14 2847185.8500 495106.8070
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13
V COORDENADAS
Y X
PM15 2847176.7230 495108.6830
PM16 2847167.3960 495111.0410
PM17 2847157.2768 495115.4609
PM18 2847139.4654 495121.7332
PM19 2847123.3090 495133.9024
PM20 2847104.3056 495141.9185
PM21 2847069.2586 495137.3324
PM22 2847050.7324 495133.1867
PM23 2847034.6383 495118.4786
PM24 2847014.2502 495109.0844
PM25 2847000.8277 495094.2065
PM26 2847011.2996 495075.0124
PM27 2847025.5826 495065.7885
PM28 2847047.2352 495045.7788
PM29 2847064.9827 495024.4504
PM30 2847082.7270 495014.1560
PM31 2847103.4000 494999.7320
PM32 2847113.1530 494994.6330
PM33 2847127.2290 494990.6040
PM34 2847133.8460 494986.9520
PM35 2847141.4600 494988.2550
PM36 2847154.4120 494983.1840
PM37 2847173.7600 494981.4450
PM38 2847193.8460 494986.0540
PM39 2847201.4300 494992.6370
PM1 2847213.0940 495000.6240
ZF1 2847190.3833 495009.3122
ZF34 2847184.5064 495004.4307
ZF33 2847172.3848 495001.6492
ZF32 2847159.0455 495002.8482
ZF31 2847148.7515 495006.8785
ZF30 2847141.4600 495008.2550
ZF29 2847137.3771 495007.8470
V COORDENADAS
Y X
ZF28 2847132.7326 495009.8318
ZF27 2847120.6145 495013.3004
ZF26 2847113.7974 495016.8645
ZF25 2847093.3344 495031.0163
ZF24 2847078.0874 495039.9697
ZF23 2847062.6090 495058.5713
ZF22 2847038.6357 495080.8103
ZF21 2847025.1758 495091.3376
ZF20 2847045.3537 495101.9487
ZF19 2847060.2949 495114.8319
ZF18 2847072.7469 495117.6184
ZF17 2847101.5263 495121.3843
ZF16 2847113.2542 495116.4372
ZF15 2847127.4325 495105.7579
ZF14 2847131.8117 495103.2556
ZF13 2847149.9427 495096.8398
ZF12 2847159.3906 495092.7131
ZF11 2847173.7336 495088.8794
ZF10 2847175.6151 495083.8438
ZF9 2847177.3742 495080.9427
ZF8 2847176.4596 495068.5887
ZF7 2847176.0988 495056.3021
ZF6 2847177.3076 495048.9148
ZF5 2847181.4701 495037.8395
ZF4 2847181.5097 495034.7827
ZF3 2847182.2474 495029.6540
ZF2 2847185.5794 495018.2763
ZF1 2847190.3833 495009.3122
PM1 2847213.0940 495000.6240
Superficie: 10,300.220 m2
Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote Galera 2
V COORDENADAS
Y X
PM1 2846804.7900 495589.7040
PM2 2846816.3360 495576.2320
PM3 2846829.2240 495561.0870
PM4 2846842.7030 495561.3220
PM5 2846863.3850 495552.7310
PM6 2846878.2960 495546.7710
PM7 2846898.8340 495544.6730
PM8 2846916.4020 495544.8520
PM9 2846930.0580 495546.3270
PM10 2846946.3420 495541.9270
V COORDENADAS
Y X
PM11 2846962.0620 495550.0520
PM12 2846979.2460 495554.3970
PM13 2846995.8330 495555.6450
PM14 2847010.8530 495552.5910
PM15 2847030.6540 495541.0190
PM16 2847049.7590 495539.6510
PM17 2847065.6610 495532.0510
PM18 2847090.1450 495539.1030
PM19 2847111.9840 495539.0110
PM20 2847133.2130 495536.1400
14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
V COORDENADAS
Y X
PM21 2847154.8680 495535.8820
PM22 2847168.9490 495540.0950
PM23 2847182.2420 495548.4000
PM24 2847193.5640 495556.3160
PM25 2847218.3360 495552.1130
PM26 2847229.4590 495556.2990
PM27 2847231.2363 495562.8197
PM28 2847228.7510 495569.9540
PM29 2847224.5180 495573.1550
PM30 2847220.1410 495579.1230
PM31 2847213.8880 495583.5870
PM32 2847207.5480 495591.0320
PM33 2847207.0330 495596.3950
PM34 2847199.3370 495601.8450
PM35 2847191.3310 495605.7580
PM36 2847181.0970 495607.0070
PM37 2847175.6290 495611.6590
PM38 2847164.9420 495614.2670
PM39 2847158.6420 495619.4630
PM40 2847158.3690 495631.4350
PM41 2847152.0640 495624.6480
PM42 2847143.4870 495625.4680
PM43 2847142.7320 495621.9140
PM44 2847134.0470 495620.3910
PM45 2847141.5000 495614.8120
PM46 2847137.1890 495608.8880
PM47 2847133.8110 495602.9400
PM48 2847125.5920 495606.5860
PM49 2847116.5670 495611.6390
PM50 2847112.7560 495618.7460
PM51 2847102.5480 495622.0010
PM52 2847090.6340 495623.8260
PM53 2847084.0910 495625.3920
PM54 2847078.8510 495624.7400
PM55 2847076.0440 495616.9270
PM56 2847065.1070 495622.7390
PM57 2847057.9750 495626.3630
PM58 2847048.5530 495625.1940
PM59 2847049.7230 495617.9010
PM60 2847042.3840 495606.6230
PM61 2847030.2390 495599.2780
PM62 2847016.0780 495600.4490
PM63 2847001.6380 495604.4800
PM64 2846993.5190 495614.0460
PM65 2846984.8730 495619.6730
PM66 2846981.8790 495624.9080
PM67 2846983.8860 495629.0290
V COORDENADAS
Y X
PM68 2846977.7780 495630.5120
PM69 2846967.7480 495628.4970
PM70 2846953.9940 495628.5760
PM71 2846940.9170 495629.5900
PM72 2846927.8170 495631.4380
PM73 2846917.2250 495634.9130
PM74 2846910.8690 495631.8670
PM75 2846899.7270 495633.2830
PM76 2846886.0420 495628.3340
PM77 2846870.1460 495624.2460
PM78 2846860.5250 495621.4350
PM79 2846848.9810 495616.9840
PM80 2846837.5880 495610.8850
PM81 2846832.6290 495613.5120
PM82 2846824.8810 495610.7180
PM83 2846822.8460 495605.4050
PM84 2846811.5430 495599.0940
PM85 2846802.4400 495599.9520
PM1 2846804.7900 495589.7040
ZF1 2846832.6180 495587.9591
ZF75 2846836.7174 495591.0582
ZF74 2846845.2417 495592.4074
ZF73 2846857.3299 495598.7679
ZF72 2846866.9383 495602.4726
ZF71 2846875.4426 495604.9573
ZF70 2846891.0233 495608.9643
ZF69 2846901.9916 495612.8343
ZF68 2846910.8690 495611.8670
ZF67 2846918.5227 495613.3894
ZF66 2846925.0233 495611.6341
ZF65 2846938.1233 495609.7861
ZF64 2846952.4478 495608.6359
ZF63 2846967.7480 495608.4970
ZF62 2846968.4139 495608.6127
ZF61 2846970.7309 495605.5309
ZF60 2846980.1611 495598.8769
ZF59 2846986.3897 495591.5382
ZF58 2846993.9843 495586.0024
ZF57 2847012.9309 495580.8800
ZF56 2847030.2390 495579.2780
ZF55 2847037.8927 495580.8004
ZF54 2847052.7340 495589.5093
ZF53 2847056.5261 495592.4809
ZF52 2847062.7945 495601.3193
ZF51 2847068.3903 495598.4494
ZF50 2847076.0440 495596.9270
ZF49 2847083.6977 495598.4494
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15
V COORDENADAS
Y X
ZF48 2847090.1861 495602.7849
ZF47 2847090.7174 495603.5799
ZF46 2847098.9690 495602.1501
ZF45 2847102.4249 495597.4969
ZF44 2847106.7964 495594.1881
ZF43 2847117.4820 495588.3041
ZF42 2847126.1573 495584.4624
ZF41 2847133.8110 495582.9400
ZF40 2847141.4647 495584.4624
ZF39 2847147.9531 495588.7979
ZF38 2847151.2021 495593.0632
ZF37 2847153.9051 495597.8228
ZF36 2847157.2883 495595.7894
ZF35 2847166.2808 495593.3534
ZF34 2847173.4433 495588.5294
ZF33 2847178.6741 495587.1543
ZF32 2847185.5700 495586.3127
ZF31 2847188.7232 495584.7715
ZF30 2847189.0704 495583.3783
ZF29 2847193.5640 495576.3160
ZF28 2847185.9103 495574.7936
ZF27 2847182.1039 495572.7070
ZF26 2847171.2060 495565.0876
ZF25 2847160.6360 495558.4838
ZF24 2847152.0568 495555.9169
ZF23 2847134.6778 495556.1240
ZF22 2847112.0683 495559.0108
V COORDENADAS
Y X
ZF21 2847090.1873 495559.1030
ZF20 2847084.6095 495558.3217
ZF19 2847067.4284 495553.3731
ZF18 2847058.3832 495557.6960
ZF17 2847051.1874 495559.5999
ZF16 2847036.7260 495560.6354
ZF15 2847018.5067 495571.0686
ZF14 2846999.8180 495575.2440
ZF13 2846995.8330 495575.6450
ZF12 2846977.7454 495574.3406
ZF11 2846957.1593 495569.4418
ZF10 2846944.0598 495563.2609
ZF9 2846930.0580 495566.3270
ZF8 2846915.2235 495564.8410
ZF7 2846899.7512 495564.6834
ZF6 2846883.1166 495566.3826
ZF5 2846870.9330 495571.2525
ZF4 2846850.3567 495579.7996
ZF3 2846842.7030 495581.3220
ZF2 2846838.3283 495581.2488
ZF1 2846832.6180 495587.9591
PM1 2846804.7900 495589.7040
Superficie: 18,061.840 m2
SUPERFICIE TOTAL: 54,980.3000 m²
ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo únicamente confiere a la Comisión Nacional de Áreas
Naturales Protegidas, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado en el
artículo primero del presente instrumento, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor
del destinatario.
ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento,
podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los
vértices, rumbos y distancias de las poligonales que integran la superficie destinada podrán ser modificadas.
ARTÍCULO CUARTO.- En caso de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, diera a la
superficie de zona federal marítimo terrestre que se destina, un aprovechamiento distinto al previsto en este
Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o dejara de
utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser
administrado por esta última.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil quince.-
El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE ENERGIA
ACUERDO de carácter general por el que se determina el concepto de demanda y los requisitos para la agregación
de Centros de Carga para ser considerados como Usuarios Calificados.
ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL POR EL QUE SE DETERMINA EL CONCEPTO DE DEMANDA Y LOS
REQUISITOS PARA LA AGREGACIÓN DE CENTROS DE CARGA PARA SER CONSIDERADOS COMO
USUARIOS CALIFICADOS
La Secretaría de Energía, por conducto de la Dirección General de Distribución y Comercialización de
Energía Eléctrica y Vinculación Social, con fundamento en los artículos 33 fracción XXXI, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 11, fracción XXV,
59, 60 y Décimo Quinto Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica; 1, 2 Apartado A, fracción IV, 8
fracciones I y XIII, 13 fracciones I y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 11 de agosto de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Industria
Eléctrica, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación.
Que el artículo 59 de la Ley de la Industria Eléctrica establece que la calidad de Usuario Calificado
se adquiere mediante la inscripción en el registro correspondiente a cargo de la Comisión Reguladora de
Energía, cuando los solicitantes del registro cumplan con los niveles requeridos de consumo o demanda
fijados por la Secretaría de Energía.
Que el artículo Décimo Quinto Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica establece que podrán incluirse
en el registro de Usuarios Calificados los Centros de Carga que reporten una demanda igual o mayor a 3
megawatts, durante el primer año de vigencia de dicha Ley, para reducirse a 2 megawatts durante el segundo
año de vigencia y a 1 megawatt al final del segundo año de vigencia de la Ley.
Que la Ley de la Industria Eléctrica no establece una definición de Demanda para poder incluirse en el
registro de Usuarios Calificados.
Que el artículo 11, fracción XLIII de la Ley de la Industria Eléctrica faculta a la Secretaría de Energía a
interpretar para efectos administrativos dicha Ley en el ámbito de sus facultades.
Que el artículo 60 de la Ley de la Industria Eléctrica señala que la Secretaría de Energía establecerá los
términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico podrán
agregar sus Centros de Carga a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda fijados para ser
considerado como Usuario Calificado.
Que el artículo 13, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía faculta a la Dirección
General de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y Vinculación Social para determinar y ajustar
periódicamente a la baja los niveles de consumo o demanda que permitan a los Usuarios Finales incluirse en
el registro de Usuarios Calificados previsto en el artículo 59 de la Ley de la Industria Eléctrica, así como
establecer los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés
económico podrán agregar sus Centros de Carga, a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda para
incluirse en el registro referido.
Que con el propósito de establecer los parámetros de demanda y los términos para la agregación de los
Centros de Carga a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda fijados para ser considerado como
Usuario Calificado se expide el siguiente:
ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL POR EL QUE SE DETERMINA EL CONCEPTO
DE DEMANDA Y LOS REQUISITOS PARA LA AGREGACIÓN DE CENTROS DE CARGA
Y PODER SER CONSIDERADOS COMO USUARIOS CALIFICADOS
Artículo Primero.- Para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 59 y en el Décimo Quinto Transitorio
de la Ley de la Industria Eléctrica, para que los Centros de Carga a incluirse en el registro de Usuarios
Calificados acrediten el cumplimiento de los niveles requeridos de consumo o demanda fijados por la
Secretaría, se entenderá por Demanda:
1. La demanda máxima registrada, medida en kilowatts, dentro de los doce meses anteriores a la solicitud,
para Centros de Carga que, a la fecha de solicitar la inscripción en el registro de Usuarios Calificados, cuenten
con un contrato de Suministro Básico y reciban el suministro de energía eléctrica o que han contado con
un contrato de Suministro Básico y han recibido el suministro de energía eléctrica dentro de los doce
meses anteriores.
A efectos de determinar la demanda máxima, se tomará el intervalo de tiempo que la Comisión
Reguladora de Energía defina para propósitos de las tarifas finales del Suministro de Servicio Básico o, en su
defecto, dicho intervalo será de 15 minutos.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17
2. Para Centros de Carga que a la fecha de solicitar la inscripción en el registro de Usuarios Calificados,
no hayan contado con un contrato de Suministro dentro de los doce meses anteriores a la solicitud y que
requieran del suministro, aquella que sea fijada inicialmente por el solicitante del registro ante la Comisión
Reguladora de Energía, en cuyo caso el valor no será menor al 60% (sesenta por ciento) ni mayor al 100%
(cien por ciento) de la carga instalada. La carga instalada será aquella que figure en el Dictamen de
Verificación firmado y emitido por una Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas aprobada por la
Secretaría de Energía para evaluar la conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012
o la que la sustituya, o la carga que se demuestre a través de los medios que la Comisión Reguladora de
Energía determine a partir de sus atribuciones y facultades.
Este valor de Demanda también se utilizará para la agregación de la demanda a fin de alcanzar los niveles
de consumo o demanda fijados para ser considerado como Usuario Calificado.
Artículo Segundo.- Con el fin de atender lo señalado en el artículo 60 de la Ley de la Industria
Eléctrica, los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés
económico podrán agregar sus Centros de Carga a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda
establecidos serán:
1. Los Centros de Carga a incluirse en el registro de Usuarios Calificados deberán cumplir con las
siguientes condiciones:
1.1. Que cada Centro de Carga a ser agregado pertenezca a una persona moral o a un conjunto de
personas morales organizadas bajo esquemas de participación directa o indirecta de capital social, siempre
que en ese grupo todas las personas morales califiquen como empresas que producen y/o comercializan
bienes o brindan servicios, en las que una misma sociedad mantiene el control de dichas personas morales.
Se considerará que existe control, si una persona moral tiene directa o indirectamente la propiedad de
la mayoría de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación con derecho a voto de la(s)
empresa(s) controlada(s).
1.2. Para Usuarios Finales del Gobierno Federal, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, los
municipios, o sus Dependencias o Entidades, se podrán agregar los siguientes Centros de Carga:
1.2.1. Aquéllos cuya facturación sea realizada a cargo de la misma dependencia o entidad;
1.2.2. Aquellos que formen parte de la estructura orgánica de la misma dependencia o entidad, y
1.2.3. Aquellos otros que dependan patrimonialmente de la misma dependencia o entidad.
1.3. Que cada Centro de Carga a ser agregado esté incluido en un contrato de Suministro Básico en
media o alta tensión, o bien en un contrato de conexión en media o alta tensión o que requiera el suministro
en estos niveles de tensión.
1.4. Que cada Centro de Carga a ser agregado registre cuando menos una demanda de 25 kilowatts.
1.5. Que cada Centro de Carga a ser agregado cuente con las características de medición previstas en las
Reglas del Mercado.
2.- Todos los Centros de Carga que se agreguen para alcanzar los niveles de demanda, deberán incluirse
en el Registro de Usuarios Calificados.
Artículo Tercero.- Las Cámaras Empresariales y Comerciales, así como cualquier interesado, podrán
presentar a la Secretaría de Energía propuestas para modificar los términos iniciales del presente Acuerdo,
con el objeto de que los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico puedan
agregar sus Centros de Carga.
Las Cámaras Empresariales y Comerciales también podrán consultar a la Secretaría de Energía para
identificar y agregar, en su caso, Centros de Carga de Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo
de interés económico y que cumplen con las condiciones del presente Acuerdo. Lo anterior, con el objeto de
alcanzar los niveles de consumo o demanda que les permita incluirse en el Registro de Usuarios Calificados.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Segundo.- En un plazo no mayor a 12 meses a partir de la publicación de este Acuerdo, la Secretaría de
Energía emitirá los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenezcan a un grupo de interés
económico podrán agregar sus Centros de Carga cuando estén incluidos en un contrato de Suministro Básico
en baja tensión, o bien requieran el suministro en este nivel de tensión.
México, D.F., a 8 de enero de 2016.- El Director General de Distribución y Comercialización de Energía
Eléctrica y Vinculación Social, Edmundo Gil Borja.- Rúbrica.
(R.- 425537)
18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE SALUD
CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución del Programa
Seguro Médico Siglo XXI, por concepto de apoyo económico a los servicios estatales de salud por incremento en la
demanda de servicios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco.
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA
EJECUCIÓN DEL PROGRAMA SEGURO MÉDICO SIGLO XXI QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
“LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR EL C. COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD,
DR. GABRIEL JAIME O´SHEA CUEVAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO,
M. EN C. ANTONIO CHEMOR RUIZ, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
TABASCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL
C. SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, LIC. AMET RAMOS TROCÓNIS, Y EL SECRETARIO DE SALUD Y
DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO, LIC. JUAN ANTONIO FILIGRANA
CASTRO, ASÍ COMO POR EL DR. ROMMEL FRANZ CERNA LEEDER, DIRECTOR DEL RÉGIMEN ESTATAL DE
PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
“LAS PARTES” CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o., párrafos
cuarto y octavo, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la
Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como el derecho
que tienen los niños y las niñas a la satisfacción de sus necesidades de salud.
2. La promoción de la salud de los niños representa un objetivo estratégico para todo Estado que
pretenda construir una sociedad sana, justa y desarrollada. La condición de salud de los niños afecta
de manera importante el rendimiento educativo de los escolares, y éste, a su vez, tiene un efecto
significativo en la salud y la capacidad productiva en la edad adulta, es decir, la salud de los primeros
años determina las condiciones futuras de esa generación.
3. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en su apartado VI. “Objetivos, Estrategias y
Líneas de Acción”, literal VI.2. México Incluyente en sus Objetivos 2.2 y 2.3, lo siguiente:
Objetivo 2.2. Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
Estrategia 2.2.2. Articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de
vida de la población.
Línea de acción: Promover el desarrollo integral de los niños y niñas, particularmente en
materia de salud, alimentación y educación, a través de la implementación de acciones
coordinadas entre los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil;
Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud
Estrategia 2.3.2. Hacer de las acciones de protección, promoción y prevención un eje prioritario
para el mejoramiento de la salud
Línea de acción: Garantizar la oportunidad, calidad, seguridad y eficacia de los insumos y
servicios para la salud
Estrategia 2.3.3. Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad.
Líneas de acción: Asegurar un enfoque integral y la participación de todos los actores, a fin
de reducir la mortalidad infantil y materna, e Intensificar la capacitación y supervisión de la
calidad de la atención materna y perinatal.
4. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en su Anexo 25 establece
el Seguro Médico Siglo XXI, como uno de los programas que deben sujetarse a Reglas de
Operación, mediante el cual el Gobierno Federal continuará con las acciones conducentes que
aseguren la cobertura de servicios de la salud de todos los niños en el país, ya que operará en todas
las localidades del territorio nacional financiando la atención médica completa e integral a los niños
beneficiarios que no cuentan con ningún tipo de seguridad social, al tiempo que garantizará la
afiliación inmediata de toda la familia al Sistema de Protección Social en Salud.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19
5. Con fecha 10 de octubre de 2012, la Secretaría de Salud y el Ejecutivo del Estado de Tabasco,
suscribieron el Acuerdo Marco de Coordinación con el objeto facilitar la concurrencia en la prestación
de servicios en materia de salubridad general, así como fijar las bases y mecanismos generales para
transferir y dotar a la Entidad de recursos, en lo sucesivo ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN,
instrumento jurídico que establece la posibilidad de celebrar convenios específicos.
6. Con fecha 28 de diciembre de 2014 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de
Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI para el Ejercicio Fiscal 2015 (Reglas de
Operación).
7. El objetivo del Programa Seguro Médico Siglo XXI y del reforzamiento de las acciones de los otros
programas dirigidos a la población beneficiaria menor de cinco años, es asegurar el financiamiento
de la atención médica y preventiva para lograr las mejores condiciones posibles de salud y las
mayores oportunidades para dichos beneficiarios.
8. Para llevar a cabo el objetivo general del Programa mencionado, se realizará la transferencia de
recursos federales a las Entidades Federativas, de conformidad con lo que establece la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en sus artículos 74 y 75, en el sentido de que el
Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la
ministración de los subsidios y transferencias con cargo a los presupuestos de las dependencias,
mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichas
transferencias y subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia,
publicidad, selectividad y temporalidad que en la Ley citada se señalan.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto
en los artículos 2, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la cual le
corresponden, entre otras atribuciones, las de establecer y conducir la política nacional en materia de
asistencia social y servicios médicos y salubridad general.
I.2. La Comisión Nacional de Protección Social en Salud es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría
de Salud, en términos de los artículos 77 bis 35 de la Ley General de Salud, 2 literal C, fracción XII,
del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 3, del Reglamento Interno de la Comisión
Nacional de Protección Social en Salud, el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y de
operación.
I.3. El Comisionado Nacional de Protección Social en Salud tiene la facultad y legitimación para suscribir
el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 38, fracción V, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y 6, fracción I, del Reglamento Interno de la Comisión
Nacional de Protección Social en Salud, cargo que se acredita con nombramiento de fecha 11 de
diciembre de 2012, expedido por el Licenciado Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos.
I.4. Dentro de las facultades de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, se encuentran las
de instrumentar la política de protección social en salud; impulsar la coordinación y vinculación de
acciones del Sistema de Protección Social en Salud con las de otros programas sociales para la
atención a grupos indígenas, marginados, rurales y, en general, a cualquier grupo vulnerable desde
una perspectiva intercultural que promueva el respeto a la persona y su cultura, así como sus
derechos humanos en salud; administrar los recursos financieros que en el marco del Sistema le
suministre la Secretaría de Salud y efectuar las transferencias que correspondan a los Estados y al
Distrito Federal, acorde a lo establecido en el artículo 4, fracciones I, VI y XIII del Reglamento Interno
de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
I.5. Corresponde a la Dirección General de Financiamiento entre otras atribuciones: (i) diseñar y
proponer en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Salud,
los esquemas y mecanismos financieros que sean necesarios para el funcionamiento del Sistema de
Protección Social en Salud, incluyendo el desarrollo de programas de salud dirigidos a grupos
indígenas, marginados, rurales y en general a cualquier grupo vulnerable; (ii) determinar los criterios
para la operación y administración de los fondos generales y específicos relacionados con las
funciones comprendidas en el Sistema de Protección Social en Salud y de los programas orientados
20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
a la atención de grupos vulnerables; (iii) coadyuvar, con la participación de las unidades
administrativas competentes de la Secretaría de Salud, en las acciones de supervisión financiera del
Sistema de Protección Social en Salud, y de los programas de atención a grupos indígenas,
marginados, rurales y, en general, a cualquier grupo vulnerable para garantizar el cumplimiento de
las normas financieras y de operación, así como de sus metas y objetivos, de conformidad con el
artículo 9, fracciones III, VI y VII del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección
Social en Salud.
I.6. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a las obligaciones
derivadas de la suscripción del presente instrumento.
I.7. Para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle Gustavo E. Campa
número 54, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020, en México,
Distrito Federal.
II. “EL ESTADO” declara que:
II.1. Es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación y que el ejercicio del
Poder Ejecutivo se deposita en el Gobernador del Estado, conforme a lo dispuesto por los artículos
40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con las
atribuciones y funciones que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco y la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Tabasco.
II.2. El Secretario de Planeación y Finanzas, comparece a la suscripción del presente Convenio de
conformidad con los artículos 2, 3, 4, 5, 12 fracción IX, 21, 26 fracción III y 29 de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, cargo que quedó debidamente acreditado con
nombramiento de fecha 1 de enero de 2015, expedido por el Lic. Arturo Núñez Jiménez, Gobernador
Constitucional del Estado de Tabasco.
II.3. El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco,
comparece a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 2, 3, 4, 5, 12
fracción IX, 21, 26 fracción VII y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 1,
2, 5, 9, 10 fracción XII del Decreto 213, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 19 de
febrero de 1997, cargos que quedaron debidamente acreditados con los nombramientos de fecha
1 de enero de 2014, expedidos por el Lic. Arturo Núñez Jiménez, Gobernador Constitucional del
Estado de Tabasco.
II.4. El Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, comparece a la suscripción del
presente Convenio, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento Interior del Organismo Público
Descentralizado Servicios de Salud del Estado de Tabasco, cargo que quedó debidamente
acreditado con nombramiento de fecha 16 de febrero de 2013, expedido por el Secretario de Salud.
II.5. Para los efectos de este convenio se considera como Unidad Ejecutora a los Servicios de Salud del
Estado de Tabasco.
II.6. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son:
fortalecer los servicios de salud en el Estado para ofrecer la atención médica a los beneficiarios del
Seguro Médico Siglo XXI, conforme a los lineamientos establecidos en las Reglas de Operación
del Programa.
II.7. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en: Avenida Paseo Tabasco No. 1504, Centro Administrativo de Gobierno, Col. Tabasco 2000,
C.P. 86035, Villahermosa, Tabasco.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. De conformidad con las disposiciones contenidas en el Título Tercero Bis de la Ley General de
Salud, en específico los artículos 77 bis 11 al 77 bis 19, así como 76 al 81 del Reglamento de la Ley
General de Salud en Materia de Protección Social en Salud y su Transitorio Décimo Cuarto, y el
numeral 4, del Capítulo 2, de los Mecanismos para la contabilización de los Recursos a integrar en la
Aportación Solidaria Federal, los recursos federales destinados para el Programa Seguro Médico
Siglo XXI, se integran como aportaciones Federales para el financiamiento del Sistema de Protección
Social en Salud.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21
III.2. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio de colaboración en materia de transferencia de
recursos para la ejecución del Programa Seguro Médico Siglo XXI, conforme a las estipulaciones que
se contienen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración tiene por objeto que
“LA SECRETARÍA” transfiera a “EL ESTADO” recursos presupuestarios federales, correspondientes al
ejercicio fiscal 2015, para la ejecución del Programa Seguro Médico Siglo XXI, mismos que deberán ser
aplicados exclusivamente en la estrategia del Seguro Médico Siglo XXI, que se encuentra especificada en el
numeral 5.3.1 “Apoyo económico a los SESA por incremento en la demanda de servicios” de las Reglas de
Operación, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de ese Programa, los cuales se señalan a continuación:
Objetivo General. Financiar, mediante un esquema público de aseguramiento médico universal, la
atención de los niños menores de cinco años de edad, que no sean
derechohabientes de alguna institución de seguridad social, a efecto de contribuir
a la disminución del empobrecimiento de las familias por motivos de salud.
Objetivo Específico. Otorgar el financiamiento para que la población menor de cinco años cuente con
un esquema de aseguramiento en salud de cobertura amplia de atención médica
y preventiva, complementaria a la contenida en el Catálogo Universal de
Servicios de Salud (CAUSES) y en el Catálogo de Intervenciones del Fondo de
Protección contra Gastos Catastróficos (FPGC), del Sistema de Protección Social
en Salud.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES. “LA SECRETARÍA” transferirá
a “EL ESTADO” recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $2,817,977.40 (Dos millones
ochocientos diecisiete mil novecientos setenta y siete pesos 40/100 M.N.), correspondientes al Programa
Seguro Médico Siglo XXI conforme a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal 2015, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y
13, apartado B), de la Ley General de Salud.
“LA SECRETARÍA” realizará la transferencia en términos de las disposiciones aplicables, radicándose a
través de la Secretaría de Planeación y Finanzas de “EL ESTADO”, en la cuenta bancaria productiva
específica que ésta establezca para tal efecto en forma previa a la entrega de los recursos, informando de ello
a “LA SECRETARÍA”, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén
debidamente identificados.
Los rendimientos financieros que generen los recursos transferidos deberán destinarse al objeto del
presente Convenio.
Para garantizar la entrega oportuna de las ministraciones a “EL ESTADO”, éste deberá realizar, en forma
inmediata a la suscripción del presente instrumento, las acciones administrativas necesarias para asegurar el
registro de la cuenta bancaria en la Tesorería de la Federación.
La transferencia de los recursos por este concepto se hará de acuerdo a la afiliación reportada por el
Régimen Estatal de Protección Social en Salud de “EL ESTADO”, la cual será validada por la Dirección
General de Afiliación y Operación, quien a su vez notificará a la Dirección General de Financiamiento, ambas
de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, para que se realice la transferencia de los recursos
correspondientes.
De conformidad con las disposiciones citadas en la declaración III.1 de este Convenio, deberá
considerarse, para todos los efectos jurídico administrativos que corresponda, a la transferencia señalada en
la presente cláusula, como la parte del Sistema de Protección Social en Salud correspondiente al Programa
Seguro Médico Siglo XXI, y que forma parte integrante de las aportaciones Federales para el financiamiento
del Sistema de Protección Social en Salud.
TERCERA.- SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA GLOBAL. Los recursos federales transferidos
mencionados en la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico, se considerarán como suficiencia
presupuestaria global en favor de “EL ESTADO” a partir de la suscripción del presente Convenio. Lo anterior
con el propósito de que “EL ESTADO”, a través de su unidad ejecutora, pueda realizar las acciones
administrativas que correspondan con la finalidad de realizar los compromisos convenidos, en términos de las
disposiciones aplicables, y cumplir con el objeto del presente instrumento.
22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CUARTA.- DEVENGO POR LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS FEDERALES.
1) Los recursos para cumplir con el objeto del presente instrumento que transfiere “LA SECRETARÍA”
en favor de “EL ESTADO”, se consideran devengados para “LA SECRETARÍA” una vez que se
constituyó la obligación de entregar el recurso de los beneficiarios contenidos en el padrón a que se
refieren las Reglas de Operación. A dicha obligación le será aplicable el primer supuesto jurídico que
señala el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.
2) “EL ESTADO” por cada transferencia de recursos federales deberá enviar a la Comisión Nacional de
Protección Social en Salud, por conducto de la Dirección General de Financiamiento, dentro de los
90 días naturales posteriores a la misma, un recibo que será emitido por la Secretaría de Planeación
y Finanzas, el cual deberá:
a) Ser expedido a nombre de: Secretaría de Salud y/o Comisión Nacional de Protección Social en
Salud;
b) Precisar el monto de los recursos transferidos;
c) Señalar la fecha de emisión;
d) Señalar la fecha de recepción de los recursos, y
e) Precisar el nombre del Programa y los conceptos relativos a los recursos presupuestarios
federales recibidos.
3) La notificación de transferencia por parte de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud se
realizará por conducto de la Dirección General de Financiamiento, e independientemente de su
entrega oficial, podrá ser enviada a través de correo electrónico a la cuenta institucional que para tal
efecto indique “EL ESTADO”. En caso de existir modificación a dicha cuenta, deberá notificarse de
manera oficial a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud por conducto de la Dirección
General de Financiamiento.
4) Los documentos justificativos de la obligación de pago para “LA SECRETARÍA” serán las
disposiciones jurídicas aplicables, las Reglas de Operación, la afiliación reportada por el Régimen
Estatal de Protección Social en Salud y validada por la Dirección General de Afiliación y Operación, y
el presente Convenio. El documento comprobatorio será el recibo a que se refiere el numeral 2 de la
presente cláusula.
5) La transferencia presupuestaria a que se refiere el presente Convenio no es susceptible de
presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica la obligación de
transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación, para
complementar las acciones que pudieran derivar del objeto del presente instrumento, ni de
operaciones inherentes a las obras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de
operación vinculado con el objeto del mismo.
QUINTA.- EJERCICIO, INFORMACIÓN Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS FEDERALES
TRANSFERIDOS. Los recursos transferidos se ejercerán conforme a las partidas de gasto precisadas en el
Anexo 12 de las Reglas de Operación.
“EL ESTADO”, por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, deberá informar a la
Comisión Nacional de Protección Social en Salud a través de la Dirección General de Financiamiento, sobre el
ejercicio de los recursos transferidos, de acuerdo con lo siguiente:
a) Reportará trimestralmente el ejercicio de los recursos transferidos, utilizando el formato denominado
Informe Trimestral del Ejercicio de los Recursos, identificado como Anexo 5 de las Reglas de
Operación, Dicho informe contendrá las firmas autógrafas del Secretario de Salud o su equivalente,
del Director Administrativo o su equivalente y del Titular del Régimen Estatal de Protección Social en
Salud, y remitirse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la conclusión del trimestre que se
informa.
b) En el Informe citado, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el trimestre que
se reporta. En el supuesto en el que en un trimestre no se ejercieran recursos, el informe se enviará
en ceros. El cómputo del primer trimestre a informar, se hará a partir de la fecha de realización de la
primera transferencia de recursos a la entidad federativa.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23
c) Los comprobantes que amparen los gastos en que incurra “EL ESTADO” para la operación y
desarrollo del Programa, deberán constar en original, como soporte a los informes trimestrales del
ejercicio de los recursos, y deberán tener un sello que los identifique como erogaciones cubiertas con
recursos del Programa Seguro Médico Siglo XXI. Dichos documentos quedarán en resguardo
de “EL ESTADO”, bajo su estricta responsabilidad, y estarán a disposición de la Comisión Nacional
de Protección Social en Salud, así como de las entidades fiscalizadoras locales y federales
competentes, para su revisión en el momento que se requiera.
d) Los comprobantes de gastos deberán estar expedidos a nombre de los Servicios Estatales de Salud,
por la persona física o moral a quien se efectuó el pago. Dicha documentación, deberá cubrir los
requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, siendo responsabilidad de
la Unidad Ejecutora su revisión.
Será responsabilidad de “EL ESTADO”, verificar la veracidad de la información contenida en los informes a
que se refiere esta cláusula.
SEXTA.- SEGUIMIENTO DEL GASTO. “LAS PARTES” convienen que para dar seguimiento al ejercicio
del gasto dirigido al cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL ESTADO”, deberá proporcionar a la
Comisión Nacional de Protección Social en Salud la información del ejercicio de los recursos federales
transferidos, conforme lo establecido en la Cláusula Quinta, así como en los numerales 5.3.1 y 6.2.2 de las
Reglas de Operación. Lo anterior en términos del Capítulo VII del Título Tercero Bis, de la Ley General de
Salud denominado “De la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos del
Sistema de Protección Social en Salud”.
Para los efectos de la presente cláusula “EL ESTADO” se compromete a cumplir con la entrega oportuna
de la información antes referida, considerando que la misma es componente indispensable para efectos de la
transparencia, control y supervisión en la aplicación de los recursos federales transferidos y para el
cumplimiento de los fines, así como que, es información importante para la rendición de cuentas y para los
efectos de los objetivos de fiscalización.
SÉPTIMA.- INDICADORES. Para dar seguimiento a los indicadores establecidos en las Reglas de
Operación, “EL ESTADO” se obliga a proporcionar a “LA SECRETARÍA” por conducto de la Comisión
Nacional de Protección Social en Salud, la información de las variables de dichos indicadores a través del
Sistema de Información en Salud, el cual forma parte del Sistema Nacional de Información de Salud (SINAIS)
en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DE “EL ESTADO”. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio,
“EL ESTADO”, además de lo establecido en el numeral 5.1.4 de las Reglas de Operación, se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento al objeto establecido
en el mismo, a través de la Unidad Ejecutora, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y
destino de los citados recursos.
II. Entregar, por conducto de la Unidad Ejecutora, a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión
Nacional de Protección Social en Salud, en términos del numeral 6.2.2 de las Reglas de Operación,
la información estipulada en el presente Convenio.
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora, la
documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, y ponerla
a disposición, cuando le sea requerida por “LA SECRETARÍA” y, en su caso, por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores locales o federales competentes, así como
la información adicional que estos últimos le requieran, de conformidad, con las Reglas de
Operación.
III. Ministrar a la Unidad Ejecutora, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, los recursos
transferidos, íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco
días hábiles siguientes a su recepción, haciéndolo del conocimiento de la Comisión Nacional de
Protección Social en Salud, de forma oficial por conducto de la Unidad Ejecutora, en un plazo
máximo de 10 días hábiles.
IV. Aperturar una cuenta bancaria productiva específica a nombre de la Unidad Ejecutora, para la
ministración y control, exclusivamente de los recursos transferidos por virtud de este instrumento
jurídico.
24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
V. Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos presupuestarios federales transferidos, que
después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas no hayan sido ministrados
a la Unidad Ejecutora o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de
este Convenio.
VI. Informar por conducto de la Unidad Ejecutora a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Nacional
de Protección Social en Salud, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la
diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquéllos erogados, así como los resultados
de las evaluaciones que se hayan realizado.
VII. Mantener actualizados por conducto de la Unidad Ejecutora los indicadores para resultados de los
recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
VIII. Establecer mediante la Unidad Ejecutora, con base en el seguimiento de las metas de los
indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el
cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos transferidos.
IX. Informar sobre la suscripción de este Convenio a los órganos de control y de fiscalización de “EL
ESTADO”, y entregarles copia del mismo.
X. Realizar las acciones que se requieran para la ejecución del objeto del presente instrumento, con
recursos humanos bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, por lo que no existirá
relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARÍA”, la que en ningún caso se considerará como
patrón sustituto o solidario.
XI. Supervisar a través de su Régimen Estatal de Protección Social en Salud, el cumplimiento de las
acciones que se provean en materia de protección social en salud conforme al objeto del presente
Convenio, solicitando, en su caso, la aclaración o corrección de dichas acciones, para lo cual podrá
solicitar la información que corresponda.
XII. Publicar en el Periódico Oficial del Estado, órgano oficial de difusión de “EL ESTADO”, el presente
Convenio, así como sus modificaciones.
XIII. Difundir en su página de Internet y, en su caso, de la Unidad Ejecutora, el concepto financiado con
los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento.
NOVENA.- OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.- “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión
Nacional de Protección Social en Salud, se obliga a:
I.- Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda del presente
Convenio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y la afiliación reportada por los
Regímenes Estatales de Protección Social en Salud.
II.- Coadyuvar en el ámbito de sus atribuciones con los entes fiscalizadores competentes, en la
verificación de que los recursos presupuestarios federales transferidos sean aplicados únicamente
para la realización de los fines a los cuales son destinados.
III.- Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de
cualquier otro instrumento jurídico que formalice “EL ESTADO” para cumplir con los fines para los
cuales son destinados los recursos presupuestarios federales transferidos.
IV.- Realizar la supervisión financiera del cumplimiento de las acciones que se provean en materia de
protección social en salud conforme al objeto del presente Convenio, solicitando, en su caso, la
aclaración o corrección de dichas acciones, para lo cual podrá solicitar la información que
corresponda, independientemente de la supervisión en campo, que en su caso, se programe realizar.
V.- Hacer del conocimiento, en forma inmediata, del órgano de control de “EL ESTADO”, así como de la
Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría de la Función Pública y del Órgano Interno de
Control de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, los casos que conozca en que los
recursos federales transferidos por virtud de este Convenio no hayan sido aplicados a los fines a los
que fueron destinados. En la misma forma procederá si “EL ESTADO” no comprueba que los
recursos transferidos se aplicaron a dichos fines.
VI.- Solicitar a “EL ESTADO” realizar el reintegro de los recursos federales transferidos, incluyendo los
intereses que correspondan conforme a las disposiciones aplicables, cuando los haya aplicado a
fines distintos de aquéllos para los que le fueron transferidos, así como en los demás supuestos
previstos en las Reglas de Operación y en el presente Convenio.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25
VII.- Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos,
sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
VIII.- Dar seguimiento, en coordinación con “EL ESTADO”, sobre el avance en el cumplimiento del objeto
del presente instrumento.
IX.- La supervisión, control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios
transferidos en virtud de este instrumento, serán realizados con apego a las disposiciones jurídicas
aplicables, según corresponda, por “LA SECRETARÍA”, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, y demás órganos
fiscalizadores federales competentes, sin perjuicio de las acciones de supervisión, vigilancia, control
y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de
control de “EL ESTADO”, así como su Régimen Estatal de Protección Social en Salud.
X.- Establecer, a través de las unidades administrativas, de acuerdo a su ámbito de competencia, con
base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones
realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se
destinan los recursos transferidos.
XI.- Publicar el presente Convenio en el Diario Oficial de la Federación, así como en su página de
Internet.
DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente instrumento jurídico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha
de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.
DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO. “LAS PARTES” acuerdan que el presente
Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, en estricto apego a las disposiciones jurídicas
aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma.
En caso de contingencias para la realización del Programa previsto en este instrumento, “LAS PARTES”
se comprometen a acordar y realizar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias,
mismos que serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA SEGUNDA.- REINTEGRO DE RECURSOS FEDERALES. Procederá que “EL ESTADO”
reintegre los recursos que le fueron transferidos cuando:
I. No se destinen a los fines autorizados, de acuerdo con el numeral 5.4 de las Reglas de Operación.
II. No se hayan devengado a más tardar en la fecha de conclusión de la vigencia de este Convenio.
III. Se den los supuestos previstos en la fracción V de la Cláusula Octava de este Convenio.
El reintegro de los recursos, incluyendo los rendimientos financieros que correspondan, se realizará a la
Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal 2015.
Cuando “LA SECRETARÍA” tenga conocimiento de alguno de los supuestos establecidos en esta cláusula,
oportunamente deberá hacerlo de conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de
Función Pública y del Órgano de Control de “EL ESTADO”, a efecto de que éstos realicen las acciones que
procedan en su ámbito de competencia.
“EL ESTADO” deberá notificar de manera oficial a “LA SECRETARÍA” por conducto de la Comisión
Nacional de Protección Social en Salud, la realización del reintegro correspondiente o, en su caso, la
comprobación de la debida aplicación de los recursos.
DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad
por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por causas de fuerza mayor o caso fortuito que impidan,
la ejecución total o parcial de las obligaciones del objeto del presente instrumento.
Una vez superados dichos eventos se reanudarán las actividades en la forma y términos que señalen
“LAS PARTES”.
DÉCIMA CUARTA.- COMUNICACIONES. Las comunicaciones de tipo general, que se realicen con
motivo de este Convenio, deberán ser por escrito, con acuse de recibo y dirigirse a los domicilios señalados
por “LAS PARTES” en el apartado de declaraciones de este instrumento.
En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambie de domicilio, se obligan a dar el aviso correspondiente a
la otra, con 30 días naturales de anticipación a que dicho cambio de ubicación se realice.
26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DÉCIMA QUINTA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan
que el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este
instrumento sean transferidos, corresponderán a “LA SECRETARÍA”, la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, y a las instancias de fiscalización federales que correspondan, en sus respectivos ámbitos de
competencia, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con las
instancias de fiscalización federales, realice el órgano de control de “EL ESTADO”.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio podrá darse por terminado cuando
se presente alguna de las siguientes causas:
I. Estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II. Acuerdo de las partes.
III. Falta de disponibilidad presupuestaria para el cumplimiento de los compromisos a cargo
de “LA SECRETARÍA”.
IV. Caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESCISIÓN. El presente Convenio podrá rescindirse por las siguientes
causas:
I. Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a
los previstos en el presente instrumento, o
II. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
DÉCIMA OCTAVA.- ANEXO. Las partes reconocen como Anexo integrante del presente instrumento
jurídico, el que se menciona a continuación y que además tienen la misma fuerza legal que el mismo:
Anexo 12 “Partidas de gasto para el apoyo económico a los estados por incremento en la demanda de los
servicios”
DÉCIMA NOVENA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente
Convenio Específico deriva de “EL ACUERDO MARCO” a que se hace referencia en el apartado de
Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso,
establecidas en “EL ACUERDO MARCO” se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si
a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el
presente documento.
VIGÉSIMA.- INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. En caso de presentarse algún
conflicto o controversia con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio “LAS PARTES”
lo resolverán conforme al siguiente procedimiento:
I.- De común acuerdo respecto de las dudas que se susciten con motivo de la ejecución o cumplimiento
del presente instrumento.
II.- En caso de no llegar a un arreglo satisfactorio, someterse a la legislación federal aplicable y a la
jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en el Distrito Federal, por lo que
en el momento de firmar este convenio, renuncian en forma expresa al fuero que en razón de su
domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa pudiere corresponderles.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por
quintuplicado a los 8 días del mes de enero de dos mil quince.- Por la Secretaría: el Comisionado Nacional
de Protección Social en Salud, Gabriel Jaime O´Shea Cuevas.- Rúbrica.- El Director General de
Financiamiento, Antonio Chemor Ruiz.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Planeación y Finanzas
del Estado de Tabasco, Amet Ramos Trocónis.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los
Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Juan Antonio Filigrana Castro.- Rúbrica.- El Director del
Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Tabasco, Rommel Franz Cerna Leeder.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27
ANEXO 12. PARTIDAS DE GASTO PARA EL APOYO ECONÓMICO A LOS SESA POR INCREMENTO EN LA
DEMANDA DE SERVICIOS
Núm. Partidas de Gasto
1 11301 Sueldos base
2 12101 Honorarios
3 12201 Sueldos base al personal eventual
4 21101 Materiales y útiles de oficina
5 21201 Materiales y útiles de impresión y reproducción
6 21401 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos
7 21501 Material de apoyo informativo
8 21601 Material de limpieza
9 22102 Productos alimenticios para personas derivado de la prestación de servicios públicos en unidades
de salud, educativas, de readaptación social
10 22301 Utensilios para el servicio de alimentación
11 24201 Cemento y productos de concreto
12 24301 Cal, yeso y productos de yeso
13 24401 Madera y productos de madera
14 24501 Vidrio y productos de vidrio
15 24601 Material eléctrico y electrónico
16 24701 Artículos metálicos para la construcción
17 24801 Materiales complementarios
18 24901 Otros materiales y artículos de construcción y reparación
19 25101 Productos químicos básicos
20 25301 Medicinas y productos farmacéuticos
21 25401 Materiales, accesorios y suministros médicos
22 25501 Materiales, accesorios y suministros de laboratorio
23 25901 Otros productos químicos
24 26105 Combustibles, lubricantes y aditivos para maquinaria, equipo de producción y servicios
administrativos
25 27101 Vestuario y uniformes
26 27501 Blancos y otros productos textiles, excepto prendas de vestir
27 29101 Herramientas menores
28 29201 Refacciones y accesorios menores de edificios
28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
29 29301 Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de administración, educacional
y recreativo
30 29401 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo
31 29501 Refacciones y accesorios menores de equipo e instrumental médico y de laboratorio
32 29801 Refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos
33 31101 Servicio de energía eléctrica
34 31201 Gas
35 31301 Servicio de agua
36 32301 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos
37 32601 Arrendamiento de maquinaria y equipo
38 33303 Servicios relacionados con certificación de procesos
39 33603 Impresiones de documentos oficiales para la prestación de servicios públicos, identificación,
formatos administrativos y fiscales, formas valoradas, certificados y títulos
40 33604 Impresión y elaboración de material informativo derivado de la operación y administración de las
dependencias y entidades
41 33901 Subcontratación de servicios con terceros
42 34701 Fletes y maniobras
43 35101 Mantenimiento y conservación de inmuebles
44 35201 Mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración
45 35301 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos
46 35401 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio
47 35701 Mantenimiento y conservación de maquinaria y equipo
48 35801 Servicios de lavandería, limpieza e higiene
49 51101 Mobiliario
50 51501 Bienes informáticos
51 51901 Equipo de administración
52 53101 Equipo médico y de laboratorio
53 53201 Instrumental médico y de laboratorio
54 56400 Sistema de aire acondicionado, calefacción y refrigeración industrial y comercial
55 56601 Maquinaria y equipo eléctrico y electrónico
56 62201 Obras de construcción para edificios no habitacionales
57 62202 Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones no habitacionales
58 24101 Productos minerales no metálicos
_______________________________
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la
ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y Desarrollo Integral de la Familia del
Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.-
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO
SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE
LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA,
Y POR LA OTRA, DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE
“DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL INTERINO, LIC. IRAD IVÁN ENCINAS MORENO, A
QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD
CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal
para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción
de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada
entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de
planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban
realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando
la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que
son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades
especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos
mayores con algún tipo de discapacidad.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el
coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo
54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad
para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La
participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar
encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas
con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud
y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los
programas de Desarrollo Integral de la Familia.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo,
así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables,
y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades
Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas,
prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus
programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la
ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran
facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos
19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide
el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015.
I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o. fracciones II, III y X,
de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
Asistencia Social.
I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone
énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos
ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano,
ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su
organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con
equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar
plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes
grupos sociales y regiones del país.
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con
discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de
trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la
sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria
en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras
palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la
rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las
instituciones que la integran.
En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su
desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31
Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones
que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación.
Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con
discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo.
Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho
a la accesibilidad.
I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente
convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad
con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de
discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado Chihuahua, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, creado por la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado
de Chihuahua, en su artículo 24, según Decreto Núm. 644/09 II P.O publicado en el Periódico Oficial
del Estado el día 28 de octubre de 2009, el cual fue reformado posteriormente, mediante Decreto
No. 718-2011 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 25 del 28 de marzo de 2012.
II.2 Tiene entre sus objetivos, la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en este
campo, el incremento de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las
instituciones públicas y privadas, así como la realización de las demás acciones que establezcan
las disposiciones legales aplicables.
II.3 Su Director General Interino, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su
favor por el Lic. César Horacio Duarte Jáquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Chihuahua, de fecha 7 de enero de 2014, se encuentra facultado para celebrar el
presente convenio de coordinación.
II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la
población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención.
II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente
convenio, el ubicado en Avenida Tecnológico número 2903, Colonia Magisterial, Código Postal
31310, Municipio de Chihuahua, Estado de Chihuahua.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el
presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de
Chihuahua, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables, y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35,
de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y
demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción
XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2014, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de
coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con
carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el
ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”,
para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento y Reequipamiento de Unidades Básicas
de Rehabilitación del Estado de Chihuahua”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos
que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE
OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación
y validación del proyecto en mención.
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 2100000393, “DIF NACIONAL”, aportará recursos
por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta
por un monto de $2´000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100, M.N.), que se radicarán en una
sola exhibición.
“LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir
variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el
cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE
OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al
“DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control
y ejercicio.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten
desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación,
incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las
disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas,
a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”.
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio
de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para
la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría
de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique
que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto
párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33
La Secretaria de Finanzas o su equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al
ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse
al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en
congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio.
COMPROMISOS DE “LAS PARTES”
QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la
cláusula Cuarta;
b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS
DE OPERACIÓN”.
SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo
señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para
que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio;
d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la
Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el
cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los
documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;
e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean
requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los
formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”;
f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección
General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de
concluido el objeto del presente convenio;
g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos,
debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en:
• Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de
depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente);
• Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de
Administración Tributaria (SAT);
• Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero;
• Bitácora Fotográfica;
• Informe Final de Resultados;
• Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón
de Beneficiarios;
• Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de
que aplique.
Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios
del programa.
34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los
productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización
detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de
“DIF NACIONAL” lo anterior;
i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria
del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las
evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de
Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio
y/o beneficiarios;
k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales,
porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio;
l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención
a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para
la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y
documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos
Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran,
así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable;
o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y
p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las
demás aplicables conforme a la legislación nacional.
“LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o
final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las
disposiciones aplicables.
SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a:
Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar
la leyenda:
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el Programa”.
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como
una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1
de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción
y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35
NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a
que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización
del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN
DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN
“DIF ESTATAL” LIC. IRAD IVÁN ENCINAS MORENO
DIRECTOR GENERAL INTERINO
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para
tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del
representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las
decisiones adoptadas.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL”
acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las
obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá
suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos
asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo
caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los
Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada,
con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de
Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los
compromisos y conceptos del proyecto;
e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción,
organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras
f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos
en el ejercicio de los recursos, y
j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
“DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la
Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los
intereses y rendimientos generados.
36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades,
conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades
y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la
transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente
convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos
apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan
disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea
designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación,
permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su
relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una
subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o
solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la
entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma
y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre
que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los
datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de
antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas
salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente
convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo
sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán
y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo
de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo; de
no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en
la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder
en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36
de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de
la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- Por el
DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General Interino, Irad
Iván Encinas Moreno.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la
ejecución del Programa de Atención para Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la
Familia Michoacana.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.-
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO
SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE
LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA,
Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA MICHOACANA, EN ADELANTE
“DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, MTRA. MARIANA SOSA OLMEDA, A QUIENES
CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal
para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción
de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada
entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de
planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban
realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando
la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que
son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades
especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos
mayores con algún tipo de discapacidad.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el
coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo
54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad
para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La
participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar
encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas
con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud
y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los
programas de Desarrollo Integral de la Familia.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo,
así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables,
y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades
Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas,
prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus
programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la
ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran
facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos
19, fracciones II, XXVI y XXIX, 14, 16, fracción IV y 30 del Acuerdo mediante el cual se expide el
Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015.
I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X,
de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
Asistencia Social.
I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone
énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos
ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano,
ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su
organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con
equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar
plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes
grupos sociales y regiones del país.
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con
discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de
trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la
sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria
en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras
palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la
rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las
instituciones que la integran.
En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su
desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39
Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones
que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación.
Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con
discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo.
Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho
a la accesibilidad.
I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente
convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad
con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de
discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Michoacán, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, creado mediante el Decreto número 139, publicado en el Periódico
Oficial del Estado de fecha 18 de julio de1977 y regulado por la Ley de Asistencia Social del propio
Estado, publicada en el Periódico Oficial del Estado con fecha 14 de mayo de 1987.
II.2 Tiene entre sus objetivos, la promoción del bienestar social, el desarrollo de la comunidad y el
bienestar familiar, así como la prestación organizada y permanente de servicios de asistencia jurídica
a los menores y a las familias, para la atención de los asuntos de su competencia.
II.3 Su Directora General, quien acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por el
C. Salvador Jara Guerrero, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de fecha 16 de
octubre de 2014, se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de coordinación.
II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la
población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención.
II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente
convenio, el ubicado en Avenida Acueducto y Ventura Puente, Lote 17, Colonia Bosque
Cuauhtémoc, Municipio de Morelia, Estado de Michoacán, Código Postal 58020.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el
presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de
Michoacán, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables, y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35,
de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y
demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19,
fracciones II, XXVI y XXIX, 14, 16, fracción IV, 30 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2014, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de
coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con
carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el
ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”,
para la ejecución del proyecto específico denominado “Adquisición e Instalación de Tanque Terapéutico de
Hidroterapia en el Centro de Rehabilitación y Educación Especial Morelia, Michoacán”, así como la asignación
y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el
marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato
para la identificación y validación del proyecto en mención.
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 1400001864, “DIF NACIONAL” aportará recursos
por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta
por un monto de $1´499,880.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una sola exhibición.
“LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir
variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el
cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE
OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al
“DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control
y ejercicio.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten
desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación,
incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las
disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas,
a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”.
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio
de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para
la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría
de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique
que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto
párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41
La Secretaria de Finanzas o se equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al
ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse
al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en
congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio.
COMPROMISOS DE “LAS PARTES”
QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la
cláusula Cuarta;
b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS
DE OPERACIÓN”.
SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo
señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para
que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio;
d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la
Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el
cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los
documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;
e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean
requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los
formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”;
f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección
General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de
concluido el objeto del presente convenio;
g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos,
debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en:
• Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de
depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente);
• Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de
Administración Tributaria (SAT);
• Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero;
• Bitácora Fotográfica;
• Informe Final de Resultados;
• Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de
Beneficiarios;
42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
• Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de
que aplique.
Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los
beneficiarios del programa.
h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los
productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización
detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de
“DIF NACIONAL” lo anterior;
i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria
del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las
evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de
Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio
y/o beneficiarios;
k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales,
porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio;
l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la
Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y
documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos
Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran,
así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable;
o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y
p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las
demás aplicables conforme a la legislación nacional.
“LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o
final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en
las disposiciones aplicables.
SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a:
Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar
la leyenda:
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el Programa”.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como
una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1
de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción
y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a
que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización
del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN
DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN
“DIF ESTATAL” MTRA. MARIANA SOSA OLMEDA
DIRECTORA GENERAL
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para
tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del
representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las
decisiones adoptadas.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL”
acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las
obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá
suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos
asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo
caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los
Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada,
con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de
Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los
compromisos y conceptos del proyecto;
e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción,
organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras
f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos
en el ejercicio de los recursos, y
j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
44 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
“DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la
Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los
intereses y rendimientos generados.
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades,
conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades
y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la
transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente
convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos
apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan
disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea
designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación,
permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su
relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una
subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o
solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la
entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma
y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre
que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los
datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de
antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas
salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente
convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo
sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán
y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo
de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo;
de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes
en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera
corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36
de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de
la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 21 días del mes de agosto de 2015.- Por el DIF
Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Mariana
Sosa Olmeda.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 45
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la
ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
del Estado de Morelos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.-
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO
SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE
LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA,
Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS, EN
ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, DRA. MARIA ELISA ZAMUDIO
ÁBREGO, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE
CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal
para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción
de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada
entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de
planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban
realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando
la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que
son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades
especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos
mayores con algún tipo de discapacidad.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el
coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo
54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad
para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La
participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar
encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas
con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud
y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los
programas de Desarrollo Integral de la Familia.
46 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y
conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades
Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas,
prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus
programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la
ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran
facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos
19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide
el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015.
I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X,
de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
Asistencia Social.
I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone
énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos
ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano,
ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su
organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con
equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar
plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes
grupos sociales y regiones del país.
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con
discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de
trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la
sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria
en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras
palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la
rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las
instituciones que la integran.
En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su
desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones
que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación.
Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con
discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo.
Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la
accesibilidad.
I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente
convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad
con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de
discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 47
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Morelos, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, regulado por la Ley de Asistencia Social y Corresponsabilidad
Ciudadana para el Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 21 de
noviembre de 2007.
II.2 Tiene entre sus objetivos, la promoción del bienestar social, el desarrollo de la comunidad y el
bienestar familiar, así como la prestación organizada y permanente de servicios de asistencia jurídica
a los menores y a las familias, para la atención de los asuntos de su competencia.
II.3 Su Directora General, quien acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por el
C. Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, Gobernador Constitucional del Estado de Morelos de fecha
1 de enero de 2013, se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de coordinación.
II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la
población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención.
II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente
convenio, el ubicado en Calle Las Quintas número 15, Colonia Cantarranas, Municipio Cuernavaca,
Estado de Morelos, Código Postal 62448.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el
presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de
Morelos, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables, y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35,
de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y
demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción
XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 7 de mayo de 2015, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de
coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con
carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el
ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”,
para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento del Área de Estimulación Multisensorial
del Centro de Rehabilitación Integral de Cuautla, Morelos”, así como la asignación y ejercicio de los recursos
económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE
OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y
validación del proyecto en mención.
48 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de reserva SAP 2100000386, “DIF NACIONAL”, este último
aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE
OPERACIÓN” hasta por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán
en una sola exhibición.
“LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir
variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el
cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE
OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al
“DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control
y ejercicio.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten
desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación,
incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las
disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas,
a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”.
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio
de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para
la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría
de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique
que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto
párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al
ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse
al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en
congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio.
COMPROMISOS DE “LAS PARTES”
QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la
cláusula Cuarta;
b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS
DE OPERACIÓN”.
SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo
señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para
que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio;
d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la
Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el
cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los
documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 49
e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean
requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los
formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”;
f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección
General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de
concluido el objeto del presente convenio;
g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos,
debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en:
• Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de
depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente);
• Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de
Administración Tributaria (SAT);
• Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero;
• Bitácora Fotográfica;
• Informe Final de Resultados;
• Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de
Beneficiarios;
• Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que
aplique.
Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los
beneficiarios del programa.
h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los
productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización
detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de
“DIF NACIONAL” lo anterior;
i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria
del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las
evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de
Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio
y/o beneficiarios;
k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales,
porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio;
l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la
Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y
documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos
Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran,
así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable;
o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y
p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las
demás aplicables conforme a la legislación nacional.
50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
“LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o
final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto
en las disposiciones aplicables.
SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a:
Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la
leyenda:
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el Programa”.
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como
una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1
de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción
y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a
que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización
del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN
DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN
“DIF ESTATAL” DRA. MARÍA ELISA ZAMUDIO ABREGO
DIRECTORA GENERAL
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para
tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del
representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las
decisiones adoptadas.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL”
acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las
obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá
suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos
asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo
caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los
Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada,
con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de
Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los
compromisos y conceptos del proyecto;
e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción,
organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras;
f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51
i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos
en el ejercicio de los recursos, y
j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
“DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la
Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los
intereses y rendimientos generados.
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades,
conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades
y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la
transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente
convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos
apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan
disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea
designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación,
permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su
relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una
subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o
solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la
entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma
y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre
que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los
datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de
antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas
salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente
convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo
sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán
y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo
de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo;
de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes
en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera
corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de
la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial
de la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- Por el
DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, María Elisa
Zamudio Ábrego.- Rúbrica.
52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la
ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
en Yucatán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.-
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO
SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE
LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA,
Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN YUCATÁN, EN ADELANTE “DIF
ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA, A QUIENES CUANDO
ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal
para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción
de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada
entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de
planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban
realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando
la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que
son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades
especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos
mayores con algún tipo de discapacidad.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el
coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo
54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad
para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La
participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar
encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 53
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas
con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud
y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los
programas de Desarrollo Integral de la Familia.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y
conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades
Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas,
prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus
programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la
ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran
facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos
19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide
el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015.
I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X,
de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
Asistencia Social.
I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone
énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos
ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano,
ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su
organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con
equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar
plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes
grupos sociales y regiones del país.
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con
discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de
trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la
sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria
en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras
palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la
rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las
instituciones que la integran.
En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su
desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones
que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación.
Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con
discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo.
Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la
accesibilidad.
I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente
convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad
con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de
discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Yucatán, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, creado por la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social de
Yucatán, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 12 de septiembre de 1986.
II.2 Tiene entre sus objetivos la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese
campo, así como la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a
cabo las instituciones públicas y privadas.
II.3 Su Director General, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el
Lic. Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán de fecha 01 de
octubre de 2012, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de coordinación.
II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social
a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención.
II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente
convenio, el ubicado en Avenida Miguel Alemán número 355, Colonia Itzimná, Municipio de Mérida,
Estado de Yucatán, Código Postal 97100.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el
presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de
Yucatán, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables, y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35,
de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y
demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción
XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 7 de mayo de 2015, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de
coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con
carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención a Personas con discapacidad para el
ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”,
para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento y Mobiliario del Centro Regional de
Órtesis, Prótesis y Ayudas Funcionales (CROPAFY) del Sistema Estatal DIF Yucatán”, así como la asignación
y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el
marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato
para la identificación y validación del proyecto en mención.
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 2100000385, “DIF NACIONAL” aportará recursos
por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta
por un monto de $1’000,000.00 (UN MILLÓN, DE PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una
sola exhibición.
“LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir
variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el
cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE
OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados
al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y
ejercicio.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo
de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten
desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación,
incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las
disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas,
a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”.
56 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio
de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para
la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría
de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique
que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto
párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al
ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse
al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en
congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio.
COMPROMISOS DE “LAS PARTES”
QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la
cláusula Cuarta;
b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACIÓN”.
SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo
señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para
que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio;
d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la
Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el
cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los
documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;
e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean
requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los
formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”;
f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección
General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de
concluido el objeto del presente convenio;
g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos,
debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en:
• Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de
depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente);
• Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de
Administración Tributaria (SAT);
• Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero;
• Bitácora Fotográfica;
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 57
• Informe Final de Resultados;
• Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de
Beneficiarios;
• Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que
aplique.
Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los
beneficiarios del programa.
h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los
productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización
detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF
NACIONAL” lo anterior;
i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria
del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las
evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de
Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o
beneficiarios;
k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales,
porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio;
l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la
Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y
documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos
Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran,
así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable;
o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y,
p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las
demás aplicables conforme a la legislación nacional.
“LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o
final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las
disposiciones aplicables.
SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a:
Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la
leyenda:
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el Programa”.
58 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como
una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1
de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción
y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a
que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización
del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN
DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN
“DIF ESTATAL” DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA
DIRECTOR GENERAL
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para
tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del
representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las
decisiones adoptadas.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL”
acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las
obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá
suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos
asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo
caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los
Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada,
con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de
Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los
compromisos y conceptos del proyecto;
e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción,
organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras
f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos
en el ejercicio de los recursos, y
j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
“DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la
Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los
intereses y rendimientos generados.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades,
conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades
y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la
transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente
convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos
apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan
disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea
designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación,
permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su
relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una
subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o
solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la
entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma
y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre
que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los
datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de
antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas
salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente
convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo
sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán
y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo
de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo;
de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes
en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera
corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de
la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la
Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- Por el
DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, José Limber
Sosa Lara.- Rúbrica.
60 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la
ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, para la ejecución
del proyecto específico denominado Equipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación en el Estado de Yucatán,
que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia en Yucatán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.-
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO
SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE
LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA,
Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN YUCATÁN, EN ADELANTE “DIF
ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA, A QUIENES CUANDO
ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal
para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción
de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada
entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de
planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban
realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando
la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que
son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades
especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos
mayores con algún tipo de discapacidad.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el
coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo
54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad
para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La
participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar
encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 61
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas
con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud
y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los
programas de Desarrollo Integral de la Familia.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y
conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades
Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas,
prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus
programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la
ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 Los C.C. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran
facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos
19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide
el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015.
I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X,
de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
Asistencia Social.
I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone
énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos
ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano,
ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su
organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con
equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar
plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes
grupos sociales y regiones del país.
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con
discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de
trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la
sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria
en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras
palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la
rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las
instituciones que la integran.
En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su
desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
62 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones
que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación.
Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con
discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo.
Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la
accesibilidad.
I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente
convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad
con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de
discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Yucatán, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, creado por la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social de
Yucatán, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 12 de septiembre de 1986.
II.2 Tiene entre sus objetivos la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese
campo, así como la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a
cabo las instituciones públicas y privadas.
II.3 Su Director General, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el
Lic. Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán de fecha 1 de
octubre de 2012, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de coordinación.
II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la
población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención.
II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente
convenio, el ubicado en Avenida Miguel Alemán número 355, Colonia Itzimná, Municipio de Mérida,
Estado de Yucatán, Código Postal 97100.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el
presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de
Yucatán, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables, y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 63
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35,
de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y
demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción
XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico
del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 7 de mayo de 2015, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de
coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con
carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el
ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”,
para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación
en el Estado de Yucatán”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán
como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las
especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del proyecto en mención.
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las
“REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 2100000384, “DIF NACIONAL” aportará recursos
por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta
por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una sola
exhibición.
“LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir
variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el
cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE
OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al “DIF
ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y
ejercicio.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF
ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten
desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación,
incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las
disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas,
a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”.
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio
de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para
la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría
de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique
que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto
párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
La Secretaria de Finanzas o se equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al
ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse
al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en
congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio.
COMPROMISOS DE “LAS PARTES”
QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la
cláusula Cuarta;
b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACIÓN”.
SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo
señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para
que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio;
d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la
Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el
cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los
documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;
e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean
requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los
formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”;
f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección
General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de
concluido el objeto del presente convenio;
g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos,
debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en:
• Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de
depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente);
• Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de
Administración Tributaria (SAT);
• Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero;
• Bitácora Fotográfica;
• Informe Final de Resultados;
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 65
• Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de
Beneficiarios;
• Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que
aplique.
Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los
beneficiarios del programa.
h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los
productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de
diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización
detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF
NACIONAL” lo anterior;
i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria
del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las
evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de
Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o
beneficiarios;
k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales,
porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio;
l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la
Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y
documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos
Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran,
así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable;
o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y,
p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las
demás aplicables conforme a la legislación nacional.
“LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o
final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las
disposiciones aplicables.
SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a:
Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la
leyenda:
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el Programa”.
66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como
una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1
de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción
y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a
que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización
del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN
DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN
“DIF ESTATAL” DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA
DIRECTOR GENERAL
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para
tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del
representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las
decisiones adoptadas.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL”
acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las
obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá
suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos
asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo
caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los
Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada,
con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de
Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los
compromisos y conceptos del proyecto;
e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción,
organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras
f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos
en el ejercicio de los recursos, y
j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 67
“DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la
Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los
intereses y rendimientos generados.
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades,
conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades
y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la
transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente
convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos
apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan
disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea
designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación,
permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su
relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una
subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o
solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la
entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma
y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre
que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los
datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de
antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas
salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente
convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo
sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán
y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo
de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo;
de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes
en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera
corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de
la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la
Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de septiembre de 2015.- Por
el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia
e Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, José
Limber Sosa Lara.- Rúbrica.
68 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
ACUERDO por el que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano pone a disposición de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales
Protegidas, para su administración, el terreno nacional denominado Dunas de la Soledad Polígono Tres, ubicado
en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, con una superficie de 1,164-78-32 hectáreas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad
Rural.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural.
ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, PONE A
DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA
COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, PARA SU ADMINISTRACION, EL TERRENO NACIONAL
DENOMINADO “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO, ESTADO
DE DURANGO, CON UNA SUPERFICIE DE 1,164-78-32 HECTAREAS.
ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento
en lo establecido por los artículos 41, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 158
fracción I y 160 de la Ley Agraria; 104, 105, 107 y 108 del anterior Reglamento de la Ley Agraria en Materia
de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 107 del vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia
de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 6 fracciones XII y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; artículo 2o. fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales y en
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, en términos de los siguientes:
RESULTANDOS
1. Mediante Decreto de fecha veintidós de noviembre de dos mil, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el día veintisiete del mismo mes y año, se declaró como Area Natural Protegida con el carácter de
Reserva de la Biosfera, la región denominada “MAPIMI”, localizada en los municipios de Mapimí y Tlahualillo
(sic) en el Estado de Durango; Jiménez, en el Estado de Chihuahua; y Francisco I. Madero y Sierra Mojada en
el Estado de Coahuila, que comprende una superficie total de 342,387-99-17.225 hectáreas.
2. A través del oficio número F00.- 0525 de fecha diecisiete de diciembre de dos mil nueve, recibido en
la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización, actualmente Dirección General de la
Propiedad Rural el día dieciocho siguiente, el Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas
Naturales Protegidas, manifestó al entonces Secretario de la Reforma Agraria, hoy Secretario de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano, que ratifica su solicitud, con relación a sus similares F00.- 1533 del veinticuatro
de noviembre de dos mil siete, F00.- 296 del primero de septiembre de dos mil ocho y F00.- 071 del
diecinueve de marzo de dos mil nueve, mediante los cuales solicita que sean puestos a disposición de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas
Naturales Protegidas, entre otros, el terreno nacional denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD”, ubicado dentro
de la poligonal que comprende el Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera denominada
“MAPIMI”.
Cabe precisar, que tomando en cuenta que la referida Area Natural Protegida se encuentra inmersa en los
estados de Coahuila, Durango y Chihuahua, la superficie materia del presente Acuerdo, es la relativa al
Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, denominada “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”.
3. A fin de determinar la naturaleza jurídica del predio “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”,
solicitado por la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, se llevó a cabo por parte de la Delegación
Estatal de esta Secretaría en Durango, la investigación de antecedentes registrales correspondiente,
obteniendo como resultado que por oficios números, DED/FON/853/11, DED/FON/855/11 y DED/FON/108/12
de fechas treinta de agosto del año dos mil once y diecinueve de abril de dos mil doce respectivamente,
dirigidos en su orden al Director General de Catastro, Delegación Estatal en Durango del Registro Agrario
Nacional y al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, del Municipio de Tlahualilo, Estado de
Durango, informando que no se encontraron antecedentes registrales o catastrales del referido predio.
4. Mediante oficios 152821, 152822, 152823, 152824, 152825, 152826, 152827, 152828, 152829, 152830,
152831, 152832, 152833, 152834, 152835, 152836, 152837, 152838, 152839, 152841 y 152948, todos de
fecha catorce de marzo de dos mil doce, la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad
Rural, comisionó personal para llevar a cabo los trabajos de medición y deslinde, respecto a los terrenos de
presunta propiedad de la Nación localizados al interior de la Reserva de la Biosfera “Mapimí”, ubicada en los
municipios de Tlahualilo, Sierra Mojada y Jiménez, Estados de Durango, Coahuila y Chihuahua; elaborándose
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 69
el quince de diciembre de dos mil nueve, el Aviso de Deslinde correspondiente, siendo debidamente fijado en
los parajes cercanos al predio, en los estrados de la Presidencia Municipal de Tlahualilo Durango, y en las
oficinas de la Delegación Estatal de esta Secretaría; dicho Aviso de Deslinde, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional de Durango y en el Periódico de mayor
circulación, los días doce y veintiuno de enero de dos mil diez y el veintiséis de abril de dos mil doce,
respectivamente.
5. Con fecha veintiséis de abril del año dos mil doce, se notificó al Director del Area Natural Protegida con
carácter de Reserva de la Biosfera “MAPIMI”, así como al Ejido “LAGUNA DE PALOMAS Y ESTACION
CARRILLO”, Ejido “SAN IGNACIO DE YERMO” “LA SOLEDAD” y predio “LOMA ALTA”; de la realización de
los trabajos de medición y deslinde del predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”,
ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, localizado al interior de la citada Area Natural
Protegida de carácter Federal.
6. El veinticinco de mayo de dos mil doce, fueron realizados los trabajos de medición y deslinde del predio
denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, levantándose la respectiva Acta de Medición y
Deslinde de la misma fecha, de la que se desprende que comparecieron y firmaron el acta de deslinde
correspondiente el C. Reyes Valles Aguilar del predio “El Mohovano”, y el C. Martín Adán Ramírez Mercado
del predio “Rancho Los Ruiz”. El personal comisionado rindió su informe de comisión, el veintinueve de mayo
de dos mil doce, en el que se arribó al conocimiento de que dicho predio, cuenta con una superficie analítica
de 1,164-78-32.12 hectáreas.
7. Mediante oficio DED/DE/FON/512/13 de fecha dos de agosto de dos mil trece, la Delegada Estatal en
Durango, remitió a la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización, hoy Dirección General
de la Propiedad Rural, los trabajos de medición y deslinde del predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD
POLIGONO TRES”, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Durango, para la continuación de su trámite.
8. La Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural de esta Secretaría, a través del
Departamento de Resoluciones, realizó la revisión de los trabajos de deslinde llevados a cabo en el predio
denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Durango,
por lo que el dos de junio de dos mil catorce, emitió el dictamen técnico número 719076, del que se desprende
que los trabajos de medición y deslinde fueron realizados en estricto apego a la legislación vigente y que los
resultados obtenidos son considerados correctos, además que el predio deslindado, se trata de un terreno
propiedad de la Nación, en calidad de baldío, situado al interior de la región denominada “MAPIMI”, que por
Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de noviembre de dos mil, fue
declarada como Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, localizada respecto al citado
predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado
de Durango; el cual se detalla conforme al siguiente cuadro de construcción y en los términos que se indican a
continuación:
COORDENADAS DE PARTIDA RUMBO DE PARTIDA
LINEA ORIENTADA X Y N,S GDOS. MIN. SEG. E.W
DEL V. 1 AL V. 2 613225.56 2959715.81 N 000 31 40 W
RUMBOS ASTRONOMICOS DISTANCIAS HORIZONTALES
VERTICE N,S GDOS. MIN. SEG. E,W MTS./CTMS
2 S 078 49 02 E 167.28
3 S 078 13 57 E 1,051.86
4 S 079 20 33 E 693.80
5 S 084 06 06 E 668.52
6 S 078 28 33 E 1,826.70
7 S 079 49 34 E 2,076.14
8 S 079 29 39 E 2,959.83
9 S 079 07 51 E 2,088.63
10 S 012 36 55 W 1,617.93
11 N 073 24 26 W 1,455.22
1 N 000 31 40 W 416.80
70 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
EN EL RECORRIDO EL TERRENO SE DEJO A LA DERECHA OBTENIENDOSE LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS:
VERTICES COLINDANCIAS
1 AL 9 DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO DOS
9 AL 10 PREDIO LOMA ALTA
10 AL 11 EJIDO SAN IGNACIO DE YERMO
11 AL 1 EJIDO LAGUNA DE PALOMAS Y ESTACION CARRILLO
LA PLANILLA DEL CALCULO DEL DESLINDE, AL IGUAL QUE LA ORIENTACION DEL PLANO RESULTARON
POSITIVAS, POR LO QUE SE DESPRENDE QUE LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS SON: 26 GRADOS,
44 MINUTOS, 13 SEGUNDOS DE LATITUD NORTE Y 103 GRADOS, 47 MINUTOS, 16 SEGUNDOS DE LONGITUD
OESTE.
EL TERRENO DESLINDADO COMPRENDE UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 1,164-78-32 HECTAREAS., DE LAS
CUALES SE TIPIFICA QUE SON 1,164-78-32 HECTAREAS DEDICADAS A LA CONSERVACION Y PROTECCION
AMBIENTAL.
EN EL ANALISIS A LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA AL EXPEDIENTE DE MERITO,
ESPECIFICAMENTE EN CUANTO A LAS NOTIFICACIONES A LOS COLINDANTES Y A LA RESPECTIVA ACTA DE
DESLINDE, SE OBSERVO QUE DE LOS ORGANOS DE REPRESENTACION EJIDAL DE LOS POBLADOS “LAGUNA DE
PALOMAS Y ESTACION CARRILLO” Y “SAN IGNACIO DE YERMO”, UNICAMENTE FIRMAN LOS PRESIDENTES Y
NO ASI LOS SECRETARIOS NI LOS TESOREROS SIN EMBARGO, DURANTE LA RECONSTRUCCION DE LOS
POLIGONOS CORRESPONDIENTES A LOS NUCLEOS AGRARIOS MENCIONADOS Y LA ELABORACION DEL
MOSAICO CONJUNTO CON EL POLIGONO DEL PREDIO DE PRESUNTA PROPIEDAD DE LA NACION, SE
COMPROBO QUE SE RESPETARON INTEGRAMENTE LOS LIMITES DE LA PROPIEDAD SOCIAL, CONFORME A
LOS DATOS TECNICOS OBTENIDOS DURANTE LOS TRABAJOS DE CERTIFICACION REALIZADOS POR EL
PROCEDE PARA ESTOS EJIDOS Y QUE CONSTAN EN LOS ARCHIVOS DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, POR
LO QUE SE PUEDE ASEGURAR QUE NO SE AFECTA EN LO ABSOLUTO PROPIEDAD SOCIAL.
POR OTRA PARTE, PARA LA DILIGENCIA DE MEDICION Y DESLINDE ASISTIERON, ENTRE OTROS, LOS CC.
REYES VALLES AGUILAR Y MARTIN ADAN RAMIREZ MERCADO, QUIENES POR SU PROPIO DERECHO Y EN
REPRESENTACION DE OTROS, SOLICITARON SE LES RECONOZCA SU MEJOR DERECHO RESPECTO DE LOS
PREDIOS DENOMINADOS “EL MOHOVANO” Y “RANCHO LOS RUIZ” RESPECTIVAMENTE, EN CUANTO AL SR.
VALLES BAJO EL ARGUMENTO DE TENER LA OCUPACION DESDE HACE MAS DE 50 AÑOS JUNTO CON LOS CC.
JOSE DOMINGO VALLES AGUILAR Y OSCAR VALLES GARCIA Y QUE POR ELLO PIDE SE CONTINUE EL TRAMITE
DE SU SOLICITUD DE ENAJENACION; POR OTRA PARTE EN LO CONCERNIENTE AL SR. RAMIREZ MERCADO,
TAMBIEN ARGUMENTA EL MEJOR DERECHO POR LA POSESION QUE DICEN HABER DETENTADO DURANTE LOS
ULTIMOS 20 AÑOS, SOBRE EL TERRENO QUE ADQUIRIERON MEDIANTE JUICIO DE PRESCRIPCION POSITIVA;
SITUACION POR LA QUE LOS COMISIONADOS LLEVARON A CABO LA IDENTIFICACION FISICA DE LAS
SUPERFICIES RECLAMADAS POR LOS INTERESADOS PRECITADOS. AL RESPECTO ES OPORTUNO MENCIONAR
QUE INDEPENDIENTE DEL TRASLAPE QUE ENTRE SI PRESENTAN LOS DOS PREDIOS RECLAMADOS, EN CUANTO
A “EL MOHOVANO”, SEGUN LOS ANTECEDENTES EXISTENTES, SE REFIERE A UNA SOLICITUD DE ENAJENACION
POR LA VIA DE TERRENOS NACIONALES PRESENTADA POR EL C. REYES VALLES AGUILAR Y QUE SE
ENCUENTRA EN LA ETAPA DE INTEGRACION DOCUMENTAL; Y EN LO CONCERNIENTE A “RANCHO LOS RUIZ”,
SE TIENE CONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA DICTADA POR LA PRIMERA SALA CIVIL DEL SUPREMO TRIBUNAL
DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, DENTRO DEL TOCA NUMERO 356/2008, FORMADO CON MOTIVO
DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES
PROTEGIDAS A TRAVES DE LA UNIDAD FUNCIONAL JURIDICA DE LA DIRECCION REGIONAL NORESTE Y SIERRA
MADRE ORIENTAL, POR LA QUE SE REVOCO LA SENTENCIA DE FECHA 14 DE MAYO DE 2008, RELATIVA A LA
JURISDICCION VOLUNTARIA DE INFORMACION AD-PERPETUAM, POR CONSIDERAR ENTRE OTRAS COSAS QUE:
“…LOS DEMANDADOS ANTES MENCIONADOS NO REUNEN LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LOS ARTICULOS
2914 Y 2915 PARA CONSIDERAR QUE SE HAN CONVERTIDO EN PROPIETARIO DEL INMUEBLE QUE FUE OBJETO
DE LAS DILIGENCIAS ALUDIDAS…”, DE LO QUE SE DESPRENDE QUE LA CONTROVERSIA QUE MOTIVARON LAS
INCONFORMIDADES NO VERSA SOBRE EL REGIMEN DE PROPIEDAD DE LA SUPERFICIE EN COMENTO SINO
RESPECTO DEL MEJOR DERECHO QUE LES PUDIERA ASISTIR PARA SU ADQUISICION; AUNADO A LO ANTERIOR,
VISTA LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA AL EXPEDIENTE DE MERITO Y PRINCIPALMENTE, COMO
RESULTADO DEL ANALISIS TECNICO Y ACOPLES CARTOGRAFICOS REALIZADOS, SE CONCLUYE QUE EL PREDIO
DE NUESTRA ATENCION ES PROPIEDAD DE LA NACION EN CALIDAD DE BALDIO, POR LO QUE TECNICAMENTE
RESULTA PROCEDENTE REALIZAR LOS TRAMITES NECESARIOS PARA DECLARARLO COMO NACIONAL, SIN
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 71
OMITIR MENCIONAR QUE LA TOTALIDAD DE LA SUPERFICIE QUE LO CONFORMA SE SITUA AL INTERIOR DE LA
REGION CONOCIDA COMO “MAPIMI”, MISMA QUE POR DECRETO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION EL 27 DE NOVIEMBRE DE 2000, SE DECLARO AREA NATURAL PROTEGIDA CON
CATEGORIA DE RESERVA DE LA BIOSFERA.
POR LO ANTERIOR Y DE CONFORMIDAD CON LOS RAZONAMIENTOS VERTIDOS SE:
ACUERDA
PRIMERO: REVISADO TECNICAMENTE EL EXPEDIENTE SE CONCLUYE QUE LOS TRABAJOS REALIZADOS
CUMPLEN CON LOS ELEMENTOS ESTABLECIDOS, POR LO QUE SE DICTAMINA EN SENTIDO POSITIVO.
SEGUNDO: TURNESE EL EXPEDIENTE QUE HA QUEDADO DEBIDAMENTE INTEGRADO PARA DICTAR LA
RESOLUCION QUE CONFORME A DERECHO PROCEDA.
9. Derivado de lo expuesto en el Resultando anterior, con fecha diez de junio de dos mil catorce, esta
Dependencia del Ejecutivo Federal emitió Resolución, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación
el cuatro de noviembre de dos mil catorce, mediante la cual declara como terreno nacional, el predio
denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, localizado en el Municipio de Tlahualilo, Estado
de Durango, con superficie de 1,164-78-32 hectáreas (MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO HECTAREAS,
SETENTA Y OCHO AREAS, TREINTA Y DOS CENTIAREAS), que se encuentra ubicado al interior de la zona
conocida como “MAPIMI”, que por Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
veintisiete de noviembre de dos mil, fue declarada como Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la
Biosfera.
CONSIDERANDOS
I.- Que esta Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a través de su Titular, se encuentra
facultada para resolver y atender la petición señalada en el Resultando 2 del presente Acuerdo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 41, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 158 fracción I y 160 de la Ley Agraria; 104, 105, 107 y 108 del anterior Reglamento de la Ley Agraria
en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 107 del vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia
de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 6 fracciones XII y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; artículo 2o. fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales y en
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
II.- Que en atención a la referida solicitud de puesta a disposición realizada por el Comisionado Nacional
de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, relativa al predio denominado “DUNAS DE LA
SOLEDAD POLIGONO TRES”, la entonces Secretaría de la Reforma Agraria, hoy Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano, comisionó personal de su adscripción para el efecto de que se llevarán a cabo
los trabajos de medición y deslinde del predio solicitado, en estricto apego a lo preceptuado por los artículos
160 de la Ley Agraria y los entonces vigentes 107 y 108, actualmente 104 y 105 del Reglamento de la Ley
Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, levantándose al efecto el Acta de Deslinde
correspondiente, de la que se observa que el predio que se pondrá a disposición de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, tiene
una superficie total de 1,164-78-32 hectáreas; una vez llevada a cabo la revisión de los trabajos realizados por
el personal adscrito a la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, por conducto del
Departamento de Resoluciones, en términos del artículo 107 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de
Ordenamiento de la Propiedad Rural, se emitió el dictamen técnico número 719076 de fecha dos de junio
de dos mil catorce, del que se desprende que los resultados obtenidos son considerados correctos, además
que el predio deslindado, se trata de un terreno propiedad de la Nación, en calidad de baldío, por lo que con
fecha diez de junio de dos mil catorce, esta Dependencia del Ejecutivo Federal emitió Resolución, mediante la
que se declaró nacional dicho predio, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de
noviembre de dos mil catorce.
Lo anterior, para estar en condiciones de dar debido cumplimiento a una de sus facultades, como lo es, la
Administración de Areas Naturales Protegidas, de conformidad con lo preceptuado por la fracción VII del
artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y Título Segundo, Capítulo I de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
III.- Que como se desprende del análisis del fundamento legal anteriormente señalado es facultad de esta
Dependencia del Ejecutivo Federal la administración de los Terrenos Nacionales, por lo que en consecuencia,
corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en cumplimiento a lo establecido en el
cuarto párrafo del artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, atender la
72 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
solicitud hecha por el Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, a efecto
de poner a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la
Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, el terreno nacional denominado “DUNAS DE LA
SOLEDAD POLIGONO TRES”, localizado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, que se encuentra
inmerso en las poligonales del Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, la región
denominada “MAPIMI”, localizada en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado de Durango, que comprende una
superficie total de 1,164-78-32 hectáreas.
Bajo este tenor, toda vez que es competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, el manejo y administración de las Areas
Naturales Protegidas, como se establece en el último párrafo del artículo 63 de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, por tratarse del predio en cuestión de Terrenos Nacionales
comprendidos dentro de un Area Natural Protegida de carácter Federal, es procedente emitir el presente
Acuerdo, a efecto de poner a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través
de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para que se destinen conforme a las disposiciones
jurídicas que resulten aplicables de conformidad a lo preceptuado por las fracciones I, V y X del artículo 32
Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y Protección al Ambiente.
IV.- Que habiéndose cumplido con lo dispuesto por la Ley Agraria y el Reglamento de la Ley Agraria en
Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y toda vez que es competencia de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas el manejo y
administración de las Areas Naturales Protegidas, como se establece en el último párrafo del artículo 63 de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, por tratarse el predio en cuestión de un
Terreno Nacional comprendido dentro de un Area Natural Protegida de carácter Federal, es procedente
PONER A DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO
DE LA COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, PARA SU ADMINISTRACION, EL TERRENO
NACIONAL DENOMINADO “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE
TLAHUALILO, ESTADO DE DURANGO, CON UNA SUPERFICIE DE 1,164-78-32 HECTAREAS (MIL CIENTO SESENTA Y
CUATRO HECTAREAS, SETENTA Y OCHO AREAS, TREINTA Y DOS CENTIAREAS); puesta a disposición, que
deberá ser formalizada con independencia de los efectos jurídicos que surten a partir de la publicación en el
Diario Oficial de la Federación del presente Instrumento legal, a través del Acta de Entrega - Recepción
correspondiente.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se dicta el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se pone a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por
conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para su administración, el terreno nacional
denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO,
ESTADO DE DURANGO, el cual se encuentra ubicado dentro de las poligonales del Area Natural Protegida con
carácter de Reserva de la Biosfera, la región denominada “MAPIMI”, situada en el Municipio de Tlahualilo, en
el Estado de Durango, que comprende una superficie total de 1,164-78-32 hectáreas, cuya dimensión,
localización y colindancias, se encuentran descritas en el cuerpo del presente Instrumento legal.
SEGUNDO.- Elabórese el Acta de Entrega – Recepción correspondiente, a través de la cual se efectuará
la entrega formal y material a la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, del Terreno Nacional
denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO,
ESTADO DE DURANGO, CON SUPERFICIE DE 1,164-78-32 HECTAREAS, que se encuentra ubicado dentro de las
poligonales del Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, la región denominada
“MAPIMI”, ubicada en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado de Durango.
TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo en el Registro Público de la Propiedad Federal, en el Registro
Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de la Entidad Federativa de que se
trata.
CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y notifíquese mediante
copia certificada del mismo a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión
Nacional de Areas Naturales Protegidas, así como a la Delegación de esta Secretaría en el Estado de
Durango, para los efectos legales a que haya lugar.
Dado en la Ciudad de México, a 6 de enero de 2016.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique
González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea
Sosa.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 73
CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el
ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Cumbres del Sur Etapa III, que celebran la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán en el Estado
de Sinaloa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de
Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda.
PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS
URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO
RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL
MUNICIPIO DE CULIACÁN, EN EL ESTADO DE SINALOA; REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR
GENERAL C. JUAN GABRIEL BALLARDO VALDÉZ; ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE
LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
"LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS:
CONSIDERANDOS
I. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades
federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de
política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en
consideración los criterios propuestos por las entidades federativas.
II. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de
Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las
"Reglas de Operación".
III. Q.ue en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la
"Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho
cuerpo regulatorio.
IV. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora"
quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio
con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida.
V. Que el 7 abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de Operación
de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en detallar actividades y
desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover
certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando
aspectos de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor
comprensión de las citadas Reglas” para “ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados en su
implementación”.
VI. Que en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido
en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente
instrumento jurídico.
VII. Que el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio
deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora.
VIII. Que el mes de octubre del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de
Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "Cumbres del Sur Etapa III", con
domicilio en calle Boulevard Lomas de San Isidro sin número, Fraccionamiento Lomas de San Isidro, en la
ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80197; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U2
74 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
y coordenadas X=24.7619917° N; Y= 107.3960261° E; con superficie del predio de 27,527.67 metros
cuadrados; promovido por el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa; con
domicilio en calle Juan José Ríos número 399 esquina con calle Juan M. Banderas, colonia Almada, en la
ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80019.
DECLARACIONES
I. Declara la "SEDATU":
I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos
1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la
población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas,
bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal competentes.
I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de
Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en
las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de
2013, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas,
mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población
con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo.
I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a
la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas, conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2014.
I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU
de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el
Reglamento Interior de la "SEDATU".
I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en
los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la “SEDATU”.
I.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y
forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus
Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales.
I.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia
Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el
presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A,
Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior.
I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en
Av. Paseo de la Reforma No. 333, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la
Ciudad de México, Distrito Federal.
II. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN EN EL ESTADO DE SINALOA:
II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Culiacán,
en el Estado de Sinaloa; con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo
establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 110 y
125 fracción V de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 88 de la Ley del Gobierno Municipal
del Estado de Sinaloa.
II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, según
como lo acredita en el poder con la escritura pública número 4,934, volumen XVII de fecha 13 de
febrero de 2014, protocolizada por el Licenciado Ismael Arenas Espinoza, notario público número
162 en el estado, con ejercicio y residencia en esta municipalidad.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 75
TESTIMONIO PRIMERO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO (5,048) CINCO MIL CUARENTA y
OCHO. VOLUMEN (XVIII) DECIMOCTAVO, DE FECHA (30) TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
(2014) DOS MIL CATORCE.
ACTO JURÍDICO QUE CONSIGNA del Acta de SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA JUNTA
DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULlACÁN, de fecha 11 de julio
del año 2014, en la que entre otros acuerdos, se aprobó la autorización al C. JUAN GABRIEL
BALLARDO VALDEZ, para que celebre y suscriba en nombre y representación del referido Instituto,
todos los convenios y contratos que sean necesarios para la ejecución de programas de vivienda
municipales, incluyendo los traslativos de dominio.
Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 26, Fracciones I y II del Reglamento del Instituto de
Vivienda del Municipio de Culiacán, Sinaloa, son objetivos del Instituto, entre otros, el promover y
realizar programas de vivienda para que las familias en condiciones de pobreza extrema puedan
adquirir, mejorar o construir su vivienda, así como establecer, en coordinación con las dependencias
municipales competentes, en el marco del Plan Municipal de Desarrollo, las políticas de inversión
pública en materia de vivienda.
II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa,
C. Juan Gabriel Ballardo Valdez, se encuentra asistido por el
II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en calle Juan José
Ríos número 399 esquina con calle Juan M. Banderas, colonia Almada, en la ciudad de Culiacán,
Estado de Jalisco, C.P. 80019.
III. Declaran conjuntamente "LAS PARTES":
III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación
y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del
Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, para el ejercicio fiscal 2014.
III.2. Que cuentan con facultades para promover y, en su caso, coordinar programas y acciones con las
dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u
objeto, con los gobiernos de los Estados con la participación de sus Municipios y del Distrito Federal,
así como concertarlos con los sectores social y privado.
III.3. Que se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que suscriben el presente
Convenio de Coordinación.
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 6, 25, 26, 27, 40, 42
fracción I, 43, 90, 115 fracción V inciso a) y 121 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 9, 14, 16, 26 y 41 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25 fracción VI, 52, 54, 75 fracción II, segundo párrafo, 77,
82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y demás relativos de su
Reglamento; 1, 7 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental; 2 apartado A fracción I inciso b), 7 fracción X del Reglamento Interior de la "SEDATU", las
disposiciones jurídicas contenidas en las Reglas de Operación del Programas de Consolidación de Reservas
Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre
de 2013; 1, 4, 17, 18 fracción I, 110, 111, 125 fracción V, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1,
2, 3, 4, 6, fracción III, 9 fracciones VI, IX, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa; 1, 2, 3, 4, 5,
29 fracción VII, 88, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; 1, 2, 3, 4, 8, 9, 11, 14, XIV y XIX
del Reglamento del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Sinaloa; 1, 2, 3 fracción I, 4, 12, 13, 14,
15, 16, 19 fracción V, 22, 23, 24, 29, 30 fracciones I, XI y XXIII del Decreto por el que se establecen las bases
generales de organización y funcionamiento de los Organismos Descentralizados de la Administración Pública
del Municipio de Culiacán, Sinaloa. "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación, conforme
a las siguientes:
76 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CLÁUSULAS
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación y cooperación
entre "LAS PARTES", para el debido ejercicio de los recursos que otorga el Programa de Consolidación de
Reservas Urbanas para el ejercicio 2014, cuyo objeto es el aprovechamiento de suelo interurbano que permita
desarrollar vivienda social vertical para población con ingresos de hasta 5 Salarios Mínimos Generales
Vigentes Mensuales y que cuente con un financiamiento y/o un ahorro previo.
Los recursos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se aplicarán para el Proyecto
denominado "Cumbre del Sur Etapa III", con domicilio en calle Boulevard Lomas de San Isidro, sin número,
Fraccionamiento Lomas de San Isidro, en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80197; el cual
cumple con los requerimientos contenidos en las "Reglas de Operación" del "PCRU" aplicables al ejercicio
fiscal 2014, según se acredita con el Oficio de Autorización Técnica número 511/DG/PCRU0707AT/2014
(DGDUS y V1375) emitido por la "Instancia Coordinadora" y el cual prevé la realización de 336 acciones de
vivienda.
ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN
SEGUNDA.- "LAS PARTES" al amparo de este Convenio, se comprometen además, a trabajar de manera
coordinada en las actividades siguientes:
I. Propiciar la planeación y el desarrollo de proyectos de edificación de vivienda en suelo interurbano,
con la participación de los sectores social y privado.
II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la conformación de Padrones
de Beneficiarios a partir de la población objetivo del Programa, a fin de satisfacer las necesidades
habitacionales de la población en suelo interurbano.
III. Determinar criterios para la elaboración conjunta de convenios y acuerdos específicos con los
municipios, organismos sociales y privados, para la ejecución de las actividades previstas en el
Programa, tal como puede ser su difusión y promoción.
IV. Promover y apoyar los programas de la "SEDATU", con la participación, en su caso, de los
municipios, organismos estatales y municipales de vivienda.
V. Emprender acciones de política pública para hacer viables los postulados de la política nacional
urbana y de vivienda del Gobierno de la República, prevista en los instrumentos de planeación
nacional correspondientes.
Las anteriores actividades, son de carácter enunciativo, sin perjuicio de que "LAS PARTES” acuerden
otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio, las cuales deberán mediar
por escrito.
APORTACIONES DE RECURSOS
TERCERA.- Para el Proyecto objeto de este Convenio, la "Instancia Coordinadora" y la "Instancia
Ejecutora" acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos
en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones normativas aplicables, realizarán una aportación
conjunta hasta por un monto de $9'408,00000 (NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL PESOS
00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
• Un monto de $6'720,000.00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), a
cargo de la "SEDATU", mismo que está sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el Decreto
de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014.
• Un monto de $2'688,00000 (DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA y OCHO MIL PESOS
00/100 M.N.), a cargo de la "Instancia Ejecutora", que corresponde al 140% (cuarenta por ciento), de
la aportación federal.
En caso de que la "Instancia Ejecutora" realice aportaciones adicionales para la ejecución de las acciones
relativas al "PCRU", ello no implica la obligación para la "SEDATU" de efectuar aportación adicional alguna.
En todo caso, se sujetarán a los criterios que establecen las "Reglas de Operación" y demás disposiciones
aplicables
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 77
La aportación que realice la “Instancia Ejecutora” al amparo del “PCRU” podrá consistir en aportación en
moneda nacional, aportaciones en especie una mezcla de ambas. Para el caso de aportaciones en especie,
éstas deberán ser medibles, verificables, cuantificables y equivalentes a la cantidad que represente el
porcentaje que les corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de las "Reglas de Operación".
DE LA FORMA DE ACREDITAR LA APORTACIÓN DE RECURSOS
CUARTA.- La "Instancia Coordinadora", a través de la Dirección de Programación y Presupuestación de la
"SEDATU", realizará una transferencia bancaria por el monto de la aportación del Gobierno Federal al
Proyecto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de las Reglas de Operación y el apartado 4.5.1
del Manual de Operación, previa aprobación del proyecto y suscripción del presente convenio.
La transferencia de recursos federales se hará en la cuenta bancaria que reúna las características
mencionadas en el apartado 4.3.2 del Manual de Operación: la cual quedará acreditada mediante la Cuenta
por Liquidar Certificada que se emita al efecto.
La aportación en especie de la "Instancia Ejecutora" ya fue realizada a través de la inversión municipal en
la Urbanización exterior del entorno, consistente:
1.- Construcción de banquetas y guarniciones con longitud de 7,321.29 metros, a la que se le asigna un
valor de $1,338,659.88 (son un millón trescientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y nueve pesos
88/100 M.N.).
2.- Tendido de pavimentación con superficie de 5,519.27 metros cuadrados, a la que se le asigna
un valor de $1,653,351.92 (son un millón seiscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y un pesos
92/100 M.N.).
La Instancia Coordinadora comprobará la existencia y operatividad de las aportaciones en especie,
realizando la verificación en campo elaborando un reporte documental y, en su caso fotográfico, que evidencie
la veracidad y operatividad de la aportación
En cualquier caso la "Instancia Normativa" se reserva el derecho de modificar, añadir o suprimir medios e
instrumentos de verificación que abonen a los propósitos del Programa y que promuevan la certeza y la
transparencia en la aplicación del recurso federal. De cualquier forma, éstos deberán darse a conocer con
anticipación a la "Instancia Ejecutora" participante y formarán parte de un Anexo de este Convenio.
La documentación que acredite las aportaciones deberá integrarse por la "Instancia Coordinadora" al
expediente del Proyecto.
DEL CONVENIO ENTRE LA "INSTANCIA EJECUTORA" Y LA PERSONA FÍSICA O MORAL
RESPONSABLE DEL PROCESO CONSTRUCTIVO DE LAS VIVIENDAS.
QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" deberá suscribir un instrumento jurídico con la persona física o moral
responsable del proyecto constructivo de las viviendas en el que se especifique, cuando menos:
1.- El objeto, motivo o fin del mismo;
2.- Las obligaciones entre las partes;
3.- Deberá constar el reconocimiento mutuo e inapelable de la personalidad y capacidad jurídica de las
partes, señalando su domicilio y demás datos para su localización,
4.- El monto y forma en que la Instancia Ejecutora entregará los recursos, a la persona física o moral
responsable del proceso constructivo de las viviendas apegándose a los siguientes criterios:
• La Instancia Ejecutora entregará al desarrollador de vivienda el 50% de los recursos cuando este
último compruebe que el avance físico de obra es del 20% mínimo, y el 50% restante será entregado
al desarrollador de vivienda cuando haya comprobado el 60% de avance físico de obra.
El avance físico de la obra, para los efectos del avance mínimo del 20% mencionado en el párrafo anterior,
comprende la ejecución del desplante de la cimentación e inicio de levantamiento de los muros de la vivienda.
El avance físico de la obra del 60% comprende la conclusión de la obra negra.
La "Instancia coordinadora" realizará la verificación del avance físico de la obra por sí misma, a través del
personal que designe para tal efecto; por conducto de la Instancia Auxiliar y/o a solicitud expresa de validación
al Registro Único de Vivienda.
78 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
La "Instancia Ejecutora" deberá recabar los comprobantes de ministración y ejercicio de los recursos que
haya entregado a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de
los 5 días hábiles siguientes al depósito de los mismos, el incumplimiento de lo anterior será causal
de rescisión del convenio.
En el supuesto de que las viviendas ya se encuentren edificadas, la persona física o moral responsable de
la construcción de las mismas, deberá remitir a la Instancia Ejecutora el o los expedientes personales
debidamente integrados de cada beneficiario, cuyos ingresos serán hasta 5 Salarios Mínimos Generales
Vigentes Mensuales.
La Instancia Ejecutora verificará que el expediente personal del beneficiario cumpla con los requisitos
solicitados por el Programa y hecho lo anterior, si el expediente ha sido validado y aprobado por la Instancia
Ejecutora, aquélla entregará al responsable del proceso constructivo de las viviendas, el 100% de los recursos
aportados por cada vivienda.
En todo caso, la "Instancia Ejecutora" deberá acreditar documentalmente el ejercicio de los recursos a más
tardar al día 15 de diciembre del año en curso
5.- La forma y términos en que se controlará y evaluará el ejercicio de los recursos federales,
6.- Que la "Instancia Ejecutora" deberá cumplir con las disposiciones jurídicas y normativas relativas a las
acciones de blindaje electoral y de participación ciudadana;
7.- La forma en que podrá ser adicionado y modificado el convenio de que se trate;
8.- La vigencia del convenio;
9.- Las sanciones por incumplimiento, las cuales deberán prever la activación de un mecanismo jurídico
inmediato para hacer exigible por la vía judicial los compromisos contraídos en este Convenio, y
10.- La forma de resolución de controversias.
En caso de que exista alguna controversia entre la "Instancia Ejecutora" y la persona física o moral
responsable del proceso constructivo de las viviendas, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento de la
Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda en su calidad de "Instancia Coordinadora".
La "Instancia Ejecutora" deberá remitir un ejemplar del citado instrumento jurídico a la Instancia
Coordinadora, previo a la firma del mismo, a efecto de que esta última compruebe el cumplimiento de los
requerimientos antes descritos
Las "PARTES" convienen que los apoyos se entregarán a los beneficiarios de los programas señalados en
las "Reglas de Operación" así como en el Manual de Operación correspondiente, de acuerdo a la
disponibilidad de los recursos del "PCRU" independientemente de su origen, sin embargo, los recursos
deberán ser acreditados al 15 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Asimismo, al cierre del ejercicio fiscal la "Instancia Ejecutora" informará a la "SEDATU" el resultado de la
ejecución de los recursos asignados en este Convenio.
SEXTA.- Los recursos que aporte la "SEDATU" conforme al presente Convenio, serán considerados como
subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en
consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia del presente instrumento, ya que al ser
transferidos para su aplicación a la "Instancia Ejecutora" o los beneficiarios, estarán sujetos en todo momento
a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control, ejercicio y comprobación.
SÉPTIMA.- Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la "Instancia
Ejecutora" se compromete a recabar, validar y presentar ante la Dirección General de Desarrollo Urbano,
Suelo y Vivienda de la "SEDATU", la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos
otorgados a los beneficiarios, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la
documentación e información de los avances físicos y financieros de los apoyos otorgados, conforme a las
disposiciones previstas en las "Reglas de Operación".
OCTAVA.- En el caso de que la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio y pago de los recursos
federales transferidos al amparo del "PCRU", quedará obligada a la devolución de los mismos en los términos
que se indican en la cláusula DÉCIMA QUINTA del presente instrumento.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79
COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LAS "PARTES"
NOVENA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio la "SEDATU" se compromete a:
I. Emitir a través de las unidades responsables que determine la "SEDATU", los lineamientos
normativos, técnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de los recursos federales
aportados;
II. Proporcionar asesoría técnica y colaborar con el personal que la "Instancia Ejecutora" designe y
responsabilice de realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico;
III. Transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales federales que se
convengan, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información
que se derive, en su caso, de la operación de los mismos;
IV. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la
respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda
gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que
expresamente establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. En términos del contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos se compromete a que la propaganda que bajo cualquier modalidad de comunicación
social se difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación
social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su
promoción;
VI. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios
públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción, y
VII. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, y sus eventuales anexos.
DÉCIMA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio, la "Instancia Ejecutora" se obliga a:
I. Ejecutar de manera oportuna los recursos y transferir o aportar, en la modalidad que se determine,
los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como
compartir la información que se derive, en su caso, de la operación y administración de los mismos;
II. Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SEDATU" le
transfiera o aporte, exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables;
III. Ejecutar oportunamente los recursos materia del presente Convenio, acorde a lo establecido en el
"Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2014" y en la legislación aplicable;
IV. Elaborar y entregar los informes trimestrales respectivos a la "SEDATU";
V. Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación
de los recursos presupuestales federales;
VI. Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SEDATU" emita para el
ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SEDATU", así lo requiera
participar en emisión de los mismos;
VII. Presentar oportunamente información que le sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del
presente Convenio, proyectos y anexos que de éste se deriven;
VIII. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios
públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción;
IX. Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Gubernamental;
X. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la
Federación y demás instancias fiscalizadores, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus
programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos
de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio, en términos de lo
dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y
demás disposiciones aplicables;
80 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
XI. Instruir al personal designado por la "Instancia Ejecutora" para que transparente y rinda cuentas
sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SEDATU" aporta al amparo del "PCRU";
proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para
realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales;
XII. Presentar el cierre del ejercicio fiscal de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad
con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
XIII. Abstenerse de disponer de los recursos otorgados al amparo del "PCRU" si previamente no han
cumplido con el depósito, y en su caso, con la exhibición del comprobante de su aportación
correspondiente; en el entendido de que en caso de incumplimiento de esta obligación serán
sancionados en los términos de lo dispuesto en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de este
instrumento jurídico.
XIV. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, anexos y demás
instrumentos que se deriven de este Convenio.
REPRESENTANTES DE LAS "PARTES"
DÉCIMA PRIMERA.- Para la adecuada ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio de
Coordinación y el logro de su objeto "LAS PARTES", en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdan
designar un representante, en los siguientes términos:
Por la "SEDATU", al Director de Suelo Urbano adscrito a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo
y Vivienda de la "SEDATU", y en ausencia de este último por el (la) Delegado(a) en el Estado de Sinaloa,
cuyo titular a la firma del presente instrumento es el C. Rosendo Enrique Camacho Luque.
Por la "Instancia Ejecutora", al C. Juan Gabriel Ballardo Valdez Director General del Instituto de Vivienda
del Municipio de Culiacán, Sinaloa.
Los representantes de "LAS PARTES", serán los encargados de supervisar el estricto cumplimiento de la
normatividad aplicable, de las "Reglas de Operación" vigentes, del presente Convenio y los eventuales
Anexos y Acuerdos Específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación
periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico y, en su caso,
acordar y promover las medidas que se requieran al efecto.
Por otra parte, serán los responsables de suscribir Anexos, Acuerdos Específicos y modificaciones a los
mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
DÉCIMA SEGUNDA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre la población objetivo e interesados en general, las características, beneficios, alcances
y resultados de la Coordinación prevista en el presente Convenio.
En todo caso, "LAS PARTES" acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y
electrónicos, particularmente respecto al Programa y apoyos previstos en las "Reglas de Operación" deberán
incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SEDATU" y la "Instancia Ejecutora", y contener
la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa".
Por otra parte, los proyectos que no cuenten con padrón de beneficiarios preestablecido, se deberán
manejar invariablemente mediante convocatoria abierta, y en ningún caso, sus recursos deberán estar
etiquetados o predeterminados, de manera específica, a determinadas personas físicas, u otorgarles a éstas
preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo, con excepción de la priorización establecida en
el "PCRU" o que atienden problemas prioritarios ordenados por el titular del Ejecutivo Federal.
De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los apoyos del "PCRU" para promover o
inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81
EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN
DÉCIMA TERCERA.- Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25, 27, 75, 78, 85, 110 y 111 de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, referentes a la Evaluación de los programas sujetos a reglas
de operación, enlistados en el "Anexo 24 Programas sujetos a reglas de operación" del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; la "Instancia Ejecutora", proporcionará al personal
designado por las instancias evaluadoras, todas las facilidades así como la información necesarias para el
desarrollo de los procesos de evaluación del "PCRU".
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BLINDAJE ELECTORAL
DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" propiciarán la participación de los beneficiarios del Programa a través
de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia
del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación
de los recursos públicos asignados al mismo, ajustándose para tal efecto a los "LINEAMIENTOS PARA LA
PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE
DESARROLLO SOCIAL", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
En la operación y ejecución del Programa "LAS PARTES" observarán y atenderán las disposiciones
jurídicas aplicables, durante los procesos electorales federales, estatales y municipales
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación
(TESOFE) sin excepción, los recursos de origen federal y productos financieros generados materia del
presente Convenio, que al 31 de diciembre del presente año no se encuentren efectivamente devengados, en
los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 85 y
176 de su Reglamento; debiendo remitir a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda y a la
Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" la copia del comprobante del depósito
correspondiente
DÉCIMA SEXTA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de
cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen
ADICIONES Y MODIFICACIONES
DÉCIMO SÉPTIMA.- El presente Convenio de Coordinación podrá ser adicionado o modificado de común
acuerdo por "LAS PARTES", dichas adiciones y modificaciones deberán constar por escrito y surtirán sus
efectos a partir de la fecha de su firma.
INTERPRETACIÓN
DÉCIMA OCTAVA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que, en caso de controversia sobre
la interpretación y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación, lo resolverán de común acuerdo. De
no ser posible lo anterior, "LAS PARTES" se sujetarán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales
Federales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en forma expresa al fuero que
por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles
DÉCIMA NOVENA.- Las "PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este
instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su
debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y
cumplimiento del mismo, se sujetarán a las disposiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de
Planeación, en concordancia con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIGÉSIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, pudiendo ser revisado, modificado o
adicionado de común acuerdo por las "PARTES", conforme al presente Convenio y su vigencia, por lo que se
refiere al ejercicio de los recursos, no excederá del 31 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CLÁUSULA DE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO
VIGÉSIMA PRIMERA.- En los términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Planeación, la
"Instancia Ejecutora" conviene que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas
en el presente instrumento jurídico, y sus anexos; así como las que deriven de las Reglas de Operación del
"PCRU", su respectivo Manual de Operación y demás disposiciones normativas aplicables; pagarán a la
Federación por conducto de la TESOFE. El reintegro del total de la aportación federal recibida, los
rendimientos generados y las cargas financieras correspondientes; debiendo depositar dichas cantidades sin
necesidad de requerimiento previo dentro de los plazos legales establecidos para tal efecto y especialmente
en los siguientes casos:
1.- Cuando el precio de venta de la vivienda construida en los predios apoyados por el Programa rebase
los 200 SMGVM.
El valor de venta de la vivienda deberá quedar asentado en la escritura pública que ampare la traslación
de dominio de la misma, la cual, conjuntamente con el Certificado de Subsidio debidamente firmado por el
beneficiario, constituirán el comprobante idóneo del precio final de la vivienda.
2. - Cuando la Instancia Ejecutora no realice la aportación al Programa dentro de los plazos establecidos
en el artículo 32 de las Reglas.
3.- Cuando no realice el reintegro oportuno de los recursos para su reasignación, en los términos
señalados en los numerales 6, último párrafo y 7 del apartado 4.5.3.1 del Manual de Operación.
4.- Cuando la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio de los recursos entregados a la persona física o
moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
ministración de los recursos.
La acreditación del ejercicio de los recursos señalados en el párrafo anterior deberá comprender,
entre otros:
a).- Los comprobantes de depósito de recursos económicos transferidos, y
b).- Los comprobantes con valor fiscal que amparen las cantidades transferidas.
La "SEDATU", por conducto del personal que se designe para tal efecto; podrá verificar el cumplimiento en
la reducción del precio final de la vivienda cuando se verifique la entrega de la vivienda vertical apoyada por el
Programa a las personas físicas señaladas como población objetivo de acuerdo al listado establecido
en el Padrón de Beneficiarios.
Dicha verificación de cumplimiento final podrá realizarse en el momento de la entrega de la vivienda
vertical apoyada con recursos del Programa, o en fecha posterior, a elección de la "SEDATU", sin que sea
necesario aviso previo a la "Instancia Ejecutora", misma que quedará obligada a prestar las facilidades
necesarias al personal designado, en los términos establecidos en la cláusula "DECIMA"
del presente convenio.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el
Periódico Oficial del Estado y en las páginas institucionales de "LAS PARTES" en sistema electrónico internet.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 31 días del mes de octubre de 2014.- Por la
SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.-
El Director General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, Jorge León Wolpert Kuri.- Rúbrica.-
El Delegado de la SEDATU en el Estado de Sinaloa, Rosendo Enrique Camacho Luque.- Rúbrica.- Por el
Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, Juan Gabriel Ballardo Valdez.- Rúbrica.-
El Jefe de Administración y Finanzas del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Eduardo Valdez
López.- Rúbrica.- La Jefa de Promoción Social del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Antonia
Barraza Noriega.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83
CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el
ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Piedra de Agua, que celebran la Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de
Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda.
PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS
URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO
RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL
ESTADO DE YUCATÁN; REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, LIC. CÉSAR ARMANDO
ESCOBEDO MAY, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR DE PLANEACIÓN TERRITORIAL, INGENIERO
WILBERTH GUILLERMO BUENFIL BERZUNZA; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA
EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE
SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
CONSIDERANDOS
I. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades
federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de
política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en
consideración los criterios propuestos por las entidades federativas.
II. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de
Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las
"Reglas de Operación".
III. Que en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia
Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio.
IV. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora"
quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio
con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida.
V. Que el 7 de abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de
Operación de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en "detallar actividades
y desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover
certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando aspectos
de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor comprensión
de las citadas Reglas" para "ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados en su
implementación".
VI. Que, en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido
en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente
instrumento jurídico.
VII. Que, el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio
deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora.
VIII. Que, el día 21 del mes de julio del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de
Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "Piedra de Agua", con domicilio en
Calle 31-1 número 635, fraccionamiento Piedra de Agua, en la localidad de Itzincab y Mulsay, Municipio de
Umán, en el Estado de Yucatán, C.P. 97392; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U2 con
coordenadas X= 2,313,326.4910; Y= 500,823.6310; con superficie del predio de 28,409.83 metros cuadrados;
promovido por el INSTITUTO DE VIVIENDA del Estado de Yucatán, con domicilio en Calle 56 número 419 x
47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000.
84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DECLARACIONES
I. Declara la "SEDATU":
I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos
1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la
población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas,
bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal competentes.
I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación
de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en las Reglas de
Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, tiene como
objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del
costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5
SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo.
I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a
la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas, conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2014.
I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU
de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento
Interior de la "SEDATU".
I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en
los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU".
I.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y
forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus
Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales.
I.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia
Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el
presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A,
Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior.
I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en
Av. Paseo de la Reforma No. 333, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la
Ciudad de México, Distrito Federal.
II. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN:
II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Yucatán,
con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de
la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, contenido en el decreto número 75, publicado
en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán de fecha 15 de abril de 2008.
II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, en mérito
de lo establecido por los artículos 76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de
Yucatán, así como los diversos números 4, fracciones X, XVI, XXI y 11 fracción XI de la Ley del
Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán.
II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, se encuentra asistido por el
Ing. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza, Director de Planeación Territorial de este Instituto.
II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en Calle 56
número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000.
III. Declaran conjuntamente "LAS PARTES":
III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación
y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del
Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, para el ejercicio fiscal 2014.
III.2 Que cuentan con facultades para promover y, en su caso, coordinar programas y acciones con las
dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u
objeto, con los gobiernos de los Estados con la participación de sus Municipios y del Distrito Federal,
así como concertarlos con los sectores social y privado.
III.3. Que se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que suscriben el presente
Convenio de Coordinación:
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 6, 25, 26, 27, 40, 42
fracción I, 43, 90, 116 fracción VII y 121 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 9, 14, 16, 26 y 41 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25 fracción VI, 52, 54, 75 fracción II, segundo párrafo, 77,
82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y demás relativos de su
Reglamento; 1, 7 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental; 2 apartado A fracción I inciso b), 7 fracción X del Reglamento Interior de la "SEDATU"; las
disposiciones jurídicas contenidas en las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre
de 2013; 16 y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 2, 4, 6, 66, 67, 68 bis, 71, 75 y 76 fracción
I del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán; 1, 4, 5 fracción II, 6, 21 y 22 fracciones I y III de
la Ley de Vivienda del Estado de Yucatán; 1, 2, 4 fracciones X, XVI y XXI, 11 fracción XI de la Ley del Instituto
de Vivienda del Estado de Yucatán; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación,
conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación y cooperación
entre "LAS PARTES", para el debido ejercicio de los recursos que otorga el Programa de Consolidación de
Reservas Urbanas para el ejercicio 2014, cuyo objeto es el aprovechamiento de suelo intraurbano que permita
desarrollar vivienda social vertical para población con ingresos de hasta 5 Salarios Mínimos Generales
Vigentes Mensuales y que cuente con un financiamiento y/o un ahorro previo.
Los recursos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se aplicarán para el Proyecto
denominado "Piedra de Agua", con domicilio en Calle 31-1 número 635, fraccionamiento Piedra de Agua, en la
localidad de Iztincab y Mulsay, Municipio de Umán, en el Estado de Yucatán, C.P. 97392; el cual cumple con
los requerimientos contenidos en las "Reglas de Operación" del "PCRU" aplicables al ejercicio fiscal 2014,
según se acredita con el Oficio de Autorización Técnica número 511/DG/PCRU0491AT/2014 emitido por la
"Instancia Coordinadora" y el cual prevé la realización de 336 acciones de vivienda.
ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN
SEGUNDA.- "LAS PARTES" al amparo de este Convenio, se comprometen además, a trabajar de manera
coordinada en las actividades siguientes:
I. Propiciar la planeación y el desarrollo de proyectos de edificación de vivienda en suelo intraurbano,
con la participación de los sectores social y privado.
II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la conformación de Padrones
de Beneficiarios a partir de la población objetivo del Programa, a fin de satisfacer las necesidades
habitacionales de la población en suelo intraurbano.
III. Determinar criterios para la elaboración conjunta de convenios y acuerdos específicos con los
municipios, organismos sociales y privados, para la ejecución de las actividades previstas en el
Programa, tal como puede ser su difusión y promoción.
IV. Promover y apoyar los programas de la "SEDATU", con la participación, en su caso, de los
municipios, organismos estatales y municipales de vivienda.
V. Emprender acciones de política pública para hacer viables los postulados de la política nacional
urbana y de vivienda del Gobierno de la República, prevista en los instrumentos de planeación
nacional correspondientes.
Las anteriores actividades, son de carácter enunciativo, sin perjuicio de que "LAS PARTES" acuerden
otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio, las cuales deberán mediar
por escrito.
APORTACIONES DE RECURSOS
TERCERA.- Para el Proyecto objeto de este Convenio, la "Instancia Coordinadora" y la "Instancia
Ejecutora" acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos
en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones normativas aplicables, realizarán una aportación
conjunta hasta por un monto de $10'080,000.00 (DIEZ MILLONES OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.),
integrados en la forma siguiente:
• Un monto de $6,720,000.00, (SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), a
cargo de la "SEDATU", correspondiente a la aportación federal; mismo que está sujeto a la
suficiencia presupuestal establecida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para
el ejercicio fiscal 2014.
86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
• Un monto de $3'360,000.00, (TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS 00/100
M.N.), a cargo de la "Instancia Ejecutora", que corresponde al 50% (cincuenta por ciento), de la
aportación federal.
En caso de que la "Instancia Ejecutora" realice aportaciones adicionales para la ejecución de las acciones
relativas al "PCRU", ello no implica la obligación para la "SEDATU" de efectuar aportación adicional alguna.
En todo caso, se sujetarán a los criterios que establecen las "Reglas de Operación" y demás disposiciones
aplicables.
La aportación que realice la "Instancia Ejecutora" al amparo del "PCRU" podrá consistir en aportaciones en
moneda nacional, aportaciones en especie o una mezcla de ambas. Para el caso de aportaciones en especie,
éstas deberán ser medibles, verificables, cuantificables y equivalentes a la cantidad que represente el
porcentaje que les corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de las "Reglas de Operación".
DE LA FORMA DE ACREDITAR LA APORTACIÓN DE RECURSOS
CUARTA.- LA "INSTANCIA COORDINADORA", a través de la Dirección de Programación y
Presupuestación de la "SEDATU", realizará una transferencia bancaria por el monto de la aportación del
Gobierno Federal al Proyecto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de las Reglas de Operación y
el apartado 4.5.1 del Manual de Operación, previa aprobación del proyecto y suscripción del presente
convenio.
La transferencia de recursos federales se hará en la cuenta bancaria que reúna las características
mencionadas en el apartado 4.3.2 del Manual de Operación; la cual quedará acreditada mediante la Cuenta
por Liquidar Certificada que se emita al efecto.
La aportación de la "Instancia Ejecutora", es en monetario, consecuentemente los recursos deberán
transferirse a la misma cuenta bancaria en la que fue depositado el recurso federal, para lo cual, la constancia
de depósito, será el documento apropiado para acreditarlo. Este documento será presentado ante la "Instancia
Coordinadora" en el plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de aquel en que se haya verificado la
transferencia del recurso federal.
DEL CONVENIO ENTRE LA "INSTANCIA EJECUTORA" Y LA PERSONA FÍSICA O MORAL
RESPONSABLE DEL PROCESO CONSTRUCTIVO DE LAS VIVIENDAS.
QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" deberá suscribir un instrumento jurídico con la persona física o moral
responsable del proyecto constructivo de las viviendas en el que se especifique, cuando menos:
1.- El objeto, motivo o fin del mismo;
2.- Las obligaciones entre las partes;
3.- Deberá constar el reconocimiento mutuo e inapelable de la personalidad y capacidad jurídica de las
partes, señalando su domicilio y demás datos para su localización.
4.- El monto y forma en que la Instancia Ejecutora entregará los recursos, a la persona física o moral
responsable del proceso constructivo de las viviendas apegándose a los siguientes criterios:
• La Instancia Ejecutora entregará al desarrollador de vivienda el 50% de los recursos cuando este
último compruebe que el avance físico de obra es del 20% mínimo, y el 50% restante será entregado
al desarrollador de vivienda cuando haya comprobado el 60% de avance físico de obra.
El avance físico de la obra, para los efectos del avance mínimo del 20% mencionado en el párrafo anterior,
comprende la ejecución del desplante de la cimentación e inicio de levantamiento de los muros de la vivienda.
El avance físico de la obra del 60% comprende la conclusión de la obra negra.
La "Instancia coordinadora" realizará la verificación del avance físico de la obra por sí misma, a través del
personal que designe para tal efecto; por conducto de la Instancia Auxiliar y/o a solicitud expresa de validación
al Registro Único de Vivienda.
La "Instancia Ejecutora" deberá recabar los comprobantes de ministración y ejercicio de los recursos que
haya entregado a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de
los 5 días hábiles siguientes al depósito de los mismos, el incumplimiento de lo anterior será causal de
rescisión del convenio.
En todo caso, la "Instancia Ejecutora" deberá acreditar documentalmente el ejercicio de los recursos a más
tardar al día 15 de diciembre del año en curso.
5.- La forma y términos en que se controlará y evaluará el ejercicio de los recursos federales.
6.- Que la "Instancia Ejecutora" deberá cumplir con las disposiciones jurídicas y normativas relativas a las
acciones de blindaje electoral y de participación ciudadana;
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87
7.- La forma en que podrá ser adicionado y modificado el convenio de que se trate;
8.- La vigencia del convenio,
9.- Las sanciones por incumplimiento, las cuales deberán prever la activación de un mecanismo jurídico
inmediato para hacer exigible por la vía judicial los compromisos contraídos en este Convenio, y
10.- La forma de resolución de controversias.
En caso de que exista alguna controversia entre la "Instancia Ejecutora" y la persona física o moral
responsable del proceso constructivo de las viviendas, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento de la
Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda en su calidad de "Instancia Coordinadora".
La "Instancia Ejecutora" deberá remitir un ejemplar del citado instrumento jurídico a la Instancia
Coordinadora, previo a la firma del mismo, a efecto de que esta última compruebe el cumplimiento de los
requerimientos antes descritos.
Las "PARTES" convienen que los apoyos se entregarán a los beneficiarios de los programas señalados en
las "Reglas de Operación" así como en el Manual de Operación correspondiente, de acuerdo a la
disponibilidad de los recursos del "PCRU" independientemente de su origen, sin embargo, los recursos
deberán ser acreditados al 15 de diciembre del 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Asimismo, al cierre del ejercicio fiscal la "Instancia Ejecutora" informará a la "SEDATU" el resultado de la
ejecución de los recursos asignados en este Convenio.
SEXTA.- Los recursos que aporte la "SEDATU" conforme al presente Convenio, serán considerados como
subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en
consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia del presente instrumento, ya que al ser
transferidos para su aplicación a la "Instancia Ejecutora" o los beneficiarios, estarán sujetos en todo momento
a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control, ejercicio y comprobación.
SÉPTIMA.- Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la "Instancia
Ejecutora" se compromete a recabar, validar y presentar ante la Dirección General de Desarrollo Urbano,
Suelo y Vivienda de la "SEDATU", la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos
otorgados a los beneficiarios, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la
documentación e información de los avances físicos y financieros de los apoyos otorgados, conforme a las
disposiciones previstas en las "Reglas de Operación".
OCTAVA.- En el caso de que la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio y pago de los recursos
federales transferidos al amparo del "PCRU", quedará obligada a la devolución de los mismos en los términos
que se indican en la cláusula DÉCIMA QUINTA del presente instrumento.
COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LAS "PARTES"
NOVENA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio la "SEDATU" se compromete a:
I. Emitir a través de las unidades responsables que determine la "SEDATU", los lineamientos
normativos, técnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de los recursos federales
aportados;
II. Proporcionar asesoría técnica y colaborar con el personal que la "Instancia Ejecutora" designe y
responsabilice de realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico;
III. Transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales federales que se
convengan, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se
derive, en su caso, de la operación de los mismos;
IV. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la
respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda
gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que
expresamente establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. En términos del contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos se compromete a que la propaganda que bajo cualquier modalidad de comunicación
social se difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación
social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su
promoción;
VI. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios
públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción, y
VII. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, y sus eventuales anexos.
88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DÉCIMA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio, la "Instancia Ejecutora" se obliga a:
I. Ejecutar de manera oportuna los recursos y transferir o aportar, en la modalidad que se determine,
los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como
compartir la información que se derive, en su caso, de la operación y administración de los mismos.
II. Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SEDATU" le
transfiera o aporte, exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables;
III. Ejecutar oportunamente los recursos materia del presente Convenio, acorde a lo establecido en el
"Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2014" y en la legislación aplicable;
IV. Elaborar y entregar los informes trimestrales respectivos a la "SEDATU".
V. Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación
de los recursos presupuestales federales;
VI. Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SEDATU" emita para el
ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SEDATU", así lo requiera
participar en la emisión de los mismos.
VII. Presentar oportunamente información que le sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del
presente Convenio, proyectos y anexos que de éste se deriven;
VIII. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios
públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción;
IX. Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Gubernamental.
X. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la
Federación y demás instancias fiscalizadores, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus
programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos
de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio, en términos de lo
dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y
demás disposiciones aplicables;
XI. Instruir al personal designado por la "Instancia Ejecutora" para que transparente y rinda cuentas
sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SEDATU" aporta al amparo del "PCRU";
proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para
realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales;
XII. Presentar el cierre del ejercicio fiscal de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad
con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
XIII. Abstenerse de disponer de los recursos otorgados al amparo del "PCRU" si previamente no han
cumplido con el depósito, y en su caso, con la exhibición del comprobante de su aportación
correspondiente; en el entendido de que en caso de incumplimiento de esta obligación serán
sancionados en los términos de lo dispuesto en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de este instrumento
jurídico.
XIV. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, anexos y demás
instrumentos que se deriven de este Convenio.
REPRESENTANTES DE LAS "PARTES"
DÉCIMA PRIMERA.- Para la adecuada ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio de
Coordinación y el logro de su objeto "LAS PARTES", en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdan
designar un representante, en los siguientes términos:
Por la "SEDATU", al Director de Operación Urbana adscrito a la Dirección General de Desarrollo Urbano,
Suelo y Vivienda de la "SEDATU" y en ausencia de este último, por el (la) Delegado(a) en el Estado de
Yucatán, cuyo titular a la firma del presente instrumento es el C. Wilberth José Novelo Ceballos.
Por la "Instancia Ejecutora", al Director de Planeación Territorial del Instituto de Vivienda del Estado de
Yucatán, cargo que a la firma de este convenio es ocupado por el lng. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza.
Los representantes de "LAS PARTES", serán los encargados de supervisar el estricto cumplimiento de la
normatividad aplicable, de las "Reglas de Operación" vigentes, del presente Convenio y los eventuales
Anexos y Acuerdos Específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación
periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico y, en su caso,
acordar y promover las medidas que se requieran al efecto.
Por otra parte, serán los responsables de suscribir Anexos, Acuerdos Específicos y modificaciones a los
mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
DÉCIMA SEGUNDA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre la población objetivo e interesados en general, las características, beneficios, alcances
y resultados de la Coordinación prevista en el presente Convenio.
En todo caso, "LAS PARTES" acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y
electrónicos, particularmente respecto al Programa y apoyos previstos en las "Reglas de Operación" deberán
incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SEDATU" y la "Instancia Ejecutora", y contener
la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa".
Por otra parte, los proyectos que no cuenten con padrón de beneficiarios preestablecido, se deberán
manejar invariablemente mediante convocatoria abierta, y en ningún caso, sus recursos deberán estar
etiquetados o predeterminados, de manera específica, a determinadas personas físicas, u otorgarles a éstas
preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo, con excepción de la priorización establecida en
el "PCRU" o que atienden problemas prioritarios ordenados por el titular del Ejecutivo Federal.
De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los apoyos del "PCRU" para promover o
inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales.
EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN
DÉCIMA TERCERA.- Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25, 27, 75, 78, 85, 110 y 111 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, referentes a la Evaluación de los programas sujetos a reglas de
operación, enlistados en el "Anexo 24. Programas sujetos a reglas de operación" del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; la "Instancia Ejecutora", proporcionará al personal designado
por las instancias evaluadoras, todas las facilidades, así como la información necesarias para el desarrollo de
los procesos de evaluación del "PCRU".
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BLINDAJE ELECTORAL
DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" propiciarán la participación de los beneficiarios del Programa a través
de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia
del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación
de los recursos públicos asignados al mismo, ajustándose para tal efecto a los "LINEAMIENTOS PARA LA
PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE
DESARROLLO SOCIAL", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
En la operación y ejecución del Programa "LAS PARTES" observarán y atenderán las disposiciones
jurídicas aplicables, durante los procesos electorales federales, estatales y municipales.
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación
(TESOFE) sin excepción, los recursos de origen federal y productos financieros generados materia del
presente Convenio, que al 31 de diciembre del presente año no se encuentren efectivamente devengados, en
los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 85 y
176 de su Reglamento; debiendo remitir a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda y a la
Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" la copia del comprobante del depósito
correspondiente.
DÉCIMA SEXTA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de
cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen.
ADICIONES Y MODIFICACIONES
DÉCIMO SÉPTIMA.- El presente Convenio de Coordinación podrá ser adicionado o modificado de común
acuerdo por "LAS PARTES", dichas adiciones y modificaciones deberán constar por escrito y surtirán sus
efectos a partir de la fecha de su firma.
90 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INTERPRETACIÓN
DÉCIMA OCTAVA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que, en caso de controversia sobre
la interpretación y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación, lo resolverán de común acuerdo. De
no ser posible lo anterior, "LAS PARTES" se sujetarán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales
Federales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en forma expresa al fuero que
por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
DÉCIMA NOVENA.- Las "PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este
instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su
debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y
cumplimiento del mismo, se sujetarán a las disposiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de
Planeación, en concordancia con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIGÉSIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, pudiendo ser revisado, modificado o
adicionado de común acuerdo por las "PARTES", conforme al presente Convenio y su vigencia, por lo que se
refiere al ejercicio de los recursos, no excederá del 31 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
CLÁUSULA DE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO
VIGÉSIMA PRIMERA.- En los términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Planeación, la
"Instancia Ejecutora" conviene que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas
en el presente instrumento jurídico, y sus anexos; así como las que deriven de las Reglas de Operación del
"PCRU", su respectivo Manual de Operación y demás disposiciones normativas aplicables; pagarán a la
Federación por conducto de la TESOFE. El reintegro del total de la aportación federal recibida, los
rendimientos generados y las cargas financieras correspondientes; debiendo depositar dichas cantidades sin
necesidad de requerimiento previo dentro de los plazos legales establecidos para tal efecto y especialmente
en los siguientes casos:
1.- Cuando el precio de venta de la vivienda construida en los predios apoyados por el Programa rebase
los 200 SMGVM.
El valor de venta de la vivienda deberá quedar asentado en la escritura pública que ampare la traslación
de dominio de la misma, la cual, conjuntamente con el Certificado de Subsidio debidamente firmado por el
beneficiario, constituirán el comprobante idóneo del precio final de la vivienda.
2.- Cuando la Instancia Ejecutora no realice la aportación al Programa dentro de los plazos establecidos
en el artículo 32 de las Reglas.
3.- Cuando no realice el reintegro oportuno de los recursos para su reasignación, en los términos
señalados en los numerales 6, último párrafo y 7 del apartado 4.5.3.1 del Manual de Operación.
4.- Cuando la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio de los recursos entregados a la persona física o
moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
ministración de los recursos.
La acreditación del ejercicio de los recursos señalados en el párrafo anterior deberá comprender, entre
otros:
a).- Los comprobantes de depósito de recursos económicos transferidos, y
b).- Los comprobantes con valor fiscal que amparen las cantidades transferidas.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el
Periódico Oficial del Estado y en las páginas institucionales de "LAS PARTES" en sistema electrónico internet.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 22 días del mes de julio de 2014.-
Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.-
Rúbrica.- El Director General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, Jorge León Wolpert Kuri.- Rúbrica.-
El Delegado de la SEDATU en el Estado de Yucatán, Wilberth José Novelo Ceballos.- Rúbrica.-
Por el Instituto de Vivienda, Estado de Yucatán: el Director General, César Armando Escobedo May.-
Rúbrica.- El Director de Planeación Territorial, Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 91
CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el
ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado San Marcos, que celebran la Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de
Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda.
PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS
URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO
RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL
ESTADO DE YUCATÁN; REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, LIC. CÉSAR ARMANDO
ESCOBEDO MAY, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR DE PLANEACIÓN TERRITORIAL, INGENIERO
WILBERTH GUILLERMO BUENFIL BERZUNZA; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA
EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE
SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
CONSIDERANDOS
I. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades
federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de
política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en
consideración los criterios propuestos por las entidades federativas.
II. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de
Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las
"Reglas de Operación".
III. Que en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia
Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio.
IV. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora"
quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio
con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida.
V. Que el 7 de abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de
Operación de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en "detallar actividades
y desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover
certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando aspectos
de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor comprensión
de las citadas Reglas" para "ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados
en su implementación".
VI. Que en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido
en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente
instrumento jurídico.
VII. Que el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio
deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora.
VIII. Que el día 21 del mes de julio del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de
Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "San Marcos", con domicilio en calle
100, predio 638, entre calle 185 y calle 181, fraccionamiento San Marcos, en la ciudad de Mérida, Municipio
de Mérida, en el Estado de Yucatán, C.P. 97296; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U1 por
criterio interpretativo de homologación de Desarrollo Certificado con coordenadas X= 222613.19;
Y= 2313367.48 zona 16; con superficie del predio de 29,120 metros cuadrados; promovido por el Instituto de
Vivienda del Estado de Yucatán, con domicilio en calle 56 número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad
de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000.
92 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DECLARACIONES
I. Declara la "SEDATU":
I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos
1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la
población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas,
bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal competentes.
I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación
de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en las Reglas de
Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, tiene como
objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del
costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5
SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo.
I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a
la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas-conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2014.
I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU
de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento
Interior de la "SEDATU".
I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en
los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU".
1.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y
forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus
Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales.
1.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia
Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el
presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A,
Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior.
1.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en
Av. Paseo de la Reforma No. 333, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la
Ciudad de México, Distrito Federal.
II. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN.
II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Yucatán,
con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de
la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, contenido en el decreto número 75, publicado
en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán de fecha 15 de abril de 2008.
II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, en mérito
de lo establecido por los artículos 76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de
Yucatán, así como los diversos números 4, fracciones X, XVI, XXI, y 11 fracción XI de la Ley del
Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán.
II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, se encuentra asistido por el
Ing. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza, Director de Planeación Territorial de este Instituto.
II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en calle 56
número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000.
III. Declaran conjuntamente "LAS PARTES":
III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación
y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del
Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, para el ejercicio fiscal 2014.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 93
III.2. Que cuentan con facultades para promover y, en su caso, coordinar programas y acciones con las
dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u
objeto, con los gobiernos de los Estados con la participación de sus Municipios y del Distrito Federal,
así como concertarlos con los sectores social y privado.
III.3. Que se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que suscriben el presente
Convenio de Coordinación:
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 6, 25, 26, 27, 40, 42
fracción I, 43, 90, 116 fracción VII y 121 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 9, 14, 16, 26 y 41 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25 fracción VI, 52, 54, 75 fracción 11, segundo párrafo,
77, 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y demás relativos de su
Reglamento; 1, 7 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental; 2 apartado A fracción I inciso b), 7 fracción X del Reglamento Interior de la "SEDATU";
las disposiciones jurídicas contenidas en las Reglas de Operación del Programas de Consolidación de
Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de
diciembre de 2013; 16 y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 2, 4, 6, 66, 67, 68 bis, 71, 75 y
76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán; 1, 4, 5 fracción II, 6, 21 y 22
fracciones I y III de la Ley de Vivienda del Estado de Yucatán; 1, 2, 4 fracciones X, XVI y XXI, 11 fracción XI
de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de
Coordinación, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación y cooperación
entre "LAS PARTES", para el debido ejercicio de los recursos que otorga el Programa de Consolidación de
Reservas Urbanas para el ejercicio 2014, cuyo objeto es el aprovechamiento de suelo intraurbano que permita
desarrollar vivienda social vertical para población con ingresos de hasta 5 Salarios Mínimos Generales
Vigentes Mensuales y que cuente con un financiamiento y/o un ahorro previo.
Los recursos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se aplicarán para el Proyecto
denominado "San Marcos", con domicilio en calle 100, predio 638, entre calle 185 y calle 181, fraccionamiento
San Marcos, en la ciudad de Mérida, Municipio de Mérida, en el Estado de Yucatán, C.P. 97296; el cual
cumple con los requerimientos contenidos en las "Reglas de Operación" del "PCRU" aplicables al ejercicio
fiscal 2014, según se acredita con el Oficio de Autorización Técnica número 511/DG/PCRU0490AT/2014
emitido por la "Instancia Coordinadora" y el cual prevé la realización de 360 acciones de vivienda.
ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN
SEGUNDA.- "LAS PARTES" al amparo de este Convenio, se comprometen además, a trabajar de manera
coordinada en las actividades siguientes:
I. Propiciar la planeación y el desarrollo de proyectos de edificación de vivienda en suelo intraurbano,
con la participación de los sectores social y privado.
II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la conformación de Padrones
de Beneficiarios a partir de la población objetivo del Programa, a fin de satisfacer las necesidades
habitacionales de la población en suelo intraurbano.
III. Determinar criterios para la elaboración conjunta de convenios y acuerdos específicos con los
municipios, organismos sociales y privados, para la ejecución de las actividades previstas en el
Programa, tal como puede ser su difusión y promoción.
IV. Promover y apoyar los programas de la "SEDATU", con la participación, en su caso, de los
municipios, organismos estatales y municipales de vivienda.
V. Emprender acciones de política pública para hacer viables los postulados de la política nacional
urbana y de vivienda del Gobierno de la República, prevista en los instrumentos de planeación
nacional correspondientes.
Las anteriores actividades, son de carácter enunciativo, sin perjuicio de que "LAS PARTES" acuerden
otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio, las cuales deberán mediar por
escrito.
94 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
APORTACIONES DE RECURSOS
TERCERA.- Para el Proyecto objeto de este Convenio, la "Instancia Coordinadora" y la "Instancia
Ejecutora" acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos
en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones normativas aplicables, realizarán una aportación
conjunta hasta por un monto de $8'470,588.00 (OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL
QUINIENTOS OCHENTA y OCHO PESOS 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
• Un monto de $7'200,000.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), a cargo de
la "SEDATU", correspondiente a la aportación federal; mismo que está sujeto a la suficiencia
presupuestal establecida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio
fiscal 2014.
• Un monto de $1'270,588.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA y
OCHO PESOS 00//100 M.N.), a cargo de la "Instancia Ejecutora", que corresponde al 15% (quince
por ciento), de la aportación total.
En caso de que la "Instancia Ejecutora" realice aportaciones adicionales para la ejecución de las acciones
relativas al "PCRU", ello no implica la obligación para la "SEDATU" de efectuar aportación adicional alguna.
En todo caso, se sujetarán a los criterios que establecen las "Reglas de Operación" y demás
disposiciones aplicables.
La aportación que realice la "Instancia Ejecutora" al amparo del "PCRU" podrá consistir en aportaciones en
moneda nacional, aportaciones en especie o una mezcla de ambas. Para el caso de aportaciones en especie,
éstas deberán ser medibles, verificables, cuantificables y equivalentes a la cantidad que represente el
porcentaje que les corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de las "Reglas de Operación".
DE LA FORMA DE ACREDITAR LA APORTACIÓN DE RECURSOS
CUARTA.- La "Instancia Coordinadora", a través de la Dirección de Programación y Presupuestación de la
"SEDATU" , realizará una transferencia bancaria por el monto de la aportación del Gobierno Federal al
Proyecto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de las Reglas de Operación y el apartado 4.5.1
del Manual de Operación, previa aprobación del proyecto y suscripción del presente convenio.
La transferencia de recursos federales se hará en la cuenta bancaria que reúna las características
mencionadas en el apartado 4.3.2 del Manual de Operación; la cual quedará acreditada mediante la Cuenta
por Liquidar Certificada que se emita al efecto.
La aportación de la "Instancia Ejecutora", es en monetario, consecuentemente los recursos deberán
transferirse a la misma cuenta bancaria en la que fue depositado el recurso federal, para lo cual, la constancia
de depósito, será el documento apropiado para acreditarlo. Este documento será presentado ante la "Instancia
Coordinadora" en el plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de aquel en que se haya verificado la
transferencia del recurso federal.
DEL CONVENIO ENTRE LA "INSTANCIA EJECUTORA" Y LA PERSONA FÍSICA O MORAL
RESPONSABLE DEL PROCESO CONSTRUCTIVO DE LAS VIVIENDAS.
QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" deberá suscribir un instrumento jurídico con la persona física o moral
responsable del proyecto constructivo de las viviendas en el que se especifique, cuando menos:
1.- El objeto, motivo o fin del mismo;
2.- Las obligaciones entre las partes;
3.- Deberá constar el reconocimiento mutuo e inapelable de la personalidad y capacidad jurídica de las
partes, señalando su domicilio y demás datos para su localización;
4.- El monto y forma en que la Instancia Ejecutora entregará los recursos, a la persona física o moral
responsable del proceso constructivo de las viviendas apegándose a los siguientes criterios:
• La Instancia Ejecutora entregará al desarrollador de vivienda el 50% de los recursos cuando este
último compruebe que el avance físico de obra es del 20% mínimo, y el 50% restante será entregado
al desarrollador de vivienda cuando haya comprobado el 60% de avance físico de obra.
El avance físico de la obra, para los efectos del avance mínimo del 20% mencionado en el párrafo anterior,
comprende la ejecución del desplante de la cimentación e inicio de levantamiento de los muros de la vivienda.
El avance físico de la obra del 60% comprende la conclusión de la obra negra.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95
La "Instancia coordinadora" realizará la verificación del avance físico de la obra por sí misma, a través del
personal que designe para tal efecto; por conducto de la Instancia Auxiliar y/o a solicitud expresa de validación
al Registro Único de Vivienda.
La "Instancia Ejecutora" deberá recabar los comprobantes de ministración y ejercicio de los recursos que
haya entregado a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de
los 5 días hábiles siguientes al depósito de los mismos, el incumplimiento de lo anterior será causal
de rescisión del convenio.
En todo caso, la "Instancia Ejecutora" deberá acreditar documentalmente el ejercicio de los recursos a más
tardar al día 15 de diciembre del año en curso.
5.- La forma y términos en que se controlará y evaluará el ejercicio de los recursos federales;
6.- Que la "Instancia Ejecutora" deberá cumplir con las disposiciones jurídicas y normativas relativas a las
acciones de blindaje electoral y de participación ciudadana;
7.- La forma en que podrá ser adicionado y modificado el convenio de que se trate;
8.- La vigencia del convenio;
9.- Las sanciones por incumplimiento, las cuales deberán prever la activación de un mecanismo jurídico
inmediato para hacer exigible por la vía judicial los compromisos contraídos en este Convenio, y
10.- La forma de resolución de controversias.
En caso de que exista alguna controversia entre la "Instancia Ejecutora" y la persona física o moral
responsable del proceso constructivo de las viviendas, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento de la
Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda en su calidad de "Instancia Coordinadora".
La "Instancia Ejecutora" deberá remitir un ejemplar del citado instrumento jurídico a la Instancia
Coordinadora, previo a la firma del mismo, a efecto de que esta última compruebe el cumplimiento de los
requerimientos antes descritos.
Las "PARTES" convienen que los apoyos se entregarán a los beneficiarios de los programas señalados en
las "Reglas de Operación" así como en el Manual de Operación correspondiente, de acuerdo a la
disponibilidad de los recursos del "PCRU" independientemente de su origen, sin embargo, los recursos
deberán ser acreditados al 15 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria.
Asimismo, al cierre del ejercicio fiscal la "Instancia Ejecutora" informará a la "SEDATU" el resultado de la
ejecución de los recursos asignados en este Convenio.
SEXTA.- Los recursos que aporte la "SEDATU" conforme al presente Convenio, serán considerados como
subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en
consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia del presente instrumento, ya que al ser
transferidos para su aplicación a la "Instancia Ejecutora" o los beneficiarios, estarán sujetos en todo momento
a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control, ejercicio y comprobación.
SÉPTIMA.- Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la "Instancia
Ejecutora" se compromete a recabar, validar y presentar ante la Dirección General de Desarrollo Urbano,
Suelo y Vivienda de la "SEDATU", la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos
otorgados a los beneficiarios, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la
documentación e información de los avances físicos y financieros de los apoyos otorgados, conforme a las
disposiciones previstas en las "Reglas de Operación".
OCTAVA.- En el caso de que la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio y pago de los recursos
federales transferidos al amparo del "PCRU", quedará obligada a la devolución de los mismos en los términos
que se indican en la cláusula DÉCIMA QUINTA del presente instrumento.
COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LAS "PARTES"
NOVENA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio la "SEDATU" se compromete a:
I. Emitir a través de las unidades responsables que determine la "SEDATU", los lineamientos
normativos, técnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de los recursos
federales aportados;
II. Proporcionar asesoría técnica y colaborar con el personal que la "Instancia Ejecutora" designe
y responsabilice de realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico;
96 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
III. Transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales federales que se
convengan, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información
que se derive, en su caso, de la operación de los mismos;
IV. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la
respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda
gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que
expresamente establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. En términos del contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos se compromete a que la propaganda que bajo cualquier modalidad de comunicación
social se difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación
social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen
su promoción;
VI. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios
públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción, y
VII. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, y sus eventuales anexos.
DÉCIMA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio, la "Instancia Ejecutora" se obliga a:
I. Ejecutar de manera oportuna los recursos y transferir o aportar, en la modalidad que se determine,
los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como
compartir la información que se derive, en su caso, de la operación y administración de los mismos;
II. Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SEDATU" le
transfiera o aporte, exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las
disposiciones jurídicas aplicables;
III. Ejecutar oportunamente los recursos materia del presente Convenio, acorde a lo establecido en el
"Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2014" y en la legislación aplicable;
IV. Elaborar y entregar los informes trimestrales respectivos a la "SEDATU";
V. Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación
de los recursos presupuestales federales;
VI. Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SEDATU" emita para el
ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SEDATU", así lo requiera
participar en la emisión de los mismos;
VII. Presentar oportunamente información que le sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del
presente Convenio, proyectos y anexos que de éste se deriven;
VIII. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios
públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción;
IX. Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Gubernamental;
X. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la
Federación y demás instancias fiscalizadores, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus
programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos
de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio, en términos de lo
dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
y demás disposiciones aplicables;
XI. Instruir al personal designado por la "Instancia Ejecutora" para que transparente y rinda cuentas
sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SEDATU" aporta al amparo del "PCRU";
proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para
realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales;
XII. Presentar el cierre del ejercicio fiscal de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad
con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
XIII. Abstenerse de disponer de los recursos otorgados al amparo del "PCRU" si previamente no han
cumplido con el depósito, y en su caso, con la exhibición del comprobante de su aportación
correspondiente; en el entendido de que en caso de incumplimiento de esta obligación
serán sancionados en los términos de lo dispuesto en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de este
instrumento jurídico, y
XIV. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, anexos y demás
instrumentos que se deriven de este Convenio.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 97
REPRESENTANTES DE LAS "PARTES"
DÉCIMA PRIMERA.- Para la adecuada ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio de
Coordinación y el logro de su objeto "LAS PARTES", en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdan
designar un representante, en los siguientes términos:
Por la "SEDATU", al Director de Operación Urbana adscrito a la Dirección General de Desarrollo Urbano,
Suelo y Vivienda de la "SEDATU" y en ausencia de este último, por el (la) Delegado(a) en el Estado de
Yucatán, cuyo titular a la firma del presente instrumento es el C. Wilberth José Novelo Ceballos.
Por la "Instancia Ejecutora", al Director de Planeación Territorial del Instituto de Vivienda del Estado de
Yucatán, cargo que a la firma de este convenio es ocupado por el Ing. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza.
Los representantes de "LAS PARTES", serán los encargados de supervisar el estricto cumplimiento de la
normatividad aplicable, de las "Reglas de Operación" vigentes, del presente Convenio y los eventuales
Anexos y Acuerdos Específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación
periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico y, en su caso,
acordar y promover las medidas que se requieran al efecto.
Por otra parte, serán los responsables de suscribir Anexos, Acuerdos Específicos y modificaciones a los
mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
DÉCIMA SEGUNDA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre la población objetivo e interesados en general, las características, beneficios, alcances
y resultados de la Coordinación prevista en el presente Convenio.
En todo caso, "LAS PARTES" acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y
electrónicos, particularmente respecto al Programa y apoyos previstos en las "Reglas de Operación" deberán
incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SEDATU" y la "Instancia Ejecutora", y contener
la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa".
Por otra parte, los proyectos que no cuenten con padrón de beneficiarios preestablecido, se deberán
manejar invariablemente mediante convocatoria abierta, y en ningún caso, sus recursos deberán estar
etiquetados o predeterminados, de manera específica, a determinadas personas físicas, u otorgarles a éstas
preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo, con excepción de la priorización establecida en
el "PCRU" o que atienden problemas prioritarios ordenados por el titular del Ejecutivo Federal.
De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los apoyos del "PCRU" para promover
o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales.
EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN
DÉCIMA TERCERA.- Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25, 27, 75, 78, 85, 110 y 111 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, referentes a la Evaluación de los programas sujetos a reglas
de operación, enlistados en el "Anexo 24. Programas sujetos a reglas de operación" del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; la "Instancia Ejecutora", proporcionará al personal
designado por las instancias evaluadoras, todas las facilidades así como la información necesarias para el
desarrollo de los procesos de evaluación del "PCRU".
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BLINDAJE ELECTORAL
DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" propiciarán la participación de los beneficiarios del Programa
a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y
vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta
aplicación de los recursos públicos asignados al mismo, ajustándose para tal efecto a los "LINEAMIENTOS
PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS
FEDERALES DE DESARROLLO SOCIAL", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de
2008.
En la operación y ejecución del Programa "LAS PARTES" observarán y atenderán las disposiciones
jurídicas aplicables, durante los procesos electorales federales, estatales y municipales.
98 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CONVENCIONES GENERALES
DÉCIMA QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación
(TESOFE) sin excepción, los recursos de origen federal y productos financieros generados materia del
presente Convenio, que al 31 de diciembre del presente año no se encuentren efectivamente devengados, en
los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 85 y
176 de su Reglamento; debiendo remitir a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda
y a la Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" la copia del comprobante del
depósito correspondiente.
DÉCIMA SEXTA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de
cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen.
ADICIONES Y MODIFICACIONES
DÉCIMO SÉPTIMA.- El presente Convenio de Coordinación podrá ser adicionado o modificado de común
acuerdo por "LAS PARTES", dichas adiciones y modificaciones deberán constar por escrito y surtirán sus
efectos a partir de la fecha de su firma.
INTERPRETACIÓN
DÉCIMA OCTAVA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que, en caso de controversia sobre
la interpretación y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación, lo resolverán de común acuerdo. De
no ser posible lo anterior, "LAS PARTES" se sujetarán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales
Federales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en forma expresa al fuero que
por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
DÉCIMA NOVENA.- Las "PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este
instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su
debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y
cumplimiento del mismo, se sujetarán a las disposiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de
Planeación, en concordancia con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIGÉSIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, pudiendo ser revisado, modificado o
adicionado de común acuerdo por las "PARTES", conforme al presente Convenio y su vigencia, por lo que se
refiere al ejercicio de los recursos, no excederá del 31 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
CLÁUSULA DE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO
VIGÉSIMA PRIMERA.- En los términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Planeación, la
"Instancia Ejecutora" conviene que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas
en el presente instrumento jurídico, y sus anexos; así como las que deriven de las Reglas de Operación del
"PCRU", su respectivo Manual de Operación y demás disposiciones normativas aplicables; pagarán a la
Federación por conducto de la TESOFE. El reintegro del total de la aportación federal recibida, los
rendimientos generados y las cargas financieras correspondientes; debiendo depositar dichas cantidades sin
necesidad de requerimiento previo dentro de los plazos legales establecidos para tal efecto y especialmente
en los siguientes casos:
1.- Cuando el precio de venta de la vivienda construida en los predios apoyados por el Programa rebase
los 200 SMGVM.
El valor de venta de la vivienda deberá quedar asentado en la escritura pública que ampare la traslación
de dominio de la misma, la cual, conjuntamente con el Certificado de Subsidio debidamente firmado por el
beneficiario, constituirán el comprobante idóneo del precio final de la vivienda.
2.- Cuando la Instancia Ejecutora no realice la aportación al Programa dentro de los plazos establecidos
en el artículo 32 de las Reglas.
3.- Cuando no realice el reintegro oportuno de los recursos para su reasignación, en los términos
señalados en los numerales 6, último párrafo y 7 del apartado 4.5.3.1 del Manual de Operación.
4.- Cuando la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio de los recursos entregados a la persona física o
moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
ministración de los recursos.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 99
La acreditación del ejercicio de los recursos señalados en el párrafo anterior deberá comprender,
entre otros:
a).- Los comprobantes de depósito de recursos económicos transferidos, y
b).- Los comprobantes con valor fiscal que amparen las cantidades transferidas.
La "SEDATU", por conducto del personal que se designe para tal efecto; podrá verificar el cumplimiento en
la reducción del precio final de la vivienda cuando se verifique la entrega de la vivienda vertical apoyada por el
Programa a las personas físicas señaladas como población objetivo de acuerdo al listado establecido
en el Padrón de Beneficiarios.
Dicha verificación de cumplimiento final podrá realizarse en el momento de la entrega de la vivienda
vertical apoyada con recursos del Programa, o en fecha posterior, a elección de la "SEDATU", sin que sea
necesario aviso previo a la Instancia Ejecutora, misma que quedará obligada a prestar la facilidades
necesarias al personal designado, en los términos establecidos en la cláusula "DECIMA" del presente
convenio.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el
Periódico Oficial del Estado y en las páginas institucionales de "LAS PARTES" en sistema electrónico internet.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 22 días del mes de julio de 2014.- Por la
SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.-
El Director General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, Jorge León Wolpert Kuri.- Rúbrica.-
El Delegado de la SEDATU, en el Estado de Yucatán, Wilberth José Novelo Ceballos.- Rúbrica.- Por el
Instituto de Vivienda, Estado de Yucatán: el Director General, César Armando Escobedo May.- Rúbrica.-
El Director de Planeación Territorial, Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Colima, con una superficie
aproximada de 03-92-28 hectáreas, Municipio de Cihuatlán, Jal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Jalisco.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “RANCHO COLIMA”,
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO.
LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO No. II.210/DGPR-DGARPR-DIA 02399, DE FECHA 29 DE JUNIO DEL
AÑO EN CURSO, CON FOLIO NUMERO 22810, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL EN JALISCO PARA QUE
COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO No. 4013, DE FECHA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015,
ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY
AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA
PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL
DENOMINADO “RANCHO COLIMA” CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 03-92-28 HAS., UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS:
AL NORTE: CAMINO AL BONETE
AL SUR: PALOMA LIZBETH IZAGUIRRE MEDINA
AL ESTE: JESUS CISNEROS OLIVEROS
AL OESTE: BORDO RIO MARABASCO
POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105
DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA
PUBLICARSE, POR UNA SOLA VEZ, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL DE MAYOR CIRCULACION, ASI
COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A
LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE
100 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
MEDICION Y DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA
PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO
PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE
FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS
CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN LA AVENIDA
ALCALDE No. 1918, COLONIA MIRAFLORES, EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, DEL ESTADO DE JALISCO.
A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE
HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE, NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA
COMO CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDOSE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA,
JALISCO, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2015.
Atentamente
El Perito Deslindador, Fernando Alberto Fernández Zamora.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Paloma, con una superficie
aproximada de 1-02-66 hectárea, Municipio de Cihuatlán, Jal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Jalisco.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “RANCHO PALOMA”,
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO.
LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO No. II.210/DGPR-DGARPR-DIA 02397, DE FECHA 29 DE JUNIO DEL
AÑO EN CURSO, CON FOLIO NUMERO 22809, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL EN JALISCO PARA QUE
COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO No. 4012, DE FECHA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015,
ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY
AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA
PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL
DENOMINADO “RANCHO PALOMA” CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 1-02-66 HAS., UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS:
AL NORTE: JORGE ARTURO IZAGUIRRE PLAZOLA
AL SUR: LUIS IGNACIO JIMENEZ RAMIREZ
AL ESTE: LUIS IGNACIO JIMENEZ RAMIREZ
AL OESTE: CAMINO AL BONETE
POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105
DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA
PUBLICARSE, POR UNA SOLA VEZ, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL DE MAYOR CIRCULACION, ASI
COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A
LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE
MEDICION Y DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA
PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO
PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE
FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS
CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN LA AVENIDA
ALCALDE No. 1918, COLONIA MIRAFLORES, EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, DEL ESTADO DE JALISCO.
A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE
HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE, NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA
COMO CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDOSE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA,
JALISCO, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2015.
Atentamente
El Perito Deslindador, Fernando Alberto Fernández Zamora.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 101
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
AVISO mediante el cual se da conocer acuerdo del Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE):
Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del Centro Médico Nacional del
Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora, del Instituto Mexicano del Seguro Social, para suplir sus ausencias y
delegar facultades.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.
H. H. Autoridades Federales, Estatales y Municipales
Con sede en el Estado de Sonora, Municipios
Patrones, asegurados y público en general.
ACUERDO
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 251-A de la Ley del Seguro Social, artículos 138 y 148, del
Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en ejercicio de las facultades como Director de
la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE): Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio
Murrieta” del Centro Médico Nacional del Noroeste en Ciudad Obregón Sonora, del Instituto Mexicano del
Seguro Social, conforme a la designación que el H. Consejo Técnico del propio Instituto hiciera en mi favor,
mediante Acuerdo ACDO.DN.HCT.280115/2.P.DG, de fecha 28 de enero 2015 y, para los efectos del artículo
148 y 157 último párrafo del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, comunico que he
designado al LIC. RENÉ ROMERO SERVIN, Titular de la División de Asuntos Jurídicos, como la persona que
suplirá mis ausencias, autorizándole para firmar y despachar la documentación que a este Órgano de
Operación Administrativa Desconcentrada corresponde, lo que se tendrá entendido para todos los efectos a
que haya lugar.
Atentamente
“Seguridad y Solidaridad Social”
Ciudad Obregón, Sonora, a los cinco días de enero de 2016.- El Director de la Unidad Médica de Alta
Especialidad. Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del Centro Médico
Nacional del Noroeste, Ciudad Obregón, Sonora, Walter Gonzalez Jaime.- Rúbrica.
(R.- 425366)
AVISO General por el que se da a conocer el cambio de domicilio oficial de la Delegación del Instituto Mexicano
del Seguro Social en el Estado de Hidalgo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del
Seguro Social.- Delegación Hidalgo.
AVISO GENERAL POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO OFICIAL DE LA DELEGACIÓN DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO DE HIDALGO.
Con fundamento en los artículos 251 fracciones IV, XXV, XXXIV, 251 A de la Ley del Seguro Social, así
como los artículos 2 fracción IV, inciso a), 139, 144 y 155 fracción XII del Reglamento Interior del Instituto
Mexicano del Seguro Social, en ejercicio de las facultades de la Titular de la Delegación Estatal del Instituto
Mexicano del Seguro Social en Hidalgo, y conforme a la designación que el H. Consejo Técnico del propio
Instituto hiciera en mi favor, mediante ACDO.DN.HCT.230713/187.P.DG, de fecha 23 de julio de 2013, se
hace del conocimiento de servidores públicos, público en general y autoridades de cualquier ámbito y materia
para los efectos legales y administrativos procedentes que:
A partir del 25 de enero de 2016, el domicilio oficial de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro
Social será el ubicado en el Boulevard Luis Donaldo Colosio número 4604, Fraccionamiento El Palmar II,
Pachuca de Soto, Hidalgo, C.P. 42088.
Por lo anterior todas las notificaciones, acuerdos, citatorios, correspondencia, requerimientos, trámites y
cualquier otra competencia relacionadas con los asuntos de la competencia de esta Delegación, deberán
realizarse en el domicilio antes señalado.
El presente aviso surte efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
“Seguridad y Solidaridad Social”
Pachuca de Soto, Hidalgo, a 6 de enero de 2016.- La Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Hidalgo,
María de Lourdes Osorio Chong.- Rúbrica.
(R.- 425367)
102 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
ACUERDO General de Administración del dieciocho de enero de dos mil dieciséis, del Presidente de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, por el que se reforma el Acuerdo General de Administración I/2013 del cuatro de
enero de dos mil trece, por el que se crea la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático
Presupuestal de este Alto Tribunal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.
ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS, DEL
PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE REFORMA EL ACUERDO
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN I/2013 DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, POR EL QUE SE CREA
LA COMISIÓN INTERNA DE SIMPLIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO PROGRAMÁTICO PRESUPUESTAL DE ESTE
ALTO TRIBUNAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que en términos de lo dispuesto por el párrafo décimo del artículo 100 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, fracciones I, VI y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación y 4°, fracciones II y X, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración, corresponde
al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación su administración, y dictar las medidas
necesarias para el buen servicio en sus oficinas, así como los Acuerdos Generales que en materia de
administración requiera.
SEGUNDO. Que el cuatro de enero de dos mil trece, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación tuvo a bien emitir el Acuerdo General de Administración I/2013, por el que se
creó la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de este Alto
Tribunal (CISSEPP).
TERCERO. Que el artículo 4° del mencionado Acuerdo General estableció la integración de la CISSEPP,
determinando la categoría de Vocales Ejecutivos para los titulares de órganos que participan en ella y de
Vocales para los titulares de áreas.
CUARTO. Que el quince de enero de dos mil quince, se emitió el Acuerdo General de Administración
1/2015, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se reestructura orgánica y
funcionalmente su administración.
QUINTO. Que el Artículo Tercero del referido Acuerdo 1/2015 creó, entre otras, la Secretaría Jurídica de la
Presidencia y a la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos.
SEXTO. Que el seis de mayo de dos mil quince, el Ministro Presidente expidió el Acuerdo General
de Administración 03/2015, por el que se redefinió la estructura orgánica y funcional de la administración de
este Alto Tribunal y en sus artículos Tercero y Cuarto creó la Unidad General de Transparencia y
Sistematización de la Información Judicial y modificó la denominación de la Secretaría de la Presidencia
a Secretaría General de la Presidencia, respectivamente.
SÉPTIMO. Que el artículo 13 del mencionado Acuerdo General I/2013 determina que la CISSEPP
sesionará de manera ordinaria una vez al mes.
OCTAVO. Que la dinámica administrativa de los proyectos y acciones que se revisan y la determinación
de estrategias y el establecimiento de mecanismos al seno de la CISSEPP, aunada a la experiencia adquirida
en el lapso de su vida, han permitido determinar que se podría lograr mayor eficiencia espaciando la
periodicidad establecida originalmente para la celebración de sus reuniones ordinarias, a una periodicidad
trimestral, en el entendido de que, de requerirse la celebración de alguna sesión en tiempo más corto, se
cuenta con la posibilidad normativa de convocar a una reunión extraordinaria.
NOVENO. Que ante la necesidad de incorporar nuevos órganos y áreas de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, actualizar la nomenclatura del nuevo Reglamento Orgánico en Materia de Administración, así
como a la exigencia de hacer más eficiente su desarrollo y modificar la periodicidad establecida en las
sesiones ordinarias de la CISSEPP, se expide el siguiente:
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 103
ACUERDO GENERAL
Artículo Único. Se modifican la fracción VI del artículo 2°; el inciso b) de la fracción II; el inciso n) de la
fracción IV, ambos del artículo 4° y el artículo 13; se adicionan un inciso c) a la fracción II, y los incisos ñ) y o)
a la fracción IV del artículo 4°, y se deroga el inciso h) de la fracción IV del artículo 4°, todos del Acuerdo
General I/2013, del cuatro de enero de dos mil trece, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, por el que se crea la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de
este Alto Tribunal, para quedar como sigue:
Artículo 2°. …
I. al V. …
VI. Reglamento: Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación.
VII a VIII. …
Artículo 4o. Son miembros de la CISSEPP:
I. …
II. Vocales Ejecutivos:
a) …
b) El Secretario General de la Presidencia.
c) El Secretario Jurídico de la Presidencia.
III. …
IV. Vocales:
a) a g) …
h) Derogado
i) a m) …
n) El Director General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos
Humanos.
ñ) El Titular de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la
Información Judicial.
o) El Titular de la Unidad de Relaciones Institucionales.
Artículo 13. La CISSEPP sesionará de manera ordinaria una vez cada tres meses y de manera
extraordinaria, en cualquier momento, a solicitud de su Presidente o Vocales Ejecutivos, para la
atención de asuntos especiales o urgentes.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor en la fecha de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese para su difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; en el
Diario Oficial de la Federación y en el portal de internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
TERCERO. Una vez que las disposiciones del presente Acuerdo General hayan entrado en vigor,
intégrense al Acuerdo General de Administración I/2013, a fin de que el contenido de este último se encuentre
debidamente actualizado, en el portal de este Alto Tribunal, así como en todo tipo de publicaciones.
Así lo acordó y firma el Ministro Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, ante el Secretario Jurídico de la Presidencia, que certifica.- Rúbricas.
EL LICENCIADO ALEJANDRO MANUEL GONZÁLEZ GARCÍA, SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA DE
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 8, FRACCIÓN XIII, DEL
REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIÓN CERTIFICA: Que esta copia del "ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL DIECIOCHO DE ENERO
DE DOS MIL DIECISÉIS, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE
REFORMA EL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN I/2013 DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, POR
EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERNA DE SIMPLIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO PROGRAMÁTICO PRESUPUESTAL
DE ESTE ALTO TRIBUNAL", constante de tres fojas útiles, concuerda fiel y exactamente con su original que obra
en esta Secretaría Jurídica y se certifica para el trámite correspondiente. México, Distrito Federal,
a veintiuno de enero de dos mil dieciséis.- Rúbrica.
104 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
ACLARACIÓN al Aviso de inicio de procedimiento de ratificación en el cargo de Juez Federal del licenciado
Froylán Muñoz Alvarado, publicado el dieciocho de enero de dos mil dieciséis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura
Federal.
ACLARACIÓN AL TEXTO DEL AVISO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN EN EL CARGO DE
JUZGADOR FEDERAL DEL LICENCIADO FROYLÁN MUÑOZ ALVARADO, PUBLICADO EL DIECIOCHO DE ENERO
DE DOS MIL DIECISÉIS.
En la Primera Sección, página 81, dice:
MAGISTRADO DE CIRCUITO
FLOYLÁN MUÑOZ ALVARADO
Debe decir:
MAGISTRADO DE CIRCUITO
FROYLÁN MUÑOZ ALVARADO
Atentamente
México, D.F., 18 de enero de 2016.- El Secretario Ejecutivo de Carrera Judicial y Creación de Nuevos
Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, Magistrado Jorge Antonio Cruz Ramos.- Rúbrica.
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA
EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco
de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el
tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.5352 M.N. (dieciocho pesos con cinco mil trescientos
cincuenta y dos diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
México, D.F., a 25 de enero de 2016.- BANCO DE MÉXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y
Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Director de Operaciones Nacionales,
Alfredo Sordo Janeiro.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su
Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE)
a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 3.5600 y 3.5900 por ciento, respectivamente.
Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes
instituciones de banca múltiple: BBVA Bancomer, S.A., Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco
Invex S.A., Banco Azteca S.A., ScotiaBank Inverlat, S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.
México, D.F., a 25 de enero de 2016.- BANCO DE MÉXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y
Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Director de Operaciones Nacionales,
Alfredo Sordo Janeiro.- Rúbrica.
CIRCULAR 1/2016 dirigida a las instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario,
Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (Anexo 20).
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
CIRCULAR 1/2016
A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO
Y LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO
AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO:
ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 3/2012
(ANEXO 20)
El Banco de México, con el objeto de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero
estima necesario que las instituciones de banca múltiple estén en posibilidades de seguir realizando el cálculo
relativo a los faltantes de activos líquidos previsto en el régimen de admisión de pasivos y de inversión para
operaciones pasivas en moneda extranjera establecido en las Disposiciones aplicables a las operaciones de
las instituciones de crédito y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y
Pesquero, incluidas en la Circular 3/2012, ante lo cual, ha resuelto modificar el Anexo 20 de las citadas
Disposiciones, con el fin de dar a conocer los períodos de cálculo aplicables durante 2016, 2017, 2018
y principios de 2019.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, 24, 26, 32 y 33, de la Ley del Banco de México, 48 de la Ley de Instituciones
de Crédito, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo
primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 14, párrafo primero, en relación con el 25 Bis,
fracción VII, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, y 14 Bis 1, párrafo primero, en relación
con el 25 Bis 1, fracción IV, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de
expedir disposiciones a través de la Dirección General de Estabilidad Financiera, Dirección General
de Jurídica y de la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, respectivamente, así como
Segundo, fracciones I, IV y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de
México, ha resuelto modificar el Anexo 20 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las
instituciones de crédito y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”,
contenidas en la Circular 3/2012, para quedar en los términos siguientes:
106 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
DISPOSICIONES APLICABLES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO
Y DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL,
FORESTAL Y PESQUERO
“ANEXO 20
Calendario de períodos para efectos de cálculo relativo a faltantes de Activos Líquidos
Fecha Inicial del Período Fecha Final del Período
11 de febrero de 2016 9 de marzo de 2016
10 de marzo de 2016 6 de abril de 2016
7 de abril de 2016 4 de mayo de 2016
5 de mayo de 2016 1 de junio de 2016
2 de junio de 2016 29 de junio de 2016
30 de junio de 2016 27 de julio de 2016
28 de julio de 2016 24 de agosto de 2016
25 de agosto de 2016 21 de septiembre de 2016
22 de septiembre de 2016 19 de octubre de 2016
20 de octubre de 2016 16 de noviembre de 2016
17 de noviembre de 2016 14 de diciembre de 2016
15 de diciembre de 2016 11 de enero de 2017
12 de enero de 2017 8 de febrero de 2017
9 de febrero de 2017 8 de marzo de 2017
9 de marzo de 2017 5 de abril de 2017
6 de abril de 2017 3 de mayo de 2017
4 de mayo de 2017 31 de mayo de 2017
1 de junio de 2017 28 de junio de 2017
29 de junio de 2017 26 de julio de 2017
27 de julio de 2017 23 de agosto de 2017
24 de agosto de 2017 20 de septiembre de 2017
21 de septiembre de 2017 18 de octubre de 2017
19 de octubre de 2017 15 de noviembre de 2017
16 de noviembre de 2017 13 de diciembre de 2017
14 de diciembre de 2017 10 de enero de 2018
11 de enero de 2018 7 de febrero de 2018
8 de febrero de 2018 7 de marzo de 2018
8 de marzo de 2018 4 de abril de 2018
5 de abril de 2018 2 de mayo de 2018
3 de mayo de 2018 30 de mayo de 2018
31 de mayo de 2018 27 de junio de 2018
28 de junio de 2018 25 de julio de 2018
26 de julio de 2018 22 de agosto de 2018
23 de agosto de 2018 19 de septiembre de 2018
20 de septiembre de 2018 17 de octubre de 2018
18 de octubre de 2018 14 de noviembre de 2018
15 de noviembre de 2018 12 de diciembre de 2018
13 de diciembre de 2018 9 de enero de 2019”
TRANSITORIA
ÚNICA.- La presente Circular entrará en vigor el 11 de febrero de 2016.
México, D.F., a 20 de enero de 2016.- El Director General de Estabilidad Financiera, Pascual Ramón
Odogherty Madrazo.- Rúbrica.- El Director General Jurídico, Luis Urrutia Corral.- Rúbrica.- El Director
General de Asuntos del Sistema Financiero, Jesús Alan Elizondo Flores.- Rúbrica.
Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, favor de comunicarse a la Gerencia de Autorizaciones,
Consultas y Control de Legalidad, a los teléfonos (55) 5237-2308, (55) 5237-2317 o (55) 5237-2000, extensión 3200.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 107
LISTA de los acuerdos o procedimientos a los que resulta aplicable la Ley de Sistemas de Pagos y denominación de
las entidades que los administran.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
LISTA DE LOS ACUERDOS O PROCEDIMIENTOS A LOS QUE RESULTA APLICABLE
LA LEY DE SISTEMAS DE PAGOS Y DENOMINACIÓN DE LAS ENTIDADES QUE LOS ADMINISTRAN
El Banco de México, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 de la Ley de Sistemas de Pagos, 22
de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos
cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 14 Bis, en relación con el 17, fracción I, y 15, en relación con el 20,
fracción XI, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución para expedir
disposiciones a través de la Dirección General Jurídica y de la Dirección General de Sistemas de Pagos y
Servicios Corporativos, respectivamente, así como Segundo, fracciones VIII y X, del Acuerdo de Adscripción
de las Unidades Administrativas del Banco de México, tiene la encomienda de dar a conocer la lista de los
acuerdos o procedimientos que tienen por objeto la compensación o liquidación de obligaciones de pago
derivadas de órdenes de transferencia de fondos o valores que, con base en la información con que se
cuenta, han cumplido con los requisitos previstos en el artículo 3 de la referida Ley de Sistemas de Pagos
durante el año calendario 2015 o son administrados por el propio Banco de México, por lo que serán
considerados sistemas de pagos para efecto de dicho ordenamiento legal.
Al respecto, el Banco de México da a conocer los siguientes acuerdos o procedimientos y la denominación
de las entidades que los administran:
1. Sistema de Depósito, Administración y Liquidación de Valores (DALI), administrado por la S.D.
Indeval, Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V.;
2. Sistema de Atención a Cuentahabientes de Banco de México (SIAC-BANXICO), administrado por el
Banco de México, y
3. Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), administrado por el Banco de México.
En términos de lo previsto en el artículo 4 de la Ley de Sistemas de Pagos, a partir del día siguiente a
aquel en el que se publique esta lista en el Diario Oficial de la Federación, los acuerdos o procedimientos
mencionados estarán sujetos a las disposiciones de la Ley de Sistemas de Pagos hasta el día en el que se
lleve a cabo la publicación correspondiente a 2017.
México, D.F., a 19 de enero de 2016.- La Directora General de Sistemas de Pagos y Servicios
Corporativos, Lorenza Martínez Trigueros.- Rúbrica.- El Director General Jurídico, Luis Urrutia Corral.-
Rúbrica.
108 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INDICE
PRIMERA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas
y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los
Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero
de 2016 ............................................................................................................................................ 2
Oficio mediante el cual se modifica la base II del artículo tercero de la autorización otorgada a
Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva, por aumento de su capital social ........................ 6
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de
Desarrollo Social para el año 2016 ................................................................................................... 7
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas,
la superficie de 54,980.3000 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en
Bahía de Loreto, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de protección ........ 8
SECRETARIA DE ENERGIA
Acuerdo de carácter general por el que se determina el concepto de demanda y los requisitos
para la agregación de Centros de Carga para ser considerados como Usuarios Calificados .......... 16
SECRETARIA DE SALUD
Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución
del Programa Seguro Médico Siglo XXI, por concepto de apoyo económico a los servicios
estatales de salud por incremento en la demanda de servicios, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Tabasco .......................................................................................................... 18
Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios
para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal
2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y Desarrollo
Integral de la Familia del Estado de Chihuahua ............................................................................... 29
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 109
Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios
para la ejecución del Programa de Atención para Personas con Discapacidad, para el ejercicio
fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana ......................................................... 37
Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios
para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal
2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para
el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos ............................................................... 45
Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios
para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal
2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para
el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán ................................................................................ 52
Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios
para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal
2015, para la ejecución del proyecto específico denominado Equipamiento de Unidades Básicas
de Rehabilitación en el Estado de Yucatán, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo
Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán ................. 60
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Acuerdo por el que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano pone a disposición de
la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de
Areas Naturales Protegidas, para su administración, el terreno nacional denominado Dunas de la
Soledad Polígono Tres, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, con una
superficie de 1,164-78-32 hectáreas ................................................................................................ 68
Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Cumbres del Sur Etapa
III, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda
del Municipio de Culiacán en el Estado de Sinaloa .......................................................................... 73
Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Piedra de Agua, que
celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del
Estado de Yucatán ........................................................................................................................... 83
Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas
Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado San Marcos, que
celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del
Estado de Yucatán ........................................................................................................................... 91
110 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Colima, con
una superficie aproximada de 03-92-28 hectáreas, Municipio de Cihuatlán, Jal. ............................. 99
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Paloma, con
una superficie aproximada de 1-02-66 hectárea, Municipio de Cihuatlán, Jal. ................................. 100
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Aviso mediante el cual se da conocer acuerdo del Director de la Unidad Médica de Alta
Especialidad (UMAE): Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del
Centro Médico Nacional del Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora, del Instituto Mexicano del
Seguro Social, para suplir sus ausencias y delegar facultades ........................................................ 101
Aviso General por el que se da a conocer el cambio de domicilio oficial de la Delegación del
Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Hidalgo ......................................................... 101
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Acuerdo General de Administración del dieciocho de enero de dos mil dieciséis, del Presidente de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se reforma el Acuerdo General de
Administración I/2013 del cuatro de enero de dos mil trece, por el que se crea la Comisión Interna
de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de este Alto Tribunal ......................... 102
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Aclaración al Aviso de inicio de procedimiento de ratificación en el cargo de Juez Federal del
licenciado Froylán Muñoz Alvarado, publicado el dieciocho de enero de dos mil dieciséis .............. 104
______________________________
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana ......................................................................................................................... 104
Tasas de interés interbancarias de equilibrio ................................................................................... 105
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 111
Circular 1/2016 dirigida a las instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012
(Anexo 20) ........................................................................................................................................ 105
Lista de los acuerdos o procedimientos a los que resulta aplicable la Ley de Sistemas de Pagos y
denominación de las entidades que los administran ........................................................................ 107
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Sinaloa, para la construcción y modernización
de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad .......................................................... 1
Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización
de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad .......................................................... 8
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
Acuerdo número 26/12/15 por el que se expide el Código de Conducta para los Servidores
Públicos de la Secretaría de Educación Pública .............................................................................. 15
______________________________
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS,
OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales ......................................................................... 21
AVISOS
Judiciales y generales ...................................................................................................................... 100
__________________ ● __________________
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación
Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx
Impreso en Talleres Gráficos de México-México
Esta edición consta de dos secciones
112 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
ENERO 26
ANIVERSARIO DEL NACIMIENTO
DE JUSTO SIERRA MÉNDEZ, EN 1848.
Hijo de Justo Sierra O’Really y de Concepción Méndez Ibarra, Justo Sierra Méndez nació el 26 de enero
de 1848 en el puerto de San Francisco de Campeche donde realizó sus estudios primarios en el Colegio
San Miguel de Estrada. En 1857 se traslada con su familia a la ciudad de Mérida. En 1861, al morir su padre,
doña Concepción decide radicarse con sus hijos en la ciudad de México donde el joven Justo de 13 años, es
inscrito en Colegio Liceo Franco Mexicano.
En 1863 inicia sus estudios de abogacía en el Colegio de San Ildefonso. Desde entonces empezó a
combinar sus labores de estudiante con las de escritor y poeta. A partir de 1868 participaba en las reuniones
literarias a las que asistía la élite cultural del México de la segunda mitad del siglo XIX: Guillermo Prieto,
Ignacio Ramírez, Manuel Payno, Vicente Riva Palacio e Ignacio Manuel Altamirano, quién llegó a tenerle un
gran cariño y una admiración personal a Justo Sierra por su talento y enorme cultura. Obtuvo su título
profesional en 1871, y al año siguiente aceptó un puesto como secretario de una de la salas de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación. A partir de este momento comparte su empleo con sus primeras experiencias
docentes en el Conservatorio Nacional donde impartía declamación. Junto con estas actividades empezó a
dedicarse al periodismo en el diario El Federalista, donde colaboró de 1872 a 1876. Escribe también en
La Tribuna un periódico yucateco y se dedica a la creación literaria.
En 1877 inicia formalmente su cátedra sobre historia y cronología en la Escuela Nacional Preparatoria,
que lo va a proyectar como el maestro que dedicará buena parte de su talento al rubro de la educación
nacional. También escribió un par de libros: Compendio de Historia General, Compendio de Historia de la
Antigüedad y años después Catecismo de Historia Patria. A la par de su labor como docente, continúa su
colaboración con diversas revistas literarias como La Revista Nacional y la Revista Azul. En el año 1900 se
publica una de sus obras más importantes: México y su evolución social, en donde presenta una historia
evolucionista, teoría entonces en boga. A él le toca coordinar la obra, pero también redacta la parte de
la evolución política.
En 1901 hace un viaje a Europa a los 53 años de edad y a su regreso inicia su ascenso como el gran
educador que conocemos hoy en día. Fue nombrado como Subsecretario de Instrucción Pública (en aquellos
años la educación formaba parte de la Secretaría de Justicia). Cuando es designado a este cargo era un
profundo conocedor de la materia, pues desde 1870 había escrito sobre la Escuela Nacional Preparatoria,
sobre su Plan de Estudios y sobre el positivismo, y en 1881, como diputado al Congreso de la Unión propuso,
sin éxito, la creación de una Universidad nacional. Al ser designado Subsecretario de Instrucción Pública se
dedicó a crear y fortalecer un sistema de educación pública, creando el Consejo Superior de Educación
Pública. En 1900 y 1904 fue ministro de la Suprema Corte de Justicia. En 1906 publica Juárez su obra y su
tiempo, una de las mejores biografías que se han escrito sobre la vida del presidente Benito Juárez.
En 1905, Porfirio Díaz autoriza a Justo Sierra la creación de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas
Artes. Con ello, por primera vez en la historia de México, se decidió declarar a la educación como una
prioridad nacional al crear una secretaría especializada y encargada de atender la educación en todos sus
niveles. Como parte de su plan general de trabajo, Sierra realizó una reforma completa de toda la educación
desde la básica hasta la superior que incluyó la creación de la Universidad Nacional que abrió sus puertas el
22 de septiembre de 1910, a escasos cincuenta y ocho días del estallido de la Revolución mexicana.
Día de fiesta y solemne para toda la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a toda asta.
Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México
*260116-17.00*
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Sinaloa, para la construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en la entidad.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A
LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ
ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y
EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT SINALOA, LIC. HÉCTOR RAÚL GARCÍA FOX, Y POR LA OTRA PARTE,
EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ
“LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, EN SU CARÁCTER DE
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL LIC. GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS, SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO; LIC. ARMANDO VILLARREAL IBARRA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS;
ING. JOSÉ LUIS SEVILLA SUÁREZ PEREDO, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS, Y EL
C.P. JUAN PABLO YAMUNI ROBLES, TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS,
CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo
párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran
suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así
como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio
número 312.A.-003926 de fecha 18 de noviembre de 2015 emitió su dictamen de suficiencia
presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su
presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De LA SCT:
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para
celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para
el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y
conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con
los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le
permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito
Juárez, C.P. 03028, México, D.F.
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 1o. y 3o. de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, es un Estado Libre
y Soberano integrante de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la
ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los
artículos 55 y 65 fracciones XXIII Bis y XXIV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, y 1o. y
2o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y demás
disposiciones locales aplicables.
2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
3. Que de conformidad con los artículos 3o., 7o. y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Sinaloa y 1o., 15, 17, 24, 48 y 51 del Reglamento Orgánico de la Administración
Pública Estatal de Sinaloa, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de
Gobierno, de Administración y Finanzas, de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y por el Titular de la
Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la
construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las
comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida
de los habitantes del Estado de Sinaloa.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el
ubicado en Ave. Insurgentes s/n 3er piso, Centro Sinaloa, C.P. 80129, Culiacán, Sinaloa.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de
Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en
los artículos 1o., 3o., 55 y 65 fracciones XXIII Bis y XXIV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; y
los artículos 1o., 2o., 3o., 7o. y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1o.,
15, 17, 24, 48 y 51 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa, y Segundo
transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que
transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas
mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial
de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el
presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen
por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en el Estado de Sinaloa; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales;
definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la
ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de
su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:
PROGRAMA IMPORTE
(Millones de pesos)
Construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras
23.00
TOTAL 23.00
El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente
Convenio.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo
establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz,
transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de
reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como
a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el
Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la
cantidad de $23’000,000.00 (veintitrés millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT,
de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer
párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la
Secretaría de Administración y Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva
específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución
de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos
reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de
este Convenio no pierden su carácter federal.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para
asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios
federales reasignados:
PARÁMETROS:
- LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los
compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos.
- Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa.
- A través de la Secretaría de Administración y Finanzas y de la Unidad de Transparencia y Rendición de
Cuentas de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en
materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local
y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos
presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la
cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del
mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación
se mencionan:
OBJETIVOS METAS INDICADORES
Construcción y modernización de caminos
rurales y carreteras alimentadoras
5.50 km 5.50 km X 100 / 5.50 km
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que
alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y
modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Sinaloa.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su
naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el
ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las
disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su
carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este
Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la
ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un
dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido
en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas
previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas de: administrar los recursos
presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la
cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar
las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la
documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y
en la Cuenta Pública Local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como
dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en
corresponsabilidad con la instancia ejecutora local.
III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a LA SCT, la
relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia
Secretaría de Administración y Finanzas.
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Administración y
Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta
en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información
adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo,
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este
Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables.
IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los
principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las
finanzas públicas y la Cuenta Pública Local ante su Congreso.
V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de
este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización
de este instrumento.
VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios
relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación
de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del
presente Convenio.
VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del
programa previsto en este instrumento.
VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que
correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del
programa previsto en este instrumento.
IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el
cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este
Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con
este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los
“Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las
disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios
federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio.
X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la
cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales
facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven
a cabo.
XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la
SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último
día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias,
el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este
instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos de los programas y las metas de los
indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se
obliga a:
I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo
primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el
Anexo 2 de este instrumento.
II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre
el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en
el marco del presente Convenio.
III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance
en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula
tercera del presente Convenio.
Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales
que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la
ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y
administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se
entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento
y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin
perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP,
realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares,
serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA.- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la
ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las
medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a
los compromisos asumidos.
Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Unidad de Transparencia y
Rendición de Cuentas para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones
ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los
lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario
programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará
hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este
instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo
191 de la Ley Federal de Derechos.
La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD
FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de
fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA.
DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.-
El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de
recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado
con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la
Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho
de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que
se le imputen.
DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los
remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva
específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros
generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y
obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo
de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles
posteriores a su formalización.
En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes
acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso,
las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio
modificatorio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su
conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo,
todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en
el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así
como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio
conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha
de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la
cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de
difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de
conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado
cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado;
II. Por acuerdo de las partes;
III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines
distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, y
IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá
en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del
presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se
compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios
públicos, en los términos de las disposiciones aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 26 días
del mes de noviembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y
Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta
Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Sinaloa, Héctor Raúl García Fox.- Rúbrica.-
Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Sinaloa: el Gobernador Constitucional, Mario López Valdez.-
Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Gerardo Octavio Vargas Landeros.- Rúbrica.- El Secretario de
Administración y Finanzas, Armando Villarreal Ibarra.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Urbano y Obras
Públicas, José Luis Sevilla Suárez Peredo.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Transparencia y Rendición
de Cuentas, Juan Pablo Yamuni Robles.- Rúbrica.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 7
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA
CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES
(Millones de Pesos)
ANEXO 1
CONCEPTO META
KM
INVERSIÓN
(MILLONES DE
PESOS)
Mocorito - San Benito 1.00 4.00
E.C. (El Fuerte Choix) El Babu - Baymena 1.00 5.00
Calle 5, Tramo: E.C. Int. México 15 - Calle 300 2.50 10.00
E.C. El Fuerte-Choix - Baymena 1.00 4.00
TOTALES 5.50 23.00
ANEXO 2
CONCEPTO TOTAL
NOV
Mocorito - San Benito 4.00 4.00
E.C. (El Fuerte Choix) El Babu - Baymena 5.00 5.00
Calle 5, Tramo: E.C. Int. México 15 - Calle 300 10.00 10.00
E.C. El Fuerte-Choix - Baymena 4.00 4.00
TOTALES 23.00 23.00
__________________________
8 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en la entidad.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A
LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ
ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y
EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT YUCATÁN, LIC. JORGE MARTÍN MONTAÑO MICHAEL, Y POR LA OTRA
PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN AL QUE EN LO SUCESIVO SE
DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO, EN
SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL C. ROBERTO ANTONIO RODRÍGUEZ
ASAF, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; EL MVZ. ALFREDO DÁJER ABIMERHI, SECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL ING. DANIEL QUINTAL IC, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, Y EL C.P.
MIGUEL ANTONIO FERNÁNDEZ VARGAS, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL Y, EL ING. JAVIER RENÁN
OSANTE SOLÍS, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA DE YUCATÁN,
CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo
párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir
convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización
presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número
312.A.- 003750 de fecha 30 de octubre de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que
LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De LA SCT:
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para
celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para
el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y
conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con
los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le
permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito
Juárez, C.P. 03028, México, D.F.
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 12 de la Constitución Política del Estado de Yucatán es un Estado Libre y Soberano integrante
de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la
ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos
44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 12 y 14, fracción V del Código de la Administración
Pública de Yucatán y demás disposiciones locales aplicables.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 9
3. Que de conformidad con los artículos 22, 27 fracción IV, 30, 31, 38 y 46 del Código de la Administración
Pública de Yucatán y 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de
Yucatán, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Administración y
Finanzas, de Obras Públicas, de la Contraloría General y por el Director General del Instituto de
Infraestructura Carretera de Yucatán.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la
construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones
en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del
Estado de Yucatán.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Palacio de Gobierno, Planta Alta, ubicado en la calle sesenta y uno número quinientos uno letra "A", entre
sesenta y sesenta y dos, colonia Centro, código postal 97000, en la ciudad de Mérida, Yucatán.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de
Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en
los artículos 12, 44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y los artículos 3, 6, 7, 12, 14,
fracción V, 22, 23, 24, 27 fracciones II y IV, 30, 31, 38, 46 y 76 fracción I, del Código de la Administración
Pública de Yucatán; 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera
de Yucatán, y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente
de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las
entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas
aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen
por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales;
definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la
ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de
su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:
PROGRAMA IMPORTE
(millones de pesos)
Construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras
100.00
TOTAL 100.00
El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del
presente Convenio.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo
establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz,
transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de
reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como
a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
10 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el
Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la
cantidad de $100’000,000.00 (cien millones de pesos 00/100) con cargo al presupuesto de LA SCT, de
acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer
párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la
Secretaría de Administración y Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva
específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución
de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos
reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de
este Convenio no pierden su carácter federal.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para
asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios
federales reasignados:
PARÁMETROS.-
- LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los
compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos.
- Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y en el Diario Oficial del Estado de Yucatán.
- A través de las Secretarías de Administración y Finanzas y de la Contraloría General de LA ENTIDAD
FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución,
aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio
de Reasignación de Recursos.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos
presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la
cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del
mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación
se mencionan:
OBJETIVOS METAS INDICADORES
Construcción y modernización de caminos
rurales y carreteras alimentadoras
21.10 km 21.10 km X 100 / 21.10 km
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que
alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y
modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su
naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el
ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las
disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su
carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este
Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la
ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un
dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 11
SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido
en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas
previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas de: administrar los recursos
presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la
cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar
las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la
documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y
en la Cuenta Pública Local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como
dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en
corresponsabilidad con la instancia ejecutora local.
III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a LA SCT, la
relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia
Secretaría de Administración y Finanzas.
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Administración y
Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta
en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información
adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo,
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este
Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables.
IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los
principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las
finanzas públicas y la Cuenta Pública Local ante su Congreso.
V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de
este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización
de este instrumento.
VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios
relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación
de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del
presente Convenio.
VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del
programa previsto en este instrumento.
VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que
correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del
programa previsto en este instrumento.
IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el
cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este
Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con
este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los
“Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las
disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios
federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio.
X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la
cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales
facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven
a cabo.
12 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la
SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último
día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias,
el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este
instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos del programa y las metas de los indicadores
de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se
obliga a:
I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero,
del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este
instrumento.
II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública federal y en los demás informes sobre el
ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco
del presente Convenio.
III Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance
en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del
presente Convenio.
Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales
que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la
ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y
administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se
entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACION.- El control, vigilancia, seguimiento
y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin
perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP,
realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares,
serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA- VERIFICACION.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la
ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las
medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a
los compromisos asumidos.
Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de la Contraloría
General para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por
administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita
la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el
ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y
la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las
obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.
La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD
FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de
fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA.
DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.- El
Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de
recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado
con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la
Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13
Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho
de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le
imputen.
DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los
remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva
específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros
generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y
obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo
de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles
posteriores a su formalización.
En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes
acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las
medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio
correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su
conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo,
todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en
el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así
como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio
conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha
de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la
cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de
difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de
conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado
cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado;
II. Por acuerdo de las partes;
III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron
con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, y
IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá
en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del
presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se
compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios
públicos, en los términos de las disposiciones aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 26 días
del mes de noviembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y
Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta
Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Yucatán, Jorge Martín Montaño Michael.-
Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Yucatán: el Gobernador Constitucional, Rolando
Rodrigo Zapata Bello.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Roberto Antonio Rodríguez Asaf.-
Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de
Obras Públicas, Daniel Quintal Ic.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General, Miguel Antonio
Fernández Vargas.- Rúbrica.- El Director General del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán,
Javier Renán Osante Solís.- Rúbrica.
14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN
CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES
(Millones de Pesos)
ANEXO 1
CONCEPTO
META
KM
INVERSIÓN
(MILLONES DE
PESOS)
Peto-Valladolid 7.70 40.00
Telchac Puerto - Dzilam de Bravo 13.40 60.00
TOTALES 21.10 100.00
ANEXO 2
CONCEPTO TOTAL
NOV
Peto-Valladolid 40.00 40.00
Telchac Puerto - Dzilam de Bravo 60.00 60.00
TOTALES 100.00 100.00
__________________________
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
ACUERDO número 26/12/15 por el que se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la
Secretaría de Educación Pública.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Educación Pública.
AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1, 26 y 38 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 48 y 50 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación
Pública, en relación con el numeral Tercero, inciso b) del Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de
Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función
pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para
implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética
y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de
2015, y
CONSIDERANDO
Que es indispensable definir el comportamiento ético al que deben sujetarse los servidores públicos de
esta dependencia en el ejercicio de sus atribuciones, con el propósito de prevenir conflictos de interés y
delimitar su actuación en situaciones específicas que pudieran presentarse conforme a las tareas, funciones o
actividades que involucra la operación y el cumplimiento de los planes y programas de la Secretaría;
Que es necesario armonizar los principios y valores contenidos en el Código de Ética de los servidores
públicos del Gobierno Federal y en las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, publicados
en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015, con las normas que rigen el actuar de los
servidores públicos de esta dependencia;
Que es necesario contar con un referente ético que oriente las conductas de los servidores públicos de la
Secretaría, para actuar con honestidad, apego a la legalidad, vocación de servicio, respeto, equidad, igualdad,
inclusión, tolerancia, no discriminación, transparencia y rendición de cuentas, perseverando en el desarrollo
profesional y humano, y cuidando el medio ambiente, y
Que el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación Pública, ha
puesto a mi consideración el Código de Conducta para los servidores públicos de esta dependencia, por lo
que he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO NÚMERO 26/12/15 POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS
SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Artículo Único. Se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Secretaría de
Educación Pública, en los términos del Anexo Único del Presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Código de Conducta de los servidores públicos de la Secretaría de Educación
Pública, publicado en la normateca interna el 7 de marzo de 2013.
Ciudad de México, Distrito Federal, a 22 de diciembre de 2015.- El Secretario de Educación Pública,
Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.
16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO NÚMERO 26/12/15 POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA
PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
ÍNDICE
Capítulo I. Marco Normativo
Capítulo II. Introducción
Capítulo III. Alcance
Capítulo IV. Objetivo
Capítulo V. Código de Conducta
Capítulo VI. Glosario
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- Artículo 109, fracción III.
- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.- Artículos 1, 2, 26 y 38.
- Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.- Artículos 7, 48, 49 y
50.
- Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
- Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno
Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales
para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que
favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos
de Interés (D.O.F. 20-agosto-2015).
CAPÍTULO II. INTRODUCCIÓN
La sociedad demanda que las y los servidores públicos actúen con estricto apego a principios y conductas
éticas, por ello, es importante establecer principios orientados a propiciar resultados con valores,
responsabilidad social y transparencia en la rendición de cuentas, a fin de que el desempeño de las
actividades a cargo de las instituciones genere seguridad y bienestar social.
Para lograr la transformación de la función gubernamental y construir un buen gobierno, creíble y confiable
para los ciudadanos, es fundamental para las instituciones contar con un código de conducta que contribuya,
concientizando a las y los servidores públicos en torno al alto valor social que tiene cada una de sus acciones
en el entorno social.
Un código de conducta puntualiza sobre el comportamiento que se espera sea seguido por los integrantes
de una organización; se trata de normas específicas que orientan el desempeño de los servidores públicos
con estricto apego a los principios, valores y normas que sustentan la ética pública, con el propósito de
dignificar el servicio público, fortalecer las instituciones y lograr así el bienestar de la ciudadanía y,
particularmente, de los educandos, a quienes les asiste el derecho de recibir una educación pública, laica,
gratuita y de calidad, abonando al progreso de México.
El Código de Ética de las y los servidores públicos del Gobierno Federal señala que toda y todo servidor
público debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, los principios
constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. Asimismo, prevé que los valores
que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, son:
interés público, respeto, respeto a los Derechos Humanos, igualdad y no discriminación, equidad de género,
entorno cultural y ecológico, integridad, cooperación, liderazgo, transparencia y rendición de cuentas.
Por otra parte, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, establecen la forma en que
los servidores públicos deberán desempeñarse en materia de actuación e información pública, contrataciones
públicas, licencias, permisos, autorización y concesiones, programas gubernamentales, trámites y servicios,
recursos humanos, administración de bienes muebles e inmuebles, procesos de evaluación, control interno,
procedimiento administrativo, desempeño permanente con integridad y cooperación con la integridad.
Es por lo anterior que el Código de Conducta de esta Dependencia debe concentrar las normas que
orienten el actuar diario de sus servidores públicos, llamándolos a conducirse en todo momento en estricto
apego a los principios y valores que consagra el Código de Ética de las y los servidores públicos del Gobierno
Federal y hacia los que orientan las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17
CAPÍTULO III. ALCANCE
El presente Código de Conducta, deberá observarse y cumplirse, sin excepción, por las y los servidores
públicos de la Secretaría de Educación Pública en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones y que
se deriven de sus atribuciones y funciones.
El incumplimiento de lo establecido en dicho documento, en su caso, dará lugar a los procedimientos
administrativos correspondientes, de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente.
CAPÍTULO IV. OBJETIVO
Proporcionar a las y los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, un catálogo de
conductas éticas que los orienten en su actuación, a fin de que se conduzcan en su día a día, bajo estatutos
de integridad y rectitud, alineados a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia
que fungen como pilares de la Administración Pública Federal, precisándose las conductas que deberán
observar en situaciones específicas que se les presenten en el desempeño de sus empleos, cargos o
comisiones.
CAPÍTULO V. CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Las y los servidores públicos tenemos el compromiso de ser un modelo en nuestro entorno familiar, laboral
y social, ya que es responsabilidad de los que integramos esta Institución, contribuir a lograr una educación de
calidad.
El Código de Conducta de la Secretaría de Educación Pública se emite en cumplimiento y apego al
“Código de Ética de la Administración Pública Federal” y los “Lineamientos generales para propiciar la
integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su
comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés”, publicados
en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015.
El presente Código de Conducta se ha elaborado con fundamento en los cinco Principios Constitucionales
que forman parte del Código de Ética de la Administración Pública Federal, de éstos se han desprendido
valores y normas de conducta que deben regir nuestro actuar diario.
PRINCIPIOS VALORES
Legalidad
Integridad
Justicia
Honradez Transparencia
Lealtad
Responsabilidad
Interés Público
Imparcialidad
Respeto
Respeto a los Derechos Humanos
Igualdad y No Discriminación
Equidad de Género
Eficiencia
Rendición de Cuentas
Formación
Liderazgo
Cooperación
18 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Los principios, valores y normas de conducta que a continuación se describen son de carácter enunciativo
mas no limitativo:
I. PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- Cumplir con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas
que se atribuyen al empleo, cargo, o comisión.
Valor:
1. Integridad.- Desempeñar su actuación con imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza,
cooperación y ética.
Norma de Conducta:
1.1. Conozco, respeto y cumplo el marco normativo que aplica en mi trabajo.
Valor:
2. Justicia.- Actuar invariablemente dando a cada quien lo que le corresponde.
Norma de Conducta:
2.1 Me conduzco con equidad en el ámbito profesional e institucional.
II. PRINCIPIO DE HONRADEZ.- Actuar con rectitud y honestidad sin utilizar su empleo, cargo o
comisión para obtener provecho o ventaja personal con el fin de prevenir el conflicto de intereses.
Valor:
3. Transparencia.- Garantizar el derecho de acceso a la información, salvaguardando la protección
de los datos personales.
Normas de Conducta:
3.1 Atiendo en tiempo y forma los requerimientos de información que me correspondan acorde a mi
cargo.
3.2 Elaboro, actualizo y doy seguimiento a la información generada en el ámbito de mi competencia.
III. PRINCIPIO DE LEALTAD.- Satisfacer el interés superior de las necesidades de la sociedad por
encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.
Valor:
4. Responsabilidad.- Desarrollar las funciones encomendadas con eficiencia y eficacia asumiendo
las consecuencias que se deriven del ejercicio de la función pública, atendiendo los requerimientos
de la sociedad.
Norma de Conducta:
4.1 Ejerzo mis derechos y cumplo con mis obligaciones.
Valor:
5. Interés público.- Satisfacer las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses
particulares ajenos al bienestar común.
Norma de Conducta:
5.1. Actuó para satisfacer las demandas sociales y no perseguir beneficios individuales.
IV. PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD.- Actuar de manera justa sin conceder preferencias o privilegios
indebidos a persona alguna.
Valor:
6. Respeto.- Dar un trato digno, cordial y tolerante a los compañeros de trabajo y ciudadanos en
general, así como el reconocimiento a su valor intrínseco como persona.
Norma de conducta:
6.1 Actuó con amabilidad y cortesía en el trato con los demás.
Valor:
7. Respeto a los derechos humanos.- Brindar un trato digno, igualitario y tolerante, reconociendo
los derechos y cualidades inherentes a la persona.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 19
Norma de Conducta:
7.1 Promuevo, conozco y aplico los derechos humanos, la igualdad y no discriminación, la equidad
de género y los derechos laborales de las y los servidores públicos de la Institución.
Valor:
8. Igualdad y no discriminación.- Prestar el servicio público con un trato igualitario frente a la
colectividad educativa, sin distinción, exclusión, restricción, preferencia o cualquier otro motivo.
Norma de conducta:
8.1 Trabajo diariamente para que todas las acciones que se desarrollen en la Institución, promuevan
la igualdad entre las mujeres y hombres, sin distinción de la condición social, sexo, color de piel,
embarazo, estado civil, discapacidad, preferencia sexual o cualquier otra situación similar.
Valor:
9. Equidad de género.- Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas
condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y
beneficios institucionales y a los empleos, cargos o comisiones gubernamentales.
Norma de conducta:
9.1 Contribuyo a que las mujeres y hombres tengan el mismo reconocimiento, goce o ejercicio de los
derechos y beneficios sociales.
V. PRINCIPIO DE EFICIENCIA.- Lograr los objetivos con la menor cantidad de recursos, cumpliendo
adecuadamente el desempeño de sus funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales.
Valor:
10. Rendición de cuentas.- Informar a la sociedad de las acciones que se derivan de su empleo,
cargo o comisión.
Norma de conducta:
10.1 Cumplo con eficiencia y eficacia las funciones inherentes a mi cargo o comisión, informando en
tiempo y forma los resultados de mi gestión.
Valor:
11. Formación.- Potenciar el desarrollo, superación y actualización del individuo, en su ámbito
personal y profesional haciendo uso de sus facultades y competencias con el propósito de
beneficiarse el mismo y a la sociedad en general.
Normas de conducta:
11.1 Me capacito periódicamente en el ámbito de mis facultades y competencias.
11.2 Me actualizo en los temas que favorezcan mi crecimiento personal, profesional y de la
Institución.
Valor:
12. Liderazgo.- Influir y contribuir de manera positiva en sus compañeros y superiores, en cuanto al
desempeño de sus funciones, a fin de lograr los objetivos de la Institución.
Norma de Conducta:
12.1 Transmito a mis superiores y compañeros los valores éticos que rigen a la Institución y fomento,
en todo momento, su observancia.
Valor:
13. Cooperación.- Trabajar de forma conjunta, solidaria y de buen ánimo con otras personas al
desarrollar una tarea común.
Norma de conducta:
13.1 Aporto lo mejor de mis capacidades, uniendo esfuerzos con mis compañeros de trabajo.
20 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CAPÍTULO VI. GLOSARIO
A
Acuerdo: Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno
Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para
propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su
comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
C
Código de Conducta: El instrumento emitido por el Titular de la dependencia a propuesta de los Comités
de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
Código de Ética: Instrumento emitido por la Secretaría de la Función Pública que rige a las y los
servidores públicos del Gobierno Federal.
Comité: El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación
Pública.
Conflicto de interés: La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de
negocios puedan afectar el desempeño independiente e imparcial del servidor público en su empleo, cargo,
comisión o funciones.
D
Dependencias: Las Secretarías de Estado y sus órganos administrativos desconcentrados, los Órganos
Reguladores Coordinados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Oficina de la Presidencia de la
República, y la Procuraduría General de la República.
E
Equidad: Principio de justicia relacionado con la idea de igualdad sustantiva que debe prevalecer a favor
de cualquier persona.
I
Igualdad de género: Situación en la cual hombres y mujeres acceden con las mismas posibilidades y
oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de
decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
Institución: La Secretaría de Educación Pública.
L
Legalidad: Actuación apegada al sistema jurídico mexicano.
Lineamientos generales: Los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores
públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los
Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, contenidos en el Acuerdo.
N
Normas: Reglas que deben observarse por los servidores públicos en el ejercicio de las conductas,
tareas, actividades o atribuciones propias de su empleo, cargo o comisión.
R
Reglas de Integridad: Las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, contenidas en el
Acuerdo.
Respeto: Característica consistente en otorgar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante,
así como para reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la
condición humana.
V
Valores universales: Son el conjunto de normas de convivencia válidas en un tiempo y época
determinada.
El presente Código de Conducta de la Secretaría de Educación Pública fue aprobado por el Comité de
Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2015.
___________________________________
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 21
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
CAMARA DE SENADORES
SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DIRECCION DE ADQUISICIONES
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como a lo establecido por las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de
Servicios y Obras Públicas de la Cámara de Senadores, la Dirección de Adquisiciones convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L004/2016, para la
Adquisición de Material de Limpieza.
Costo de
las bases
Fecha límite
para adquirir
bases
Junta de
aclaración
de bases
Recep. De Doc.
Legal y Admitiva.,
Prop. Téc. Y Econ.
Dictamen
Técnico y Apert.
de Prop. Econ.
Fallo
$1,805.80
con I.V.A.
02 de febrero
de 2016
04 de febrero
de 2016,
11:00 hrs.
10 de febrero de
2016,
10:30 hrs.
15 de febrero de
2016,
10:30 hrs.
18 de febrero
de 2016,
10:30 hrs.
Partida y descripción de los bienes Unidad de
Medida
Partida 1: Líquidos: limpiador abrillantador para pisos de madera, laminados y varios,
cristalizador para mármol, sarricidas, cloro, etc. Partida 2: Aerosoles, cremas, pastas y
polvos: limpiador y lustrador de muebles, aromatizantes de ambiente, jabón de tocador, etc.
Partida 3: Papel higiénico, dispensadores y/o despachadores: papel higiénico tradicional y
jumbo en rollo, toallas de papel en rollo, etc. Partida 4: Bolsas para basura: bolsas de
plástico oxo biodegradables de baja densidad, diferentes calibres, medidas y colores. Partida
5: Jarciería: fibras, guantes, jergas, franelas, mechudos, cepillos, cubetas, escobas,
jaladores, etc.
Contratos
Abiertos
 Y otras partidas similares. Calidad y especificaciones: conforme a los requerimientos establecidos en
las bases.
 La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de recepción y apertura de la documentación
legal, administrativa y técnica, así como la recepción de propuestas económicas en tres sobres
cerrados. El sobre número 1 contendrá la documentación legal y administrativa que se presentará en un
sobre cerrado conteniendo en el mismo Originales y/o Copias Certificadas y dos copias simples de toda la
documentación legal y administrativa, lo anterior para efectos de su revisión y cotejo, devolviéndose en el
acto los originales y/o copias certificadas a los licitantes. El sobre número 2 contendrá la propuesta
técnica y el sobre número 3 contendrá la propuesta económica. Las Bases de la Licitación se encuentran
disponibles para consulta en la Dirección de Adquisiciones, en el Primer Piso de Madrid No. 62, Col.
Tabacalera, C.P. 06030, México, D.F., y una vez que se hayan pagado, su entrega será en el horario de:
9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. La forma de pago de las bases es mediante depósito en efectivo o
cheque certificado o de caja en cualquier sucursal del banco Banorte a la cuenta 669-006667 a nombre de
Cámara de Senadores, los días 26, 27, 28, 29 de enero y 02 de febrero de 2016; la comprobación del pago
se hará en Madrid No. 62, Planta Baja, Col. Tabacalera, los días 26, 27, 28 de enero y 02 de febrero de 2016, de
10:00 a 14:00 y de 17:00 a 18:00 horas, presentando la ficha de depósito, en caso de cheque certificado, se
anexará copia de comprobante de certificación del mismo. Los actos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas,
del 1er. Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F., en los días
y horarios señalados.
 Lugar de entrega: Almacén General de la Cámara de Senadores, en la Calle de Madrid 37, Colonia
Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc.
 Plazo de entrega: Partidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7; 3 días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la
solicitud hecha por la Dirección de Mantenimiento de Bienes Muebles e Inmuebles. Para la Partida 8;
dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la fecha de recepción del Requerimiento escrito y
remitido al Proveedor.
 El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español y la Moneda será: Peso Mexicano.
 Las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser modificadas.
 Condiciones de pago: será en moneda nacional dentro de los 25 días hábiles posteriores a la recepción
formal de los bienes; no se otorgará anticipo.
 La Cámara de Senadores se abstendrá de recibir propuestas de las personas físicas o morales, que se
encuentren en los supuestos del Artículo 24 de las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos,
Prestación de Servicios y Obras Públicas que rigen a esta Cámara.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA DE ADQUISICIONES
LIC. LUZ MARIA DEL ANGEL MOHEDANO
RUBRICA.
(R.- 425455)
22 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CAMARA DE SENADORES
SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DIRECCION DE ADQUISICIONES
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como a lo establecido por las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de
Servicios y Obras Públicas de la Cámara de Senadores, la Dirección de Adquisiciones convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L005/2016, para la
Contratación del Servicio de Paquetería y Mensajería Local, Nacional e Internacional.
Costo de
las bases
Fecha límite
para adquirir
bases
Junta de
aclaración de
bases
Recep. de Doc.
Legal y Admitiva.,
Prop. Téc. y Econ.
Dictamen
Técnico y Apert.
de Prop. Econ.
Fallo
$1,805.80
con I.V.A.
02 de febrero de
2016
05 de febrero
de 2016,
12:00 hrs.
11 de febrero de
2016,
11:30 hrs.
16 de febrero de
2016,
10:30 hrs.
19 de febrero
de 2016,
10:30 hrs.
Partida Descripción Cantidad Unidad de Medida
1 Contratación del Servicio de Paquetería y Mensajería
Local, Nacional e Internacional
1 Contrato Abierto
 Calidad y especificaciones: conforme a los requerimientos establecidos en las bases.
 La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de recepción y apertura de la documentación
legal, administrativa y técnica, así como la recepción de propuestas económicas en tres sobres
cerrados. El sobre número 1 contendrá la documentación legal y administrativa que se presentará en un
sobre cerrado conteniendo en el mismo Originales y/o Copias Certificadas y dos copias simples de toda la
documentación legal y administrativa, lo anterior para efectos de su revisión y cotejo, devolviéndose en el
acto los originales y/o copias certificadas a los licitantes. El sobre número 2 contendrá la propuesta
técnica y el sobre número 3 contendrá la propuesta económica. Las Bases de la Licitación se encuentran
disponibles para consulta en la Dirección de Adquisiciones, en el Primer Piso de Madrid No. 62, Col.
Tabacalera, C.P. 06030, México, D.F., y una vez que se hayan pagado, su entrega será en el horario de:
9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. La forma de pago de las bases es mediante depósito en efectivo o
cheque certificado o de caja en cualquier sucursal del banco Banorte a la cuenta 669-006667 a nombre de
Cámara de Senadores, los días 26, 27, 28, 29 de enero y 02 de febrero de 2016; la comprobación del pago
se hará en Madrid No. 62, Planta Baja, Col. Tabacalera, los días 26, 27, 28 de enero y 02 de febrero de 2016, de
10:00 a 14:00 y de 17:00 a 18:00 horas, presentando la ficha de depósito, en caso de cheque certificado, se
anexará copia de comprobante de certificación del mismo. Los actos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas,
del 1er. Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F., en los días
y horarios señalados.
 Lugar de prestación de los servicios: se realizará la recolección de la paquetería y la mensajería en las
oficinas de los Senadores y las áreas legislativas, parlamentarias, administrativas y técnicas, de lunes a
viernes en un horario de 09:00 a 19:00 horas.
 Vigencia del contrato: del 16 de marzo al 31 de diciembre de 2016.
 El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español y la Moneda será: Peso Mexicano.
 Las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser modificadas.
 Condiciones de pago: será en moneda nacional dentro de los 25 días hábiles posteriores a la recepción
formal de los servicios; no se otorgará anticipo.
 La Cámara de Senadores se abstendrá de recibir propuestas de las personas físicas o morales, que se
encuentren en los supuestos del Artículo 24 de las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos,
Prestación de Servicios y Obras Públicas que rigen a esta Cámara.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA DE ADQUISICIONES
LIC. LUZ MARIA DEL ANGEL MOHEDANO
RUBRICA.
(R.- 425457)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 23
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR
RESUMEN DEL FALLO
De conformidad con lo establecido en el Párrafo Segundo del Artículo 58 del Reglamento de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Dirección General de Industria Militar,
da a conocer el nombre de los Licitantes Adjudicados de la Licitación Pública Presencial Internacional Bajo la
Cobertura de Tratados No. LA-007000997-T950-2015.
Descripción Sustancias Químicas.
Fecha de publicación del fallo 04/12/2015, 12:00:00 horas
Licitante Domicilio Partida
adjudicada
Monto total
Intertrade, S.A. de
C.V.
Av. Manuel Gómez Morín No. 3870, Interior 505,
Col. Centro Sur, C.P. 76090, Querétaro, Qro.
6 $ 11,901,600.00
Nacional de Servicios
Dargue, S.A. de C.V.
Calle Poniente 122 No. 721, Col. Industrial
Vallejo, Deleg. Azcapotzalco, C.P. 02300, D.F.
1, 3 $ 6,819,176.00
Ingeniería Viomdiq,
S.A. de C.V.
Av. Lago Belgrano No. 20, Col. Ampliación
Granada, Deleg. Miguel Hidalgo, C.P. 11529, D.F.
2 $ 52,826.40
Materias Químicas
de México, S.A. de
C.V.
Av. Paseo de la Reforma No. 379, Piso 3, Col.
Cuauhtémoc, Deleg. Cuauhtémoc, C. P. 06500,
D.F.
14 $ 147,607.68
Barnices y Resinas,
S.A. de C.V.
Calle Acero Manzana 8, Lote 13, S/N, Col.
Esfuerzo Nacional, C.P. 55320, Municipio de
Ecatepec, Edo. de Méx.
10 $ 4,064,640.00
Química Rana, S.A.
de C.V.
Av. Miguel Angel de Quevedo No. 370, Col.
Barrio Santa Catarina, C.P. 04010, Deleg.
Coyoacán, D.F.
15, 17, 18,
19
$ 1,039,284.60
NAUCALPAN DE JUAREZ, EDO. DE MEX., A 22 DE ENERO DE 2016.
GRAL. DIV. D.E.M., DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR
GENARO FAUSTO LOZANO ESPINOSA
RUBRICA.
(R.- 425453)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIR. GRAL. IND. MIL.
RESUMEN DEL FALLO
De conformidad con lo establecido en el Párrafo II, Art. 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Dir. Gral. de Ind. Mil., da a conocer el nombre de
los Licitantes Adjudicados de la Licitación Pública Presencial Internacional Bajo la Cobertura de Tratados
No. LA-007000997-T840-2015.
Descripción Equipo de Cómputo
Fecha de publicación del fallo 14/12/2015, 12:00 hrs.
Licitante Domicilio Partidas Monto total
Yabarana Building, S.A.
de C.V.
Ings. Mils. 105 int. 2A, Lomas de Sotelo,
Miguel Hidalgo, C.P. 11200, México, D.F.
1 $ 1,179,803.52
Tecnología y Maquinaria
Especializada Tym, S.A.
de C.V.
Calz. de las Armas 753, Ampl. San Pedro
Xalpa, Azcapotzalco C.P. 02719, México,
D.F.
7, 8 $ 170,853.52
Comercializadora
Labcom, S.A. de C.V.
Emiliano Zapata 17, Santa María Nativitas,
C.P 53020, Naucalpan de Juárez, Méx.
3, 5, 6 $ 520,905.30
Mercadeo y Asociados,
S.A. de C.V.
Clavel Mz. 5, Lt. 5, Los Cedros, C.P. 01510,
Alvaro Obregón, México D.F.
4 $ 475,700.16
Fec. Soluciones
Metalúrgicas, S.A. de
C.V.
Av. Sur de los Cien Metros No. 69 Despacho
2, Nueva Vallejo, Gustavo A. Madero, C. P.
07750, México, D.F.
9 $ 193,845.28
Comercializadora
Industrial Rek, S.A. de
C.V.
Paseo de España No. 15, 301, Lomas
Verdes 3/a. Sec., Naucalpan de Juárez, C.P.
53125, Edo. Méx.
2 $ 543,636.32
NAUCALPAN DE JUAREZ, EDO. DE MEXICO, A 22 DE ENERO DE 2016.
GRAL. DIV. D.E.M., DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR
GENARO FAUSTO LOZANO ESPINOSA
RUBRICA.
(R.- 425454)
24 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
OFICIALIA MAYOR
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA LA-020000999-E6-2016
LICITACION PUBLICA MIXTA NACIONAL
En observancia a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 25, 26
fracción I, 26 Bis fracción III, 27, 28 fracción I, 29, 30, 39, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público, y 39, 59, 81 y 85 de su Reglamento se convoca a los interesados a participar
en la Licitación Pública Mixta Nacional No. LA-020000999-E6-2016, cuya Convocatoria que contiene las
bases de participación se encuentra disponible para su obtención en Internet:
https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien copia del texto publicado en CompraNet para consulta en
Avenida Paseo de la Reforma núm. 116, Piso 14, Col. Juárez, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06600, México, D.F.,
teléfono: 5328-5000, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, hasta el día 2 de febrero de 2016.
Descripción de la
licitación
Contratación del servicio integral de administración y ejecución para la
organización, logística y diseño de actividades interinstitucionales en los que
participa la SEDESOL.
Volumen a adquirir Los alcances, detalles e información sobre el servicio a contratar se
determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en
CompraNet
22/01/2016 Junta de aclaraciones 25/01/2016,
11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita Presentación y apertura de
proposiciones
08/02/2016,
11:00 horas
La prestación del servicio objeto de esta licitación se hará conforme a las características, especificaciones y
lugares estipulados en el Anexo Técnico, el cual forma parte integral de la Convocatoria.
MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADQUISICIONES, ADMINISTRACION INMOBILIARIA Y ACTIVO FIJO
LIC. FERNANDO ERNESTO VERDUZCO PADILLA
RUBRICA.
(R.- 425459)
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
COORDINACION GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO
GERENCIA DE CONSTRUCCION
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y de
conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás
disposiciones administrativas vigentes en la materia, el ejecutivo federal a través de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y mediante la Coordinación
General de Proyectos Especiales de Abastecimiento y Saneamiento, convoca a los interesados a participar
en la Licitación Pública Nacional Presencial Número LO-016B00999-E9-2016 cuya convocatoria contiene
los requisitos de participación disponibles en internet: http://compranet.gob.mx o bien para su consulta en las
oficinas ubicadas en Avenida de los Insurgentes sur número 1228, 7° piso, Colonia Tlacoquemécatl Del
Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03200, México, Distrito Federal, tel. (55)55592691 ext. 5520 de 9:00
a 18:00 horas, desde la publicación de la misma hasta 6 días antes de la fecha de apertura.
Licitación LO-016B00999-E9-2016
PROYECTO EJECUTIVO DE LA PLANTA DE BOMBEO DEL COLECTOR MARGINAL CHIMALHUACAN
II PARA DESCARGAR AL DREN GENERAL DEL VALLE Y LINEA DE CONDUCCION DE DERIVACION
HACIA LA PTAR DE LODOS. PROYECTO EJECUTIVO PARA LA REHABILITACION DEL CANAL
PERIMETRAL NORTE PARA SU OPERACION EN SITUACIONES DE EMERGENCIA ASI COMO
ESTUDIO DE APOYO TECNICO EN ESTRUCTURAS Y EN MECANICA DE SUELOS PARA LA
INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA DEL SISTEMA HIDROLOGICO DEL LAGO DE TEXCOCO
Forma y medio para la presentación de propuestas Precios unitarios, por escrito y presencial
Fecha de publicación en CompraNet 22 de enero de 2016
Visita al sitio de la obra 27 de enero de 2016 a las 09:00 horas
Junta de aclaraciones 29 de enero de 2016 a las 10:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones 08 de febrero de 2016 a las 10:30 horas
ATENTAMENTE
MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE CONSTRUCCION
LIC. MANUEL MORENO VARGAS
RUBRICA.
(R.- 425429)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 25
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
SUBDIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRICOLA
ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE
En cumplimiento a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, de conformidad con los artículos 26, 27, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Ejecutivo
Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión
Nacional del Agua y mediante el Organismo de Cuenca Golfo Norte, convoca a los interesados en participar
en las licitaciones públicas nacionales, para la contratación de obra pública, de conformidad con lo siguiente:
Descripción del procedimiento número
LO-016B00010-E1-2016
Limpieza, encauzamiento y desazolve del Río Guayalejo
en una longitud aproximada de 2.8 km a la altura de la
Presa Derivadora “Saca de Agua”, municipio de El Mante,
Estado de Tamaulipas
Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016
Visita a instalaciones 02 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Junta de aclaraciones 02 de febrero de 2016 a las 14:00 horas
Presentación y apertura de propuestas 10 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Plazo de ejecución 185 días naturales
Descripción del procedimiento número
LO-016B00010-E2-2016
Limpieza, encauzamiento y desazolve del Río Pilón en
una longitud aproximada de 3.5 km frente al Poblado
Guadalupe Victoria, Pascual Orozco y La Soledad,
municipio de Villagrán, Estado de Tamaulipas
Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016
Visita a instalaciones 03 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Junta de aclaraciones 03 de febrero de 2016 a las 16:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 11 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Plazo de ejecución 215 días naturales
Descripción del procedimiento número
LO-016B00010-E3-2016
Limpieza, encauzamiento y desazolve del Río Pilón en
una longitud aproximada de 1.9 km a la altura del Ejido
Charcos El Faro, municipio de Villagrán, Estado de
Tamaulipas
Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016
Visita a instalaciones 04 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Junta de aclaraciones 04 de febrero de 2016 a las 16:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 12 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Plazo de ejecución 185 días naturales
Los licitantes, deberán presentar sus proposiciones en un solo sobre cerrado, el que se acompañará con la
documentación adicional, y a su elección, a través de medios remotos de comunicación electrónica.
El sitio de reunión para la visita al sitio de las obras y la junta de aclaraciones, será en: oficinas del Distrito de
Riego 092 Río Pánuco Unidad "Las Animas", ubicadas en Manuel González 205 Norte, Zona Centro,
Cd. Mante Tam. para el procedimiento LO-016B00010-E1-2016, siendo atendidos por el Ing. Eduardo Galván
Bernal; y para los procedimientos LO-016B00010-E2-2016 y LO-016B00010-E3-2016, será en: oficinas de la
Residencia General del Proyecto Tamaulipas Centro-Sur, sita en Av. Lázaro Cárdenas N° 117 Altos,
L-13, Col. México, Cd. Victoria, Tam, siendo atendidos por el Ing. Fermín Rodríguez Sánchez, teléfono
01-834-120-00-29, en las fechas y horarios indicados para cada procedimiento, en el cuadro anterior.
Los actos de presentación y apertura de proposiciones se efectuarán en la sala de licitaciones del Organismo
de Cuenca Golfo Norte, de la CONAGUA, sita en Lib. Emilio Portes Gil No. 200, Col. Miguel Alemán,
Ciudad Victoria, Tam., en las fechas y horarios indicados para cada procedimiento.
Se informa que las convocatorias se encuentran internet en https://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien
para su consulta exclusivamente, un ejemplar impreso en las oficinas de la Residencia General del Proyecto
Tamaulipas Centro-Sur, sita en Av. Lázaro Cárdenas N° 117 Altos, L-13, Col. México, Cd. Victoria,
Tamaulipas, sin que la Comisión Nacional del Agua se encuentre obligada a entregar un ejemplar impreso de
la misma a los interesados.
CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO
DE CUENCA GOLFO NORTE
LIC. RUBEN QUIROGA PEÑA
RUBRICA.
(R.- 425463)
26 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
COORDINACION GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES
DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO
GERENCIA DE CONSTRUCCION
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y de
conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás
disposiciones administrativas vigentes en la materia, el ejecutivo federal a través de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y mediante la Coordinación
General de Proyectos Especiales de Abastecimiento y Saneamiento, convoca a los interesados a participar
en las Licitaciones Públicas Nacionales Presenciales Número LO-016B00999-E7-2016 y LO-016B00999-
E8-2016 cuyas convocatorias contienen los requisitos de participación disponibles en internet:
http://compranet.gob.mx o bien para su consulta en las oficinas ubicadas en Avenida de los Insurgentes sur
número 1228, 7° piso, Colonia Tlacoquemécatl Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03200, México,
Distrito Federal, tel. (55)55592691 ext. 5520 de 9:00 a 18:00 horas, desde la publicación de la misma hasta
6 días antes de la fecha de apertura.
Licitación LO-016B00999-E7-2016
APOYO TOPOBATIMETRICO DE LA LAGUNA DE REGULACION CHURUBUSCO, ASI COMO
LEVANTAMIENTOS TOPOGRAFICOS DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA DEL LAGO DE
TEXCOCO, LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO DE ZONAS DE HUMEDALES Y REFORESTACION EN
EL LAGO DE TEXCOCO, ZONA SUR
Forma y medio para la presentación de propuestas Precios unitarios, por escrito y presencial
Fecha de publicación en CompraNet 20 de enero de 2016
Visita al sitio de la obra 25 de enero de 2016 a las 09:00 horas
Junta de aclaraciones 27 de enero de 2016 a las 10:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones 04 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Licitación LO-016B00999- E8-2016
1.- INGENIERIA BASICA DE 1 PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS
CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD HASTA DE 165
LPS EN EL RIO TEXCOCO, 2.- INGENIERIA BASICA DE 3 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS
RESIDUALES EN LAS CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON
CAPACIDAD DE 40 HASTA 100 LPS EN LOS RIOS TEOTIHUACAN, XALAPANGO Y SANTA MONICA,
3.- INGENIERIA BASICA DE 8 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS
CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD MENOR A LOS
40 LPS UBICADAS EN: 3 PTAR EN RIO XALAPANGO, 1 PTAR EN RIO COXCACOACO, 1 PTAR EN RIO
TEXCOCO, 1 PTAR EN RIO CHAPINGO, 1 PTAR EN RIO SAN BERNARDINO, 1 PTAR EN RIO
COATEPEC, 4.- INGENIERIA BASICA DE 10 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
EN LAS CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD MENOR
A LOS 40 LPS UBICADAS EN: 7 PTAR EN RIO TEOTIHUACAN Y 3 PTAR EN RIO PAPALOTLA
Forma y medio para la presentación de propuestas Precios unitarios, por escrito y presencial
Fecha de publicación en CompraNet 20 de enero de 2016
Visita al sitio de la obra 25 de enero de 2016 a las 09:00 horas
Junta de aclaraciones 27 de enero de 2016 a las 11:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones 04 de febrero de 2016 a las 12:00 horas
ATENTAMENTE
MEXICO, D.F., A 20 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE CONSTRUCCION
LIC. MANUEL MORENO VARGAS
RUBRICA.
(R.- 425326)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 27
SECRETARIA DE ECONOMIA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: http://compranet.gob.mx, o bien, en Boulevard Adolfo López Mateos Número 3025, Piso 4, Colonia,
San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Delegación La Magdalena Contreras, México, Distrito Federal, teléfono:
5629-9500 Ext. 27204, de lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 18:00 horas y cuya
información relevante es:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01-2016
Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica en
forma Consolidada No. LA-010000999-E2-2016 y
No. Interno de Control 00010051-01-2016.
Objeto de la Licitación Contratación del Programa de Aseguramiento de Bienes
Patrimoniales de la Secretaría de Economía y el Sector
Coordinado 2016.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21 / enero / 2016
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
27 / enero / 2016 a las 10:30 Horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
08 / febrero / 2016 a las 10:30 Horas.
Fecha y hora para emitir el fallo 12 / febrero / 2016 a las 17:30 Horas.
MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
Y SERVICIOS GENERALES
MIGUEL ANGEL CASTILLO LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 425368)
SECRETARIA DE ECONOMIA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL MIXTA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con
las Mismas, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: https://compranet.funcionpublica.gob.mx., o bien, en Boulevard Adolfo López Mateos Número 3025, Piso
4, Colonia, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Delegación La Magdalena Contreras, México, Distrito Federal,
teléfono: 5629-9500 Ext. 27204, de lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 18:00
horas y cuya información relevante es:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01-2016-OBRA
Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública de Carácter Nacional Mixta
No. LO-010000999-E3-2016 y No. Interno de Control
00010051-OP-01-2016.
Objeto de la Licitación Contratación de Adecuaciones Menores e Instalación de
Energía Regulada para el Inmueble Ubicado en Reforma
296 Rentado por la Secretaría de Economía.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 22/enero/2016
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
26/enero/2016 a las 10:30 Horas.
En su caso, fecha y hora para realizar
la visita a instalaciones
Conforme al numeral 13 de la convocatoria.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02/febrero/2016 a las 10:30 Horas.
Fecha y hora para emitir el fallo 05/febrero/2016 a las 17:30 Horas.
MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MIGUEL ANGEL CASTILLO LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 425398)
28 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
DELEGACION ESTATAL EN CHIAPAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, Número 00008008-001-FOFAE-16, cuya
convocatoria que contiene las Bases de participación están disponibles para consulta en Internet
https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en Carretera Tuxtla-Chicoasén Km. 0.350 S/N, Entre Río
Pánuco y Boulevard Escritor Armando Jiménez. Fraccionamiento los Laguitos., C.P 29020, Tuxtla Gutiérrez,
Chiapas., Teléfono: (961) 61 7-10-50 ext. 30243, de Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 horas.
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA NO. 00008008-001-FOFAE-16
Descripción de la Licitación: Contratación del Servicio Integral de Seguridad y Vigilancia para los Inmuebles
que ocupa la Delegación Estatal de la SAGARPA en Chiapas.
Volumen de la Licitación: Se detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet: 26/01/2016
Junta de Aclaraciones: 05/02/2016
Visita a Instalaciones: 12/02/2016
Presentación y Apertura de Propuestas: 11/02/2016
TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS, A 11 DE ENERO DE 2016.
JEFA DE LA UNIDAD DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. ANA PATRICIA BURGUETE ARGUETA
RUBRICA.
(R.- 425323)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SCT TLAXCALA
RESUMEN DE CONVOCATORIA 001
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Sector Público, se
convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número: LO-009000018-N9-2016,
cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet
http://compranet.gob.mx, o bien, en la Dirección General del Centro SCT Tlaxcala ubicado en Guridi y
Alcocer, Esquina Calzada de los Misterios s/n, Col. Centro, Tlaxcala, Tlaxcala, C.P. 90000, teléfono: 246
46 2 12 67, los días de Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:30 a 14:00 horas.
Licitación Pública Nacional No. LO-009000018-N9-2016
Descripción de la licitación Modernización del Camino Rural: Mazaquiahuac –
Graciano Sánchez y Ramal a Santiago Tetlapayac,
Subtramos: del km. 4+380 al km. 7+000 y del Ramal del
km. 1+620 al km. 2+000, consistente en trabajos de
terracerías, obras de drenaje, pavimento, obras
complementarias, y señalamiento, en el Estado de
Tlaxcala.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 19/01/2016
Visita al sitio de los trabajos 27/01/2016, 10:00 horas
Junta de aclaraciones 28/01/2016, 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 12:00 horas
TLAXCALA, TLAXCALA, A 19 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE CONTRATACION DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS
ARQ. JUAN MANUEL CARRILLO BAHENA
RUBRICA.
(R.- 425437)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)29
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SCT “TABASCO”
RESUMEN DE CONVOCATORIA 001
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación
pública nacional que se relaciona a continuación, cuya convocatoria contiene las bases de participación mismas que se encuentran disponibles para consulta en
Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en el Departamento de Contratos y Estimaciones de la Subdirección de Obras del Centro SCT "Tabasco", ubicado en
Privada del Caminero número 17, colonia 1o. de Mayo en Villahermosa, Estado de Tabasco, teléfono (01 993) 4 54 12 00 Ext. 64477, en días y horas hábiles (lunes a
viernes); con el siguiente horario de 9:30 a 14:30 horas.
Licitación pública nacional LO-009000984-N1-2016
Descripción de la licitación Modernización y ampliación con mezcla asfáltica en caliente a un ancho de corona de 7.0 m en el camino:
El Triunfo – la Hulería, tramo a modernizar del km 11+500 al km 12+950, meta 1.45 km, en el Municipio
de Balancán, del Estado de Tabasco.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 10:00 Hrs
Visita a instalaciones 29/01/2016 09:00 Hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 09:00 Hrs.
Medios que se utilizarán para su realización Los licitantes podrán presentar sus proposiciones, por escrito en el acto de presentación y apertura de
proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la convocatoria o por medios electrónicos.
Licitación pública nacional LO-009000984-N2-2016
Descripción de la licitación Modernización y ampliación de 7.0 m a 12.0 de ancho de corona mediante pavimentación con mezcla
asfáltica en caliente, sello premezclado 3-A y señalamiento vertical y horizontal, en el camino: Jalpa de
Méndez - Cunduacán, tr: Jalpa de Méndez – vía corta Cunduacán del km 0+000 al km 15+000, tramo a
modernizar del km 12+100 al km 13+400, meta 1.30 km, en el Municipio de Jalpa de Méndez, del Estado
de Tabasco.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 12:00 Hrs
Visita a instalaciones 29/01/2016 09:00 Hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 12:00 Hrs.
Medios que se utilizarán para su realización Los licitantes podrán presentar sus proposiciones, por escrito en el acto de presentación y apertura de
proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la convocatoria o por medios electrónicos.
VILLAHERMOSA, TAB., A 19 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE CONTRATACION
DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS
ARQ. JUAN MANUEL CARRILLO BAHENA
RUBRICA.
(R.- 425440)
30 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SCT “NAYARIT”
RESUMEN CONVOCATORIA 001
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional cuya convocatoria que contiene las bases de
participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en Subdirección de
Obras del Centro SCT “Nayarit”, con domicilio en Av. Tecnológico No. 4300 Oriente 1er. Piso Edificio “A”,
Colonia Puente de San Cayetano C. P. 63194, Tepic, Nay., teléfono: 01 311 129 66 08 y 01 311 129 66 21, a
partir del día 21 de enero de 2016 y hasta el sexto día previo a la presentación y apertura de proposiciones,
de 09:00 a 14:00 horas.
Medios que se utilizarán para su realización.- Los licitantes deberán presentar sus proposiciones, por
escrito en el acto de presentación y apertura de proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en
la convocatoria.
Licitación Pública Nacional No. LO-009000957-E1-2016
Objeto de la licitación Conservación periódica mediante carpeta de 5 cm.,
Km. 0+000 al Km. 6+000, del Ramal a Mecatán, tramo
Tepic - Lím. Nay./Sin., con una meta de 6.0 Km., en el
estado de Nayarit.
Volumen a contratar Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compra Net 21 de enero de 2016.
Visita al sitio de los trabajos 28 de enero de 2016, a las 08:00 hrs.
Junta de aclaraciones 29 de enero de 2016, a las 09:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 05 de febrero de 2016, a las 09:00 hrs.
Lugar donde se llevarán a cabo los eventos
de Junta de Aclaraciones, Presentación y
Apertura de Proposiciones y Fallo
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE CONSERVACION DE CARRETERAS
LIC. ALEJANDRO FERNANDEZ CAMPILLO
RUBRICA.
(R.- 425446)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E2-2016, cuya convocatoria
que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o
bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México,
D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030
Licitación No. LO-009000062-E2-2016
Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE
CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS
DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA
ZONA NORTE
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 10:00 horas
ATENTAMENTE
MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO
RUBRICA.
(R.- 425438)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 31
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
COMPRAS REGIONALIZADAS
REGION VI SUR - SURESTE II
INTEGRANTES:
CENTROS SCT VERACRUZ, GUERRERO Y OAXACA
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Mixtas números 00009049-001-16, 00009049-
002-16 y 00009049-003-16, Licitaciones Públicas Internacionales Abiertas Mixtas 00009049-004-16 y
00009049-005-16, Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Mixta 00009049-006-16 y
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-007-16, cuya Convocatoria que contiene las bases de
participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en:
Carretera Xalapa-Veracruz km 0+700 No. s/n, Colonia Sahop, C.P. 91190, Xalapa, Veracruz, teléfono: 01 228
186-9021 Ext. 67074 y fax 01 228 186-9000 Ext. 67027, días de atención: lunes a viernes, en horario de las
09:00 a 16:00 hrs.
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-001-16
Descripción de la licitación Adquisición de Vales de Combustible y Despensa
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 09:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras 04/02/2016 de 9:00 a 14:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
08/02/2016 09:00 horas
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-002-16
Descripción de la licitación Adquisición de Materiales y Utiles de Oficina
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras 04/02/2016 de 9:00 a 14:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
09/02/2016 09:00 horas
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-003-16
Descripción de la licitación Adquisición de Material Eléctrico y Electrónico
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 13:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras No habrá entrega de muestras
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
09/02/2016 11:00 horas
Licitación Pública Internacional Abierta Mixta 00009049-004-16
Descripción de la licitación Adquisición de Material Eléctrico y Electrónico (Baterías)
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 15:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras No habrá entrega de muestras
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
09/02/2016 13:00 horas
Licitación Pública Internacional Abierta Mixta 00009049-005-16
Descripción de la licitación Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y
bienes informáticos
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016 9:00 horas
32 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras No habrá entrega de muestras
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
10/02/2016 9:00 horas
Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Mixta 00009049-006-16
Descripción de la licitación Adquisición de Refacciones y Accesorios menores de
equipo de transporte (llantas)
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras No habrá entrega de muestras
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
10/02/2016 11:00 horas
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-007-16
Descripción de la licitación Vestuario y Uniformes, Prendas de Protección Personal,
Artículos deportivos, Blancos y Otros Productos Textiles
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016 13:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Recepción de muestras No habrá entrega de muestras
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
10/02/2016 13:00 horas
XALAPA, VER., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT VERACRUZ
CABEZA DE REGION VI
ING. WILLIAM DAVID KNIGHT BONIFACIO
RUBRICA.
(R.- 425449)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 02
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E3-2016, cuya convocatoria
que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o
bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México,
D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030
Licitación No. LO-009000062-E3-2016
Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE
CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS
DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA
ZONA SURESTE
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016, 13:00 horas
Visita a instalaciones NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 13:00 horas
ATENTAMENTE
MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO
RUBRICA.
(R.- 425439)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 33
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO SCT VERACRUZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 002
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Mixtas números 00009049-008-16, 00009049-
009-16, 00009049-010-16 y 00009049-011-16 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Carretera Xalapa-Veracruz
km 0+700 No. s/n, Colonia Sahop, C.P. 91190, Xalapa, Veracruz, teléfono: 01 228 1869021 Ext. 67074 y fax
01 228 1869000 Ext 67027, los días Lunes a viernes del año en curso de las 09:00 a 16:00 hrs.
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-008-16
Descripción de la licitación Arrendamiento de Maquinaria y Equipo
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016 09:30 horas
Visita a instalaciones 29/01/2016
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
11/02/2016 9:30 horas
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-009-16
Descripción de la licitación Adquisición de Material de Construcción y Señalamiento
Vial
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016 9:30 horas
Visita a instalaciones No habrá visita
Recepción de muestras 10/02/2016 de 9:00 a 14:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
12/02/2016 9:30 horas
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-010-16
Descripción de la licitación Mantenimiento y Conservación de Inmuebles
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 15/02/2016 11:00 horas
Visita a instalaciones 11/02/2016
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
22/02/2016 11:00 horas
Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-011-16
Descripción de la licitación Mantenimiento Preventivo
y Correctivo al Parque Vehicular
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita
Presentación y apertura de proposiciones
Técnico Económica
12/02/2016 11:00 horas
XALAPA, VER., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT VERACRUZ
ING. WILLIAM DAVID KNIGHT BONIFACIO
RUBRICA.
(R.- 425450)
34 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 03
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E4-2016, cuya convocatoria
que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o
bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México,
D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030
Licitación No. LO-009000062-E4-2016
Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE
CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS
DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA
ZONA GOLFO
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016
Junta de aclaraciones 01/02/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 10:00 horas
ATENTAMENTE
MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO
RUBRICA.
(R.- 425442)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 04
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E5-2016, cuya convocatoria
que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o
bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México,
D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030
Licitación No. LO-009000062-E5-2016
Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE
CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS
DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA
ZONA OCCIDENTE
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016
Junta de aclaraciones 01/02/2016, 13:00 horas
Visita a instalaciones NO APLICA
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 13:00 horas
ATENTAMENTE
MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO
RUBRICA.
(R.- 425444)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 35
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SCT CHIHUAHUA
RESUMEN DE CONVOCATORIA 013
De conformidad con la Ley de Obras Públicas Servicios Relacionados con las Mismas del Sector Público, se
convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales a continuación, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en internet:
http://compranet.gob.mx o bien en el Departamento de Contratos y Estimaciones, ubicados en Km.3 carretera
Chihuahua- Avalos, s/n Colonia Villa Juárez, C.P. 31064, Chihuahua, Chihuahua, teléfono: 01 614 380 12 09 y
614 380 12 13, los días lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 15:30 horas.
Medios que se utilizarán para su realización.- Los licitantes podrán presentar sus proposiciones, por escrito en
el acto de presentación y apertura de proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la Convocatoria o
por medios electrónicos.
Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E26-2016
Descripción de la licitación Conservación del camino Escalón- Estación Carrillo
ejecutando trabajos de limpieza del derecho de vía,
bacheo de caja, renivelación con mezcla asfáltica en
tramos aislados y riego de protección, tramo del Km.
12+000 al Km. 18+700 en el municipio de Jiménez en el
Estado de Chihuahua.
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 10:00 horas
Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 09:00 horas
Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E27-2016
Descripción de la licitación Conservación del camino Juan Mata Ortiz- Mesa del
Huracán ejecutando trabajos de limpieza de cunetas,
retiro de derrumbes, renivelaciones aisladas con mezcla
asfáltica y un riego de protección con arena, tramo del
Km. 0+000 al 31+000 en el municipio de Casas Grandes
en el Estado de Chihuahua.
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 10:00 horas
Junta de aclaraciones 02/02/2016 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 11:00 horas
Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E28-2016
Descripción de la licitación Conservación del camino Puerto Sabinal- Badiraguato
ejecutando trabajos de reparación de cunetas colocación
de subdrenes longitudinal, rehabilitación de la superficie
de rodamiento mediante recuperación de base de base y
pavimento, reposición de base estabilizada con cemento
portland carpeta de concreto asfáltico del Km. 6+000 al
Km. 13+500 (tramos aislados) y reposición de
señalamiento horizontal 6+000 al Km. 13+500.
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 12:00 horas
Junta de aclaraciones 02/02/2016 13:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 13:00 horas
Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E29-2016
Descripción de la licitación Conservación del camino Puerto Sabinal- Badiraguato
ejecutando trabajos de remoción de derrumbes, limpieza
del derecho de vía, limpieza y reparación de cunetas,
limpieza de contracunetas, rehabilitación de la superficie
de rodamiento mediante recuperación de base y
pavimento, reposición de base estabilizada con cemento
portland, bacheo, carpeta de concreto asfáltico, del Km.
0+000 al Km. 5+000 y del Km. 22+000 al 25+000 (tramos
aislados) reposición de señalamiento horizontal del Km.
0+000 al Km. 5+000 y del Km. 22+000 al 25+000.
36 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 12:00 horas
Junta de aclaraciones 02/02/2016 14:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 15:00 horas
Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E30-2016
Descripción de la licitación Conservación del camino La Cruz- Ranchito San Juan
ejecutando trabajos de remoción de derrumbes, limpieza
de cunetas, limpieza de contracunetas, reparación de
obras de drenaje, riego de impregnación, riego de sello y
taponamiento, trabajos diversos y señalamiento del Km.
0+000 al Km. 2+034.
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 11:00 horas
Junta de aclaraciones 02/02/2016 15:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 17:00 horas
CHIHUAHUA, CHIH., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE CONTRATACION
DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS
ARQ. JUAN MANUEL CARRILLO BAHENA
RUBRICA.
(R.- 425443)
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
ADMINISTRACION DE OPERACION DE RECURSOS Y SERVICIOS “7”
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01
LICITACION PUBLICA NACIONAL RESERVADA DE LA COBERTURA DE
LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO ELECTRONICA DE SERVICIOS
No. LA-006E00042-E4-2016
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica de servicios número LA-006E00042-E4-2016,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Central Núm. 735, Col. Anexo a Residencial Poniente, C.P. 45136,
Zapopan, Jal., teléfono: 01 (33)3836-2017, los días 26, 27, 28, 29 de enero y 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12,
15, 16, de febrero de 2016, de las 9:00 a 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas.
Descripción de la licitación
LA-006E00042-E4-2016
Servicio de Arrendamiento de Mobiliario para las
Administraciones Desconcentradas de Jalisco 2
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016
Junta de aclaraciones 04 de febrero de 2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones 03 de febrero de 2016, 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 12 de febrero de 2016, 12:00 horas
ZAPOPAN, JALISCO, A 26 DE ENERO DE 2016.
ADMINISTRADORA DE OPERACION DE RECURSOS Y SERVICIOS “7”
MTRA. PAOLA ESTHER MICHEL CORONA
RUBRICA.
(R.- 425407)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)37
COMISION NACIONAL DEL AGUA
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
CONVOCATORIA MULTIPLE 001
LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES ELECTRONICAS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales electrónicas números LA-016B00009-E2-2015 a la LA-
016B00009-E4-2015 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Avenida
Insurgentes Sur número 2416, segundo piso, ala Sur, colonia Copilco el Bajo, Código Postal 04340, Coyoacán, Distrito Federal, teléfono 51-74-40-00 extensiones
1985 o 1987, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:00 a 13:00 horas. Se llevará a cabo con reducción de plazos la licitación LA-016B00009-E3-2016.
Descripción de la licitación Servicios de Limpieza en los inmuebles que ocupa la Comisión Nacional del Agua.
Volumen a adquirir Los detalles en la convocatoria electrónica
LA-016B00009-E2-2016
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de aclaraciones 28/01/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones De acuerdo a convocatoria
Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 10:00 horas
Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento de los Helicópteros Bell 212, Matrícula XC-CNA, número de serie
30667, Bell 206-B, Matrícula XC-FIL, número de serie 3223 y Bell 407, Matrícula XC-AUA,
número de serie 53967
Volumen a adquirir Los detalles en la convocatoria electrónica
LA-016B00009-E3-2016
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de aclaraciones 22/01/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita
Presentación y apertura de proposiciones 29/01/2016, 10:00 horas
Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento y conservación de jardinería
Volumen a adquirir Los detalles en la convocatoria mixta
LA-016B00009-E4-2016
Fecha de publicación en CompraNet 200/01/2016
Junta de aclaraciones 28/01/2016, 13:00 horas
Visita a instalaciones De acuerdo a convocatoria
Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 13:00 horas
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
LADISLAO ANDRES CANTINCA HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 425325)
38 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
COMISION NACIONAL DEL AGUA
SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
AVISO DE FALLO
Con base en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, y al amparo del artículo 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, la Comisión Nacional del Agua con domicilio en avenida Insurgentes Sur No.
2416, Colonia Copilo el Bajo, Coyoacán, código postal 04340, México, D.F., da a conocer el fallo de la
licitación pública internacional celebrada bajo la cobertura de las disposiciones en materia de compras del
sector público de los Tratados suscritos por México:
Licitación Pública Internacional No. LA-016B00015-T45-2015, para el Suministro, Instalación y Puesta en
Marcha de Equipo de Laboratorio, fallo emitido el 30 de septiembre de 2015; proveedores ganadores: AB
Sciex, S.A. de C.V., con domicilio en Cuernavaca No. 106, Colonia Condesa, C.P. 06140, en México, D.F.,
partida No. 1, por un monto total de $5,888,268.10 M.N., importe que incluye el 16% del I.V.A.; Perkin Elmer
de México, S.A. de C.V., con domicilio en Macedonio Alcalá No. 54, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, en
México, D.F., partida No. 2, por un monto total de U.S.D. 260,654.96, importe que incluye el 16% del I.V.A.;
Hach de México, S. de R.L. de C.V., con domicilio en Calle Circuito Científicos No. 22, Colonia Ciudad
Satélite, C.P. 53100, en Naucalpan de Juárez Estado de México, Partida No. 3, por un monto total de
$9,002,243.68, importe que incluye el 16% del I.V.A.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
EL GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
L.C. ANDRES CANTINCA HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 425324)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DELEGACION ESTATAL EN HIDALGO
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, Fracción I, 26 Bis fracciones II y III, 27, 28
fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, así como el 39,42 y 44 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones
Públicas de conformidad con lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 1
Número de Licitación LA-019GYR017-E12-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación SERVICIO DE CALIBRACION DE VAPORIZADORES
DEL REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL
EJERCICIO 2016
Volumen a adquirir 43 Equipos.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 10:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E13-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación SERVICIO DE FOTOCOPIADO Y DUPLICADO DE
DOCUMENTOS, PARA EL EJERCICIO 2016
Volumen a adquirir 1,412,160 Copias.
924,000 Duplicaciones
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 14:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 14:00 HRS.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 39
Número de Licitación LA-019GYR017-E14-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación SERVICIO SUBROGADO DE SESIONES DE
RADIOTERAPIA PARA 2016.
Volumen a adquirir 2,550 Sesiones.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 16:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 16:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E15-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A
COMPRESORES DE AIRE GRADO MEDICO DEL
REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL
EJERCICIO 2016
Volumen a adquirir 13 Equipos
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 10:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E16-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O
CORRECTIVO A INCUBADORAS DEL REGIMEN
ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016.
Volumen a adquirir 28 Equipos.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 13:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 13:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E17-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación LAVADO DE ROPA HOSPITALARIA, PARA EL
EJERCICIO 2016.
Volumen a adquirir Mínima 227,840 Kgs.
Máxima 569,600 Kgs.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 04/02/2016, 11:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 11:00 HRS.
• Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en
internet: http://www.compranet.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a
disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Adquisición de
Bienes y Contratación de Servicios, sito en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento
Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 714.3323 Y 714.3234 Ext.
5301 y 5322, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 09:00 a 16:00 horas.
• Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones electrónicas, se
realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis fracción II de La Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a través del Sistema Electrónico de Compras
Gubernamentales, CompraNet.
• Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones Mixtas, se
realizarán en la Sala de Licitaciones, ubicada en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento
Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 71153.3145 Ext. 5301
y 5322.
PACHUCA DE SOTO, HGO., A 26 DE ENERO DE 2016.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
L.A. OLIVIA RAMIREZ HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 425377)
40 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
DELEGACION ESTATAL MORELOS
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
De conformidad con los artículos 26 fracción I, 26 Bis Fracción II, 27, 28 Fracción I, 29, 30, 32, 33 Bis, 34, 35,
36 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación para la Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados
exclusivamente para su consulta en: Av. Plan de Ayala 1201 Esq. con Av. Central Col. Ricardo Flores Magón,
Cuernavaca, Morelos C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos, teléfono y fax: (01 777) 3156422 y 3161265, de
Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas.
La reducción de plazos de la presente licitación, fue autorizada por la Lic. Claudia Catalina Laureano Palma,
Coordinadora de Abastecimiento y Equipamiento, el día 14 de Enero del 2016
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 01
Número de Licitación LA-019GYR007-E617-2015
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación PARA LA ADQUISICION DE PAPELERIA, UTILES DE
OFICINA, MATERIALES DIVERSOS Y MATERIAL
DIDACTICO
Volumen a adquirir MINIMO EN PIEZAS: 266,993
MAXIMO EN PIEZAS: 667,478
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero del 2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016, 9:00 horas
Visita a instalaciones NO HABRA VISITA
Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 9:00 horas
Número de Licitación LA-019GYR007-E22-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE
RECOLECCION DE BASURA COMUN Y RESIDUOS DE
MANEJO ESPECIAL PARA EL EJERCICIO 2016
Volumen a adquirir MINIMO EN SERVICIOS: 1,166
MAXIMO EN SERVICIOS: 2,915
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero del 2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016, 10:00 horas
Visita a Instalaciones NO HABRA VISITA
Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 10:00 horas
Número de Licitación LA-019GYR007-E21-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE
SUMINISTRO DE OXIGENO Y GASES MEDICINALES
EN UNIDADES MEDICAS DE LA DELEGACION PARA
EL EJERCICIO 2016
Volumen a adquirir Mínimo en M3: 196,000
Máximo en M3: 400,000
Mínimo en KG:960
Máximo en KG:2,000
Mínimo en cargas: 500
Máximo en cargas: 1,500
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero del 2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones NO HABRA VISITA
Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 11:00 horas
Todos los eventos se llevarán a cabo en los horarios y días señalados.
CUERNAVACA, MORELOS, A 26 DE ENERO DE 2016.
COORDINADORA DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
LIC. CLAUDIA CATALINA LAUREANO PALMA
RUBRICA.
(R.- 425382)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 41
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DELEGACION VERACRUZ NORTE
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de
conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Articulo 26 fracción I,
26 bis fracción II y III, 27, 28 Fracción I, 29, 30, 32, 33, 34, 35, y demás relativos del Reglamento vigente de la
propia Ley, se convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación LA-019GYR014-E7-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Transportación de Bienes de
Consumo e Inversión Propiedad del Instituto para el
régimen Ordinario e IMSS-Prospera en la Delegación
Veracruz Norte, para cubrir necesidades en el ejercicio
2016.
Volumen a adquirir Cantidad Mínima Servicios Cantidad Máxima
Servicios
264 660
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/02/2016 10:30 Horas.
Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 9:30 Horas.
Número de Licitación LA-019GYR014-E8-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación Adquisición de Insumos de Conservación de las
Siguientes Especialidades:
1.- Ferretería, 2.- Plomería e Hidráulica y 3.-
Herramientas, para la Delegación Veracruz Norte, en
régimen Ordinario e IMSS-Prospera para el Ejercicio
Fiscal 2016.
Volumen a adquirir Cantidad Mínima Piezas Cantidad Máxima Piezas
200 500
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/02/2016 9:00 Horas.
Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 9:00 Horas.
Número de Licitación LA-019GYR014-E9-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Mantenimiento a Areas
Verdes y Pétreas, del Régimen Ordinario e IMSS-
Prospera en el Ejercicio Fiscal 2016.
Volumen a adquirir Cantidad Mínima M2 Cantidad Máxima M2
88,533 221,333
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 4/02/2016 10:30 Horas.
Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 9:30 Horas.
Número de Licitación LA-019GYR014-E10-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación Adquisición de Insumos de Conservación de las siguientes
especialidades: Pintura, Material Eléctrico y Focos
Especiales, para la Delegación Veracruz Norte, en
régimen Ordinario e IMSS Prospera para el Ejercicio
2016.
42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Volumen a adquirir Cantidad Mínima Piezas Cantidad Máxima Piezas
204 511
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 4/02/2016 9:00 Horas.
Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 9:00 Horas.
Número de Licitación LA-019GYR014-E11-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Operación, Mantenimiento
Preventivo y/o Correctivo y Responsiva de Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales y Análisis de Aguas de
Aprovechamiento y Residuales en Inmuebles, para la
Delegación Veracruz Norte, en Régimen Ordinario e
IMSS-Prospera para el ejercicio Fiscal 2016.
Volumen a adquirir Cantidad Mínima Servicios Cantidad Máxima
Servicios
58 145
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 5/02/2016 9:00 Horas.
Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016 9:00 Horas.
Número de Licitación LA-019GYR014-E12-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación Contratación de Servicios Funerarios: (Recolección,
Instalación, Gestoría, Cortejo y traslados foráneos y
Embalsamamiento y Reconstrucción de Cadáveres) para
el Velatorio de la Delegación Veracruz Norte, en el
Ejercicio Fiscal 2016
Volumen a adquirir Cantidad Mínima Servicios Cantidad Máxima
Servicios
808 2,021
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 5/02/2016 10:30 Horas.
Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016 9:30 Horas.
• Las bases de las licitaciones se encuentran disponibles para su consulta en Internet:
http://compranet.funcionpublica.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá un ejemplar impreso
exclusivamente para su consulta en la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento,
ubicada en Belisario Domínguez No. 15 Colonia Adalberto Tejeda código postal 91070 en la Ciudad de
Xalapa, Veracruz., teléfono 01 228 818 28 19 los días y horas en las licitaciones arriba convocadas de
lunes a viernes (días hábiles), con el siguiente horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Todos los eventos se llevarán a cabo en el aula de usos múltiples de la Coordinación de Abastecimiento y
Equipamiento y a través del sistema CompraNet, ubicada en Belisario Domínguez No. 15 Colonia
Adalberto Tejeda código postal 91070 en la Ciudad de Xalapa, Veracruz.
XALAPA, VERACRUZ, A 26 DE ENERO DE 2016.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
C.P. MARIA DEL CARMEN OJEDA LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 425372)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DELEGACION REGIONAL EN BAJA CALIFORNIA SUR
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
OFICINA DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACION BAJA CALIFORNIA SUR
RESUMEN DE CONVOCATORIA 02-16
El Instituto Mexicano del Seguro Social en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, 29 y 30
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a
participar en la Licitación que se publica en el resumen de Convocatoria 02-16 de conformidad con
lo siguiente:
Numero de licitación LA-019GYR030-E11-2016
Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Recolección, Transporte
Externo, Lavado, Doblado, Empaquetado y Entrega de
Ropa Hospitalaria Propiedad del IMSS
Volumen a adquirir 356,366 kilos
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/2/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visitas
Presentación y apertura de proposiciones 10/2/2016, 10:00 horas
Numero de licitación LA-019GYR030-E12-2016
Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Recolección, transporte
externo, y disposición final de Residuos Sólidos Urbanos
y de Manejo Especial
Volumen a adquirir 40 rutas
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/2/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visitas
Presentación y apertura de proposiciones 10/2/2016, 12:00 horas
Numero de licitación LA-019GYR030-E13-2016
Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación Adquisición de Bienes de Diálisis Peritoneal Continua
Ambulatoria (DPCA) con Entrega Domiciliaria rara
Pacientes Prevalentes
Volumen a adquirir 162,575 bolsas
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/2/2016, 14:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visitas
Presentación y apertura de proposiciones 10/2/2016, 14:00 horas
• Las bases de participación estarán disponibles para consulta pública en el portal de Internet:
http://www.compranet.gob.mx, y son gratuitas. Se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los
interesados exclusivamente para su consulta en: la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento sita
en Cuauhtémoc y Carranza Número 2415, Colonia La Rinconada, C.P. 23040, La Paz, Baja California
Sur, teléfono: 612 125 6869, los días lunes a viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 13:00 horas.
• Todos los eventos se llevarán a cabo a través del sistema Compranet en la dirección
http://www.compranet.gob.mx
LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 26 DE ENERO DE 2016.
DELEGADO REGIONAL
FRANCISCO JAVIER BERMUDEZ ALMADA
RUBRICA.
(R.- 425373)
44(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 2. CD. OBREGON, SONORA
LIC. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 26, Fracción I, 26 bis fracción II, 27,
28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34, 35, y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 39, 42, 46 y 48 de su reglamento, se
convoca a los interesados a participar en la ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL AUTOMATIZADA CON ENTREGA DOMICILIARIA PARA
PACIENTES PREVALENTES. Para cubrir necesidades del año 2016, de la Unidad Médica: UMAE Hospital de Especialidades No. 2 del CMNN, cuya Convocatoria
que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a
disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Prolongación Hidalgo y Huisaguay S/N, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Cd. Obregón, Sonora,
teléfono y fax: (01 644) 414-42-47, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas.
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 002
Número de Licitación LA-019GYR037-E6-2016
Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional
Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL AUTOMATIZADA CON ENTREGA
DOMICILIARIA PARA PACIENTES PREVALENTES
Volumen a adquirir MIN: 9,749 PIEZA MAX: 19,500 PIEZA
Fecha de publicación en CompraNet 26 DE ENERO DE 2016
Junta de aclaraciones 03 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS
• LUGAR DONDE SE LLEVARAN A CABO LOS EVENTOS: Por medios Remotos de Comunicación Electrónica COMPRANET. Apertura de bóveda de compranet
en el Departamento de Abastecimiento del Hospital de Especialidades No. 2 de la UMAE Sonora, ubicado en calle prolongación Hidalgo y Huisaguay s/n, Colonia
Bellavista, C.P. 85130, Ciudad Obregón, Sonora.
CAJEME, SONORA, A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE UMAE
DR. WALTER GONZALEZ JAIME
RUBRICA.
(R.- 425371)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)45
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 2. CD. OBREGON, SONORA
LIC. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 26, Fracción I, 26 bis fracción II, 27,
28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34, 35, y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 39, 42, 46 y 48 de su reglamento, se
convoca a los interesados a participar en la ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL CONTINUA AMBULATORIA CON ENTREGA DOMICILIARIA
PARA PACIENTES PREVALENTES. Para cubrir necesidades del año 2016, de la Unidad Médica: UMAE Hospital de Especialidades No. 2 del CMNN, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá
ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Prolongación Hidalgo y Huisaguay S/N, Colonia Bellavista, C.P. 85130,
Cd. Obregón, Sonora, teléfono y fax: (01 644) 414-42-47, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas.
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 003
Número de Licitación LA-019GYR037-E8-2016
Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional
Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL CONTINUA AMBULATORIA CON ENTREGA
DOMICILIARIA PARA PACIENTES PREVALENTES.
Volumen a adquirir MIN: 15,300 PIEZA MAX: 30,600 PIEZA
Fecha de publicación en CompraNet 26 DE ENERO DE 2016
Junta de aclaraciones 04 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS
• LUGAR DONDE SE LLEVARAN A CABO LOS EVENTOS: Por medios Remotos de Comunicación Electrónica COMPRANET. Apertura de bóveda de compranet
en el Departamento de Abastecimiento del Hospital de Especialidades No. 2 de la UMAE Sonora, ubicado en calle prolongación Hidalgo y Huisaguay s/n, Colonia
Bellavista, C.P. 85130, Ciudad Obregón, Sonora.
CAJEME, SONORA, A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE UMAE
DR. WALTER GONZALEZ JAIME
RUBRICA.
(R.- 425374)
46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
DELEGACION ESTATAL TABASCO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
De conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción
I, 26 bis fracción III, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 bis, 34, 35 y 47 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 39, 40, 41, 42, 43 y 44 del Reglamento de la
misma Ley, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la contratación de Bienes y
Servicios, cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación están disponibles para su consulta
en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx, en la plataforma 5.0, misma que serán gratuitas o bien se
pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Paseo
Usumacinta No. 95, Colonia Primero de Mayo, C.P. 86190, Villahermosa, Tabasco, teléfono y fax: (01 993)
315 4887, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas.
RESUMEN DE CONVOCATORIA 004-16
Número de Licitación LA-019GYR015-E10-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional
Descripción de la licitación Servicio de Limpieza de Cristales
Volumen a adquirir 13,691 M2
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016
Junta de aclaraciones 02/Feb/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/Feb/2016, 11:00 horas
Número de Licitación LA-019GYR015-E11-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional
Descripción de la licitación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con
Suministro de Refacciones Originales a Equipos de
Colposcopio
Volumen a adquirir 3 Equipos
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016
Junta de aclaraciones 02/Feb/2016, 13:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/Feb/2016, 13:00 horas
Número de Licitación LA-019GYR015-E12-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional
Descripción de la licitación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con
Suministro de Refacciones Originales a Equipos
Desfibriladores
Volumen a adquirir 47 Equipos
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016
Junta de aclaraciones 02/Feb/2016, 15:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/Feb/2016, 15:00 horas
• Los actos de las licitaciones se llevarán a cabo en la Sala de juntas del Departamento de Adquisición de
Bienes y Contratación de Servicios, ubicada en calle Paseo Usumacinta No. 95, Colonia Primero de
Mayo, CP. 86190, Villahermosa, Tabasco.
VILLAHERMOSA, TABASCO, A 26 DE ENERO DE 2016.
COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
ING. JORGE ROMERO CABAÑAS
RUBRICA.
(R.- 425369)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)47
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL
DELEGACION ESTATAL AGUASCALIENTES
COORDINACION DELEGACIONAL DE ABASTECIMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos
25, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, así como el 35, 39, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 51 y 54 de su Reglamento convoca a los interesados en participar en los Procedimientos de Licitación
Pública de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación LA-019GYR032-E3-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta.
Descripción de la Licitación Contratación de Servicio de Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario y Gases
Medicinales para Unidades Médicas.
Volumen a adquirir Cantidad Aproximada:
312,006 m3
Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016.
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:30 Horas.
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 09:30 Horas.
Número de Licitación LA-019GYR032-E11-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta.
Descripción de la Licitación Contratación de Servicio de Recolección, Transporte Externo y Disposición Final de
Residuos Sólidos Urbanos y Residuos de Manejo Especial.
Volumen a adquirir Cantidad Aproximada:
1508 Frecuencias de Recolección
Fecha de publicación en CompraNet 26/Enero/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 12:00 Horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:30 Horas
• Las bases establecidas en la convocatoria de la Licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.funcionpublica.gob.mx, en
la plataforma 5.0 y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: la Coordinación
Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento sita en Av. Carolina Villanueva de García número 314, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 20290, Aguascalientes,
Aguascalientes, teléfono 01 (449) 971 07 94, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:30 a 15:00 horas.
• Todos los eventos se realizarán, en la Sala de Juntas de la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento, ubicado en Av. Carolina Villanueva de
García número 314, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 20290, Aguascalientes, Aguascalientes.
AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, A 26 DE ENERO DE 2016.
TITULAR DE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
C.P. JULIO CESAR VELARDE VAZQUEZ
RUBRICA.
(R.- 425381)
48(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
OFICINA DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACION PUEBLA
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos
26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción II, 29, 30, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36, 36 Bis fracción II, 37, 37 Bis, 38 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público (LAASSP) y los artículos 35, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 54, 55, 58 y 85 de su Reglamento, convoca a los interesados
en participar de conformidad con lo siguiente:
No. De la Licitación LA-019GYR006-E8-2016
Carácter de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados
Descripción Objeto de la Licitación Adquisición de Material de Curación y Laboratorio
Volumen a Adquirir 31,474 Cajas
124 Envases
21 Frascos
57 Latas
1,600 Metros lineales
384,616 Pares
189,737 Piezas
906 Rollos
Fecha de Publicación en Compranet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones. 29/02/2016 a las 10:00 Hrs.
Visita a Instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y Apertura de Proposiciones 07/03/2016 a las 10:00 Hrs.
Lugar donde se llevaran a cabo los eventos En la Sala de Usos Múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, y Equipamiento ubicada en Calle 5
de Febrero Oriente # 107 Colonia San Felipe Hueyotlipan, en la ciudad de Puebla, Puebla.
Las bases establecidas en la convocatoria de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx y serán
gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y
Equipamiento, ubicada en calle 5 de Febrero Oriente Número 107, Colonia San Felipe Hueyotlipan, C.P. 72030, en la Ciudad de Puebla, Puebla, teléfono:
01222 288-12-04, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas.
PUEBLA, PUEBLA, A 26 DE ENERO DE 2016.
DELEGADO ESTATAL EN PUEBLA
RODOLFO REYES CORIA
RUBRICA.
(R.- 425379)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)49
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DELEGACION NORTE DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28
fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36 y 36 Bis fracción I, 37, 37 Bis, 38, 45, 47, 48, 49, 50, 54, 54 Bis y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público (LAASSP); 35, 39, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 50, 52 y 54 y demás correlativos de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar
en las presentes licitaciones, para la Delegación Norte del D.F. y cubrir necesidades del 01 de abril al 30 de junio del año 2016, de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación LA-019GYR016-E15-2016.
Carácter de la Licitación Pública Nacional.
Descripción de la Licitación Servicio Médico Integral de Procedimientos de Mínima Invasión.
Volumen a Adquirir 1, 259 Procedimientos.
Fecha de Publicación en CompraNet Martes, 26 de enero de 2016.
Junta de aclaraciones Miércoles, 03 de febrero de 2016, 10:00 horas.
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones Miércoles, 10 de febrero de 2016, 11:00 horas.
Número de Licitación LA-019GYR016-E16-2016.
Carácter de la Licitación Pública Nacional.
Descripción de la Licitación Servicio Médico Integral de Pruebas de Laboratorio Clínico.
Volumen a Adquirir 1´738,440 Pruebas.
Fecha de Publicación en CompraNet Martes, 26 de enero de 2016.
Junta de aclaraciones Jueves, 04 de febrero de 2016, 10:00 horas.
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones Jueves, 11 de febrero de 2016, 11:00 horas.
Para estas licitaciones, las convocatorias se encuentran disponibles para su consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx, y serán gratuitas, o bien se
pondrán los ejemplares impresos a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P.
07760, Delegación Gustavo A. Madero, México, D.F. Estos eventos licitatorios se llevarán a cabo en las instalaciones de la Coordinación Delegacional de
Abastecimiento y Equipamiento, sita en Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Delegación Gustavo A. Madero, México,
Distrito Federal.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
LIC. JOSE LUIS QUINTANA CORONA
RUBRICA.
(R.- 425380)
50(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ESPECIALIDADES C.M.N.O.
RESUMEN DE CONVOCATORIA NO. LA-019GYR020-E128-2015
El Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente,
con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 bis fracción III, 28 fracción II, 29, 30, 32, 33 bis, 34,
35, 36 bis fracción III, 37, 37 bis, 45, 46 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados a participar en la
Licitación Pública que enseguida se enlista, cuya convocatoria contiene las bases de participación y que estarán disponible para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx, o bien, se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Abastecimiento
con domicilio en Belisario Domínguez número 1000, colonia Independencia, código postal 44340, en Guadalajara, Jalisco, teléfono 01-33-3617-2141, los días de
lunes a viernes en días hábiles en el horario de 8:00 a 15:00 horas:
Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados número
LA-019GYR020-E128-2015
Descripción de la licitación Medicamentos
Volumen a adquirir 6,984 piezas
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 11/02/2016, 09:00 horas.
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 18/02/2016 09:00 horas.
Lugar donde se llevarán a cabo los eventos Los actos se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción III, en el
Departamento de Abastecimiento de la UMAE Hospital de Especialidades C.M.N.O., en Belisario
Domínguez número 1000, colonia Independencia, código postal 44340, en Guadalajara, Jalisco.
Autorización de reducción de plazos de conformidad al
tercer párrafo del Artículo 32 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP)
Autorizó:
Dr. Hugo Ricardo Hernández García
Cargo: Director
UMAE Hospital de Especialidades CMNO
Fecha: 18 de Enero de 2016
GUADALAJARA, JAL., A 26 DE ENERO DE 2016.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO
UMAE HOSPITAL DE ESPECIALIDADES CMNO
LIC. SALVADOR CARRILLO FLORES
RUBRICA.
(R.- 425376)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)51
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DELEGACION PUEBLA
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DELEGACIONAL DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
CALLE 5 DE FEBRERO ORIENTE NUM 107 COL. SAN FELIPE HUEYOTLIPAN, PUEBLA. PUE. C.P 72030
AVISO DE FALLO DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURIO SOCIAL, CON FUNDAMENTO EN LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 58 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, DA A CONOCER LA IDENTIDAD DE LOS PARTICIPANTES GANADORES DE
LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL REALIZADA DE CONFORMIDAD CON LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO, ABAJO MENCIONADA:
ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION (EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO)
NO. DE LICITACION FECHA DE EMISION DEL FALLO
LA-019GYR006-T316-2015 3 DE NOVIEMBRE DEL 2015
PROVEEDORES GANADORES
NO.
CONTRATO
PROVEEDOR DOMICILIO DESCRIPCION DEL BIEN CANT. DE PART.
ASIGNADAS
MONTO DEL
CONTRATO
BI50008 INDUSTRIAS
COBRAMEX, S.A.
DE C.V.
CAMINO A SAN LORENZO NO. 1213
COLONIA LA TRINIDAD SANCTORUM
CUAUTLANCINGO, PUEBLA, C.P. 72730
ASPIRADOR PORTATIL PARA
SUCCION CONTINUA.
1 $ 14,800.00
BI50007 SARDEL MEDICAL,
S.A. DE C.V.
CARRETERA XALAPA-COATEPEC
KILOMETRO 6.250 COLONIA CENTRO,
COATEPEC. VERACRUZ. C.P. 91500
BASCULA ELECTRONICA
CON ESTADIMETRO.
1 $ 181,470.00
BI50004 COMPAÑIA
INTERNACIONAL DE
DISTRIBUCIONES,
S.A. DE C.V.
CEFEO UN. 25 PLANTA ALTA COL.
PRADO CHURUBUSCO DELEGACION
COYOACAN, MEXICO, D.F. C.P. 04230
CUNA DE CALOR RADIANTE 1 $ 299,934.00
BI50003 COMERCIALIZADOR
A SARHUA, S.A.
DE C.V.
CENTRAL SUR NUM. 7 COLONIA
TLAXCALANCINGO SAN ANDRES
CHOLULA PUEBLA, PUE. C.P. 72820
MONITOR DE SIGNOS VITALES 3 $ 792,852.00
BI50006 MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y
CORRECTIVO,
S.A. DE C.V.
ENRIQUE JACOB NUMERO 7 COLONIA
SAN ANDRES ATOTO, NAUCALPAN DE
JUAREZ, ESTADO DE MEXICO. C.P.
53500
UNIDAD RADIOLOGICA
DENTAL.
1 $ 64,200.00
BI50005 ESPECIALISTAS EN
ESTERILIZACION Y
ENVASES, S.A.
DE C.V.
GUILLERMO BARROSO NUM 11-A COL.
FRACC. IND. LAS ARMAS
TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXOCO.
C.P. 54080
ESTERILIZADOR DE VAPOR
DIRECTO GRANDE,
LAVADORA ULTRASONICA Y
SIERRA PARA CORTAR YESO.
3 $ 5,346,150.00
PUEBLA, PUE., A 26 DE ENERO DE 2016.
DELEGADO ESTATAL EN PUEBLA
RODOLFO REYES CORIA
RUBRICA.
(R.- 425378)
52 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DELEGACION ESTATAL EN HIDALGO
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, Fracción I, 26 Bis fracciones II y III, 27, 28
fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, así como el 39, 42 y 44 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones
Públicas de conformidad con lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 2
Número de Licitación LA-019GYR017-E18-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A
VENTILADORES VOLUMETRICOS Y DE PRESION DEL
REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL
EJERCICIO 2016
Volumen a adquirir 82 Equipos.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 09:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 09:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E19-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación SERVICIO SUBROGADO ESTUDIOS DE
DIAGNOSTICO HOSPITALES Y ESTUDIO DE RAYOS X
EN UMF.
Volumen a adquirir 18,920 Estudios.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 12:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 12:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E20-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A
UNIDADES DENTALES DEL REGIMEN ORDINARIO Y
PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016.
Volumen a adquirir 53 Equipos.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 09:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:00 HRS.
Número de Licitación LA-019GYR017-E21-2016
Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta
Descripción de la licitación CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANIOBRAS DE
CARGA, ACARREOS Y DESCARGA DE BIENES
MUEBLES, BIENES DE GENERACION CONTINUA
(CARTON, CHATARRA, ROPA HOSPITALARIA DE
BAJA, PAPEL DE DESECHO, CARTUCHOS DE TONER
VACIOS, ETC.) Y CAJAS CON DOCUMENTOS PARA
ARCHIVO DE CONCENTRACION, ARTICULOS
DIVERSOS, EN BODEGAS DE INMUEBLES DEL IMSS
DE LA DELEGACION HIDALGO, PARA CUBRIR
NECESIDADES DEL PERIODO ENERO - DICIEMBRE,
PARA EL EJERCICIO 2016.
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53
Volumen a adquirir Maniobras Mínima 300
Maniobras Máximas 600
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 11:00 HRS.
Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 11:00 HRS.
• Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en
internet: http://www.compranet.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a
disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Adquisición de
Bienes y Contratación de Servicios, sito en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento
Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 714.3323 Y 714.3234 Ext.
5301 y 5322, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 09:00 a 16:00 horas.
• Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones electrónicas, se
realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis fracción II de La Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a través del Sistema Electrónico de Compras
Gubernamentales, CompraNet.
• Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones Mixtas, se
realizarán en la Sala de Licitaciones, ubicada en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento
Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 71153.3145 Ext. 5301
y 5322.
PACHUCA DE SOTO, HGO., A 26 DE ENERO DE 2016.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
L.A. OLIVIA RAMIREZ HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 425375)
COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA
DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS
DIRECCION GENERAL DE BIENES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se
convoca a los interesados a participar en las siguientes Licitaciones Públicas Electrónicas Nacionales, cuyas
Convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en Av. de los Insurgentes Sur No. 762, Colonia Del Valle,
C.P 03100, Benito Juárez, Distrito Federal, teléfono: 5448-7000 ext. 7067 y 6070, los días Lunes a Viernes de
las 9:00 a las 16:00 horas.
Información relativa a la licitación No. LA-006G3A001-N148-2015
Descripción de la licitación La CONDUSEF requiere la contratación de
servicios profesionales para la administración de los
servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y
complementarios a nivel nacional.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016 a las 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 a las 11:00 horas
Información relativa a la licitación No. LA-006G3A001-N225-2015
Descripción de la licitación La CONDUSEF requiere la contratación del servicio de
suministro de vales de gasolina.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016 a las 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 a las 11:00 horas
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE BIENES Y SERVICIOS
GERMAN GUERRERO POZAS
RUBRICA.
(R.- 425468)
54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS EN CAMPECHE
LICITACION PUBLICA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01
En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y de conformidad con la Ley de la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, se convoca a los
interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N01-2016
Descripción de la licitación Adquisición de Productos Alimenticios para el
ejercicio 2016 en Delegación Estatal Campeche
Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional
Volumen a adquirir Lo establecido en las bases
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/02/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 horas
Fallo 15/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N02-2016
Descripción de la licitación Adjudicación para la prestación de Servicio de
Vigilancia, para el ejercicio 2016, en la Delegación
Estatal de Campeche
Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional
Volumen a adquirir Lo establecido en las bases
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/02/2016, 13:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 13:00 horas
Fallo 15/02/2016, 13:00 horas
Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N03-2016
Descripción de la licitación Adjudicación para la prestación de Servicio de
Limpieza y Jardinería, para el ejercicio 2016, en la
Delegación Estatal de Campeche
Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional
Volumen a adquirir Lo establecido en las bases
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/02/2016, 16:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 16:00 horas
Fallo 15/02/2016, 16:00 horas
Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N04-2016
Descripción de la licitación Prestación del Servicio de Recolección, Traslado y
Destino Final de Residuos Peligrosos Biológicos
Infecciosos, para el ejercicio 2016, en la Delegación
Estatal Campeche
Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional
Volumen a adquirir Lo establecido en las bases
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 3/02/2016, 19:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 19:00 horas
Fallo 15/02/2016, 19:00 horas
CAMPECHE, CAMP., A 26 DE ENERO DE 2016.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS
C.P. JOSE ALEJANDRO ESQUIVEL CASTILLO
RUBRICA.
(R.- 425418)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
HOSPITAL REGIONAL “CENTENARIO DE LA REVOLUCION MEXICANA”
EMILIANO ZAPATA, MOR., A.E.
RESUMEN DE CONVOCATORIA 02
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas de Carácter Nacional Mixtas, mediante convocatorias públicas
número LA-019GYN901-E6-2016, LA-019GYN901-E7-2016, LA-019GYN901-E8-2016, LA-019GYN901-E9-2016
para: Servicio de Oxígeno Medicinal Domiciliario; Servicio de seguridad y vigilancia; Servicio de limpieza,
recolección de desechos municipales y destino final; Suministro de Gas LP E Internacionales Mixtas bajo la
Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, mediante convocatoria pública número LA-019GYN901-E10-2016,
para: Adquisición Sustancias Químicas, cuyas convocatorias que contienen las bases de participación para
las licitaciones se encuentran disponibles para su consulta en la página de Internet: http://compranet.gob.mx,
o bien, en la coordinación de recursos materiales del Hospital Regional “Centenario de la Revolución
Mexicana”, Emiliano Zapata, Mor., A.E., Ubicado en Av. Universidad no. 40, colonia Palo Escrito, Emiliano
Zapata, Morelos C.P. 62760, en un horario comprendido de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, en
días hábiles.
Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E6-2016, SERVICIO DE OXIGENO
MEDICINAL DOMICILIARIO.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria.
Fecha de publicación en compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 10/02/2016 09:00 HRS
Presentación y apertura de proposiciones 17/02/2016 09:00 HRS
Acto de fallo. 24/02/2016 13:30 HRS
Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E7-2016, SERVICIO DE SEGURIDAD
Y VIGILANCIA.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria.
Fecha de publicación en compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 11/02/2016 09:00 HRS
Presentación y apertura de proposiciones 18/02/2016 09:00 HRS
Acto de fallo. 24/02/2016 09:00 HRS
Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E8-2016, SERVICIO DE LIMPIEZA,
RECOLECCION DE DESECHOS MUNICIPALES Y
DESTINO FINAL
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria.
Fecha de publicación en compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 12/02/2016 09:00 HRS
Presentación y apertura de proposiciones 19/02/2016 09:00 HRS
Acto de fallo. 26/02/2016 10:30 HRS
Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E9-2016, SUMINISTRO DE GAS LP
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria.
Fecha de publicación en compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 16/02/2016 09:00 HRS
Presentación y apertura de proposiciones 23/02/2016 09:00 HRS
Acto de fallo. 26/02/2016 12:00 HRS
Descripción de la licitación pública
internacional
LA-019GYN901-E10-2016, ADQUISICION DE
SUSTANCIAS QUIMICAS
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria.
Fecha de publicación en compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 15/02/2016 09:00 HRS
Presentación y apertura de proposiciones 22/02/2016 09:00 HRS
Acto de fallo. 26/02/2016 09:00 HRS
EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO
DR. ALVARO LUIS VAZQUEZ MORALES
RUBRICA.
(R.- 425426)
56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO,
RURAL, FORESTAL Y PESQUERO
DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados en participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-006HAN001-E1-2016, cuya
convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en internet
https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en: Agrarismo No. 227, Quinto Piso, Colonia Escandón,
Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11800, México, D.F., Tel: 5230-1600, Exts: 2460 y 1251, de las 9:00 a las
15:00 horas, conforme a lo siguiente:
Descripción de la licitación
LA-006HAN001-E1-2016
Servicio Integral Especializado en Régimen de
Subcontratación de Personal para la Financiera Nacional
de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Periodo disponible de la Convocatoria Los días del 21/01/2016 al 02/02/2016
Junta de aclaraciones 27/01/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 10:00 horas
Lugar de los Eventos Oficinas de la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales
y Servicios de la Financiera, ubicadas en Agrarismo 227,
Piso 5, Colonia Escandón, Delegación Miguel Hidalgo,
C.P. 11800, México, D.F.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADMINISTRACION
LIC. JOSE LEON ROMERO
RUBRICA.
(R.- 425340)
LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006HHQ001-E6-2016
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien: Plaza de la Reforma No. 1, piso 10, Col. Tabacalera,
Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06037, con teléfono 5140-7160, los días lunes a viernes de las
9:00 a 15:00 horas.
No. de Licitación LA-006HHQ001-E6-2016
Objeto de la Licitación “Servicios Médicos Integrales, de Hospitalización y
Oxígeno a través de una Institución de Seguros
Especializados en Salud (ISES)”
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016
Junta de aclaraciones 26/01/2016, 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016, 09:00 horas
MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
C.P. JOSE ALONSO GARCIA SALAZAR
RUBRICA.
(R.- 425401)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57
INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las licitaciones públicas nacionales, abajo señaladas cuya Convocatoria contiene
las bases de participación que están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en
Serapio Rendón N° 76, Col. San Rafael, C.P. 06470, Cuauhtémoc, Distrito Federal, Teléfono: 1500-1353, los
días Lunes a Viernes del año en curso de las 9:00 a 15:00 horas.
LA-020VUY001-E1-2016
Descripción de la Licitación Servicio de Agencia de Viajes
Volumen a Adquirir Se detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 de enero de 2016
Junta de Aclaraciones 02 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas.
Visita a Instalaciones
Presentación y Apertura de Proposiciones 10 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas.
LA-020VUY001-E2-2016
Descripción de la Licitación Servicio de Impresos
Volumen a Adquirir Se detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 02 de febrero de 2016
Junta de Aclaraciones 09 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas.
Visita a Instalaciones
Presentación y Apertura de Proposiciones 17 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
MTRO. GUILLERMO NOYOLA VEGA
RUBRICA.
(R.- 425419)
AVISO AL PÚBLICO
Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los
siguientes requisitos:
• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación
del documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias
legibles.
• Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
• Archivo electrónico del documento a publicar contenido en un solo archivo, correctamente identificado.
• Comprobante de pago realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de
pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia
22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación,
en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales.
El comprobante de pago se presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo
de esta Dirección.
Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las
instituciones bancarias.
Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en
sus archivos.
Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar
a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a
través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar,
el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la FIEL de la autoridad emisora
del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Dirección General Adjunta del
Diario Oficial de la Federación.
Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados.
El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas
Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081.
ATENTAMENTE
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
58 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA
DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE SERVICIOS Y OBRA PUBLICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA NUM. 01
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que las convocatorias a la
licitaciones públicas nacionales electrónicas que contienen las bases mediante las cuales se desarrollará el
procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico,
se encuentran disponible para consulta en: http://compranet.gob.mx o bien en la Subdirección de Recursos
Materiales/Departamento de Contratos ubicado en Paseo Cuauhnáhuac No. 8532 - edificio 4, planta baja
Colonia Progreso, C.P. 62550, Jiutepec, Morelos, teléfono: 329 3600 EXT. 347 y 271, de lunes a viernes de
las 10:00 a 14:00 horas, cuya información relevante es:
Número de Licitación LPN ELECTRONICA LA-016RJE001-E11-2016
Objeto de la licitación SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA
PROPORCIONAR LOS SERVICIOS DE
RESERVACIONES, ENTREGA Y RADICACION DE
BOLETOS DE TRANSPORTACION AEREA.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 10:00 horas
Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016 9:00 horas
Fallo 10/02/2016 16:30 horas
Número de Licitación LPN ELECTRONICA LA-016RJE001-E12-2016
Objeto de la licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
EN LAS INSTALACIONES DEL IMTA.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas
Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016 14:00 horas
Fallo 11/02/2016 17:00 horas
Número de Licitación LPN ELECTRONICA LA-016RJE001-E13-2016
Objeto de la licitación SERVICIO DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016 10:00 horas
Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 9:00 horas
Fallo 11/02/2016 17:30 horas
JIUTEPEC, MORELOS, A 26 DE ENERO DE 2016.
COORDINADOR DE ADMINISTRACION
C.P. JUAN MANUEL BARAJAS PIEDRA
RUBRICA.
(R.- 425447)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 59
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, cuya convocatoria que contiene las bases de
participación disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en Carretera México-
Toluca, s/n, Colonia: La Marquesa, C.P. 52750, Ocoyoacac, México, teléfono: 53297200 ext. 15600, los días:
de lunes a viernes de las 8:30 a 15:30 horas.
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E1-2016
Descripción de la licitación Servicio de Arrendamiento de Equipo de Fotocopiado
Color y B y N
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016
Junta de aclaraciones 22/01/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 27/01/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E2-2016
Descripción de la licitación Servicio de Boletos de Avión para Viajes Nacionales e
Internacionales
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016
Junta de aclaraciones 22/01/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 23/01/2016, 12:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E3-2016
Descripción de la licitación Servicio de Suministro de Combustible mediante el Pago
con Tarjetas Inteligentes
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016
Junta de aclaraciones 22/01/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 27/01/2016, 13:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E4-2016
Descripción de la licitación Servicio de Transporte Colectivo de Personal de Laguna
Verde
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016
Junta de aclaraciones 22/01/2016, 13:00 horas
Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 28/01/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E5-2016
Descripción de la licitación Comedor
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016
Junta de aclaraciones 26/01/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones 20/01/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016, 10:00 horas
60 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E6-2016
Descripción de la licitación Servicio de Limpieza y Jardinería
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016
Junta de aclaraciones 26/01/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones 20/01/2016, 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016, 12:00 horas
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E7-2016
Descripción de la licitación Servicio de Transporte Colectivo de Personal del ININ
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E8-2016
Descripción de la licitación Servicio de Transporte de Radiofármacos y Mensajería
Nacional e Internacional
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 12:00 horas
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E9-2016
Descripción de la licitación Seguro Sobre Bienes Patrimoniales del ININ
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones 20/01/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E10-2016
Descripción de la licitación Seguro de Gastos Médicos Mayores para Mandos Medios
y Superiores del ININ
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 19/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-N11-2016
Descripción de la licitación Seguro de Vida e Incapacidad Total y Permanente
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 19/01/2016
Junta de aclaraciones 09/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 15/02/2016, 10:00 horas
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
ING. VICTOR MANUEL DUARTE GARZA
RUBRICA.
(R.- 425350)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 61
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
SUBDIRECCION DIVISIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA
NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en la licitación pública nacional cuya convocatoria
contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los
requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
http://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Periférico sur No. 3106,
Colonia Jardines del Pedregal, C.P. 01900, Del. Alvaro Obregón; México, D.F., teléfono: 56-24-04-00 ext.
11021 y 11023, de lunes a viernes, en un horario: de 9:00 a 16:00 horas, y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación Nacional, electrónica LA-010K8V001-E25-2016
Objeto de la Licitación Contratación del Servicio de Monitoreo para el
seguimiento noticioso pormenorizado de temas de
propiedad intelectual y afines, así como la
recopilación y análisis de la información que se
difunde a través de medios de comunicación –
periódicos, revistas, radio, televisión e internet y en
Redes Sociales-
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
03/02/2016, 11:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
12/02/2016, 11:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo 19/02/2016, 11:00 horas.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR DIVISIONAL DE RECURSOS
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
CELEDONIO OLVERA HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 425427)
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
GERENCIA DE LICITACIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de
conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública siguiente, cuya convocatoria está disponible para su consulta
en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en las oficinas de la Jefatura de Licitaciones y Adquisiciones,
de la Gerencia de Licitaciones, ubicadas en Avenida 602, número 161, Colonia Zona Federal Aeropuerto
Internacional Ciudad de México, C.P. 15620, Delegación Venustiano Carranza, en México, D.F., teléfonos
5133 1000, 5090 1000 y 5090 2900, extensiones 2208 y 2435, y fax extensión 1878, de lunes a viernes,
en días hábiles, con horario de 9:30 a 14:30 y de 16:00 a 17:30 horas. Conforme a los medios que se
utilizarán, la licitación que contiene esta convocatoria será electrónica.
Número de procedimiento de Licitación CompraNet: LA-009JZL002-E8-2016 ASA-LPNS-002/16
Descripción de la licitación Contratación del servicio de seguridad y vigilancia en
Aeropuertos y Estaciones de Combustible de la Red de
Aeropuertos y Servicios Auxiliares
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 22/01/16
Junta de aclaraciones 28/01/16 10:00 horas
Visita a las instalaciones No aplica
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/16 10:00 horas
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACION
LIC. CESAR CARRILLO GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 425452)
62 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
GERENCIA DE TRAMO CUACNOPALAN-TEHUACAN-OAXACA
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01 FONADIN
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Números: LA-009J0U019-E4-2016,
LA-009J0U019-E5-2016, LA-009J0U019-E6-2016, LA-009J0U019-E7-2016, LA-009J0U019-E8-2016 y
LA-009J0U019-N9-2016, cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación están disponibles
para consulta en Internet: Http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en Entronque Oaxaca,
Camino Directo de Cuota, Sin Número, San Lorenzo Cacaotepec, Etla, Oaxaca, C.P 68263 Teléfono:
01(951) 5187770; 01(951) 5187771 Ext. 7650, los días lunes a viernes de 09:00 a las 17:00 Horas.
Objeto de la licitación Servicio de limpieza e higiene, fumigación y traslado de
R.P.B.I. con suministro de material, para los centros
de trabajo del Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 09:00 Horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 09:00 Horas
Objeto de la licitación Servicio de cargas de agua en pipa de 10000 litros para
las plazas de cobro 77 Miahuatlán y 76 Tehuacán,
del Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 13:00 Horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 13:00 Horas
Objeto de la licitación Servicio de vigilancia Caseta BIS de la plaza de cobro 79
Huitzo, del Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 09:00 Horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:00 Horas
Objeto de la licitación Servicio de arrendamiento de equipo para fotocopiado
para los centros de trabajo del Tramo Cuacnopalan-
Tehuacán-Oaxaca.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 13:00 Horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 13:00 Horas
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 63
Objeto de la licitación Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a
equipos de radiocomunicación y torres de auxilio de la
Gerencia de Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 09:00 Horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 09:00 Horas
Objeto de la licitación Adquisición de defensa metálica galvanizada de tres
crestas para la Subgerencia del Derecho de Vía, de la
Gerencia de Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 13:00 Horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 13:00 Horas
SAN LORENZO CACAOTEPEC, OAXACA, A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBGERENTE DE ADMINISTRACION
C.P. LUIS HUMBERTO MEXICANO FLORES
RUBRICA.
(R.- 425467)
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION EN TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS
LICITACION PUBLICA MIXTA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las Licitaciones Públicas Mixtas Nacionales números LA-009J0U024-E1-2016,
LA-009J0U024-E2-2016 cuya convocatorias que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien, en 3a. Avenida Norte Poniente número 1360,
Colonia Moctezuma, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Código Postal 29030, teléfono 01 (961) 611 08 47, extensión
7725, del día 26 al 07 de febrero del año en curso, de 10:00 a 16:00 horas.
Descripción de la licitación Servicio de Transporte de Personal de la Red FONADIN
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 14:00 horas.
Descripción de la licitación Servicio de Limpieza y Fumigación para las Plazas de
Cobro de la Red FONADIN
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016, 14:00 horas.
TUXTLA GUTIERREZ, CHIS., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBGERENTE DE ADMINISTRACION
C.P. EDITH ROSALIA VILLAGOMEZ MALAGON
RUBRICA.
(R.- 425466)
64(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION EN QUERETARO
RESUMEN CONVOCATORIA 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública mixta,
que se relaciona a continuación, cuya convocatoria contiene la licitación disponible para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en:
Km. 7+100 de la Autopista Querétaro-Irapuato, C.P. 76180 Corregidora, Qro., teléfono: (01 442) 238-16-00 al 04 extensiones 4730 y 4735 y fax extensión 4622,
del 19 al 26 enero de 2016 para la licitación número LA-009J0U017-E1-2016 en días hábiles. De las de 9:00 a 15:00 horas para la red contratada y Fondo Nacional
de Infraestructura.
La reducción al plazo de presentación y apertura de propuestas, fue autorizada por el comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Delegación Zona III
Centro-Norte, en su décimo segunda sesión ordinaria el día 16 de diciembre de 2015.
Licitación Pública Nacional Mixta
No. de la licitación LA-009J0U017-E1-2016
Descripción del objeto de la licitación Servicios de Limpieza, Lavado de Carriles, Fumigación y Recolección de Basura de la Red
Capufe y Fonadin
Volumen de la licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016
Junta de aclaraciones 26/01/2016 a las 11:00 horas, en el auditorio de la Delegación III Centro-Norte, Querétaro,
ubicado en el Km. 7+100 de la Autopista Querétaro-Irapuato, C.P. 76180, Corregidora,
Querétaro.
Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016 a las 11:00 horas, en el auditorio de la Delegación III Centro-Norte, Km. 7+100
autopista Querétaro-Irapuato, C.P. 76180, Corregidora, Querétaro.
CORREGIDORA, QRO., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDELEGADO DE ADMINISTRACION
DELEGACION REGIONAL III CENTRO-NORTE
LIC. GUSTAVO AGUILAR ROJO
RUBRICA.
(R.- 425472)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 65
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
SUBDIRECCION DE PROGRAMACION Y ADMINISTRACION DE CONTRATOS
GERENCIA DE LICITACIONES Y ADMINISTRACION DE CONTRATOS
LICITACION PUBLICA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 004 (FONADIN)
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134,
y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados en participar en la(s) licitación(es) para la contratación de las obras y servicios relacionados
con la obra pública, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponible para consulta
en la página electrónica http://web.compranet.gob.mx, o bien en Calzada de Los Reyes número 24,
Colonia Tetela del Monte, código Postal 62130, Cuernavaca, Morelos: 01 (777) 329 21 00, extensiones 3118,
3718 y 3218, con un horario de 9:00 a 15:00 horas.
No. de licitación: LO-009J0U002-E87-2016
Carácter de la licitación: Pública Nacional
Descripción del objeto de la licitación: Tratamiento superficial a base de carpeta delgada de 4
cm. de espesor del km 93+500 al km 117+300 ambos
cuerpos de la autopista La Rumorosa - Tecate.
Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en el Catálogo de conceptos
de la convocatoria a la licitación.
Fecha de publicación en compraNet: 22 de Enero de 2016
Visita al sitio de los trabajos: 29 de Enero de 2016, a las 10:00 horas, con punto de
reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria
de las bases de licitación.
Junta de aclaraciones: 03 de Febrero de 2016, a las 12:00 horas, en la Sala de
concursos de la Dirección de Infraestructura Carretera,
sita en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso,
Col. Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos.
Presentación y apertura de proposiciones: 15 de Febrero de 2016, a las 9:30 horas, en la Sala de
concursos de la Dirección Infraestructura Carretera, sita
en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso, Col. Tetela
del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos.
No. de licitación: LO-009J0U002-E88-2016
Carácter de la licitación: Pública Nacional
Descripción del objeto de la licitación: Supervisión y control de calidad de la obra: Tratamiento
superficial a base de carpeta delgada de 4 cm. de
espesor del km 93+500 al km 117+300 ambos cuerpos
de la autopista La Rumorosa - Tecate.
Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en el Catálogo de conceptos
de la convocatoria a la licitación.
Fecha de publicación en compraNet: 22 de Enero de 2016
Visita al sitio de los trabajos: 29 de Enero de 2016, a las 10:00 horas, con punto de
reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria
de las bases de licitación.
Junta de aclaraciones: 03 de Febrero de 2016, a las 13:00 horas, en la Sala de
concursos de la Dirección de Infraestructura Carretera,
sita en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso,
Col. Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos.
Presentación y apertura de proposiciones: 15 de Febrero de 2016, a las 10:30 horas, en la Sala de
concursos de la Dirección Infraestructura Carretera, sita
en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso, Col. Tetela
del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos.
CUERNAVACA, MOR., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR DE PROGRAMACION
Y ADMINISTRACION DE CONTRATOS
ING. CIRO MARBAN MALPICA
RUBRICA.
(R.- 425464)
66 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION EN TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS
LICITACION PUBLICA MIXTA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Mixta Nacional número LA-009J0U024-E3-2016 cuya
convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien, en 3a. Avenida Norte Poniente número 1360,
Colonia Moctezuma, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Código Postal 29030, teléfono 01 (961) 611 08 47, extensión
7725, del día 26 al 07 de febrero del año en curso, de 10:00 a 16:00 horas.
Descripción de la licitación Servicio de Limpieza y Fumigación para las Plazas de
Cobro de la Red PROPIA
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 14:00 horas.
TUXTLA GUTIERREZ, CHIS., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBGERENTE DE ADMINISTRACION
C.P. EDITH ROSALIA VILLAGOMEZ MALAGON
RUBRICA.
(R.- 425462)
HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD
DE LA PENINSULA DE YUCATAN
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002-2016
El Hospital Regional de Alta Especialidad de la Península de Yucatán, por conducto de la Dirección de
Administración y Finanzas, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, 29, 30 y 32 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados a participar en las Licitaciones
Públicas que enseguida se enlistan, cuya convocatoria que contiene las bases de participación estarán
disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx/web/login.html o bien se
pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados, exclusivamente para su consulta en: la
Subdirección de Recursos Materiales sita en Calle 7 No. 433 x 20 y 22 Fraccionamiento Altabrisa, C.P. 97130,
Mérida Yucatán, teléfono: 01 (999) 942-76-00 Ext. 56111, los días lunes a viernes en el horario de 8:30 a
15:00 horas:
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E12-2016
Descripción de la licitación Servicio Integral de Hemodiálisis del HRAEPY.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones 02/02/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 10:00 horas
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 67
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E13-2016
Descripción de la licitación Servicio de Lavandería Externa, del HRAEPY
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016
Junta de aclaraciones 09/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones 05/02/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 16/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E14-2016
Descripción de la licitación Servicio Integral de Limpieza Interna del HRAEPY.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016
Junta de aclaraciones 10/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones 08/02/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 17/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E15-2016
Descripción de la licitación Servicio Integral de Vigilancia y Custodia de Bienes
Muebles e Inmuebles del HRAEPY.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016
Junta de aclaraciones 11/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones 09/02/2016, 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 18/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E16-2016
Descripción de la licitación Servicio Integral de Gases Medicinales del HRAEPY.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016
Junta de aclaraciones 12/02/2016, 13:00 horas
Visita a instalaciones 10/02/2016, 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 22/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E17-2016
Descripción de la licitación Servicio de Mantenimiento preventivo y correctivo a
Equipos de Aire Acondicionado del HRAEPY.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016
Junta de aclaraciones 15/02/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones 12/02/2016, 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 24/02/2016, 10:00 horas
*Lugar donde se llevará a cabo los eventos:
El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 26 bis, Fracción II, a través del Sistema
Electrónico de Compras Gubernamentales, Compranet, al tratarse de Licitaciones 100% Electrónicas.
MERIDA, YUCATAN, A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL REGIONAL DE ALTA
ESPECIALIDAD DE LA PENINSULA DE YUCATAN
DR. RAFAEL ANTONIO BARRERA ZOREDA
RUBRICA.
(R.- 425421)
68 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CENTRO DE INVESTIGACION Y DE ESTUDIOS
AVANZADOS DEL IPN
UNIDAD SALTILLO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional número LA-011L4J996-E2-2016, cuya Convocatoria
que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien
en: Av. Industria Metalúrgica No. 1062 Parque Industrial Saltillo-Ramos Arizpe, C.P. 25900, Ramos Arizpe,
Coahuila, teléfono: (844)438-9600 ext. 8619, los días de lunes a viernes de las 9:00 a 15:00 Horas.
Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Agencia de Viajes
Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016 10:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 10:00 horas
RAMOS ARIZPE, COAHUILA, A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS
C.P. OSCAR LOZANO GARZA
RUBRICA.
(R.- 425230)
CENTRO DE INGENIERIA Y DESARROLLO INDUSTRIAL
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-0389ZU001-E2-2016, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx o bien: Av. Playa Pie de la Cuesta No. 702, Desarrollo Habitacional San Pablo,
C.P. 76125, Querétaro, Qro., teléfono 01 442 220-64-68, los días lunes a viernes del 21 de enero al 16 de
febrero, del año en curso de las 8:00 a 17:00 horas.
No. de Licitación Licitación Conjunta Pública Nacional electrónica LA-
0389ZU001-E2-2016
Objeto de la Licitación electrónica Administración de nómina de personal eventual para
CIDESI y CIDETEQ
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 10:00 horas.
Visita a instalaciones No habrá visita
Presentación y apertura de proposiciones 16/02/2016, 10:00 horas.
QUERETARO, QRO., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR ADJUNTO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
M. EN A. J. JESUS PARAMO BARRIOS
RUBRICA.
(R.- 425345)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 69
INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS
Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES
RESUMEN CONVOCATORIA: 003
EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN, EN
CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ARTICULOS 26, FRACCION I, 26 BIS FRACCION I, 28 FRACCION
I Y III, 32, 33, 34 Y 35 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, SU REGLAMENTO Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA. SE CONVOCA A
LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA LICITACION CON REDUCCION DE TIEMPOS DE
CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E1-2016 (Nacional)
DESCRIPCION DE LA LICITACION Material de Aseo y Vajilla
VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria
FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016
VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones
JUNTA DE ACLARACIONES 26/01/2016, 08:00 hrs.
PRESENTACION Y APERTURA DE
PROPOSICIONES
02/02/2016, 08:00 hrs.
NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E2-2016 (Nacional)
DESCRIPCION DE LA LICITACION Papelería, material fotográfico, radiográfico e impresos
VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria
FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016
VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones
JUNTA DE ACLARACIONES 26/01/2016, 11:00 hrs.
PRESENTACION Y APERTURA DE
PROPOSICIONES
02/02/2016, 11:00 hrs.
NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E3-2016 (Nacional)
DESCRIPCION DE LA LICITACION Material eléctrico, electrónico, herramientas y neumáticos
VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria
FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016
VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones
JUNTA DE ACLARACIONES 28/01/2016, 08:00 hrs.
PRESENTACION Y APERTURA DE
PROPOSICIONES
04/02/2016, 08:00 hrs.
NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E4-2016 (Nacional)
DESCRIPCION DE LA LICITACION Albañilería, ferretería, plomería y carpintería
VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria
FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016
VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones
JUNTA DE ACLARACIONES 28/01/2016, 11:00 hrs.
PRESENTACION Y APERTURA DE
PROPOSICIONES
04/02/2016, 11:00 hrs.
• LAS BASES ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA DE LA LICITACION SE ENCUENTRAN
DISPONIBLES PARA CONSULTA EN INTERNET: http://compranet.gob.mx Y SERAN GRATUITAS O
BIEN SE PONDRA EJEMPLAR IMPRESO A DISPOSICION DE LOS INTERESADOS
EXCLUSIVAMENTE PARA SU CONSULTA EN LA COORDINACION DE LICITACIONES DEL
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIA MEDICAS Y
NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN, SITA EN AVENIDA VASCO DE QUIROGA No. 15 COLONIA
BELISARIO DOMINGUEZ, CODIGO POSTAL 14080, DELEGACION TLALPAN TELEFONO 54-87-09-00
EXT. 2932, LOS DIAS DE LUNES A VIERNES; EN EL HORARIO DE 10:00 A 13:00 HRS.
• TODOS LOS EVENTOS SE REALIZARAN EN EL AULA DE USOS MULTIPLES DE LA UPA (UNIDAD
DEL PACIENTE AMBULATORIO), UBICADA EN EL SOTANO 1 A UN COSTADO DEL BANCO HSBC
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN, SITA EN
AVENIDA VASCO DE QUIROGA No. 15 COLONIA BELISARIO DOMINGUEZ, CODIGO POSTAL 14080,
DELEGACION TLALPAN.
MEXICO, D F., A 21 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE ADMINISTRACION
LIC. MARIO FRANCISCO MARQUEZ ALBO
RUBRICA.
(R.- 425352)
70(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ
SUBDIRECCION DE SERVICIOS GENERALES
CONVOCATORIA PARA PROCEDIMIENTO DE LICITACION PUBLICA NACIONAL 001-16
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública
Nacional número 001-16 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet http://compranet.gob.mx o bien en: Calzada
México-Xochimilco No. 101, Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Distrito Federal, Teléfono 4160-5006, 4160-5008 los días de lunes a viernes del año
en curso, de las 09:30 a 14.00 horas.
No. de Licitación Clave CUCOP Descripción Unidad de Medida Cantidad
001-16 34500002 Programa de Aseguramiento Integral
de Bienes Patrimoniales
Servicio 1
Publicación en
CompraNet
Visita a Instalaciones Junta de Aclaraciones Presentación y Apertura
Técnica y Económica
Fallo
26/01/2016 28-29/01/2016
10:00 hrs.
4/02/2016
9:00 hrs.
11/02/2016
9:00 hrs.
18/02/2016
13:00 hrs.
- Todos los eventos de la presente licitación se llevarán a cabo vía electrónica, a través de la Plataforma CompraNet.
- El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso mexicano.
- Ninguna de las condiciones establecidas en las convocatorias de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
- No se otorgará anticipo. El pago se realizará: en forma mensual.
- No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público.
MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES
C. JORGE LUIS ALANIS MORENO
RUBRICA.
(R.- 425423)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)71
COMISION NACIONAL DE VIVIENDA
ADQUISICIONES
COORDINACION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE CONVOCATORIA NO. 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública
Presencial de carácter Nacional, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx
o bien en: Av. Presidente Masaryk No. 214 Primer Piso, Colonia Bosque de Chapultepec, C.P. 11580, Miguel Hidalgo, Distrito Federal, teléfono: 91389991 ext. 598
y 050, de lunes a viernes de las 09.00 a 15:00 y de 16:00 a 18.00 horas.
Licitación Pública Presencial de Carácter Nacional No. LA-006QCW001-E106-2015
Descripción de la licitación Que la CONAVI cuente con un proveedor de servicios que realice la auditoría en campo de las soluciones
de vivienda realizadas con el presupuesto asignado por el Gobierno Federal al Programa Esquemas de
Financiamiento y Subsidio Federal para vivienda tanto en el entorno rural como en el urbano, en las
modalidades de adquisición de vivienda, adquisición de lotes con servicio, autoproducción de vivienda,
ampliación y/o mejoramiento, así como proyectos institucionales como “Mejorando la Unidad” o
extraordinarios, con el fin de verificar y evidenciar que se cumpla con los tiempos, condiciones y la
normatividad establecidas en las reglas de operación, convenio de adhesión, manual de procedimientos
vigente y la normatividad aplicable al programa.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Visita a las instalaciones No habrá visita a las instalaciones
Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones 09/02/2016 10:00 horas
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
COORDINADOR GENERAL DE ADMINISTRACION
LIC. RENE CONDE AYALA
RUBRICA.
(R.- 425433)
72 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION DE DISTRIBUCION CENTRO SUR
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01/2016
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional bajo la cobertura de los tratados
(diferenciada uno) LA-018TOQ062-E3-2016, cuya convocatorias contiene las bases de participación
disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en: Av. Heroico Colegio
Militar N° 15, Colonia Chamilpa C.P. 62210 Cuernavaca, Mor., Tel. (777)329-40-80, los días Lunes a Viernes
del año en curso de las 8:30 a 15:00 horas.
Licitación Pública Internacional (Diferenciada Uno) electrónica
No. de Licitación LA-018TOQ062-E3-2016
Objetivo de la Licitación SERVICIO DE PODA Y BRECHA
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 5.0 22/Enero/2016
Junta de aclaraciones 27/Enero/2016, 09:00 horas. a.m.
Presentación y apertura de proposiciones 02/Febrero/2016, 09:00 horas. a.m.
ATENTAMENTE
CUERNAVACA, MOR., A 26 DE ENERO DE 2016.
VOCAL DEL COMITE REGIONAL DE ADQUISICIONES
LIC. DULCE IRIS HERNANDEZ LOAEZA
RUBRICA.
(R.- 425470)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION ORIENTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01
LICITACION PUBLICA NACIONAL LO-018TOQ017-E12-2016
LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION ORIENTE, UBICADA EN AV. FRAMBOYANES LOTE 22
MANZANA 6, CD. INDUSTRIAL BRUNO PAGLIAI, VERACRUZ, VER., CON FUNDAMENTO EN EL
ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE
CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 32 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS, HACE SABER A LOS INTERESADOS LA PUBLICACION DE LA
CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL LO-018TOQ017-E12-2016 PARA
LA OBRA “MANTENIMIENTO A BRECHA FORESTAL EN LA ZONA DE TRANSMISION POZA RICA
DENTRO DEL AMBITO DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION ORIENTE, VOLUMEN 650.00
HECTAREAS”, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: FUE PUBLICADA EN COMPRANET EL DIA 26
DE ENERO DE 2016, JUNTA DE ACLARACIONES 05 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 10:00 HORAS; VISITA
AL SITIO DE LOS TRABAJOS: 03 Y 04 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 09:00 HORAS EN ZONA DE
TRANSMISION POZA RICA, UBICADA EN CARRETERA PACHUCA-TUXPAN KM. 193, EJIDO FLORES
MAGON, TIHUATLAN, VER (01782 8223383), ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPOSICIONES: 12 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 08:00 HORAS; EMISION DE FALLO: 17 DE
FEBRERO DE 2016, A LAS 14:00 HORAS Y FECHA O PLAZO PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO: 22
DE FEBRERO DE 2016 A LAS 15:00 HORAS.
LOS LICITANTES INTERESADOS PODRAN OBTENER LA CONVOCATORIA A LA LICITACION EN LA
PAGINA DEL SISTEMA ELECTRONICO DE INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL SOBRE OBRAS
PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS COMPRANET, EN LA DIRECCION
ELECTRONICA http://www.compranet.gob.mx
ATENTAMENTE
VERACRUZ, VER., A 26 DE ENERO DE 2016.
JEFE DEPTO. REG. DE ADQUISICIONES Y OBRA PUBLICA
L.A.E. JUAN ANTONIO LOPEZ ALARCON
RUBRICA.
(R.- 425383)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)73
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
SUBDIRECCION DE DISTRIBUCION
DIVISION DE DISTRIBUCION NORTE
LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA DC000-01-16
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas
Nacionales números: LO-018TOQ036-E3-2016, LO-018TOQ036-E4-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, están disponibles para revisión
y consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien: en el Departamento de Concursos y Contratos de la Comisión Federal de Electricidad,
ubicada en: Blvd. Miguel Alemán 110,Parque Industrial Lagunero, Gómez Palacio, Dgo. C.P. 35078, Teléfono 01 (871)729-18-36 y 729-18-37, de lunes a viernes, días
hábiles, con el siguiente horario de 9:00 a 16:00 horas.
No. de Licitación LO-018TOQ036-E3-2016
Objeto de la Licitación Prl- Atención a Condicionantes Región Guachochi Parte 2
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016 09:00 hrs.
Visita a instalaciones 02/02/2016 09:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 09:00 hrs.
No. de Licitación LO-018TOQ036-E4-2016
Objeto de la Licitación Prl- Atención a Condicionantes Región Guachochi Parte 3
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016 12:00 hrs.
Visita a instalaciones 02/02/2016 09:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 12:00 hrs.
GOMEZ PALACIO, DURANGO, A 26 DE ENERO DE 2016.
JEFE DEPARTAMENTO DE CONCURSOS Y CONTRATOS
DE LA DIVISION DE DISTRIBUCION NORTE
C.P. GERARDO MATRON LARA
RUBRICA.
(R.- 425460)
74 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION DE DISTRIBUCION PENINSULAR
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública internacional electrónica número LA-018TOQ023-E1-2016,
cuya convocatoria que contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien: el Departamento de Compras Divisional, ubicado en Calle 19
No. 454, Fraccionamiento Montejo, C.P. 97127 Mérida, Yucatán, teléfono 01-999-942-16-85 a partir del 21 de
enero de 2016 y hasta 6 días previos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
No. de Licitación Licitación Pública Internacional Bajo la cobertura de los
Tratados Diferenciada 1 Electrónica No. LA-018TOQ023-
E1-2016
Descripción de la Licitación Mantenimiento Integral a Restauradores
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compranet 21 de enero de 2016
Junta de aclaraciones 28 de enero de 2016, 10:00 horas.
Presentación y apertura de proposiciones 10 de febrero de 2016, 09:00 horas.
ATENTAMENTE
MERIDA, YUCATAN, A 26 DE ENERO DE 2016
JEFE DEPARTAMENTO DE COMPRAS
L.A.E. RUBEN GABRIEL LOPEZ MEJIA
RUBRICA.
(R.- 425384)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA DE CENTRALES NUCLEOELECTRICAS
CENTRAL NUCLEOELECTRICA LAGUNA VERDE
RESUMEN DE CONVOCATORIA 01/16
De conformidad con lo establecido en el Artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas, con domicilio en el km. 42.5 de la carretera
Cardel-Nautla, Laguna Verde, Ver, Municipio de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Veracruz, Méx., convoca a
los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de los tratados,
(Diferenciada 2) números: LA-018TOQ076-E43-2016 (18164065-001-16) cuya convocatoria que contiene las
bases están disponibles en la página de internet: http://compranet.gob.mx o bien en el domicilio de la
convocante y a los teléfonos: 01229-989-9090 ext. 4205 o 47094, 01229-989-9197 y 01229-989-9145, de
lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas.
Descripción de la licitación LA-018TOQ076-E43-2016 (18164065-001-16),
Adquisición de Solución de Platino 17 Troy-Onzas C/U
para los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020
Cantidad a adquirir 10 Pzas de conformidad con la Solicitud de pedido
500541759.
Fecha de publicación en CompraNet 18 de Enero de 2016
Fecha y hora de la junta de aclaraciones 16 de febrero de 2016 a las 10:00 horas
Fecha y hora del acto de presentación
y apertura de proposiciones
07 de marzo de 2016 a las 10:00 horas
Lugar en donde se llevarán a cabo
los eventos anteriores:
Sala de juntas del Departamento de Abastecimientos de la
Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas Laguna Verde
ATENTAMENTE
LAGUNA VERDE, VER., A 26 DE ENERO DE 2016.
JEFE DE ABASTECIMIENTOS DE LA GCN
MEN. EDGAR ALEJANDRO GONZALEZ GARCIA
RUBRICA.
(R.- 425387)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 75
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION SURESTE
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 001
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA LA-018TOQ019-E2-2016
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica LA-018TOQ019-E2-2016, cuya
Convocatoria que contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://www.compranet,gob.mx o bien en el Departamento de Adquisiciones de la G.R.T.SE., ubicado en
Carretera Panamericana No. 5675, Int. 500 Mts., Col. Plan de Ayala, C.P. 29020, en la Ciudad de Tuxtla
Gutiérrez, Chiapas; teléfonos 01 961 617 36 31 y 01 961 617 36 32, los días Lunes a Viernes de las 9:00
horas a las 15:00 horas.
Licitación Pública Nacional LA-018TOQ019-E2-2016, Objeto de la Licitación: Servicio de Vigilancia en las
Instalaciones de la Sede de la Gerencia Regional de Transmisión Sureste y Zonas de Transmisión,
Villahermosa, Tuxtla, Malpaso, Istmo y Tapachula; Volumen a adquirir los detalles se determinan en la propia
convocatoria, Fecha de Publicación en Compranet 26 de Enero de 2016, Junta de Aclaraciones 03 de Febrero
de 2016, a las 09:00 horas en la Sala de Juntas de la Administración de la G.R.T.SE., Presentación y Apertura
de Proposiciones 12 de Febrero de 2016, a las 09:00 horas en la Sala de Juntas de la Administración de la
G.R.T.SE., Fallo 19 de Febrero de 2016, a las 12:00 horas en la Sala de Juntas de la Administración de la G.R.T.SE.
ATENTAMENTE
TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS, A 26 DE ENERO DE 2016.
SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITE REGIONAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Y SERVICIOS DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION SURESTE
L.A.E. RAFAEL ESTRADA VALDEZ
RUBRICA.
(R.- 425415)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION NORTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACIONES PUBLICAS
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las licitaciones públicas siguientes cuyas Convocatorias que contienen las bases
de participación se encuentran disponibles para su consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en el
Departamento de Adquisiciones y Obra Pública de la Gerencia Regional de Transmisión Norte, con dirección
en Guanaceví No. 131, Parque Industrial Lagunero, Gómez Palacio, Durango, C.P. 35070, teléfonos: 871 7-50-10-83
o 750-12-00 y fax: 871 750-10-83, con horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 15:30 horas.
Licitación Pública Nacional No. LPN-GRTN-18164060-001-2016
No. de Licitación Designado por Compranet LA-018TOQ027-E1-2016
Objetivo de la Licitación Adquisición de: Servicio de Vigilancia
Volumen a contratar Ver detalles de la convocatoria (anexo 1)
Fecha de Publicación en Compranet 21/01/2016
Junta de Aclaraciones 29/01/2016 a las 09:00 horas
Visita a Instalaciones 26/01/2016 a las 9:30:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones 05/02/2016 a las 08:00 horas
GOMEZ PALACIO, DURANGO, A 26 DE ENERO DE 2016.
ENCARGADO DE LA SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION
NORTE Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITE REGIONAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Y SERVICIOS DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION NORTE
L.C.P. LUZ MARIA ALTAMIRANO TORRES
RUBRICA.
(R.- 425389)
76(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION DE DISTRIBUCION VALLE DE MEXICO SUR
SUBDIRECCION DE DISTRIBUCION
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL DN000-002-2016
Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el artículo 32 y 33 tercer párrafo de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace saber a los interesados la publicación de la convocatoria a la Licitación Pública de carácter
Nacional para la obra que se indica de conformidad con lo siguiente:
Objeto de la licitación LEVANTAMIENTO DE ATRIBUTOS DE SERVICIOS EN BAJA TENSION Y TOMA DE CARGAS
EN TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION, EN EL AMBITO GEOGRAFICO DE LAS
ZONAS DE DISTRIBUCION ERMITA Y TENANGO.
Volumen de obra Los detalles se indican en el catálogo de conceptos
Número de licitación LO-018TOQ115-E2-2016
Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016
Junta de aclaraciones 27/01/2016, 09:00 hrs. En las oficinas de la Comisión Federal de Electricidad, ubicada en
avenida San Jerónimo No. 218, colonia la otra banda, delegación Coyoacán, Ciudad de México
C.P. 04519, en la sala de juntas de la administración.
Visita al sitio de los trabajos 25/01/2016, 10:00 hrs. Partiendo de la oficina Divisional ubicada en Avenida San Jerónimo No.
218, colonia la otra banda, delegación Coyoacán, Ciudad de México C.P. 04519.
Presentación y apertura de proposiciones 04/02/2016, 9:00 hrs. En las oficinas de Comisión Federal de Electricidad, ubicada en avenida
San Jerónimo No. 218, colonia la otra banda, delegación Coyoacán, Ciudad de México C.P.
04519, en la sala de juntas de la administración.
Los licitantes interesados podrán obtener la convocatoria a la licitación en la página del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre obras
públicas y servicios relacionados con las mismas Compranet, en la dirección electrónica http://www.compranet.gob.mx
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 21 DE ENERO DE 2016.
JEFE DE DEPTO. CONTRATACION DE OBRA PUBLICA DIV.
L.C. BLODYWEED HERNANDEZ PINEDA
RUBRICA.
(R.- 425338)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 77
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA DIVISIONAL CENTRO ORIENTE
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 003
LICITACIONES PUBLICAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: http://compranet.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Av. 25 Poniente No. 1515, primer
piso, Colonia Volcanes, C.P. 72410, Puebla, Puebla, Teléfonos 01 (222) 229 0541, 0469, 0470, 0443, 0472
y 0473 de lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 14:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación Objeto de la
licitación
Junta de
aclaraciones
Apertura de
Propuestas
Licitación
Pública
Nacional
LA-018TOQ040-E7-2016
(D.C.O. 004-16)
Cables 29- enero-2016
12:00 horas
08-febrero-2016
12:00 horas
LA-018TOQ040-E8-2016
(D.C.O. 003-16)
Transformadores 28-enero-2016
12:00 horas
08-febrero-2016
10:00 horas
Licitación
Pública
Internacional
LA-018TOQ040-E6-2016
(D.C.O. 002-16)
Postes 27-enero-2016
10:00 horas
05-febrero-2016
10:00 horas
La publicación en CompraNet se realizó el día 21 de enero de 2016.
Los volúmenes a adquirir para cada licitación se determinan en la propia convocatoria.
PUEBLA, PUEBLA, A 21 DE ENERO DE 2016.
JEFE DE OFICINA DE COMPRAS DIVISION CENTRO ORIENTE
C.P. JUAN CARLOS LANDA ROJANO
RUBRICA.
(R.- 425432)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA REGIONAL DE PRODUCCION NORTE
DEPARTAMENTO REGIONAL DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de
conformidad con el Artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se hace saber a los interesados a la publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional para el
servicio que se indica, de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación Nacional: LA-018 TOQ006-E4-2016
Descripción de la Licitación: Servicio de Vigilancia en Varios Centros de Trabajo del
Ambito de la GRPN.
Fecha de publicación en Compranet: 22/01/2016
Junta de Aclaraciones: 02/02/2016, 10:00 hrs
Presentación y apertura de Proposiciones: 08/02/2016, 10:00 hrs
Los interesados podrán obtener la Convocatoria a la Licitación, en Internet: http://companet.gob.mx o bien
para su consulta en las oficinas del Departamento Regional de Contratación y Obra Pública de la Gerencia
Regional de Producción Norte ubicadas den Pablo A. González No. 650 pte, Col. San Jerónimo, C.P. 64640,
Monterrey, Nuevo León, teléfono: 81 (81) 81-51-30-35, a partir de la fecha de publicación en Compranet.
MONTERREY, N.L., A 26 DE ENERO DE 2016.
JEFE DEPTO. REG. DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA
C.P. RUBEN MARTINEZ FLORES
RUBRICA.
(R.- 425473)
78(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA DE CENTRALES NUCLEOELECTRICAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el Artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para la obra
que se indica de conformidad con lo siguiente:
OBJETO DE LA LICITACION VOLUMEN DE LA OBRA
DRAGADO DEL CANAL DE ACCESO A LA DARSENA DE LA CNLV. Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
No. DE LICITACION FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet
LO-018TOQ064-E4-2016 REF. 18164100-033-15 18 de Enero de 2016
Fecha, Hora y Lugar Previstas para llevar a cabo el Procedimiento de Contratación
Visita al sitio de los Trabajos Junta de Aclaraciones Presentación y Apertura de Proposiciones
22/01/2016 26/01/2016 03/02/2016
09:30 11:00 09:30
Lugar: Partiendo de las Oficina de Administración de
Contratos de la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas.
Lugar: Oficina de Administración de Contratos de
la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas.
Lugar: Oficina de Administración de Contratos de
la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas
Los licitantes interesados podrán obtener la Convocatoria a la licitación en la página del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre obras
públicas y servicios relacionados con las mismas CompraNet, en la dirección electrónica http://www.compranet.gob.mx o bien en la Gerencia de Centrales
Nucleoeléctricas, ubicada en el km. 42.5 de la Carretera Federal Cardel-Nautla, Municipio de Alto Lucero Veracruz Ver., teléfono 01 229 989 90 90 Ext. 4257 y fax:
01 229 989 90 90 Ext. 4167, los días de lunes a viernes de las 8:30 a 15:30 horas.
ATENTAMENTE
VERACRUZ, VER., A 26 DE ENERO DE 2016.
ADMINISTRADOR DE CONTRATOS DE LA GERENCIA DE CENTRALES NUCLEOELECTRICAS
MEN. EDGAR ALEJANDRO GONZALEZ GARCIA
RUBRICA.
(R.- 425285)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 79
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
SUBDIRECCION DE DISTRIBUCION CENTRO SUR
UNIDAD DE CONCURSOS Y CONTRATOS DIVISIONAL
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL
Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de
conformidad con el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace
saber a los interesados la publicación de la convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para las
obras que se indican de conformidad con lo siguiente:
Disponible para su revisión y consulta del 26 de Enero al 10 de Febrero del 2016
Objeto de la Licitación Volumen de Obra
“REHABILITACION DE 1.95 KM-L TORRES
TIPO TAS2G DE LA LINEA LST YTP 73680-JJT
Y YTP-73160-TPL”.
Los detalles se determinan en la
Convocatoria de Licitación
No. de la Licitación Fecha de publicación en Compra net
LO-018TOQ049-E2-2016 26 de Enero del 2016
Fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento de contratación
Visita al sitio de los trabajos Junta de aclaraciones Presentación y apertura
de proposiciones
01/02/16
08:30 Horas
03/02/16
09:30 Horas
10/02/16
09:30 Horas
Texto de la Convocatoria
DG-01/16
Los licitantes interesados podrán obtener la Convocatoria a la licitación en la
página del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre
obras públicas y servicios relacionados con las mismas CompraNet, en la
dirección electrónica https://compranetfuncionpublica.gob.mx
ATENTAMENTE
CUERNAVACA, MORELOS, A 20 DE ENERO DE 2016.
JEFE OFICINA DE COMPRAS DIVISION CENTRO SUR
LIC. DULCE IRIS HERNANDEZ LOAEZA
RUBRICA.
(R.- 425396)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIRECCION DE OPERACION
SUBDIRECCION DE GENERACION
REGION DE PRODUCCION OCCIDENTE
CENTRAL TERMOELECTRICA VILLA DE REYES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA No. LO-018TOQ086-E27-2016
Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de
conformidad con el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace
saber a los interesados la publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para la
obra que se indica de conformidad con lo siguiente:
Objeto de la Licitación Rehabilitación del Sistema de Gas Natural de los
Generadores de Vapor de las Unidades 1 y 2 de la
Central Termoeléctrica Villa de Reyes.
Volumen de obra Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Visita al sitio de los trabajos 26/01/2016, 11:00 horas.
Junta de aclaraciones 01/02/2016, 11:00 horas.
Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 09:00 horas.
Emisión de fallo 10/02/2016, 14:00 horas.
Fecha para suscribir el contrato 19/02/2016, 14:00 horas.
Los licitantes interesados podrán obtener la Convocatoria a la licitación por internet en la dirección electrónica:
http://compranet.funcionpublica.gob.mx, asimismo la convocante pone a disposición un ejemplar de la misma,
para su consulta.
ATENTAMENTE
VILLA DE REYES, SAN LUIS POTOSI, A 20 DE ENERO DE 2016.
JEFE DEL DEPARTAMENTO
DE ABASTECIMIENTOS Y OBRA PUBLICA E.F.
C.P. ROSA DE JESUS BUJAIDAR MONSIVAIS
RUBRICA.
(R.- 425458)
80 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, S.N.C.
INSTITUCION FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO No. 1936.- FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA
SUBDIRECCION DE GESTION DE RECURSOS Y OPERACION DE BIENES CONCESIONADOS
NOTA ACLARATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL PRESENCIAL
A la Licitación Pública Nacional Presencial para la “CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE UN ASESOR
EXTERNO DE SEGUROS ESPECIALIZADO EN POLIZAS DE OBRA CIVIL TERMINADA PARA APOYAR EN
LA CONTRATACION Y ADMINISTRACION DEL SEGURO DE OBRA CIVIL TERMINADA DE LA RED DE
AUTOPISTAS Y PUENTES DE CUOTA DEL FIDEICOMISO NUMERO 1936.- FONDO NACIONAL
DE INFRAESTRUCTURA” publicada el jueves 21 de enero de 2016.
Carácter, medio y No. de licitación LA-006G1C003-E1-2016
Debe decir
Carácter, medio y No. de licitación LA-006G1C003-E2-2016
MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTOR Y DELEGADO FIDUCIARIO
ALFREDO PEREZ GUZMAN
RUBRICA.
(R.- 425435)
LICONSA, S.A. DE C.V.
GERENCIA METROPOLITANA SUR
RESUMEN DE CONVOCATORIA 001
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los
interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales presenciales números LA-020VST003-E3-2016,
cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponible para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Valle de
Chalco Solidaridad, Estado de México, teléfono: 58622100 Ext. 63267, desde la publicación de la presente
convocatoria y hasta la fecha establecida, de lunes a viernes de las 9:30 a las 16:30 horas. Con fundamento
en el artículo 32 de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público el procedimiento se
hace a plazos recortados.
LA-020VST003-E3-2016 Presencial
Descripción de la licitación. Adquisición y suministro de ácido fosfórico.
Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet. 26/01/2016
Junta de aclaraciones. 28/01/2016, 10:00 horas.
Visita a instalaciones. No habrá visita
Presentación y apertura de proposiciones. 5/02/2016, 10:00 horas.
VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD, ESTADO DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016.
ENCARGADA DE LA SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. HILDA CYNTIA ROMERO DE LA PAZ
RUBRICA.
(R.- 425409)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 81
LICONSA, S.A. DE C.V.
PROGRAMA DE ABASTO SOCIAL AGUASCALIENTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL PRESENCIAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional presencial número
LA-020VST019-E1-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estará disponible para
consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en la Subgerencia de Administración y Finanzas del
Programa de Abasto Social Aguascalientes de LICONSA, S.A. De C.V., ubicada en Avenida Jesús Rivera
Franco número ciento tres (103), Fraccionamiento Ciudad Industrial, Municipio Aguascalientes, Estado
Aguascalientes, Código Postal 20290, teléfono (449) 978-82-32, de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:30 horas.
LA-020VST019-E1-2016 Presencial
Descripción de la licitación Servicio de Recolección y Transporte de Leche Fresca
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016
Junta de aclaraciones 03 de febrero de 2016, 09:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita
Presentación y apertura de proposiciones 09 de febrero de 2016, 09:00 horas
Fallo 12 de febrero de 2016, 09:00 horas
AGUASCALIENTES, AGS., A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DEL PROGRAMA DE ABASTO SOCIAL AGUASCALIENTES
LIC. GABRIELA PONCE MEDINA
RUBRICA.
(R.- 425397)
LICONSA, S.A. DE C.V.
DIRECCION COMERCIAL
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE CONSUMO INTERNO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL MIXTA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Mixta número LA-020VST001-E4-2016, cuya Convocatoria
contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien: la
Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno de la Dirección Comercial de LICONSA, S.A. DE C.V.,
ubicada en Planta Baja de Ricardo Torres No. 1, Fraccionamiento Lomas de Sotelo en Naucalpan de Juárez,
Estado de México, Código Postal 53390, Tel.: 5237 9272, los días que se indica en la licitación en horarios de
las 9:00 a 16:00 horas. Con fundamento en el artículo 32 de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público.
LA-020VST001-E4-2016 Mixta
Descripción de la Licitación Contratación del Servicio de Promotoría, Degustación,
Distribución, Coordinación y Activaciones de Venta de
Leche Comercial.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/Enero/2016
Junta de aclaraciones 04/Febrero/2016, 12:00 horas.
Presentación y apertura de proposiciones 11/Febrero/2016, 12:00 horas.
NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016.
ENCARGADO DE LA SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE CONSUMO INTERNO
DAVID ANTONIO JIMENEZ
RUBRICA.
(R.- 425394)
82 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
LICONSA, S.A. DE C.V.
GERENCIA ESTATAL VALLE TOLUCA
RESUMEN DE CONVOCATORIA MULTIPLE
LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES MIXTAS
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las licitaciones públicas nacionales mixtas números LA-020VST010-E1-2016,
LA-020VST010-E2-2016, LA-020VST010-E3-2016 y LA-020VST010-E4-2016, cuyas Convocatorias que
contienen las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o
bien en la Subgerencia de Administración y Finanzas ubicada en: Km. 13.5 carretera Toluca-Tenango del
Valle, Colonia Parque Agroindustrial, C.P. 52280, San Antonio la Isla, Estado de México, teléfono: 717 132
0369 Ext. 146, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha establecida, de lunes a
viernes de las 09:00 a las 16:00 horas.
LA-020VST010-E1-2016 Mixta
Descripción de la licitación Suministro de diésel industrial
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016, 11:00 horas
LA-020VST010-E2-2016 Mixta
Descripción de la licitación Servicio de comedor
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 11:00 horas
LA-020VST010-E3-2016 Mixta
Descripción de la licitación Suministro de combustibles y lubricantes
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 11:00 horas
LA-020VST010-E4-2016 Mixta
Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento al parque vehicular
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 12:00 horas
Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 12:00 horas
SAN ANTONIO LA ISLA, ESTADO DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE ESTATAL VALLE DE TOLUCA
M.V.Z. MANLIO NUCAMENDI SUBDIAZ
RUBRICA.
(R.- 425395)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)83
DICONSA, S.A. DE C.V.
SUCURSAL REGIONAL SURESTE
GERENCIA DE SUCURSAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL DE CARACTER (ELECTRONICA)
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional,
cuya convocatoria que contiene las indicaciones para participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Km. 4 Carretera
Villahermosa-Frontera S/N, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 86010, Villahermosa, Tabasco teléfono: (01-993) -3-53-04-00, Ext. 71215 y 71213, de lunes a viernes de
las 9:00 a las 15:00 horas.
Licitación Pública Nacional. LA-020VSS001-E1-2016
Descripción de la licitación Servicio de Vigilancia en Oficinas y Almacenes Rurales
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 09:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 horas
Licitación Pública Nacional. LA-020VSS001-E2-2016
Descripción de la licitación Servicio de Limpieza Integral de Oficinas y Jardinería en Areas Verdes
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 14:00 horas
Licitación Pública Nacional. LA-020VSS001-E3-2016
Descripción de la licitación Servicio de Comedor para Trabajadores de DICONSA
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 05/02/2016, 09:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 horas
VILLAHERMOSA, TABASCO, A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE LA SUCURSAL SURESTE
C.P. ALFREDO ARISTOTELES PERALTA ALFANY
RUBRICA.
(R.- 425431)
84 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CENTRO DE INVESTIGACION Y ASISTENCIA EN TECNOLOGIA
Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A.C.
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA OTRO
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Otro número LA-03890I001-E2-2016, cuya Convocatoria que
contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en
Av. Normalistas No. 800, Colonia Colinas de la Normal, C.P 44270, Guadalajara, Jalisco, teléfono: 33455200
ext.1103, los días lunes a viernes de las 9:30 a 16:30 hrs.
Descripción de la licitación SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS
PARA EL CIATEJ, A.C. 2016
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00:00 horas
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 09:00:00 AM horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:00:00 AM horas
GUADALAJARA, JAL., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y REPRESENTANTE LEGAL
L.C.P. CITLALLI HAIDE ALZAGA SANCHEZ
RUBRICA.
(R.- 425392)
CENTRO DE INVESTIGACION Y ASISTENCIA EN TECNOLOGIA
Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A.C.
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA OTRO
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Otro número LA-03890I001-E3-2016, cuya Convocatoria que
contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en
Av. Normalistas No. 800, Colonia Colinas de la Normal, C.P 44270, Guadalajara, Jalisco, teléfono: 33455200
ext.1103, los días lunes a viernes de las 9:30 a 16:30 hrs.
Descripción de la licitación SERVICIO DE VIGILANCIA EXTERNA PARA EL
CIATEJ, A.C. 2016
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00:00 horas
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 08:00:00 AM horas
Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 08:00:00 AM horas
GUADALAJARA, JAL., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y REPRESENTANTE LEGAL
L.C.P. CITLALLI HAIDE ALZAGA SANCHEZ
RUBRICA.
(R.- 425393)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 85
EL COLEGIO DE LA FRONTERA NORTE, A.C.
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 1
LICITACIONES PUBLICAS ELECTRONICAS NACIONALES
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en las licitaciones públicas electrónicas nacionales LA-03891C999-E6-2016 y
LA-03891C999-E7-2016, cuyas convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien, en Km. 18.5 Carretera Escénica Tijuana-
Ensenada, San Antonio del Mar, Tijuana, B.C., código postal 22560, teléfono 01 664 631-63-00 Ext. 2225, los
días 20 de enero al 5 de febrero de 2016, en horario de 9:00 a 17:00 horas.
Licitación Pública Electrónica Nacional LA-03891C999-E6-2016
Descripción de la licitación Servicios Integrales para la organización de eventos
académicos
Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de aclaraciones 28/01/2016 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 04/02/2016 10:00 horas
Licitación Pública Electrónica Nacional LA-03891C999-E7-2016
Descripción de la licitación Seguro de Bienes Patrimoniales, Seguro de Gastos
Médicos Mayores y Seguro de Vida
Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de aclaraciones 29/01/2016 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016 10:00 horas
TIJUANA, B.C., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
MTRO. JOSE DE JESUS LUNA BRENES
RUBRICA.
(R.- 425335)
FIDEICOMISO FONDO NACIONAL
DE HABITACIONES POPULARES
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE ADMINISTRACION
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-015QIQ001-E6-2016, cuya
convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx, o bien, en la Subgerencia de Servicios Generales y Recursos Materiales del
FONHAPO, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 3483, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan,
código postal 14020, Distrito Federal, teléfonos 5424-6735 y 5424-6714, en días hábiles del 22 de enero al
04 de febrero de 2016 de 09:00 a 15:00 horas.
Objeto de la licitación Contratación del servicio de aseguramiento integral
de bienes patrimoniales, y de los Seguros de vida, de
daños de deudores hipotecarios del FONHAPO con
residencia en diferentes entidades federativas de los
Estados Unidos Mexicanos.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 22/enero/2016.
Junta de aclaraciones 28/enero/2016, 11:00 horas.
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 10/febrero/2016, 11:00 horas.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE ADMINISTRACION
FRANCISCO WALTERIO ROBLES ABASCAL
RUBRICA.
(R.- 425428)
86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
FIDEICOMISO FONDO NACIONAL
DE HABITACIONES POPULARES
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE ADMINISTRACION
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 02
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-015QIQ001-E8-2016, cuya
convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx, o bien, en la Subgerencia de Servicios Generales y Recursos Materiales del
FONHAPO, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 3483, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan,
código postal 14020, Distrito Federal, teléfonos 5424-6735 y 5424-6714, en días hábiles del 22 de enero al 10
de febrero de 2016 de 09:00 a 15:00 horas.
Objeto de la licitación Adquisición, suministro y entrega en sitio de
materiales y útiles de oficina, de acuerdo a
necesidades y a los pedidos que requiera el
FONHAPO.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 22/enero/2016.
Junta de aclaraciones 05/febrero/2016, 11:00 horas.
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 16/febrero/2016, 11:00 horas.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE ADMINISTRACION
FRANCISCO WALTERIO ROBLES ABASCAL
RUBRICA.
(R.- 425424)
FIDEICOMISO FONDO NACIONAL
DE HABITACIONES POPULARES
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE ADMINISTRACION
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 03
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-015QIQ001-E9-2016,
cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx, o bien, en la Subgerencia de Servicios Generales y Recursos Materiales del
FONHAPO, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 3483, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan,
código postal 14020, Distrito Federal, teléfonos 5424-6735 y 5424-6714, en días hábiles del 22 de enero al
12 de febrero de 2016 de 09:00 a 15:00 horas.
Objeto de la licitación Contratación del servicio de boletos de avión con
cobertura nacional e internacional y prestación de
otros servicios, tales como: reservaciones de hotel y
renta de vehículos.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compra Net 22/enero/2016.
Junta de aclaraciones 09/febrero/2016, 11:00 horas.
Visita a instalaciones No hay visita.
Presentación y apertura de proposiciones 18/febrero/2016, 11:00 horas.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
GERENTE DE ADMINISTRACION
FRANCISCO WALTERIO ROBLES ABASCAL
RUBRICA.
(R.- 425425)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)87
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL NO. TEPJF/LPN/001/2016
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con fundamento en el Reglamento Interno y en el Acuerdo General que regula los procedimientos
de adquisición, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, ambos del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, convoca a las personas físicas o morales que tengan interés en participar en la licitación pública nacional para la contratación de
cuatro estudios de opinión de carácter cuantitativo a nivel nacional.
Licitación Pública
Nacional No.
Concepto Venta de Bases Costo de
Bases
Junta de
Aclaraciones
Entrega y Apertura
de Propuestas
Fallo
TEPJF/LPN/001/2016 Contratación de cuatro
estudios de opinión de
carácter cuantitativo a
nivel nacional
Del 26 al 29 de enero y
el 02 de febrero de 2016
$1,200.00 08 de febrero de 2016
11:00 horas
17 de febrero de 2016
11:00 horas
26 de febrero
de 2016
12:00 horas
• Las bases y especificaciones podrán ser consultadas por los interesados en la página: http://www.te.gob.mx en el apartado de Tribunal Electoral/ Transparencia y
Acceso a la Información, o en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en Virginia número 68, colonia Parque San Andrés, código postal 04040,
delegación Coyoacán, México, Ciudad de México, de 9:00 a 16:00 horas, teléfono 54 84 54 10, extensiones 5495 y 5489.
• El pago de las bases únicamente se podrá realizar durante el periodo de venta de bases, mediante depósito bancario a la cuenta número 0841822306 o
mediante transferencia bancaria a la CLABE número 072 180 008 418 223 060, del banco Banorte, plaza 01 D.F., a nombre del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación.
• El comprobante de compra de bases (depósito bancario o transferencia bancaria), deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Recursos
Materiales, ubicada en Virginia número 68, colonia Parque San Andrés, código postal 04040, delegación Coyoacán, México, Distrito Federal, en el horario de
9:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 18:00 horas en días hábiles, presentando los siguientes requisitos: a) Ficha de depósito original o comprobante de transferencia
bancaria, b) Copia legible del formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, expedido por el Servicio de Administración Tributaria, en el cual
señala el nombre o denominación social, domicilio fiscal y clave del RFC y c) En su caso, la constancia en la cual se informó a la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, el nuevo domicilio fiscal, lo anterior, con la finalidad de inscribirse al procedimiento correspondiente, se le entreguen las bases y para que se le
expida con posterioridad el recibo de compra de bases por parte de la Tesorería del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La inscripción al
procedimiento es un requisito indispensable para poder participar en el mismo.
• La Junta de Aclaraciones, el Acto de Entrega y Apertura de Propuestas, así como el Fallo serán videograbados y se llevarán a cabo en el edificio administrativo
del Tribunal Electoral, ubicado en Virginia número 68, colonia Parque San Andrés, código postal 04040, delegación Coyoacán, Ciudad de México Federal,
en las fechas y horas indicadas.
• Las proposiciones deberán presentarse en idioma español y cotizarse en moneda nacional.
• Los servicios se prestarán de conformidad con los requisitos especificados en las bases.
• Las condiciones de pago se encuentran especificadas en las bases. No se otorgará anticipo.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
ATENTAMENTE.
CIUDAD DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
LIC. JORGE ENRIQUE MATA GOMEZ
RUBRICA.
(R.- 425471)
88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA 003-2016
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como establecido en el artículo 37 del Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de
Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a personas Físicas o Morales
de nacionalidad mexicana o extranjera, interesadas en participar en la Licitación Pública que se describe
a continuación:
Número de la licitación LP-INE-003/2016
Carácter de la licitación Internacional Abierta
Descripción de la licitación Suscripción para la renovación del soporte técnico y
mantenimiento del producto TIBCO Tibbr con que cuenta
el Instituto; así como la contratación de servicios de
informática 2016 (Segunda Convocatoria)
Fecha de publicación en INE 20 de enero 2016
Junta de aclaraciones 02 de febrero de 2016, 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 09 de febrero de 2016, 11:00 horas
La convocatoria se encuentra disponible para obtención y consulta en COMPRANET en la dirección:
http://www.compranet.gob.mx mediante el banner con el logo Institucional, en la dirección http://www.ine.mx o
en el Departamento de Licitaciones y Control y Seguimiento a Proveedores en la Dirección de Recursos
Materiales y Servicios, del Instituto Nacional Electoral, ubicado en Periférico Sur Número 4124, 6° piso,
Colonia Jardines del Pedregal, Delegación Alvaro Obregón, México, Distrito Federal, en días hábiles de las
9:00 a 18:00 horas. El acto de Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones
se llevará a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios del Instituto
Nacional Electoral en las horas y fechas citadas sito en Periférico Sur 4124, sexto piso, Colonia Jardines del
Pedregal, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01900, México, Distrito Federal.
MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016.
SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES
LIC. CLAUDIA EDITH SUAREZ OJEDA
RUBRICA.
(R.- 425337)
AVISO AL PÚBLICO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio Costo
2/8 de plana $3,460.00
4/8 de plana $6,920.00
1 plana $13,840.00
1 4/8 planas $20,760.00
2 planas $27,680.00
Las cuotas por suscripción semestral y venta de ejemplares del Diario Oficial de la Federación, son las
siguientes:
Suscripción semestral al público: $1,298.00
Ejemplar de una sección del día: $13.00
El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional.
ATENTAMENTE
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE AGUASCALIENTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL ABIERTA NO. 31065001-001-16
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional No. LA-901041992-E1-2016, cuya
convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://compranet.gob.mx o bien en Blvd. Juan Pablo II No. 1302 Fracc. Exhacienda La Cantera, C.P. 20200,
Aguascalientes, Ags. Teléfono 01 449 910 50 00 ext. 106, los días lunes a viernes de las 10:00 a 15:00 hrs.
Descripción de la Licitación Software y Equipos Para la Implementación de 2 Salas
Interactivas
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 10:00:00 horas
Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00:00 horas
Visita a Instalaciones No hay visita a las instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 16/02/2016, 10:00:00 horas
AGUASCALIENTES, AGS., A 26 DE ENERO DE 2016.
RECTOR
M. EN C. JORGE A. LLAMAS ESPARZA
RUBRICA.
(R.- 425343)
CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION
SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA
CICESE - AREA DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-0389ZW002-E1-2016, cuya Convocatoria
contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en
Carretera Ensenada-Tijuana No. 3918, Zona Playitas, C.P 22860, Ensenada, Baja California, teléfono: (646)1750500
ext. 22443, y fax (646)1750575, los días de Lunes a Viernes, de las 08:30 a 15:00 horas.
Descripción de la Licitación Seguro de Bienes Patrimoniales y Seguro de Personas
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de Aclaraciones 28/01/2016, 10:00 Horas
Visita a Instalaciones No habrá visita a las instalaciones
Presentación y Apertura de Proposiciones 04/02/2016, 10:00 Horas
ENSENADA, B.C., A 20 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA
M. EN C. LEONOR FALCON OMAÑA
RUBRICA.
(R.- 425363)
90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION
SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA
CICESE - AREA DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-0389ZW002-E2-2016, cuya Convocatoria
contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en
Carretera Ensenada-Tijuana No. 3918, Zona Playitas, C.P 22860, Ensenada, Baja California, teléfono:
(646)1750500 ext. 22443, y fax (646)1750575, los días de Lunes a Viernes, de las 08:30 a 15:00 horas.
Descripción de la Licitación Servicio de Limpieza Integral y Mantenimiento
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de Aclaraciones 27/01/2016, 10:00 Horas
Visita a Instalaciones 26/01/2016, 10:00 Horas
Presentación y Apertura de Proposiciones 03/02/2016, 10:00 Horas
ENSENADA, B.C., A 20 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA
M. EN C. LEONOR FALCON OMAÑA
RUBRICA.
(R.- 425360)
CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION
SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA
CICESE - AREA DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-0389ZW002-E3-2016, cuya Convocatoria
contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en
Carretera Ensenada-Tijuana No. 3918, Zona Playitas, C.P 22860, Ensenada, Baja California, teléfono: (646)1750500
ext. 22443, y fax (646)1750575, los días de Lunes a Viernes, de las 08:30 a 15:00 horas.
Descripción de la Licitación Servicio de Vigilancia
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016
Junta de Aclaraciones 27/01/2016, 13:00 Horas
Visita a Instalaciones 26/01/2016, 13:00 Horas
Presentación y Apertura de Proposiciones 03/02/2016, 13:00 Horas
ENSENADA, B.C., A 20 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA
M. EN C. LEONOR FALCON OMAÑA
RUBRICA.
(R.- 425365)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 91
OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA: 002
Con fundamento en el artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California,
así como en los artículos 21 fracción I, 22, 24 fracción II y 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios para el Estado de Baja California, se convoca a los interesados en participar en la Licitación de
carácter Nacional para la “Reproducción de Libros de Apoyo para el COBACH" de conformidad con lo siguiente:
No. de Licitación Costo de
las Bases
Junta de
Aclaraciones
Presentación de
Proposiciones y
Apertura Técnica
Acto de Apertura
Económica
OM-COBACH-002-2016 Sin Costo 19/Enero/2016
11:00 horas
25/Enero/2016
10:00 horas
27/Enero/2016
10:00 horas
Partida Descripción Cantidad Unidad de
medida
1 Reproducción de libros de segundo semestre COBACH 109,500 Ejemplares
2 Reproducción de libros de cuarto semestre COBACH 77,810 Ejemplares
3 Reproducción de libros de sexto semestre COBACH 59,050 Ejemplares
• Las Bases de la licitación Pública Regional se encuentran disponibles para consulta en Internet:
https://compras.ebajacalifornia.gob.mx, o bien en la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor de
Gobierno, sita en: Calzada Independencia Número 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California;
de Lunes a Viernes, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural
previo al acto de presentación y apertura de propuestas, con el siguiente horario: de 08:00 a 17:00 horas.
• La Forma de Pago es: Las bases de la presente licitación no tienen costo alguno.
• La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 19 de Enero de 2016 a las 11:00 horas en la Sala de
Juntas de la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor, ubicada en el tercer piso del edificio del Poder
Ejecutivo, Calzada Independencia Número 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California.
• No se aceptarán proposiciones presentadas a través de medios electrónicos.
• El acto de presentación de las propuestas técnica y económica será a más tardar el día 25 de Enero de
2016 a las 10:00 horas en la recepción de la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor de Gobierno,
ubicada en el tercer piso del Poder Ejecutivo, en Calz. Independencia 994, Centro Cívico, C.P. 21000,
Mexicali, Baja California.
• La apertura de la propuesta técnica se efectuará el día 25 de Enero de 2016 a las 10:00 horas y la
apertura de la propuesta económica el día 27 de Enero de 2016 a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas
de la Dirección de Adquisiciones ubicada en Calz. Independencia 994, Centro Cívico, C.P. 21000,
Mexicali, B.C.
• Los precios unitarios ofertados por el licitante serán fijos.
• Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones
presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en Pesos Mexicanos.
• Lugar de entrega: De conformidad con lo establecido en el punto 1.2 de las bases de licitación.
• Plazo de entrega: De conformidad con lo indicado en el punto 1.3 de las bases de licitación.
• Las condiciones de pago serán: 100% una vez suministrada la totalidad de los bienes materia de la
presente licitación a entera satisfacción del Gobierno del Estado de Baja California.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 49 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 14 DE ENERO DE 2016.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Y SERVICIOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE BAJA CALIFORNIA. OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO
LORETO QUINTERO QUINTERO
RUBRICA.
(R.- 425354)
92 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CAMPECHE
OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL
UNIDAD DE LICITACIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA 001-16
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-904048997-E1-2016, cuya Convocatoria
que contiene las bases de participación está disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o
bien en Avenida Agustín Melgar No. S/N, Colonia Buenavista, C.P. 24039, Campeche, Campeche, teléfono:
(981) 81 1 98 00 ext. 1110105 y fax (981) 81 1 98 00 Ext. 1110199, de Lunes a Viernes de las 9:00 a
14:00 hrs.
Descripción de la licitación Suministro de Vales de Gasolina 2016
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 02/02/2016, 11:00 horas
Visita a instalaciones No hay visita
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 11:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP., A 26 DE ENERO DE 2016.
ABOGADA GENERAL
DRA. ALMA LORENA FALCON LOZADA
RUBRICA.
(R.- 425434)
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE TORREON
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL ABIERTA ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-905043986-I1-2016,
cuya convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en internet:
http://compranet.gob.mx o bien en: Carretera Torreón Matamoros, km 10 s/n Colonia Ej. El Aguila, C.P. 27400,
Torreón, Coahuila, Teléfono: 01 (871) 729-74-00 y fax 01 (871) 729-74-00 ext. 257. Los días lunes a viernes
de 9:00 a 17:00 horas.
Descripción de la Licitación Suministro, instalación y puesta en marcha de
virtualización de servidores, firewall, switcheo y servicio
de telefonía IP
Fecha de Publicación en Compranet 26 de Enero de 2016
Visita en instalaciones No habrá visita en instalaciones
Junta de Aclaraciones 02 de Febrero 2016 11:00 horas
Presentación y Apertura de proposiciones 16 de Febrero 2016 11:00 horas
TORREON, COAHUILA, A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
LIC. LAURA OFELIA ZERMEÑO CASAS
RUBRICA.
(R.- 425420)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 93
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA
DIRECCION ADMINISTRATIVA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-908047994-E8-2016, cuya Convocatoria
que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien,
en el Departamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad, ubicado en 7A No. 1210,
Colonia Centro, C.P 31000, Chihuahua, Chihuahua, teléfono: 614 439 15 32 ext. 2723 y fax 614 439 15 25
Ext., los días Lunes a Viernes de las 9:00 A 14:00 Horas y hasta el día 09 de Febrero de 2016.
Descripción de la Licitación Adquisición de Mobiliario para Equipamiento de Nuevos
Edificios para la Facultad de Economía Internacional
Campus Parral y la Facultad de Derecho Campus Parral
de la Universidad Autónoma de Chihuahua. Los detalles
se determinan en la propia convocatoria.
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en CompraNet 26/01/2016 00:00:00 horas
Junta de Aclaraciones 03/02/2016 11:00:00 horas
Presentación y apertura de Proposiciones 10/02/2016 11:00:00 horas
La convocante no cuenta con la certificación de la Secretaría de la Función Pública para recibir proposiciones
por medios remotos de comunicación electrónica, por lo tanto no se recibirán proposiciones por este medio,
únicamente se podrán consultar las convocatorias a través del sistema CompraNet.
CHIHUAHUA, CHIH., A 26 DE ENERO DE 2016.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES
M.A.R.H. NORMA CECILIA GONZALEZ MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 425451)
H. AYUNTAMIENTO DE MINERAL DE LA REFORMA
OBRA PUBLICA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con los artículos 30 y 32 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas
y 31 de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública número N°. LO-
813051994-E55-2015 Cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta y
obtención gratuita todos los días en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Hidalgo Número 58
Colonia Centro Pachuquilla, Mineral de la Reforma, teléfono: 771-1458812, los días del 21 al 29 de enero del
año en curso de las 9.00 hrs. a las 14.30 hrs.
LICITACION PUBLICA NACIONAL
LO-813051994-E55-2015
Descripción de la Licitación Pavimentación de asfalto calle Miguel Hidalgo que
comprende la colonia Azoyatla de Ocampo y la colonia
campestre villas del álamo en Mineral de la Reforma.
Volumen de la obra Las especificaciones técnicas se encuentran en las bases
de la convocatoria a la licitación.
Fecha de publicación en CompraNet 21 de enero 2016
Junta de aclaraciones 29 de enero 2016
11.00 hrs.
Visita al lugar de la obra 29 de enero 2016
09.00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 05 de febrero 2016
10.00 hrs.
MINERAL DE LA REFORMA, A 26 DE ENERO 2016.
PRESIDENTE MUNICIPAL DE MINERAL DE LA REFORMA
C. FILIBERTO HERNANDEZ MONZALVO
RUBRICA.
(R.- 425315)
94 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
COMISION DE AGUA Y ALCANTARILLADO
DE SISTEMAS INTERMUNICIPALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 29 Y 30 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y 42 DE SU REGLAMENTO, SE CONVOCA A LOS INTERESADOS
EN PARTICIPAR EN LAS LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES SIGUIENTES, CUYA CONVOCATORIA
CONTIENE LAS BASES DE PARTICIPACION DISPONIBLES PARA CONSULTA Y OBTENCION GRATUITA
TODOS LOS DIAS EN INTERNET: http://compranet.gob.mx O BIEN EN: http://george.gon@hotmail.com, Y
EN LAS OFICINAS DE LA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA CAASIM UBICADAS EN
AVENIDA INDUSTRIAL LA PAZ NO. 200, COLONIA INDUSTRIAL LA PAZ, PACHUCA, HGO. C.P. 42092,
TELEFONO: 01 (771) 71 7 43 00, EXT: 1165, 1157 Y 1063, DE LUNES A VIERNES CON UN HORARIO DE
08:30 A 16:30.
NUMERO DE LICITACION LA-913005999-E1-2016
DESCRIPCION DE LA LICITACION “ADQUISICION DE EQUIPOS PARA LOS SISTEMAS
DE CLORACION DE LA ZONA DE INFLUENCIA DEL
ORGANISMO”
VOLUMEN A ADQUIRIR 1 PARTIDA
FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016
JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 10:00 HORAS
VISITA A INSTALACIONES NO HABRA VISITA
PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPOSICIONES
10–FEBRERO–2016, 10:00 HORAS
PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016
NUMERO DE LICITACION LA-913005999-E2-2016
DESCRIPCION DE LA LICITACION “SUSTITUCION DE VALVULAS DE COMPUERTA
PARA POZOS PROFUNDOS EN LOS RAMALES
TIZAYUCA, TELLEZ, MATILDE Y NOPALAPA”
VOLUMEN A ADQUIRIR 6 PARTIDAS
FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016
JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 11:00 HORAS
VISITA A INSTALACIONES NO HABRA VISITA
PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPOSICIONES
10–FEBRERO–2016, 11:00 HORAS
PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016
NUMERO DE LICITACION No. LA-913005999-E3-2016
DESCRIPCION DE LA LICITACION “SUMINISTRO DE COLUMNA FLEXIBLE DE 6” PARA
POZO 8 TELLEZ”
VOLUMEN A ADQUIRIR 2 PARTIDAS
FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016
JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 12:00 HORAS
VISITA A INSTALACIONES NO HABRA VISITA
PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPOSICIONES
10–FEBRERO–2016, 12:00 HORAS
PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 95
NUMERO DE LICITACION No. LA-913005999-E4-2016
DESCRIPCION DE LA LICITACION “ADQUISICION DE MATERIAL PARA
REHABILITACION DEL SISTEMA DE TELEMETRIAY
MACROMEDICION EN POZOS Y CARCAMOS”
VOLUMEN A ADQUIRIR 19 PARTIDAS
FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016
JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 13:00 HORAS
VISITA A INSTALACIONES 02–FEBRERO–2016, 9:00 HORAS
PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPOSICIONES
10–FEBRERO–2016, 13:00 HORAS
PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016
NUMERO DE LICITACION No. LA-913005999-E5-2016
DESCRIPCION DE LA LICITACION “SUSTITUCION DE TREN DE PIEZAS ESPECIALES
EN PLANTAS DE BOMBEO: ACAYUCA, TLAZALA Y
NOPALAPA”
VOLUMEN A ADQUIRIR 3 PARTIDAS
FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016
JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 14:00 HORAS
VISITA A INSTALACIONES 02–FEBRERO–2016, 9:00 HORAS
PRESENTACION Y APERTURA
DE PROPOSICIONES
10–FEBRERO–2016, 14:00 HORAS
PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016
PACHUCA DE SOTO, HGO., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL
ING. DANIEL BARRERA MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 425430)
UNIDAD DE INTEGRACION EDUCATIVA DE NUEVO LEON
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
NOTA ACLARATORIA
AVISO DE CANCELACION DE PUBLICACION
A la Licitación Pública Nacional presencial a tiempos recortados LA-919006998-E1-2016 publicada en fecha
19 de enero de 2016, R.- 425159, se avisa a los interesados en participar que por condiciones presupuestales
será reprogramada en fechas posteriores, por lo tanto queda cancelada la publicación.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 19 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
DE LA UNIDAD DE INTEGRACION EDUCATIVA DE NUEVO LEON
ING. JORGE LUIS LOYOLA CASTILLO
RUBRICA.
(R.- 425316)
AVISO AL PÚBLICO
Las publicaciones se programarán de la forma siguiente:
Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público
recibidas los miércoles, jueves y viernes se publicarán el siguiente martes, y las recibidas los días lunes y
martes, el siguiente jueves.
Las convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la APF se
publicarán los miércoles.
Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de
asamblea se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibo y pago, mientras que los estados
financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación, dada la extensión de los mismos.
El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas
ATENTAMENTE
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
96 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA
DIRECCION DE OPERACION E INFRAESTRUCTURA
SUBDIRECCION DE PLANEACION INMOBILIARIA Y CONSERVACION
DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCION
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional cuya Convocatoria que contienen las bases de
participación se encuentran disponibles para su consulta a partir de la fecha de la publicación de este
resumen de Convocatoria en la siguiente página de Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en: la
Coordinación Operativa de Costos y Adjudicaciones, ubicadas en Av. Reforma No. 722 Col. Centro, Puebla
Pue. (01 222) 309 36 00; Extensión 2090 En horario de 09:00 a 15:00 horas de lunes a viernes (días hábiles).
LO-921044966-E3-2016
Descripción de la licitación “SUSTITUCION DE CENTRO DE SALUD TEPEYAC EN
EL MUNICIPIO DE PUEBLA”
Volumen No aplica
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Visita a instalaciones 02/02/2016, 09:15 horas
Junta de aclaraciones 03/02/2016, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 horas
ATENTAMENTE
PUEBLA, PUE., A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR DE OPERACION E INFRAESTRUCTURA DE
LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA
LIC. JAVIER GALACION DE JESUS CRUZ GRAJALES
RUBRICA.
(R.- 425413)
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE QUERETARO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Nacional número LA-922055992-E1-2016, cuya Convocatoria
que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien
en AV. PIE DE LA CUESTA No. 2501, Colonia UNIDAD NACIONAL, C.P. 76148, QURETARO, Querétaro,
teléfono: 01 442 2096100 ext. 1520 y fax Ext., los días LUNES A VIERNES de las 09:00 A 15:00 HRS.
Descripción de la licitación UTEQ_ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO
ESPECIALIZADO PROFOCIE 2015
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compra Net 26/01/2016, 00:00:00 horas
Junta de aclaraciones 10/02/2016, 10:00:00 horas
Visita a instalaciones No hay Visita a las Instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones 23/02/2016, 10:00:00 horas
19 DE ENERO DE 2016.
JEFE DE DEPTO. ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS
LIC. JOSE ALFREDO JIMENEZ HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 425339)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA
DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
DIRECCION DE PLANEACION
LICITACION PUBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA: 001
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados en participar en la Licitación Pública Nacional LO-923039994-E1-2016 al LO-923039994-E7-2016,
cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet:
http://www.compranet.gob.mx o bien en: Av. Insurgentes Número 386, Colonia 20 de Noviembre, C.P. 77038,
Cd. Chetumal, Quintana Roo, teléfono: (01983) 8320864, del 26 al 29 Enero del año en curso, de 09:00 a
las 16:00 hrs.
“Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido
el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.
No. Procedimiento LO-923039994-E1-2016
Descripción de la Licitación (013) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Benito Juárez, en la Localidad de
Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado
de Quintana Roo.
(043) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Tierra y Libertad, en la Localidad de
Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de
Quintana Roo.
(060) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Kohunlich, en la Localidad de Chetumal,
del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana
Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 08:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 08:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 08:00 hrs.
No. Procedimiento LO-923039994-E2-2016
Descripción de la Licitación (015) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Belisario Domínguez, en la Localidad
de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de
Quintana Roo.
(016) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Técnica Rafael Ramírez Castañeda,
en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito
Juárez del Estado de Quintana Roo.
(017) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Técnica Moisés Sáenz Garza, en la
Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del
Estado de Quintana Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 09:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 09:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 09:00 hrs.
No. Procedimiento LO-923039994-E3-2016
Descripción de la Licitación (012) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Técnica Juan Rulfo, en la Localidad
de Playa del Carmen, del Municipio de Solidaridad del
Estado de Quintana Roo.
(042) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Maestro Mexicano, en la Localidad de
Playa del Carmen, del Municipio de Solidaridad del
Estado de Quintana Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 10:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 10:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 10:00 hrs.
98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
No. Procedimiento LO-923039994-E4-2016
Descripción de la Licitación (014) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Técnica Lázaro Cárdenas en la
Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del
Estado de Quintana Roo.
(037) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Xicoténcatl, en la Localidad de Cancún,
del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana
Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 11:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 11:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 11:00 hrs.
No. Procedimiento LO-923039994-E5-2016
Descripción de la Licitación (020) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Leona Vicario, en la Localidad de
Felipe Carrillo Puerto, del Municipio de Felipe Carrillo
Puerto del Estado de Quintana Roo.
(063) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Enrique Estrella Oxte, en la Localidad de
Rancho Viejo, del Municipio de Isla Mujeres del Estado de
Quintana Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 12:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 12:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 12:00 hrs.
No. Procedimiento LO-923039994-E6-2016
Descripción de la Licitación (026) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Secundaria Técnica Justo Sierra Méndez, en la
Localidad de Chetumal, del Municipio de Othón P. Blanco
del Estado de Quintana Roo.
(034) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Francisco Primo de Verdad, en la
Localidad de Chetumal, del Municipio de Othón P. Blanco
del Estado de Quintana Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 13:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 13:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 13:00 hrs.
No. Procedimiento LO-923039994-E7-2016
Descripción de la Licitación (048) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Benito Juárez, en la Localidad de Felipe
Carrillo Puerto, del Municipio de Felipe Carrillo Puerto del
Estado de Quintana Roo.
(049) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa
en la Primaria Tiburcio May Uh, en la Localidad de
Felipe Carrillo Puerto, del Municipio de Felipe Carrillo
Puerto del Estado de Quintana Roo.
Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016
Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 14:00 hrs.
Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 14:00 hrs.
Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 14:00 hrs.
CHETUMAL, QUINTANA ROO, A 26 DE ENERO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL.
ING. JORGE MANUEL MEZQUITA GARMA
RUBRICA.
(R.- 425390)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)99
H. AYUNTAMIENTO DE RIO GRANDE DEL ESTADO DE ZACATECAS
DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
LICITACION PUBLICA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA
DIFUNDIDA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
En cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 27 fracción I, 30 fracción I, 31 y 32 de
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 31 de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas
nacionales, cuyas Convocatorias que contiene las bases de participación y disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: La Dirección
De Obras Y Servicios Públicos, Ubicada En Calle Constitución No. 36, Col. Centro, Río Grande, Zac., Con Teléfono (01-498) (98) 2-01-73, de Lunes a Viernes de las
9:00 a 15:00 horas.
No. de Licitación LO-832039986-E1-2016
Descripción de la licitación MODERNIZACION DE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS 0+000 AL 0+600
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 4/02/2016, 11:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 9/02/2016, 11:00 horas
No. de Licitación LO-832039986-E2-2016
Descripción de la licitación MODERNIZACION DE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS 2+300 AL 2+840
Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016
Junta de aclaraciones 4/02/2016, 14:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones 9/02/2016, 13:00 horas
MUNICIPIO DE RIO GRANDE, ZACATECAS, A 26 DE ENERO DE 2016.
PRESIDENTE MUNICIPAL
C. CONSTANTINO CASTAÑEDA MUÑOZ
RUBRICA.
(R.- 425469)
100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
AKA FITNNESS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo 2100/2015-III, promovido por ALEJANDRA LICEA NUÑEZ, contra actos
de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, radicado en el
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se le ha señalado como tercera
interesada y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por tres de diciembre de dos mil quince,
notificarla por edictos, que deberá publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial
de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso c, de la Ley de Amparo vigente y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia
autorizada de la demanda de garantías, haciéndole saber que cuenta con un plazo de treinta días hábiles,
contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer
valer sus derechos; así también, se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en
esta Ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por
medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano
jurisdiccional, según lo dispone el artículo 29, de la Ley de Amparo vigente.
México, D.F., 15 de diciembre de 2015.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal.
Lic. Miriam Guadalupe Arias Segura.
Rúbrica.
(R.- 424938)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Tercera Sala Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
“Año de la Consolidación de la Justicia Oral’’
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
A LA TERCERA INTERESADA: MARIO GERARDO PEREZ ESCUTIA
En los autos del cuaderno de amparo del Actor, relativo al toca número 642/2015 deducido del juicio
ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por ANA LUISA VARGAS CANALES en contra de MARIO GERARDO
PEREZ ESCUTIA Y OTRA, se dictó proveído de fecha diecinueve de noviembre del dos mil quince, del cual
se provee que ignorándose el domicilio del Tercero interesado MARIO GERARDO PEREZ ESCUTIA, se
ordenó emplazar al antes citado al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con
fundamento en los artículos 27 fracción III de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa
del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia
de fecha treinta de junio del dos mil quince, dictada en los autos del toca 642/2015; el referido Tercero
Interesado deberá comparecer ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, con
número de amparo DC. 699/2015, a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir
del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta Tercera Sala
Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición.
México D.F., a 24 de noviembre de 2015
La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil
Lic. Elsa Zaldívar Cruz.
Rúbrica.
(R.- 425032)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO.
En amparo 1741/2015-VII-14, promovido por José Armando Rodríguez Salazar, contra actos Juez Cuarto
Penal en el Estado de Puebla, consistente en el auto de formal prisión emitido en el proceso 295/2015, se
ordenó llamar a juicio María Janett García Rojas, como tercera interesada, se le concede plazo de treinta días
contados del siguiente al de la última publicación, para apersonarse, de no hacerlo, ulteriores notificaciones se
practicarán por lista.
Atentamente
San Andrés Cholula, Pue. Dieciocho de Diciembre de dos mil quince.
Juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Alfredo López Rueda.
Rúbrica.
(R.- 425049)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL
DISTRITO FEDERAL.
GLORIA ZEPEDA RAMÍREZ Y ALFONSO ROMERO
MORALES.
En los autos del juicio de amparo número 720/2015-V, promovido por Armando Platas Castro, por propio
derecho, contra actos del Juez Quincuagésimo Noveno Civil del Distrito Federal, radicado en este
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil, en esta capital; al ser señalado como tercero interesado y
desconocerse su domicilio actual, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b) párrafo segundo de
la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de
Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de
siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la
República, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, queda a su
disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a
partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente.
México, D.F., a 15 de diciembre de 2015.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
Lic. Juan Manuel Rivera Avila.
Rúbrica.
(R.- 425038)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO.
JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCEROS INTERESADOS: FERNANDO DE ITURBIDE PEIMBERT, Y CRÉDITO MINERO Y MERCANTIL,
SOCIEDAD ANONIMA.
… En los autos del juicio de amparo número 759/2015-IV, promovido por Inmobiliaria y Comercial
Armonía, Sociedad Anónima, contra actos del Juez Trigésimo Quinto de lo Civil del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, y otra autoridad, expediente 1317/1978, se ordenó emplazar por edictos a los
terceros interesados Fernando de Iturbide Peimbert, y Crédito Minero y Mercantil, Sociedad Anónima,
se les concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito,
para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones
esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se le
harán por lista de acuerdos de este Juzgado.
Atentamente.
México, D.F., 15 de diciembre de 2015.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
Lic. Raymundo Esteban Alor García.
Rúbrica.
(R.- 425073)
102 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz,
con residencia en Boca del Río
EDICTO.
Rafael Marañon Rosas:
En la causa penal 131/2013, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, con residencia en
Boca del Río, Veracruz, instruida contra Salvador Vargas Pérez y otro, por la comisión de un delito de contra
la salud y otros, se fijaron las trece horas con treinta minutos del uno de marzo de dos mil dieciséis, a fin de
que tenga verificativo el desahogo de una audiencia de carácter judicial en la que tendrá intervención, por lo
que deberá comparecer a las instalaciones de este órgano jurisdiccional sito en avenida Su Santidad Juan
Pablo II, esquina Tiburón número seiscientos cuarenta y seis, fraccionamiento Costa de Oro, en esta ciudad,
puntualmente y debidamente identificada; apercibido que de no asistir oportunamente sin causa justa y
comprobada, con fundamento en el artículo 44, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Penales, se
le impondrá como medio de apremio, una multa de treinta días de salario mínimo general vigente en esta zona
económica, que deberá pagar a favor del erario federal.
Boca del Río, Veracruz, diez de diciembre de 2015.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz, encargada del despacho
por ministerio de ley, en términos del artículo 161 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación, por vacaciones del titular.
La licenciada Adela Márquez Hernández.
Rúbrica.
(R.- 425120)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro
EDICTO
SILVERIO ESTRADA PATIÑO O VADILLO O VADIÑO.
En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la radicación del juicio de amparo ventilado
bajo el expediente número 1834/2015-IV, promovido por Francisco Javier Fernando Ramírez Correa, contra
actos del Juez Tercero de Primera Instancia Civil del Distrito Judicial de Querétaro y otras autoridades,
juicio en el cual, con fundamento en lo dispuesto por la fracción III, inciso b) del artículo 5
o
de la Ley de
Amparo, le recae el carácter de tercero interesado, emplazándosele por este conducto para que en el plazo de
treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de
amparo de mérito, apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos
de este Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, quedando a su
disposición las copias simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, por tres veces consecutivas de siete en
siete días.
Asimismo, que la celebración de la audiencia constitucional se encuentra prevista para las diez horas con
cinco minutos del trece de enero de dos mil dieciséis.
Atentamente,
Santiago de Querétaro, Querétaro, 07 de enero de 2016.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro.
Angel Michel Covarrubias.
Rúbrica.
(R.- 425246)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Edo.
Poza Rica, Ver.
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 469/2015, promovido por CLEMENTE LUIS SALINAS CEDILLO,
por propio derecho, contra actos que reclama de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia del
Estado, con sede en Xalapa de Enríquez, Veracruz y el Juez Cuarto de Primera Instancia de esta
ciudad, y como acto reclamado: La resolución de veintinueve de mayo de dos mil quince, dictada en el
toca 1231/2015 del índice de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede
en Xalapa de Enríquez, Veracruz, que revoca la resolución dictada por el Juez Cuarto de Primera
Instancia de esta ciudad, en las diligencias de jurisdicción voluntaria 1677/2012. En auto de treinta de
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 103
junio de dos mil quince, se admitió a trámite dicha demanda y se ordenó emplazar a los terceros interesados
1. Alberto Sisniega Salinas; 2. Antonio Sisniega Salinas; 3. Ana Isabel Sisniega Salinas; 4. María Felicitas
Santa Rosa Salinas; 5. Saúl Arnulfo Santa Rosa Salinas; 6. Pedro Santa Rosa Salinas; 7. Alejandro Salinas
Campos; 8. Edgar Axel Romero Hernández; 9. Joaquín Cruz Escobar; 10. Nadia Rendón González; y
11. Juan Sánchez Salazar, posteriormente la autoridad responsable rindió su informe justificado y toda vez
que se desconoce el domicilio actual de los terceros interesados Antonio Sisniega Salinas, Saúl Arnulfo
Santa Rosa Salinas, Pedro Santa Rosa Salinas y Edgar Axel Romero Hernández, se ha ordenado
emplazarlos por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el
“DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN”, y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana,
como lo es el “EXCELSIOR”, que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo vigente y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la citada ley; quedando a su disposición en la secretaría
de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro
del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir sus
derechos, así como señalar domicilio en esta ciudad, apercibidos que para el caso de no comparecer,
pasado ese tiempo, se harán las ulteriores notificaciones por lista de acuerdos que se fijará en los estrados de
este Juzgado; se le hace saber además que se han señalado las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS
DEL VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo la audiencia
constitucional en este asunto.
SELLO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
SELLO JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN POZA
RICA, VERACRUZ.
Atentamente
El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado.
Lic. Manuel Ernesto Flores Toxqui
Rúbrica.
(R.- 424935)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Domicilio: Ciudad Judicial Federal Anillo Periférico Poniente Manuel Gómez Morín número 7727, edificio XA,
primer piso, Fraccionamiento Ciudad Judicial Federal, en Zapopan, Jalisco. Código postal 45010
EDICTO
DIRIGIDO A: Sergio Pérez Gómez González y
“FISCOFIN CONSULTORES”, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Dentro de los autos del juicio de amparo número 715/2015-V, promovido por Ilda Margarita Assad
Mejorada, por conducto de su abogado patrono Rafael Assad Mejorada, contra el acto que reclama de la
Séptima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, y otras autoridades, consistente
en la sentencia dictada dentro del toca de apelación 1020/2012, mediante acuerdo de dieciséis de diciembre
de dos mil quince, se ordenó, por ignorarse el domicilio de los terceros interesados Sergio Pérez Gómez
González y “FISCOFIN CONSULTORES”, Sociedad Anónima de Capital Variable, que éstos sean
emplazados por edictos. Se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las ONCE HORAS CON
UN MINUTO DEL SEIS DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS, para la celebración de la audiencia
constitucional, por lo que quedan a su disposición las copias de ley en la secretaría del juzgado. Asimismo, se
le hace saber que deberán presentarse, si así es su voluntad, a deducir sus derechos ante de este Juzgado
Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, en el juicio de amparo antes mencionado, dentro
de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación; en el entendido que de no
comparecer a señalar domicilio para recibir notificaciones, las subsecuentes se les practicarán por medio de
lista, aun aquéllas de carácter personal, en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso a),
de la Ley de Amparo.
Para publicarse por tres veces de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación,
como en periódico “El Excélsior”.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, 28 de diciembre de 2015.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Rafael Hernández Urías.
Rúbrica.
(R.- 424899)
104 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO
CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, CON
RESIDENCIA OFICIAL EN LA CIUDAD DE SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA.
En el juicio de amparo 1643/2015 de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Jesús Caña
Castillo y María Guadalupe Jiménez Flores, contra actos del Juez Segundo de lo Civil de la ciudad de
Puebla y otras autoridades, se ha señalado como terceros interesados a Jochabert Rendón Salazar,
Jaime Nieves Juárez y Alicia Bañuelos Núñez y como se desconoce su domicilio, se ha ordenado
emplazarlos por medio de edictos que deberán publicarse tres veces consecutivas, de siete en siete días, en
el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Queda a su disposición en la actuaría de este
juzgado, sito en Avenida osa menor número ochenta y dos, séptimo piso, ala sur, ciudad judicial Siglo XXI,
reserva territorial Atlixcayotl, San Andrés Cholula, Puebla, código postal 72810, copia simple de la demanda,
quienes deberán presentarse dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última
publicación. Bajo el apercibimiento que de no comparecer, las notificaciones que les correspondan les serán
hechas mediante lista, en términos de la fracción II, del numeral 27, de la Ley de Amparo.
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, 05 de enero de 2016.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.
Lic. Ricardo Hernández Rugerio.
Rúbrica.
(R.- 424934)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Décimo Octavo de lo Civil de Cuantía Menor en el D.F.
Fray Servando Teresa de Mier No. 32-9o
piso,
Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06010
Expediente número 2578/09
Secretaría “B”
“Independencia Judicial, Valor Institucional y Respeto a la Autonomía”
EDICTO
En los autos del expediente número 2578/09, JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR
MARTINEZ FLORES MA. CELIA (ANTES LEAL ARRIAGA JOSE PIPINO), EN CONTRA DE J. CARMEN
ARRIAGA ARREDONDO, el C. Juez Décimo Octavo Civil de Cuantía Menor en el Distrito Federal, dictó
un auto que a la letra dice: México, D.F., a siete de enero del 2016… se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA
VEINTIDOS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS PARA QUE TENGA VERIFICATIVO EL
REMATE EN TERCERA ALMONEDA SIN SUJECION A TIPO DEL BIEN INMUEBLE EMBARGADO
ubicado en RESTO DEL LOTE DE LA GRANJA SAN ANTONIO DE LA FRACCION CUARTA DE LA EX
HACIENDA DE MUÑIZ EN LOTE 15, EN LA CIUDAD DE CELAYA GUANAJUATO CON UNA SUPERFICIE
DE 540 QUINIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS, se designa como valor del inmueble la cantidad
de $466,775.99 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS
99/100 M.N.) procédase al remate del bien inmueble en publica almoneda, por medio de edictos que se
deberá fijarse por dos veces en el Diario Oficial de la Federación de cinco en cinco días, … y en el periódico
Diario Imagen. NOTIFÍQUESE. -------------- DOS FIRMAS-------------
México Distrito Federal a 8 de enero de 2016.
C. Secretaria de Acuerdos “B”.
M. en D. Norma Olvera Villegas.
Rúbrica. (R.- 425046)
AVISO AL PÚBLICO
Se comunica que para la publicación de los estados financieros éstos deberán ser capturados en cualquier
procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 105
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio número 356/2015-III, promovido por Banco Ve Por Más, sociedad anónima,
Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Ve por Más, contra actos de la Sexta Sala y Juez
Cuadragésimo Octavo, ambos de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; por auto
de veintitrés de junio de dos mil quince, previa revocación del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del
Primer Circuito, se admitió a trámite la demanda de amparo promovida por el quejoso en cita y se tuvo como
terceros interesados a Cafés Néctar, sociedad anónima de capital variable, Juan Luis Ortega Carballo,
Federico Carrillo Quintero y María del Socorro Ocampo Carrillo; en dicha demanda se señaló como acto
reclamado la sentencia de siete de abril de dos mil quince dictada por la sala en cita en el toca 467/2015,
por la cual confirmó la negativa del juez responsable para realizar la anotación ante el Registro Público de la
Propiedad del Estado de Hidalgo de la adjudicación decretada en favor de la quejosa, sin que a la fecha se
haya podido emplazar a la tercera interesada Cafés Néctar, sociedad anónima de capital variable, a pesar
de haber solicitado la investigación de domicilio a diversas instituciones, quienes en cumplimiento al
requerimiento realizado por este juzgado de distrito, proporcionaron la información sobre los datos de
la residencia de la tercera en mención, sin que se haya podido realizar la notificación; en consecuencia,
hágase del conocimiento por este conducto a la tercera interesada de mérito que deberá presentarse ante
este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el acceso tres,
primer piso del Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en Eduardo
Molina número dos, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal,
dentro de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalar domicilio para oír y
recibir notificaciones en ésta ciudad, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por
medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso
a), de la Ley de Amparo. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de
veinticuatro de diciembre de dos mil quince.
México, Distrito Federal, veinticuatro de diciembre de dos mil quince.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal.
Lic. Susana Guzmán Benavides.
Rúbrica.
(R.- 425322)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativo y de Trabajo y Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación. Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios
Federales en el Estado de Puebla, con residencia oficial en la ciudad de San Andrés Cholula, Puebla.
En los autos del juicio de amparo número 1811/2015-II de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de
Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por
Gustavo Pastrana Núnez Cázares, contra actos del Juez Primero de lo Civil de Puebla, Puebla y otra
autoridad, se ha señalado como tercero interesado a Ricardo Lesther Pastrana López, y ya que se
desconoce su domicilio, se ha ordenado su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse tres
veces consecutivas, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico
“El Excelsior”, que es uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad
con lo dispuesto en el inciso b) fracción III del artículo 27 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Haciéndole saber que queda a su disposición
en la actuaría de este juzgado ubicado en Avenida Osa Menor número ochenta y dos, séptimo piso, ala sur,
Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, Código Postal 72810,
copia simple de la demanda de amparo, y que deberán presentarse dentro del plazo de treinta días contados
del siguiente al de la última publicación, bajo el apercibimiento que de no comparecer, las notificaciones que
les correspondan les serán hechas mediante lista, en términos de la fracción II, del numeral 27, de la Ley
de Amparo.
San Andrés Cholula, Puebla, cuatro de enero de dos mil dieciséis.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.
Lic. Christian Bonilla Loranca.
Rúbrica.
(R.- 425344)
106 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal
EDICTOS
JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA
CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERA INTERESADA.
PARAFINAS Y VELADORAS FINAVEL,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y
RAMÓN RODRÍGUEZ SOBERO.
En los autos del juicio de amparo 638/2015 promovido por INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN DEL
AHORRO BANCARIO, LIQUIDADOR JUDICIAL DE BANCO BICENTENARIO, SOCIEDAD ANÓNIMA,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE contra actos del Juzgado Noveno de Distrito de Materia Civil en el
Distrito, admitida la demanda por auto de dieciocho de septiembre de dos mil quince y con fundamento en los
artículos 27 fracción III inciso b), párrafo 2° de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por este medio a los terceros interesados Parafinas y
Veladoras Finavel, Sociedad Anónima de Capital Variable y Ramón Rodríguez Sobero, haciéndoles de
su conocimiento que pueden apersonarse a juicio dentro del término de treinta días contados a partir del
siguiente de la última publicación que se haga por edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las
subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se les harán por lista, conforme al numeral
invocado en primer término; dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la
demanda de amparo, para los efectos legales a que haya lugar.
México, Distrito Federal, 14 de enero de 2016.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal.
Lic. Horalia de la Cruz Blas.
Rúbrica.
(R.- 425355)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Quincuagésimo Cuarto de lo Civil
Claudio Bernard No. 60, Col. Doctores
Delegación Cuauhtémoc
Juzgado 54 Civil
Secretaría “A”
Exp. Núm. 1313/2009
EDICTO
“SE CONVOCAN POSTORES”
En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por GÓMEZ MEDINA SARAHÍ en contra de
MANUEL GÓMEZ COLÍN, la C. Juez Quincuagésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal, dicto unos autos que a la letra dicen:----------------------------------------------------------------------------
México, Distrito Federal a treinta de Noviembre del año dos mil quince.- Agréguese a sus autos...
como lo solicita la promoverte para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN SEGUNDA
ALMONEDA y de tal manera que la publicación o fijación del edicto y la fecha de remate medie un
término no menor de CINCO DIAS y no como erróneamente se asentó en dicha resolución de fecha
veintinueve de enero y diecinueve de Octubre ambos del año en curso, se señalan de nueva cuenta las
ONCE HORAS DEL DIA CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, haciéndose la
aclaración que sirve de base para el remate la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA MIL
PESOS MONEDA NACIONAL, que es el precio más alto del avalúo siendo postura legal la que resulte
de la reducción del diez por ciento de esa cantidad, y debiéndose preparar en los términos ordenados
por auto dictado en la audiencia de fecha veintinueve de enero en curso...------------------------------------------
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas del día veintinueve de enero del año
dos mil quince, día y hora señalados para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN SEGUNDA
ALMONEDA... tomando en consideración que a este contencioso le aplica supletoriamente el código federal
de procedimientos civiles y atendiendo el pedimento d el promovente se acuerda en los siguientes términos.-
en términos de lo ordenado por el artículo 475 del código federal de procedimientos civiles se proceda a
hacer la aclaración en relación a la celebración del remate del inmueble materia de la ejecución que se
ordena sacar en subasta en segunda almoneda y en razón a lo anterior se aclara que en primer termino sirve
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 107
de base para el remate el precio primitivo que es la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS MONEDA NACIONAL, siendo postura legal lo que resulte de
la reducción del diez por ciento de esa cantidad, y se ordena que la publicidad que deberá darse a esa
diligencia de remate se ordena que los edictos se publiquen por una sola vez en el DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN y en la tabla de avisos o puerta del Tribunal, y de manera que dentro de la publicaciones o
fijación del edictos y la fecha del remate medie un término que no sea mayor de cinco días... Con lo que
concluye la presente audiencia siendo las diez horas con treinta minutos del día de la fecha en que se actúa
firmando los que en ella intervinieron en unión de la C. Juez Quincuagésimo Cuarto civil del Distrito Federal
LICENCIADA YASSMIN ALONSO TOLAMATL y Secretaria de Acuerdos LICENCIADA LOURDES RUBI
MIRANDA IBAÑEZ con quien actúa y da fe. Doy fe.
DOMICILIO DEL INMUEBLE: CALLE GALICIA NUMERO 117, LOTE UNO, MANZANA 211 EN EL
FRACCIONAMIENTO LOS ÁLAMOS EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, EN EL DISTRITO FEDERAL.-
La C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. Lourdes Rubí Miranda Ibñaez
Rúbrica.
(R.- 424229)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Chihuahua
EDICTO
Sergio Herrera Huidobro.
Por medio del presente se le hace saber que Jesús Miguel Otero Armendáriz, por su propio derecho y
en representación de la persona moral quejosa “Land del Norte”, Sociedad Anónima de Capital Variable,
promovió ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, el juicio de amparo 124/2015-I, contra actos del
Magistrado de la Primera Sala de lo Civil Regional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con
residencia en esta localidad y de otra autoridad, los cuales hizo consistir en los siguientes:
“IV.- ACTO RECLAMADO.-
A.- Del C. Magistrado de la Primera Sala de lo Civil Regional del H. Supremo Tribunal de Justicia en el
Estado, reclamo la resolución dictada en el toca civil 13/2015, el día treinta de enero del año 2015, publicada
el día tres de febrero de 2015, en la que se declaro improcedente la Excepción de Incompetencia por Materia
planteada por el suscrito quejoso en lo personal y en mi carácter de apoderado de la persona moral LAND
DEL NORTE, S.A. DE C.V, dentro del juicio ordinario civil número 987/2014, promovido por SERGIO
HERRERA HUIDOBRO, en contra de la quejosa y otros, declarando competente para conocer y decidir del
juicio antes mencionado, al C. Juez Tercero de lo Civil del Distrito Judicial Bravos.
B.- Del C. Juez Tercero de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, reclamo la ejecución de la resolución dictada
por el C. Magistrado de la Primera Sala Regional de lo Civil del H. Supremo Tribunal de Justicia en el Estado.
En razón de que se ignora su domicilio, por auto de esta fecha se le manda remplazar por medio de este
EDICTO que se publicará por tres veces, de siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico
de mayor circulación en la República, fijándose además en la puerta de este Juzgado, una copia del presente,
por todo el tiempo del emplazamiento.
Asimismo, se le hace saber que deberá presentarse en este Juzgado a hacer valer sus derechos,
dentro del término de treinta días, iniciando a contar a partir del siguiente al de la última publicación, en el
concepto de que si no lo hace así, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fijará en los
estrados de este Juzgado.
Lo anterior, con fundamento en el artículo 26, fracción I, inciso k) de la Ley de Amparo, en relación con el
numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia.
Ciudad Juárez, Chihuahua, a treinta de diciembre de dos mil quince.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado.
Licenciado Víctor Adrián Avalos Aragón.
Rúbrica.
(R.- 425353)
108 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTOS
En los autos del juicio ordinario mercantil número 710/2014-Vlll, promovido por RICARDO GARCIA DE
QUEVEDO PONCE Y HUGO BARRÓN CORONA, en su carácter de apoderados de ALESTRA, SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, el diecinueve de octubre de dos mil
quince, se dictó un auto por el que se ordena emplazar a la codemandada INCAVA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE (antes BESTEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y después
ESTRIVER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARAIBLE) por medio de edictos, que se publicaran por
tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación, a
fin de que comparezca a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días contados a partir del
siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando a su disposición en el juzgado la demanda
de mérito y demás anexos exhibidos por la actora, apercibida que de no apersonarse al presente
juicio, se seguirá el presente juicio en su rebeldía y las ulteriores notificaciones aun las de carácter
personal, se harán por medio de estrados. En acatamiento al auto de mérito, se procede a hacer una
relación suscinta de la demanda presentada en la vía ordinario mercantil en la que la parte actora
reclamó como prestaciones: Se declare la legal existencia de la resolución número P/201205/233 y sus
anexos, de veinte de diciembre de dos mil cinco, emitida por el pleno de la extinta Comisión Federal de
Telecomunicaciones, que determinó que Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable, estaba obligada a
distribuir a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, un total de 7,465,828 siete
millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos veintiocho, intentos de llamada procedentes de
Estados Unidos de América, dentro del período comprendido del primero de enero de mil novecientos noventa
y nueve al once de agosto de dos mil cuatro y que no le distribuyó, conforme al sistema de retorno
proporcional establecido en las reglas para prestar el servicio de larga distancia internacional; se declare que
Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable cedió a Operbes, Sociedad Anónima de Capital Variable, los
derechos y obligaciones derivados de la Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de
telecomunicaciones que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó el ocho de enero de mil
novecientos noventa y seis a Cableados y Sistemas, Sociedad Anónima de Capital Variable, después
denominada Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable; se declare la existencia y condiciones bajo las
cuales la Subsecretaría de Comunicaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, autorizo la
cesión de derechos y obligaciones que realizó Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable a Operbes,
Sociedad Anónima de Capital Variable, conforme al oficio número 2.- 178/07 de cinco de Diciembre de dos mil
siete, que emitió esa secretaria; se declare que no cumplierón con la obligación de distribuir a Alestra,
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, un total de 7,465,828 siete millones cuatrocientos
sesenta y cinco mil ochocientos veintiocho intentos de llamada, procedentes de Estados Unidos de América,
dentro del período comprendido del primero de enero de mil novecientos noventa y nueve al once de agosto
de dos mil de dos mil cuatro, conforme al sistema de retorno proporcional, establecido en las reglas para
prestar el servicio de larga distancia internacional; se declare que al no haber cumplido sus respectivas
obligaciones, causaron a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, el perjuicio
consistente en privarla de la ganacia licita, en Dólares de los Estados Unidos de América, que esta hubiera
obtenido si Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable, hubiera cumplido su obligación directa de
distribuirle; se les condene a indemnizar solidariamente a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada
de Capital Variable, el perjuicio que le causaron, previa liquidación que se haga en ejecución de sentencia; se
les condene a pagar solidariamente a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, el
interés legal sobre el importe del perjuicio al que se refieren las prestaciones quinta y sexta que anteceden a
partir de que incurrieron en mora y hasta la total solución del adeudo, previa liquidación que se haga en
ejecución de sentencia; se les condene a pagar a Alestra Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital
Variable, los gastos y costas que se origen con motivo de la tramitación del presente juicio.
México, Distrito Federal, 27 de octubre de 2015.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Liliana Sotomayor Galván.
Rúbrica.
(R.- 425351)
Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 109
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 655/15-EPI-01-8
Actor: BOX, INC.
"EDICTO"
C. ANDREA RODRÍGUEZ TORRES.
En los autos de juicio contencioso administrativo número 655/15-EPI-01-8, promovido por BOX, INC.,
contra el oficio con número MA/A/1985/1328416 de 6 de marzo de 2015, por el que la Coordinadora
Departamental de Examen de Marcas "C" del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial negó el registro de
la marca 1328416 BOX, se dictó un acuerdo de fecha 28 de octubre de 2015, en donde se ordenó emplazar a
la C. ANDREA RODRÍGUEZ TORRES, al juicio antes citado por medio de edictos, con fundamento en los
artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, reforma
publicada el 10 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, por lo cual, se le hace saber que tiene un término de
cuarenta y cinco días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado,
para que comparezca en esta Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, ubicada en Av. La Morena 804, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez,
C.P. 03020, México, Distrito Federal, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se
realizarán por boletín electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley
Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
México, Distrito Federal, a 28 de octubre de 2015.
El C. Magistrado Instructor de la Sala Especializada en Materia de
Propiedad Intelectual Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Lic. Ramón Ignacio Cabreral León.
Rúbrica.
La C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Tania Monroy Caudillo
Rúbrica.
(R.- 425086)
LABORATORIOS DOCA, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
R.F.C. LDO090803RQ1
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015
ACTIVO
EFECTIVO EN CAJA $0
PASIVO Y CAPITAL
CAPITAL SOCIAL $0
Tlaxcala, Tlaxcala a 31 de diciembre de 2015
Liquidador
C. Thania Carreto García
Rúbrica.
(R.- 425342)
AVISO AL PÚBLICO
Se informa al público en general que las cuotas
por suscripción semestral y venta de ejemplares
del Diario Oficial de la Federación, vigentes a partir
del 1 de enero de 2016, son las siguientes:
Suscripción semestral al público: $ 1,335.00
Ejemplar de una sección del día: $ 13.00
*El precio se incrementará $4.00 por cada
sección adicional.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
110 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016
Instituto Mexicano del Seguro Social
Delegación Estatal en San Luis Potosí
CONVOCATORIA DCSG/01/2016
En cumplimiento con las disposiciones que establece el Título Quinto, Artículos 131 y 132, de la Ley
General de Bienes Nacionales, el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la Delegación Estatal en
San Luis Potosí por conducto del Departamento de Conservación y Servicios Generales, llevará a cabo
Licitación Pública Nº DCSG/01/2016, para lo cual convoca a participar a personas físicas y morales, para
llevar a cabo la enajenación por venta de bienes muebles, así como de desecho de generación periódica, de
éste último, se formalizará contrato de compra-venta por un periodo de un año de acuerdo a las partidas
descritas a continuación:
Nº
Partida
Descripción del Bien Unidad de
medida
Existencia y/o cantidad
promedio mensual
Valor mínimo
de venta
1 Trapo de Desecho limpio, no
contaminado. (Convenio de Venta
anual).
Kg. 833 6.1003
2 Desperdicio Alimenticio proveniente
de Cocina y Comedor. (Convenio
de Venta anual)
Kg. 1,696 0.2551
3 Llantas completas y/o renovables
Rin 15 y 16, (convenio de venta
anual)
Kg. 128 0.9847
4 Desecho Ferroso, Chatarra.
(contrato de venta anual)
Kg. 190 0.7816
5 Garrafón de Plástico de un Galón y
de 18 Lts. (contrato de venta anual)
Pza. 150 1.3851
6 Cartón (contrato de venta anual) Kg. 3,733 0.3549
7 Líquido Fijador Cansado Lt. 16 13.6505
La entrega de Bases sin costo alguno se efectuará en el Departamento de Conservación y Servicios
Generales sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja, Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis
Potosí de las 9:00 a las 15:00 horas, en días hábiles del 27 de Enero 2016 al 08 de Febrero de 2016.
El Acto de la Junta de Aclaración de las Bases, se efectuará el día 05 de Febrero de 2016 en el
Departamento de Conservación y Servicios Generales a las 10:00 horas sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255,
planta baja, Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis Potosí.
La inscripción se efectuará el día 11 de Febrero de 2016 de 8:00 a 10:00 horas en el Departamento de
Conservación y Servicios Generales sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja, Colonia Moderna en la
Ciudad de San Luis Potosí.
La entrega de documentos y el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas se llevará a cabo en el
Departamento de Conservación y Servicios Generales sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja,
Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis Potosí el día 11 de Febrero de 2016 a las 10:30 horas, dando a
conocer el Fallo de la Licitación ese mismo día y formulándose en ambos casos el Acta que firmarán
los asistentes.
Los participantes deberán garantizar su oferta en moneda nacional por un importe del 10% del valor fijado
a los bienes muebles, mediante cheque certificado o de caja expedido por una Institución Bancaria, a favor del
Instituto Mexicano del Seguro Social.
El señalamiento de que se procederá a la subasta de los bienes que no se logre su venta, siendo postura
legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación y un diez
por ciento menos en segunda almoneda.
El retiro de los bienes muebles adjudicados debe llevarse de acuerdo al programa de retiro anexo en
las bases.
Atentamente
“Seguridad y Solidaridad Social”
San Luis Potosí S.L.P. a 26 de enero de 2016.
Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos
Arq. Alberto E. Castro Sánchez
Rúbrica.
(R.- 425370)
Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)111
Centro Nacional de Control del Gas Natural
TARIFAS DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL PARA EL SISTEMA NACIONAL DE GASODUCTOS
Con fundamento en la disposición 21 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas
natural DIR-GAS-001-2007 y en las Resoluciones RES/550/2013, RES/130/2015, RES/972/2015 y RES/975/2015 emitidas por la Comisión Reguladora de Energía,
se publica la lista de tarifas máximas y el cargo por gas combustible vigentes a partir del 1 de enero de 2016.
Estampillas de transporte
(Pesos por Gigajoule)
Estampillas Servicio Base Firme Servicio Base Firme Temporal Interrumpible Volumétrico
Pesos/GJ Cargo por Capacidad Cargo por Uso Cargo por Capacidad Cargo por Uso Máxima Mínima
Sur 1.11429 0.01585 1.13016 0.01585 1.11919 0.01585 1.21735
Centro 2.12307 0.03021 2.15341 0.03021 2.13240 0.03021 2.32032
Occidente 1.09153 0.01552 1.10705 0.01552 1.09620 0.01552 1.19284
Golfo 1.93399 0.02751 1.96200 0.02751 1.94332 0.02751 2.11373
Norte 3.13616 0.04460 3.18051 0.04460 3.14900 0.04460 3.42562
Istmo 5.15652 0.04341 5.19970 0.04341 5.14951 0.04341 6.11009
Nacional 0.00161 0.00000 0.00161 0.00000 0.00160 0.00000 0.00174
La aplicación de la tarifa volumétrica permanecerá hasta que entre en vigor el Régimen Permanente de los TCGVPM.
Tarifas por punto de inyección y extracción
(Pesos por Gigajoule)
Estampillas Servicio Base Firme Servicio Base Firme Temporal Interrumpible Volumétrico
Pesos/GJ Cargo por Capacidad Cargo por Uso Cargo por Capacidad Cargo por Uso Máxima Mínima
Para el gas inyectado en Zona Sur y extraído en Zona:
Sur 1.1159 0.01585 1.13177 0.01585 1.12079 0.01585 1.21909
Centro 5.17296 0.07357 5.24718 0.07357 5.19651 0.07357 5.65314
Occidente 6.26449 0.08909 6.35423 0.08909 6.29271 0.08909 6.84598
Golfo 3.04989 0.04336 3.09377 0.04336 3.06411 0.04336 3.33282
Norte 6.18605 0.08796 6.27428 0.08796 6.21311 0.08796 6.75844
Istmo 6.27242 0.05926 6.33147 0.05926 6.2703 0.05926 7.32918
Para el gas inyectado en Zona Occidente y extraído en Zona:
Sur N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Centro 3.21621 0.04573 3.26207 0.04573 3.2302 0.04573 3.5149
Occidente 1.09314 0.01552 1.10866 0.01552 1.0978 0.01552 1.19458
Golfo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Norte N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Istmo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
112(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016
Para el gas inyectado en Zona Golfo y extraído en Zona:
Sur 3.04989 0.04336 3.09377 0.04336 3.06411 0.04336 3.33282
Centro 4.05867 0.05772 4.11702 0.05772 4.07732 0.05772 4.43579
Occidente 5.1502 0.07324 5.22407 0.07324 5.17352 0.07324 5.62863
Golfo 1.9356 0.02751 1.96361 0.02751 1.94492 0.02751 2.11547
Norte 5.07176 0.07211 5.14412 0.07211 5.09392 0.07211 5.54109
Istmo 8.20641 0.08677 8.29347 0.08677 8.21362 0.08677 9.44291
Para el gas inyectado en Zona Norte y extraído en Zona:
Sur N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Centro N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Occidente N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Golfo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Norte 3.13777 0.0446 3.18212 0.0446 3.1506 0.0446 3.42736
Istmo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
Pesos / GJ
Estacionamiento en ductos y substracción de gas 4.24415
Por uso en zona urbana Pesos / GJ
Gloria a Dios – Cd. Juárez 0.60732
Monclova 0.01665
1. La periodicidad de todas estas tarifas y/o estampillas es diaria.
2. El Gas Combustible del SNG es de 1.507% para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, excepto para Gloria a Dios – Cd. Juárez cuyo cargo será
de 0.30%.
3. Las tarifas y/o estampillas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado.
4. “N/A” significa “No aplica”
Nota: La presente publicación no significa el consentimiento implícito o explícito del Centro Nacional de Control del Gas Natural respecto de la Resolución
RES/550/2013, por la que la Comisión Reguladora de Energía aprueba la lista de tarifas máximas para el tercer periodo de prestación de servicios, al amparo del
permiso G/061/TRA/1999 otorgado a Pemex Gas y Petroquímica Básica, para el transporte de gas natural del Sistema Nacional de Gasoductos. Asimismo, esta
publicación no significa el desistimiento o renuncia por parte del Centro Nacional de Control del Gas Natural al ejercicio de las acciones legales para combatir la
resolución RES/550/2013 de la que pueden resultar modificaciones a las tarifas correspondientes al Sistema Nacional de Gasoductos.
México, D.F., a 19 de enero de 2016.
El Titular de la Unidad de Transporte y Almacenamiento
Centro Nacional de Control del Gas Natural
Mtro. Juan Enrique González Azuara
Rúbrica.
(R.- 425349)

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26012016 mat

  • 1. Tomo DCCXLVIII No. 17 México, D.F., martes 26 de enero de 2016 CONTENIDO Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Energía Secretaría de Comunicaciones y Transportes Secretaría de Educación Pública Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Instituto Mexicano del Seguro Social Suprema Corte de Justicia de la Nación Consejo de la Judicatura Federal Banco de México Convocatorias para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público Avisos Indice en página 108 $17.00 EJEMPLAR
  • 2. 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Acuerdo 05 /2016 Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016 MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; segundo, cuarto y quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y Quinto, fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público aplicables a las gasolinas que se enajenen en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016, mediante el siguiente ACUERDO Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016. Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII I.- Monto del estímulo: a) Gasolina menor a 92 octanos: $0.000 $0.027 $3.697 $3.697 $3.697 $3.697 $3.697 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $0.000 $0.000 $2.607 $2.607 $2.923 $2.923 $2.923 II.- Cuota disminuida: a) Gasolina menor a 92 octanos: $3.697 $3.670 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $2.923 $2.923 $0.316 $0.316 $0.000 $0.000 $0.000 III.- Precios máximos al público: a) Gasolina menor a 92 octanos: $13.16 $13.13 $8.87 $8.87 $8.87 $8.87 $8.87 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $13.98 $13.98 $10.95 $10.95 $10.59 $10.59 $10.59
  • 3. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a que se refiere el artículo cuarto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016. TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 20 Y HASTA 25 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII I.- Monto del estímulo: a) Gasolina menor a 92 octanos: $0.000 $0.023 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $0.000 $0.000 $2.172 $2.172 $2.436 $2.436 $2.436 II.- Cuota disminuida: a) Gasolina menor a 92 octanos: $3.697 $3.674 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $2.923 $2.923 $0.751 $0.751 $0.487 $0.487 $0.487 III.- Precios máximos al público: a) Gasolina menor a 92 octanos: $13.16 $13.14 $9.59 $9.59 $9.59 $9.59 $9.59 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $13.98 $13.98 $11.46 $11.46 $11.15 $11.15 $11.15 TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 25 Y HASTA 30 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII I.- Monto del estímulo: a) Gasolina menor a 92 octanos: $0.000 $0.018 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $0.000 $0.000 $1.738 $1.738 $1.949 $1.949 $1.949 II.- Cuota disminuida: a) Gasolina menor a 92 octanos: $3.697 $3.679 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $2.923 $2.923 $1.185 $1.185 $0.974 $0.974 $0.974 III.- Precios máximos al público: a) Gasolina menor a 92 octanos: $13.16 $13.14 $10.30 $10.30 $10.30 $10.30 $10.30 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $13.98 $13.98 $11.96 $11.96 $11.72 $11.72 $11.72
  • 4. 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 30 Y HASTA 35 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII I.- Monto del estímulo: a) Gasolina menor a 92 octanos: $0.000 $0.014 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $0.000 $0.000 $1.303 $1.303 $1.462 $1.462 $1.462 II.- Cuota disminuida: a) Gasolina menor a 92 octanos: $3.697 $3.683 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849 $1.849 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $2.923 $2.923 $1.620 $1.620 $1.462 $1.462 $1.462 III.- Precios máximos al público: a) Gasolina menor a 92 octanos: $13.16 $13.15 $11.02 $11.02 $11.02 $11.02 $11.02 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $13.98 $13.98 $12.46 $12.46 $12.28 $12.28 $12.28 TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 35 Y HASTA 40 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII I.- Monto del estímulo: a) Gasolina menor a 92 octanos: $0.000 $0.009 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232 $1.232 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $0.000 $0.000 $0.869 $0.869 $0.974 $0.974 $0.974 II.- Cuota disminuida: a) Gasolina menor a 92 octanos: $3.697 $3.688 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465 $2.465 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $2.923 $2.923 $2.054 $2.054 $1.949 $1.949 $1.949 III.- Precios máximos al público: a) Gasolina menor a 92 octanos: $13.16 $13.15 $11.73 $11.73 $11.73 $11.73 $11.73 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $13.98 $13.98 $12.97 $12.97 $12.85 $12.85 $12.85
  • 5. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5 TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 40 Y HASTA 45 KILÓMETROS AL SUR DE LA LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII I.- Monto del estímulo: a) Gasolina menor a 92 octanos: $0.000 $0.005 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616 $0.616 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $0.000 $0.000 $0.434 $0.434 $0.487 $0.487 $0.487 II.- Cuota disminuida: a) Gasolina menor a 92 octanos: $3.697 $3.692 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081 $3.081 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $2.923 $2.923 $2.489 $2.489 $2.436 $2.436 $2.436 III.- Precios máximos al público: a) Gasolina menor a 92 octanos: $13.16 $13.16 $12.45 $12.45 $12.45 $12.45 $12.45 b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos: $13.98 $13.98 $13.47 $13.47 $13.41 $13.41 $13.41 TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 25 de enero de 2016.- Con fundamento en el artículo Quinto, quinto párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios, Eduardo Camero Godínez.- Rúbrica.
  • 6. 6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 OFICIO mediante el cual se modifica la base II del artículo tercero de la autorización otorgada a Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva, por aumento de su capital social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- 366-073/12.- 731.1/33079. AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE SEGUROS.- Se modifica la otorgada a esa institución por aumento de su capital social. SEGUROS MULTIVA, S.A., GRUPO FINANCIERO MULTIVA. Blvd. Manuel Ávila Camacho No. 170, Pisos 6 y 7. Col. Reforma Social, C.P. 11650 Ciudad. En virtud de que mediante oficio 366-II-673/12 del 15 de junio de 2012, se les aprobó la reforma acordada al artículo seis de sus estatutos sociales, con el fin de incrementar su capital social de $385’500,000.00 a $412’500,000.00, lo que se contiene en el testimonio de la escritura No. 55,128 otorgada el 9 de mayo de 2012, ante la fe del Lic. Erik Namur Campesino, Notario Público No. 94, con ejercicio en el Distrito Federal, esta Secretaría con fundamento en los artículos 31, fracciones VIII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 32, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha resuelto dictar el siguiente: ACUERDO Se modifica la base II del artículo TERCERO de la autorización otorgada mediante oficio 366-IV-4100 del 11 de diciembre de 1995, modificada con los diversos 366-IV-5260 del 4 de octubre de 1996, 366-IV-4360 y 366-IV-6014 del 10 de julio y 6 de octubre de 1997, respectivamente, 366-IV-159 del 11 de mayo de 1999, 366-IV-1755 del 3 de abril de 2002, 366-IV-2653/06 del 29 de noviembre de 2006, 366-079/08 del 23 de abril de 2008, 366-173/08 del 26 de septiembre de 2008, 366-174/08 del 29 de septiembre de 2008, 366-025/10 del 2 de marzo de 2010, 366-121/10 del 2 de agosto de 2010, 366-214/10 del 20 de diciembre de 2010, 366-215/10 del 21 de diciembre de 2010, 366-114/11 del 15 de septiembre de 2011, 366-002/12 del 6 de enero de 2012 y 366-072/12 del 15 de junio de 2012, a Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva, para que funcione como institución de seguros, a fin de practicar operaciones de seguros de vida, accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles, crédito exclusivamente en reaseguro, diversos, así como terremoto y otros riesgos catastróficos, para quedar en la forma siguiente: “ARTÍCULO TERCERO.- .............................................................................................................................. II.- El capital social será de cuatrocientos doce millones quinientos mil pesos Moneda Nacional. ......................................................................................................................................................................” Atentamente, México, D.F., 22 de junio de 2012.- El Titular de la Unidad, Darío Luna Plá.- Rúbrica. (R.- 424833)
  • 7. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL ACUERDO por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Desarrollo Social para el año 2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. JOSÉ ANTONIO MEADE KURIBREÑA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el numeral 76 del artículo tercero del “Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera”, se considerarán como días inhábiles, entre otros, aquéllos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquéllos en que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento público mediante Acuerdo del Titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación; Que para efectos de la recepción, procesamiento y trámite de las solicitudes de acceso a la información gubernamental que formulen los particulares, se consideran inhábiles, los días que anualmente determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a través de la publicación correspondiente en el Diario Oficial de la Federación; Que al ser el desarrollo social una prioridad para el Gobierno de la República, los programas sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social deben operar permanentemente, en virtud del beneficio que otorgan a la población que los requiere, y Que existen fechas de descanso que han sido otorgadas a los trabajadores de la Secretaría de Desarrollo Social, en forma reiterada durante años anteriores, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Desarrollo Social suspenderán labores los días de 2016 que a continuación se indican, considerándose como inhábiles para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en esta Dependencia, por lo que en esos días no correrán términos: 1o. de enero El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (1 de febrero) El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (21 de marzo) 24 y 25 de marzo 1o. de mayo 5 de mayo 16 de septiembre 2 de noviembre El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (21 de noviembre) 25 de diciembre En ningún caso, se verán afectados los programas a cargo de esta Secretaría, por lo que seguirán funcionando normalmente en términos de las Reglas de Operación correspondientes. SEGUNDO.- La atención al público para el trámite de solicitudes de acceso a la información se sujetará al calendario de suspensión de labores que en su oportunidad determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. TERCERO.- Los días correspondientes al segundo periodo vacacional de 2016, se darán a conocer, mediante Acuerdo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, una vez que la Secretaría de Educación Pública determine el calendario escolar para el ciclo lectivo 2016-2017. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en México, Distrito Federal, a los 14 días del mes de enero de 2016.- El Secretario de Desarrollo Social, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.
  • 8. 8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ACUERDO por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 54,980.3000 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de protección. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6, fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 54,980.3000 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, la cual se identifica en los planos de levantamiento topográfico con claves PNBLISLOTE/001/01/12, Islote 1 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12, Islote 2 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12, Islote 3 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12, Islote 4 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, PNBLISLOTE/001/12, Islote 5 hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000; sin clave Islotes Las Galeras, hoja 1 de 1, de fecha diciembre de 2011, escala 1:2,000, basados en un sistema de coordenadas UTM, proyectadas a WGS84, y que obran en el expediente 1604/BCS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo. Que el C. Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, mediante solicitud recibida con fecha 24 de septiembre de 2012, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección. Que mediante oficio No. DAHOP/VII/030/13 de fecha 27 de mayo de 2013, la Dirección de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y Ecología del Ayuntamiento de Loreto, Estado de Baja California Sur, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-162/13 de fecha 5 de febrero de 2013, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-911/13 de fecha 29 de julio del 2013, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, por lo que determinó que la solicitud realizada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente. Que en virtud de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, conforme al artículo 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ARTÍCULO PRIMERO.- Se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 54,980.3000 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de protección, cuya descripción técnico-topográfica es la siguiente:
  • 9. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 1 V COORDENADAS Y X PM1 2880633.9470 482132.2653 PM2 2880631.2490 482122.9471 PM3 2880631.1270 482120.1270 PM4 2880632.2300 482117.4296 PM5 2880634.1920 482109.9505 PM6 2880634.3110 482104.7371 PM7 2880632.8200 482099.4145 PM8 2880636.2960 482085.2004 PM9 2880639.7520 482080.3046 PM10 2880640.9040 482076.9105 PM11 2880644.4130 482074.1376 PM12 2880644.2840 482070.1831 PM13 2880642.3560 482067.4893 PM14 2880644.3430 482064.6879 PM15 2880652.5720 482066.1490 PM16 2880659.3990 482070.0670 PM17 2880659.2220 482074.7580 PM18 2880667.3830 482072.5030 PM19 2880675.3250 482076.6040 PM20 2880679.6920 482076.3400 PM21 2880694.0610 482083.3480 PM22 2880707.5070 482082.7100 PM23 2880710.2640 482084.5460 PM24 2880708.9200 482089.2210 PM25 2880717.1580 482104.1220 PM26 2880715.7100 482106.3360 PM27 2880709.4020 482109.1550 PM28 2880707.4490 482114.2840 PM29 2880700.3090 482117.0050 PM30 2880701.1850 482128.2030 PM31 2880695.6150 482133.8910 PM32 2880690.3580 482131.9290 PM33 2880681.3770 482132.6440 PM34 2880673.8040 482139.4230 PM35 2880669.4550 482145.8000 PM36 2880659.1650 482147.4300 PM37 2880647.8510 482151.0460 PM38 2880641.0530 482162.3170 PM39 2880636.0380 482173.0140 PM40 2880634.9510 482173.7520 PM41 2880630.8050 482174.5280 PM42 2880627.5680 482178.6980 PM43 2880622.6390 482175.6430 V COORDENADAS Y X PM44 2880621.7270 482171.8380 PM45 2880618.6170 482171.3880 PM46 2880616.7030 482172.4550 PM47 2880614.8290 482171.1240 PM48 2880612.8080 482173.5170 PM49 2880610.2240 482173.1680 PM50 2880612.3890 482169.0050 PM51 2880614.8920 482167.8030 PM52 2880619.4550 482161.5960 PM53 2880624.1840 482159.3840 PM54 2880628.7970 482149.1854 PM55 2880631.0830 482140.2193 PM1 2880633.9470 482132.2653 PM1 2880653.3885 482128.3306 ZF1 2880656.0359 482127.6763 ZF2 2880657.9249 482127.3771 ZF3 2880660.0945 482124.8716 ZF4 2880668.0377 482117.7423 ZF5 2880673.7233 482114.1664 ZF6 2880679.7898 482112.7071 ZF7 2880681.1860 482112.5959 ZF8 2880681.8314 482109.3513 ZF9 2880683.5646 482106.3589 ZF10 2880686.1669 482102.8629 ZF11 2880687.4477 482102.0070 ZF12 2880686.4073 482101.8256 ZF13 2880685.2938 482101.3240 ZF14 2880675.5317 482096.5629 ZF15 2880675.3250 482096.6040 ZF16 2880667.6713 482095.0816 ZF17 2880666.1488 482094.3747 ZF18 2880665.1633 482093.8658 ZF19 2880659.2220 482094.7580 ZF20 2880654.7651 482093.8715 ZF21 2880653.4936 482099.0700 ZF22 2880654.3087 482104.9662 ZF23 2880654.1865 482110.4087 ZF24 2880653.5374 482115.0247 ZF25 2880651.7498 482121.8400 ZF26 2880653.3885 482128.3306 ZF1 2880633.9470 482132.2653 Superficie: 4,704.930 m2
  • 10. 10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 2 V COORDENADAS Y X PM1 2847317.4276 477186.1259 PM2 2847331.5553 477171.1439 PM3 2847355.9984 477160.7129 PM4 2847362.0716 477155.8641 PM5 2847390.6332 477141.5459 ZF5 2847399.5962 477159.4250 V COORDENADAS Y X ZF4 2847372.9104 477172.8029 ZF3 2847363.6521 477179.1905 ZF2 2847342.8785 477187.8592 ZF1 2847333.2474 477198.3625 PM1 2847317.4276 477186.1259 Superficie: 1,639.040 m2 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 3 V COORDENADAS Y X PM1 2845822.0457 477452.9022 PM2 2845835.5980 477425.3943 PM3 2845849.2644 477396.9498 PM4 2845865.8034 477385.4851 PM5 2845876.2573 477386.5472 PM6 2845903.0972 477401.7544 PM7 2845939.3769 477429.8483 PM8 2845957.4004 477442.7021 PM9 2845975.8213 477449.4717 ZF9 2845968.9226 477468.2442 V COORDENADAS Y X ZF8 2845949.7467 477461.1797 ZF7 2845927.7642 477446.1316 ZF6 2845907.8658 477431.0759 ZF5 2845891.8262 477418.3446 ZF4 2845870.7657 477406.3805 ZF3 2845865.0026 477410.3755 ZF2 2845853.5388 477434.2332 ZF1 2845839.9865 477461.7411 PM1 2845822.0457 477452.9022 Superficie: 3,923.170 m2 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 4 V COORDENADAS Y X PM1 2849977.6930 471829.9365 PM2 2849969.8123 471821.3150 PM3 2849959.8148 471802.6185 PM4 2849954.3587 471791.9950 PM5 2849952.8783 471787.0338 PM6 2849950.7248 471784.2654 PM7 2849950.5473 471782.4271 PM8 2849958.3102 471783.4767 PM9 2849981.4967 471780.8518 PM10 2849994.8308 471771.7650 PM11 2850001.5170 471758.1133 PM12 2850012.2049 471755.4215 V COORDENADAS Y X ZF10 2850019.8585 471773.8991 ZF9 2850015.3979 471775.2419 ZF8 2850012.7923 471780.5619 ZF7 2850008.9730 471785.9072 ZF6 2850006.0936 471788.2923 ZF5 2849992.7595 471797.3791 ZF4 2849989.1504 471799.3294 ZF3 2849981.6113 471800.9666 ZF2 2849986.2665 471809.6724 ZF1 2849992.4551 471816.4428 PM1 2849977.6930 471829.9365 Superficie: 1,950.490 m2
  • 11. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote 5 V COORDENADAS Y X PM1 2887310.9776 469371.7195 PM2 2887312.2045 469369.0069 PM3 2887314.8178 469365.6301 PM4 2887316.0382 469364.4146 PM5 2887321.0020 469364.8464 PM6 2887333.9709 469366.4739 PM7 2887340.7627 469366.8338 PM8 2887351.9203 469367.9092 PM9 2887361.2964 469369.0574 PM10 2887370.7517 469369.8403 PM11 2887382.4087 469370.4858 PM12 2887394.0346 469369.5408 PM13 2887407.4179 469375.3125 PM14 2887421.6659 469376.5891 PM15 2887426.2200 469376.1503 PM16 2887444.5478 469383.8700 PM17 2887457.8500 469387.6163 PM18 2887463.3566 469391.3311 PM19 2887468.3099 469397.2596 PM20 2887473.4328 469405.5097 PM21 2887478.6210 469416.5308 PM22 2887476.8748 469418.3607 PM23 2887476.9996 469421.5736 PM24 2887481.5520 469425.6496 PM25 2887486.0118 469436.5593 PM26 2887486.4229 469440.8721 PM27 2887489.6858 469457.9977 PM28 2887491.7169 469465.5866 PM29 2887492.2357 469467.5253 PM30 2887492.7894 469469.5940 PM31 2887488.0376 469487.8945 PM32 2887488.1960 469493.9369 PM33 2887488.2687 469496.7108 PM34 2887484.4862 469508.9359 PM35 2887480.7046 469520.9834 PM36 2887476.7720 469537.6931 PM37 2887473.8162 469539.1474 PM38 2887471.8739 469548.5845 PM39 2887460.4692 469567.1987 PM40 2887458.2583 469573.2985 PM41 2887450.6843 469584.3969 PM42 2887445.8620 469592.1148 PM43 2887439.9371 469597.3334 PM44 2887429.7470 469612.6029 PM45 2887428.0968 469615.9700 PM46 2887420.2777 469625.6581 V COORDENADAS Y X PM47 2887411.1624 469632.8664 PM48 2887398.0810 469637.6670 PM49 2887382.1158 469642.7398 PM50 2887376.3320 469643.4266 PM51 2887361.4821 469643.5544 PM52 2887348.1722 469637.1052 PM53 2887336.6340 469631.0399 PM54 2887330.6970 469626.5025 PM55 2887329.3335 469617.9888 PM56 2887331.4757 469611.7075 PM57 2887340.1747 469600.9823 PM58 2887347.3361 469591.4376 PM59 2887351.9969 469583.8048 PM60 2887360.1335 469575.3179 PM61 2887361.7542 469571.3863 PM62 2887370.7839 469563.6754 PM63 2887373.0268 469555.1516 PM64 2887377.7630 469545.2909 PM65 2887380.3103 469537.9100 PM66 2887380.7497 469530.2643 PM67 2887381.3400 469521.1999 PM68 2887381.3814 469511.8250 PM69 2887379.9199 469499.8862 PM70 2887379.6473 469497.6600 PM71 2887378.5902 469488.6279 PM72 2887375.9643 469478.3061 PM73 2887373.4647 469471.3912 PM74 2887369.0186 469453.2476 PM75 2887362.4322 469435.5975 PM76 2887359.8905 469424.0882 PM77 2887359.8222 469411.2145 PM78 2887353.7190 469398.5861 PM79 2887337.1701 469384.4020 PM80 2887322.2381 469379.0336 PM81 2887318.3408 469376.9920 PM82 2887312.8123 469373.5945 PM1 2887310.9776 469371.7195 ZF1 2887371.7470 469389.9261 ZF72 2887378.2998 469403.5608 ZF71 2887379.8219 469411.1085 ZF70 2887379.8789 469421.8537 ZF69 2887381.6596 469429.9172 ZF68 2887388.4439 469448.4874 ZF67 2887392.6362 469465.5952 ZF66 2887395.3469 469473.3750 ZF65 2887398.4546 469486.3030
  • 12. 12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 V COORDENADAS Y X ZF64 2887399.5056 469495.2824 ZF63 2887401.3812 469511.9134 ZF62 2887401.2068 469521.9494 ZF61 2887400.7124 469531.4880 ZF60 2887400.2773 469539.0576 ZF59 2887399.2161 469544.4346 ZF58 2887395.7913 469553.9501 ZF57 2887391.8822 469562.0886 ZF56 2887390.1255 469568.7648 ZF55 2887389.2615 469571.3291 ZF54 2887384.9260 469577.8175 ZF53 2887378.2209 469583.5690 ZF52 2887374.5704 469589.1589 ZF51 2887367.9355 469596.0796 ZF50 2887363.7859 469602.6478 ZF49 2887355.8214 469613.3899 ZF48 2887352.9268 469617.0095 ZF47 2887357.1882 469619.2496 ZF46 2887365.9907 469623.5148 ZF45 2887375.0630 469623.4368 ZF44 2887377.8704 469623.1034 ZF43 2887391.6045 469618.7395 ZF42 2887401.2674 469615.1935 ZF41 2887406.1184 469611.3573 ZF40 2887412.1628 469603.2767 ZF39 2887413.1113 469601.5010 ZF38 2887423.3014 469586.2315 ZF37 2887426.7178 469582.3251 ZF36 2887430.4494 469579.0384 ZF35 2887433.9604 469573.5005 ZF34 2887440.3155 469564.1099 ZF33 2887441.8970 469560.0207 ZF32 2887443.4155 469556.7501 ZF31 2887452.9906 469541.1223 ZF30 2887454.2268 469535.1156 V COORDENADAS Y X ZF29 2887455.3386 469531.4937 ZF28 2887458.9602 469526.0736 ZF27 2887461.5611 469515.3950 ZF26 2887465.3919 469502.9853 ZF25 2887468.1893 469493.9441 ZF24 2887468.0914 469488.1651 ZF23 2887468.6795 469482.8681 ZF22 2887472.1061 469469.6712 ZF21 2887470.0392 469461.7410 ZF20 2887466.7763 469444.6154 ZF19 2887466.3821 469441.3953 ZF18 2887464.7812 469437.4790 ZF17 2887462.8575 469435.7158 ZF16 2887458.4601 469429.3109 ZF15 2887457.0147 469422.3498 ZF14 2887456.8748 469418.3607 ZF13 2887457.0240 469417.6105 ZF12 2887455.8309 469415.0761 ZF11 2887452.0606 469409.0042 ZF10 2887449.3319 469405.9954 ZF9 2887439.1261 469403.1211 ZF8 2887436.8941 469402.3476 ZF7 2887423.0623 469396.5220 ZF6 2887419.8810 469396.5093 ZF5 2887405.6331 469395.2327 ZF4 2887399.4979 469393.6775 ZF3 2887390.6893 469389.8787 ZF2 2887382.4087 469390.4858 ZF1 2887371.7470 469389.9261 PM1 2887310.9776 469371.7195 Superficie: 14,400.610 m2 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote Galera 1 V COORDENADAS Y X PM1 2847213.0940 495000.6240 PM2 2847211.6030 495007.4830 PM3 2847214.2580 495009.8460 PM4 2847213.4850 495014.9640 PM5 2847208.7620 495017.4020 PM6 2847204.0570 495025.9300 PM7 2847201.5080 495035.0420 V COORDENADAS Y X PM8 2847201.4230 495041.5990 PM9 2847196.0290 495055.9510 PM10 2847196.4050 495067.1120 PM11 2847197.9930 495088.5610 PM12 2847194.3500 495090.8440 PM13 2847190.2410 495101.8410 PM14 2847185.8500 495106.8070
  • 13. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13 V COORDENADAS Y X PM15 2847176.7230 495108.6830 PM16 2847167.3960 495111.0410 PM17 2847157.2768 495115.4609 PM18 2847139.4654 495121.7332 PM19 2847123.3090 495133.9024 PM20 2847104.3056 495141.9185 PM21 2847069.2586 495137.3324 PM22 2847050.7324 495133.1867 PM23 2847034.6383 495118.4786 PM24 2847014.2502 495109.0844 PM25 2847000.8277 495094.2065 PM26 2847011.2996 495075.0124 PM27 2847025.5826 495065.7885 PM28 2847047.2352 495045.7788 PM29 2847064.9827 495024.4504 PM30 2847082.7270 495014.1560 PM31 2847103.4000 494999.7320 PM32 2847113.1530 494994.6330 PM33 2847127.2290 494990.6040 PM34 2847133.8460 494986.9520 PM35 2847141.4600 494988.2550 PM36 2847154.4120 494983.1840 PM37 2847173.7600 494981.4450 PM38 2847193.8460 494986.0540 PM39 2847201.4300 494992.6370 PM1 2847213.0940 495000.6240 ZF1 2847190.3833 495009.3122 ZF34 2847184.5064 495004.4307 ZF33 2847172.3848 495001.6492 ZF32 2847159.0455 495002.8482 ZF31 2847148.7515 495006.8785 ZF30 2847141.4600 495008.2550 ZF29 2847137.3771 495007.8470 V COORDENADAS Y X ZF28 2847132.7326 495009.8318 ZF27 2847120.6145 495013.3004 ZF26 2847113.7974 495016.8645 ZF25 2847093.3344 495031.0163 ZF24 2847078.0874 495039.9697 ZF23 2847062.6090 495058.5713 ZF22 2847038.6357 495080.8103 ZF21 2847025.1758 495091.3376 ZF20 2847045.3537 495101.9487 ZF19 2847060.2949 495114.8319 ZF18 2847072.7469 495117.6184 ZF17 2847101.5263 495121.3843 ZF16 2847113.2542 495116.4372 ZF15 2847127.4325 495105.7579 ZF14 2847131.8117 495103.2556 ZF13 2847149.9427 495096.8398 ZF12 2847159.3906 495092.7131 ZF11 2847173.7336 495088.8794 ZF10 2847175.6151 495083.8438 ZF9 2847177.3742 495080.9427 ZF8 2847176.4596 495068.5887 ZF7 2847176.0988 495056.3021 ZF6 2847177.3076 495048.9148 ZF5 2847181.4701 495037.8395 ZF4 2847181.5097 495034.7827 ZF3 2847182.2474 495029.6540 ZF2 2847185.5794 495018.2763 ZF1 2847190.3833 495009.3122 PM1 2847213.0940 495000.6240 Superficie: 10,300.220 m2 Cuadro de construcción de zona federal marítimo terrestre Islote Galera 2 V COORDENADAS Y X PM1 2846804.7900 495589.7040 PM2 2846816.3360 495576.2320 PM3 2846829.2240 495561.0870 PM4 2846842.7030 495561.3220 PM5 2846863.3850 495552.7310 PM6 2846878.2960 495546.7710 PM7 2846898.8340 495544.6730 PM8 2846916.4020 495544.8520 PM9 2846930.0580 495546.3270 PM10 2846946.3420 495541.9270 V COORDENADAS Y X PM11 2846962.0620 495550.0520 PM12 2846979.2460 495554.3970 PM13 2846995.8330 495555.6450 PM14 2847010.8530 495552.5910 PM15 2847030.6540 495541.0190 PM16 2847049.7590 495539.6510 PM17 2847065.6610 495532.0510 PM18 2847090.1450 495539.1030 PM19 2847111.9840 495539.0110 PM20 2847133.2130 495536.1400
  • 14. 14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 V COORDENADAS Y X PM21 2847154.8680 495535.8820 PM22 2847168.9490 495540.0950 PM23 2847182.2420 495548.4000 PM24 2847193.5640 495556.3160 PM25 2847218.3360 495552.1130 PM26 2847229.4590 495556.2990 PM27 2847231.2363 495562.8197 PM28 2847228.7510 495569.9540 PM29 2847224.5180 495573.1550 PM30 2847220.1410 495579.1230 PM31 2847213.8880 495583.5870 PM32 2847207.5480 495591.0320 PM33 2847207.0330 495596.3950 PM34 2847199.3370 495601.8450 PM35 2847191.3310 495605.7580 PM36 2847181.0970 495607.0070 PM37 2847175.6290 495611.6590 PM38 2847164.9420 495614.2670 PM39 2847158.6420 495619.4630 PM40 2847158.3690 495631.4350 PM41 2847152.0640 495624.6480 PM42 2847143.4870 495625.4680 PM43 2847142.7320 495621.9140 PM44 2847134.0470 495620.3910 PM45 2847141.5000 495614.8120 PM46 2847137.1890 495608.8880 PM47 2847133.8110 495602.9400 PM48 2847125.5920 495606.5860 PM49 2847116.5670 495611.6390 PM50 2847112.7560 495618.7460 PM51 2847102.5480 495622.0010 PM52 2847090.6340 495623.8260 PM53 2847084.0910 495625.3920 PM54 2847078.8510 495624.7400 PM55 2847076.0440 495616.9270 PM56 2847065.1070 495622.7390 PM57 2847057.9750 495626.3630 PM58 2847048.5530 495625.1940 PM59 2847049.7230 495617.9010 PM60 2847042.3840 495606.6230 PM61 2847030.2390 495599.2780 PM62 2847016.0780 495600.4490 PM63 2847001.6380 495604.4800 PM64 2846993.5190 495614.0460 PM65 2846984.8730 495619.6730 PM66 2846981.8790 495624.9080 PM67 2846983.8860 495629.0290 V COORDENADAS Y X PM68 2846977.7780 495630.5120 PM69 2846967.7480 495628.4970 PM70 2846953.9940 495628.5760 PM71 2846940.9170 495629.5900 PM72 2846927.8170 495631.4380 PM73 2846917.2250 495634.9130 PM74 2846910.8690 495631.8670 PM75 2846899.7270 495633.2830 PM76 2846886.0420 495628.3340 PM77 2846870.1460 495624.2460 PM78 2846860.5250 495621.4350 PM79 2846848.9810 495616.9840 PM80 2846837.5880 495610.8850 PM81 2846832.6290 495613.5120 PM82 2846824.8810 495610.7180 PM83 2846822.8460 495605.4050 PM84 2846811.5430 495599.0940 PM85 2846802.4400 495599.9520 PM1 2846804.7900 495589.7040 ZF1 2846832.6180 495587.9591 ZF75 2846836.7174 495591.0582 ZF74 2846845.2417 495592.4074 ZF73 2846857.3299 495598.7679 ZF72 2846866.9383 495602.4726 ZF71 2846875.4426 495604.9573 ZF70 2846891.0233 495608.9643 ZF69 2846901.9916 495612.8343 ZF68 2846910.8690 495611.8670 ZF67 2846918.5227 495613.3894 ZF66 2846925.0233 495611.6341 ZF65 2846938.1233 495609.7861 ZF64 2846952.4478 495608.6359 ZF63 2846967.7480 495608.4970 ZF62 2846968.4139 495608.6127 ZF61 2846970.7309 495605.5309 ZF60 2846980.1611 495598.8769 ZF59 2846986.3897 495591.5382 ZF58 2846993.9843 495586.0024 ZF57 2847012.9309 495580.8800 ZF56 2847030.2390 495579.2780 ZF55 2847037.8927 495580.8004 ZF54 2847052.7340 495589.5093 ZF53 2847056.5261 495592.4809 ZF52 2847062.7945 495601.3193 ZF51 2847068.3903 495598.4494 ZF50 2847076.0440 495596.9270 ZF49 2847083.6977 495598.4494
  • 15. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15 V COORDENADAS Y X ZF48 2847090.1861 495602.7849 ZF47 2847090.7174 495603.5799 ZF46 2847098.9690 495602.1501 ZF45 2847102.4249 495597.4969 ZF44 2847106.7964 495594.1881 ZF43 2847117.4820 495588.3041 ZF42 2847126.1573 495584.4624 ZF41 2847133.8110 495582.9400 ZF40 2847141.4647 495584.4624 ZF39 2847147.9531 495588.7979 ZF38 2847151.2021 495593.0632 ZF37 2847153.9051 495597.8228 ZF36 2847157.2883 495595.7894 ZF35 2847166.2808 495593.3534 ZF34 2847173.4433 495588.5294 ZF33 2847178.6741 495587.1543 ZF32 2847185.5700 495586.3127 ZF31 2847188.7232 495584.7715 ZF30 2847189.0704 495583.3783 ZF29 2847193.5640 495576.3160 ZF28 2847185.9103 495574.7936 ZF27 2847182.1039 495572.7070 ZF26 2847171.2060 495565.0876 ZF25 2847160.6360 495558.4838 ZF24 2847152.0568 495555.9169 ZF23 2847134.6778 495556.1240 ZF22 2847112.0683 495559.0108 V COORDENADAS Y X ZF21 2847090.1873 495559.1030 ZF20 2847084.6095 495558.3217 ZF19 2847067.4284 495553.3731 ZF18 2847058.3832 495557.6960 ZF17 2847051.1874 495559.5999 ZF16 2847036.7260 495560.6354 ZF15 2847018.5067 495571.0686 ZF14 2846999.8180 495575.2440 ZF13 2846995.8330 495575.6450 ZF12 2846977.7454 495574.3406 ZF11 2846957.1593 495569.4418 ZF10 2846944.0598 495563.2609 ZF9 2846930.0580 495566.3270 ZF8 2846915.2235 495564.8410 ZF7 2846899.7512 495564.6834 ZF6 2846883.1166 495566.3826 ZF5 2846870.9330 495571.2525 ZF4 2846850.3567 495579.7996 ZF3 2846842.7030 495581.3220 ZF2 2846838.3283 495581.2488 ZF1 2846832.6180 495587.9591 PM1 2846804.7900 495589.7040 Superficie: 18,061.840 m2 SUPERFICIE TOTAL: 54,980.3000 m² ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo únicamente confiere a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado en el artículo primero del presente instrumento, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario. ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de las poligonales que integran la superficie destinada podrán ser modificadas. ARTÍCULO CUARTO.- En caso de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, diera a la superficie de zona federal marítimo terrestre que se destina, un aprovechamiento distinto al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última. ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil quince.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
  • 16. 16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE ENERGIA ACUERDO de carácter general por el que se determina el concepto de demanda y los requisitos para la agregación de Centros de Carga para ser considerados como Usuarios Calificados. ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL POR EL QUE SE DETERMINA EL CONCEPTO DE DEMANDA Y LOS REQUISITOS PARA LA AGREGACIÓN DE CENTROS DE CARGA PARA SER CONSIDERADOS COMO USUARIOS CALIFICADOS La Secretaría de Energía, por conducto de la Dirección General de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y Vinculación Social, con fundamento en los artículos 33 fracción XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 11, fracción XXV, 59, 60 y Décimo Quinto Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica; 1, 2 Apartado A, fracción IV, 8 fracciones I y XIII, 13 fracciones I y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y CONSIDERANDO Que con fecha 11 de agosto de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Industria Eléctrica, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación. Que el artículo 59 de la Ley de la Industria Eléctrica establece que la calidad de Usuario Calificado se adquiere mediante la inscripción en el registro correspondiente a cargo de la Comisión Reguladora de Energía, cuando los solicitantes del registro cumplan con los niveles requeridos de consumo o demanda fijados por la Secretaría de Energía. Que el artículo Décimo Quinto Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica establece que podrán incluirse en el registro de Usuarios Calificados los Centros de Carga que reporten una demanda igual o mayor a 3 megawatts, durante el primer año de vigencia de dicha Ley, para reducirse a 2 megawatts durante el segundo año de vigencia y a 1 megawatt al final del segundo año de vigencia de la Ley. Que la Ley de la Industria Eléctrica no establece una definición de Demanda para poder incluirse en el registro de Usuarios Calificados. Que el artículo 11, fracción XLIII de la Ley de la Industria Eléctrica faculta a la Secretaría de Energía a interpretar para efectos administrativos dicha Ley en el ámbito de sus facultades. Que el artículo 60 de la Ley de la Industria Eléctrica señala que la Secretaría de Energía establecerá los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico podrán agregar sus Centros de Carga a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda fijados para ser considerado como Usuario Calificado. Que el artículo 13, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía faculta a la Dirección General de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y Vinculación Social para determinar y ajustar periódicamente a la baja los niveles de consumo o demanda que permitan a los Usuarios Finales incluirse en el registro de Usuarios Calificados previsto en el artículo 59 de la Ley de la Industria Eléctrica, así como establecer los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico podrán agregar sus Centros de Carga, a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda para incluirse en el registro referido. Que con el propósito de establecer los parámetros de demanda y los términos para la agregación de los Centros de Carga a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda fijados para ser considerado como Usuario Calificado se expide el siguiente: ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL POR EL QUE SE DETERMINA EL CONCEPTO DE DEMANDA Y LOS REQUISITOS PARA LA AGREGACIÓN DE CENTROS DE CARGA Y PODER SER CONSIDERADOS COMO USUARIOS CALIFICADOS Artículo Primero.- Para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 59 y en el Décimo Quinto Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica, para que los Centros de Carga a incluirse en el registro de Usuarios Calificados acrediten el cumplimiento de los niveles requeridos de consumo o demanda fijados por la Secretaría, se entenderá por Demanda: 1. La demanda máxima registrada, medida en kilowatts, dentro de los doce meses anteriores a la solicitud, para Centros de Carga que, a la fecha de solicitar la inscripción en el registro de Usuarios Calificados, cuenten con un contrato de Suministro Básico y reciban el suministro de energía eléctrica o que han contado con un contrato de Suministro Básico y han recibido el suministro de energía eléctrica dentro de los doce meses anteriores. A efectos de determinar la demanda máxima, se tomará el intervalo de tiempo que la Comisión Reguladora de Energía defina para propósitos de las tarifas finales del Suministro de Servicio Básico o, en su defecto, dicho intervalo será de 15 minutos.
  • 17. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17 2. Para Centros de Carga que a la fecha de solicitar la inscripción en el registro de Usuarios Calificados, no hayan contado con un contrato de Suministro dentro de los doce meses anteriores a la solicitud y que requieran del suministro, aquella que sea fijada inicialmente por el solicitante del registro ante la Comisión Reguladora de Energía, en cuyo caso el valor no será menor al 60% (sesenta por ciento) ni mayor al 100% (cien por ciento) de la carga instalada. La carga instalada será aquella que figure en el Dictamen de Verificación firmado y emitido por una Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas aprobada por la Secretaría de Energía para evaluar la conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 o la que la sustituya, o la carga que se demuestre a través de los medios que la Comisión Reguladora de Energía determine a partir de sus atribuciones y facultades. Este valor de Demanda también se utilizará para la agregación de la demanda a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda fijados para ser considerado como Usuario Calificado. Artículo Segundo.- Con el fin de atender lo señalado en el artículo 60 de la Ley de la Industria Eléctrica, los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico podrán agregar sus Centros de Carga a fin de alcanzar los niveles de consumo o demanda establecidos serán: 1. Los Centros de Carga a incluirse en el registro de Usuarios Calificados deberán cumplir con las siguientes condiciones: 1.1. Que cada Centro de Carga a ser agregado pertenezca a una persona moral o a un conjunto de personas morales organizadas bajo esquemas de participación directa o indirecta de capital social, siempre que en ese grupo todas las personas morales califiquen como empresas que producen y/o comercializan bienes o brindan servicios, en las que una misma sociedad mantiene el control de dichas personas morales. Se considerará que existe control, si una persona moral tiene directa o indirectamente la propiedad de la mayoría de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación con derecho a voto de la(s) empresa(s) controlada(s). 1.2. Para Usuarios Finales del Gobierno Federal, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, los municipios, o sus Dependencias o Entidades, se podrán agregar los siguientes Centros de Carga: 1.2.1. Aquéllos cuya facturación sea realizada a cargo de la misma dependencia o entidad; 1.2.2. Aquellos que formen parte de la estructura orgánica de la misma dependencia o entidad, y 1.2.3. Aquellos otros que dependan patrimonialmente de la misma dependencia o entidad. 1.3. Que cada Centro de Carga a ser agregado esté incluido en un contrato de Suministro Básico en media o alta tensión, o bien en un contrato de conexión en media o alta tensión o que requiera el suministro en estos niveles de tensión. 1.4. Que cada Centro de Carga a ser agregado registre cuando menos una demanda de 25 kilowatts. 1.5. Que cada Centro de Carga a ser agregado cuente con las características de medición previstas en las Reglas del Mercado. 2.- Todos los Centros de Carga que se agreguen para alcanzar los niveles de demanda, deberán incluirse en el Registro de Usuarios Calificados. Artículo Tercero.- Las Cámaras Empresariales y Comerciales, así como cualquier interesado, podrán presentar a la Secretaría de Energía propuestas para modificar los términos iniciales del presente Acuerdo, con el objeto de que los Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico puedan agregar sus Centros de Carga. Las Cámaras Empresariales y Comerciales también podrán consultar a la Secretaría de Energía para identificar y agregar, en su caso, Centros de Carga de Usuarios Finales que pertenecen a un mismo grupo de interés económico y que cumplen con las condiciones del presente Acuerdo. Lo anterior, con el objeto de alcanzar los niveles de consumo o demanda que les permita incluirse en el Registro de Usuarios Calificados. TRANSITORIOS Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- En un plazo no mayor a 12 meses a partir de la publicación de este Acuerdo, la Secretaría de Energía emitirá los términos bajo los cuales los Usuarios Finales que pertenezcan a un grupo de interés económico podrán agregar sus Centros de Carga cuando estén incluidos en un contrato de Suministro Básico en baja tensión, o bien requieran el suministro en este nivel de tensión. México, D.F., a 8 de enero de 2016.- El Director General de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y Vinculación Social, Edmundo Gil Borja.- Rúbrica. (R.- 425537)
  • 18. 18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE SALUD CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución del Programa Seguro Médico Siglo XXI, por concepto de apoyo económico a los servicios estatales de salud por incremento en la demanda de servicios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco. CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA SEGURO MÉDICO SIGLO XXI QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR EL C. COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, DR. GABRIEL JAIME O´SHEA CUEVAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO, M. EN C. ANTONIO CHEMOR RUIZ, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL C. SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, LIC. AMET RAMOS TROCÓNIS, Y EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO, LIC. JUAN ANTONIO FILIGRANA CASTRO, ASÍ COMO POR EL DR. ROMMEL FRANZ CERNA LEEDER, DIRECTOR DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES 1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o., párrafos cuarto y octavo, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como el derecho que tienen los niños y las niñas a la satisfacción de sus necesidades de salud. 2. La promoción de la salud de los niños representa un objetivo estratégico para todo Estado que pretenda construir una sociedad sana, justa y desarrollada. La condición de salud de los niños afecta de manera importante el rendimiento educativo de los escolares, y éste, a su vez, tiene un efecto significativo en la salud y la capacidad productiva en la edad adulta, es decir, la salud de los primeros años determina las condiciones futuras de esa generación. 3. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en su apartado VI. “Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción”, literal VI.2. México Incluyente en sus Objetivos 2.2 y 2.3, lo siguiente: Objetivo 2.2. Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente. Estrategia 2.2.2. Articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de vida de la población. Línea de acción: Promover el desarrollo integral de los niños y niñas, particularmente en materia de salud, alimentación y educación, a través de la implementación de acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil; Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud Estrategia 2.3.2. Hacer de las acciones de protección, promoción y prevención un eje prioritario para el mejoramiento de la salud Línea de acción: Garantizar la oportunidad, calidad, seguridad y eficacia de los insumos y servicios para la salud Estrategia 2.3.3. Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad. Líneas de acción: Asegurar un enfoque integral y la participación de todos los actores, a fin de reducir la mortalidad infantil y materna, e Intensificar la capacitación y supervisión de la calidad de la atención materna y perinatal. 4. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en su Anexo 25 establece el Seguro Médico Siglo XXI, como uno de los programas que deben sujetarse a Reglas de Operación, mediante el cual el Gobierno Federal continuará con las acciones conducentes que aseguren la cobertura de servicios de la salud de todos los niños en el país, ya que operará en todas las localidades del territorio nacional financiando la atención médica completa e integral a los niños beneficiarios que no cuentan con ningún tipo de seguridad social, al tiempo que garantizará la afiliación inmediata de toda la familia al Sistema de Protección Social en Salud.
  • 19. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19 5. Con fecha 10 de octubre de 2012, la Secretaría de Salud y el Ejecutivo del Estado de Tabasco, suscribieron el Acuerdo Marco de Coordinación con el objeto facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como fijar las bases y mecanismos generales para transferir y dotar a la Entidad de recursos, en lo sucesivo ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, instrumento jurídico que establece la posibilidad de celebrar convenios específicos. 6. Con fecha 28 de diciembre de 2014 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI para el Ejercicio Fiscal 2015 (Reglas de Operación). 7. El objetivo del Programa Seguro Médico Siglo XXI y del reforzamiento de las acciones de los otros programas dirigidos a la población beneficiaria menor de cinco años, es asegurar el financiamiento de la atención médica y preventiva para lograr las mejores condiciones posibles de salud y las mayores oportunidades para dichos beneficiarios. 8. Para llevar a cabo el objetivo general del Programa mencionado, se realizará la transferencia de recursos federales a las Entidades Federativas, de conformidad con lo que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en sus artículos 74 y 75, en el sentido de que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias con cargo a los presupuestos de las dependencias, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichas transferencias y subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en la Ley citada se señalan. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la cual le corresponden, entre otras atribuciones, las de establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social y servicios médicos y salubridad general. I.2. La Comisión Nacional de Protección Social en Salud es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, en términos de los artículos 77 bis 35 de la Ley General de Salud, 2 literal C, fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 3, del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y de operación. I.3. El Comisionado Nacional de Protección Social en Salud tiene la facultad y legitimación para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 38, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y 6, fracción I, del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, cargo que se acredita con nombramiento de fecha 11 de diciembre de 2012, expedido por el Licenciado Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. I.4. Dentro de las facultades de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, se encuentran las de instrumentar la política de protección social en salud; impulsar la coordinación y vinculación de acciones del Sistema de Protección Social en Salud con las de otros programas sociales para la atención a grupos indígenas, marginados, rurales y, en general, a cualquier grupo vulnerable desde una perspectiva intercultural que promueva el respeto a la persona y su cultura, así como sus derechos humanos en salud; administrar los recursos financieros que en el marco del Sistema le suministre la Secretaría de Salud y efectuar las transferencias que correspondan a los Estados y al Distrito Federal, acorde a lo establecido en el artículo 4, fracciones I, VI y XIII del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. I.5. Corresponde a la Dirección General de Financiamiento entre otras atribuciones: (i) diseñar y proponer en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Salud, los esquemas y mecanismos financieros que sean necesarios para el funcionamiento del Sistema de Protección Social en Salud, incluyendo el desarrollo de programas de salud dirigidos a grupos indígenas, marginados, rurales y en general a cualquier grupo vulnerable; (ii) determinar los criterios para la operación y administración de los fondos generales y específicos relacionados con las funciones comprendidas en el Sistema de Protección Social en Salud y de los programas orientados
  • 20. 20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 a la atención de grupos vulnerables; (iii) coadyuvar, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Salud, en las acciones de supervisión financiera del Sistema de Protección Social en Salud, y de los programas de atención a grupos indígenas, marginados, rurales y, en general, a cualquier grupo vulnerable para garantizar el cumplimiento de las normas financieras y de operación, así como de sus metas y objetivos, de conformidad con el artículo 9, fracciones III, VI y VII del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. I.6. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la suscripción del presente instrumento. I.7. Para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle Gustavo E. Campa número 54, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020, en México, Distrito Federal. II. “EL ESTADO” declara que: II.1. Es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación y que el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en el Gobernador del Estado, conforme a lo dispuesto por los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con las atribuciones y funciones que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco. II.2. El Secretario de Planeación y Finanzas, comparece a la suscripción del presente Convenio de conformidad con los artículos 2, 3, 4, 5, 12 fracción IX, 21, 26 fracción III y 29 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, cargo que quedó debidamente acreditado con nombramiento de fecha 1 de enero de 2015, expedido por el Lic. Arturo Núñez Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco. II.3. El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, comparece a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 2, 3, 4, 5, 12 fracción IX, 21, 26 fracción VII y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 1, 2, 5, 9, 10 fracción XII del Decreto 213, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 19 de febrero de 1997, cargos que quedaron debidamente acreditados con los nombramientos de fecha 1 de enero de 2014, expedidos por el Lic. Arturo Núñez Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco. II.4. El Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, comparece a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del Estado de Tabasco, cargo que quedó debidamente acreditado con nombramiento de fecha 16 de febrero de 2013, expedido por el Secretario de Salud. II.5. Para los efectos de este convenio se considera como Unidad Ejecutora a los Servicios de Salud del Estado de Tabasco. II.6. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son: fortalecer los servicios de salud en el Estado para ofrecer la atención médica a los beneficiarios del Seguro Médico Siglo XXI, conforme a los lineamientos establecidos en las Reglas de Operación del Programa. II.7. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en: Avenida Paseo Tabasco No. 1504, Centro Administrativo de Gobierno, Col. Tabasco 2000, C.P. 86035, Villahermosa, Tabasco. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1. De conformidad con las disposiciones contenidas en el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, en específico los artículos 77 bis 11 al 77 bis 19, así como 76 al 81 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud y su Transitorio Décimo Cuarto, y el numeral 4, del Capítulo 2, de los Mecanismos para la contabilización de los Recursos a integrar en la Aportación Solidaria Federal, los recursos federales destinados para el Programa Seguro Médico Siglo XXI, se integran como aportaciones Federales para el financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud.
  • 21. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21 III.2. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio de colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución del Programa Seguro Médico Siglo XXI, conforme a las estipulaciones que se contienen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración tiene por objeto que “LA SECRETARÍA” transfiera a “EL ESTADO” recursos presupuestarios federales, correspondientes al ejercicio fiscal 2015, para la ejecución del Programa Seguro Médico Siglo XXI, mismos que deberán ser aplicados exclusivamente en la estrategia del Seguro Médico Siglo XXI, que se encuentra especificada en el numeral 5.3.1 “Apoyo económico a los SESA por incremento en la demanda de servicios” de las Reglas de Operación, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de ese Programa, los cuales se señalan a continuación: Objetivo General. Financiar, mediante un esquema público de aseguramiento médico universal, la atención de los niños menores de cinco años de edad, que no sean derechohabientes de alguna institución de seguridad social, a efecto de contribuir a la disminución del empobrecimiento de las familias por motivos de salud. Objetivo Específico. Otorgar el financiamiento para que la población menor de cinco años cuente con un esquema de aseguramiento en salud de cobertura amplia de atención médica y preventiva, complementaria a la contenida en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES) y en el Catálogo de Intervenciones del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos (FPGC), del Sistema de Protección Social en Salud. SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES. “LA SECRETARÍA” transferirá a “EL ESTADO” recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $2,817,977.40 (Dos millones ochocientos diecisiete mil novecientos setenta y siete pesos 40/100 M.N.), correspondientes al Programa Seguro Médico Siglo XXI conforme a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13, apartado B), de la Ley General de Salud. “LA SECRETARÍA” realizará la transferencia en términos de las disposiciones aplicables, radicándose a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas de “EL ESTADO”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto en forma previa a la entrega de los recursos, informando de ello a “LA SECRETARÍA”, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. Los rendimientos financieros que generen los recursos transferidos deberán destinarse al objeto del presente Convenio. Para garantizar la entrega oportuna de las ministraciones a “EL ESTADO”, éste deberá realizar, en forma inmediata a la suscripción del presente instrumento, las acciones administrativas necesarias para asegurar el registro de la cuenta bancaria en la Tesorería de la Federación. La transferencia de los recursos por este concepto se hará de acuerdo a la afiliación reportada por el Régimen Estatal de Protección Social en Salud de “EL ESTADO”, la cual será validada por la Dirección General de Afiliación y Operación, quien a su vez notificará a la Dirección General de Financiamiento, ambas de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, para que se realice la transferencia de los recursos correspondientes. De conformidad con las disposiciones citadas en la declaración III.1 de este Convenio, deberá considerarse, para todos los efectos jurídico administrativos que corresponda, a la transferencia señalada en la presente cláusula, como la parte del Sistema de Protección Social en Salud correspondiente al Programa Seguro Médico Siglo XXI, y que forma parte integrante de las aportaciones Federales para el financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud. TERCERA.- SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA GLOBAL. Los recursos federales transferidos mencionados en la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico, se considerarán como suficiencia presupuestaria global en favor de “EL ESTADO” a partir de la suscripción del presente Convenio. Lo anterior con el propósito de que “EL ESTADO”, a través de su unidad ejecutora, pueda realizar las acciones administrativas que correspondan con la finalidad de realizar los compromisos convenidos, en términos de las disposiciones aplicables, y cumplir con el objeto del presente instrumento.
  • 22. 22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CUARTA.- DEVENGO POR LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS FEDERALES. 1) Los recursos para cumplir con el objeto del presente instrumento que transfiere “LA SECRETARÍA” en favor de “EL ESTADO”, se consideran devengados para “LA SECRETARÍA” una vez que se constituyó la obligación de entregar el recurso de los beneficiarios contenidos en el padrón a que se refieren las Reglas de Operación. A dicha obligación le será aplicable el primer supuesto jurídico que señala el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 2) “EL ESTADO” por cada transferencia de recursos federales deberá enviar a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, por conducto de la Dirección General de Financiamiento, dentro de los 90 días naturales posteriores a la misma, un recibo que será emitido por la Secretaría de Planeación y Finanzas, el cual deberá: a) Ser expedido a nombre de: Secretaría de Salud y/o Comisión Nacional de Protección Social en Salud; b) Precisar el monto de los recursos transferidos; c) Señalar la fecha de emisión; d) Señalar la fecha de recepción de los recursos, y e) Precisar el nombre del Programa y los conceptos relativos a los recursos presupuestarios federales recibidos. 3) La notificación de transferencia por parte de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud se realizará por conducto de la Dirección General de Financiamiento, e independientemente de su entrega oficial, podrá ser enviada a través de correo electrónico a la cuenta institucional que para tal efecto indique “EL ESTADO”. En caso de existir modificación a dicha cuenta, deberá notificarse de manera oficial a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud por conducto de la Dirección General de Financiamiento. 4) Los documentos justificativos de la obligación de pago para “LA SECRETARÍA” serán las disposiciones jurídicas aplicables, las Reglas de Operación, la afiliación reportada por el Régimen Estatal de Protección Social en Salud y validada por la Dirección General de Afiliación y Operación, y el presente Convenio. El documento comprobatorio será el recibo a que se refiere el numeral 2 de la presente cláusula. 5) La transferencia presupuestaria a que se refiere el presente Convenio no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica la obligación de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación, para complementar las acciones que pudieran derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. QUINTA.- EJERCICIO, INFORMACIÓN Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS. Los recursos transferidos se ejercerán conforme a las partidas de gasto precisadas en el Anexo 12 de las Reglas de Operación. “EL ESTADO”, por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, deberá informar a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud a través de la Dirección General de Financiamiento, sobre el ejercicio de los recursos transferidos, de acuerdo con lo siguiente: a) Reportará trimestralmente el ejercicio de los recursos transferidos, utilizando el formato denominado Informe Trimestral del Ejercicio de los Recursos, identificado como Anexo 5 de las Reglas de Operación, Dicho informe contendrá las firmas autógrafas del Secretario de Salud o su equivalente, del Director Administrativo o su equivalente y del Titular del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, y remitirse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la conclusión del trimestre que se informa. b) En el Informe citado, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el trimestre que se reporta. En el supuesto en el que en un trimestre no se ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros. El cómputo del primer trimestre a informar, se hará a partir de la fecha de realización de la primera transferencia de recursos a la entidad federativa.
  • 23. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23 c) Los comprobantes que amparen los gastos en que incurra “EL ESTADO” para la operación y desarrollo del Programa, deberán constar en original, como soporte a los informes trimestrales del ejercicio de los recursos, y deberán tener un sello que los identifique como erogaciones cubiertas con recursos del Programa Seguro Médico Siglo XXI. Dichos documentos quedarán en resguardo de “EL ESTADO”, bajo su estricta responsabilidad, y estarán a disposición de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, así como de las entidades fiscalizadoras locales y federales competentes, para su revisión en el momento que se requiera. d) Los comprobantes de gastos deberán estar expedidos a nombre de los Servicios Estatales de Salud, por la persona física o moral a quien se efectuó el pago. Dicha documentación, deberá cubrir los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, siendo responsabilidad de la Unidad Ejecutora su revisión. Será responsabilidad de “EL ESTADO”, verificar la veracidad de la información contenida en los informes a que se refiere esta cláusula. SEXTA.- SEGUIMIENTO DEL GASTO. “LAS PARTES” convienen que para dar seguimiento al ejercicio del gasto dirigido al cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL ESTADO”, deberá proporcionar a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud la información del ejercicio de los recursos federales transferidos, conforme lo establecido en la Cláusula Quinta, así como en los numerales 5.3.1 y 6.2.2 de las Reglas de Operación. Lo anterior en términos del Capítulo VII del Título Tercero Bis, de la Ley General de Salud denominado “De la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos del Sistema de Protección Social en Salud”. Para los efectos de la presente cláusula “EL ESTADO” se compromete a cumplir con la entrega oportuna de la información antes referida, considerando que la misma es componente indispensable para efectos de la transparencia, control y supervisión en la aplicación de los recursos federales transferidos y para el cumplimiento de los fines, así como que, es información importante para la rendición de cuentas y para los efectos de los objetivos de fiscalización. SÉPTIMA.- INDICADORES. Para dar seguimiento a los indicadores establecidos en las Reglas de Operación, “EL ESTADO” se obliga a proporcionar a “LA SECRETARÍA” por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la información de las variables de dichos indicadores a través del Sistema de Información en Salud, el cual forma parte del Sistema Nacional de Información de Salud (SINAIS) en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. OCTAVA.- OBLIGACIONES DE “EL ESTADO”. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL ESTADO”, además de lo establecido en el numeral 5.1.4 de las Reglas de Operación, se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento al objeto establecido en el mismo, a través de la Unidad Ejecutora, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos. II. Entregar, por conducto de la Unidad Ejecutora, a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, en términos del numeral 6.2.2 de las Reglas de Operación, la información estipulada en el presente Convenio. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora, la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, y ponerla a disposición, cuando le sea requerida por “LA SECRETARÍA” y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores locales o federales competentes, así como la información adicional que estos últimos le requieran, de conformidad, con las Reglas de Operación. III. Ministrar a la Unidad Ejecutora, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, los recursos transferidos, íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción, haciéndolo del conocimiento de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, de forma oficial por conducto de la Unidad Ejecutora, en un plazo máximo de 10 días hábiles. IV. Aperturar una cuenta bancaria productiva específica a nombre de la Unidad Ejecutora, para la ministración y control, exclusivamente de los recursos transferidos por virtud de este instrumento jurídico.
  • 24. 24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 V. Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos presupuestarios federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio. VI. Informar por conducto de la Unidad Ejecutora a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquéllos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. VII. Mantener actualizados por conducto de la Unidad Ejecutora los indicadores para resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. VIII. Establecer mediante la Unidad Ejecutora, con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos transferidos. IX. Informar sobre la suscripción de este Convenio a los órganos de control y de fiscalización de “EL ESTADO”, y entregarles copia del mismo. X. Realizar las acciones que se requieran para la ejecución del objeto del presente instrumento, con recursos humanos bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, por lo que no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARÍA”, la que en ningún caso se considerará como patrón sustituto o solidario. XI. Supervisar a través de su Régimen Estatal de Protección Social en Salud, el cumplimiento de las acciones que se provean en materia de protección social en salud conforme al objeto del presente Convenio, solicitando, en su caso, la aclaración o corrección de dichas acciones, para lo cual podrá solicitar la información que corresponda. XII. Publicar en el Periódico Oficial del Estado, órgano oficial de difusión de “EL ESTADO”, el presente Convenio, así como sus modificaciones. XIII. Difundir en su página de Internet y, en su caso, de la Unidad Ejecutora, el concepto financiado con los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento. NOVENA.- OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.- “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, se obliga a: I.- Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y la afiliación reportada por los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud. II.- Coadyuvar en el ámbito de sus atribuciones con los entes fiscalizadores competentes, en la verificación de que los recursos presupuestarios federales transferidos sean aplicados únicamente para la realización de los fines a los cuales son destinados. III.- Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “EL ESTADO” para cumplir con los fines para los cuales son destinados los recursos presupuestarios federales transferidos. IV.- Realizar la supervisión financiera del cumplimiento de las acciones que se provean en materia de protección social en salud conforme al objeto del presente Convenio, solicitando, en su caso, la aclaración o corrección de dichas acciones, para lo cual podrá solicitar la información que corresponda, independientemente de la supervisión en campo, que en su caso, se programe realizar. V.- Hacer del conocimiento, en forma inmediata, del órgano de control de “EL ESTADO”, así como de la Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría de la Función Pública y del Órgano Interno de Control de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, los casos que conozca en que los recursos federales transferidos por virtud de este Convenio no hayan sido aplicados a los fines a los que fueron destinados. En la misma forma procederá si “EL ESTADO” no comprueba que los recursos transferidos se aplicaron a dichos fines. VI.- Solicitar a “EL ESTADO” realizar el reintegro de los recursos federales transferidos, incluyendo los intereses que correspondan conforme a las disposiciones aplicables, cuando los haya aplicado a fines distintos de aquéllos para los que le fueron transferidos, así como en los demás supuestos previstos en las Reglas de Operación y en el presente Convenio.
  • 25. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25 VII.- Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio. VIII.- Dar seguimiento, en coordinación con “EL ESTADO”, sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento. IX.- La supervisión, control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios transferidos en virtud de este instrumento, serán realizados con apego a las disposiciones jurídicas aplicables, según corresponda, por “LA SECRETARÍA”, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, y demás órganos fiscalizadores federales competentes, sin perjuicio de las acciones de supervisión, vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de control de “EL ESTADO”, así como su Régimen Estatal de Protección Social en Salud. X.- Establecer, a través de las unidades administrativas, de acuerdo a su ámbito de competencia, con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos transferidos. XI.- Publicar el presente Convenio en el Diario Oficial de la Federación, así como en su página de Internet. DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente instrumento jurídico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015. DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma. En caso de contingencias para la realización del Programa previsto en este instrumento, “LAS PARTES” se comprometen a acordar y realizar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias, mismos que serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA SEGUNDA.- REINTEGRO DE RECURSOS FEDERALES. Procederá que “EL ESTADO” reintegre los recursos que le fueron transferidos cuando: I. No se destinen a los fines autorizados, de acuerdo con el numeral 5.4 de las Reglas de Operación. II. No se hayan devengado a más tardar en la fecha de conclusión de la vigencia de este Convenio. III. Se den los supuestos previstos en la fracción V de la Cláusula Octava de este Convenio. El reintegro de los recursos, incluyendo los rendimientos financieros que correspondan, se realizará a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal 2015. Cuando “LA SECRETARÍA” tenga conocimiento de alguno de los supuestos establecidos en esta cláusula, oportunamente deberá hacerlo de conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de Función Pública y del Órgano de Control de “EL ESTADO”, a efecto de que éstos realicen las acciones que procedan en su ámbito de competencia. “EL ESTADO” deberá notificar de manera oficial a “LA SECRETARÍA” por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la realización del reintegro correspondiente o, en su caso, la comprobación de la debida aplicación de los recursos. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por causas de fuerza mayor o caso fortuito que impidan, la ejecución total o parcial de las obligaciones del objeto del presente instrumento. Una vez superados dichos eventos se reanudarán las actividades en la forma y términos que señalen “LAS PARTES”. DÉCIMA CUARTA.- COMUNICACIONES. Las comunicaciones de tipo general, que se realicen con motivo de este Convenio, deberán ser por escrito, con acuse de recibo y dirigirse a los domicilios señalados por “LAS PARTES” en el apartado de declaraciones de este instrumento. En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambie de domicilio, se obligan a dar el aviso correspondiente a la otra, con 30 días naturales de anticipación a que dicho cambio de ubicación se realice.
  • 26. 26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DÉCIMA QUINTA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento sean transferidos, corresponderán a “LA SECRETARÍA”, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a las instancias de fiscalización federales que correspondan, en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realice el órgano de control de “EL ESTADO”. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado. II. Acuerdo de las partes. III. Falta de disponibilidad presupuestaria para el cumplimiento de los compromisos a cargo de “LA SECRETARÍA”. IV. Caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESCISIÓN. El presente Convenio podrá rescindirse por las siguientes causas: I. Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento, o II. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo. DÉCIMA OCTAVA.- ANEXO. Las partes reconocen como Anexo integrante del presente instrumento jurídico, el que se menciona a continuación y que además tienen la misma fuerza legal que el mismo: Anexo 12 “Partidas de gasto para el apoyo económico a los estados por incremento en la demanda de los servicios” DÉCIMA NOVENA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de “EL ACUERDO MARCO” a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso, establecidas en “EL ACUERDO MARCO” se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento. VIGÉSIMA.- INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. En caso de presentarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio “LAS PARTES” lo resolverán conforme al siguiente procedimiento: I.- De común acuerdo respecto de las dudas que se susciten con motivo de la ejecución o cumplimiento del presente instrumento. II.- En caso de no llegar a un arreglo satisfactorio, someterse a la legislación federal aplicable y a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en el Distrito Federal, por lo que en el momento de firmar este convenio, renuncian en forma expresa al fuero que en razón de su domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa pudiere corresponderles. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por quintuplicado a los 8 días del mes de enero de dos mil quince.- Por la Secretaría: el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud, Gabriel Jaime O´Shea Cuevas.- Rúbrica.- El Director General de Financiamiento, Antonio Chemor Ruiz.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de Tabasco, Amet Ramos Trocónis.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Juan Antonio Filigrana Castro.- Rúbrica.- El Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Tabasco, Rommel Franz Cerna Leeder.- Rúbrica.
  • 27. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27 ANEXO 12. PARTIDAS DE GASTO PARA EL APOYO ECONÓMICO A LOS SESA POR INCREMENTO EN LA DEMANDA DE SERVICIOS Núm. Partidas de Gasto 1 11301 Sueldos base 2 12101 Honorarios 3 12201 Sueldos base al personal eventual 4 21101 Materiales y útiles de oficina 5 21201 Materiales y útiles de impresión y reproducción 6 21401 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos 7 21501 Material de apoyo informativo 8 21601 Material de limpieza 9 22102 Productos alimenticios para personas derivado de la prestación de servicios públicos en unidades de salud, educativas, de readaptación social 10 22301 Utensilios para el servicio de alimentación 11 24201 Cemento y productos de concreto 12 24301 Cal, yeso y productos de yeso 13 24401 Madera y productos de madera 14 24501 Vidrio y productos de vidrio 15 24601 Material eléctrico y electrónico 16 24701 Artículos metálicos para la construcción 17 24801 Materiales complementarios 18 24901 Otros materiales y artículos de construcción y reparación 19 25101 Productos químicos básicos 20 25301 Medicinas y productos farmacéuticos 21 25401 Materiales, accesorios y suministros médicos 22 25501 Materiales, accesorios y suministros de laboratorio 23 25901 Otros productos químicos 24 26105 Combustibles, lubricantes y aditivos para maquinaria, equipo de producción y servicios administrativos 25 27101 Vestuario y uniformes 26 27501 Blancos y otros productos textiles, excepto prendas de vestir 27 29101 Herramientas menores 28 29201 Refacciones y accesorios menores de edificios
  • 28. 28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 29 29301 Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo 30 29401 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo 31 29501 Refacciones y accesorios menores de equipo e instrumental médico y de laboratorio 32 29801 Refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos 33 31101 Servicio de energía eléctrica 34 31201 Gas 35 31301 Servicio de agua 36 32301 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos 37 32601 Arrendamiento de maquinaria y equipo 38 33303 Servicios relacionados con certificación de procesos 39 33603 Impresiones de documentos oficiales para la prestación de servicios públicos, identificación, formatos administrativos y fiscales, formas valoradas, certificados y títulos 40 33604 Impresión y elaboración de material informativo derivado de la operación y administración de las dependencias y entidades 41 33901 Subcontratación de servicios con terceros 42 34701 Fletes y maniobras 43 35101 Mantenimiento y conservación de inmuebles 44 35201 Mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración 45 35301 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos 46 35401 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio 47 35701 Mantenimiento y conservación de maquinaria y equipo 48 35801 Servicios de lavandería, limpieza e higiene 49 51101 Mobiliario 50 51501 Bienes informáticos 51 51901 Equipo de administración 52 53101 Equipo médico y de laboratorio 53 53201 Instrumental médico y de laboratorio 54 56400 Sistema de aire acondicionado, calefacción y refrigeración industrial y comercial 55 56601 Maquinaria y equipo eléctrico y electrónico 56 62201 Obras de construcción para edificios no habitacionales 57 62202 Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones no habitacionales 58 24101 Productos minerales no metálicos _______________________________
  • 29. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29 CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA, Y POR LA OTRA, DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL INTERINO, LIC. IRAD IVÁN ENCINAS MORENO, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo 54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
  • 30. 30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los programas de Desarrollo Integral de la Familia. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad. I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015. I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o. fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social. I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad. En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran. En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
  • 31. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31 Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación. Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo. Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad. I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado Chihuahua, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado de Chihuahua, en su artículo 24, según Decreto Núm. 644/09 II P.O publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 28 de octubre de 2009, el cual fue reformado posteriormente, mediante Decreto No. 718-2011 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 25 del 28 de marzo de 2012. II.2 Tiene entre sus objetivos, la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en este campo, el incremento de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables. II.3 Su Director General Interino, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Lic. César Horacio Duarte Jáquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, de fecha 7 de enero de 2014, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de coordinación. II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención. II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente convenio, el ubicado en Avenida Tecnológico número 2903, Colonia Magisterial, Código Postal 31310, Municipio de Chihuahua, Estado de Chihuahua. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país; III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes; III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación; III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Chihuahua, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables, y III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
  • 32. 32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35, de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2014, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”, para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento y Reequipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación del Estado de Chihuahua”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del proyecto en mención. SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 2100000393, “DIF NACIONAL”, aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta por un monto de $2´000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100, M.N.), que se radicarán en una sola exhibición. “LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria. TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y ejercicio. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”. CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
  • 33. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33 La Secretaria de Finanzas o su equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio. COMPROMISOS DE “LAS PARTES” QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la cláusula Cuarta; b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”. SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio; d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”; f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de concluido el objeto del presente convenio; g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en: • Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente); • Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT); • Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero; • Bitácora Fotográfica; • Informe Final de Resultados; • Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de Beneficiarios; • Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique. Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del programa.
  • 34. 34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF NACIONAL” lo anterior; i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan; j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o beneficiarios; k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales, porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio; l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008; m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran; n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran, así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable; o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las demás aplicables conforme a la legislación nacional. “LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a: Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la leyenda: “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”. OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1 de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
  • 35. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35 NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN “DIF ESTATAL” LIC. IRAD IVÁN ENCINAS MORENO DIRECTOR GENERAL INTERINO Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas. “DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados.
  • 36. 36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente. DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación. DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- Por el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General Interino, Irad Iván Encinas Moreno.- Rúbrica.
  • 37. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37 CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención para Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA MICHOACANA, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, MTRA. MARIANA SOSA OLMEDA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo 54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
  • 38. 38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los programas de Desarrollo Integral de la Familia. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad. I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 19, fracciones II, XXVI y XXIX, 14, 16, fracción IV y 30 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015. I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social. I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad. En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran. En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
  • 39. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39 Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación. Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo. Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad. I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Michoacán, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado mediante el Decreto número 139, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 18 de julio de1977 y regulado por la Ley de Asistencia Social del propio Estado, publicada en el Periódico Oficial del Estado con fecha 14 de mayo de 1987. II.2 Tiene entre sus objetivos, la promoción del bienestar social, el desarrollo de la comunidad y el bienestar familiar, así como la prestación organizada y permanente de servicios de asistencia jurídica a los menores y a las familias, para la atención de los asuntos de su competencia. II.3 Su Directora General, quien acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por el C. Salvador Jara Guerrero, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de fecha 16 de octubre de 2014, se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de coordinación. II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención. II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente convenio, el ubicado en Avenida Acueducto y Ventura Puente, Lote 17, Colonia Bosque Cuauhtémoc, Municipio de Morelia, Estado de Michoacán, Código Postal 58020. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país; III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes; III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación; III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Michoacán, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables, y III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
  • 40. 40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35, de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19, fracciones II, XXVI y XXIX, 14, 16, fracción IV, 30 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2014, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”, para la ejecución del proyecto específico denominado “Adquisición e Instalación de Tanque Terapéutico de Hidroterapia en el Centro de Rehabilitación y Educación Especial Morelia, Michoacán”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del proyecto en mención. SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 1400001864, “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta por un monto de $1´499,880.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una sola exhibición. “LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria. TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y ejercicio. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”. CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
  • 41. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41 La Secretaria de Finanzas o se equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio. COMPROMISOS DE “LAS PARTES” QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la cláusula Cuarta; b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”. SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio; d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”; f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de concluido el objeto del presente convenio; g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en: • Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente); • Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT); • Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero; • Bitácora Fotográfica; • Informe Final de Resultados; • Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de Beneficiarios;
  • 42. 42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 • Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique. Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del programa. h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF NACIONAL” lo anterior; i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan; j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o beneficiarios; k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales, porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio; l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008; m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran; n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran, así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable; o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las demás aplicables conforme a la legislación nacional. “LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a: Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la leyenda: “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.
  • 43. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43 OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1 de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN “DIF ESTATAL” MTRA. MARIANA SOSA OLMEDA DIRECTORA GENERAL Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
  • 44. 44 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 “DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente. DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación. DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 21 días del mes de agosto de 2015.- Por el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Mariana Sosa Olmeda.- Rúbrica.
  • 45. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 45 CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, DRA. MARIA ELISA ZAMUDIO ÁBREGO, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo 54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población. IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los programas de Desarrollo Integral de la Familia.
  • 46. 46 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad. I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015. I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social. I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad. En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran. En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción: Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación. Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo. Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad. I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal.
  • 47. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 47 II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Morelos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado por la Ley de Asistencia Social y Corresponsabilidad Ciudadana para el Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 21 de noviembre de 2007. II.2 Tiene entre sus objetivos, la promoción del bienestar social, el desarrollo de la comunidad y el bienestar familiar, así como la prestación organizada y permanente de servicios de asistencia jurídica a los menores y a las familias, para la atención de los asuntos de su competencia. II.3 Su Directora General, quien acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por el C. Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, Gobernador Constitucional del Estado de Morelos de fecha 1 de enero de 2013, se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de coordinación. II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención. II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente convenio, el ubicado en Calle Las Quintas número 15, Colonia Cantarranas, Municipio Cuernavaca, Estado de Morelos, Código Postal 62448. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país; III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes; III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación; III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Morelos, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables, y III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente convenio. Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35, de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de mayo de 2015, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”, para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento del Área de Estimulación Multisensorial del Centro de Rehabilitación Integral de Cuautla, Morelos”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del proyecto en mención.
  • 48. 48 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de reserva SAP 2100000386, “DIF NACIONAL”, este último aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una sola exhibición. “LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria. TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y ejercicio. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”. CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio. COMPROMISOS DE “LAS PARTES” QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la cláusula Cuarta; b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”. SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio; d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos;
  • 49. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 49 e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”; f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de concluido el objeto del presente convenio; g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en: • Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente); • Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT); • Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero; • Bitácora Fotográfica; • Informe Final de Resultados; • Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de Beneficiarios; • Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique. Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del programa. h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF NACIONAL” lo anterior; i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan; j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o beneficiarios; k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales, porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio; l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008; m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran; n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran, así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable; o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las demás aplicables conforme a la legislación nacional.
  • 50. 50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 “LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a: Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la leyenda: “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”. OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1 de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN “DIF ESTATAL” DRA. MARÍA ELISA ZAMUDIO ABREGO DIRECTORA GENERAL Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
  • 51. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51 i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas. “DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente. DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación. DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- Por el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, María Elisa Zamudio Ábrego.- Rúbrica.
  • 52. 52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN YUCATÁN, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo 54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
  • 53. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 53 IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los programas de Desarrollo Integral de la Familia. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad. I.3 Los CC. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015. I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social. I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad. En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran. En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
  • 54. 54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación. Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo. Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad. I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Yucatán, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social de Yucatán, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 12 de septiembre de 1986. II.2 Tiene entre sus objetivos la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese campo, así como la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas. II.3 Su Director General, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Lic. Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán de fecha 01 de octubre de 2012, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de coordinación. II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención. II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente convenio, el ubicado en Avenida Miguel Alemán número 355, Colonia Itzimná, Municipio de Mérida, Estado de Yucatán, Código Postal 97100. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país; III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes; III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación; III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Yucatán, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables, y III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
  • 55. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55 Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35, de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de mayo de 2015, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención a Personas con discapacidad para el ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”, para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento y Mobiliario del Centro Regional de Órtesis, Prótesis y Ayudas Funcionales (CROPAFY) del Sistema Estatal DIF Yucatán”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del proyecto en mención. SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 2100000385, “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta por un monto de $1’000,000.00 (UN MILLÓN, DE PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una sola exhibición. “LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria. TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y ejercicio. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”.
  • 56. 56 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio. COMPROMISOS DE “LAS PARTES” QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la cláusula Cuarta; b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”. SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio; d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”; f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de concluido el objeto del presente convenio; g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en: • Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente); • Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT); • Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero; • Bitácora Fotográfica;
  • 57. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 57 • Informe Final de Resultados; • Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de Beneficiarios; • Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique. Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del programa. h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF NACIONAL” lo anterior; i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan; j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o beneficiarios; k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales, porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio; l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008; m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran; n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran, así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable; o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y, p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las demás aplicables conforme a la legislación nacional. “LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a: Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la leyenda: “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.
  • 58. 58 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1 de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN “DIF ESTATAL” DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA DIRECTOR GENERAL Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas. “DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados.
  • 59. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59 DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente. DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación. DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- Por el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, José Limber Sosa Lara.- Rúbrica.
  • 60. 60 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, para la ejecución del proyecto específico denominado Equipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación en el Estado de Yucatán, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, LIC. GERMÁN MENDOZA RIVERA, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN YUCATÁN, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades Federales, Estatales y Municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad Federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o. señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el “DIF NACIONAL” será el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo 54, establece que el “DIF NACIONAL” promoverá la organización y participación de la comunidad para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
  • 61. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 61 IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 29 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015”, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACIÓN”, mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas con Discapacidad abatan la marginación y el rezago, disfruten del derecho al más alto nivel de salud y mejoren su calidad de vida por medio de la incorporación de la perspectiva de discapacidad en los programas de Desarrollo Integral de la Familia. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad. I.3 Los C.C. Oficial Mayor y el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, se encuentran facultados para la formalización del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015. I.4 De acuerdo con los artículos 12 fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y 2o., fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social. I.5 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece la Meta Nacional II. México Incluyente, se pone énfasis en la idea de transitar hacia una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos, proponiéndose políticas sociales que giren en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, teniendo como prioridad la integración de una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades. Un México Incluyente busca consolidar plataformas de movilidad social que contribuyan a cerrar las brechas existentes entre diferentes grupos sociales y regiones del país. Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad. En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran. En su Estrategia 2.2.4. “Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena”, se señalan las siguientes líneas de acción:
  • 62. 62 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación. Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo. Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad. I.6 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.7 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Yucatán, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por la Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social de Yucatán, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 12 de septiembre de 1986. II.2 Tiene entre sus objetivos la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese campo, así como la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas. II.3 Su Director General, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Lic. Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán de fecha 1 de octubre de 2012, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de coordinación. II.4 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención. II.5 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente convenio, el ubicado en Avenida Miguel Alemán número 355, Colonia Itzimná, Municipio de Mérida, Estado de Yucatán, Código Postal 97100. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente convenio, en beneficio de la población vulnerable del país; III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente convenio, puede derivar para el país y para ambas partes; III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de Coordinación; III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Yucatán, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables, y III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente convenio.
  • 63. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 63 Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4o., 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 19 y 21, de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35, de la Ley de Planeación; 1o., 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6o. fracción II, 7o., fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 19 fracción XXVI, 14 fracción VIII, 16 fracciones IV y XI y 31 del Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2015; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, y el Acuerdo Delegatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de mayo de 2015, “LAS PARTES” celebran el presente convenio de coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención para Personas con discapacidad para el ejercicio fiscal 2015, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre “LAS PARTES”, para la ejecución del proyecto específico denominado “Equipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación en el Estado de Yucatán”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del proyecto en mención. SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, en las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, y el número de Reserva SAP 2100000384, “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACIÓN” hasta por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), que se radicarán en una sola exhibición. “LAS PARTES” convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria. TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACIÓN”, serán considerados en todo momento como subsidios Federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter Federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones Federales que regulan su control y ejercicio. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL”, y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”, en los términos que señalen las disposiciones aplicables; “DIF ESTATAL” tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social de “DIF NACIONAL”. CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que “DIF ESTATAL” se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico, a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente en el Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del Proyecto, de conformidad con lo señalado en el Quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
  • 64. 64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 La Secretaria de Finanzas o se equivalente en el Estado, deberá de emitir el recibo correspondiente al ingreso de los recursos transferidos por el “DIF NACIONAL”, el día que se reciba, mismo que deberá remitirse al organismo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles a satisfacción de “DIF NACIONAL”, y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, como en el presente convenio. COMPROMISOS DE “LAS PARTES” QUINTA.- “DIF NACIONAL”, se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos Federales previstos en la cláusula Segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo, referidas en la cláusula Cuarta; b) Otorgar la asesoría y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite, y c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”. SEXTA.- “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula Segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente Instrumento Jurídico, así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios y/o acuerdos con los Gobiernos de los Municipios de la Entidad Federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este convenio; d) Informar por escrito, en forma trimestral, a la Dirección General de Rehabilitación con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha del informe, anexando los documentos que acrediten la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar a “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración de los informes que sean requeridos sobre la aplicación de los subsidios a que se refiere el presente convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”; f) Entregar a “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este convenio, de forma física y electrónica a la Dirección General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de concluido el objeto del presente convenio; g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en: • Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente); • Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT); • Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero; • Bitácora Fotográfica; • Informe Final de Resultados;
  • 65. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 65 • Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de Beneficiarios; • Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique. Lo anterior a efecto garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del programa. h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos Federales Presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de diciembre de 2015, así como aquellos en que “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito a la Dirección de Finanzas de “DIF NACIONAL” lo anterior; i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan; j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del proyecto, el Informe final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio y/o beneficiarios; k) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales, porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio; l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de abril de 2008; m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el “DIF NACIONAL”, y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran; n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran, así como supervisar las acciones, de conformidad con la normatividad aplicable; o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto, y, p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las demás aplicables conforme a la legislación nacional. “LAS PARTES” acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SÉPTIMA.- “LAS PARTES”, se comprometen a: Que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá enunciar la leyenda: “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.
  • 66. 66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- “LAS PARTES” reconocen el instrumento de contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3.1 de las “REGLAS DE OPERACIÓN” y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. NOVENA.- REPRESENTANTES DE “LAS PARTES”.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” DR. RICARDO CAMACHO SANCIPRIÁN DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN “DIF ESTATAL” DR. JOSÉ LIMBER SOSA LARA DIRECTOR GENERAL Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. DÉCIMA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten “DIF NACIONAL”, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) La inviabilidad del proyecto, en razón de alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras f) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos Federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) Cuando “DIF NACIONAL” o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y j) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y las disposiciones que derivan de éstas.
  • 67. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 67 “DIF ESTATAL” acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos Federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente. DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- “LAS PARTES”, convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados al Proyecto al que se refiere el presente convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físico-financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre “LAS PARTES” y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DÉCIMA SEXTA.- DIFUSIÓN.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de Coordinación. DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DÉCIMA OCTAVA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente convenio de coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de septiembre de 2015.- Por el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Germán Mendoza Rivera.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, José Limber Sosa Lara.- Rúbrica.
  • 68. 68 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO ACUERDO por el que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano pone a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para su administración, el terreno nacional denominado Dunas de la Soledad Polígono Tres, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, con una superficie de 1,164-78-32 hectáreas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural. ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, PONE A DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, PARA SU ADMINISTRACION, EL TERRENO NACIONAL DENOMINADO “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO, ESTADO DE DURANGO, CON UNA SUPERFICIE DE 1,164-78-32 HECTAREAS. ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en lo establecido por los artículos 41, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 158 fracción I y 160 de la Ley Agraria; 104, 105, 107 y 108 del anterior Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 107 del vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 6 fracciones XII y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; artículo 2o. fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en términos de los siguientes: RESULTANDOS 1. Mediante Decreto de fecha veintidós de noviembre de dos mil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintisiete del mismo mes y año, se declaró como Area Natural Protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera, la región denominada “MAPIMI”, localizada en los municipios de Mapimí y Tlahualillo (sic) en el Estado de Durango; Jiménez, en el Estado de Chihuahua; y Francisco I. Madero y Sierra Mojada en el Estado de Coahuila, que comprende una superficie total de 342,387-99-17.225 hectáreas. 2. A través del oficio número F00.- 0525 de fecha diecisiete de diciembre de dos mil nueve, recibido en la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización, actualmente Dirección General de la Propiedad Rural el día dieciocho siguiente, el Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, manifestó al entonces Secretario de la Reforma Agraria, hoy Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, que ratifica su solicitud, con relación a sus similares F00.- 1533 del veinticuatro de noviembre de dos mil siete, F00.- 296 del primero de septiembre de dos mil ocho y F00.- 071 del diecinueve de marzo de dos mil nueve, mediante los cuales solicita que sean puestos a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, entre otros, el terreno nacional denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD”, ubicado dentro de la poligonal que comprende el Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera denominada “MAPIMI”. Cabe precisar, que tomando en cuenta que la referida Area Natural Protegida se encuentra inmersa en los estados de Coahuila, Durango y Chihuahua, la superficie materia del presente Acuerdo, es la relativa al Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, denominada “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”. 3. A fin de determinar la naturaleza jurídica del predio “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, solicitado por la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, se llevó a cabo por parte de la Delegación Estatal de esta Secretaría en Durango, la investigación de antecedentes registrales correspondiente, obteniendo como resultado que por oficios números, DED/FON/853/11, DED/FON/855/11 y DED/FON/108/12 de fechas treinta de agosto del año dos mil once y diecinueve de abril de dos mil doce respectivamente, dirigidos en su orden al Director General de Catastro, Delegación Estatal en Durango del Registro Agrario Nacional y al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, del Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, informando que no se encontraron antecedentes registrales o catastrales del referido predio. 4. Mediante oficios 152821, 152822, 152823, 152824, 152825, 152826, 152827, 152828, 152829, 152830, 152831, 152832, 152833, 152834, 152835, 152836, 152837, 152838, 152839, 152841 y 152948, todos de fecha catorce de marzo de dos mil doce, la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, comisionó personal para llevar a cabo los trabajos de medición y deslinde, respecto a los terrenos de presunta propiedad de la Nación localizados al interior de la Reserva de la Biosfera “Mapimí”, ubicada en los municipios de Tlahualilo, Sierra Mojada y Jiménez, Estados de Durango, Coahuila y Chihuahua; elaborándose
  • 69. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 69 el quince de diciembre de dos mil nueve, el Aviso de Deslinde correspondiente, siendo debidamente fijado en los parajes cercanos al predio, en los estrados de la Presidencia Municipal de Tlahualilo Durango, y en las oficinas de la Delegación Estatal de esta Secretaría; dicho Aviso de Deslinde, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional de Durango y en el Periódico de mayor circulación, los días doce y veintiuno de enero de dos mil diez y el veintiséis de abril de dos mil doce, respectivamente. 5. Con fecha veintiséis de abril del año dos mil doce, se notificó al Director del Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera “MAPIMI”, así como al Ejido “LAGUNA DE PALOMAS Y ESTACION CARRILLO”, Ejido “SAN IGNACIO DE YERMO” “LA SOLEDAD” y predio “LOMA ALTA”; de la realización de los trabajos de medición y deslinde del predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, localizado al interior de la citada Area Natural Protegida de carácter Federal. 6. El veinticinco de mayo de dos mil doce, fueron realizados los trabajos de medición y deslinde del predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, levantándose la respectiva Acta de Medición y Deslinde de la misma fecha, de la que se desprende que comparecieron y firmaron el acta de deslinde correspondiente el C. Reyes Valles Aguilar del predio “El Mohovano”, y el C. Martín Adán Ramírez Mercado del predio “Rancho Los Ruiz”. El personal comisionado rindió su informe de comisión, el veintinueve de mayo de dos mil doce, en el que se arribó al conocimiento de que dicho predio, cuenta con una superficie analítica de 1,164-78-32.12 hectáreas. 7. Mediante oficio DED/DE/FON/512/13 de fecha dos de agosto de dos mil trece, la Delegada Estatal en Durango, remitió a la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización, hoy Dirección General de la Propiedad Rural, los trabajos de medición y deslinde del predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Durango, para la continuación de su trámite. 8. La Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural de esta Secretaría, a través del Departamento de Resoluciones, realizó la revisión de los trabajos de deslinde llevados a cabo en el predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Durango, por lo que el dos de junio de dos mil catorce, emitió el dictamen técnico número 719076, del que se desprende que los trabajos de medición y deslinde fueron realizados en estricto apego a la legislación vigente y que los resultados obtenidos son considerados correctos, además que el predio deslindado, se trata de un terreno propiedad de la Nación, en calidad de baldío, situado al interior de la región denominada “MAPIMI”, que por Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de noviembre de dos mil, fue declarada como Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, localizada respecto al citado predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado de Durango; el cual se detalla conforme al siguiente cuadro de construcción y en los términos que se indican a continuación: COORDENADAS DE PARTIDA RUMBO DE PARTIDA LINEA ORIENTADA X Y N,S GDOS. MIN. SEG. E.W DEL V. 1 AL V. 2 613225.56 2959715.81 N 000 31 40 W RUMBOS ASTRONOMICOS DISTANCIAS HORIZONTALES VERTICE N,S GDOS. MIN. SEG. E,W MTS./CTMS 2 S 078 49 02 E 167.28 3 S 078 13 57 E 1,051.86 4 S 079 20 33 E 693.80 5 S 084 06 06 E 668.52 6 S 078 28 33 E 1,826.70 7 S 079 49 34 E 2,076.14 8 S 079 29 39 E 2,959.83 9 S 079 07 51 E 2,088.63 10 S 012 36 55 W 1,617.93 11 N 073 24 26 W 1,455.22 1 N 000 31 40 W 416.80
  • 70. 70 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 EN EL RECORRIDO EL TERRENO SE DEJO A LA DERECHA OBTENIENDOSE LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: VERTICES COLINDANCIAS 1 AL 9 DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO DOS 9 AL 10 PREDIO LOMA ALTA 10 AL 11 EJIDO SAN IGNACIO DE YERMO 11 AL 1 EJIDO LAGUNA DE PALOMAS Y ESTACION CARRILLO LA PLANILLA DEL CALCULO DEL DESLINDE, AL IGUAL QUE LA ORIENTACION DEL PLANO RESULTARON POSITIVAS, POR LO QUE SE DESPRENDE QUE LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS SON: 26 GRADOS, 44 MINUTOS, 13 SEGUNDOS DE LATITUD NORTE Y 103 GRADOS, 47 MINUTOS, 16 SEGUNDOS DE LONGITUD OESTE. EL TERRENO DESLINDADO COMPRENDE UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 1,164-78-32 HECTAREAS., DE LAS CUALES SE TIPIFICA QUE SON 1,164-78-32 HECTAREAS DEDICADAS A LA CONSERVACION Y PROTECCION AMBIENTAL. EN EL ANALISIS A LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA AL EXPEDIENTE DE MERITO, ESPECIFICAMENTE EN CUANTO A LAS NOTIFICACIONES A LOS COLINDANTES Y A LA RESPECTIVA ACTA DE DESLINDE, SE OBSERVO QUE DE LOS ORGANOS DE REPRESENTACION EJIDAL DE LOS POBLADOS “LAGUNA DE PALOMAS Y ESTACION CARRILLO” Y “SAN IGNACIO DE YERMO”, UNICAMENTE FIRMAN LOS PRESIDENTES Y NO ASI LOS SECRETARIOS NI LOS TESOREROS SIN EMBARGO, DURANTE LA RECONSTRUCCION DE LOS POLIGONOS CORRESPONDIENTES A LOS NUCLEOS AGRARIOS MENCIONADOS Y LA ELABORACION DEL MOSAICO CONJUNTO CON EL POLIGONO DEL PREDIO DE PRESUNTA PROPIEDAD DE LA NACION, SE COMPROBO QUE SE RESPETARON INTEGRAMENTE LOS LIMITES DE LA PROPIEDAD SOCIAL, CONFORME A LOS DATOS TECNICOS OBTENIDOS DURANTE LOS TRABAJOS DE CERTIFICACION REALIZADOS POR EL PROCEDE PARA ESTOS EJIDOS Y QUE CONSTAN EN LOS ARCHIVOS DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, POR LO QUE SE PUEDE ASEGURAR QUE NO SE AFECTA EN LO ABSOLUTO PROPIEDAD SOCIAL. POR OTRA PARTE, PARA LA DILIGENCIA DE MEDICION Y DESLINDE ASISTIERON, ENTRE OTROS, LOS CC. REYES VALLES AGUILAR Y MARTIN ADAN RAMIREZ MERCADO, QUIENES POR SU PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACION DE OTROS, SOLICITARON SE LES RECONOZCA SU MEJOR DERECHO RESPECTO DE LOS PREDIOS DENOMINADOS “EL MOHOVANO” Y “RANCHO LOS RUIZ” RESPECTIVAMENTE, EN CUANTO AL SR. VALLES BAJO EL ARGUMENTO DE TENER LA OCUPACION DESDE HACE MAS DE 50 AÑOS JUNTO CON LOS CC. JOSE DOMINGO VALLES AGUILAR Y OSCAR VALLES GARCIA Y QUE POR ELLO PIDE SE CONTINUE EL TRAMITE DE SU SOLICITUD DE ENAJENACION; POR OTRA PARTE EN LO CONCERNIENTE AL SR. RAMIREZ MERCADO, TAMBIEN ARGUMENTA EL MEJOR DERECHO POR LA POSESION QUE DICEN HABER DETENTADO DURANTE LOS ULTIMOS 20 AÑOS, SOBRE EL TERRENO QUE ADQUIRIERON MEDIANTE JUICIO DE PRESCRIPCION POSITIVA; SITUACION POR LA QUE LOS COMISIONADOS LLEVARON A CABO LA IDENTIFICACION FISICA DE LAS SUPERFICIES RECLAMADAS POR LOS INTERESADOS PRECITADOS. AL RESPECTO ES OPORTUNO MENCIONAR QUE INDEPENDIENTE DEL TRASLAPE QUE ENTRE SI PRESENTAN LOS DOS PREDIOS RECLAMADOS, EN CUANTO A “EL MOHOVANO”, SEGUN LOS ANTECEDENTES EXISTENTES, SE REFIERE A UNA SOLICITUD DE ENAJENACION POR LA VIA DE TERRENOS NACIONALES PRESENTADA POR EL C. REYES VALLES AGUILAR Y QUE SE ENCUENTRA EN LA ETAPA DE INTEGRACION DOCUMENTAL; Y EN LO CONCERNIENTE A “RANCHO LOS RUIZ”, SE TIENE CONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA DICTADA POR LA PRIMERA SALA CIVIL DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, DENTRO DEL TOCA NUMERO 356/2008, FORMADO CON MOTIVO DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS A TRAVES DE LA UNIDAD FUNCIONAL JURIDICA DE LA DIRECCION REGIONAL NORESTE Y SIERRA MADRE ORIENTAL, POR LA QUE SE REVOCO LA SENTENCIA DE FECHA 14 DE MAYO DE 2008, RELATIVA A LA JURISDICCION VOLUNTARIA DE INFORMACION AD-PERPETUAM, POR CONSIDERAR ENTRE OTRAS COSAS QUE: “…LOS DEMANDADOS ANTES MENCIONADOS NO REUNEN LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LOS ARTICULOS 2914 Y 2915 PARA CONSIDERAR QUE SE HAN CONVERTIDO EN PROPIETARIO DEL INMUEBLE QUE FUE OBJETO DE LAS DILIGENCIAS ALUDIDAS…”, DE LO QUE SE DESPRENDE QUE LA CONTROVERSIA QUE MOTIVARON LAS INCONFORMIDADES NO VERSA SOBRE EL REGIMEN DE PROPIEDAD DE LA SUPERFICIE EN COMENTO SINO RESPECTO DEL MEJOR DERECHO QUE LES PUDIERA ASISTIR PARA SU ADQUISICION; AUNADO A LO ANTERIOR, VISTA LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA AL EXPEDIENTE DE MERITO Y PRINCIPALMENTE, COMO RESULTADO DEL ANALISIS TECNICO Y ACOPLES CARTOGRAFICOS REALIZADOS, SE CONCLUYE QUE EL PREDIO DE NUESTRA ATENCION ES PROPIEDAD DE LA NACION EN CALIDAD DE BALDIO, POR LO QUE TECNICAMENTE RESULTA PROCEDENTE REALIZAR LOS TRAMITES NECESARIOS PARA DECLARARLO COMO NACIONAL, SIN
  • 71. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 71 OMITIR MENCIONAR QUE LA TOTALIDAD DE LA SUPERFICIE QUE LO CONFORMA SE SITUA AL INTERIOR DE LA REGION CONOCIDA COMO “MAPIMI”, MISMA QUE POR DECRETO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 27 DE NOVIEMBRE DE 2000, SE DECLARO AREA NATURAL PROTEGIDA CON CATEGORIA DE RESERVA DE LA BIOSFERA. POR LO ANTERIOR Y DE CONFORMIDAD CON LOS RAZONAMIENTOS VERTIDOS SE: ACUERDA PRIMERO: REVISADO TECNICAMENTE EL EXPEDIENTE SE CONCLUYE QUE LOS TRABAJOS REALIZADOS CUMPLEN CON LOS ELEMENTOS ESTABLECIDOS, POR LO QUE SE DICTAMINA EN SENTIDO POSITIVO. SEGUNDO: TURNESE EL EXPEDIENTE QUE HA QUEDADO DEBIDAMENTE INTEGRADO PARA DICTAR LA RESOLUCION QUE CONFORME A DERECHO PROCEDA. 9. Derivado de lo expuesto en el Resultando anterior, con fecha diez de junio de dos mil catorce, esta Dependencia del Ejecutivo Federal emitió Resolución, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de noviembre de dos mil catorce, mediante la cual declara como terreno nacional, el predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, localizado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, con superficie de 1,164-78-32 hectáreas (MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO HECTAREAS, SETENTA Y OCHO AREAS, TREINTA Y DOS CENTIAREAS), que se encuentra ubicado al interior de la zona conocida como “MAPIMI”, que por Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de noviembre de dos mil, fue declarada como Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera. CONSIDERANDOS I.- Que esta Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a través de su Titular, se encuentra facultada para resolver y atender la petición señalada en el Resultando 2 del presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 41, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 158 fracción I y 160 de la Ley Agraria; 104, 105, 107 y 108 del anterior Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 107 del vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 6 fracciones XII y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; artículo 2o. fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. II.- Que en atención a la referida solicitud de puesta a disposición realizada por el Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, relativa al predio denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, la entonces Secretaría de la Reforma Agraria, hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, comisionó personal de su adscripción para el efecto de que se llevarán a cabo los trabajos de medición y deslinde del predio solicitado, en estricto apego a lo preceptuado por los artículos 160 de la Ley Agraria y los entonces vigentes 107 y 108, actualmente 104 y 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, levantándose al efecto el Acta de Deslinde correspondiente, de la que se observa que el predio que se pondrá a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, tiene una superficie total de 1,164-78-32 hectáreas; una vez llevada a cabo la revisión de los trabajos realizados por el personal adscrito a la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, por conducto del Departamento de Resoluciones, en términos del artículo 107 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, se emitió el dictamen técnico número 719076 de fecha dos de junio de dos mil catorce, del que se desprende que los resultados obtenidos son considerados correctos, además que el predio deslindado, se trata de un terreno propiedad de la Nación, en calidad de baldío, por lo que con fecha diez de junio de dos mil catorce, esta Dependencia del Ejecutivo Federal emitió Resolución, mediante la que se declaró nacional dicho predio, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de noviembre de dos mil catorce. Lo anterior, para estar en condiciones de dar debido cumplimiento a una de sus facultades, como lo es, la Administración de Areas Naturales Protegidas, de conformidad con lo preceptuado por la fracción VII del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y Título Segundo, Capítulo I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. III.- Que como se desprende del análisis del fundamento legal anteriormente señalado es facultad de esta Dependencia del Ejecutivo Federal la administración de los Terrenos Nacionales, por lo que en consecuencia, corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en cumplimiento a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, atender la
  • 72. 72 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 solicitud hecha por el Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, a efecto de poner a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, el terreno nacional denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, localizado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, que se encuentra inmerso en las poligonales del Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, la región denominada “MAPIMI”, localizada en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado de Durango, que comprende una superficie total de 1,164-78-32 hectáreas. Bajo este tenor, toda vez que es competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, el manejo y administración de las Areas Naturales Protegidas, como se establece en el último párrafo del artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, por tratarse del predio en cuestión de Terrenos Nacionales comprendidos dentro de un Area Natural Protegida de carácter Federal, es procedente emitir el presente Acuerdo, a efecto de poner a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para que se destinen conforme a las disposiciones jurídicas que resulten aplicables de conformidad a lo preceptuado por las fracciones I, V y X del artículo 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. IV.- Que habiéndose cumplido con lo dispuesto por la Ley Agraria y el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y toda vez que es competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas el manejo y administración de las Areas Naturales Protegidas, como se establece en el último párrafo del artículo 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, por tratarse el predio en cuestión de un Terreno Nacional comprendido dentro de un Area Natural Protegida de carácter Federal, es procedente PONER A DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, PARA SU ADMINISTRACION, EL TERRENO NACIONAL DENOMINADO “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO, ESTADO DE DURANGO, CON UNA SUPERFICIE DE 1,164-78-32 HECTAREAS (MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO HECTAREAS, SETENTA Y OCHO AREAS, TREINTA Y DOS CENTIAREAS); puesta a disposición, que deberá ser formalizada con independencia de los efectos jurídicos que surten a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Instrumento legal, a través del Acta de Entrega - Recepción correspondiente. Por lo anteriormente expuesto y fundado, se dicta el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se pone a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para su administración, el terreno nacional denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO, ESTADO DE DURANGO, el cual se encuentra ubicado dentro de las poligonales del Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, la región denominada “MAPIMI”, situada en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado de Durango, que comprende una superficie total de 1,164-78-32 hectáreas, cuya dimensión, localización y colindancias, se encuentran descritas en el cuerpo del presente Instrumento legal. SEGUNDO.- Elabórese el Acta de Entrega – Recepción correspondiente, a través de la cual se efectuará la entrega formal y material a la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, del Terreno Nacional denominado “DUNAS DE LA SOLEDAD POLIGONO TRES”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE TLAHUALILO, ESTADO DE DURANGO, CON SUPERFICIE DE 1,164-78-32 HECTAREAS, que se encuentra ubicado dentro de las poligonales del Area Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, la región denominada “MAPIMI”, ubicada en el Municipio de Tlahualilo, en el Estado de Durango. TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo en el Registro Público de la Propiedad Federal, en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de la Entidad Federativa de que se trata. CUARTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y notifíquese mediante copia certificada del mismo a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, así como a la Delegación de esta Secretaría en el Estado de Durango, para los efectos legales a que haya lugar. Dado en la Ciudad de México, a 6 de enero de 2016.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
  • 73. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 73 CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Cumbres del Sur Etapa III, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán en el Estado de Sinaloa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda. PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN, EN EL ESTADO DE SINALOA; REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL C. JUAN GABRIEL BALLARDO VALDÉZ; ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: CONSIDERANDOS I. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en consideración los criterios propuestos por las entidades federativas. II. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las "Reglas de Operación". III. Q.ue en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio. IV. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora" quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida. V. Que el 7 abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de Operación de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en detallar actividades y desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando aspectos de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor comprensión de las citadas Reglas” para “ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados en su implementación”. VI. Que en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente instrumento jurídico. VII. Que el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora. VIII. Que el mes de octubre del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "Cumbres del Sur Etapa III", con domicilio en calle Boulevard Lomas de San Isidro sin número, Fraccionamiento Lomas de San Isidro, en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80197; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U2
  • 74. 74 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 y coordenadas X=24.7619917° N; Y= 107.3960261° E; con superficie del predio de 27,527.67 metros cuadrados; promovido por el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa; con domicilio en calle Juan José Ríos número 399 esquina con calle Juan M. Banderas, colonia Almada, en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80019. DECLARACIONES I. Declara la "SEDATU": I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos 1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes. I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo. I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014. I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento Interior de la "SEDATU". I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la “SEDATU”. I.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales. I.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A, Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior. I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en Av. Paseo de la Reforma No. 333, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la Ciudad de México, Distrito Federal. II. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN EN EL ESTADO DE SINALOA: II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Culiacán, en el Estado de Sinaloa; con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 110 y 125 fracción V de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 88 de la Ley del Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, según como lo acredita en el poder con la escritura pública número 4,934, volumen XVII de fecha 13 de febrero de 2014, protocolizada por el Licenciado Ismael Arenas Espinoza, notario público número 162 en el estado, con ejercicio y residencia en esta municipalidad.
  • 75. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 75 TESTIMONIO PRIMERO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO (5,048) CINCO MIL CUARENTA y OCHO. VOLUMEN (XVIII) DECIMOCTAVO, DE FECHA (30) TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO (2014) DOS MIL CATORCE. ACTO JURÍDICO QUE CONSIGNA del Acta de SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULlACÁN, de fecha 11 de julio del año 2014, en la que entre otros acuerdos, se aprobó la autorización al C. JUAN GABRIEL BALLARDO VALDEZ, para que celebre y suscriba en nombre y representación del referido Instituto, todos los convenios y contratos que sean necesarios para la ejecución de programas de vivienda municipales, incluyendo los traslativos de dominio. Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 26, Fracciones I y II del Reglamento del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Sinaloa, son objetivos del Instituto, entre otros, el promover y realizar programas de vivienda para que las familias en condiciones de pobreza extrema puedan adquirir, mejorar o construir su vivienda, así como establecer, en coordinación con las dependencias municipales competentes, en el marco del Plan Municipal de Desarrollo, las políticas de inversión pública en materia de vivienda. II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa, C. Juan Gabriel Ballardo Valdez, se encuentra asistido por el II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en calle Juan José Ríos número 399 esquina con calle Juan M. Banderas, colonia Almada, en la ciudad de Culiacán, Estado de Jalisco, C.P. 80019. III. Declaran conjuntamente "LAS PARTES": III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, para el ejercicio fiscal 2014. III.2. Que cuentan con facultades para promover y, en su caso, coordinar programas y acciones con las dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u objeto, con los gobiernos de los Estados con la participación de sus Municipios y del Distrito Federal, así como concertarlos con los sectores social y privado. III.3. Que se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que suscriben el presente Convenio de Coordinación. Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 6, 25, 26, 27, 40, 42 fracción I, 43, 90, 115 fracción V inciso a) y 121 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 9, 14, 16, 26 y 41 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25 fracción VI, 52, 54, 75 fracción II, segundo párrafo, 77, 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y demás relativos de su Reglamento; 1, 7 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 2 apartado A fracción I inciso b), 7 fracción X del Reglamento Interior de la "SEDATU", las disposiciones jurídicas contenidas en las Reglas de Operación del Programas de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre de 2013; 1, 4, 17, 18 fracción I, 110, 111, 125 fracción V, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 2, 3, 4, 6, fracción III, 9 fracciones VI, IX, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa; 1, 2, 3, 4, 5, 29 fracción VII, 88, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; 1, 2, 3, 4, 8, 9, 11, 14, XIV y XIX del Reglamento del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Sinaloa; 1, 2, 3 fracción I, 4, 12, 13, 14, 15, 16, 19 fracción V, 22, 23, 24, 29, 30 fracciones I, XI y XXIII del Decreto por el que se establecen las bases generales de organización y funcionamiento de los Organismos Descentralizados de la Administración Pública del Municipio de Culiacán, Sinaloa. "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación, conforme a las siguientes:
  • 76. 76 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CLÁUSULAS OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación y cooperación entre "LAS PARTES", para el debido ejercicio de los recursos que otorga el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio 2014, cuyo objeto es el aprovechamiento de suelo interurbano que permita desarrollar vivienda social vertical para población con ingresos de hasta 5 Salarios Mínimos Generales Vigentes Mensuales y que cuente con un financiamiento y/o un ahorro previo. Los recursos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se aplicarán para el Proyecto denominado "Cumbre del Sur Etapa III", con domicilio en calle Boulevard Lomas de San Isidro, sin número, Fraccionamiento Lomas de San Isidro, en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80197; el cual cumple con los requerimientos contenidos en las "Reglas de Operación" del "PCRU" aplicables al ejercicio fiscal 2014, según se acredita con el Oficio de Autorización Técnica número 511/DG/PCRU0707AT/2014 (DGDUS y V1375) emitido por la "Instancia Coordinadora" y el cual prevé la realización de 336 acciones de vivienda. ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN SEGUNDA.- "LAS PARTES" al amparo de este Convenio, se comprometen además, a trabajar de manera coordinada en las actividades siguientes: I. Propiciar la planeación y el desarrollo de proyectos de edificación de vivienda en suelo interurbano, con la participación de los sectores social y privado. II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la conformación de Padrones de Beneficiarios a partir de la población objetivo del Programa, a fin de satisfacer las necesidades habitacionales de la población en suelo interurbano. III. Determinar criterios para la elaboración conjunta de convenios y acuerdos específicos con los municipios, organismos sociales y privados, para la ejecución de las actividades previstas en el Programa, tal como puede ser su difusión y promoción. IV. Promover y apoyar los programas de la "SEDATU", con la participación, en su caso, de los municipios, organismos estatales y municipales de vivienda. V. Emprender acciones de política pública para hacer viables los postulados de la política nacional urbana y de vivienda del Gobierno de la República, prevista en los instrumentos de planeación nacional correspondientes. Las anteriores actividades, son de carácter enunciativo, sin perjuicio de que "LAS PARTES” acuerden otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio, las cuales deberán mediar por escrito. APORTACIONES DE RECURSOS TERCERA.- Para el Proyecto objeto de este Convenio, la "Instancia Coordinadora" y la "Instancia Ejecutora" acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones normativas aplicables, realizarán una aportación conjunta hasta por un monto de $9'408,00000 (NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente: • Un monto de $6'720,000.00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), a cargo de la "SEDATU", mismo que está sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014. • Un monto de $2'688,00000 (DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), a cargo de la "Instancia Ejecutora", que corresponde al 140% (cuarenta por ciento), de la aportación federal. En caso de que la "Instancia Ejecutora" realice aportaciones adicionales para la ejecución de las acciones relativas al "PCRU", ello no implica la obligación para la "SEDATU" de efectuar aportación adicional alguna. En todo caso, se sujetarán a los criterios que establecen las "Reglas de Operación" y demás disposiciones aplicables
  • 77. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 77 La aportación que realice la “Instancia Ejecutora” al amparo del “PCRU” podrá consistir en aportación en moneda nacional, aportaciones en especie una mezcla de ambas. Para el caso de aportaciones en especie, éstas deberán ser medibles, verificables, cuantificables y equivalentes a la cantidad que represente el porcentaje que les corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de las "Reglas de Operación". DE LA FORMA DE ACREDITAR LA APORTACIÓN DE RECURSOS CUARTA.- La "Instancia Coordinadora", a través de la Dirección de Programación y Presupuestación de la "SEDATU", realizará una transferencia bancaria por el monto de la aportación del Gobierno Federal al Proyecto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de las Reglas de Operación y el apartado 4.5.1 del Manual de Operación, previa aprobación del proyecto y suscripción del presente convenio. La transferencia de recursos federales se hará en la cuenta bancaria que reúna las características mencionadas en el apartado 4.3.2 del Manual de Operación: la cual quedará acreditada mediante la Cuenta por Liquidar Certificada que se emita al efecto. La aportación en especie de la "Instancia Ejecutora" ya fue realizada a través de la inversión municipal en la Urbanización exterior del entorno, consistente: 1.- Construcción de banquetas y guarniciones con longitud de 7,321.29 metros, a la que se le asigna un valor de $1,338,659.88 (son un millón trescientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y nueve pesos 88/100 M.N.). 2.- Tendido de pavimentación con superficie de 5,519.27 metros cuadrados, a la que se le asigna un valor de $1,653,351.92 (son un millón seiscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y un pesos 92/100 M.N.). La Instancia Coordinadora comprobará la existencia y operatividad de las aportaciones en especie, realizando la verificación en campo elaborando un reporte documental y, en su caso fotográfico, que evidencie la veracidad y operatividad de la aportación En cualquier caso la "Instancia Normativa" se reserva el derecho de modificar, añadir o suprimir medios e instrumentos de verificación que abonen a los propósitos del Programa y que promuevan la certeza y la transparencia en la aplicación del recurso federal. De cualquier forma, éstos deberán darse a conocer con anticipación a la "Instancia Ejecutora" participante y formarán parte de un Anexo de este Convenio. La documentación que acredite las aportaciones deberá integrarse por la "Instancia Coordinadora" al expediente del Proyecto. DEL CONVENIO ENTRE LA "INSTANCIA EJECUTORA" Y LA PERSONA FÍSICA O MORAL RESPONSABLE DEL PROCESO CONSTRUCTIVO DE LAS VIVIENDAS. QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" deberá suscribir un instrumento jurídico con la persona física o moral responsable del proyecto constructivo de las viviendas en el que se especifique, cuando menos: 1.- El objeto, motivo o fin del mismo; 2.- Las obligaciones entre las partes; 3.- Deberá constar el reconocimiento mutuo e inapelable de la personalidad y capacidad jurídica de las partes, señalando su domicilio y demás datos para su localización, 4.- El monto y forma en que la Instancia Ejecutora entregará los recursos, a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas apegándose a los siguientes criterios: • La Instancia Ejecutora entregará al desarrollador de vivienda el 50% de los recursos cuando este último compruebe que el avance físico de obra es del 20% mínimo, y el 50% restante será entregado al desarrollador de vivienda cuando haya comprobado el 60% de avance físico de obra. El avance físico de la obra, para los efectos del avance mínimo del 20% mencionado en el párrafo anterior, comprende la ejecución del desplante de la cimentación e inicio de levantamiento de los muros de la vivienda. El avance físico de la obra del 60% comprende la conclusión de la obra negra. La "Instancia coordinadora" realizará la verificación del avance físico de la obra por sí misma, a través del personal que designe para tal efecto; por conducto de la Instancia Auxiliar y/o a solicitud expresa de validación al Registro Único de Vivienda.
  • 78. 78 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 La "Instancia Ejecutora" deberá recabar los comprobantes de ministración y ejercicio de los recursos que haya entregado a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes al depósito de los mismos, el incumplimiento de lo anterior será causal de rescisión del convenio. En el supuesto de que las viviendas ya se encuentren edificadas, la persona física o moral responsable de la construcción de las mismas, deberá remitir a la Instancia Ejecutora el o los expedientes personales debidamente integrados de cada beneficiario, cuyos ingresos serán hasta 5 Salarios Mínimos Generales Vigentes Mensuales. La Instancia Ejecutora verificará que el expediente personal del beneficiario cumpla con los requisitos solicitados por el Programa y hecho lo anterior, si el expediente ha sido validado y aprobado por la Instancia Ejecutora, aquélla entregará al responsable del proceso constructivo de las viviendas, el 100% de los recursos aportados por cada vivienda. En todo caso, la "Instancia Ejecutora" deberá acreditar documentalmente el ejercicio de los recursos a más tardar al día 15 de diciembre del año en curso 5.- La forma y términos en que se controlará y evaluará el ejercicio de los recursos federales, 6.- Que la "Instancia Ejecutora" deberá cumplir con las disposiciones jurídicas y normativas relativas a las acciones de blindaje electoral y de participación ciudadana; 7.- La forma en que podrá ser adicionado y modificado el convenio de que se trate; 8.- La vigencia del convenio; 9.- Las sanciones por incumplimiento, las cuales deberán prever la activación de un mecanismo jurídico inmediato para hacer exigible por la vía judicial los compromisos contraídos en este Convenio, y 10.- La forma de resolución de controversias. En caso de que exista alguna controversia entre la "Instancia Ejecutora" y la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento de la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda en su calidad de "Instancia Coordinadora". La "Instancia Ejecutora" deberá remitir un ejemplar del citado instrumento jurídico a la Instancia Coordinadora, previo a la firma del mismo, a efecto de que esta última compruebe el cumplimiento de los requerimientos antes descritos Las "PARTES" convienen que los apoyos se entregarán a los beneficiarios de los programas señalados en las "Reglas de Operación" así como en el Manual de Operación correspondiente, de acuerdo a la disponibilidad de los recursos del "PCRU" independientemente de su origen, sin embargo, los recursos deberán ser acreditados al 15 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, al cierre del ejercicio fiscal la "Instancia Ejecutora" informará a la "SEDATU" el resultado de la ejecución de los recursos asignados en este Convenio. SEXTA.- Los recursos que aporte la "SEDATU" conforme al presente Convenio, serán considerados como subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia del presente instrumento, ya que al ser transferidos para su aplicación a la "Instancia Ejecutora" o los beneficiarios, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control, ejercicio y comprobación. SÉPTIMA.- Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la "Instancia Ejecutora" se compromete a recabar, validar y presentar ante la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda de la "SEDATU", la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados a los beneficiarios, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la documentación e información de los avances físicos y financieros de los apoyos otorgados, conforme a las disposiciones previstas en las "Reglas de Operación". OCTAVA.- En el caso de que la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio y pago de los recursos federales transferidos al amparo del "PCRU", quedará obligada a la devolución de los mismos en los términos que se indican en la cláusula DÉCIMA QUINTA del presente instrumento.
  • 79. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79 COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LAS "PARTES" NOVENA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio la "SEDATU" se compromete a: I. Emitir a través de las unidades responsables que determine la "SEDATU", los lineamientos normativos, técnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de los recursos federales aportados; II. Proporcionar asesoría técnica y colaborar con el personal que la "Instancia Ejecutora" designe y responsabilice de realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico; III. Transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales federales que se convengan, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación de los mismos; IV. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que expresamente establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; V. En términos del contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se compromete a que la propaganda que bajo cualquier modalidad de comunicación social se difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción; VI. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción, y VII. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, y sus eventuales anexos. DÉCIMA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio, la "Instancia Ejecutora" se obliga a: I. Ejecutar de manera oportuna los recursos y transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación y administración de los mismos; II. Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SEDATU" le transfiera o aporte, exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las disposiciones jurídicas aplicables; III. Ejecutar oportunamente los recursos materia del presente Convenio, acorde a lo establecido en el "Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2014" y en la legislación aplicable; IV. Elaborar y entregar los informes trimestrales respectivos a la "SEDATU"; V. Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales federales; VI. Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SEDATU" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SEDATU", así lo requiera participar en emisión de los mismos; VII. Presentar oportunamente información que le sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del presente Convenio, proyectos y anexos que de éste se deriven; VIII. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción; IX. Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; X. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadores, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables;
  • 80. 80 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 XI. Instruir al personal designado por la "Instancia Ejecutora" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SEDATU" aporta al amparo del "PCRU"; proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales; XII. Presentar el cierre del ejercicio fiscal de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; XIII. Abstenerse de disponer de los recursos otorgados al amparo del "PCRU" si previamente no han cumplido con el depósito, y en su caso, con la exhibición del comprobante de su aportación correspondiente; en el entendido de que en caso de incumplimiento de esta obligación serán sancionados en los términos de lo dispuesto en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de este instrumento jurídico. XIV. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, anexos y demás instrumentos que se deriven de este Convenio. REPRESENTANTES DE LAS "PARTES" DÉCIMA PRIMERA.- Para la adecuada ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio de Coordinación y el logro de su objeto "LAS PARTES", en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdan designar un representante, en los siguientes términos: Por la "SEDATU", al Director de Suelo Urbano adscrito a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda de la "SEDATU", y en ausencia de este último por el (la) Delegado(a) en el Estado de Sinaloa, cuyo titular a la firma del presente instrumento es el C. Rosendo Enrique Camacho Luque. Por la "Instancia Ejecutora", al C. Juan Gabriel Ballardo Valdez Director General del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Sinaloa. Los representantes de "LAS PARTES", serán los encargados de supervisar el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable, de las "Reglas de Operación" vigentes, del presente Convenio y los eventuales Anexos y Acuerdos Específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico y, en su caso, acordar y promover las medidas que se requieran al efecto. Por otra parte, serán los responsables de suscribir Anexos, Acuerdos Específicos y modificaciones a los mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES DÉCIMA SEGUNDA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre la población objetivo e interesados en general, las características, beneficios, alcances y resultados de la Coordinación prevista en el presente Convenio. En todo caso, "LAS PARTES" acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, particularmente respecto al Programa y apoyos previstos en las "Reglas de Operación" deberán incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SEDATU" y la "Instancia Ejecutora", y contener la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Por otra parte, los proyectos que no cuenten con padrón de beneficiarios preestablecido, se deberán manejar invariablemente mediante convocatoria abierta, y en ningún caso, sus recursos deberán estar etiquetados o predeterminados, de manera específica, a determinadas personas físicas, u otorgarles a éstas preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo, con excepción de la priorización establecida en el "PCRU" o que atienden problemas prioritarios ordenados por el titular del Ejecutivo Federal. De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los apoyos del "PCRU" para promover o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales.
  • 81. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81 EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN DÉCIMA TERCERA.- Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25, 27, 75, 78, 85, 110 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, referentes a la Evaluación de los programas sujetos a reglas de operación, enlistados en el "Anexo 24 Programas sujetos a reglas de operación" del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; la "Instancia Ejecutora", proporcionará al personal designado por las instancias evaluadoras, todas las facilidades así como la información necesarias para el desarrollo de los procesos de evaluación del "PCRU". PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BLINDAJE ELECTORAL DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" propiciarán la participación de los beneficiarios del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo, ajustándose para tal efecto a los "LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE DESARROLLO SOCIAL", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. En la operación y ejecución del Programa "LAS PARTES" observarán y atenderán las disposiciones jurídicas aplicables, durante los procesos electorales federales, estatales y municipales CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) sin excepción, los recursos de origen federal y productos financieros generados materia del presente Convenio, que al 31 de diciembre del presente año no se encuentren efectivamente devengados, en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 85 y 176 de su Reglamento; debiendo remitir a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda y a la Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" la copia del comprobante del depósito correspondiente DÉCIMA SEXTA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen ADICIONES Y MODIFICACIONES DÉCIMO SÉPTIMA.- El presente Convenio de Coordinación podrá ser adicionado o modificado de común acuerdo por "LAS PARTES", dichas adiciones y modificaciones deberán constar por escrito y surtirán sus efectos a partir de la fecha de su firma. INTERPRETACIÓN DÉCIMA OCTAVA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que, en caso de controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación, lo resolverán de común acuerdo. De no ser posible lo anterior, "LAS PARTES" se sujetarán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en forma expresa al fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles DÉCIMA NOVENA.- Las "PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, se sujetarán a las disposiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de Planeación, en concordancia con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIGÉSIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, pudiendo ser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo por las "PARTES", conforme al presente Convenio y su vigencia, por lo que se refiere al ejercicio de los recursos, no excederá del 31 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
  • 82. 82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CLÁUSULA DE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO VIGÉSIMA PRIMERA.- En los términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Planeación, la "Instancia Ejecutora" conviene que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente instrumento jurídico, y sus anexos; así como las que deriven de las Reglas de Operación del "PCRU", su respectivo Manual de Operación y demás disposiciones normativas aplicables; pagarán a la Federación por conducto de la TESOFE. El reintegro del total de la aportación federal recibida, los rendimientos generados y las cargas financieras correspondientes; debiendo depositar dichas cantidades sin necesidad de requerimiento previo dentro de los plazos legales establecidos para tal efecto y especialmente en los siguientes casos: 1.- Cuando el precio de venta de la vivienda construida en los predios apoyados por el Programa rebase los 200 SMGVM. El valor de venta de la vivienda deberá quedar asentado en la escritura pública que ampare la traslación de dominio de la misma, la cual, conjuntamente con el Certificado de Subsidio debidamente firmado por el beneficiario, constituirán el comprobante idóneo del precio final de la vivienda. 2. - Cuando la Instancia Ejecutora no realice la aportación al Programa dentro de los plazos establecidos en el artículo 32 de las Reglas. 3.- Cuando no realice el reintegro oportuno de los recursos para su reasignación, en los términos señalados en los numerales 6, último párrafo y 7 del apartado 4.5.3.1 del Manual de Operación. 4.- Cuando la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio de los recursos entregados a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la ministración de los recursos. La acreditación del ejercicio de los recursos señalados en el párrafo anterior deberá comprender, entre otros: a).- Los comprobantes de depósito de recursos económicos transferidos, y b).- Los comprobantes con valor fiscal que amparen las cantidades transferidas. La "SEDATU", por conducto del personal que se designe para tal efecto; podrá verificar el cumplimiento en la reducción del precio final de la vivienda cuando se verifique la entrega de la vivienda vertical apoyada por el Programa a las personas físicas señaladas como población objetivo de acuerdo al listado establecido en el Padrón de Beneficiarios. Dicha verificación de cumplimiento final podrá realizarse en el momento de la entrega de la vivienda vertical apoyada con recursos del Programa, o en fecha posterior, a elección de la "SEDATU", sin que sea necesario aviso previo a la "Instancia Ejecutora", misma que quedará obligada a prestar las facilidades necesarias al personal designado, en los términos establecidos en la cláusula "DECIMA" del presente convenio. VIGÉSIMA SEGUNDA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial del Estado y en las páginas institucionales de "LAS PARTES" en sistema electrónico internet. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 31 días del mes de octubre de 2014.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Director General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, Jorge León Wolpert Kuri.- Rúbrica.- El Delegado de la SEDATU en el Estado de Sinaloa, Rosendo Enrique Camacho Luque.- Rúbrica.- Por el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, Juan Gabriel Ballardo Valdez.- Rúbrica.- El Jefe de Administración y Finanzas del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Eduardo Valdez López.- Rúbrica.- La Jefa de Promoción Social del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Antonia Barraza Noriega.- Rúbrica.
  • 83. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83 CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Piedra de Agua, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda. PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN; REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, LIC. CÉSAR ARMANDO ESCOBEDO MAY, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR DE PLANEACIÓN TERRITORIAL, INGENIERO WILBERTH GUILLERMO BUENFIL BERZUNZA; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: CONSIDERANDOS I. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en consideración los criterios propuestos por las entidades federativas. II. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las "Reglas de Operación". III. Que en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio. IV. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora" quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida. V. Que el 7 de abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de Operación de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en "detallar actividades y desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando aspectos de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor comprensión de las citadas Reglas" para "ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados en su implementación". VI. Que, en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente instrumento jurídico. VII. Que, el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora. VIII. Que, el día 21 del mes de julio del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "Piedra de Agua", con domicilio en Calle 31-1 número 635, fraccionamiento Piedra de Agua, en la localidad de Itzincab y Mulsay, Municipio de Umán, en el Estado de Yucatán, C.P. 97392; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U2 con coordenadas X= 2,313,326.4910; Y= 500,823.6310; con superficie del predio de 28,409.83 metros cuadrados; promovido por el INSTITUTO DE VIVIENDA del Estado de Yucatán, con domicilio en Calle 56 número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000.
  • 84. 84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DECLARACIONES I. Declara la "SEDATU": I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos 1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes. I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo. I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014. I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento Interior de la "SEDATU". I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU". I.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales. I.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A, Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior. I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en Av. Paseo de la Reforma No. 333, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la Ciudad de México, Distrito Federal. II. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN: II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Yucatán, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, contenido en el decreto número 75, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán de fecha 15 de abril de 2008. II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, en mérito de lo establecido por los artículos 76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán, así como los diversos números 4, fracciones X, XVI, XXI y 11 fracción XI de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán. II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, se encuentra asistido por el Ing. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza, Director de Planeación Territorial de este Instituto. II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en Calle 56 número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000. III. Declaran conjuntamente "LAS PARTES": III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, para el ejercicio fiscal 2014. III.2 Que cuentan con facultades para promover y, en su caso, coordinar programas y acciones con las dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u objeto, con los gobiernos de los Estados con la participación de sus Municipios y del Distrito Federal, así como concertarlos con los sectores social y privado. III.3. Que se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que suscriben el presente Convenio de Coordinación:
  • 85. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85 Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 6, 25, 26, 27, 40, 42 fracción I, 43, 90, 116 fracción VII y 121 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 9, 14, 16, 26 y 41 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25 fracción VI, 52, 54, 75 fracción II, segundo párrafo, 77, 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y demás relativos de su Reglamento; 1, 7 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 2 apartado A fracción I inciso b), 7 fracción X del Reglamento Interior de la "SEDATU"; las disposiciones jurídicas contenidas en las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre de 2013; 16 y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 2, 4, 6, 66, 67, 68 bis, 71, 75 y 76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán; 1, 4, 5 fracción II, 6, 21 y 22 fracciones I y III de la Ley de Vivienda del Estado de Yucatán; 1, 2, 4 fracciones X, XVI y XXI, 11 fracción XI de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación, conforme a las siguientes: CLÁUSULAS OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación y cooperación entre "LAS PARTES", para el debido ejercicio de los recursos que otorga el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio 2014, cuyo objeto es el aprovechamiento de suelo intraurbano que permita desarrollar vivienda social vertical para población con ingresos de hasta 5 Salarios Mínimos Generales Vigentes Mensuales y que cuente con un financiamiento y/o un ahorro previo. Los recursos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se aplicarán para el Proyecto denominado "Piedra de Agua", con domicilio en Calle 31-1 número 635, fraccionamiento Piedra de Agua, en la localidad de Iztincab y Mulsay, Municipio de Umán, en el Estado de Yucatán, C.P. 97392; el cual cumple con los requerimientos contenidos en las "Reglas de Operación" del "PCRU" aplicables al ejercicio fiscal 2014, según se acredita con el Oficio de Autorización Técnica número 511/DG/PCRU0491AT/2014 emitido por la "Instancia Coordinadora" y el cual prevé la realización de 336 acciones de vivienda. ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN SEGUNDA.- "LAS PARTES" al amparo de este Convenio, se comprometen además, a trabajar de manera coordinada en las actividades siguientes: I. Propiciar la planeación y el desarrollo de proyectos de edificación de vivienda en suelo intraurbano, con la participación de los sectores social y privado. II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la conformación de Padrones de Beneficiarios a partir de la población objetivo del Programa, a fin de satisfacer las necesidades habitacionales de la población en suelo intraurbano. III. Determinar criterios para la elaboración conjunta de convenios y acuerdos específicos con los municipios, organismos sociales y privados, para la ejecución de las actividades previstas en el Programa, tal como puede ser su difusión y promoción. IV. Promover y apoyar los programas de la "SEDATU", con la participación, en su caso, de los municipios, organismos estatales y municipales de vivienda. V. Emprender acciones de política pública para hacer viables los postulados de la política nacional urbana y de vivienda del Gobierno de la República, prevista en los instrumentos de planeación nacional correspondientes. Las anteriores actividades, son de carácter enunciativo, sin perjuicio de que "LAS PARTES" acuerden otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio, las cuales deberán mediar por escrito. APORTACIONES DE RECURSOS TERCERA.- Para el Proyecto objeto de este Convenio, la "Instancia Coordinadora" y la "Instancia Ejecutora" acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones normativas aplicables, realizarán una aportación conjunta hasta por un monto de $10'080,000.00 (DIEZ MILLONES OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente: • Un monto de $6,720,000.00, (SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), a cargo de la "SEDATU", correspondiente a la aportación federal; mismo que está sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014.
  • 86. 86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 • Un monto de $3'360,000.00, (TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), a cargo de la "Instancia Ejecutora", que corresponde al 50% (cincuenta por ciento), de la aportación federal. En caso de que la "Instancia Ejecutora" realice aportaciones adicionales para la ejecución de las acciones relativas al "PCRU", ello no implica la obligación para la "SEDATU" de efectuar aportación adicional alguna. En todo caso, se sujetarán a los criterios que establecen las "Reglas de Operación" y demás disposiciones aplicables. La aportación que realice la "Instancia Ejecutora" al amparo del "PCRU" podrá consistir en aportaciones en moneda nacional, aportaciones en especie o una mezcla de ambas. Para el caso de aportaciones en especie, éstas deberán ser medibles, verificables, cuantificables y equivalentes a la cantidad que represente el porcentaje que les corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de las "Reglas de Operación". DE LA FORMA DE ACREDITAR LA APORTACIÓN DE RECURSOS CUARTA.- LA "INSTANCIA COORDINADORA", a través de la Dirección de Programación y Presupuestación de la "SEDATU", realizará una transferencia bancaria por el monto de la aportación del Gobierno Federal al Proyecto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de las Reglas de Operación y el apartado 4.5.1 del Manual de Operación, previa aprobación del proyecto y suscripción del presente convenio. La transferencia de recursos federales se hará en la cuenta bancaria que reúna las características mencionadas en el apartado 4.3.2 del Manual de Operación; la cual quedará acreditada mediante la Cuenta por Liquidar Certificada que se emita al efecto. La aportación de la "Instancia Ejecutora", es en monetario, consecuentemente los recursos deberán transferirse a la misma cuenta bancaria en la que fue depositado el recurso federal, para lo cual, la constancia de depósito, será el documento apropiado para acreditarlo. Este documento será presentado ante la "Instancia Coordinadora" en el plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de aquel en que se haya verificado la transferencia del recurso federal. DEL CONVENIO ENTRE LA "INSTANCIA EJECUTORA" Y LA PERSONA FÍSICA O MORAL RESPONSABLE DEL PROCESO CONSTRUCTIVO DE LAS VIVIENDAS. QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" deberá suscribir un instrumento jurídico con la persona física o moral responsable del proyecto constructivo de las viviendas en el que se especifique, cuando menos: 1.- El objeto, motivo o fin del mismo; 2.- Las obligaciones entre las partes; 3.- Deberá constar el reconocimiento mutuo e inapelable de la personalidad y capacidad jurídica de las partes, señalando su domicilio y demás datos para su localización. 4.- El monto y forma en que la Instancia Ejecutora entregará los recursos, a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas apegándose a los siguientes criterios: • La Instancia Ejecutora entregará al desarrollador de vivienda el 50% de los recursos cuando este último compruebe que el avance físico de obra es del 20% mínimo, y el 50% restante será entregado al desarrollador de vivienda cuando haya comprobado el 60% de avance físico de obra. El avance físico de la obra, para los efectos del avance mínimo del 20% mencionado en el párrafo anterior, comprende la ejecución del desplante de la cimentación e inicio de levantamiento de los muros de la vivienda. El avance físico de la obra del 60% comprende la conclusión de la obra negra. La "Instancia coordinadora" realizará la verificación del avance físico de la obra por sí misma, a través del personal que designe para tal efecto; por conducto de la Instancia Auxiliar y/o a solicitud expresa de validación al Registro Único de Vivienda. La "Instancia Ejecutora" deberá recabar los comprobantes de ministración y ejercicio de los recursos que haya entregado a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes al depósito de los mismos, el incumplimiento de lo anterior será causal de rescisión del convenio. En todo caso, la "Instancia Ejecutora" deberá acreditar documentalmente el ejercicio de los recursos a más tardar al día 15 de diciembre del año en curso. 5.- La forma y términos en que se controlará y evaluará el ejercicio de los recursos federales. 6.- Que la "Instancia Ejecutora" deberá cumplir con las disposiciones jurídicas y normativas relativas a las acciones de blindaje electoral y de participación ciudadana;
  • 87. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87 7.- La forma en que podrá ser adicionado y modificado el convenio de que se trate; 8.- La vigencia del convenio, 9.- Las sanciones por incumplimiento, las cuales deberán prever la activación de un mecanismo jurídico inmediato para hacer exigible por la vía judicial los compromisos contraídos en este Convenio, y 10.- La forma de resolución de controversias. En caso de que exista alguna controversia entre la "Instancia Ejecutora" y la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento de la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda en su calidad de "Instancia Coordinadora". La "Instancia Ejecutora" deberá remitir un ejemplar del citado instrumento jurídico a la Instancia Coordinadora, previo a la firma del mismo, a efecto de que esta última compruebe el cumplimiento de los requerimientos antes descritos. Las "PARTES" convienen que los apoyos se entregarán a los beneficiarios de los programas señalados en las "Reglas de Operación" así como en el Manual de Operación correspondiente, de acuerdo a la disponibilidad de los recursos del "PCRU" independientemente de su origen, sin embargo, los recursos deberán ser acreditados al 15 de diciembre del 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, al cierre del ejercicio fiscal la "Instancia Ejecutora" informará a la "SEDATU" el resultado de la ejecución de los recursos asignados en este Convenio. SEXTA.- Los recursos que aporte la "SEDATU" conforme al presente Convenio, serán considerados como subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia del presente instrumento, ya que al ser transferidos para su aplicación a la "Instancia Ejecutora" o los beneficiarios, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control, ejercicio y comprobación. SÉPTIMA.- Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la "Instancia Ejecutora" se compromete a recabar, validar y presentar ante la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda de la "SEDATU", la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados a los beneficiarios, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la documentación e información de los avances físicos y financieros de los apoyos otorgados, conforme a las disposiciones previstas en las "Reglas de Operación". OCTAVA.- En el caso de que la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio y pago de los recursos federales transferidos al amparo del "PCRU", quedará obligada a la devolución de los mismos en los términos que se indican en la cláusula DÉCIMA QUINTA del presente instrumento. COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LAS "PARTES" NOVENA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio la "SEDATU" se compromete a: I. Emitir a través de las unidades responsables que determine la "SEDATU", los lineamientos normativos, técnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de los recursos federales aportados; II. Proporcionar asesoría técnica y colaborar con el personal que la "Instancia Ejecutora" designe y responsabilice de realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico; III. Transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales federales que se convengan, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación de los mismos; IV. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que expresamente establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; V. En términos del contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se compromete a que la propaganda que bajo cualquier modalidad de comunicación social se difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción; VI. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción, y VII. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, y sus eventuales anexos.
  • 88. 88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DÉCIMA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio, la "Instancia Ejecutora" se obliga a: I. Ejecutar de manera oportuna los recursos y transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación y administración de los mismos. II. Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SEDATU" le transfiera o aporte, exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las disposiciones jurídicas aplicables; III. Ejecutar oportunamente los recursos materia del presente Convenio, acorde a lo establecido en el "Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2014" y en la legislación aplicable; IV. Elaborar y entregar los informes trimestrales respectivos a la "SEDATU". V. Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales federales; VI. Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SEDATU" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SEDATU", así lo requiera participar en la emisión de los mismos. VII. Presentar oportunamente información que le sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del presente Convenio, proyectos y anexos que de éste se deriven; VIII. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción; IX. Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. X. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadores, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables; XI. Instruir al personal designado por la "Instancia Ejecutora" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SEDATU" aporta al amparo del "PCRU"; proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales; XII. Presentar el cierre del ejercicio fiscal de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, XIII. Abstenerse de disponer de los recursos otorgados al amparo del "PCRU" si previamente no han cumplido con el depósito, y en su caso, con la exhibición del comprobante de su aportación correspondiente; en el entendido de que en caso de incumplimiento de esta obligación serán sancionados en los términos de lo dispuesto en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de este instrumento jurídico. XIV. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, anexos y demás instrumentos que se deriven de este Convenio. REPRESENTANTES DE LAS "PARTES" DÉCIMA PRIMERA.- Para la adecuada ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio de Coordinación y el logro de su objeto "LAS PARTES", en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdan designar un representante, en los siguientes términos: Por la "SEDATU", al Director de Operación Urbana adscrito a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda de la "SEDATU" y en ausencia de este último, por el (la) Delegado(a) en el Estado de Yucatán, cuyo titular a la firma del presente instrumento es el C. Wilberth José Novelo Ceballos. Por la "Instancia Ejecutora", al Director de Planeación Territorial del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, cargo que a la firma de este convenio es ocupado por el lng. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza. Los representantes de "LAS PARTES", serán los encargados de supervisar el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable, de las "Reglas de Operación" vigentes, del presente Convenio y los eventuales Anexos y Acuerdos Específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico y, en su caso, acordar y promover las medidas que se requieran al efecto. Por otra parte, serán los responsables de suscribir Anexos, Acuerdos Específicos y modificaciones a los mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
  • 89. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89 DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES DÉCIMA SEGUNDA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre la población objetivo e interesados en general, las características, beneficios, alcances y resultados de la Coordinación prevista en el presente Convenio. En todo caso, "LAS PARTES" acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, particularmente respecto al Programa y apoyos previstos en las "Reglas de Operación" deberán incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SEDATU" y la "Instancia Ejecutora", y contener la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Por otra parte, los proyectos que no cuenten con padrón de beneficiarios preestablecido, se deberán manejar invariablemente mediante convocatoria abierta, y en ningún caso, sus recursos deberán estar etiquetados o predeterminados, de manera específica, a determinadas personas físicas, u otorgarles a éstas preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo, con excepción de la priorización establecida en el "PCRU" o que atienden problemas prioritarios ordenados por el titular del Ejecutivo Federal. De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los apoyos del "PCRU" para promover o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales. EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN DÉCIMA TERCERA.- Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25, 27, 75, 78, 85, 110 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, referentes a la Evaluación de los programas sujetos a reglas de operación, enlistados en el "Anexo 24. Programas sujetos a reglas de operación" del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; la "Instancia Ejecutora", proporcionará al personal designado por las instancias evaluadoras, todas las facilidades, así como la información necesarias para el desarrollo de los procesos de evaluación del "PCRU". PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BLINDAJE ELECTORAL DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" propiciarán la participación de los beneficiarios del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo, ajustándose para tal efecto a los "LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE DESARROLLO SOCIAL", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. En la operación y ejecución del Programa "LAS PARTES" observarán y atenderán las disposiciones jurídicas aplicables, durante los procesos electorales federales, estatales y municipales. CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) sin excepción, los recursos de origen federal y productos financieros generados materia del presente Convenio, que al 31 de diciembre del presente año no se encuentren efectivamente devengados, en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 85 y 176 de su Reglamento; debiendo remitir a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda y a la Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" la copia del comprobante del depósito correspondiente. DÉCIMA SEXTA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. ADICIONES Y MODIFICACIONES DÉCIMO SÉPTIMA.- El presente Convenio de Coordinación podrá ser adicionado o modificado de común acuerdo por "LAS PARTES", dichas adiciones y modificaciones deberán constar por escrito y surtirán sus efectos a partir de la fecha de su firma.
  • 90. 90 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INTERPRETACIÓN DÉCIMA OCTAVA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que, en caso de controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación, lo resolverán de común acuerdo. De no ser posible lo anterior, "LAS PARTES" se sujetarán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en forma expresa al fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. DÉCIMA NOVENA.- Las "PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, se sujetarán a las disposiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de Planeación, en concordancia con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIGÉSIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, pudiendo ser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo por las "PARTES", conforme al presente Convenio y su vigencia, por lo que se refiere al ejercicio de los recursos, no excederá del 31 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. CLÁUSULA DE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO VIGÉSIMA PRIMERA.- En los términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Planeación, la "Instancia Ejecutora" conviene que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente instrumento jurídico, y sus anexos; así como las que deriven de las Reglas de Operación del "PCRU", su respectivo Manual de Operación y demás disposiciones normativas aplicables; pagarán a la Federación por conducto de la TESOFE. El reintegro del total de la aportación federal recibida, los rendimientos generados y las cargas financieras correspondientes; debiendo depositar dichas cantidades sin necesidad de requerimiento previo dentro de los plazos legales establecidos para tal efecto y especialmente en los siguientes casos: 1.- Cuando el precio de venta de la vivienda construida en los predios apoyados por el Programa rebase los 200 SMGVM. El valor de venta de la vivienda deberá quedar asentado en la escritura pública que ampare la traslación de dominio de la misma, la cual, conjuntamente con el Certificado de Subsidio debidamente firmado por el beneficiario, constituirán el comprobante idóneo del precio final de la vivienda. 2.- Cuando la Instancia Ejecutora no realice la aportación al Programa dentro de los plazos establecidos en el artículo 32 de las Reglas. 3.- Cuando no realice el reintegro oportuno de los recursos para su reasignación, en los términos señalados en los numerales 6, último párrafo y 7 del apartado 4.5.3.1 del Manual de Operación. 4.- Cuando la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio de los recursos entregados a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la ministración de los recursos. La acreditación del ejercicio de los recursos señalados en el párrafo anterior deberá comprender, entre otros: a).- Los comprobantes de depósito de recursos económicos transferidos, y b).- Los comprobantes con valor fiscal que amparen las cantidades transferidas. VIGÉSIMA SEGUNDA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial del Estado y en las páginas institucionales de "LAS PARTES" en sistema electrónico internet. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 22 días del mes de julio de 2014.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Director General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, Jorge León Wolpert Kuri.- Rúbrica.- El Delegado de la SEDATU en el Estado de Yucatán, Wilberth José Novelo Ceballos.- Rúbrica.- Por el Instituto de Vivienda, Estado de Yucatán: el Director General, César Armando Escobedo May.- Rúbrica.- El Director de Planeación Territorial, Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza.- Rúbrica.
  • 91. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 91 CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado San Marcos, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda. PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN; REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, LIC. CÉSAR ARMANDO ESCOBEDO MAY, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR DE PLANEACIÓN TERRITORIAL, INGENIERO WILBERTH GUILLERMO BUENFIL BERZUNZA; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: CONSIDERANDOS I. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en consideración los criterios propuestos por las entidades federativas. II. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las "Reglas de Operación". III. Que en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio. IV. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora" quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida. V. Que el 7 de abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de Operación de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en "detallar actividades y desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando aspectos de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor comprensión de las citadas Reglas" para "ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados en su implementación". VI. Que en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente instrumento jurídico. VII. Que el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora. VIII. Que el día 21 del mes de julio del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "San Marcos", con domicilio en calle 100, predio 638, entre calle 185 y calle 181, fraccionamiento San Marcos, en la ciudad de Mérida, Municipio de Mérida, en el Estado de Yucatán, C.P. 97296; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U1 por criterio interpretativo de homologación de Desarrollo Certificado con coordenadas X= 222613.19; Y= 2313367.48 zona 16; con superficie del predio de 29,120 metros cuadrados; promovido por el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, con domicilio en calle 56 número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000.
  • 92. 92 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DECLARACIONES I. Declara la "SEDATU": I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos 1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes. I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo. I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas Urbanas-conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014. I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento Interior de la "SEDATU". I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU". 1.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales. 1.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A, Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior. 1.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en Av. Paseo de la Reforma No. 333, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la Ciudad de México, Distrito Federal. II. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE YUCATÁN. II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Yucatán, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, contenido en el decreto número 75, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán de fecha 15 de abril de 2008. II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, en mérito de lo establecido por los artículos 76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán, así como los diversos números 4, fracciones X, XVI, XXI, y 11 fracción XI de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán. II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, se encuentra asistido por el Ing. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza, Director de Planeación Territorial de este Instituto. II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en calle 56 número 419 x 47 y 49, colonia Centro, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, C.P. 97000. III. Declaran conjuntamente "LAS PARTES": III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, para el ejercicio fiscal 2014.
  • 93. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 93 III.2. Que cuentan con facultades para promover y, en su caso, coordinar programas y acciones con las dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u objeto, con los gobiernos de los Estados con la participación de sus Municipios y del Distrito Federal, así como concertarlos con los sectores social y privado. III.3. Que se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con la que suscriben el presente Convenio de Coordinación: Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 6, 25, 26, 27, 40, 42 fracción I, 43, 90, 116 fracción VII y 121 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 9, 14, 16, 26 y 41 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25 fracción VI, 52, 54, 75 fracción 11, segundo párrafo, 77, 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y demás relativos de su Reglamento; 1, 7 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 2 apartado A fracción I inciso b), 7 fracción X del Reglamento Interior de la "SEDATU"; las disposiciones jurídicas contenidas en las Reglas de Operación del Programas de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre de 2013; 16 y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 2, 4, 6, 66, 67, 68 bis, 71, 75 y 76 fracción I del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán; 1, 4, 5 fracción II, 6, 21 y 22 fracciones I y III de la Ley de Vivienda del Estado de Yucatán; 1, 2, 4 fracciones X, XVI y XXI, 11 fracción XI de la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación, conforme a las siguientes: CLÁUSULAS OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación y cooperación entre "LAS PARTES", para el debido ejercicio de los recursos que otorga el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio 2014, cuyo objeto es el aprovechamiento de suelo intraurbano que permita desarrollar vivienda social vertical para población con ingresos de hasta 5 Salarios Mínimos Generales Vigentes Mensuales y que cuente con un financiamiento y/o un ahorro previo. Los recursos del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se aplicarán para el Proyecto denominado "San Marcos", con domicilio en calle 100, predio 638, entre calle 185 y calle 181, fraccionamiento San Marcos, en la ciudad de Mérida, Municipio de Mérida, en el Estado de Yucatán, C.P. 97296; el cual cumple con los requerimientos contenidos en las "Reglas de Operación" del "PCRU" aplicables al ejercicio fiscal 2014, según se acredita con el Oficio de Autorización Técnica número 511/DG/PCRU0490AT/2014 emitido por la "Instancia Coordinadora" y el cual prevé la realización de 360 acciones de vivienda. ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN SEGUNDA.- "LAS PARTES" al amparo de este Convenio, se comprometen además, a trabajar de manera coordinada en las actividades siguientes: I. Propiciar la planeación y el desarrollo de proyectos de edificación de vivienda en suelo intraurbano, con la participación de los sectores social y privado. II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la conformación de Padrones de Beneficiarios a partir de la población objetivo del Programa, a fin de satisfacer las necesidades habitacionales de la población en suelo intraurbano. III. Determinar criterios para la elaboración conjunta de convenios y acuerdos específicos con los municipios, organismos sociales y privados, para la ejecución de las actividades previstas en el Programa, tal como puede ser su difusión y promoción. IV. Promover y apoyar los programas de la "SEDATU", con la participación, en su caso, de los municipios, organismos estatales y municipales de vivienda. V. Emprender acciones de política pública para hacer viables los postulados de la política nacional urbana y de vivienda del Gobierno de la República, prevista en los instrumentos de planeación nacional correspondientes. Las anteriores actividades, son de carácter enunciativo, sin perjuicio de que "LAS PARTES" acuerden otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio, las cuales deberán mediar por escrito.
  • 94. 94 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 APORTACIONES DE RECURSOS TERCERA.- Para el Proyecto objeto de este Convenio, la "Instancia Coordinadora" y la "Instancia Ejecutora" acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones normativas aplicables, realizarán una aportación conjunta hasta por un monto de $8'470,588.00 (OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA y OCHO PESOS 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente: • Un monto de $7'200,000.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), a cargo de la "SEDATU", correspondiente a la aportación federal; mismo que está sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014. • Un monto de $1'270,588.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA y OCHO PESOS 00//100 M.N.), a cargo de la "Instancia Ejecutora", que corresponde al 15% (quince por ciento), de la aportación total. En caso de que la "Instancia Ejecutora" realice aportaciones adicionales para la ejecución de las acciones relativas al "PCRU", ello no implica la obligación para la "SEDATU" de efectuar aportación adicional alguna. En todo caso, se sujetarán a los criterios que establecen las "Reglas de Operación" y demás disposiciones aplicables. La aportación que realice la "Instancia Ejecutora" al amparo del "PCRU" podrá consistir en aportaciones en moneda nacional, aportaciones en especie o una mezcla de ambas. Para el caso de aportaciones en especie, éstas deberán ser medibles, verificables, cuantificables y equivalentes a la cantidad que represente el porcentaje que les corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de las "Reglas de Operación". DE LA FORMA DE ACREDITAR LA APORTACIÓN DE RECURSOS CUARTA.- La "Instancia Coordinadora", a través de la Dirección de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" , realizará una transferencia bancaria por el monto de la aportación del Gobierno Federal al Proyecto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de las Reglas de Operación y el apartado 4.5.1 del Manual de Operación, previa aprobación del proyecto y suscripción del presente convenio. La transferencia de recursos federales se hará en la cuenta bancaria que reúna las características mencionadas en el apartado 4.3.2 del Manual de Operación; la cual quedará acreditada mediante la Cuenta por Liquidar Certificada que se emita al efecto. La aportación de la "Instancia Ejecutora", es en monetario, consecuentemente los recursos deberán transferirse a la misma cuenta bancaria en la que fue depositado el recurso federal, para lo cual, la constancia de depósito, será el documento apropiado para acreditarlo. Este documento será presentado ante la "Instancia Coordinadora" en el plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de aquel en que se haya verificado la transferencia del recurso federal. DEL CONVENIO ENTRE LA "INSTANCIA EJECUTORA" Y LA PERSONA FÍSICA O MORAL RESPONSABLE DEL PROCESO CONSTRUCTIVO DE LAS VIVIENDAS. QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" deberá suscribir un instrumento jurídico con la persona física o moral responsable del proyecto constructivo de las viviendas en el que se especifique, cuando menos: 1.- El objeto, motivo o fin del mismo; 2.- Las obligaciones entre las partes; 3.- Deberá constar el reconocimiento mutuo e inapelable de la personalidad y capacidad jurídica de las partes, señalando su domicilio y demás datos para su localización; 4.- El monto y forma en que la Instancia Ejecutora entregará los recursos, a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas apegándose a los siguientes criterios: • La Instancia Ejecutora entregará al desarrollador de vivienda el 50% de los recursos cuando este último compruebe que el avance físico de obra es del 20% mínimo, y el 50% restante será entregado al desarrollador de vivienda cuando haya comprobado el 60% de avance físico de obra. El avance físico de la obra, para los efectos del avance mínimo del 20% mencionado en el párrafo anterior, comprende la ejecución del desplante de la cimentación e inicio de levantamiento de los muros de la vivienda. El avance físico de la obra del 60% comprende la conclusión de la obra negra.
  • 95. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95 La "Instancia coordinadora" realizará la verificación del avance físico de la obra por sí misma, a través del personal que designe para tal efecto; por conducto de la Instancia Auxiliar y/o a solicitud expresa de validación al Registro Único de Vivienda. La "Instancia Ejecutora" deberá recabar los comprobantes de ministración y ejercicio de los recursos que haya entregado a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes al depósito de los mismos, el incumplimiento de lo anterior será causal de rescisión del convenio. En todo caso, la "Instancia Ejecutora" deberá acreditar documentalmente el ejercicio de los recursos a más tardar al día 15 de diciembre del año en curso. 5.- La forma y términos en que se controlará y evaluará el ejercicio de los recursos federales; 6.- Que la "Instancia Ejecutora" deberá cumplir con las disposiciones jurídicas y normativas relativas a las acciones de blindaje electoral y de participación ciudadana; 7.- La forma en que podrá ser adicionado y modificado el convenio de que se trate; 8.- La vigencia del convenio; 9.- Las sanciones por incumplimiento, las cuales deberán prever la activación de un mecanismo jurídico inmediato para hacer exigible por la vía judicial los compromisos contraídos en este Convenio, y 10.- La forma de resolución de controversias. En caso de que exista alguna controversia entre la "Instancia Ejecutora" y la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas, tal circunstancia deberá hacerse del conocimiento de la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda en su calidad de "Instancia Coordinadora". La "Instancia Ejecutora" deberá remitir un ejemplar del citado instrumento jurídico a la Instancia Coordinadora, previo a la firma del mismo, a efecto de que esta última compruebe el cumplimiento de los requerimientos antes descritos. Las "PARTES" convienen que los apoyos se entregarán a los beneficiarios de los programas señalados en las "Reglas de Operación" así como en el Manual de Operación correspondiente, de acuerdo a la disponibilidad de los recursos del "PCRU" independientemente de su origen, sin embargo, los recursos deberán ser acreditados al 15 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, al cierre del ejercicio fiscal la "Instancia Ejecutora" informará a la "SEDATU" el resultado de la ejecución de los recursos asignados en este Convenio. SEXTA.- Los recursos que aporte la "SEDATU" conforme al presente Convenio, serán considerados como subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia del presente instrumento, ya que al ser transferidos para su aplicación a la "Instancia Ejecutora" o los beneficiarios, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control, ejercicio y comprobación. SÉPTIMA.- Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, la "Instancia Ejecutora" se compromete a recabar, validar y presentar ante la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda de la "SEDATU", la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados a los beneficiarios, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la documentación e información de los avances físicos y financieros de los apoyos otorgados, conforme a las disposiciones previstas en las "Reglas de Operación". OCTAVA.- En el caso de que la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio y pago de los recursos federales transferidos al amparo del "PCRU", quedará obligada a la devolución de los mismos en los términos que se indican en la cláusula DÉCIMA QUINTA del presente instrumento. COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LAS "PARTES" NOVENA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio la "SEDATU" se compromete a: I. Emitir a través de las unidades responsables que determine la "SEDATU", los lineamientos normativos, técnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de los recursos federales aportados; II. Proporcionar asesoría técnica y colaborar con el personal que la "Instancia Ejecutora" designe y responsabilice de realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico;
  • 96. 96 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 III. Transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales federales que se convengan, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación de los mismos; IV. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que expresamente establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; V. En términos del contenido del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se compromete a que la propaganda que bajo cualquier modalidad de comunicación social se difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción; VI. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción, y VII. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, y sus eventuales anexos. DÉCIMA.- Para el eficaz cumplimiento del presente Convenio, la "Instancia Ejecutora" se obliga a: I. Ejecutar de manera oportuna los recursos y transferir o aportar, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación y administración de los mismos; II. Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SEDATU" le transfiera o aporte, exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las disposiciones jurídicas aplicables; III. Ejecutar oportunamente los recursos materia del presente Convenio, acorde a lo establecido en el "Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2014" y en la legislación aplicable; IV. Elaborar y entregar los informes trimestrales respectivos a la "SEDATU"; V. Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales federales; VI. Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SEDATU" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SEDATU", así lo requiera participar en la emisión de los mismos; VII. Presentar oportunamente información que le sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del presente Convenio, proyectos y anexos que de éste se deriven; VIII. Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y candidatos, que impliquen su promoción; IX. Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; X. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadores, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables; XI. Instruir al personal designado por la "Instancia Ejecutora" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SEDATU" aporta al amparo del "PCRU"; proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales; XII. Presentar el cierre del ejercicio fiscal de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; XIII. Abstenerse de disponer de los recursos otorgados al amparo del "PCRU" si previamente no han cumplido con el depósito, y en su caso, con la exhibición del comprobante de su aportación correspondiente; en el entendido de que en caso de incumplimiento de esta obligación serán sancionados en los términos de lo dispuesto en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA de este instrumento jurídico, y XIV. En general, dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente instrumento, anexos y demás instrumentos que se deriven de este Convenio.
  • 97. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 97 REPRESENTANTES DE LAS "PARTES" DÉCIMA PRIMERA.- Para la adecuada ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio de Coordinación y el logro de su objeto "LAS PARTES", en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdan designar un representante, en los siguientes términos: Por la "SEDATU", al Director de Operación Urbana adscrito a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda de la "SEDATU" y en ausencia de este último, por el (la) Delegado(a) en el Estado de Yucatán, cuyo titular a la firma del presente instrumento es el C. Wilberth José Novelo Ceballos. Por la "Instancia Ejecutora", al Director de Planeación Territorial del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán, cargo que a la firma de este convenio es ocupado por el Ing. Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza. Los representantes de "LAS PARTES", serán los encargados de supervisar el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable, de las "Reglas de Operación" vigentes, del presente Convenio y los eventuales Anexos y Acuerdos Específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico y, en su caso, acordar y promover las medidas que se requieran al efecto. Por otra parte, serán los responsables de suscribir Anexos, Acuerdos Específicos y modificaciones a los mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES DÉCIMA SEGUNDA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre la población objetivo e interesados en general, las características, beneficios, alcances y resultados de la Coordinación prevista en el presente Convenio. En todo caso, "LAS PARTES" acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, particularmente respecto al Programa y apoyos previstos en las "Reglas de Operación" deberán incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SEDATU" y la "Instancia Ejecutora", y contener la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Por otra parte, los proyectos que no cuenten con padrón de beneficiarios preestablecido, se deberán manejar invariablemente mediante convocatoria abierta, y en ningún caso, sus recursos deberán estar etiquetados o predeterminados, de manera específica, a determinadas personas físicas, u otorgarles a éstas preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo, con excepción de la priorización establecida en el "PCRU" o que atienden problemas prioritarios ordenados por el titular del Ejecutivo Federal. De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los apoyos del "PCRU" para promover o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales. EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN DÉCIMA TERCERA.- Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25, 27, 75, 78, 85, 110 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, referentes a la Evaluación de los programas sujetos a reglas de operación, enlistados en el "Anexo 24. Programas sujetos a reglas de operación" del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; la "Instancia Ejecutora", proporcionará al personal designado por las instancias evaluadoras, todas las facilidades así como la información necesarias para el desarrollo de los procesos de evaluación del "PCRU". PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BLINDAJE ELECTORAL DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" propiciarán la participación de los beneficiarios del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo, ajustándose para tal efecto a los "LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE DESARROLLO SOCIAL", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008. En la operación y ejecución del Programa "LAS PARTES" observarán y atenderán las disposiciones jurídicas aplicables, durante los procesos electorales federales, estatales y municipales.
  • 98. 98 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CONVENCIONES GENERALES DÉCIMA QUINTA.- La "Instancia Ejecutora" se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) sin excepción, los recursos de origen federal y productos financieros generados materia del presente Convenio, que al 31 de diciembre del presente año no se encuentren efectivamente devengados, en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 85 y 176 de su Reglamento; debiendo remitir a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda y a la Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" la copia del comprobante del depósito correspondiente. DÉCIMA SEXTA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. ADICIONES Y MODIFICACIONES DÉCIMO SÉPTIMA.- El presente Convenio de Coordinación podrá ser adicionado o modificado de común acuerdo por "LAS PARTES", dichas adiciones y modificaciones deberán constar por escrito y surtirán sus efectos a partir de la fecha de su firma. INTERPRETACIÓN DÉCIMA OCTAVA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que, en caso de controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación, lo resolverán de común acuerdo. De no ser posible lo anterior, "LAS PARTES" se sujetarán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en forma expresa al fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. DÉCIMA NOVENA.- Las "PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento jurídico, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, se sujetarán a las disposiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de Planeación, en concordancia con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIGÉSIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, pudiendo ser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo por las "PARTES", conforme al presente Convenio y su vigencia, por lo que se refiere al ejercicio de los recursos, no excederá del 31 de diciembre de 2014, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. CLÁUSULA DE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO VIGÉSIMA PRIMERA.- En los términos de lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Planeación, la "Instancia Ejecutora" conviene que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente instrumento jurídico, y sus anexos; así como las que deriven de las Reglas de Operación del "PCRU", su respectivo Manual de Operación y demás disposiciones normativas aplicables; pagarán a la Federación por conducto de la TESOFE. El reintegro del total de la aportación federal recibida, los rendimientos generados y las cargas financieras correspondientes; debiendo depositar dichas cantidades sin necesidad de requerimiento previo dentro de los plazos legales establecidos para tal efecto y especialmente en los siguientes casos: 1.- Cuando el precio de venta de la vivienda construida en los predios apoyados por el Programa rebase los 200 SMGVM. El valor de venta de la vivienda deberá quedar asentado en la escritura pública que ampare la traslación de dominio de la misma, la cual, conjuntamente con el Certificado de Subsidio debidamente firmado por el beneficiario, constituirán el comprobante idóneo del precio final de la vivienda. 2.- Cuando la Instancia Ejecutora no realice la aportación al Programa dentro de los plazos establecidos en el artículo 32 de las Reglas. 3.- Cuando no realice el reintegro oportuno de los recursos para su reasignación, en los términos señalados en los numerales 6, último párrafo y 7 del apartado 4.5.3.1 del Manual de Operación. 4.- Cuando la "Instancia Ejecutora" no acredite el ejercicio de los recursos entregados a la persona física o moral responsable del proceso constructivo de las viviendas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la ministración de los recursos.
  • 99. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 99 La acreditación del ejercicio de los recursos señalados en el párrafo anterior deberá comprender, entre otros: a).- Los comprobantes de depósito de recursos económicos transferidos, y b).- Los comprobantes con valor fiscal que amparen las cantidades transferidas. La "SEDATU", por conducto del personal que se designe para tal efecto; podrá verificar el cumplimiento en la reducción del precio final de la vivienda cuando se verifique la entrega de la vivienda vertical apoyada por el Programa a las personas físicas señaladas como población objetivo de acuerdo al listado establecido en el Padrón de Beneficiarios. Dicha verificación de cumplimiento final podrá realizarse en el momento de la entrega de la vivienda vertical apoyada con recursos del Programa, o en fecha posterior, a elección de la "SEDATU", sin que sea necesario aviso previo a la Instancia Ejecutora, misma que quedará obligada a prestar la facilidades necesarias al personal designado, en los términos establecidos en la cláusula "DECIMA" del presente convenio. VIGÉSIMA SEGUNDA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial del Estado y en las páginas institucionales de "LAS PARTES" en sistema electrónico internet. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 22 días del mes de julio de 2014.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Director General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, Jorge León Wolpert Kuri.- Rúbrica.- El Delegado de la SEDATU, en el Estado de Yucatán, Wilberth José Novelo Ceballos.- Rúbrica.- Por el Instituto de Vivienda, Estado de Yucatán: el Director General, César Armando Escobedo May.- Rúbrica.- El Director de Planeación Territorial, Wilberth Guillermo Buenfil Berzunza.- Rúbrica. AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Colima, con una superficie aproximada de 03-92-28 hectáreas, Municipio de Cihuatlán, Jal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Jalisco. AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “RANCHO COLIMA”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO. LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO No. II.210/DGPR-DGARPR-DIA 02399, DE FECHA 29 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, CON FOLIO NUMERO 22810, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL EN JALISCO PARA QUE COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO No. 4013, DE FECHA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015, ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “RANCHO COLIMA” CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 03-92-28 HAS., UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE: CAMINO AL BONETE AL SUR: PALOMA LIZBETH IZAGUIRRE MEDINA AL ESTE: JESUS CISNEROS OLIVEROS AL OESTE: BORDO RIO MARABASCO POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA PUBLICARSE, POR UNA SOLA VEZ, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL DE MAYOR CIRCULACION, ASI COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE
  • 100. 100 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 MEDICION Y DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN LA AVENIDA ALCALDE No. 1918, COLONIA MIRAFLORES, EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, DEL ESTADO DE JALISCO. A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE, NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA COMO CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDOSE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2015. Atentamente El Perito Deslindador, Fernando Alberto Fernández Zamora.- Rúbrica. AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Paloma, con una superficie aproximada de 1-02-66 hectárea, Municipio de Cihuatlán, Jal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Jalisco. AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “RANCHO PALOMA”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO. LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO No. II.210/DGPR-DGARPR-DIA 02397, DE FECHA 29 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, CON FOLIO NUMERO 22809, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL EN JALISCO PARA QUE COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO No. 4012, DE FECHA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015, ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “RANCHO PALOMA” CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 1-02-66 HAS., UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLAN, ESTADO DE JALISCO, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE: JORGE ARTURO IZAGUIRRE PLAZOLA AL SUR: LUIS IGNACIO JIMENEZ RAMIREZ AL ESTE: LUIS IGNACIO JIMENEZ RAMIREZ AL OESTE: CAMINO AL BONETE POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA PUBLICARSE, POR UNA SOLA VEZ, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL DE MAYOR CIRCULACION, ASI COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN LA AVENIDA ALCALDE No. 1918, COLONIA MIRAFLORES, EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, DEL ESTADO DE JALISCO. A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE, NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA COMO CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDOSE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, A LOS 29 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2015. Atentamente El Perito Deslindador, Fernando Alberto Fernández Zamora.- Rúbrica.
  • 101. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 101 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL AVISO mediante el cual se da conocer acuerdo del Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE): Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del Centro Médico Nacional del Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora, del Instituto Mexicano del Seguro Social, para suplir sus ausencias y delegar facultades. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social. H. H. Autoridades Federales, Estatales y Municipales Con sede en el Estado de Sonora, Municipios Patrones, asegurados y público en general. ACUERDO Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 251-A de la Ley del Seguro Social, artículos 138 y 148, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en ejercicio de las facultades como Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE): Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del Centro Médico Nacional del Noroeste en Ciudad Obregón Sonora, del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a la designación que el H. Consejo Técnico del propio Instituto hiciera en mi favor, mediante Acuerdo ACDO.DN.HCT.280115/2.P.DG, de fecha 28 de enero 2015 y, para los efectos del artículo 148 y 157 último párrafo del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, comunico que he designado al LIC. RENÉ ROMERO SERVIN, Titular de la División de Asuntos Jurídicos, como la persona que suplirá mis ausencias, autorizándole para firmar y despachar la documentación que a este Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada corresponde, lo que se tendrá entendido para todos los efectos a que haya lugar. Atentamente “Seguridad y Solidaridad Social” Ciudad Obregón, Sonora, a los cinco días de enero de 2016.- El Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad. Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del Centro Médico Nacional del Noroeste, Ciudad Obregón, Sonora, Walter Gonzalez Jaime.- Rúbrica. (R.- 425366) AVISO General por el que se da a conocer el cambio de domicilio oficial de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Hidalgo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Delegación Hidalgo. AVISO GENERAL POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO OFICIAL DE LA DELEGACIÓN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO DE HIDALGO. Con fundamento en los artículos 251 fracciones IV, XXV, XXXIV, 251 A de la Ley del Seguro Social, así como los artículos 2 fracción IV, inciso a), 139, 144 y 155 fracción XII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en ejercicio de las facultades de la Titular de la Delegación Estatal del Instituto Mexicano del Seguro Social en Hidalgo, y conforme a la designación que el H. Consejo Técnico del propio Instituto hiciera en mi favor, mediante ACDO.DN.HCT.230713/187.P.DG, de fecha 23 de julio de 2013, se hace del conocimiento de servidores públicos, público en general y autoridades de cualquier ámbito y materia para los efectos legales y administrativos procedentes que: A partir del 25 de enero de 2016, el domicilio oficial de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social será el ubicado en el Boulevard Luis Donaldo Colosio número 4604, Fraccionamiento El Palmar II, Pachuca de Soto, Hidalgo, C.P. 42088. Por lo anterior todas las notificaciones, acuerdos, citatorios, correspondencia, requerimientos, trámites y cualquier otra competencia relacionadas con los asuntos de la competencia de esta Delegación, deberán realizarse en el domicilio antes señalado. El presente aviso surte efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente “Seguridad y Solidaridad Social” Pachuca de Soto, Hidalgo, a 6 de enero de 2016.- La Titular de la Delegación Estatal del IMSS en Hidalgo, María de Lourdes Osorio Chong.- Rúbrica. (R.- 425367)
  • 102. 102 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION ACUERDO General de Administración del dieciocho de enero de dos mil dieciséis, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se reforma el Acuerdo General de Administración I/2013 del cuatro de enero de dos mil trece, por el que se crea la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de este Alto Tribunal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación. ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE REFORMA EL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN I/2013 DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERNA DE SIMPLIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO PROGRAMÁTICO PRESUPUESTAL DE ESTE ALTO TRIBUNAL. CONSIDERANDO PRIMERO. Que en términos de lo dispuesto por el párrafo décimo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, fracciones I, VI y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 4°, fracciones II y X, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración, corresponde al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación su administración, y dictar las medidas necesarias para el buen servicio en sus oficinas, así como los Acuerdos Generales que en materia de administración requiera. SEGUNDO. Que el cuatro de enero de dos mil trece, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tuvo a bien emitir el Acuerdo General de Administración I/2013, por el que se creó la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de este Alto Tribunal (CISSEPP). TERCERO. Que el artículo 4° del mencionado Acuerdo General estableció la integración de la CISSEPP, determinando la categoría de Vocales Ejecutivos para los titulares de órganos que participan en ella y de Vocales para los titulares de áreas. CUARTO. Que el quince de enero de dos mil quince, se emitió el Acuerdo General de Administración 1/2015, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se reestructura orgánica y funcionalmente su administración. QUINTO. Que el Artículo Tercero del referido Acuerdo 1/2015 creó, entre otras, la Secretaría Jurídica de la Presidencia y a la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos. SEXTO. Que el seis de mayo de dos mil quince, el Ministro Presidente expidió el Acuerdo General de Administración 03/2015, por el que se redefinió la estructura orgánica y funcional de la administración de este Alto Tribunal y en sus artículos Tercero y Cuarto creó la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial y modificó la denominación de la Secretaría de la Presidencia a Secretaría General de la Presidencia, respectivamente. SÉPTIMO. Que el artículo 13 del mencionado Acuerdo General I/2013 determina que la CISSEPP sesionará de manera ordinaria una vez al mes. OCTAVO. Que la dinámica administrativa de los proyectos y acciones que se revisan y la determinación de estrategias y el establecimiento de mecanismos al seno de la CISSEPP, aunada a la experiencia adquirida en el lapso de su vida, han permitido determinar que se podría lograr mayor eficiencia espaciando la periodicidad establecida originalmente para la celebración de sus reuniones ordinarias, a una periodicidad trimestral, en el entendido de que, de requerirse la celebración de alguna sesión en tiempo más corto, se cuenta con la posibilidad normativa de convocar a una reunión extraordinaria. NOVENO. Que ante la necesidad de incorporar nuevos órganos y áreas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, actualizar la nomenclatura del nuevo Reglamento Orgánico en Materia de Administración, así como a la exigencia de hacer más eficiente su desarrollo y modificar la periodicidad establecida en las sesiones ordinarias de la CISSEPP, se expide el siguiente:
  • 103. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 103 ACUERDO GENERAL Artículo Único. Se modifican la fracción VI del artículo 2°; el inciso b) de la fracción II; el inciso n) de la fracción IV, ambos del artículo 4° y el artículo 13; se adicionan un inciso c) a la fracción II, y los incisos ñ) y o) a la fracción IV del artículo 4°, y se deroga el inciso h) de la fracción IV del artículo 4°, todos del Acuerdo General I/2013, del cuatro de enero de dos mil trece, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se crea la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de este Alto Tribunal, para quedar como sigue: Artículo 2°. … I. al V. … VI. Reglamento: Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. VII a VIII. … Artículo 4o. Son miembros de la CISSEPP: I. … II. Vocales Ejecutivos: a) … b) El Secretario General de la Presidencia. c) El Secretario Jurídico de la Presidencia. III. … IV. Vocales: a) a g) … h) Derogado i) a m) … n) El Director General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos. ñ) El Titular de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial. o) El Titular de la Unidad de Relaciones Institucionales. Artículo 13. La CISSEPP sesionará de manera ordinaria una vez cada tres meses y de manera extraordinaria, en cualquier momento, a solicitud de su Presidente o Vocales Ejecutivos, para la atención de asuntos especiales o urgentes. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor en la fecha de su aprobación. SEGUNDO. Publíquese para su difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. TERCERO. Una vez que las disposiciones del presente Acuerdo General hayan entrado en vigor, intégrense al Acuerdo General de Administración I/2013, a fin de que el contenido de este último se encuentre debidamente actualizado, en el portal de este Alto Tribunal, así como en todo tipo de publicaciones. Así lo acordó y firma el Ministro Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ante el Secretario Jurídico de la Presidencia, que certifica.- Rúbricas. EL LICENCIADO ALEJANDRO MANUEL GONZÁLEZ GARCÍA, SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 8, FRACCIÓN XIII, DEL REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN CERTIFICA: Que esta copia del "ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE REFORMA EL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN I/2013 DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERNA DE SIMPLIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO PROGRAMÁTICO PRESUPUESTAL DE ESTE ALTO TRIBUNAL", constante de tres fojas útiles, concuerda fiel y exactamente con su original que obra en esta Secretaría Jurídica y se certifica para el trámite correspondiente. México, Distrito Federal, a veintiuno de enero de dos mil dieciséis.- Rúbrica.
  • 104. 104 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL ACLARACIÓN al Aviso de inicio de procedimiento de ratificación en el cargo de Juez Federal del licenciado Froylán Muñoz Alvarado, publicado el dieciocho de enero de dos mil dieciséis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal. ACLARACIÓN AL TEXTO DEL AVISO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN EN EL CARGO DE JUZGADOR FEDERAL DEL LICENCIADO FROYLÁN MUÑOZ ALVARADO, PUBLICADO EL DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS. En la Primera Sección, página 81, dice: MAGISTRADO DE CIRCUITO FLOYLÁN MUÑOZ ALVARADO Debe decir: MAGISTRADO DE CIRCUITO FROYLÁN MUÑOZ ALVARADO Atentamente México, D.F., 18 de enero de 2016.- El Secretario Ejecutivo de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, Magistrado Jorge Antonio Cruz Ramos.- Rúbrica. BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.5352 M.N. (dieciocho pesos con cinco mil trescientos cincuenta y dos diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, México, D.F., a 25 de enero de 2016.- BANCO DE MÉXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Director de Operaciones Nacionales, Alfredo Sordo Janeiro.- Rúbrica.
  • 105. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105 TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 3.5600 y 3.5900 por ciento, respectivamente. Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes instituciones de banca múltiple: BBVA Bancomer, S.A., Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco Invex S.A., Banco Azteca S.A., ScotiaBank Inverlat, S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A. México, D.F., a 25 de enero de 2016.- BANCO DE MÉXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Director de Operaciones Nacionales, Alfredo Sordo Janeiro.- Rúbrica. CIRCULAR 1/2016 dirigida a las instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (Anexo 20). Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. CIRCULAR 1/2016 A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO: ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 3/2012 (ANEXO 20) El Banco de México, con el objeto de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero estima necesario que las instituciones de banca múltiple estén en posibilidades de seguir realizando el cálculo relativo a los faltantes de activos líquidos previsto en el régimen de admisión de pasivos y de inversión para operaciones pasivas en moneda extranjera establecido en las Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, incluidas en la Circular 3/2012, ante lo cual, ha resuelto modificar el Anexo 20 de las citadas Disposiciones, con el fin de dar a conocer los períodos de cálculo aplicables durante 2016, 2017, 2018 y principios de 2019. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 26, 32 y 33, de la Ley del Banco de México, 48 de la Ley de Instituciones de Crédito, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 14, párrafo primero, en relación con el 25 Bis, fracción VII, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, y 14 Bis 1, párrafo primero, en relación con el 25 Bis 1, fracción IV, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Estabilidad Financiera, Dirección General de Jurídica y de la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, respectivamente, así como Segundo, fracciones I, IV y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar el Anexo 20 de las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, contenidas en la Circular 3/2012, para quedar en los términos siguientes:
  • 106. 106 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 DISPOSICIONES APLICABLES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO “ANEXO 20 Calendario de períodos para efectos de cálculo relativo a faltantes de Activos Líquidos Fecha Inicial del Período Fecha Final del Período 11 de febrero de 2016 9 de marzo de 2016 10 de marzo de 2016 6 de abril de 2016 7 de abril de 2016 4 de mayo de 2016 5 de mayo de 2016 1 de junio de 2016 2 de junio de 2016 29 de junio de 2016 30 de junio de 2016 27 de julio de 2016 28 de julio de 2016 24 de agosto de 2016 25 de agosto de 2016 21 de septiembre de 2016 22 de septiembre de 2016 19 de octubre de 2016 20 de octubre de 2016 16 de noviembre de 2016 17 de noviembre de 2016 14 de diciembre de 2016 15 de diciembre de 2016 11 de enero de 2017 12 de enero de 2017 8 de febrero de 2017 9 de febrero de 2017 8 de marzo de 2017 9 de marzo de 2017 5 de abril de 2017 6 de abril de 2017 3 de mayo de 2017 4 de mayo de 2017 31 de mayo de 2017 1 de junio de 2017 28 de junio de 2017 29 de junio de 2017 26 de julio de 2017 27 de julio de 2017 23 de agosto de 2017 24 de agosto de 2017 20 de septiembre de 2017 21 de septiembre de 2017 18 de octubre de 2017 19 de octubre de 2017 15 de noviembre de 2017 16 de noviembre de 2017 13 de diciembre de 2017 14 de diciembre de 2017 10 de enero de 2018 11 de enero de 2018 7 de febrero de 2018 8 de febrero de 2018 7 de marzo de 2018 8 de marzo de 2018 4 de abril de 2018 5 de abril de 2018 2 de mayo de 2018 3 de mayo de 2018 30 de mayo de 2018 31 de mayo de 2018 27 de junio de 2018 28 de junio de 2018 25 de julio de 2018 26 de julio de 2018 22 de agosto de 2018 23 de agosto de 2018 19 de septiembre de 2018 20 de septiembre de 2018 17 de octubre de 2018 18 de octubre de 2018 14 de noviembre de 2018 15 de noviembre de 2018 12 de diciembre de 2018 13 de diciembre de 2018 9 de enero de 2019” TRANSITORIA ÚNICA.- La presente Circular entrará en vigor el 11 de febrero de 2016. México, D.F., a 20 de enero de 2016.- El Director General de Estabilidad Financiera, Pascual Ramón Odogherty Madrazo.- Rúbrica.- El Director General Jurídico, Luis Urrutia Corral.- Rúbrica.- El Director General de Asuntos del Sistema Financiero, Jesús Alan Elizondo Flores.- Rúbrica. Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, favor de comunicarse a la Gerencia de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad, a los teléfonos (55) 5237-2308, (55) 5237-2317 o (55) 5237-2000, extensión 3200.
  • 107. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 107 LISTA de los acuerdos o procedimientos a los que resulta aplicable la Ley de Sistemas de Pagos y denominación de las entidades que los administran. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. LISTA DE LOS ACUERDOS O PROCEDIMIENTOS A LOS QUE RESULTA APLICABLE LA LEY DE SISTEMAS DE PAGOS Y DENOMINACIÓN DE LAS ENTIDADES QUE LOS ADMINISTRAN El Banco de México, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 de la Ley de Sistemas de Pagos, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 14 Bis, en relación con el 17, fracción I, y 15, en relación con el 20, fracción XI, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución para expedir disposiciones a través de la Dirección General Jurídica y de la Dirección General de Sistemas de Pagos y Servicios Corporativos, respectivamente, así como Segundo, fracciones VIII y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, tiene la encomienda de dar a conocer la lista de los acuerdos o procedimientos que tienen por objeto la compensación o liquidación de obligaciones de pago derivadas de órdenes de transferencia de fondos o valores que, con base en la información con que se cuenta, han cumplido con los requisitos previstos en el artículo 3 de la referida Ley de Sistemas de Pagos durante el año calendario 2015 o son administrados por el propio Banco de México, por lo que serán considerados sistemas de pagos para efecto de dicho ordenamiento legal. Al respecto, el Banco de México da a conocer los siguientes acuerdos o procedimientos y la denominación de las entidades que los administran: 1. Sistema de Depósito, Administración y Liquidación de Valores (DALI), administrado por la S.D. Indeval, Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V.; 2. Sistema de Atención a Cuentahabientes de Banco de México (SIAC-BANXICO), administrado por el Banco de México, y 3. Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), administrado por el Banco de México. En términos de lo previsto en el artículo 4 de la Ley de Sistemas de Pagos, a partir del día siguiente a aquel en el que se publique esta lista en el Diario Oficial de la Federación, los acuerdos o procedimientos mencionados estarán sujetos a las disposiciones de la Ley de Sistemas de Pagos hasta el día en el que se lleve a cabo la publicación correspondiente a 2017. México, D.F., a 19 de enero de 2016.- La Directora General de Sistemas de Pagos y Servicios Corporativos, Lorenza Martínez Trigueros.- Rúbrica.- El Director General Jurídico, Luis Urrutia Corral.- Rúbrica.
  • 108. 108 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INDICE PRIMERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de enero al 2 de febrero de 2016 ............................................................................................................................................ 2 Oficio mediante el cual se modifica la base II del artículo tercero de la autorización otorgada a Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva, por aumento de su capital social ........................ 6 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Desarrollo Social para el año 2016 ................................................................................................... 7 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 54,980.3000 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de Loreto, Municipio de Loreto, Estado de Baja California Sur, para uso de protección ........ 8 SECRETARIA DE ENERGIA Acuerdo de carácter general por el que se determina el concepto de demanda y los requisitos para la agregación de Centros de Carga para ser considerados como Usuarios Calificados .......... 16 SECRETARIA DE SALUD Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución del Programa Seguro Médico Siglo XXI, por concepto de apoyo económico a los servicios estatales de salud por incremento en la demanda de servicios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco .......................................................................................................... 18 Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua ............................................................................... 29
  • 109. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 109 Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención para Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana ......................................................... 37 Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos ............................................................... 45 Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán ................................................................................ 52 Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2015, para la ejecución del proyecto específico denominado Equipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación en el Estado de Yucatán, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán ................. 60 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Acuerdo por el que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano pone a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para su administración, el terreno nacional denominado Dunas de la Soledad Polígono Tres, ubicado en el Municipio de Tlahualilo, Estado de Durango, con una superficie de 1,164-78-32 hectáreas ................................................................................................ 68 Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Cumbres del Sur Etapa III, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán en el Estado de Sinaloa .......................................................................... 73 Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Piedra de Agua, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán ........................................................................................................................... 83 Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado San Marcos, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán ........................................................................................................................... 91
  • 110. 110 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Colima, con una superficie aproximada de 03-92-28 hectáreas, Municipio de Cihuatlán, Jal. ............................. 99 Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Rancho Paloma, con una superficie aproximada de 1-02-66 hectárea, Municipio de Cihuatlán, Jal. ................................. 100 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Aviso mediante el cual se da conocer acuerdo del Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE): Hospital de Especialidades No. 2 “Lic. Luis Donaldo Colosio Murrieta” del Centro Médico Nacional del Noroeste, en Ciudad Obregón, Sonora, del Instituto Mexicano del Seguro Social, para suplir sus ausencias y delegar facultades ........................................................ 101 Aviso General por el que se da a conocer el cambio de domicilio oficial de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Hidalgo ......................................................... 101 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION Acuerdo General de Administración del dieciocho de enero de dos mil dieciséis, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se reforma el Acuerdo General de Administración I/2013 del cuatro de enero de dos mil trece, por el que se crea la Comisión Interna de Simplificación y Seguimiento Programático Presupuestal de este Alto Tribunal ......................... 102 CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL Aclaración al Aviso de inicio de procedimiento de ratificación en el cargo de Juez Federal del licenciado Froylán Muñoz Alvarado, publicado el dieciocho de enero de dos mil dieciséis .............. 104 ______________________________ BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana ......................................................................................................................... 104 Tasas de interés interbancarias de equilibrio ................................................................................... 105
  • 111. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 111 Circular 1/2016 dirigida a las instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (Anexo 20) ........................................................................................................................................ 105 Lista de los acuerdos o procedimientos a los que resulta aplicable la Ley de Sistemas de Pagos y denominación de las entidades que los administran ........................................................................ 107 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Sinaloa, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad .......................................................... 1 Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad .......................................................... 8 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA Acuerdo número 26/12/15 por el que se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación Pública .............................................................................. 15 ______________________________ CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales ......................................................................... 21 AVISOS Judiciales y generales ...................................................................................................................... 100 __________________ ● __________________ DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx Impreso en Talleres Gráficos de México-México Esta edición consta de dos secciones
  • 112. 112 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 ENERO 26 ANIVERSARIO DEL NACIMIENTO DE JUSTO SIERRA MÉNDEZ, EN 1848. Hijo de Justo Sierra O’Really y de Concepción Méndez Ibarra, Justo Sierra Méndez nació el 26 de enero de 1848 en el puerto de San Francisco de Campeche donde realizó sus estudios primarios en el Colegio San Miguel de Estrada. En 1857 se traslada con su familia a la ciudad de Mérida. En 1861, al morir su padre, doña Concepción decide radicarse con sus hijos en la ciudad de México donde el joven Justo de 13 años, es inscrito en Colegio Liceo Franco Mexicano. En 1863 inicia sus estudios de abogacía en el Colegio de San Ildefonso. Desde entonces empezó a combinar sus labores de estudiante con las de escritor y poeta. A partir de 1868 participaba en las reuniones literarias a las que asistía la élite cultural del México de la segunda mitad del siglo XIX: Guillermo Prieto, Ignacio Ramírez, Manuel Payno, Vicente Riva Palacio e Ignacio Manuel Altamirano, quién llegó a tenerle un gran cariño y una admiración personal a Justo Sierra por su talento y enorme cultura. Obtuvo su título profesional en 1871, y al año siguiente aceptó un puesto como secretario de una de la salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. A partir de este momento comparte su empleo con sus primeras experiencias docentes en el Conservatorio Nacional donde impartía declamación. Junto con estas actividades empezó a dedicarse al periodismo en el diario El Federalista, donde colaboró de 1872 a 1876. Escribe también en La Tribuna un periódico yucateco y se dedica a la creación literaria. En 1877 inicia formalmente su cátedra sobre historia y cronología en la Escuela Nacional Preparatoria, que lo va a proyectar como el maestro que dedicará buena parte de su talento al rubro de la educación nacional. También escribió un par de libros: Compendio de Historia General, Compendio de Historia de la Antigüedad y años después Catecismo de Historia Patria. A la par de su labor como docente, continúa su colaboración con diversas revistas literarias como La Revista Nacional y la Revista Azul. En el año 1900 se publica una de sus obras más importantes: México y su evolución social, en donde presenta una historia evolucionista, teoría entonces en boga. A él le toca coordinar la obra, pero también redacta la parte de la evolución política. En 1901 hace un viaje a Europa a los 53 años de edad y a su regreso inicia su ascenso como el gran educador que conocemos hoy en día. Fue nombrado como Subsecretario de Instrucción Pública (en aquellos años la educación formaba parte de la Secretaría de Justicia). Cuando es designado a este cargo era un profundo conocedor de la materia, pues desde 1870 había escrito sobre la Escuela Nacional Preparatoria, sobre su Plan de Estudios y sobre el positivismo, y en 1881, como diputado al Congreso de la Unión propuso, sin éxito, la creación de una Universidad nacional. Al ser designado Subsecretario de Instrucción Pública se dedicó a crear y fortalecer un sistema de educación pública, creando el Consejo Superior de Educación Pública. En 1900 y 1904 fue ministro de la Suprema Corte de Justicia. En 1906 publica Juárez su obra y su tiempo, una de las mejores biografías que se han escrito sobre la vida del presidente Benito Juárez. En 1905, Porfirio Díaz autoriza a Justo Sierra la creación de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes. Con ello, por primera vez en la historia de México, se decidió declarar a la educación como una prioridad nacional al crear una secretaría especializada y encargada de atender la educación en todos sus niveles. Como parte de su plan general de trabajo, Sierra realizó una reforma completa de toda la educación desde la básica hasta la superior que incluyó la creación de la Universidad Nacional que abrió sus puertas el 22 de septiembre de 1910, a escasos cincuenta y ocho días del estallido de la Revolución mexicana. Día de fiesta y solemne para toda la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a toda asta. Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México *260116-17.00*
  • 113. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Sinaloa, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT SINALOA, LIC. HÉCTOR RAÚL GARCÍA FOX, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL LIC. GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; LIC. ARMANDO VILLARREAL IBARRA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; ING. JOSÉ LUIS SEVILLA SUÁREZ PEREDO, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS, Y EL C.P. JUAN PABLO YAMUNI ROBLES, TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-003926 de fecha 18 de noviembre de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado. DECLARACIONES I. De LA SCT: 1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, México, D.F. II. De la ENTIDAD FEDERATIVA: 1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o. y 3o. de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación. 2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 55 y 65 fracciones XXIII Bis y XXIV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, y 1o. y 2o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y demás disposiciones locales aplicables.
  • 114. 2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 3. Que de conformidad con los artículos 3o., 7o. y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y 1o., 15, 17, 24, 48 y 51 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Administración y Finanzas, de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y por el Titular de la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas. 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Sinaloa. 5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Ave. Insurgentes s/n 3er piso, Centro Sinaloa, C.P. 80129, Culiacán, Sinaloa. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 1o., 3o., 55 y 65 fracciones XXIII Bis y XXIV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; y los artículos 1o., 2o., 3o., 7o. y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1o., 15, 17, 24, 48 y 51 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa, y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Sinaloa; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan: PROGRAMA IMPORTE (Millones de pesos) Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 23.00 TOTAL 23.00 El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $23’000,000.00 (veintitrés millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
  • 115. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3 Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal. A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales reasignados: PARÁMETROS: - LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos. - Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa. - A través de la Secretaría de Administración y Finanzas y de la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación se mencionan: OBJETIVOS METAS INDICADORES Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 5.50 km 5.50 km X 100 / 5.50 km CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Sinaloa. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes. SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
  • 116. 4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas de: administrar los recursos presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública Local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local. III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a LA SCT, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia Secretaría de Administración y Finanzas. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables. IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública Local ante su Congreso. V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de este instrumento. VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Convenio. VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del programa previsto en este instrumento. VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del programa previsto en este instrumento. IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio. X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven a cabo. XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias, el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos de los programas y las metas de los indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015.
  • 117. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5 SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se obliga a: I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco del presente Convenio. III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del presente Convenio. Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento. OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA.- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento. En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA. DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
  • 118. 6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputen. DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México. DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado; II. Por acuerdo de las partes; III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y IV. Por caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios públicos, en los términos de las disposiciones aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 26 días del mes de noviembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Sinaloa, Héctor Raúl García Fox.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Sinaloa: el Gobernador Constitucional, Mario López Valdez.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Gerardo Octavio Vargas Landeros.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Armando Villarreal Ibarra.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, José Luis Sevilla Suárez Peredo.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, Juan Pablo Yamuni Robles.- Rúbrica.
  • 119. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 7 CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015 SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES (Millones de Pesos) ANEXO 1 CONCEPTO META KM INVERSIÓN (MILLONES DE PESOS) Mocorito - San Benito 1.00 4.00 E.C. (El Fuerte Choix) El Babu - Baymena 1.00 5.00 Calle 5, Tramo: E.C. Int. México 15 - Calle 300 2.50 10.00 E.C. El Fuerte-Choix - Baymena 1.00 4.00 TOTALES 5.50 23.00 ANEXO 2 CONCEPTO TOTAL NOV Mocorito - San Benito 4.00 4.00 E.C. (El Fuerte Choix) El Babu - Baymena 5.00 5.00 Calle 5, Tramo: E.C. Int. México 15 - Calle 300 10.00 10.00 E.C. El Fuerte-Choix - Baymena 4.00 4.00 TOTALES 23.00 23.00 __________________________
  • 120. 8 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT YUCATÁN, LIC. JORGE MARTÍN MONTAÑO MICHAEL, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL C. ROBERTO ANTONIO RODRÍGUEZ ASAF, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; EL MVZ. ALFREDO DÁJER ABIMERHI, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL ING. DANIEL QUINTAL IC, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, Y EL C.P. MIGUEL ANTONIO FERNÁNDEZ VARGAS, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL Y, EL ING. JAVIER RENÁN OSANTE SOLÍS, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA DE YUCATÁN, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número 312.A.- 003750 de fecha 30 de octubre de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado. DECLARACIONES I. De LA SCT: 1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, México, D.F. II. De la ENTIDAD FEDERATIVA: 1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 12 de la Constitución Política del Estado de Yucatán es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación. 2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 12 y 14, fracción V del Código de la Administración Pública de Yucatán y demás disposiciones locales aplicables.
  • 121. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 9 3. Que de conformidad con los artículos 22, 27 fracción IV, 30, 31, 38 y 46 del Código de la Administración Pública de Yucatán y 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Administración y Finanzas, de Obras Públicas, de la Contraloría General y por el Director General del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán. 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Yucatán. 5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, Planta Alta, ubicado en la calle sesenta y uno número quinientos uno letra "A", entre sesenta y sesenta y dos, colonia Centro, código postal 97000, en la ciudad de Mérida, Yucatán. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 12, 44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y los artículos 3, 6, 7, 12, 14, fracción V, 22, 23, 24, 27 fracciones II y IV, 30, 31, 38, 46 y 76 fracción I, del Código de la Administración Pública de Yucatán; 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan: PROGRAMA IMPORTE (millones de pesos) Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 100.00 TOTAL 100.00 El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
  • 122. 10 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $100’000,000.00 (cien millones de pesos 00/100) con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio. Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal. A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales reasignados: PARÁMETROS.- - LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos. - Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Diario Oficial del Estado de Yucatán. - A través de las Secretarías de Administración y Finanzas y de la Contraloría General de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación se mencionan: OBJETIVOS METAS INDICADORES Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 21.10 km 21.10 km X 100 / 21.10 km CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
  • 123. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 11 SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la cláusula tercera de este instrumento. II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas de: administrar los recursos presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública Local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local. III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a LA SCT, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia Secretaría de Administración y Finanzas. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables. IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública Local ante su Congreso. V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de este instrumento. VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Convenio. VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del programa previsto en este instrumento. VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del programa previsto en este instrumento. IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio. X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven a cabo.
  • 124. 12 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias, el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos del programa y las metas de los indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se obliga a: I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco del presente Convenio. III Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del presente Convenio. Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento. OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACION.- El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA- VERIFICACION.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de la Contraloría General para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento. En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA. DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
  • 125. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13 Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputen. DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México. DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado; II. Por acuerdo de las partes; III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y IV. Por caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios públicos, en los términos de las disposiciones aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 26 días del mes de noviembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Yucatán, Jorge Martín Montaño Michael.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Yucatán: el Gobernador Constitucional, Rolando Rodrigo Zapata Bello.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Roberto Antonio Rodríguez Asaf.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Obras Públicas, Daniel Quintal Ic.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General, Miguel Antonio Fernández Vargas.- Rúbrica.- El Director General del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, Javier Renán Osante Solís.- Rúbrica.
  • 126. 14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015 SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES (Millones de Pesos) ANEXO 1 CONCEPTO META KM INVERSIÓN (MILLONES DE PESOS) Peto-Valladolid 7.70 40.00 Telchac Puerto - Dzilam de Bravo 13.40 60.00 TOTALES 21.10 100.00 ANEXO 2 CONCEPTO TOTAL NOV Peto-Valladolid 40.00 40.00 Telchac Puerto - Dzilam de Bravo 60.00 60.00 TOTALES 100.00 100.00 __________________________
  • 127. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ACUERDO número 26/12/15 por el que se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación Pública. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 48 y 50 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, en relación con el numeral Tercero, inciso b) del Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015, y CONSIDERANDO Que es indispensable definir el comportamiento ético al que deben sujetarse los servidores públicos de esta dependencia en el ejercicio de sus atribuciones, con el propósito de prevenir conflictos de interés y delimitar su actuación en situaciones específicas que pudieran presentarse conforme a las tareas, funciones o actividades que involucra la operación y el cumplimiento de los planes y programas de la Secretaría; Que es necesario armonizar los principios y valores contenidos en el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal y en las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015, con las normas que rigen el actuar de los servidores públicos de esta dependencia; Que es necesario contar con un referente ético que oriente las conductas de los servidores públicos de la Secretaría, para actuar con honestidad, apego a la legalidad, vocación de servicio, respeto, equidad, igualdad, inclusión, tolerancia, no discriminación, transparencia y rendición de cuentas, perseverando en el desarrollo profesional y humano, y cuidando el medio ambiente, y Que el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación Pública, ha puesto a mi consideración el Código de Conducta para los servidores públicos de esta dependencia, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO NÚMERO 26/12/15 POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo Único. Se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación Pública, en los términos del Anexo Único del Presente Acuerdo. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Se abroga el Código de Conducta de los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, publicado en la normateca interna el 7 de marzo de 2013. Ciudad de México, Distrito Federal, a 22 de diciembre de 2015.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.
  • 128. 16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO NÚMERO 26/12/15 POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA ÍNDICE Capítulo I. Marco Normativo Capítulo II. Introducción Capítulo III. Alcance Capítulo IV. Objetivo Capítulo V. Código de Conducta Capítulo VI. Glosario CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- Artículo 109, fracción III. - Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.- Artículos 1, 2, 26 y 38. - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.- Artículos 7, 48, 49 y 50. - Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. - Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (D.O.F. 20-agosto-2015). CAPÍTULO II. INTRODUCCIÓN La sociedad demanda que las y los servidores públicos actúen con estricto apego a principios y conductas éticas, por ello, es importante establecer principios orientados a propiciar resultados con valores, responsabilidad social y transparencia en la rendición de cuentas, a fin de que el desempeño de las actividades a cargo de las instituciones genere seguridad y bienestar social. Para lograr la transformación de la función gubernamental y construir un buen gobierno, creíble y confiable para los ciudadanos, es fundamental para las instituciones contar con un código de conducta que contribuya, concientizando a las y los servidores públicos en torno al alto valor social que tiene cada una de sus acciones en el entorno social. Un código de conducta puntualiza sobre el comportamiento que se espera sea seguido por los integrantes de una organización; se trata de normas específicas que orientan el desempeño de los servidores públicos con estricto apego a los principios, valores y normas que sustentan la ética pública, con el propósito de dignificar el servicio público, fortalecer las instituciones y lograr así el bienestar de la ciudadanía y, particularmente, de los educandos, a quienes les asiste el derecho de recibir una educación pública, laica, gratuita y de calidad, abonando al progreso de México. El Código de Ética de las y los servidores públicos del Gobierno Federal señala que toda y todo servidor público debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. Asimismo, prevé que los valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, son: interés público, respeto, respeto a los Derechos Humanos, igualdad y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, integridad, cooperación, liderazgo, transparencia y rendición de cuentas. Por otra parte, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, establecen la forma en que los servidores públicos deberán desempeñarse en materia de actuación e información pública, contrataciones públicas, licencias, permisos, autorización y concesiones, programas gubernamentales, trámites y servicios, recursos humanos, administración de bienes muebles e inmuebles, procesos de evaluación, control interno, procedimiento administrativo, desempeño permanente con integridad y cooperación con la integridad. Es por lo anterior que el Código de Conducta de esta Dependencia debe concentrar las normas que orienten el actuar diario de sus servidores públicos, llamándolos a conducirse en todo momento en estricto apego a los principios y valores que consagra el Código de Ética de las y los servidores públicos del Gobierno Federal y hacia los que orientan las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública.
  • 129. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17 CAPÍTULO III. ALCANCE El presente Código de Conducta, deberá observarse y cumplirse, sin excepción, por las y los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones y que se deriven de sus atribuciones y funciones. El incumplimiento de lo establecido en dicho documento, en su caso, dará lugar a los procedimientos administrativos correspondientes, de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente. CAPÍTULO IV. OBJETIVO Proporcionar a las y los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, un catálogo de conductas éticas que los orienten en su actuación, a fin de que se conduzcan en su día a día, bajo estatutos de integridad y rectitud, alineados a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que fungen como pilares de la Administración Pública Federal, precisándose las conductas que deberán observar en situaciones específicas que se les presenten en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. CAPÍTULO V. CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Las y los servidores públicos tenemos el compromiso de ser un modelo en nuestro entorno familiar, laboral y social, ya que es responsabilidad de los que integramos esta Institución, contribuir a lograr una educación de calidad. El Código de Conducta de la Secretaría de Educación Pública se emite en cumplimiento y apego al “Código de Ética de la Administración Pública Federal” y los “Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015. El presente Código de Conducta se ha elaborado con fundamento en los cinco Principios Constitucionales que forman parte del Código de Ética de la Administración Pública Federal, de éstos se han desprendido valores y normas de conducta que deben regir nuestro actuar diario. PRINCIPIOS VALORES Legalidad Integridad Justicia Honradez Transparencia Lealtad Responsabilidad Interés Público Imparcialidad Respeto Respeto a los Derechos Humanos Igualdad y No Discriminación Equidad de Género Eficiencia Rendición de Cuentas Formación Liderazgo Cooperación
  • 130. 18 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Los principios, valores y normas de conducta que a continuación se describen son de carácter enunciativo mas no limitativo: I. PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- Cumplir con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas que se atribuyen al empleo, cargo, o comisión. Valor: 1. Integridad.- Desempeñar su actuación con imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación y ética. Norma de Conducta: 1.1. Conozco, respeto y cumplo el marco normativo que aplica en mi trabajo. Valor: 2. Justicia.- Actuar invariablemente dando a cada quien lo que le corresponde. Norma de Conducta: 2.1 Me conduzco con equidad en el ámbito profesional e institucional. II. PRINCIPIO DE HONRADEZ.- Actuar con rectitud y honestidad sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener provecho o ventaja personal con el fin de prevenir el conflicto de intereses. Valor: 3. Transparencia.- Garantizar el derecho de acceso a la información, salvaguardando la protección de los datos personales. Normas de Conducta: 3.1 Atiendo en tiempo y forma los requerimientos de información que me correspondan acorde a mi cargo. 3.2 Elaboro, actualizo y doy seguimiento a la información generada en el ámbito de mi competencia. III. PRINCIPIO DE LEALTAD.- Satisfacer el interés superior de las necesidades de la sociedad por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Valor: 4. Responsabilidad.- Desarrollar las funciones encomendadas con eficiencia y eficacia asumiendo las consecuencias que se deriven del ejercicio de la función pública, atendiendo los requerimientos de la sociedad. Norma de Conducta: 4.1 Ejerzo mis derechos y cumplo con mis obligaciones. Valor: 5. Interés público.- Satisfacer las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar común. Norma de Conducta: 5.1. Actuó para satisfacer las demandas sociales y no perseguir beneficios individuales. IV. PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD.- Actuar de manera justa sin conceder preferencias o privilegios indebidos a persona alguna. Valor: 6. Respeto.- Dar un trato digno, cordial y tolerante a los compañeros de trabajo y ciudadanos en general, así como el reconocimiento a su valor intrínseco como persona. Norma de conducta: 6.1 Actuó con amabilidad y cortesía en el trato con los demás. Valor: 7. Respeto a los derechos humanos.- Brindar un trato digno, igualitario y tolerante, reconociendo los derechos y cualidades inherentes a la persona.
  • 131. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 19 Norma de Conducta: 7.1 Promuevo, conozco y aplico los derechos humanos, la igualdad y no discriminación, la equidad de género y los derechos laborales de las y los servidores públicos de la Institución. Valor: 8. Igualdad y no discriminación.- Prestar el servicio público con un trato igualitario frente a la colectividad educativa, sin distinción, exclusión, restricción, preferencia o cualquier otro motivo. Norma de conducta: 8.1 Trabajo diariamente para que todas las acciones que se desarrollen en la Institución, promuevan la igualdad entre las mujeres y hombres, sin distinción de la condición social, sexo, color de piel, embarazo, estado civil, discapacidad, preferencia sexual o cualquier otra situación similar. Valor: 9. Equidad de género.- Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales y a los empleos, cargos o comisiones gubernamentales. Norma de conducta: 9.1 Contribuyo a que las mujeres y hombres tengan el mismo reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y beneficios sociales. V. PRINCIPIO DE EFICIENCIA.- Lograr los objetivos con la menor cantidad de recursos, cumpliendo adecuadamente el desempeño de sus funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales. Valor: 10. Rendición de cuentas.- Informar a la sociedad de las acciones que se derivan de su empleo, cargo o comisión. Norma de conducta: 10.1 Cumplo con eficiencia y eficacia las funciones inherentes a mi cargo o comisión, informando en tiempo y forma los resultados de mi gestión. Valor: 11. Formación.- Potenciar el desarrollo, superación y actualización del individuo, en su ámbito personal y profesional haciendo uso de sus facultades y competencias con el propósito de beneficiarse el mismo y a la sociedad en general. Normas de conducta: 11.1 Me capacito periódicamente en el ámbito de mis facultades y competencias. 11.2 Me actualizo en los temas que favorezcan mi crecimiento personal, profesional y de la Institución. Valor: 12. Liderazgo.- Influir y contribuir de manera positiva en sus compañeros y superiores, en cuanto al desempeño de sus funciones, a fin de lograr los objetivos de la Institución. Norma de Conducta: 12.1 Transmito a mis superiores y compañeros los valores éticos que rigen a la Institución y fomento, en todo momento, su observancia. Valor: 13. Cooperación.- Trabajar de forma conjunta, solidaria y de buen ánimo con otras personas al desarrollar una tarea común. Norma de conducta: 13.1 Aporto lo mejor de mis capacidades, uniendo esfuerzos con mis compañeros de trabajo.
  • 132. 20 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CAPÍTULO VI. GLOSARIO A Acuerdo: Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. C Código de Conducta: El instrumento emitido por el Titular de la dependencia a propuesta de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. Código de Ética: Instrumento emitido por la Secretaría de la Función Pública que rige a las y los servidores públicos del Gobierno Federal. Comité: El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación Pública. Conflicto de interés: La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios puedan afectar el desempeño independiente e imparcial del servidor público en su empleo, cargo, comisión o funciones. D Dependencias: Las Secretarías de Estado y sus órganos administrativos desconcentrados, los Órganos Reguladores Coordinados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Oficina de la Presidencia de la República, y la Procuraduría General de la República. E Equidad: Principio de justicia relacionado con la idea de igualdad sustantiva que debe prevalecer a favor de cualquier persona. I Igualdad de género: Situación en la cual hombres y mujeres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar. Institución: La Secretaría de Educación Pública. L Legalidad: Actuación apegada al sistema jurídico mexicano. Lineamientos generales: Los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, contenidos en el Acuerdo. N Normas: Reglas que deben observarse por los servidores públicos en el ejercicio de las conductas, tareas, actividades o atribuciones propias de su empleo, cargo o comisión. R Reglas de Integridad: Las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, contenidas en el Acuerdo. Respeto: Característica consistente en otorgar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante, así como para reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. V Valores universales: Son el conjunto de normas de convivencia válidas en un tiempo y época determinada. El presente Código de Conducta de la Secretaría de Educación Pública fue aprobado por el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2015. ___________________________________
  • 133. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 21 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO CAMARA DE SENADORES SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DIRECCION DE ADQUISICIONES Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a lo establecido por las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas de la Cámara de Senadores, la Dirección de Adquisiciones convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L004/2016, para la Adquisición de Material de Limpieza. Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaración de bases Recep. De Doc. Legal y Admitiva., Prop. Téc. Y Econ. Dictamen Técnico y Apert. de Prop. Econ. Fallo $1,805.80 con I.V.A. 02 de febrero de 2016 04 de febrero de 2016, 11:00 hrs. 10 de febrero de 2016, 10:30 hrs. 15 de febrero de 2016, 10:30 hrs. 18 de febrero de 2016, 10:30 hrs. Partida y descripción de los bienes Unidad de Medida Partida 1: Líquidos: limpiador abrillantador para pisos de madera, laminados y varios, cristalizador para mármol, sarricidas, cloro, etc. Partida 2: Aerosoles, cremas, pastas y polvos: limpiador y lustrador de muebles, aromatizantes de ambiente, jabón de tocador, etc. Partida 3: Papel higiénico, dispensadores y/o despachadores: papel higiénico tradicional y jumbo en rollo, toallas de papel en rollo, etc. Partida 4: Bolsas para basura: bolsas de plástico oxo biodegradables de baja densidad, diferentes calibres, medidas y colores. Partida 5: Jarciería: fibras, guantes, jergas, franelas, mechudos, cepillos, cubetas, escobas, jaladores, etc. Contratos Abiertos  Y otras partidas similares. Calidad y especificaciones: conforme a los requerimientos establecidos en las bases.  La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de recepción y apertura de la documentación legal, administrativa y técnica, así como la recepción de propuestas económicas en tres sobres cerrados. El sobre número 1 contendrá la documentación legal y administrativa que se presentará en un sobre cerrado conteniendo en el mismo Originales y/o Copias Certificadas y dos copias simples de toda la documentación legal y administrativa, lo anterior para efectos de su revisión y cotejo, devolviéndose en el acto los originales y/o copias certificadas a los licitantes. El sobre número 2 contendrá la propuesta técnica y el sobre número 3 contendrá la propuesta económica. Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta en la Dirección de Adquisiciones, en el Primer Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, C.P. 06030, México, D.F., y una vez que se hayan pagado, su entrega será en el horario de: 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. La forma de pago de las bases es mediante depósito en efectivo o cheque certificado o de caja en cualquier sucursal del banco Banorte a la cuenta 669-006667 a nombre de Cámara de Senadores, los días 26, 27, 28, 29 de enero y 02 de febrero de 2016; la comprobación del pago se hará en Madrid No. 62, Planta Baja, Col. Tabacalera, los días 26, 27, 28 de enero y 02 de febrero de 2016, de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 18:00 horas, presentando la ficha de depósito, en caso de cheque certificado, se anexará copia de comprobante de certificación del mismo. Los actos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas, del 1er. Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F., en los días y horarios señalados.  Lugar de entrega: Almacén General de la Cámara de Senadores, en la Calle de Madrid 37, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc.  Plazo de entrega: Partidas 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7; 3 días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la solicitud hecha por la Dirección de Mantenimiento de Bienes Muebles e Inmuebles. Para la Partida 8; dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la fecha de recepción del Requerimiento escrito y remitido al Proveedor.  El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español y la Moneda será: Peso Mexicano.  Las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser modificadas.  Condiciones de pago: será en moneda nacional dentro de los 25 días hábiles posteriores a la recepción formal de los bienes; no se otorgará anticipo.  La Cámara de Senadores se abstendrá de recibir propuestas de las personas físicas o morales, que se encuentren en los supuestos del Artículo 24 de las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas que rigen a esta Cámara. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA DE ADQUISICIONES LIC. LUZ MARIA DEL ANGEL MOHEDANO RUBRICA. (R.- 425455)
  • 134. 22 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CAMARA DE SENADORES SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DIRECCION DE ADQUISICIONES Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a lo establecido por las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas de la Cámara de Senadores, la Dirección de Adquisiciones convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L005/2016, para la Contratación del Servicio de Paquetería y Mensajería Local, Nacional e Internacional. Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaración de bases Recep. de Doc. Legal y Admitiva., Prop. Téc. y Econ. Dictamen Técnico y Apert. de Prop. Econ. Fallo $1,805.80 con I.V.A. 02 de febrero de 2016 05 de febrero de 2016, 12:00 hrs. 11 de febrero de 2016, 11:30 hrs. 16 de febrero de 2016, 10:30 hrs. 19 de febrero de 2016, 10:30 hrs. Partida Descripción Cantidad Unidad de Medida 1 Contratación del Servicio de Paquetería y Mensajería Local, Nacional e Internacional 1 Contrato Abierto  Calidad y especificaciones: conforme a los requerimientos establecidos en las bases.  La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de recepción y apertura de la documentación legal, administrativa y técnica, así como la recepción de propuestas económicas en tres sobres cerrados. El sobre número 1 contendrá la documentación legal y administrativa que se presentará en un sobre cerrado conteniendo en el mismo Originales y/o Copias Certificadas y dos copias simples de toda la documentación legal y administrativa, lo anterior para efectos de su revisión y cotejo, devolviéndose en el acto los originales y/o copias certificadas a los licitantes. El sobre número 2 contendrá la propuesta técnica y el sobre número 3 contendrá la propuesta económica. Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta en la Dirección de Adquisiciones, en el Primer Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, C.P. 06030, México, D.F., y una vez que se hayan pagado, su entrega será en el horario de: 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. La forma de pago de las bases es mediante depósito en efectivo o cheque certificado o de caja en cualquier sucursal del banco Banorte a la cuenta 669-006667 a nombre de Cámara de Senadores, los días 26, 27, 28, 29 de enero y 02 de febrero de 2016; la comprobación del pago se hará en Madrid No. 62, Planta Baja, Col. Tabacalera, los días 26, 27, 28 de enero y 02 de febrero de 2016, de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 18:00 horas, presentando la ficha de depósito, en caso de cheque certificado, se anexará copia de comprobante de certificación del mismo. Los actos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas, del 1er. Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F., en los días y horarios señalados.  Lugar de prestación de los servicios: se realizará la recolección de la paquetería y la mensajería en las oficinas de los Senadores y las áreas legislativas, parlamentarias, administrativas y técnicas, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 19:00 horas.  Vigencia del contrato: del 16 de marzo al 31 de diciembre de 2016.  El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español y la Moneda será: Peso Mexicano.  Las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser modificadas.  Condiciones de pago: será en moneda nacional dentro de los 25 días hábiles posteriores a la recepción formal de los servicios; no se otorgará anticipo.  La Cámara de Senadores se abstendrá de recibir propuestas de las personas físicas o morales, que se encuentren en los supuestos del Artículo 24 de las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas que rigen a esta Cámara. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA DE ADQUISICIONES LIC. LUZ MARIA DEL ANGEL MOHEDANO RUBRICA. (R.- 425457)
  • 135. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 23 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR RESUMEN DEL FALLO De conformidad con lo establecido en el Párrafo Segundo del Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Dirección General de Industria Militar, da a conocer el nombre de los Licitantes Adjudicados de la Licitación Pública Presencial Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-007000997-T950-2015. Descripción Sustancias Químicas. Fecha de publicación del fallo 04/12/2015, 12:00:00 horas Licitante Domicilio Partida adjudicada Monto total Intertrade, S.A. de C.V. Av. Manuel Gómez Morín No. 3870, Interior 505, Col. Centro Sur, C.P. 76090, Querétaro, Qro. 6 $ 11,901,600.00 Nacional de Servicios Dargue, S.A. de C.V. Calle Poniente 122 No. 721, Col. Industrial Vallejo, Deleg. Azcapotzalco, C.P. 02300, D.F. 1, 3 $ 6,819,176.00 Ingeniería Viomdiq, S.A. de C.V. Av. Lago Belgrano No. 20, Col. Ampliación Granada, Deleg. Miguel Hidalgo, C.P. 11529, D.F. 2 $ 52,826.40 Materias Químicas de México, S.A. de C.V. Av. Paseo de la Reforma No. 379, Piso 3, Col. Cuauhtémoc, Deleg. Cuauhtémoc, C. P. 06500, D.F. 14 $ 147,607.68 Barnices y Resinas, S.A. de C.V. Calle Acero Manzana 8, Lote 13, S/N, Col. Esfuerzo Nacional, C.P. 55320, Municipio de Ecatepec, Edo. de Méx. 10 $ 4,064,640.00 Química Rana, S.A. de C.V. Av. Miguel Angel de Quevedo No. 370, Col. Barrio Santa Catarina, C.P. 04010, Deleg. Coyoacán, D.F. 15, 17, 18, 19 $ 1,039,284.60 NAUCALPAN DE JUAREZ, EDO. DE MEX., A 22 DE ENERO DE 2016. GRAL. DIV. D.E.M., DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR GENARO FAUSTO LOZANO ESPINOSA RUBRICA. (R.- 425453) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIR. GRAL. IND. MIL. RESUMEN DEL FALLO De conformidad con lo establecido en el Párrafo II, Art. 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Dir. Gral. de Ind. Mil., da a conocer el nombre de los Licitantes Adjudicados de la Licitación Pública Presencial Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-007000997-T840-2015. Descripción Equipo de Cómputo Fecha de publicación del fallo 14/12/2015, 12:00 hrs. Licitante Domicilio Partidas Monto total Yabarana Building, S.A. de C.V. Ings. Mils. 105 int. 2A, Lomas de Sotelo, Miguel Hidalgo, C.P. 11200, México, D.F. 1 $ 1,179,803.52 Tecnología y Maquinaria Especializada Tym, S.A. de C.V. Calz. de las Armas 753, Ampl. San Pedro Xalpa, Azcapotzalco C.P. 02719, México, D.F. 7, 8 $ 170,853.52 Comercializadora Labcom, S.A. de C.V. Emiliano Zapata 17, Santa María Nativitas, C.P 53020, Naucalpan de Juárez, Méx. 3, 5, 6 $ 520,905.30 Mercadeo y Asociados, S.A. de C.V. Clavel Mz. 5, Lt. 5, Los Cedros, C.P. 01510, Alvaro Obregón, México D.F. 4 $ 475,700.16 Fec. Soluciones Metalúrgicas, S.A. de C.V. Av. Sur de los Cien Metros No. 69 Despacho 2, Nueva Vallejo, Gustavo A. Madero, C. P. 07750, México, D.F. 9 $ 193,845.28 Comercializadora Industrial Rek, S.A. de C.V. Paseo de España No. 15, 301, Lomas Verdes 3/a. Sec., Naucalpan de Juárez, C.P. 53125, Edo. Méx. 2 $ 543,636.32 NAUCALPAN DE JUAREZ, EDO. DE MEXICO, A 22 DE ENERO DE 2016. GRAL. DIV. D.E.M., DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR GENARO FAUSTO LOZANO ESPINOSA RUBRICA. (R.- 425454)
  • 136. 24 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL OFICIALIA MAYOR DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LA-020000999-E6-2016 LICITACION PUBLICA MIXTA NACIONAL En observancia a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 27, 28 fracción I, 29, 30, 39, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 39, 59, 81 y 85 de su Reglamento se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Mixta Nacional No. LA-020000999-E6-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para su obtención en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien copia del texto publicado en CompraNet para consulta en Avenida Paseo de la Reforma núm. 116, Piso 14, Col. Juárez, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06600, México, D.F., teléfono: 5328-5000, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, hasta el día 2 de febrero de 2016. Descripción de la licitación Contratación del servicio integral de administración y ejecución para la organización, logística y diseño de actividades interinstitucionales en los que participa la SEDESOL. Volumen a adquirir Los alcances, detalles e información sobre el servicio a contratar se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016 Junta de aclaraciones 25/01/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 11:00 horas La prestación del servicio objeto de esta licitación se hará conforme a las características, especificaciones y lugares estipulados en el Anexo Técnico, el cual forma parte integral de la Convocatoria. MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADQUISICIONES, ADMINISTRACION INMOBILIARIA Y ACTIVO FIJO LIC. FERNANDO ERNESTO VERDUZCO PADILLA RUBRICA. (R.- 425459) SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA COORDINACION GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO GERENCIA DE CONSTRUCCION En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el ejecutivo federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y mediante la Coordinación General de Proyectos Especiales de Abastecimiento y Saneamiento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Presencial Número LO-016B00999-E9-2016 cuya convocatoria contiene los requisitos de participación disponibles en internet: http://compranet.gob.mx o bien para su consulta en las oficinas ubicadas en Avenida de los Insurgentes sur número 1228, 7° piso, Colonia Tlacoquemécatl Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03200, México, Distrito Federal, tel. (55)55592691 ext. 5520 de 9:00 a 18:00 horas, desde la publicación de la misma hasta 6 días antes de la fecha de apertura. Licitación LO-016B00999-E9-2016 PROYECTO EJECUTIVO DE LA PLANTA DE BOMBEO DEL COLECTOR MARGINAL CHIMALHUACAN II PARA DESCARGAR AL DREN GENERAL DEL VALLE Y LINEA DE CONDUCCION DE DERIVACION HACIA LA PTAR DE LODOS. PROYECTO EJECUTIVO PARA LA REHABILITACION DEL CANAL PERIMETRAL NORTE PARA SU OPERACION EN SITUACIONES DE EMERGENCIA ASI COMO ESTUDIO DE APOYO TECNICO EN ESTRUCTURAS Y EN MECANICA DE SUELOS PARA LA INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA DEL SISTEMA HIDROLOGICO DEL LAGO DE TEXCOCO Forma y medio para la presentación de propuestas Precios unitarios, por escrito y presencial Fecha de publicación en CompraNet 22 de enero de 2016 Visita al sitio de la obra 27 de enero de 2016 a las 09:00 horas Junta de aclaraciones 29 de enero de 2016 a las 10:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 08 de febrero de 2016 a las 10:30 horas ATENTAMENTE MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE CONSTRUCCION LIC. MANUEL MORENO VARGAS RUBRICA. (R.- 425429)
  • 137. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 25 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA SUBDIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRICOLA ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE En cumplimiento a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 26, 27, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y mediante el Organismo de Cuenca Golfo Norte, convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales, para la contratación de obra pública, de conformidad con lo siguiente: Descripción del procedimiento número LO-016B00010-E1-2016 Limpieza, encauzamiento y desazolve del Río Guayalejo en una longitud aproximada de 2.8 km a la altura de la Presa Derivadora “Saca de Agua”, municipio de El Mante, Estado de Tamaulipas Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016 Visita a instalaciones 02 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Junta de aclaraciones 02 de febrero de 2016 a las 14:00 horas Presentación y apertura de propuestas 10 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Plazo de ejecución 185 días naturales Descripción del procedimiento número LO-016B00010-E2-2016 Limpieza, encauzamiento y desazolve del Río Pilón en una longitud aproximada de 3.5 km frente al Poblado Guadalupe Victoria, Pascual Orozco y La Soledad, municipio de Villagrán, Estado de Tamaulipas Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016 Visita a instalaciones 03 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Junta de aclaraciones 03 de febrero de 2016 a las 16:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 11 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Plazo de ejecución 215 días naturales Descripción del procedimiento número LO-016B00010-E3-2016 Limpieza, encauzamiento y desazolve del Río Pilón en una longitud aproximada de 1.9 km a la altura del Ejido Charcos El Faro, municipio de Villagrán, Estado de Tamaulipas Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016 Visita a instalaciones 04 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Junta de aclaraciones 04 de febrero de 2016 a las 16:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 12 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Plazo de ejecución 185 días naturales Los licitantes, deberán presentar sus proposiciones en un solo sobre cerrado, el que se acompañará con la documentación adicional, y a su elección, a través de medios remotos de comunicación electrónica. El sitio de reunión para la visita al sitio de las obras y la junta de aclaraciones, será en: oficinas del Distrito de Riego 092 Río Pánuco Unidad "Las Animas", ubicadas en Manuel González 205 Norte, Zona Centro, Cd. Mante Tam. para el procedimiento LO-016B00010-E1-2016, siendo atendidos por el Ing. Eduardo Galván Bernal; y para los procedimientos LO-016B00010-E2-2016 y LO-016B00010-E3-2016, será en: oficinas de la Residencia General del Proyecto Tamaulipas Centro-Sur, sita en Av. Lázaro Cárdenas N° 117 Altos, L-13, Col. México, Cd. Victoria, Tam, siendo atendidos por el Ing. Fermín Rodríguez Sánchez, teléfono 01-834-120-00-29, en las fechas y horarios indicados para cada procedimiento, en el cuadro anterior. Los actos de presentación y apertura de proposiciones se efectuarán en la sala de licitaciones del Organismo de Cuenca Golfo Norte, de la CONAGUA, sita en Lib. Emilio Portes Gil No. 200, Col. Miguel Alemán, Ciudad Victoria, Tam., en las fechas y horarios indicados para cada procedimiento. Se informa que las convocatorias se encuentran internet en https://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien para su consulta exclusivamente, un ejemplar impreso en las oficinas de la Residencia General del Proyecto Tamaulipas Centro-Sur, sita en Av. Lázaro Cárdenas N° 117 Altos, L-13, Col. México, Cd. Victoria, Tamaulipas, sin que la Comisión Nacional del Agua se encuentre obligada a entregar un ejemplar impreso de la misma a los interesados. CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NORTE LIC. RUBEN QUIROGA PEÑA RUBRICA. (R.- 425463)
  • 138. 26 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISION NACIONAL DEL AGUA COORDINACION GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO GERENCIA DE CONSTRUCCION En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el ejecutivo federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y mediante la Coordinación General de Proyectos Especiales de Abastecimiento y Saneamiento, convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Presenciales Número LO-016B00999-E7-2016 y LO-016B00999- E8-2016 cuyas convocatorias contienen los requisitos de participación disponibles en internet: http://compranet.gob.mx o bien para su consulta en las oficinas ubicadas en Avenida de los Insurgentes sur número 1228, 7° piso, Colonia Tlacoquemécatl Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03200, México, Distrito Federal, tel. (55)55592691 ext. 5520 de 9:00 a 18:00 horas, desde la publicación de la misma hasta 6 días antes de la fecha de apertura. Licitación LO-016B00999-E7-2016 APOYO TOPOBATIMETRICO DE LA LAGUNA DE REGULACION CHURUBUSCO, ASI COMO LEVANTAMIENTOS TOPOGRAFICOS DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA DEL LAGO DE TEXCOCO, LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO DE ZONAS DE HUMEDALES Y REFORESTACION EN EL LAGO DE TEXCOCO, ZONA SUR Forma y medio para la presentación de propuestas Precios unitarios, por escrito y presencial Fecha de publicación en CompraNet 20 de enero de 2016 Visita al sitio de la obra 25 de enero de 2016 a las 09:00 horas Junta de aclaraciones 27 de enero de 2016 a las 10:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 04 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Licitación LO-016B00999- E8-2016 1.- INGENIERIA BASICA DE 1 PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD HASTA DE 165 LPS EN EL RIO TEXCOCO, 2.- INGENIERIA BASICA DE 3 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD DE 40 HASTA 100 LPS EN LOS RIOS TEOTIHUACAN, XALAPANGO Y SANTA MONICA, 3.- INGENIERIA BASICA DE 8 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD MENOR A LOS 40 LPS UBICADAS EN: 3 PTAR EN RIO XALAPANGO, 1 PTAR EN RIO COXCACOACO, 1 PTAR EN RIO TEXCOCO, 1 PTAR EN RIO CHAPINGO, 1 PTAR EN RIO SAN BERNARDINO, 1 PTAR EN RIO COATEPEC, 4.- INGENIERIA BASICA DE 10 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS CUENCAS DE LOS RIOS DEL ORIENTE DEL LAGO DE TEXCOCO; CON CAPACIDAD MENOR A LOS 40 LPS UBICADAS EN: 7 PTAR EN RIO TEOTIHUACAN Y 3 PTAR EN RIO PAPALOTLA Forma y medio para la presentación de propuestas Precios unitarios, por escrito y presencial Fecha de publicación en CompraNet 20 de enero de 2016 Visita al sitio de la obra 25 de enero de 2016 a las 09:00 horas Junta de aclaraciones 27 de enero de 2016 a las 11:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 04 de febrero de 2016 a las 12:00 horas ATENTAMENTE MEXICO, D.F., A 20 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE CONSTRUCCION LIC. MANUEL MORENO VARGAS RUBRICA. (R.- 425326)
  • 139. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 27 SECRETARIA DE ECONOMIA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: http://compranet.gob.mx, o bien, en Boulevard Adolfo López Mateos Número 3025, Piso 4, Colonia, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Delegación La Magdalena Contreras, México, Distrito Federal, teléfono: 5629-9500 Ext. 27204, de lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: RESUMEN DE CONVOCATORIA 01-2016 Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica en forma Consolidada No. LA-010000999-E2-2016 y No. Interno de Control 00010051-01-2016. Objeto de la Licitación Contratación del Programa de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales de la Secretaría de Economía y el Sector Coordinado 2016. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21 / enero / 2016 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 27 / enero / 2016 a las 10:30 Horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 08 / febrero / 2016 a las 10:30 Horas. Fecha y hora para emitir el fallo 12 / febrero / 2016 a las 17:30 Horas. MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MIGUEL ANGEL CASTILLO LOPEZ RUBRICA. (R.- 425368) SECRETARIA DE ECONOMIA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL MIXTA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://compranet.funcionpublica.gob.mx., o bien, en Boulevard Adolfo López Mateos Número 3025, Piso 4, Colonia, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Delegación La Magdalena Contreras, México, Distrito Federal, teléfono: 5629-9500 Ext. 27204, de lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: RESUMEN DE CONVOCATORIA 01-2016-OBRA Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública de Carácter Nacional Mixta No. LO-010000999-E3-2016 y No. Interno de Control 00010051-OP-01-2016. Objeto de la Licitación Contratación de Adecuaciones Menores e Instalación de Energía Regulada para el Inmueble Ubicado en Reforma 296 Rentado por la Secretaría de Economía. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 22/enero/2016 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 26/enero/2016 a las 10:30 Horas. En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones Conforme al numeral 13 de la convocatoria. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02/febrero/2016 a las 10:30 Horas. Fecha y hora para emitir el fallo 05/febrero/2016 a las 17:30 Horas. MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MIGUEL ANGEL CASTILLO LOPEZ RUBRICA. (R.- 425398)
  • 140. 28 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION DELEGACION ESTATAL EN CHIAPAS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, Número 00008008-001-FOFAE-16, cuya convocatoria que contiene las Bases de participación están disponibles para consulta en Internet https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en Carretera Tuxtla-Chicoasén Km. 0.350 S/N, Entre Río Pánuco y Boulevard Escritor Armando Jiménez. Fraccionamiento los Laguitos., C.P 29020, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas., Teléfono: (961) 61 7-10-50 ext. 30243, de Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 horas. LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA NO. 00008008-001-FOFAE-16 Descripción de la Licitación: Contratación del Servicio Integral de Seguridad y Vigilancia para los Inmuebles que ocupa la Delegación Estatal de la SAGARPA en Chiapas. Volumen de la Licitación: Se detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compranet: 26/01/2016 Junta de Aclaraciones: 05/02/2016 Visita a Instalaciones: 12/02/2016 Presentación y Apertura de Propuestas: 11/02/2016 TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS, A 11 DE ENERO DE 2016. JEFA DE LA UNIDAD DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LIC. ANA PATRICIA BURGUETE ARGUETA RUBRICA. (R.- 425323) SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CENTRO SCT TLAXCALA RESUMEN DE CONVOCATORIA 001 De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número: LO-009000018-N9-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet http://compranet.gob.mx, o bien, en la Dirección General del Centro SCT Tlaxcala ubicado en Guridi y Alcocer, Esquina Calzada de los Misterios s/n, Col. Centro, Tlaxcala, Tlaxcala, C.P. 90000, teléfono: 246 46 2 12 67, los días de Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:30 a 14:00 horas. Licitación Pública Nacional No. LO-009000018-N9-2016 Descripción de la licitación Modernización del Camino Rural: Mazaquiahuac – Graciano Sánchez y Ramal a Santiago Tetlapayac, Subtramos: del km. 4+380 al km. 7+000 y del Ramal del km. 1+620 al km. 2+000, consistente en trabajos de terracerías, obras de drenaje, pavimento, obras complementarias, y señalamiento, en el Estado de Tlaxcala. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 19/01/2016 Visita al sitio de los trabajos 27/01/2016, 10:00 horas Junta de aclaraciones 28/01/2016, 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 12:00 horas TLAXCALA, TLAXCALA, A 19 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE CONTRATACION DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS ARQ. JUAN MANUEL CARRILLO BAHENA RUBRICA. (R.- 425437)
  • 141. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)29 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CENTRO SCT “TABASCO” RESUMEN DE CONVOCATORIA 001 LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional que se relaciona a continuación, cuya convocatoria contiene las bases de participación mismas que se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en el Departamento de Contratos y Estimaciones de la Subdirección de Obras del Centro SCT "Tabasco", ubicado en Privada del Caminero número 17, colonia 1o. de Mayo en Villahermosa, Estado de Tabasco, teléfono (01 993) 4 54 12 00 Ext. 64477, en días y horas hábiles (lunes a viernes); con el siguiente horario de 9:30 a 14:30 horas. Licitación pública nacional LO-009000984-N1-2016 Descripción de la licitación Modernización y ampliación con mezcla asfáltica en caliente a un ancho de corona de 7.0 m en el camino: El Triunfo – la Hulería, tramo a modernizar del km 11+500 al km 12+950, meta 1.45 km, en el Municipio de Balancán, del Estado de Tabasco. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 10:00 Hrs Visita a instalaciones 29/01/2016 09:00 Hrs. Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 09:00 Hrs. Medios que se utilizarán para su realización Los licitantes podrán presentar sus proposiciones, por escrito en el acto de presentación y apertura de proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la convocatoria o por medios electrónicos. Licitación pública nacional LO-009000984-N2-2016 Descripción de la licitación Modernización y ampliación de 7.0 m a 12.0 de ancho de corona mediante pavimentación con mezcla asfáltica en caliente, sello premezclado 3-A y señalamiento vertical y horizontal, en el camino: Jalpa de Méndez - Cunduacán, tr: Jalpa de Méndez – vía corta Cunduacán del km 0+000 al km 15+000, tramo a modernizar del km 12+100 al km 13+400, meta 1.30 km, en el Municipio de Jalpa de Méndez, del Estado de Tabasco. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 12:00 Hrs Visita a instalaciones 29/01/2016 09:00 Hrs. Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 12:00 Hrs. Medios que se utilizarán para su realización Los licitantes podrán presentar sus proposiciones, por escrito en el acto de presentación y apertura de proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la convocatoria o por medios electrónicos. VILLAHERMOSA, TAB., A 19 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE CONTRATACION DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS ARQ. JUAN MANUEL CARRILLO BAHENA RUBRICA. (R.- 425440)
  • 142. 30 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CENTRO SCT “NAYARIT” RESUMEN CONVOCATORIA 001 De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en Subdirección de Obras del Centro SCT “Nayarit”, con domicilio en Av. Tecnológico No. 4300 Oriente 1er. Piso Edificio “A”, Colonia Puente de San Cayetano C. P. 63194, Tepic, Nay., teléfono: 01 311 129 66 08 y 01 311 129 66 21, a partir del día 21 de enero de 2016 y hasta el sexto día previo a la presentación y apertura de proposiciones, de 09:00 a 14:00 horas. Medios que se utilizarán para su realización.- Los licitantes deberán presentar sus proposiciones, por escrito en el acto de presentación y apertura de proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la convocatoria. Licitación Pública Nacional No. LO-009000957-E1-2016 Objeto de la licitación Conservación periódica mediante carpeta de 5 cm., Km. 0+000 al Km. 6+000, del Ramal a Mecatán, tramo Tepic - Lím. Nay./Sin., con una meta de 6.0 Km., en el estado de Nayarit. Volumen a contratar Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compra Net 21 de enero de 2016. Visita al sitio de los trabajos 28 de enero de 2016, a las 08:00 hrs. Junta de aclaraciones 29 de enero de 2016, a las 09:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 05 de febrero de 2016, a las 09:00 hrs. Lugar donde se llevarán a cabo los eventos de Junta de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones y Fallo Los detalles se determinan en la propia convocatoria. MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE CONSERVACION DE CARRETERAS LIC. ALEJANDRO FERNANDEZ CAMPILLO RUBRICA. (R.- 425446) SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01 LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E2-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México, D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030 Licitación No. LO-009000062-E2-2016 Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA ZONA NORTE Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 10:00 horas ATENTAMENTE MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO RUBRICA. (R.- 425438)
  • 143. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 31 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES COMPRAS REGIONALIZADAS REGION VI SUR - SURESTE II INTEGRANTES: CENTROS SCT VERACRUZ, GUERRERO Y OAXACA RESUMEN DE CONVOCATORIA: 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Mixtas números 00009049-001-16, 00009049- 002-16 y 00009049-003-16, Licitaciones Públicas Internacionales Abiertas Mixtas 00009049-004-16 y 00009049-005-16, Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Mixta 00009049-006-16 y Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-007-16, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Carretera Xalapa-Veracruz km 0+700 No. s/n, Colonia Sahop, C.P. 91190, Xalapa, Veracruz, teléfono: 01 228 186-9021 Ext. 67074 y fax 01 228 186-9000 Ext. 67027, días de atención: lunes a viernes, en horario de las 09:00 a 16:00 hrs. Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-001-16 Descripción de la licitación Adquisición de Vales de Combustible y Despensa Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 09:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras 04/02/2016 de 9:00 a 14:00 horas Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 08/02/2016 09:00 horas Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-002-16 Descripción de la licitación Adquisición de Materiales y Utiles de Oficina Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras 04/02/2016 de 9:00 a 14:00 horas Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 09/02/2016 09:00 horas Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-003-16 Descripción de la licitación Adquisición de Material Eléctrico y Electrónico Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 13:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras No habrá entrega de muestras Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 09/02/2016 11:00 horas Licitación Pública Internacional Abierta Mixta 00009049-004-16 Descripción de la licitación Adquisición de Material Eléctrico y Electrónico (Baterías) Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 15:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras No habrá entrega de muestras Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 09/02/2016 13:00 horas Licitación Pública Internacional Abierta Mixta 00009049-005-16 Descripción de la licitación Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016 9:00 horas
  • 144. 32 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras No habrá entrega de muestras Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 10/02/2016 9:00 horas Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Mixta 00009049-006-16 Descripción de la licitación Adquisición de Refacciones y Accesorios menores de equipo de transporte (llantas) Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras No habrá entrega de muestras Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 10/02/2016 11:00 horas Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-007-16 Descripción de la licitación Vestuario y Uniformes, Prendas de Protección Personal, Artículos deportivos, Blancos y Otros Productos Textiles Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016 13:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Recepción de muestras No habrá entrega de muestras Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 10/02/2016 13:00 horas XALAPA, VER., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT VERACRUZ CABEZA DE REGION VI ING. WILLIAM DAVID KNIGHT BONIFACIO RUBRICA. (R.- 425449) SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 02 LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E3-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México, D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030 Licitación No. LO-009000062-E3-2016 Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA ZONA SURESTE Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016, 13:00 horas Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 13:00 horas ATENTAMENTE MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO RUBRICA. (R.- 425439)
  • 145. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 33 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO SCT VERACRUZ RESUMEN DE CONVOCATORIA: 002 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Mixtas números 00009049-008-16, 00009049- 009-16, 00009049-010-16 y 00009049-011-16 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Carretera Xalapa-Veracruz km 0+700 No. s/n, Colonia Sahop, C.P. 91190, Xalapa, Veracruz, teléfono: 01 228 1869021 Ext. 67074 y fax 01 228 1869000 Ext 67027, los días Lunes a viernes del año en curso de las 09:00 a 16:00 hrs. Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-008-16 Descripción de la licitación Arrendamiento de Maquinaria y Equipo Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016 09:30 horas Visita a instalaciones 29/01/2016 Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 11/02/2016 9:30 horas Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-009-16 Descripción de la licitación Adquisición de Material de Construcción y Señalamiento Vial Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016 9:30 horas Visita a instalaciones No habrá visita Recepción de muestras 10/02/2016 de 9:00 a 14:00 horas Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 12/02/2016 9:30 horas Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-010-16 Descripción de la licitación Mantenimiento y Conservación de Inmuebles Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 15/02/2016 11:00 horas Visita a instalaciones 11/02/2016 Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 22/02/2016 11:00 horas Licitación Pública Nacional Mixta 00009049-011-16 Descripción de la licitación Mantenimiento Preventivo y Correctivo al Parque Vehicular Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita Presentación y apertura de proposiciones Técnico Económica 12/02/2016 11:00 horas XALAPA, VER., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT VERACRUZ ING. WILLIAM DAVID KNIGHT BONIFACIO RUBRICA. (R.- 425450)
  • 146. 34 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 03 LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E4-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México, D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030 Licitación No. LO-009000062-E4-2016 Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA ZONA GOLFO Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016 Junta de aclaraciones 01/02/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 10:00 horas ATENTAMENTE MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO RUBRICA. (R.- 425442) SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 04 LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LO-009000062-E5-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Insurgentes Sur No. 1089, piso 11 ala Poniente, Col. Noche Buena, Del. Benito Juárez, México, D.F. al teléfono 54.82.43.76. Ext. 16030 Licitación No. LO-009000062-E5-2016 Descripción de la licitación EVALUACION DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACION, DIAGNOSTICO Y ESTRATEGIAS DE CONSERVACION DE LAS AUTOPISTAS EN LA ZONA OCCIDENTE Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 21/01/2016 Junta de aclaraciones 01/02/2016, 13:00 horas Visita a instalaciones NO APLICA Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 13:00 horas ATENTAMENTE MEXICO, D.F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO ING. CARLOS BUSSEY SARMIENTO RUBRICA. (R.- 425444)
  • 147. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 35 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CENTRO SCT CHIHUAHUA RESUMEN DE CONVOCATORIA 013 De conformidad con la Ley de Obras Públicas Servicios Relacionados con las Mismas del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales a continuación, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en internet: http://compranet.gob.mx o bien en el Departamento de Contratos y Estimaciones, ubicados en Km.3 carretera Chihuahua- Avalos, s/n Colonia Villa Juárez, C.P. 31064, Chihuahua, Chihuahua, teléfono: 01 614 380 12 09 y 614 380 12 13, los días lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 15:30 horas. Medios que se utilizarán para su realización.- Los licitantes podrán presentar sus proposiciones, por escrito en el acto de presentación y apertura de proposiciones en el lugar, fecha y hora señaladas en la Convocatoria o por medios electrónicos. Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E26-2016 Descripción de la licitación Conservación del camino Escalón- Estación Carrillo ejecutando trabajos de limpieza del derecho de vía, bacheo de caja, renivelación con mezcla asfáltica en tramos aislados y riego de protección, tramo del Km. 12+000 al Km. 18+700 en el municipio de Jiménez en el Estado de Chihuahua. Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 10:00 horas Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 09:00 horas Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E27-2016 Descripción de la licitación Conservación del camino Juan Mata Ortiz- Mesa del Huracán ejecutando trabajos de limpieza de cunetas, retiro de derrumbes, renivelaciones aisladas con mezcla asfáltica y un riego de protección con arena, tramo del Km. 0+000 al 31+000 en el municipio de Casas Grandes en el Estado de Chihuahua. Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 10:00 horas Junta de aclaraciones 02/02/2016 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 11:00 horas Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E28-2016 Descripción de la licitación Conservación del camino Puerto Sabinal- Badiraguato ejecutando trabajos de reparación de cunetas colocación de subdrenes longitudinal, rehabilitación de la superficie de rodamiento mediante recuperación de base de base y pavimento, reposición de base estabilizada con cemento portland carpeta de concreto asfáltico del Km. 6+000 al Km. 13+500 (tramos aislados) y reposición de señalamiento horizontal 6+000 al Km. 13+500. Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 12:00 horas Junta de aclaraciones 02/02/2016 13:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 13:00 horas Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E29-2016 Descripción de la licitación Conservación del camino Puerto Sabinal- Badiraguato ejecutando trabajos de remoción de derrumbes, limpieza del derecho de vía, limpieza y reparación de cunetas, limpieza de contracunetas, rehabilitación de la superficie de rodamiento mediante recuperación de base y pavimento, reposición de base estabilizada con cemento portland, bacheo, carpeta de concreto asfáltico, del Km. 0+000 al Km. 5+000 y del Km. 22+000 al 25+000 (tramos aislados) reposición de señalamiento horizontal del Km. 0+000 al Km. 5+000 y del Km. 22+000 al 25+000.
  • 148. 36 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 12:00 horas Junta de aclaraciones 02/02/2016 14:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 15:00 horas Licitación Pública Nacional No. LO-009000980-E30-2016 Descripción de la licitación Conservación del camino La Cruz- Ranchito San Juan ejecutando trabajos de remoción de derrumbes, limpieza de cunetas, limpieza de contracunetas, reparación de obras de drenaje, riego de impregnación, riego de sello y taponamiento, trabajos diversos y señalamiento del Km. 0+000 al Km. 2+034. Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Visita al lugar de los trabajos 25/01/2016 11:00 horas Junta de aclaraciones 02/02/2016 15:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 17:00 horas CHIHUAHUA, CHIH., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE CONTRATACION DE LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS ARQ. JUAN MANUEL CARRILLO BAHENA RUBRICA. (R.- 425443) SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ADMINISTRACION DE OPERACION DE RECURSOS Y SERVICIOS “7” RESUMEN DE CONVOCATORIA 01 LICITACION PUBLICA NACIONAL RESERVADA DE LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO ELECTRONICA DE SERVICIOS No. LA-006E00042-E4-2016 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica de servicios número LA-006E00042-E4-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Central Núm. 735, Col. Anexo a Residencial Poniente, C.P. 45136, Zapopan, Jal., teléfono: 01 (33)3836-2017, los días 26, 27, 28, 29 de enero y 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 15, 16, de febrero de 2016, de las 9:00 a 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas. Descripción de la licitación LA-006E00042-E4-2016 Servicio de Arrendamiento de Mobiliario para las Administraciones Desconcentradas de Jalisco 2 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016 Junta de aclaraciones 04 de febrero de 2016, 12:00 horas Visita a instalaciones 03 de febrero de 2016, 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 12 de febrero de 2016, 12:00 horas ZAPOPAN, JALISCO, A 26 DE ENERO DE 2016. ADMINISTRADORA DE OPERACION DE RECURSOS Y SERVICIOS “7” MTRA. PAOLA ESTHER MICHEL CORONA RUBRICA. (R.- 425407)
  • 149. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)37 COMISION NACIONAL DEL AGUA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES CONVOCATORIA MULTIPLE 001 LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES ELECTRONICAS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales electrónicas números LA-016B00009-E2-2015 a la LA- 016B00009-E4-2015 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Avenida Insurgentes Sur número 2416, segundo piso, ala Sur, colonia Copilco el Bajo, Código Postal 04340, Coyoacán, Distrito Federal, teléfono 51-74-40-00 extensiones 1985 o 1987, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:00 a 13:00 horas. Se llevará a cabo con reducción de plazos la licitación LA-016B00009-E3-2016. Descripción de la licitación Servicios de Limpieza en los inmuebles que ocupa la Comisión Nacional del Agua. Volumen a adquirir Los detalles en la convocatoria electrónica LA-016B00009-E2-2016 Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de aclaraciones 28/01/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones De acuerdo a convocatoria Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 10:00 horas Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento de los Helicópteros Bell 212, Matrícula XC-CNA, número de serie 30667, Bell 206-B, Matrícula XC-FIL, número de serie 3223 y Bell 407, Matrícula XC-AUA, número de serie 53967 Volumen a adquirir Los detalles en la convocatoria electrónica LA-016B00009-E3-2016 Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de aclaraciones 22/01/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y apertura de proposiciones 29/01/2016, 10:00 horas Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento y conservación de jardinería Volumen a adquirir Los detalles en la convocatoria mixta LA-016B00009-E4-2016 Fecha de publicación en CompraNet 200/01/2016 Junta de aclaraciones 28/01/2016, 13:00 horas Visita a instalaciones De acuerdo a convocatoria Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 13:00 horas MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES LADISLAO ANDRES CANTINCA HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 425325)
  • 150. 38 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 COMISION NACIONAL DEL AGUA SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES AVISO DE FALLO Con base en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y al amparo del artículo 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Comisión Nacional del Agua con domicilio en avenida Insurgentes Sur No. 2416, Colonia Copilo el Bajo, Coyoacán, código postal 04340, México, D.F., da a conocer el fallo de la licitación pública internacional celebrada bajo la cobertura de las disposiciones en materia de compras del sector público de los Tratados suscritos por México: Licitación Pública Internacional No. LA-016B00015-T45-2015, para el Suministro, Instalación y Puesta en Marcha de Equipo de Laboratorio, fallo emitido el 30 de septiembre de 2015; proveedores ganadores: AB Sciex, S.A. de C.V., con domicilio en Cuernavaca No. 106, Colonia Condesa, C.P. 06140, en México, D.F., partida No. 1, por un monto total de $5,888,268.10 M.N., importe que incluye el 16% del I.V.A.; Perkin Elmer de México, S.A. de C.V., con domicilio en Macedonio Alcalá No. 54, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, en México, D.F., partida No. 2, por un monto total de U.S.D. 260,654.96, importe que incluye el 16% del I.V.A.; Hach de México, S. de R.L. de C.V., con domicilio en Calle Circuito Científicos No. 22, Colonia Ciudad Satélite, C.P. 53100, en Naucalpan de Juárez Estado de México, Partida No. 3, por un monto total de $9,002,243.68, importe que incluye el 16% del I.V.A. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. EL GERENTE DE RECURSOS MATERIALES L.C. ANDRES CANTINCA HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 425324) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACION ESTATAL EN HIDALGO El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, Fracción I, 26 Bis fracciones II y III, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 39,42 y 44 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas de conformidad con lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA 1 Número de Licitación LA-019GYR017-E12-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación SERVICIO DE CALIBRACION DE VAPORIZADORES DEL REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016 Volumen a adquirir 43 Equipos. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 10:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E13-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación SERVICIO DE FOTOCOPIADO Y DUPLICADO DE DOCUMENTOS, PARA EL EJERCICIO 2016 Volumen a adquirir 1,412,160 Copias. 924,000 Duplicaciones Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 14:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 14:00 HRS.
  • 151. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 39 Número de Licitación LA-019GYR017-E14-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación SERVICIO SUBROGADO DE SESIONES DE RADIOTERAPIA PARA 2016. Volumen a adquirir 2,550 Sesiones. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 16:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 16:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E15-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A COMPRESORES DE AIRE GRADO MEDICO DEL REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016 Volumen a adquirir 13 Equipos Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 10:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E16-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A INCUBADORAS DEL REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016. Volumen a adquirir 28 Equipos. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 13:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 13:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E17-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación LAVADO DE ROPA HOSPITALARIA, PARA EL EJERCICIO 2016. Volumen a adquirir Mínima 227,840 Kgs. Máxima 569,600 Kgs. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 04/02/2016, 11:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 11:00 HRS. • Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en internet: http://www.compranet.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, sito en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 714.3323 Y 714.3234 Ext. 5301 y 5322, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 09:00 a 16:00 horas. • Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones electrónicas, se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis fracción II de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales, CompraNet. • Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones Mixtas, se realizarán en la Sala de Licitaciones, ubicada en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 71153.3145 Ext. 5301 y 5322. PACHUCA DE SOTO, HGO., A 26 DE ENERO DE 2016. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO L.A. OLIVIA RAMIREZ HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 425377)
  • 152. 40 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL DELEGACION ESTATAL MORELOS JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO De conformidad con los artículos 26 fracción I, 26 Bis Fracción II, 27, 28 Fracción I, 29, 30, 32, 33 Bis, 34, 35, 36 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Av. Plan de Ayala 1201 Esq. con Av. Central Col. Ricardo Flores Magón, Cuernavaca, Morelos C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos, teléfono y fax: (01 777) 3156422 y 3161265, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas. La reducción de plazos de la presente licitación, fue autorizada por la Lic. Claudia Catalina Laureano Palma, Coordinadora de Abastecimiento y Equipamiento, el día 14 de Enero del 2016 RESUMEN DE CONVOCATORIA: 01 Número de Licitación LA-019GYR007-E617-2015 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación PARA LA ADQUISICION DE PAPELERIA, UTILES DE OFICINA, MATERIALES DIVERSOS Y MATERIAL DIDACTICO Volumen a adquirir MINIMO EN PIEZAS: 266,993 MAXIMO EN PIEZAS: 667,478 Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero del 2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016, 9:00 horas Visita a instalaciones NO HABRA VISITA Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 9:00 horas Número de Licitación LA-019GYR007-E22-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECOLECCION DE BASURA COMUN Y RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL PARA EL EJERCICIO 2016 Volumen a adquirir MINIMO EN SERVICIOS: 1,166 MAXIMO EN SERVICIOS: 2,915 Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero del 2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016, 10:00 horas Visita a Instalaciones NO HABRA VISITA Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 10:00 horas Número de Licitación LA-019GYR007-E21-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE OXIGENO Y GASES MEDICINALES EN UNIDADES MEDICAS DE LA DELEGACION PARA EL EJERCICIO 2016 Volumen a adquirir Mínimo en M3: 196,000 Máximo en M3: 400,000 Mínimo en KG:960 Máximo en KG:2,000 Mínimo en cargas: 500 Máximo en cargas: 1,500 Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero del 2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones NO HABRA VISITA Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016, 11:00 horas Todos los eventos se llevarán a cabo en los horarios y días señalados. CUERNAVACA, MORELOS, A 26 DE ENERO DE 2016. COORDINADORA DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO LIC. CLAUDIA CATALINA LAUREANO PALMA RUBRICA. (R.- 425382)
  • 153. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 41 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACION VERACRUZ NORTE COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA: 001 En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Articulo 26 fracción I, 26 bis fracción II y III, 27, 28 Fracción I, 29, 30, 32, 33, 34, 35, y demás relativos del Reglamento vigente de la propia Ley, se convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-019GYR014-E7-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Transportación de Bienes de Consumo e Inversión Propiedad del Instituto para el régimen Ordinario e IMSS-Prospera en la Delegación Veracruz Norte, para cubrir necesidades en el ejercicio 2016. Volumen a adquirir Cantidad Mínima Servicios Cantidad Máxima Servicios 264 660 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/02/2016 10:30 Horas. Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 9:30 Horas. Número de Licitación LA-019GYR014-E8-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Adquisición de Insumos de Conservación de las Siguientes Especialidades: 1.- Ferretería, 2.- Plomería e Hidráulica y 3.- Herramientas, para la Delegación Veracruz Norte, en régimen Ordinario e IMSS-Prospera para el Ejercicio Fiscal 2016. Volumen a adquirir Cantidad Mínima Piezas Cantidad Máxima Piezas 200 500 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/02/2016 9:00 Horas. Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 9:00 Horas. Número de Licitación LA-019GYR014-E9-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Mantenimiento a Areas Verdes y Pétreas, del Régimen Ordinario e IMSS- Prospera en el Ejercicio Fiscal 2016. Volumen a adquirir Cantidad Mínima M2 Cantidad Máxima M2 88,533 221,333 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 4/02/2016 10:30 Horas. Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 9:30 Horas. Número de Licitación LA-019GYR014-E10-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Adquisición de Insumos de Conservación de las siguientes especialidades: Pintura, Material Eléctrico y Focos Especiales, para la Delegación Veracruz Norte, en régimen Ordinario e IMSS Prospera para el Ejercicio 2016.
  • 154. 42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Volumen a adquirir Cantidad Mínima Piezas Cantidad Máxima Piezas 204 511 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 4/02/2016 9:00 Horas. Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 9:00 Horas. Número de Licitación LA-019GYR014-E11-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Operación, Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo y Responsiva de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y Análisis de Aguas de Aprovechamiento y Residuales en Inmuebles, para la Delegación Veracruz Norte, en Régimen Ordinario e IMSS-Prospera para el ejercicio Fiscal 2016. Volumen a adquirir Cantidad Mínima Servicios Cantidad Máxima Servicios 58 145 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 5/02/2016 9:00 Horas. Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016 9:00 Horas. Número de Licitación LA-019GYR014-E12-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Contratación de Servicios Funerarios: (Recolección, Instalación, Gestoría, Cortejo y traslados foráneos y Embalsamamiento y Reconstrucción de Cadáveres) para el Velatorio de la Delegación Veracruz Norte, en el Ejercicio Fiscal 2016 Volumen a adquirir Cantidad Mínima Servicios Cantidad Máxima Servicios 808 2,021 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 5/02/2016 10:30 Horas. Visita a instalaciones No Habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016 9:30 Horas. • Las bases de las licitaciones se encuentran disponibles para su consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá un ejemplar impreso exclusivamente para su consulta en la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Belisario Domínguez No. 15 Colonia Adalberto Tejeda código postal 91070 en la Ciudad de Xalapa, Veracruz., teléfono 01 228 818 28 19 los días y horas en las licitaciones arriba convocadas de lunes a viernes (días hábiles), con el siguiente horario de 8:00 a 14:00 horas. • Todos los eventos se llevarán a cabo en el aula de usos múltiples de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento y a través del sistema CompraNet, ubicada en Belisario Domínguez No. 15 Colonia Adalberto Tejeda código postal 91070 en la Ciudad de Xalapa, Veracruz. XALAPA, VERACRUZ, A 26 DE ENERO DE 2016. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO C.P. MARIA DEL CARMEN OJEDA LOPEZ RUBRICA. (R.- 425372)
  • 155. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACION REGIONAL EN BAJA CALIFORNIA SUR JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS OFICINA DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACION BAJA CALIFORNIA SUR RESUMEN DE CONVOCATORIA 02-16 El Instituto Mexicano del Seguro Social en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, 29 y 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación que se publica en el resumen de Convocatoria 02-16 de conformidad con lo siguiente: Numero de licitación LA-019GYR030-E11-2016 Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Recolección, Transporte Externo, Lavado, Doblado, Empaquetado y Entrega de Ropa Hospitalaria Propiedad del IMSS Volumen a adquirir 356,366 kilos Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/2/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas Presentación y apertura de proposiciones 10/2/2016, 10:00 horas Numero de licitación LA-019GYR030-E12-2016 Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Recolección, transporte externo, y disposición final de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial Volumen a adquirir 40 rutas Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/2/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas Presentación y apertura de proposiciones 10/2/2016, 12:00 horas Numero de licitación LA-019GYR030-E13-2016 Carácter de la licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación Adquisición de Bienes de Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria (DPCA) con Entrega Domiciliaria rara Pacientes Prevalentes Volumen a adquirir 162,575 bolsas Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/2/2016, 14:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas Presentación y apertura de proposiciones 10/2/2016, 14:00 horas • Las bases de participación estarán disponibles para consulta pública en el portal de Internet: http://www.compranet.gob.mx, y son gratuitas. Se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento sita en Cuauhtémoc y Carranza Número 2415, Colonia La Rinconada, C.P. 23040, La Paz, Baja California Sur, teléfono: 612 125 6869, los días lunes a viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 13:00 horas. • Todos los eventos se llevarán a cabo a través del sistema Compranet en la dirección http://www.compranet.gob.mx LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 26 DE ENERO DE 2016. DELEGADO REGIONAL FRANCISCO JAVIER BERMUDEZ ALMADA RUBRICA. (R.- 425373)
  • 156. 44(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 2. CD. OBREGON, SONORA LIC. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 26, Fracción I, 26 bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34, 35, y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 39, 42, 46 y 48 de su reglamento, se convoca a los interesados a participar en la ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL AUTOMATIZADA CON ENTREGA DOMICILIARIA PARA PACIENTES PREVALENTES. Para cubrir necesidades del año 2016, de la Unidad Médica: UMAE Hospital de Especialidades No. 2 del CMNN, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Prolongación Hidalgo y Huisaguay S/N, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Cd. Obregón, Sonora, teléfono y fax: (01 644) 414-42-47, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas. RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 002 Número de Licitación LA-019GYR037-E6-2016 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL AUTOMATIZADA CON ENTREGA DOMICILIARIA PARA PACIENTES PREVALENTES Volumen a adquirir MIN: 9,749 PIEZA MAX: 19,500 PIEZA Fecha de publicación en CompraNet 26 DE ENERO DE 2016 Junta de aclaraciones 03 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS • LUGAR DONDE SE LLEVARAN A CABO LOS EVENTOS: Por medios Remotos de Comunicación Electrónica COMPRANET. Apertura de bóveda de compranet en el Departamento de Abastecimiento del Hospital de Especialidades No. 2 de la UMAE Sonora, ubicado en calle prolongación Hidalgo y Huisaguay s/n, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Ciudad Obregón, Sonora. CAJEME, SONORA, A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE UMAE DR. WALTER GONZALEZ JAIME RUBRICA. (R.- 425371)
  • 157. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)45 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ESPECIALIDADES No. 2. CD. OBREGON, SONORA LIC. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 26, Fracción I, 26 bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34, 35, y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 39, 42, 46 y 48 de su reglamento, se convoca a los interesados a participar en la ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL CONTINUA AMBULATORIA CON ENTREGA DOMICILIARIA PARA PACIENTES PREVALENTES. Para cubrir necesidades del año 2016, de la Unidad Médica: UMAE Hospital de Especialidades No. 2 del CMNN, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Prolongación Hidalgo y Huisaguay S/N, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Cd. Obregón, Sonora, teléfono y fax: (01 644) 414-42-47, de Lunes a Viernes de las 8:00 a 16:00 horas. RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 003 Número de Licitación LA-019GYR037-E8-2016 Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Descripción de la licitación ADQUISICION DE BIENES DE DIALISIS PERITONEAL CONTINUA AMBULATORIA CON ENTREGA DOMICILIARIA PARA PACIENTES PREVALENTES. Volumen a adquirir MIN: 15,300 PIEZA MAX: 30,600 PIEZA Fecha de publicación en CompraNet 26 DE ENERO DE 2016 Junta de aclaraciones 04 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12 DE FEBRERO DE 2016 11:00 HORAS • LUGAR DONDE SE LLEVARAN A CABO LOS EVENTOS: Por medios Remotos de Comunicación Electrónica COMPRANET. Apertura de bóveda de compranet en el Departamento de Abastecimiento del Hospital de Especialidades No. 2 de la UMAE Sonora, ubicado en calle prolongación Hidalgo y Huisaguay s/n, Colonia Bellavista, C.P. 85130, Ciudad Obregón, Sonora. CAJEME, SONORA, A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE UMAE DR. WALTER GONZALEZ JAIME RUBRICA. (R.- 425374)
  • 158. 46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL DELEGACION ESTATAL TABASCO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS De conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 bis fracción III, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 bis, 34, 35 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 39, 40, 41, 42, 43 y 44 del Reglamento de la misma Ley, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la contratación de Bienes y Servicios, cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación están disponibles para su consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx, en la plataforma 5.0, misma que serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Paseo Usumacinta No. 95, Colonia Primero de Mayo, C.P. 86190, Villahermosa, Tabasco, teléfono y fax: (01 993) 315 4887, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas. RESUMEN DE CONVOCATORIA 004-16 Número de Licitación LA-019GYR015-E10-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Descripción de la licitación Servicio de Limpieza de Cristales Volumen a adquirir 13,691 M2 Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016 Junta de aclaraciones 02/Feb/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/Feb/2016, 11:00 horas Número de Licitación LA-019GYR015-E11-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Descripción de la licitación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con Suministro de Refacciones Originales a Equipos de Colposcopio Volumen a adquirir 3 Equipos Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016 Junta de aclaraciones 02/Feb/2016, 13:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/Feb/2016, 13:00 horas Número de Licitación LA-019GYR015-E12-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Descripción de la licitación Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con Suministro de Refacciones Originales a Equipos Desfibriladores Volumen a adquirir 47 Equipos Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016 Junta de aclaraciones 02/Feb/2016, 15:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/Feb/2016, 15:00 horas • Los actos de las licitaciones se llevarán a cabo en la Sala de juntas del Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, ubicada en calle Paseo Usumacinta No. 95, Colonia Primero de Mayo, CP. 86190, Villahermosa, Tabasco. VILLAHERMOSA, TABASCO, A 26 DE ENERO DE 2016. COORDINADOR DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO ING. JORGE ROMERO CABAÑAS RUBRICA. (R.- 425369)
  • 159. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)47 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL DELEGACION ESTATAL AGUASCALIENTES COORDINACION DELEGACIONAL DE ABASTECIMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 35, 39, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 51 y 54 de su Reglamento convoca a los interesados en participar en los Procedimientos de Licitación Pública de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-019GYR032-E3-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta. Descripción de la Licitación Contratación de Servicio de Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario y Gases Medicinales para Unidades Médicas. Volumen a adquirir Cantidad Aproximada: 312,006 m3 Fecha de publicación en CompraNet 26 de Enero de 2016. Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:30 Horas. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 09:30 Horas. Número de Licitación LA-019GYR032-E11-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta. Descripción de la Licitación Contratación de Servicio de Recolección, Transporte Externo y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y Residuos de Manejo Especial. Volumen a adquirir Cantidad Aproximada: 1508 Frecuencias de Recolección Fecha de publicación en CompraNet 26/Enero/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016, 12:00 Horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:30 Horas • Las bases establecidas en la convocatoria de la Licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.funcionpublica.gob.mx, en la plataforma 5.0 y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento sita en Av. Carolina Villanueva de García número 314, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 20290, Aguascalientes, Aguascalientes, teléfono 01 (449) 971 07 94, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:30 a 15:00 horas. • Todos los eventos se realizarán, en la Sala de Juntas de la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento, ubicado en Av. Carolina Villanueva de García número 314, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 20290, Aguascalientes, Aguascalientes. AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, A 26 DE ENERO DE 2016. TITULAR DE JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS C.P. JULIO CESAR VELARDE VAZQUEZ RUBRICA. (R.- 425381)
  • 160. 48(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL OFICINA DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACION PUEBLA El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción II, 29, 30, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36, 36 Bis fracción II, 37, 37 Bis, 38 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y los artículos 35, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 54, 55, 58 y 85 de su Reglamento, convoca a los interesados en participar de conformidad con lo siguiente: No. De la Licitación LA-019GYR006-E8-2016 Carácter de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados Descripción Objeto de la Licitación Adquisición de Material de Curación y Laboratorio Volumen a Adquirir 31,474 Cajas 124 Envases 21 Frascos 57 Latas 1,600 Metros lineales 384,616 Pares 189,737 Piezas 906 Rollos Fecha de Publicación en Compranet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones. 29/02/2016 a las 10:00 Hrs. Visita a Instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y Apertura de Proposiciones 07/03/2016 a las 10:00 Hrs. Lugar donde se llevaran a cabo los eventos En la Sala de Usos Múltiples de la Coordinación de Abastecimiento, y Equipamiento ubicada en Calle 5 de Febrero Oriente # 107 Colonia San Felipe Hueyotlipan, en la ciudad de Puebla, Puebla. Las bases establecidas en la convocatoria de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en calle 5 de Febrero Oriente Número 107, Colonia San Felipe Hueyotlipan, C.P. 72030, en la Ciudad de Puebla, Puebla, teléfono: 01222 288-12-04, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas. PUEBLA, PUEBLA, A 26 DE ENERO DE 2016. DELEGADO ESTATAL EN PUEBLA RODOLFO REYES CORIA RUBRICA. (R.- 425379)
  • 161. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)49 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACION NORTE DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36 y 36 Bis fracción I, 37, 37 Bis, 38, 45, 47, 48, 49, 50, 54, 54 Bis y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP); 35, 39, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 50, 52 y 54 y demás correlativos de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en las presentes licitaciones, para la Delegación Norte del D.F. y cubrir necesidades del 01 de abril al 30 de junio del año 2016, de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-019GYR016-E15-2016. Carácter de la Licitación Pública Nacional. Descripción de la Licitación Servicio Médico Integral de Procedimientos de Mínima Invasión. Volumen a Adquirir 1, 259 Procedimientos. Fecha de Publicación en CompraNet Martes, 26 de enero de 2016. Junta de aclaraciones Miércoles, 03 de febrero de 2016, 10:00 horas. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones Miércoles, 10 de febrero de 2016, 11:00 horas. Número de Licitación LA-019GYR016-E16-2016. Carácter de la Licitación Pública Nacional. Descripción de la Licitación Servicio Médico Integral de Pruebas de Laboratorio Clínico. Volumen a Adquirir 1´738,440 Pruebas. Fecha de Publicación en CompraNet Martes, 26 de enero de 2016. Junta de aclaraciones Jueves, 04 de febrero de 2016, 10:00 horas. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones Jueves, 11 de febrero de 2016, 11:00 horas. Para estas licitaciones, las convocatorias se encuentran disponibles para su consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx, y serán gratuitas, o bien se pondrán los ejemplares impresos a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Delegación Gustavo A. Madero, México, D.F. Estos eventos licitatorios se llevarán a cabo en las instalaciones de la Coordinación Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento, sita en Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Delegación Gustavo A. Madero, México, Distrito Federal. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO LIC. JOSE LUIS QUINTANA CORONA RUBRICA. (R.- 425380)
  • 162. 50(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD HOSPITAL DE ESPECIALIDADES C.M.N.O. RESUMEN DE CONVOCATORIA NO. LA-019GYR020-E128-2015 El Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de la Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 bis fracción III, 28 fracción II, 29, 30, 32, 33 bis, 34, 35, 36 bis fracción III, 37, 37 bis, 45, 46 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública que enseguida se enlista, cuya convocatoria contiene las bases de participación y que estarán disponible para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Abastecimiento con domicilio en Belisario Domínguez número 1000, colonia Independencia, código postal 44340, en Guadalajara, Jalisco, teléfono 01-33-3617-2141, los días de lunes a viernes en días hábiles en el horario de 8:00 a 15:00 horas: Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados número LA-019GYR020-E128-2015 Descripción de la licitación Medicamentos Volumen a adquirir 6,984 piezas Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 11/02/2016, 09:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 18/02/2016 09:00 horas. Lugar donde se llevarán a cabo los eventos Los actos se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción III, en el Departamento de Abastecimiento de la UMAE Hospital de Especialidades C.M.N.O., en Belisario Domínguez número 1000, colonia Independencia, código postal 44340, en Guadalajara, Jalisco. Autorización de reducción de plazos de conformidad al tercer párrafo del Artículo 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) Autorizó: Dr. Hugo Ricardo Hernández García Cargo: Director UMAE Hospital de Especialidades CMNO Fecha: 18 de Enero de 2016 GUADALAJARA, JAL., A 26 DE ENERO DE 2016. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO UMAE HOSPITAL DE ESPECIALIDADES CMNO LIC. SALVADOR CARRILLO FLORES RUBRICA. (R.- 425376)
  • 163. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)51 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACION PUEBLA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DELEGACIONAL DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO CALLE 5 DE FEBRERO ORIENTE NUM 107 COL. SAN FELIPE HUEYOTLIPAN, PUEBLA. PUE. C.P 72030 AVISO DE FALLO DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURIO SOCIAL, CON FUNDAMENTO EN LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 58 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, DA A CONOCER LA IDENTIDAD DE LOS PARTICIPANTES GANADORES DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL REALIZADA DE CONFORMIDAD CON LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO, ABAJO MENCIONADA: ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION (EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO) NO. DE LICITACION FECHA DE EMISION DEL FALLO LA-019GYR006-T316-2015 3 DE NOVIEMBRE DEL 2015 PROVEEDORES GANADORES NO. CONTRATO PROVEEDOR DOMICILIO DESCRIPCION DEL BIEN CANT. DE PART. ASIGNADAS MONTO DEL CONTRATO BI50008 INDUSTRIAS COBRAMEX, S.A. DE C.V. CAMINO A SAN LORENZO NO. 1213 COLONIA LA TRINIDAD SANCTORUM CUAUTLANCINGO, PUEBLA, C.P. 72730 ASPIRADOR PORTATIL PARA SUCCION CONTINUA. 1 $ 14,800.00 BI50007 SARDEL MEDICAL, S.A. DE C.V. CARRETERA XALAPA-COATEPEC KILOMETRO 6.250 COLONIA CENTRO, COATEPEC. VERACRUZ. C.P. 91500 BASCULA ELECTRONICA CON ESTADIMETRO. 1 $ 181,470.00 BI50004 COMPAÑIA INTERNACIONAL DE DISTRIBUCIONES, S.A. DE C.V. CEFEO UN. 25 PLANTA ALTA COL. PRADO CHURUBUSCO DELEGACION COYOACAN, MEXICO, D.F. C.P. 04230 CUNA DE CALOR RADIANTE 1 $ 299,934.00 BI50003 COMERCIALIZADOR A SARHUA, S.A. DE C.V. CENTRAL SUR NUM. 7 COLONIA TLAXCALANCINGO SAN ANDRES CHOLULA PUEBLA, PUE. C.P. 72820 MONITOR DE SIGNOS VITALES 3 $ 792,852.00 BI50006 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, S.A. DE C.V. ENRIQUE JACOB NUMERO 7 COLONIA SAN ANDRES ATOTO, NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO. C.P. 53500 UNIDAD RADIOLOGICA DENTAL. 1 $ 64,200.00 BI50005 ESPECIALISTAS EN ESTERILIZACION Y ENVASES, S.A. DE C.V. GUILLERMO BARROSO NUM 11-A COL. FRACC. IND. LAS ARMAS TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXOCO. C.P. 54080 ESTERILIZADOR DE VAPOR DIRECTO GRANDE, LAVADORA ULTRASONICA Y SIERRA PARA CORTAR YESO. 3 $ 5,346,150.00 PUEBLA, PUE., A 26 DE ENERO DE 2016. DELEGADO ESTATAL EN PUEBLA RODOLFO REYES CORIA RUBRICA. (R.- 425378)
  • 164. 52 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACION ESTATAL EN HIDALGO El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, Fracción I, 26 Bis fracciones II y III, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 33, 33 BIS, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 39, 42 y 44 de su Reglamento y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas de conformidad con lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA 2 Número de Licitación LA-019GYR017-E18-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A VENTILADORES VOLUMETRICOS Y DE PRESION DEL REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016 Volumen a adquirir 82 Equipos. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 09:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 09:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E19-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación SERVICIO SUBROGADO ESTUDIOS DE DIAGNOSTICO HOSPITALES Y ESTUDIO DE RAYOS X EN UMF. Volumen a adquirir 18,920 Estudios. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 02/02/2016, 12:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 12:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E20-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica Descripción de la licitación MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A UNIDADES DENTALES DEL REGIMEN ORDINARIO Y PROSPERA PARA EL EJERCICIO 2016. Volumen a adquirir 53 Equipos. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 09:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:00 HRS. Número de Licitación LA-019GYR017-E21-2016 Carácter de la Licitación Pública Nacional Mixta Descripción de la licitación CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANIOBRAS DE CARGA, ACARREOS Y DESCARGA DE BIENES MUEBLES, BIENES DE GENERACION CONTINUA (CARTON, CHATARRA, ROPA HOSPITALARIA DE BAJA, PAPEL DE DESECHO, CARTUCHOS DE TONER VACIOS, ETC.) Y CAJAS CON DOCUMENTOS PARA ARCHIVO DE CONCENTRACION, ARTICULOS DIVERSOS, EN BODEGAS DE INMUEBLES DEL IMSS DE LA DELEGACION HIDALGO, PARA CUBRIR NECESIDADES DEL PERIODO ENERO - DICIEMBRE, PARA EL EJERCICIO 2016.
  • 165. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53 Volumen a adquirir Maniobras Mínima 300 Maniobras Máximas 600 Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de Aclaraciones 03/02/2016, 11:00 HRS. Visita a instalaciones No habrá visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 11:00 HRS. • Las bases establecidas en la convocatoria de la licitación se encuentran disponibles para consulta en internet: http://www.compranet.gob.mx y serán gratuitas, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en el Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, sito en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 714.3323 Y 714.3234 Ext. 5301 y 5322, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 09:00 a 16:00 horas. • Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones electrónicas, se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis fracción II de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales, CompraNet. • Los eventos de junta de aclaraciones, presentación y apertura y fallo, para las licitaciones Mixtas, se realizarán en la Sala de Licitaciones, ubicada en Calle Arboledas No. 115, Lotes 54 y 55, Fraccionamiento Industrial la Paz, C.P. 42080, en Pachuca de Soto, Hgo., teléfonos (01.771) 71153.3145 Ext. 5301 y 5322. PACHUCA DE SOTO, HGO., A 26 DE ENERO DE 2016. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO L.A. OLIVIA RAMIREZ HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 425375) COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS DIRECCION GENERAL DE BIENES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las siguientes Licitaciones Públicas Electrónicas Nacionales, cuyas Convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en Av. de los Insurgentes Sur No. 762, Colonia Del Valle, C.P 03100, Benito Juárez, Distrito Federal, teléfono: 5448-7000 ext. 7067 y 6070, los días Lunes a Viernes de las 9:00 a las 16:00 horas. Información relativa a la licitación No. LA-006G3A001-N148-2015 Descripción de la licitación La CONDUSEF requiere la contratación de servicios profesionales para la administración de los servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y complementarios a nivel nacional. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016 a las 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 a las 11:00 horas Información relativa a la licitación No. LA-006G3A001-N225-2015 Descripción de la licitación La CONDUSEF requiere la contratación del servicio de suministro de vales de gasolina. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016 a las 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 a las 11:00 horas MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DE BIENES Y SERVICIOS GERMAN GUERRERO POZAS RUBRICA. (R.- 425468)
  • 166. 54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS EN CAMPECHE LICITACION PUBLICA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA 01 En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con la Ley de la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N01-2016 Descripción de la licitación Adquisición de Productos Alimenticios para el ejercicio 2016 en Delegación Estatal Campeche Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Volumen a adquirir Lo establecido en las bases Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/02/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 horas Fallo 15/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N02-2016 Descripción de la licitación Adjudicación para la prestación de Servicio de Vigilancia, para el ejercicio 2016, en la Delegación Estatal de Campeche Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Volumen a adquirir Lo establecido en las bases Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/02/2016, 13:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 13:00 horas Fallo 15/02/2016, 13:00 horas Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N03-2016 Descripción de la licitación Adjudicación para la prestación de Servicio de Limpieza y Jardinería, para el ejercicio 2016, en la Delegación Estatal de Campeche Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Volumen a adquirir Lo establecido en las bases Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/02/2016, 16:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 16:00 horas Fallo 15/02/2016, 16:00 horas Licitación Pública Nacional LA- 00637171-N04-2016 Descripción de la licitación Prestación del Servicio de Recolección, Traslado y Destino Final de Residuos Peligrosos Biológicos Infecciosos, para el ejercicio 2016, en la Delegación Estatal Campeche Carácter de la Licitación Licitación Pública Nacional Volumen a adquirir Lo establecido en las bases Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 3/02/2016, 19:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 19:00 horas Fallo 15/02/2016, 19:00 horas CAMPECHE, CAMP., A 26 DE ENERO DE 2016. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS C.P. JOSE ALEJANDRO ESQUIVEL CASTILLO RUBRICA. (R.- 425418)
  • 167. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO HOSPITAL REGIONAL “CENTENARIO DE LA REVOLUCION MEXICANA” EMILIANO ZAPATA, MOR., A.E. RESUMEN DE CONVOCATORIA 02 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas de Carácter Nacional Mixtas, mediante convocatorias públicas número LA-019GYN901-E6-2016, LA-019GYN901-E7-2016, LA-019GYN901-E8-2016, LA-019GYN901-E9-2016 para: Servicio de Oxígeno Medicinal Domiciliario; Servicio de seguridad y vigilancia; Servicio de limpieza, recolección de desechos municipales y destino final; Suministro de Gas LP E Internacionales Mixtas bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, mediante convocatoria pública número LA-019GYN901-E10-2016, para: Adquisición Sustancias Químicas, cuyas convocatorias que contienen las bases de participación para las licitaciones se encuentran disponibles para su consulta en la página de Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en la coordinación de recursos materiales del Hospital Regional “Centenario de la Revolución Mexicana”, Emiliano Zapata, Mor., A.E., Ubicado en Av. Universidad no. 40, colonia Palo Escrito, Emiliano Zapata, Morelos C.P. 62760, en un horario comprendido de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, en días hábiles. Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E6-2016, SERVICIO DE OXIGENO MEDICINAL DOMICILIARIO. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria. Fecha de publicación en compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 10/02/2016 09:00 HRS Presentación y apertura de proposiciones 17/02/2016 09:00 HRS Acto de fallo. 24/02/2016 13:30 HRS Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E7-2016, SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria. Fecha de publicación en compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 11/02/2016 09:00 HRS Presentación y apertura de proposiciones 18/02/2016 09:00 HRS Acto de fallo. 24/02/2016 09:00 HRS Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E8-2016, SERVICIO DE LIMPIEZA, RECOLECCION DE DESECHOS MUNICIPALES Y DESTINO FINAL Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria. Fecha de publicación en compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 12/02/2016 09:00 HRS Presentación y apertura de proposiciones 19/02/2016 09:00 HRS Acto de fallo. 26/02/2016 10:30 HRS Descripción de la licitación pública nacional LA-019GYN901-E9-2016, SUMINISTRO DE GAS LP Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria. Fecha de publicación en compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 16/02/2016 09:00 HRS Presentación y apertura de proposiciones 23/02/2016 09:00 HRS Acto de fallo. 26/02/2016 12:00 HRS Descripción de la licitación pública internacional LA-019GYN901-E10-2016, ADQUISICION DE SUSTANCIAS QUIMICAS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria. Fecha de publicación en compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 15/02/2016 09:00 HRS Presentación y apertura de proposiciones 22/02/2016 09:00 HRS Acto de fallo. 26/02/2016 09:00 HRS EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO DR. ALVARO LUIS VAZQUEZ MORALES RUBRICA. (R.- 425426)
  • 168. 56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-006HAN001-E1-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en internet https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en: Agrarismo No. 227, Quinto Piso, Colonia Escandón, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11800, México, D.F., Tel: 5230-1600, Exts: 2460 y 1251, de las 9:00 a las 15:00 horas, conforme a lo siguiente: Descripción de la licitación LA-006HAN001-E1-2016 Servicio Integral Especializado en Régimen de Subcontratación de Personal para la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Periodo disponible de la Convocatoria Los días del 21/01/2016 al 02/02/2016 Junta de aclaraciones 27/01/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 10:00 horas Lugar de los Eventos Oficinas de la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales y Servicios de la Financiera, ubicadas en Agrarismo 227, Piso 5, Colonia Escandón, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11800, México, D.F. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADMINISTRACION LIC. JOSE LEON ROMERO RUBRICA. (R.- 425340) LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006HHQ001-E6-2016 cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien: Plaza de la Reforma No. 1, piso 10, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06037, con teléfono 5140-7160, los días lunes a viernes de las 9:00 a 15:00 horas. No. de Licitación LA-006HHQ001-E6-2016 Objeto de la Licitación “Servicios Médicos Integrales, de Hospitalización y Oxígeno a través de una Institución de Seguros Especializados en Salud (ISES)” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016 Junta de aclaraciones 26/01/2016, 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016, 09:00 horas MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES C.P. JOSE ALONSO GARCIA SALAZAR RUBRICA. (R.- 425401)
  • 169. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57 INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones públicas nacionales, abajo señaladas cuya Convocatoria contiene las bases de participación que están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en Serapio Rendón N° 76, Col. San Rafael, C.P. 06470, Cuauhtémoc, Distrito Federal, Teléfono: 1500-1353, los días Lunes a Viernes del año en curso de las 9:00 a 15:00 horas. LA-020VUY001-E1-2016 Descripción de la Licitación Servicio de Agencia de Viajes Volumen a Adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 de enero de 2016 Junta de Aclaraciones 02 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas. Visita a Instalaciones Presentación y Apertura de Proposiciones 10 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas. LA-020VUY001-E2-2016 Descripción de la Licitación Servicio de Impresos Volumen a Adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 02 de febrero de 2016 Junta de Aclaraciones 09 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas. Visita a Instalaciones Presentación y Apertura de Proposiciones 17 de febrero de 2016 a las 11:00 Horas. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES MTRO. GUILLERMO NOYOLA VEGA RUBRICA. (R.- 425419) AVISO AL PÚBLICO Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los siguientes requisitos: • Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias legibles. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Archivo electrónico del documento a publicar contenido en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de pago realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. El comprobante de pago se presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo de esta Dirección. Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en sus archivos. Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar, el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la FIEL de la autoridad emisora del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación. Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. ATENTAMENTE DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
  • 170. 58 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGIA DEL AGUA DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE SERVICIOS Y OBRA PUBLICA RESUMEN DE CONVOCATORIA NUM. 01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que las convocatorias a la licitaciones públicas nacionales electrónicas que contienen las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponible para consulta en: http://compranet.gob.mx o bien en la Subdirección de Recursos Materiales/Departamento de Contratos ubicado en Paseo Cuauhnáhuac No. 8532 - edificio 4, planta baja Colonia Progreso, C.P. 62550, Jiutepec, Morelos, teléfono: 329 3600 EXT. 347 y 271, de lunes a viernes de las 10:00 a 14:00 horas, cuya información relevante es: Número de Licitación LPN ELECTRONICA LA-016RJE001-E11-2016 Objeto de la licitación SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA PROPORCIONAR LOS SERVICIOS DE RESERVACIONES, ENTREGA Y RADICACION DE BOLETOS DE TRANSPORTACION AEREA. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 10:00 horas Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016 9:00 horas Fallo 10/02/2016 16:30 horas Número de Licitación LPN ELECTRONICA LA-016RJE001-E12-2016 Objeto de la licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN LAS INSTALACIONES DEL IMTA. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016 14:00 horas Fallo 11/02/2016 17:00 horas Número de Licitación LPN ELECTRONICA LA-016RJE001-E13-2016 Objeto de la licitación SERVICIO DE ADMINISTRACION DE PERSONAL. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 22/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016 10:00 horas Visita al lugar de los servicios No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016 9:00 horas Fallo 11/02/2016 17:30 horas JIUTEPEC, MORELOS, A 26 DE ENERO DE 2016. COORDINADOR DE ADMINISTRACION C.P. JUAN MANUEL BARAJAS PIEDRA RUBRICA. (R.- 425447)
  • 171. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 59 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en Carretera México- Toluca, s/n, Colonia: La Marquesa, C.P. 52750, Ocoyoacac, México, teléfono: 53297200 ext. 15600, los días: de lunes a viernes de las 8:30 a 15:30 horas. Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E1-2016 Descripción de la licitación Servicio de Arrendamiento de Equipo de Fotocopiado Color y B y N Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016 Junta de aclaraciones 22/01/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 27/01/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E2-2016 Descripción de la licitación Servicio de Boletos de Avión para Viajes Nacionales e Internacionales Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016 Junta de aclaraciones 22/01/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 23/01/2016, 12:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E3-2016 Descripción de la licitación Servicio de Suministro de Combustible mediante el Pago con Tarjetas Inteligentes Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016 Junta de aclaraciones 22/01/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 27/01/2016, 13:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0Q002-E4-2016 Descripción de la licitación Servicio de Transporte Colectivo de Personal de Laguna Verde Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 15/01/2016 Junta de aclaraciones 22/01/2016, 13:00 horas Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 28/01/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E5-2016 Descripción de la licitación Comedor Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016 Junta de aclaraciones 26/01/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones 20/01/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016, 10:00 horas
  • 172. 60 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E6-2016 Descripción de la licitación Servicio de Limpieza y Jardinería Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016 Junta de aclaraciones 26/01/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones 20/01/2016, 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016, 12:00 horas Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E7-2016 Descripción de la licitación Servicio de Transporte Colectivo de Personal del ININ Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E8-2016 Descripción de la licitación Servicio de Transporte de Radiofármacos y Mensajería Nacional e Internacional Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 12:00 horas Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E9-2016 Descripción de la licitación Seguro Sobre Bienes Patrimoniales del ININ Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 18/01/2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones 20/01/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 03/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-E10-2016 Descripción de la licitación Seguro de Gastos Médicos Mayores para Mandos Medios y Superiores del ININ Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 19/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No Habrá Visita a Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Presencial No. LA-018T0Q002-N11-2016 Descripción de la licitación Seguro de Vida e Incapacidad Total y Permanente Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 19/01/2016 Junta de aclaraciones 09/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 15/02/2016, 10:00 horas MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES ING. VICTOR MANUEL DUARTE GARZA RUBRICA. (R.- 425350)
  • 173. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 61 INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL SUBDIRECCION DIVISIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en la licitación pública nacional cuya convocatoria contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: http://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Periférico sur No. 3106, Colonia Jardines del Pedregal, C.P. 01900, Del. Alvaro Obregón; México, D.F., teléfono: 56-24-04-00 ext. 11021 y 11023, de lunes a viernes, en un horario: de 9:00 a 16:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Nacional, electrónica LA-010K8V001-E25-2016 Objeto de la Licitación Contratación del Servicio de Monitoreo para el seguimiento noticioso pormenorizado de temas de propiedad intelectual y afines, así como la recopilación y análisis de la información que se difunde a través de medios de comunicación – periódicos, revistas, radio, televisión e internet y en Redes Sociales- Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 03/02/2016, 11:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 11:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 19/02/2016, 11:00 horas. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR DIVISIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES CELEDONIO OLVERA HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 425427) AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES GERENCIA DE LICITACIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública siguiente, cuya convocatoria está disponible para su consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en las oficinas de la Jefatura de Licitaciones y Adquisiciones, de la Gerencia de Licitaciones, ubicadas en Avenida 602, número 161, Colonia Zona Federal Aeropuerto Internacional Ciudad de México, C.P. 15620, Delegación Venustiano Carranza, en México, D.F., teléfonos 5133 1000, 5090 1000 y 5090 2900, extensiones 2208 y 2435, y fax extensión 1878, de lunes a viernes, en días hábiles, con horario de 9:30 a 14:30 y de 16:00 a 17:30 horas. Conforme a los medios que se utilizarán, la licitación que contiene esta convocatoria será electrónica. Número de procedimiento de Licitación CompraNet: LA-009JZL002-E8-2016 ASA-LPNS-002/16 Descripción de la licitación Contratación del servicio de seguridad y vigilancia en Aeropuertos y Estaciones de Combustible de la Red de Aeropuertos y Servicios Auxiliares Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 22/01/16 Junta de aclaraciones 28/01/16 10:00 horas Visita a las instalaciones No aplica Presentación y apertura de proposiciones 08/02/16 10:00 horas MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACION LIC. CESAR CARRILLO GONZALEZ RUBRICA. (R.- 425452)
  • 174. 62 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS GERENCIA DE TRAMO CUACNOPALAN-TEHUACAN-OAXACA RESUMEN DE CONVOCATORIA 01 FONADIN LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales Números: LA-009J0U019-E4-2016, LA-009J0U019-E5-2016, LA-009J0U019-E6-2016, LA-009J0U019-E7-2016, LA-009J0U019-E8-2016 y LA-009J0U019-N9-2016, cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: Http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en Entronque Oaxaca, Camino Directo de Cuota, Sin Número, San Lorenzo Cacaotepec, Etla, Oaxaca, C.P 68263 Teléfono: 01(951) 5187770; 01(951) 5187771 Ext. 7650, los días lunes a viernes de 09:00 a las 17:00 Horas. Objeto de la licitación Servicio de limpieza e higiene, fumigación y traslado de R.P.B.I. con suministro de material, para los centros de trabajo del Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas Junta de aclaraciones 03/02/2016, 09:00 Horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 09:00 Horas Objeto de la licitación Servicio de cargas de agua en pipa de 10000 litros para las plazas de cobro 77 Miahuatlán y 76 Tehuacán, del Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas Junta de aclaraciones 03/02/2016, 13:00 Horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 13:00 Horas Objeto de la licitación Servicio de vigilancia Caseta BIS de la plaza de cobro 79 Huitzo, del Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas Junta de aclaraciones 04/02/2016, 09:00 Horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:00 Horas Objeto de la licitación Servicio de arrendamiento de equipo para fotocopiado para los centros de trabajo del Tramo Cuacnopalan- Tehuacán-Oaxaca. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas Junta de aclaraciones 04/02/2016, 13:00 Horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 13:00 Horas
  • 175. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 63 Objeto de la licitación Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de radiocomunicación y torres de auxilio de la Gerencia de Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas Junta de aclaraciones 05/02/2016, 09:00 Horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 09:00 Horas Objeto de la licitación Adquisición de defensa metálica galvanizada de tres crestas para la Subgerencia del Derecho de Vía, de la Gerencia de Tramo Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00 Horas Junta de aclaraciones 05/02/2016, 13:00 Horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 13:00 Horas SAN LORENZO CACAOTEPEC, OAXACA, A 26 DE ENERO DE 2016. SUBGERENTE DE ADMINISTRACION C.P. LUIS HUMBERTO MEXICANO FLORES RUBRICA. (R.- 425467) CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION EN TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS LICITACION PUBLICA MIXTA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Mixtas Nacionales números LA-009J0U024-E1-2016, LA-009J0U024-E2-2016 cuya convocatorias que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien, en 3a. Avenida Norte Poniente número 1360, Colonia Moctezuma, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Código Postal 29030, teléfono 01 (961) 611 08 47, extensión 7725, del día 26 al 07 de febrero del año en curso, de 10:00 a 16:00 horas. Descripción de la licitación Servicio de Transporte de Personal de la Red FONADIN Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 14:00 horas. Descripción de la licitación Servicio de Limpieza y Fumigación para las Plazas de Cobro de la Red FONADIN Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016, 14:00 horas. TUXTLA GUTIERREZ, CHIS., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBGERENTE DE ADMINISTRACION C.P. EDITH ROSALIA VILLAGOMEZ MALAGON RUBRICA. (R.- 425466)
  • 176. 64(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS SUBDELEGACION DE ADMINISTRACION EN QUERETARO RESUMEN CONVOCATORIA 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública mixta, que se relaciona a continuación, cuya convocatoria contiene la licitación disponible para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en: Km. 7+100 de la Autopista Querétaro-Irapuato, C.P. 76180 Corregidora, Qro., teléfono: (01 442) 238-16-00 al 04 extensiones 4730 y 4735 y fax extensión 4622, del 19 al 26 enero de 2016 para la licitación número LA-009J0U017-E1-2016 en días hábiles. De las de 9:00 a 15:00 horas para la red contratada y Fondo Nacional de Infraestructura. La reducción al plazo de presentación y apertura de propuestas, fue autorizada por el comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Delegación Zona III Centro-Norte, en su décimo segunda sesión ordinaria el día 16 de diciembre de 2015. Licitación Pública Nacional Mixta No. de la licitación LA-009J0U017-E1-2016 Descripción del objeto de la licitación Servicios de Limpieza, Lavado de Carriles, Fumigación y Recolección de Basura de la Red Capufe y Fonadin Volumen de la licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016 Junta de aclaraciones 26/01/2016 a las 11:00 horas, en el auditorio de la Delegación III Centro-Norte, Querétaro, ubicado en el Km. 7+100 de la Autopista Querétaro-Irapuato, C.P. 76180, Corregidora, Querétaro. Presentación y apertura de proposiciones 02/02/2016 a las 11:00 horas, en el auditorio de la Delegación III Centro-Norte, Km. 7+100 autopista Querétaro-Irapuato, C.P. 76180, Corregidora, Querétaro. CORREGIDORA, QRO., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDELEGADO DE ADMINISTRACION DELEGACION REGIONAL III CENTRO-NORTE LIC. GUSTAVO AGUILAR ROJO RUBRICA. (R.- 425472)
  • 177. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 65 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS SUBDIRECCION DE PROGRAMACION Y ADMINISTRACION DE CONTRATOS GERENCIA DE LICITACIONES Y ADMINISTRACION DE CONTRATOS LICITACION PUBLICA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 004 (FONADIN) En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) para la contratación de las obras y servicios relacionados con la obra pública, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponible para consulta en la página electrónica http://web.compranet.gob.mx, o bien en Calzada de Los Reyes número 24, Colonia Tetela del Monte, código Postal 62130, Cuernavaca, Morelos: 01 (777) 329 21 00, extensiones 3118, 3718 y 3218, con un horario de 9:00 a 15:00 horas. No. de licitación: LO-009J0U002-E87-2016 Carácter de la licitación: Pública Nacional Descripción del objeto de la licitación: Tratamiento superficial a base de carpeta delgada de 4 cm. de espesor del km 93+500 al km 117+300 ambos cuerpos de la autopista La Rumorosa - Tecate. Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en el Catálogo de conceptos de la convocatoria a la licitación. Fecha de publicación en compraNet: 22 de Enero de 2016 Visita al sitio de los trabajos: 29 de Enero de 2016, a las 10:00 horas, con punto de reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación. Junta de aclaraciones: 03 de Febrero de 2016, a las 12:00 horas, en la Sala de concursos de la Dirección de Infraestructura Carretera, sita en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso, Col. Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos. Presentación y apertura de proposiciones: 15 de Febrero de 2016, a las 9:30 horas, en la Sala de concursos de la Dirección Infraestructura Carretera, sita en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso, Col. Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos. No. de licitación: LO-009J0U002-E88-2016 Carácter de la licitación: Pública Nacional Descripción del objeto de la licitación: Supervisión y control de calidad de la obra: Tratamiento superficial a base de carpeta delgada de 4 cm. de espesor del km 93+500 al km 117+300 ambos cuerpos de la autopista La Rumorosa - Tecate. Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en el Catálogo de conceptos de la convocatoria a la licitación. Fecha de publicación en compraNet: 22 de Enero de 2016 Visita al sitio de los trabajos: 29 de Enero de 2016, a las 10:00 horas, con punto de reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación. Junta de aclaraciones: 03 de Febrero de 2016, a las 13:00 horas, en la Sala de concursos de la Dirección de Infraestructura Carretera, sita en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso, Col. Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos. Presentación y apertura de proposiciones: 15 de Febrero de 2016, a las 10:30 horas, en la Sala de concursos de la Dirección Infraestructura Carretera, sita en Calzada de Los Reyes No. 24, primer piso, Col. Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos. CUERNAVACA, MOR., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR DE PROGRAMACION Y ADMINISTRACION DE CONTRATOS ING. CIRO MARBAN MALPICA RUBRICA. (R.- 425464)
  • 178. 66 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION EN TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS LICITACION PUBLICA MIXTA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Mixta Nacional número LA-009J0U024-E3-2016 cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx, o bien, en 3a. Avenida Norte Poniente número 1360, Colonia Moctezuma, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Código Postal 29030, teléfono 01 (961) 611 08 47, extensión 7725, del día 26 al 07 de febrero del año en curso, de 10:00 a 16:00 horas. Descripción de la licitación Servicio de Limpieza y Fumigación para las Plazas de Cobro de la Red PROPIA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 14:00 horas. TUXTLA GUTIERREZ, CHIS., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBGERENTE DE ADMINISTRACION C.P. EDITH ROSALIA VILLAGOMEZ MALAGON RUBRICA. (R.- 425462) HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE LA PENINSULA DE YUCATAN DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 002-2016 El Hospital Regional de Alta Especialidad de la Península de Yucatán, por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, 29, 30 y 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas que enseguida se enlistan, cuya convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx/web/login.html o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados, exclusivamente para su consulta en: la Subdirección de Recursos Materiales sita en Calle 7 No. 433 x 20 y 22 Fraccionamiento Altabrisa, C.P. 97130, Mérida Yucatán, teléfono: 01 (999) 942-76-00 Ext. 56111, los días lunes a viernes en el horario de 8:30 a 15:00 horas: Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E12-2016 Descripción de la licitación Servicio Integral de Hemodiálisis del HRAEPY. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones 02/02/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 10:00 horas
  • 179. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 67 Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E13-2016 Descripción de la licitación Servicio de Lavandería Externa, del HRAEPY Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016 Junta de aclaraciones 09/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones 05/02/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 16/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E14-2016 Descripción de la licitación Servicio Integral de Limpieza Interna del HRAEPY. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016 Junta de aclaraciones 10/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones 08/02/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 17/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E15-2016 Descripción de la licitación Servicio Integral de Vigilancia y Custodia de Bienes Muebles e Inmuebles del HRAEPY. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016 Junta de aclaraciones 11/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones 09/02/2016, 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 18/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E16-2016 Descripción de la licitación Servicio Integral de Gases Medicinales del HRAEPY. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016 Junta de aclaraciones 12/02/2016, 13:00 horas Visita a instalaciones 10/02/2016, 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 22/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional Electrónica LA-012NBS001-E17-2016 Descripción de la licitación Servicio de Mantenimiento preventivo y correctivo a Equipos de Aire Acondicionado del HRAEPY. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia Convocatoria Fecha de publicación en CompraNET 26/01/2016 Junta de aclaraciones 15/02/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones 12/02/2016, 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 24/02/2016, 10:00 horas *Lugar donde se llevará a cabo los eventos: El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 26 bis, Fracción II, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales, Compranet, al tratarse de Licitaciones 100% Electrónicas. MERIDA, YUCATAN, A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE LA PENINSULA DE YUCATAN DR. RAFAEL ANTONIO BARRERA ZOREDA RUBRICA. (R.- 425421)
  • 180. 68 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CENTRO DE INVESTIGACION Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LA-011L4J996-E2-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Industria Metalúrgica No. 1062 Parque Industrial Saltillo-Ramos Arizpe, C.P. 25900, Ramos Arizpe, Coahuila, teléfono: (844)438-9600 ext. 8619, los días de lunes a viernes de las 9:00 a 15:00 Horas. Descripción de la licitación Contratación del Servicio de Agencia de Viajes Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016 10:00 horas RAMOS ARIZPE, COAHUILA, A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS C.P. OSCAR LOZANO GARZA RUBRICA. (R.- 425230) CENTRO DE INGENIERIA Y DESARROLLO INDUSTRIAL SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-0389ZU001-E2-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien: Av. Playa Pie de la Cuesta No. 702, Desarrollo Habitacional San Pablo, C.P. 76125, Querétaro, Qro., teléfono 01 442 220-64-68, los días lunes a viernes del 21 de enero al 16 de febrero, del año en curso de las 8:00 a 17:00 horas. No. de Licitación Licitación Conjunta Pública Nacional electrónica LA- 0389ZU001-E2-2016 Objeto de la Licitación electrónica Administración de nómina de personal eventual para CIDESI y CIDETEQ Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 21/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016, 10:00 horas. Visita a instalaciones No habrá visita Presentación y apertura de proposiciones 16/02/2016, 10:00 horas. QUERETARO, QRO., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR ADJUNTO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS M. EN A. J. JESUS PARAMO BARRIOS RUBRICA. (R.- 425345)
  • 181. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 69 INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES RESUMEN CONVOCATORIA: 003 EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN, EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ARTICULOS 26, FRACCION I, 26 BIS FRACCION I, 28 FRACCION I Y III, 32, 33, 34 Y 35 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, SU REGLAMENTO Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA. SE CONVOCA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA LICITACION CON REDUCCION DE TIEMPOS DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E1-2016 (Nacional) DESCRIPCION DE LA LICITACION Material de Aseo y Vajilla VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016 VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones JUNTA DE ACLARACIONES 26/01/2016, 08:00 hrs. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 02/02/2016, 08:00 hrs. NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E2-2016 (Nacional) DESCRIPCION DE LA LICITACION Papelería, material fotográfico, radiográfico e impresos VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016 VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones JUNTA DE ACLARACIONES 26/01/2016, 11:00 hrs. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 02/02/2016, 11:00 hrs. NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E3-2016 (Nacional) DESCRIPCION DE LA LICITACION Material eléctrico, electrónico, herramientas y neumáticos VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016 VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones JUNTA DE ACLARACIONES 28/01/2016, 08:00 hrs. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 04/02/2016, 08:00 hrs. NUMERO DE LICITACION LA-012NCG001-E4-2016 (Nacional) DESCRIPCION DE LA LICITACION Albañilería, ferretería, plomería y carpintería VOLUMEN A ADQUIRIR Los detalles se determinan en la propia convocatoria FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet 21/01/2016 VISITA A INSTALACIONES No habrá visita a las instalaciones JUNTA DE ACLARACIONES 28/01/2016, 11:00 hrs. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 04/02/2016, 11:00 hrs. • LAS BASES ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA DE LA LICITACION SE ENCUENTRAN DISPONIBLES PARA CONSULTA EN INTERNET: http://compranet.gob.mx Y SERAN GRATUITAS O BIEN SE PONDRA EJEMPLAR IMPRESO A DISPOSICION DE LOS INTERESADOS EXCLUSIVAMENTE PARA SU CONSULTA EN LA COORDINACION DE LICITACIONES DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIA MEDICAS Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN, SITA EN AVENIDA VASCO DE QUIROGA No. 15 COLONIA BELISARIO DOMINGUEZ, CODIGO POSTAL 14080, DELEGACION TLALPAN TELEFONO 54-87-09-00 EXT. 2932, LOS DIAS DE LUNES A VIERNES; EN EL HORARIO DE 10:00 A 13:00 HRS. • TODOS LOS EVENTOS SE REALIZARAN EN EL AULA DE USOS MULTIPLES DE LA UPA (UNIDAD DEL PACIENTE AMBULATORIO), UBICADA EN EL SOTANO 1 A UN COSTADO DEL BANCO HSBC DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS Y NUTRICION SALVADOR ZUBIRAN, SITA EN AVENIDA VASCO DE QUIROGA No. 15 COLONIA BELISARIO DOMINGUEZ, CODIGO POSTAL 14080, DELEGACION TLALPAN. MEXICO, D F., A 21 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE ADMINISTRACION LIC. MARIO FRANCISCO MARQUEZ ALBO RUBRICA. (R.- 425352)
  • 182. 70(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA RAMON DE LA FUENTE MUÑIZ SUBDIRECCION DE SERVICIOS GENERALES CONVOCATORIA PARA PROCEDIMIENTO DE LICITACION PUBLICA NACIONAL 001-16 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número 001-16 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet http://compranet.gob.mx o bien en: Calzada México-Xochimilco No. 101, Colonia San Lorenzo Huipulco, C.P. 14370, Tlalpan, Distrito Federal, Teléfono 4160-5006, 4160-5008 los días de lunes a viernes del año en curso, de las 09:30 a 14.00 horas. No. de Licitación Clave CUCOP Descripción Unidad de Medida Cantidad 001-16 34500002 Programa de Aseguramiento Integral de Bienes Patrimoniales Servicio 1 Publicación en CompraNet Visita a Instalaciones Junta de Aclaraciones Presentación y Apertura Técnica y Económica Fallo 26/01/2016 28-29/01/2016 10:00 hrs. 4/02/2016 9:00 hrs. 11/02/2016 9:00 hrs. 18/02/2016 13:00 hrs. - Todos los eventos de la presente licitación se llevarán a cabo vía electrónica, a través de la Plataforma CompraNet. - El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español. - La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso mexicano. - Ninguna de las condiciones establecidas en las convocatorias de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. - No se otorgará anticipo. El pago se realizará: en forma mensual. - No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES C. JORGE LUIS ALANIS MORENO RUBRICA. (R.- 425423)
  • 183. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)71 COMISION NACIONAL DE VIVIENDA ADQUISICIONES COORDINACION GENERAL DE ADMINISTRACION RESUMEN DE CONVOCATORIA NO. 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Presencial de carácter Nacional, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en: Av. Presidente Masaryk No. 214 Primer Piso, Colonia Bosque de Chapultepec, C.P. 11580, Miguel Hidalgo, Distrito Federal, teléfono: 91389991 ext. 598 y 050, de lunes a viernes de las 09.00 a 15:00 y de 16:00 a 18.00 horas. Licitación Pública Presencial de Carácter Nacional No. LA-006QCW001-E106-2015 Descripción de la licitación Que la CONAVI cuente con un proveedor de servicios que realice la auditoría en campo de las soluciones de vivienda realizadas con el presupuesto asignado por el Gobierno Federal al Programa Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para vivienda tanto en el entorno rural como en el urbano, en las modalidades de adquisición de vivienda, adquisición de lotes con servicio, autoproducción de vivienda, ampliación y/o mejoramiento, así como proyectos institucionales como “Mejorando la Unidad” o extraordinarios, con el fin de verificar y evidenciar que se cumpla con los tiempos, condiciones y la normatividad establecidas en las reglas de operación, convenio de adhesión, manual de procedimientos vigente y la normatividad aplicable al programa. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Visita a las instalaciones No habrá visita a las instalaciones Junta de aclaraciones 02/02/2016 11:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 09/02/2016 10:00 horas MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. COORDINADOR GENERAL DE ADMINISTRACION LIC. RENE CONDE AYALA RUBRICA. (R.- 425433)
  • 184. 72 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION DE DISTRIBUCION CENTRO SUR RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01/2016 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional bajo la cobertura de los tratados (diferenciada uno) LA-018TOQ062-E3-2016, cuya convocatorias contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien en: Av. Heroico Colegio Militar N° 15, Colonia Chamilpa C.P. 62210 Cuernavaca, Mor., Tel. (777)329-40-80, los días Lunes a Viernes del año en curso de las 8:30 a 15:00 horas. Licitación Pública Internacional (Diferenciada Uno) electrónica No. de Licitación LA-018TOQ062-E3-2016 Objetivo de la Licitación SERVICIO DE PODA Y BRECHA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 5.0 22/Enero/2016 Junta de aclaraciones 27/Enero/2016, 09:00 horas. a.m. Presentación y apertura de proposiciones 02/Febrero/2016, 09:00 horas. a.m. ATENTAMENTE CUERNAVACA, MOR., A 26 DE ENERO DE 2016. VOCAL DEL COMITE REGIONAL DE ADQUISICIONES LIC. DULCE IRIS HERNANDEZ LOAEZA RUBRICA. (R.- 425470) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION ORIENTE RESUMEN DE CONVOCATORIA 01 LICITACION PUBLICA NACIONAL LO-018TOQ017-E12-2016 LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION ORIENTE, UBICADA EN AV. FRAMBOYANES LOTE 22 MANZANA 6, CD. INDUSTRIAL BRUNO PAGLIAI, VERACRUZ, VER., CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 32 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, HACE SABER A LOS INTERESADOS LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL LO-018TOQ017-E12-2016 PARA LA OBRA “MANTENIMIENTO A BRECHA FORESTAL EN LA ZONA DE TRANSMISION POZA RICA DENTRO DEL AMBITO DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION ORIENTE, VOLUMEN 650.00 HECTAREAS”, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: FUE PUBLICADA EN COMPRANET EL DIA 26 DE ENERO DE 2016, JUNTA DE ACLARACIONES 05 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 10:00 HORAS; VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS: 03 Y 04 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 09:00 HORAS EN ZONA DE TRANSMISION POZA RICA, UBICADA EN CARRETERA PACHUCA-TUXPAN KM. 193, EJIDO FLORES MAGON, TIHUATLAN, VER (01782 8223383), ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES: 12 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 08:00 HORAS; EMISION DE FALLO: 17 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 14:00 HORAS Y FECHA O PLAZO PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO: 22 DE FEBRERO DE 2016 A LAS 15:00 HORAS. LOS LICITANTES INTERESADOS PODRAN OBTENER LA CONVOCATORIA A LA LICITACION EN LA PAGINA DEL SISTEMA ELECTRONICO DE INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL SOBRE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS COMPRANET, EN LA DIRECCION ELECTRONICA http://www.compranet.gob.mx ATENTAMENTE VERACRUZ, VER., A 26 DE ENERO DE 2016. JEFE DEPTO. REG. DE ADQUISICIONES Y OBRA PUBLICA L.A.E. JUAN ANTONIO LOPEZ ALARCON RUBRICA. (R.- 425383)
  • 185. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)73 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD SUBDIRECCION DE DISTRIBUCION DIVISION DE DISTRIBUCION NORTE LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES RESUMEN DE CONVOCATORIA DC000-01-16 De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales números: LO-018TOQ036-E3-2016, LO-018TOQ036-E4-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación, están disponibles para revisión y consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien: en el Departamento de Concursos y Contratos de la Comisión Federal de Electricidad, ubicada en: Blvd. Miguel Alemán 110,Parque Industrial Lagunero, Gómez Palacio, Dgo. C.P. 35078, Teléfono 01 (871)729-18-36 y 729-18-37, de lunes a viernes, días hábiles, con el siguiente horario de 9:00 a 16:00 horas. No. de Licitación LO-018TOQ036-E3-2016 Objeto de la Licitación Prl- Atención a Condicionantes Región Guachochi Parte 2 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016 09:00 hrs. Visita a instalaciones 02/02/2016 09:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 09:00 hrs. No. de Licitación LO-018TOQ036-E4-2016 Objeto de la Licitación Prl- Atención a Condicionantes Región Guachochi Parte 3 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016 12:00 hrs. Visita a instalaciones 02/02/2016 09:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016 12:00 hrs. GOMEZ PALACIO, DURANGO, A 26 DE ENERO DE 2016. JEFE DEPARTAMENTO DE CONCURSOS Y CONTRATOS DE LA DIVISION DE DISTRIBUCION NORTE C.P. GERARDO MATRON LARA RUBRICA. (R.- 425460)
  • 186. 74 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION DE DISTRIBUCION PENINSULAR RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01 LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública internacional electrónica número LA-018TOQ023-E1-2016, cuya convocatoria que contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien: el Departamento de Compras Divisional, ubicado en Calle 19 No. 454, Fraccionamiento Montejo, C.P. 97127 Mérida, Yucatán, teléfono 01-999-942-16-85 a partir del 21 de enero de 2016 y hasta 6 días previos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. No. de Licitación Licitación Pública Internacional Bajo la cobertura de los Tratados Diferenciada 1 Electrónica No. LA-018TOQ023- E1-2016 Descripción de la Licitación Mantenimiento Integral a Restauradores Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compranet 21 de enero de 2016 Junta de aclaraciones 28 de enero de 2016, 10:00 horas. Presentación y apertura de proposiciones 10 de febrero de 2016, 09:00 horas. ATENTAMENTE MERIDA, YUCATAN, A 26 DE ENERO DE 2016 JEFE DEPARTAMENTO DE COMPRAS L.A.E. RUBEN GABRIEL LOPEZ MEJIA RUBRICA. (R.- 425384) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA DE CENTRALES NUCLEOELECTRICAS CENTRAL NUCLEOELECTRICA LAGUNA VERDE RESUMEN DE CONVOCATORIA 01/16 De conformidad con lo establecido en el Artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas, con domicilio en el km. 42.5 de la carretera Cardel-Nautla, Laguna Verde, Ver, Municipio de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Veracruz, Méx., convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de los tratados, (Diferenciada 2) números: LA-018TOQ076-E43-2016 (18164065-001-16) cuya convocatoria que contiene las bases están disponibles en la página de internet: http://compranet.gob.mx o bien en el domicilio de la convocante y a los teléfonos: 01229-989-9090 ext. 4205 o 47094, 01229-989-9197 y 01229-989-9145, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas. Descripción de la licitación LA-018TOQ076-E43-2016 (18164065-001-16), Adquisición de Solución de Platino 17 Troy-Onzas C/U para los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 Cantidad a adquirir 10 Pzas de conformidad con la Solicitud de pedido 500541759. Fecha de publicación en CompraNet 18 de Enero de 2016 Fecha y hora de la junta de aclaraciones 16 de febrero de 2016 a las 10:00 horas Fecha y hora del acto de presentación y apertura de proposiciones 07 de marzo de 2016 a las 10:00 horas Lugar en donde se llevarán a cabo los eventos anteriores: Sala de juntas del Departamento de Abastecimientos de la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas Laguna Verde ATENTAMENTE LAGUNA VERDE, VER., A 26 DE ENERO DE 2016. JEFE DE ABASTECIMIENTOS DE LA GCN MEN. EDGAR ALEJANDRO GONZALEZ GARCIA RUBRICA. (R.- 425387)
  • 187. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 75 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION SURESTE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 001 LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA LA-018TOQ019-E2-2016 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica LA-018TOQ019-E2-2016, cuya Convocatoria que contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet,gob.mx o bien en el Departamento de Adquisiciones de la G.R.T.SE., ubicado en Carretera Panamericana No. 5675, Int. 500 Mts., Col. Plan de Ayala, C.P. 29020, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; teléfonos 01 961 617 36 31 y 01 961 617 36 32, los días Lunes a Viernes de las 9:00 horas a las 15:00 horas. Licitación Pública Nacional LA-018TOQ019-E2-2016, Objeto de la Licitación: Servicio de Vigilancia en las Instalaciones de la Sede de la Gerencia Regional de Transmisión Sureste y Zonas de Transmisión, Villahermosa, Tuxtla, Malpaso, Istmo y Tapachula; Volumen a adquirir los detalles se determinan en la propia convocatoria, Fecha de Publicación en Compranet 26 de Enero de 2016, Junta de Aclaraciones 03 de Febrero de 2016, a las 09:00 horas en la Sala de Juntas de la Administración de la G.R.T.SE., Presentación y Apertura de Proposiciones 12 de Febrero de 2016, a las 09:00 horas en la Sala de Juntas de la Administración de la G.R.T.SE., Fallo 19 de Febrero de 2016, a las 12:00 horas en la Sala de Juntas de la Administración de la G.R.T.SE. ATENTAMENTE TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS, A 26 DE ENERO DE 2016. SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITE REGIONAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION SURESTE L.A.E. RAFAEL ESTRADA VALDEZ RUBRICA. (R.- 425415) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION NORTE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACIONES PUBLICAS De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones públicas siguientes cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación se encuentran disponibles para su consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en el Departamento de Adquisiciones y Obra Pública de la Gerencia Regional de Transmisión Norte, con dirección en Guanaceví No. 131, Parque Industrial Lagunero, Gómez Palacio, Durango, C.P. 35070, teléfonos: 871 7-50-10-83 o 750-12-00 y fax: 871 750-10-83, con horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 15:30 horas. Licitación Pública Nacional No. LPN-GRTN-18164060-001-2016 No. de Licitación Designado por Compranet LA-018TOQ027-E1-2016 Objetivo de la Licitación Adquisición de: Servicio de Vigilancia Volumen a contratar Ver detalles de la convocatoria (anexo 1) Fecha de Publicación en Compranet 21/01/2016 Junta de Aclaraciones 29/01/2016 a las 09:00 horas Visita a Instalaciones 26/01/2016 a las 9:30:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 05/02/2016 a las 08:00 horas GOMEZ PALACIO, DURANGO, A 26 DE ENERO DE 2016. ENCARGADO DE LA SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION NORTE Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITE REGIONAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSMISION NORTE L.C.P. LUZ MARIA ALTAMIRANO TORRES RUBRICA. (R.- 425389)
  • 188. 76(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION DE DISTRIBUCION VALLE DE MEXICO SUR SUBDIRECCION DE DISTRIBUCION RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL DN000-002-2016 Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el artículo 32 y 33 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace saber a los interesados la publicación de la convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para la obra que se indica de conformidad con lo siguiente: Objeto de la licitación LEVANTAMIENTO DE ATRIBUTOS DE SERVICIOS EN BAJA TENSION Y TOMA DE CARGAS EN TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION, EN EL AMBITO GEOGRAFICO DE LAS ZONAS DE DISTRIBUCION ERMITA Y TENANGO. Volumen de obra Los detalles se indican en el catálogo de conceptos Número de licitación LO-018TOQ115-E2-2016 Fecha de publicación en Compranet 19/01/2016 Junta de aclaraciones 27/01/2016, 09:00 hrs. En las oficinas de la Comisión Federal de Electricidad, ubicada en avenida San Jerónimo No. 218, colonia la otra banda, delegación Coyoacán, Ciudad de México C.P. 04519, en la sala de juntas de la administración. Visita al sitio de los trabajos 25/01/2016, 10:00 hrs. Partiendo de la oficina Divisional ubicada en Avenida San Jerónimo No. 218, colonia la otra banda, delegación Coyoacán, Ciudad de México C.P. 04519. Presentación y apertura de proposiciones 04/02/2016, 9:00 hrs. En las oficinas de Comisión Federal de Electricidad, ubicada en avenida San Jerónimo No. 218, colonia la otra banda, delegación Coyoacán, Ciudad de México C.P. 04519, en la sala de juntas de la administración. Los licitantes interesados podrán obtener la convocatoria a la licitación en la página del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas Compranet, en la dirección electrónica http://www.compranet.gob.mx ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 21 DE ENERO DE 2016. JEFE DE DEPTO. CONTRATACION DE OBRA PUBLICA DIV. L.C. BLODYWEED HERNANDEZ PINEDA RUBRICA. (R.- 425338)
  • 189. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 77 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA DIVISIONAL CENTRO ORIENTE RESUMEN DE CONVOCATORIA: 003 LICITACIONES PUBLICAS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: http://compranet.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Av. 25 Poniente No. 1515, primer piso, Colonia Volcanes, C.P. 72410, Puebla, Puebla, Teléfonos 01 (222) 229 0541, 0469, 0470, 0443, 0472 y 0473 de lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 14:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Objeto de la licitación Junta de aclaraciones Apertura de Propuestas Licitación Pública Nacional LA-018TOQ040-E7-2016 (D.C.O. 004-16) Cables 29- enero-2016 12:00 horas 08-febrero-2016 12:00 horas LA-018TOQ040-E8-2016 (D.C.O. 003-16) Transformadores 28-enero-2016 12:00 horas 08-febrero-2016 10:00 horas Licitación Pública Internacional LA-018TOQ040-E6-2016 (D.C.O. 002-16) Postes 27-enero-2016 10:00 horas 05-febrero-2016 10:00 horas La publicación en CompraNet se realizó el día 21 de enero de 2016. Los volúmenes a adquirir para cada licitación se determinan en la propia convocatoria. PUEBLA, PUEBLA, A 21 DE ENERO DE 2016. JEFE DE OFICINA DE COMPRAS DIVISION CENTRO ORIENTE C.P. JUAN CARLOS LANDA ROJANO RUBRICA. (R.- 425432) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA REGIONAL DE PRODUCCION NORTE DEPARTAMENTO REGIONAL DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA RESUMEN DE CONVOCATORIA Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el Artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se hace saber a los interesados a la publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional para el servicio que se indica, de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación Nacional: LA-018 TOQ006-E4-2016 Descripción de la Licitación: Servicio de Vigilancia en Varios Centros de Trabajo del Ambito de la GRPN. Fecha de publicación en Compranet: 22/01/2016 Junta de Aclaraciones: 02/02/2016, 10:00 hrs Presentación y apertura de Proposiciones: 08/02/2016, 10:00 hrs Los interesados podrán obtener la Convocatoria a la Licitación, en Internet: http://companet.gob.mx o bien para su consulta en las oficinas del Departamento Regional de Contratación y Obra Pública de la Gerencia Regional de Producción Norte ubicadas den Pablo A. González No. 650 pte, Col. San Jerónimo, C.P. 64640, Monterrey, Nuevo León, teléfono: 81 (81) 81-51-30-35, a partir de la fecha de publicación en Compranet. MONTERREY, N.L., A 26 DE ENERO DE 2016. JEFE DEPTO. REG. DE CONTRATACION Y OBRA PUBLICA C.P. RUBEN MARTINEZ FLORES RUBRICA. (R.- 425473)
  • 190. 78(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA DE CENTRALES NUCLEOELECTRICAS RESUMEN DE CONVOCATORIA Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el Artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para la obra que se indica de conformidad con lo siguiente: OBJETO DE LA LICITACION VOLUMEN DE LA OBRA DRAGADO DEL CANAL DE ACCESO A LA DARSENA DE LA CNLV. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. No. DE LICITACION FECHA DE PUBLICACION EN CompraNet LO-018TOQ064-E4-2016 REF. 18164100-033-15 18 de Enero de 2016 Fecha, Hora y Lugar Previstas para llevar a cabo el Procedimiento de Contratación Visita al sitio de los Trabajos Junta de Aclaraciones Presentación y Apertura de Proposiciones 22/01/2016 26/01/2016 03/02/2016 09:30 11:00 09:30 Lugar: Partiendo de las Oficina de Administración de Contratos de la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas. Lugar: Oficina de Administración de Contratos de la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas. Lugar: Oficina de Administración de Contratos de la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas Los licitantes interesados podrán obtener la Convocatoria a la licitación en la página del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas CompraNet, en la dirección electrónica http://www.compranet.gob.mx o bien en la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas, ubicada en el km. 42.5 de la Carretera Federal Cardel-Nautla, Municipio de Alto Lucero Veracruz Ver., teléfono 01 229 989 90 90 Ext. 4257 y fax: 01 229 989 90 90 Ext. 4167, los días de lunes a viernes de las 8:30 a 15:30 horas. ATENTAMENTE VERACRUZ, VER., A 26 DE ENERO DE 2016. ADMINISTRADOR DE CONTRATOS DE LA GERENCIA DE CENTRALES NUCLEOELECTRICAS MEN. EDGAR ALEJANDRO GONZALEZ GARCIA RUBRICA. (R.- 425285)
  • 191. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 79 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD SUBDIRECCION DE DISTRIBUCION CENTRO SUR UNIDAD DE CONCURSOS Y CONTRATOS DIVISIONAL RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace saber a los interesados la publicación de la convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para las obras que se indican de conformidad con lo siguiente: Disponible para su revisión y consulta del 26 de Enero al 10 de Febrero del 2016 Objeto de la Licitación Volumen de Obra “REHABILITACION DE 1.95 KM-L TORRES TIPO TAS2G DE LA LINEA LST YTP 73680-JJT Y YTP-73160-TPL”. Los detalles se determinan en la Convocatoria de Licitación No. de la Licitación Fecha de publicación en Compra net LO-018TOQ049-E2-2016 26 de Enero del 2016 Fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento de contratación Visita al sitio de los trabajos Junta de aclaraciones Presentación y apertura de proposiciones 01/02/16 08:30 Horas 03/02/16 09:30 Horas 10/02/16 09:30 Horas Texto de la Convocatoria DG-01/16 Los licitantes interesados podrán obtener la Convocatoria a la licitación en la página del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas CompraNet, en la dirección electrónica https://compranetfuncionpublica.gob.mx ATENTAMENTE CUERNAVACA, MORELOS, A 20 DE ENERO DE 2016. JEFE OFICINA DE COMPRAS DIVISION CENTRO SUR LIC. DULCE IRIS HERNANDEZ LOAEZA RUBRICA. (R.- 425396) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIRECCION DE OPERACION SUBDIRECCION DE GENERACION REGION DE PRODUCCION OCCIDENTE CENTRAL TERMOELECTRICA VILLA DE REYES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA No. LO-018TOQ086-E27-2016 Con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública de carácter Nacional para la obra que se indica de conformidad con lo siguiente: Objeto de la Licitación Rehabilitación del Sistema de Gas Natural de los Generadores de Vapor de las Unidades 1 y 2 de la Central Termoeléctrica Villa de Reyes. Volumen de obra Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Visita al sitio de los trabajos 26/01/2016, 11:00 horas. Junta de aclaraciones 01/02/2016, 11:00 horas. Presentación y apertura de proposiciones 08/02/2016, 09:00 horas. Emisión de fallo 10/02/2016, 14:00 horas. Fecha para suscribir el contrato 19/02/2016, 14:00 horas. Los licitantes interesados podrán obtener la Convocatoria a la licitación por internet en la dirección electrónica: http://compranet.funcionpublica.gob.mx, asimismo la convocante pone a disposición un ejemplar de la misma, para su consulta. ATENTAMENTE VILLA DE REYES, SAN LUIS POTOSI, A 20 DE ENERO DE 2016. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS Y OBRA PUBLICA E.F. C.P. ROSA DE JESUS BUJAIDAR MONSIVAIS RUBRICA. (R.- 425458)
  • 192. 80 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, S.N.C. INSTITUCION FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO No. 1936.- FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA SUBDIRECCION DE GESTION DE RECURSOS Y OPERACION DE BIENES CONCESIONADOS NOTA ACLARATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL PRESENCIAL A la Licitación Pública Nacional Presencial para la “CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE UN ASESOR EXTERNO DE SEGUROS ESPECIALIZADO EN POLIZAS DE OBRA CIVIL TERMINADA PARA APOYAR EN LA CONTRATACION Y ADMINISTRACION DEL SEGURO DE OBRA CIVIL TERMINADA DE LA RED DE AUTOPISTAS Y PUENTES DE CUOTA DEL FIDEICOMISO NUMERO 1936.- FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA” publicada el jueves 21 de enero de 2016. Carácter, medio y No. de licitación LA-006G1C003-E1-2016 Debe decir Carácter, medio y No. de licitación LA-006G1C003-E2-2016 MEXICO, D.F., A 22 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTOR Y DELEGADO FIDUCIARIO ALFREDO PEREZ GUZMAN RUBRICA. (R.- 425435) LICONSA, S.A. DE C.V. GERENCIA METROPOLITANA SUR RESUMEN DE CONVOCATORIA 001 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales presenciales números LA-020VST003-E3-2016, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponible para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, teléfono: 58622100 Ext. 63267, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha establecida, de lunes a viernes de las 9:30 a las 16:30 horas. Con fundamento en el artículo 32 de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público el procedimiento se hace a plazos recortados. LA-020VST003-E3-2016 Presencial Descripción de la licitación. Adquisición y suministro de ácido fosfórico. Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet. 26/01/2016 Junta de aclaraciones. 28/01/2016, 10:00 horas. Visita a instalaciones. No habrá visita Presentación y apertura de proposiciones. 5/02/2016, 10:00 horas. VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD, ESTADO DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016. ENCARGADA DE LA SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. HILDA CYNTIA ROMERO DE LA PAZ RUBRICA. (R.- 425409)
  • 193. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 81 LICONSA, S.A. DE C.V. PROGRAMA DE ABASTO SOCIAL AGUASCALIENTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL PRESENCIAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional presencial número LA-020VST019-E1-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estará disponible para consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en la Subgerencia de Administración y Finanzas del Programa de Abasto Social Aguascalientes de LICONSA, S.A. De C.V., ubicada en Avenida Jesús Rivera Franco número ciento tres (103), Fraccionamiento Ciudad Industrial, Municipio Aguascalientes, Estado Aguascalientes, Código Postal 20290, teléfono (449) 978-82-32, de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:30 horas. LA-020VST019-E1-2016 Presencial Descripción de la licitación Servicio de Recolección y Transporte de Leche Fresca Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 26 de enero de 2016 Junta de aclaraciones 03 de febrero de 2016, 09:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y apertura de proposiciones 09 de febrero de 2016, 09:00 horas Fallo 12 de febrero de 2016, 09:00 horas AGUASCALIENTES, AGS., A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DEL PROGRAMA DE ABASTO SOCIAL AGUASCALIENTES LIC. GABRIELA PONCE MEDINA RUBRICA. (R.- 425397) LICONSA, S.A. DE C.V. DIRECCION COMERCIAL SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE CONSUMO INTERNO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL MIXTA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Mixta número LA-020VST001-E4-2016, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien: la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno de la Dirección Comercial de LICONSA, S.A. DE C.V., ubicada en Planta Baja de Ricardo Torres No. 1, Fraccionamiento Lomas de Sotelo en Naucalpan de Juárez, Estado de México, Código Postal 53390, Tel.: 5237 9272, los días que se indica en la licitación en horarios de las 9:00 a 16:00 horas. Con fundamento en el artículo 32 de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. LA-020VST001-E4-2016 Mixta Descripción de la Licitación Contratación del Servicio de Promotoría, Degustación, Distribución, Coordinación y Activaciones de Venta de Leche Comercial. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/Enero/2016 Junta de aclaraciones 04/Febrero/2016, 12:00 horas. Presentación y apertura de proposiciones 11/Febrero/2016, 12:00 horas. NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016. ENCARGADO DE LA SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE CONSUMO INTERNO DAVID ANTONIO JIMENEZ RUBRICA. (R.- 425394)
  • 194. 82 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 LICONSA, S.A. DE C.V. GERENCIA ESTATAL VALLE TOLUCA RESUMEN DE CONVOCATORIA MULTIPLE LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES MIXTAS De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones públicas nacionales mixtas números LA-020VST010-E1-2016, LA-020VST010-E2-2016, LA-020VST010-E3-2016 y LA-020VST010-E4-2016, cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación estarán disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en la Subgerencia de Administración y Finanzas ubicada en: Km. 13.5 carretera Toluca-Tenango del Valle, Colonia Parque Agroindustrial, C.P. 52280, San Antonio la Isla, Estado de México, teléfono: 717 132 0369 Ext. 146, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha establecida, de lunes a viernes de las 09:00 a las 16:00 horas. LA-020VST010-E1-2016 Mixta Descripción de la licitación Suministro de diésel industrial Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 03/02/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 09/02/2016, 11:00 horas LA-020VST010-E2-2016 Mixta Descripción de la licitación Servicio de comedor Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 11:00 horas LA-020VST010-E3-2016 Mixta Descripción de la licitación Suministro de combustibles y lubricantes Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 11:00 horas LA-020VST010-E4-2016 Mixta Descripción de la licitación Servicio de mantenimiento al parque vehicular Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compranet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016, 12:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 12/02/2016, 12:00 horas SAN ANTONIO LA ISLA, ESTADO DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE ESTATAL VALLE DE TOLUCA M.V.Z. MANLIO NUCAMENDI SUBDIAZ RUBRICA. (R.- 425395)
  • 195. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)83 DICONSA, S.A. DE C.V. SUCURSAL REGIONAL SURESTE GERENCIA DE SUCURSAL RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL DE CARACTER (ELECTRONICA) De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional, cuya convocatoria que contiene las indicaciones para participación están disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Km. 4 Carretera Villahermosa-Frontera S/N, Colonia Ciudad Industrial, C.P. 86010, Villahermosa, Tabasco teléfono: (01-993) -3-53-04-00, Ext. 71215 y 71213, de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:00 horas. Licitación Pública Nacional. LA-020VSS001-E1-2016 Descripción de la licitación Servicio de Vigilancia en Oficinas y Almacenes Rurales Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 09:00 horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 10:00 horas Licitación Pública Nacional. LA-020VSS001-E2-2016 Descripción de la licitación Servicio de Limpieza Integral de Oficinas y Jardinería en Areas Verdes Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00 horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 14:00 horas Licitación Pública Nacional. LA-020VSS001-E3-2016 Descripción de la licitación Servicio de Comedor para Trabajadores de DICONSA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 05/02/2016, 09:00 horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 horas VILLAHERMOSA, TABASCO, A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE LA SUCURSAL SURESTE C.P. ALFREDO ARISTOTELES PERALTA ALFANY RUBRICA. (R.- 425431)
  • 196. 84 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CENTRO DE INVESTIGACION Y ASISTENCIA EN TECNOLOGIA Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A.C. SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA OTRO De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Otro número LA-03890I001-E2-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en Av. Normalistas No. 800, Colonia Colinas de la Normal, C.P 44270, Guadalajara, Jalisco, teléfono: 33455200 ext.1103, los días lunes a viernes de las 9:30 a 16:30 hrs. Descripción de la licitación SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS PARA EL CIATEJ, A.C. 2016 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00:00 horas Junta de aclaraciones 04/02/2016, 09:00:00 AM horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 09:00:00 AM horas GUADALAJARA, JAL., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y REPRESENTANTE LEGAL L.C.P. CITLALLI HAIDE ALZAGA SANCHEZ RUBRICA. (R.- 425392) CENTRO DE INVESTIGACION Y ASISTENCIA EN TECNOLOGIA Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A.C. SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA OTRO De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Otro número LA-03890I001-E3-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en Av. Normalistas No. 800, Colonia Colinas de la Normal, C.P 44270, Guadalajara, Jalisco, teléfono: 33455200 ext.1103, los días lunes a viernes de las 9:30 a 16:30 hrs. Descripción de la licitación SERVICIO DE VIGILANCIA EXTERNA PARA EL CIATEJ, A.C. 2016 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 00:00:00 horas Junta de aclaraciones 03/02/2016, 08:00:00 AM horas Visita a instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 10/02/2016, 08:00:00 AM horas GUADALAJARA, JAL., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y REPRESENTANTE LEGAL L.C.P. CITLALLI HAIDE ALZAGA SANCHEZ RUBRICA. (R.- 425393)
  • 197. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 85 EL COLEGIO DE LA FRONTERA NORTE, A.C. DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 1 LICITACIONES PUBLICAS ELECTRONICAS NACIONALES De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las licitaciones públicas electrónicas nacionales LA-03891C999-E6-2016 y LA-03891C999-E7-2016, cuyas convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien, en Km. 18.5 Carretera Escénica Tijuana- Ensenada, San Antonio del Mar, Tijuana, B.C., código postal 22560, teléfono 01 664 631-63-00 Ext. 2225, los días 20 de enero al 5 de febrero de 2016, en horario de 9:00 a 17:00 horas. Licitación Pública Electrónica Nacional LA-03891C999-E6-2016 Descripción de la licitación Servicios Integrales para la organización de eventos académicos Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de aclaraciones 28/01/2016 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 04/02/2016 10:00 horas Licitación Pública Electrónica Nacional LA-03891C999-E7-2016 Descripción de la licitación Seguro de Bienes Patrimoniales, Seguro de Gastos Médicos Mayores y Seguro de Vida Volumen de licitación Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de aclaraciones 29/01/2016 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 05/02/2016 10:00 horas TIJUANA, B.C., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS MTRO. JOSE DE JESUS LUNA BRENES RUBRICA. (R.- 425335) FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE HABITACIONES POPULARES DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE ADMINISTRACION LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-015QIQ001-E6-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en la Subgerencia de Servicios Generales y Recursos Materiales del FONHAPO, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 3483, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan, código postal 14020, Distrito Federal, teléfonos 5424-6735 y 5424-6714, en días hábiles del 22 de enero al 04 de febrero de 2016 de 09:00 a 15:00 horas. Objeto de la licitación Contratación del servicio de aseguramiento integral de bienes patrimoniales, y de los Seguros de vida, de daños de deudores hipotecarios del FONHAPO con residencia en diferentes entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 22/enero/2016. Junta de aclaraciones 28/enero/2016, 11:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 10/febrero/2016, 11:00 horas. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE ADMINISTRACION FRANCISCO WALTERIO ROBLES ABASCAL RUBRICA. (R.- 425428)
  • 198. 86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE HABITACIONES POPULARES DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE ADMINISTRACION LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 02 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-015QIQ001-E8-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en la Subgerencia de Servicios Generales y Recursos Materiales del FONHAPO, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 3483, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan, código postal 14020, Distrito Federal, teléfonos 5424-6735 y 5424-6714, en días hábiles del 22 de enero al 10 de febrero de 2016 de 09:00 a 15:00 horas. Objeto de la licitación Adquisición, suministro y entrega en sitio de materiales y útiles de oficina, de acuerdo a necesidades y a los pedidos que requiera el FONHAPO. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 22/enero/2016. Junta de aclaraciones 05/febrero/2016, 11:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 16/febrero/2016, 11:00 horas. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE ADMINISTRACION FRANCISCO WALTERIO ROBLES ABASCAL RUBRICA. (R.- 425424) FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE HABITACIONES POPULARES DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE ADMINISTRACION LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 03 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional electrónica número LA-015QIQ001-E9-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en la Subgerencia de Servicios Generales y Recursos Materiales del FONHAPO, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 3483, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan, código postal 14020, Distrito Federal, teléfonos 5424-6735 y 5424-6714, en días hábiles del 22 de enero al 12 de febrero de 2016 de 09:00 a 15:00 horas. Objeto de la licitación Contratación del servicio de boletos de avión con cobertura nacional e internacional y prestación de otros servicios, tales como: reservaciones de hotel y renta de vehículos. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compra Net 22/enero/2016. Junta de aclaraciones 09/febrero/2016, 11:00 horas. Visita a instalaciones No hay visita. Presentación y apertura de proposiciones 18/febrero/2016, 11:00 horas. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. GERENTE DE ADMINISTRACION FRANCISCO WALTERIO ROBLES ABASCAL RUBRICA. (R.- 425425)
  • 199. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)87 TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL NO. TEPJF/LPN/001/2016 El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con fundamento en el Reglamento Interno y en el Acuerdo General que regula los procedimientos de adquisición, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, ambos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, convoca a las personas físicas o morales que tengan interés en participar en la licitación pública nacional para la contratación de cuatro estudios de opinión de carácter cuantitativo a nivel nacional. Licitación Pública Nacional No. Concepto Venta de Bases Costo de Bases Junta de Aclaraciones Entrega y Apertura de Propuestas Fallo TEPJF/LPN/001/2016 Contratación de cuatro estudios de opinión de carácter cuantitativo a nivel nacional Del 26 al 29 de enero y el 02 de febrero de 2016 $1,200.00 08 de febrero de 2016 11:00 horas 17 de febrero de 2016 11:00 horas 26 de febrero de 2016 12:00 horas • Las bases y especificaciones podrán ser consultadas por los interesados en la página: http://www.te.gob.mx en el apartado de Tribunal Electoral/ Transparencia y Acceso a la Información, o en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en Virginia número 68, colonia Parque San Andrés, código postal 04040, delegación Coyoacán, México, Ciudad de México, de 9:00 a 16:00 horas, teléfono 54 84 54 10, extensiones 5495 y 5489. • El pago de las bases únicamente se podrá realizar durante el periodo de venta de bases, mediante depósito bancario a la cuenta número 0841822306 o mediante transferencia bancaria a la CLABE número 072 180 008 418 223 060, del banco Banorte, plaza 01 D.F., a nombre del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. • El comprobante de compra de bases (depósito bancario o transferencia bancaria), deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales, ubicada en Virginia número 68, colonia Parque San Andrés, código postal 04040, delegación Coyoacán, México, Distrito Federal, en el horario de 9:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 18:00 horas en días hábiles, presentando los siguientes requisitos: a) Ficha de depósito original o comprobante de transferencia bancaria, b) Copia legible del formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, expedido por el Servicio de Administración Tributaria, en el cual señala el nombre o denominación social, domicilio fiscal y clave del RFC y c) En su caso, la constancia en la cual se informó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el nuevo domicilio fiscal, lo anterior, con la finalidad de inscribirse al procedimiento correspondiente, se le entreguen las bases y para que se le expida con posterioridad el recibo de compra de bases por parte de la Tesorería del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La inscripción al procedimiento es un requisito indispensable para poder participar en el mismo. • La Junta de Aclaraciones, el Acto de Entrega y Apertura de Propuestas, así como el Fallo serán videograbados y se llevarán a cabo en el edificio administrativo del Tribunal Electoral, ubicado en Virginia número 68, colonia Parque San Andrés, código postal 04040, delegación Coyoacán, Ciudad de México Federal, en las fechas y horas indicadas. • Las proposiciones deberán presentarse en idioma español y cotizarse en moneda nacional. • Los servicios se prestarán de conformidad con los requisitos especificados en las bases. • Las condiciones de pago se encuentran especificadas en las bases. No se otorgará anticipo. • Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. ATENTAMENTE. CIUDAD DE MEXICO, A 26 DE ENERO DE 2016. SECRETARIO ADMINISTRATIVO LIC. JORGE ENRIQUE MATA GOMEZ RUBRICA. (R.- 425471)
  • 200. 88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESUMEN DE CONVOCATORIA 003-2016 En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como establecido en el artículo 37 del Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a personas Físicas o Morales de nacionalidad mexicana o extranjera, interesadas en participar en la Licitación Pública que se describe a continuación: Número de la licitación LP-INE-003/2016 Carácter de la licitación Internacional Abierta Descripción de la licitación Suscripción para la renovación del soporte técnico y mantenimiento del producto TIBCO Tibbr con que cuenta el Instituto; así como la contratación de servicios de informática 2016 (Segunda Convocatoria) Fecha de publicación en INE 20 de enero 2016 Junta de aclaraciones 02 de febrero de 2016, 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 09 de febrero de 2016, 11:00 horas La convocatoria se encuentra disponible para obtención y consulta en COMPRANET en la dirección: http://www.compranet.gob.mx mediante el banner con el logo Institucional, en la dirección http://www.ine.mx o en el Departamento de Licitaciones y Control y Seguimiento a Proveedores en la Dirección de Recursos Materiales y Servicios, del Instituto Nacional Electoral, ubicado en Periférico Sur Número 4124, 6° piso, Colonia Jardines del Pedregal, Delegación Alvaro Obregón, México, Distrito Federal, en días hábiles de las 9:00 a 18:00 horas. El acto de Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevará a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios del Instituto Nacional Electoral en las horas y fechas citadas sito en Periférico Sur 4124, sexto piso, Colonia Jardines del Pedregal, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01900, México, Distrito Federal. MEXICO, D.F., A 26 DE ENERO DE 2016. SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES LIC. CLAUDIA EDITH SUAREZ OJEDA RUBRICA. (R.- 425337) AVISO AL PÚBLICO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 2/8 de plana $3,460.00 4/8 de plana $6,920.00 1 plana $13,840.00 1 4/8 planas $20,760.00 2 planas $27,680.00 Las cuotas por suscripción semestral y venta de ejemplares del Diario Oficial de la Federación, son las siguientes: Suscripción semestral al público: $1,298.00 Ejemplar de una sección del día: $13.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. ATENTAMENTE DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
  • 201. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89 UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE AGUASCALIENTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL ABIERTA NO. 31065001-001-16 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional No. LA-901041992-E1-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en Blvd. Juan Pablo II No. 1302 Fracc. Exhacienda La Cantera, C.P. 20200, Aguascalientes, Ags. Teléfono 01 449 910 50 00 ext. 106, los días lunes a viernes de las 10:00 a 15:00 hrs. Descripción de la Licitación Software y Equipos Para la Implementación de 2 Salas Interactivas Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016, 10:00:00 horas Junta de aclaraciones 04/02/2016, 10:00:00 horas Visita a Instalaciones No hay visita a las instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 16/02/2016, 10:00:00 horas AGUASCALIENTES, AGS., A 26 DE ENERO DE 2016. RECTOR M. EN C. JORGE A. LLAMAS ESPARZA RUBRICA. (R.- 425343) CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA CICESE - AREA DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-0389ZW002-E1-2016, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en Carretera Ensenada-Tijuana No. 3918, Zona Playitas, C.P 22860, Ensenada, Baja California, teléfono: (646)1750500 ext. 22443, y fax (646)1750575, los días de Lunes a Viernes, de las 08:30 a 15:00 horas. Descripción de la Licitación Seguro de Bienes Patrimoniales y Seguro de Personas Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de Aclaraciones 28/01/2016, 10:00 Horas Visita a Instalaciones No habrá visita a las instalaciones Presentación y Apertura de Proposiciones 04/02/2016, 10:00 Horas ENSENADA, B.C., A 20 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA ADMINISTRATIVA M. EN C. LEONOR FALCON OMAÑA RUBRICA. (R.- 425363)
  • 202. 90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA CICESE - AREA DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-0389ZW002-E2-2016, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en Carretera Ensenada-Tijuana No. 3918, Zona Playitas, C.P 22860, Ensenada, Baja California, teléfono: (646)1750500 ext. 22443, y fax (646)1750575, los días de Lunes a Viernes, de las 08:30 a 15:00 horas. Descripción de la Licitación Servicio de Limpieza Integral y Mantenimiento Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de Aclaraciones 27/01/2016, 10:00 Horas Visita a Instalaciones 26/01/2016, 10:00 Horas Presentación y Apertura de Proposiciones 03/02/2016, 10:00 Horas ENSENADA, B.C., A 20 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA ADMINISTRATIVA M. EN C. LEONOR FALCON OMAÑA RUBRICA. (R.- 425360) CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA CICESE - AREA DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-0389ZW002-E3-2016, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en Carretera Ensenada-Tijuana No. 3918, Zona Playitas, C.P 22860, Ensenada, Baja California, teléfono: (646)1750500 ext. 22443, y fax (646)1750575, los días de Lunes a Viernes, de las 08:30 a 15:00 horas. Descripción de la Licitación Servicio de Vigilancia Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20/01/2016 Junta de Aclaraciones 27/01/2016, 13:00 Horas Visita a Instalaciones 26/01/2016, 13:00 Horas Presentación y Apertura de Proposiciones 03/02/2016, 13:00 Horas ENSENADA, B.C., A 20 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA ADMINISTRATIVA M. EN C. LEONOR FALCON OMAÑA RUBRICA. (R.- 425365)
  • 203. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 91 OFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA: 002 Con fundamento en el artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en los artículos 21 fracción I, 22, 24 fracción II y 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, se convoca a los interesados en participar en la Licitación de carácter Nacional para la “Reproducción de Libros de Apoyo para el COBACH" de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación Costo de las Bases Junta de Aclaraciones Presentación de Proposiciones y Apertura Técnica Acto de Apertura Económica OM-COBACH-002-2016 Sin Costo 19/Enero/2016 11:00 horas 25/Enero/2016 10:00 horas 27/Enero/2016 10:00 horas Partida Descripción Cantidad Unidad de medida 1 Reproducción de libros de segundo semestre COBACH 109,500 Ejemplares 2 Reproducción de libros de cuarto semestre COBACH 77,810 Ejemplares 3 Reproducción de libros de sexto semestre COBACH 59,050 Ejemplares • Las Bases de la licitación Pública Regional se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://compras.ebajacalifornia.gob.mx, o bien en la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor de Gobierno, sita en: Calzada Independencia Número 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California; de Lunes a Viernes, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de propuestas, con el siguiente horario: de 08:00 a 17:00 horas. • La Forma de Pago es: Las bases de la presente licitación no tienen costo alguno. • La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 19 de Enero de 2016 a las 11:00 horas en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor, ubicada en el tercer piso del edificio del Poder Ejecutivo, Calzada Independencia Número 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California. • No se aceptarán proposiciones presentadas a través de medios electrónicos. • El acto de presentación de las propuestas técnica y económica será a más tardar el día 25 de Enero de 2016 a las 10:00 horas en la recepción de la Dirección de Adquisiciones de Oficialía Mayor de Gobierno, ubicada en el tercer piso del Poder Ejecutivo, en Calz. Independencia 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, Baja California. • La apertura de la propuesta técnica se efectuará el día 25 de Enero de 2016 a las 10:00 horas y la apertura de la propuesta económica el día 27 de Enero de 2016 a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones ubicada en Calz. Independencia 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, B.C. • Los precios unitarios ofertados por el licitante serán fijos. • Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas. • El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español. • La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en Pesos Mexicanos. • Lugar de entrega: De conformidad con lo establecido en el punto 1.2 de las bases de licitación. • Plazo de entrega: De conformidad con lo indicado en el punto 1.3 de las bases de licitación. • Las condiciones de pago serán: 100% una vez suministrada la totalidad de los bienes materia de la presente licitación a entera satisfacción del Gobierno del Estado de Baja California. • No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 14 DE ENERO DE 2016. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO LORETO QUINTERO QUINTERO RUBRICA. (R.- 425354)
  • 204. 92 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CAMPECHE OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL UNIDAD DE LICITACIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA 001-16 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-904048997-E1-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Agustín Melgar No. S/N, Colonia Buenavista, C.P. 24039, Campeche, Campeche, teléfono: (981) 81 1 98 00 ext. 1110105 y fax (981) 81 1 98 00 Ext. 1110199, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 14:00 hrs. Descripción de la licitación Suministro de Vales de Gasolina 2016 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 02/02/2016, 11:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 11:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP., A 26 DE ENERO DE 2016. ABOGADA GENERAL DRA. ALMA LORENA FALCON LOZADA RUBRICA. (R.- 425434) UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE TORREON DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL ABIERTA ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-905043986-I1-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Carretera Torreón Matamoros, km 10 s/n Colonia Ej. El Aguila, C.P. 27400, Torreón, Coahuila, Teléfono: 01 (871) 729-74-00 y fax 01 (871) 729-74-00 ext. 257. Los días lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas. Descripción de la Licitación Suministro, instalación y puesta en marcha de virtualización de servidores, firewall, switcheo y servicio de telefonía IP Fecha de Publicación en Compranet 26 de Enero de 2016 Visita en instalaciones No habrá visita en instalaciones Junta de Aclaraciones 02 de Febrero 2016 11:00 horas Presentación y Apertura de proposiciones 16 de Febrero 2016 11:00 horas TORREON, COAHUILA, A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS LIC. LAURA OFELIA ZERMEÑO CASAS RUBRICA. (R.- 425420)
  • 205. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 93 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA DIRECCION ADMINISTRATIVA LICITACION PUBLICA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-908047994-E8-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien, en el Departamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad, ubicado en 7A No. 1210, Colonia Centro, C.P 31000, Chihuahua, Chihuahua, teléfono: 614 439 15 32 ext. 2723 y fax 614 439 15 25 Ext., los días Lunes a Viernes de las 9:00 A 14:00 Horas y hasta el día 09 de Febrero de 2016. Descripción de la Licitación Adquisición de Mobiliario para Equipamiento de Nuevos Edificios para la Facultad de Economía Internacional Campus Parral y la Facultad de Derecho Campus Parral de la Universidad Autónoma de Chihuahua. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en CompraNet 26/01/2016 00:00:00 horas Junta de Aclaraciones 03/02/2016 11:00:00 horas Presentación y apertura de Proposiciones 10/02/2016 11:00:00 horas La convocante no cuenta con la certificación de la Secretaría de la Función Pública para recibir proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, por lo tanto no se recibirán proposiciones por este medio, únicamente se podrán consultar las convocatorias a través del sistema CompraNet. CHIHUAHUA, CHIH., A 26 DE ENERO DE 2016. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES M.A.R.H. NORMA CECILIA GONZALEZ MARTINEZ RUBRICA. (R.- 425451) H. AYUNTAMIENTO DE MINERAL DE LA REFORMA OBRA PUBLICA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con los artículos 30 y 32 de la Ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas y 31 de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública número N°. LO- 813051994-E55-2015 Cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta y obtención gratuita todos los días en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. Hidalgo Número 58 Colonia Centro Pachuquilla, Mineral de la Reforma, teléfono: 771-1458812, los días del 21 al 29 de enero del año en curso de las 9.00 hrs. a las 14.30 hrs. LICITACION PUBLICA NACIONAL LO-813051994-E55-2015 Descripción de la Licitación Pavimentación de asfalto calle Miguel Hidalgo que comprende la colonia Azoyatla de Ocampo y la colonia campestre villas del álamo en Mineral de la Reforma. Volumen de la obra Las especificaciones técnicas se encuentran en las bases de la convocatoria a la licitación. Fecha de publicación en CompraNet 21 de enero 2016 Junta de aclaraciones 29 de enero 2016 11.00 hrs. Visita al lugar de la obra 29 de enero 2016 09.00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 05 de febrero 2016 10.00 hrs. MINERAL DE LA REFORMA, A 26 DE ENERO 2016. PRESIDENTE MUNICIPAL DE MINERAL DE LA REFORMA C. FILIBERTO HERNANDEZ MONZALVO RUBRICA. (R.- 425315)
  • 206. 94 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 COMISION DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SISTEMAS INTERMUNICIPALES RESUMEN DE CONVOCATORIA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 29 Y 30 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y 42 DE SU REGLAMENTO, SE CONVOCA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LAS LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES SIGUIENTES, CUYA CONVOCATORIA CONTIENE LAS BASES DE PARTICIPACION DISPONIBLES PARA CONSULTA Y OBTENCION GRATUITA TODOS LOS DIAS EN INTERNET: http://compranet.gob.mx O BIEN EN: http://george.gon@hotmail.com, Y EN LAS OFICINAS DE LA SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA CAASIM UBICADAS EN AVENIDA INDUSTRIAL LA PAZ NO. 200, COLONIA INDUSTRIAL LA PAZ, PACHUCA, HGO. C.P. 42092, TELEFONO: 01 (771) 71 7 43 00, EXT: 1165, 1157 Y 1063, DE LUNES A VIERNES CON UN HORARIO DE 08:30 A 16:30. NUMERO DE LICITACION LA-913005999-E1-2016 DESCRIPCION DE LA LICITACION “ADQUISICION DE EQUIPOS PARA LOS SISTEMAS DE CLORACION DE LA ZONA DE INFLUENCIA DEL ORGANISMO” VOLUMEN A ADQUIRIR 1 PARTIDA FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016 JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 10:00 HORAS VISITA A INSTALACIONES NO HABRA VISITA PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 10–FEBRERO–2016, 10:00 HORAS PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016 NUMERO DE LICITACION LA-913005999-E2-2016 DESCRIPCION DE LA LICITACION “SUSTITUCION DE VALVULAS DE COMPUERTA PARA POZOS PROFUNDOS EN LOS RAMALES TIZAYUCA, TELLEZ, MATILDE Y NOPALAPA” VOLUMEN A ADQUIRIR 6 PARTIDAS FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016 JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 11:00 HORAS VISITA A INSTALACIONES NO HABRA VISITA PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 10–FEBRERO–2016, 11:00 HORAS PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016 NUMERO DE LICITACION No. LA-913005999-E3-2016 DESCRIPCION DE LA LICITACION “SUMINISTRO DE COLUMNA FLEXIBLE DE 6” PARA POZO 8 TELLEZ” VOLUMEN A ADQUIRIR 2 PARTIDAS FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016 JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 12:00 HORAS VISITA A INSTALACIONES NO HABRA VISITA PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 10–FEBRERO–2016, 12:00 HORAS PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016
  • 207. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 95 NUMERO DE LICITACION No. LA-913005999-E4-2016 DESCRIPCION DE LA LICITACION “ADQUISICION DE MATERIAL PARA REHABILITACION DEL SISTEMA DE TELEMETRIAY MACROMEDICION EN POZOS Y CARCAMOS” VOLUMEN A ADQUIRIR 19 PARTIDAS FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016 JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 13:00 HORAS VISITA A INSTALACIONES 02–FEBRERO–2016, 9:00 HORAS PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 10–FEBRERO–2016, 13:00 HORAS PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016 NUMERO DE LICITACION No. LA-913005999-E5-2016 DESCRIPCION DE LA LICITACION “SUSTITUCION DE TREN DE PIEZAS ESPECIALES EN PLANTAS DE BOMBEO: ACAYUCA, TLAZALA Y NOPALAPA” VOLUMEN A ADQUIRIR 3 PARTIDAS FECHA DE PUBLICACION EN COMPRANET 26–ENERO–2016 JUNTA DE ACLARACIONES 03–FEBRERO–2016, 14:00 HORAS VISITA A INSTALACIONES 02–FEBRERO–2016, 9:00 HORAS PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES 10–FEBRERO–2016, 14:00 HORAS PERIODO DE OBTENCION DE BASES 26–ENERO AL 10–FEBRERO–2016 PACHUCA DE SOTO, HGO., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL ING. DANIEL BARRERA MARTINEZ RUBRICA. (R.- 425430) UNIDAD DE INTEGRACION EDUCATIVA DE NUEVO LEON DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS NOTA ACLARATORIA AVISO DE CANCELACION DE PUBLICACION A la Licitación Pública Nacional presencial a tiempos recortados LA-919006998-E1-2016 publicada en fecha 19 de enero de 2016, R.- 425159, se avisa a los interesados en participar que por condiciones presupuestales será reprogramada en fechas posteriores, por lo tanto queda cancelada la publicación. MONTERREY, NUEVO LEON, A 19 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS DE LA UNIDAD DE INTEGRACION EDUCATIVA DE NUEVO LEON ING. JORGE LUIS LOYOLA CASTILLO RUBRICA. (R.- 425316) AVISO AL PÚBLICO Las publicaciones se programarán de la forma siguiente: Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los miércoles, jueves y viernes se publicarán el siguiente martes, y las recibidas los días lunes y martes, el siguiente jueves. Las convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la APF se publicarán los miércoles. Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asamblea se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibo y pago, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación, dada la extensión de los mismos. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas ATENTAMENTE DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
  • 208. 96 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA DIRECCION DE OPERACION E INFRAESTRUCTURA SUBDIRECCION DE PLANEACION INMOBILIARIA Y CONSERVACION DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCION RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional cuya Convocatoria que contienen las bases de participación se encuentran disponibles para su consulta a partir de la fecha de la publicación de este resumen de Convocatoria en la siguiente página de Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en: la Coordinación Operativa de Costos y Adjudicaciones, ubicadas en Av. Reforma No. 722 Col. Centro, Puebla Pue. (01 222) 309 36 00; Extensión 2090 En horario de 09:00 a 15:00 horas de lunes a viernes (días hábiles). LO-921044966-E3-2016 Descripción de la licitación “SUSTITUCION DE CENTRO DE SALUD TEPEYAC EN EL MUNICIPIO DE PUEBLA” Volumen No aplica Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Visita a instalaciones 02/02/2016, 09:15 horas Junta de aclaraciones 03/02/2016, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 11/02/2016, 10:00 horas ATENTAMENTE PUEBLA, PUE., A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR DE OPERACION E INFRAESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA LIC. JAVIER GALACION DE JESUS CRUZ GRAJALES RUBRICA. (R.- 425413) UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE QUERETARO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Nacional número LA-922055992-E1-2016, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en AV. PIE DE LA CUESTA No. 2501, Colonia UNIDAD NACIONAL, C.P. 76148, QURETARO, Querétaro, teléfono: 01 442 2096100 ext. 1520 y fax Ext., los días LUNES A VIERNES de las 09:00 A 15:00 HRS. Descripción de la licitación UTEQ_ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO ESPECIALIZADO PROFOCIE 2015 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compra Net 26/01/2016, 00:00:00 horas Junta de aclaraciones 10/02/2016, 10:00:00 horas Visita a instalaciones No hay Visita a las Instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 23/02/2016, 10:00:00 horas 19 DE ENERO DE 2016. JEFE DE DEPTO. ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS LIC. JOSE ALFREDO JIMENEZ HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 425339)
  • 209. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97 INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO DIRECCION DE PLANEACION LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA: 001 De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional LO-923039994-E1-2016 al LO-923039994-E7-2016, cuya convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en: Av. Insurgentes Número 386, Colonia 20 de Noviembre, C.P. 77038, Cd. Chetumal, Quintana Roo, teléfono: (01983) 8320864, del 26 al 29 Enero del año en curso, de 09:00 a las 16:00 hrs. “Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”. No. Procedimiento LO-923039994-E1-2016 Descripción de la Licitación (013) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Benito Juárez, en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. (043) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Tierra y Libertad, en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. (060) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Kohunlich, en la Localidad de Chetumal, del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 08:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 08:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 08:00 hrs. No. Procedimiento LO-923039994-E2-2016 Descripción de la Licitación (015) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Belisario Domínguez, en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. (016) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Técnica Rafael Ramírez Castañeda, en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. (017) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Técnica Moisés Sáenz Garza, en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 09:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 09:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 09:00 hrs. No. Procedimiento LO-923039994-E3-2016 Descripción de la Licitación (012) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Técnica Juan Rulfo, en la Localidad de Playa del Carmen, del Municipio de Solidaridad del Estado de Quintana Roo. (042) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Maestro Mexicano, en la Localidad de Playa del Carmen, del Municipio de Solidaridad del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 10:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 10:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 10:00 hrs.
  • 210. 98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 No. Procedimiento LO-923039994-E4-2016 Descripción de la Licitación (014) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Técnica Lázaro Cárdenas en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. (037) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Xicoténcatl, en la Localidad de Cancún, del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 11:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 11:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 11:00 hrs. No. Procedimiento LO-923039994-E5-2016 Descripción de la Licitación (020) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Leona Vicario, en la Localidad de Felipe Carrillo Puerto, del Municipio de Felipe Carrillo Puerto del Estado de Quintana Roo. (063) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Enrique Estrella Oxte, en la Localidad de Rancho Viejo, del Municipio de Isla Mujeres del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 12:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 12:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 12:00 hrs. No. Procedimiento LO-923039994-E6-2016 Descripción de la Licitación (026) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Secundaria Técnica Justo Sierra Méndez, en la Localidad de Chetumal, del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo. (034) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Francisco Primo de Verdad, en la Localidad de Chetumal, del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 13:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 13:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 13:00 hrs. No. Procedimiento LO-923039994-E7-2016 Descripción de la Licitación (048) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Benito Juárez, en la Localidad de Felipe Carrillo Puerto, del Municipio de Felipe Carrillo Puerto del Estado de Quintana Roo. (049) Mejoramiento de la Infraestructura Física Educativa en la Primaria Tiburcio May Uh, en la Localidad de Felipe Carrillo Puerto, del Municipio de Felipe Carrillo Puerto del Estado de Quintana Roo. Volumen a Construir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de Publicación en Compranet 26 Enero 2016 Junta de Aclaraciones 28 Enero 2016 14:00 hrs. Visita a las Instalaciones 27 Enero 2016 14:00 hrs. Presentación y apertura de proposiciones 04 Febrero 2016 14:00 hrs. CHETUMAL, QUINTANA ROO, A 26 DE ENERO DE 2016. DIRECTOR GENERAL. ING. JORGE MANUEL MEZQUITA GARMA RUBRICA. (R.- 425390)
  • 211. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)99 H. AYUNTAMIENTO DE RIO GRANDE DEL ESTADO DE ZACATECAS DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS LICITACION PUBLICA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA DIFUNDIDA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION En cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 27 fracción I, 30 fracción I, 31 y 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 31 de su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales, cuyas Convocatorias que contiene las bases de participación y disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: La Dirección De Obras Y Servicios Públicos, Ubicada En Calle Constitución No. 36, Col. Centro, Río Grande, Zac., Con Teléfono (01-498) (98) 2-01-73, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas. No. de Licitación LO-832039986-E1-2016 Descripción de la licitación MODERNIZACION DE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS 0+000 AL 0+600 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 4/02/2016, 11:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 9/02/2016, 11:00 horas No. de Licitación LO-832039986-E2-2016 Descripción de la licitación MODERNIZACION DE BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS 2+300 AL 2+840 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 26/01/2016 Junta de aclaraciones 4/02/2016, 14:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 9/02/2016, 13:00 horas MUNICIPIO DE RIO GRANDE, ZACATECAS, A 26 DE ENERO DE 2016. PRESIDENTE MUNICIPAL C. CONSTANTINO CASTAÑEDA MUÑOZ RUBRICA. (R.- 425469)
  • 212. 100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal EDICTO AKA FITNNESS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. En los autos del juicio de amparo 2100/2015-III, promovido por ALEJANDRA LICEA NUÑEZ, contra actos de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se le ha señalado como tercera interesada y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por tres de diciembre de dos mil quince, notificarla por edictos, que deberá publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso c, de la Ley de Amparo vigente y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentra a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia autorizada de la demanda de garantías, haciéndole saber que cuenta con un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hacer valer sus derechos; así también, se le informa que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 29, de la Ley de Amparo vigente. México, D.F., 15 de diciembre de 2015. La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal. Lic. Miriam Guadalupe Arias Segura. Rúbrica. (R.- 424938) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal Tercera Sala Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México “Año de la Consolidación de la Justicia Oral’’ EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A LA TERCERA INTERESADA: MARIO GERARDO PEREZ ESCUTIA En los autos del cuaderno de amparo del Actor, relativo al toca número 642/2015 deducido del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por ANA LUISA VARGAS CANALES en contra de MARIO GERARDO PEREZ ESCUTIA Y OTRA, se dictó proveído de fecha diecinueve de noviembre del dos mil quince, del cual se provee que ignorándose el domicilio del Tercero interesado MARIO GERARDO PEREZ ESCUTIA, se ordenó emplazar al antes citado al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 27 fracción III de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha treinta de junio del dos mil quince, dictada en los autos del toca 642/2015; el referido Tercero Interesado deberá comparecer ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, con número de amparo DC. 699/2015, a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición. México D.F., a 24 de noviembre de 2015 La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil Lic. Elsa Zaldívar Cruz. Rúbrica. (R.- 425032)
  • 213. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal San Andrés Cholula, Puebla EDICTO. En amparo 1741/2015-VII-14, promovido por José Armando Rodríguez Salazar, contra actos Juez Cuarto Penal en el Estado de Puebla, consistente en el auto de formal prisión emitido en el proceso 295/2015, se ordenó llamar a juicio María Janett García Rojas, como tercera interesada, se le concede plazo de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, para apersonarse, de no hacerlo, ulteriores notificaciones se practicarán por lista. Atentamente San Andrés Cholula, Pue. Dieciocho de Diciembre de dos mil quince. Juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla Lic. Alfredo López Rueda. Rúbrica. (R.- 425049) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. GLORIA ZEPEDA RAMÍREZ Y ALFONSO ROMERO MORALES. En los autos del juicio de amparo número 720/2015-V, promovido por Armando Platas Castro, por propio derecho, contra actos del Juez Quincuagésimo Noveno Civil del Distrito Federal, radicado en este Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil, en esta capital; al ser señalado como tercero interesado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b) párrafo segundo de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, se hace de su conocimiento que en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos. Atentamente. México, D.F., a 15 de diciembre de 2015. El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Juan Manuel Rivera Avila. Rúbrica. (R.- 425038) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO. JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. TERCEROS INTERESADOS: FERNANDO DE ITURBIDE PEIMBERT, Y CRÉDITO MINERO Y MERCANTIL, SOCIEDAD ANONIMA. … En los autos del juicio de amparo número 759/2015-IV, promovido por Inmobiliaria y Comercial Armonía, Sociedad Anónima, contra actos del Juez Trigésimo Quinto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y otra autoridad, expediente 1317/1978, se ordenó emplazar por edictos a los terceros interesados Fernando de Iturbide Peimbert, y Crédito Minero y Mercantil, Sociedad Anónima, se les concede un término de treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por lista de acuerdos de este Juzgado. Atentamente. México, D.F., 15 de diciembre de 2015. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Raymundo Esteban Alor García. Rúbrica. (R.- 425073)
  • 214. 102 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río EDICTO. Rafael Marañon Rosas: En la causa penal 131/2013, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, con residencia en Boca del Río, Veracruz, instruida contra Salvador Vargas Pérez y otro, por la comisión de un delito de contra la salud y otros, se fijaron las trece horas con treinta minutos del uno de marzo de dos mil dieciséis, a fin de que tenga verificativo el desahogo de una audiencia de carácter judicial en la que tendrá intervención, por lo que deberá comparecer a las instalaciones de este órgano jurisdiccional sito en avenida Su Santidad Juan Pablo II, esquina Tiburón número seiscientos cuarenta y seis, fraccionamiento Costa de Oro, en esta ciudad, puntualmente y debidamente identificada; apercibido que de no asistir oportunamente sin causa justa y comprobada, con fundamento en el artículo 44, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Penales, se le impondrá como medio de apremio, una multa de treinta días de salario mínimo general vigente en esta zona económica, que deberá pagar a favor del erario federal. Boca del Río, Veracruz, diez de diciembre de 2015. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz, encargada del despacho por ministerio de ley, en términos del artículo 161 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por vacaciones del titular. La licenciada Adela Márquez Hernández. Rúbrica. (R.- 425120) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro EDICTO SILVERIO ESTRADA PATIÑO O VADILLO O VADIÑO. En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la radicación del juicio de amparo ventilado bajo el expediente número 1834/2015-IV, promovido por Francisco Javier Fernando Ramírez Correa, contra actos del Juez Tercero de Primera Instancia Civil del Distrito Judicial de Querétaro y otras autoridades, juicio en el cual, con fundamento en lo dispuesto por la fracción III, inciso b) del artículo 5 o de la Ley de Amparo, le recae el carácter de tercero interesado, emplazándosele por este conducto para que en el plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de amparo de mérito, apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, quedando a su disposición las copias simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, por tres veces consecutivas de siete en siete días. Asimismo, que la celebración de la audiencia constitucional se encuentra prevista para las diez horas con cinco minutos del trece de enero de dos mil dieciséis. Atentamente, Santiago de Querétaro, Querétaro, 07 de enero de 2016. Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro. Angel Michel Covarrubias. Rúbrica. (R.- 425246) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Edo. Poza Rica, Ver. EDICTO En los autos del juicio de amparo 469/2015, promovido por CLEMENTE LUIS SALINAS CEDILLO, por propio derecho, contra actos que reclama de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en Xalapa de Enríquez, Veracruz y el Juez Cuarto de Primera Instancia de esta ciudad, y como acto reclamado: La resolución de veintinueve de mayo de dos mil quince, dictada en el toca 1231/2015 del índice de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en Xalapa de Enríquez, Veracruz, que revoca la resolución dictada por el Juez Cuarto de Primera Instancia de esta ciudad, en las diligencias de jurisdicción voluntaria 1677/2012. En auto de treinta de
  • 215. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 103 junio de dos mil quince, se admitió a trámite dicha demanda y se ordenó emplazar a los terceros interesados 1. Alberto Sisniega Salinas; 2. Antonio Sisniega Salinas; 3. Ana Isabel Sisniega Salinas; 4. María Felicitas Santa Rosa Salinas; 5. Saúl Arnulfo Santa Rosa Salinas; 6. Pedro Santa Rosa Salinas; 7. Alejandro Salinas Campos; 8. Edgar Axel Romero Hernández; 9. Joaquín Cruz Escobar; 10. Nadia Rendón González; y 11. Juan Sánchez Salazar, posteriormente la autoridad responsable rindió su informe justificado y toda vez que se desconoce el domicilio actual de los terceros interesados Antonio Sisniega Salinas, Saúl Arnulfo Santa Rosa Salinas, Pedro Santa Rosa Salinas y Edgar Axel Romero Hernández, se ha ordenado emplazarlos por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el “DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN”, y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, como lo es el “EXCELSIOR”, que se editan en la ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo vigente y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la citada ley; quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir sus derechos, así como señalar domicilio en esta ciudad, apercibidos que para el caso de no comparecer, pasado ese tiempo, se harán las ulteriores notificaciones por lista de acuerdos que se fijará en los estrados de este Juzgado; se le hace saber además que se han señalado las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este asunto. SELLO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. SELLO JUZGADO DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN POZA RICA, VERACRUZ. Atentamente El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado. Lic. Manuel Ernesto Flores Toxqui Rúbrica. (R.- 424935) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Domicilio: Ciudad Judicial Federal Anillo Periférico Poniente Manuel Gómez Morín número 7727, edificio XA, primer piso, Fraccionamiento Ciudad Judicial Federal, en Zapopan, Jalisco. Código postal 45010 EDICTO DIRIGIDO A: Sergio Pérez Gómez González y “FISCOFIN CONSULTORES”, Sociedad Anónima de Capital Variable. Dentro de los autos del juicio de amparo número 715/2015-V, promovido por Ilda Margarita Assad Mejorada, por conducto de su abogado patrono Rafael Assad Mejorada, contra el acto que reclama de la Séptima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, y otras autoridades, consistente en la sentencia dictada dentro del toca de apelación 1020/2012, mediante acuerdo de dieciséis de diciembre de dos mil quince, se ordenó, por ignorarse el domicilio de los terceros interesados Sergio Pérez Gómez González y “FISCOFIN CONSULTORES”, Sociedad Anónima de Capital Variable, que éstos sean emplazados por edictos. Se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las ONCE HORAS CON UN MINUTO DEL SEIS DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS, para la celebración de la audiencia constitucional, por lo que quedan a su disposición las copias de ley en la secretaría del juzgado. Asimismo, se le hace saber que deberán presentarse, si así es su voluntad, a deducir sus derechos ante de este Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, en el juicio de amparo antes mencionado, dentro de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación; en el entendido que de no comparecer a señalar domicilio para recibir notificaciones, las subsecuentes se les practicarán por medio de lista, aun aquéllas de carácter personal, en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo. Para publicarse por tres veces de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en periódico “El Excélsior”. Atentamente Zapopan, Jalisco, 28 de diciembre de 2015. El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Rafael Hernández Urías. Rúbrica. (R.- 424899)
  • 216. 104 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla EDICTO AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, CON RESIDENCIA OFICIAL EN LA CIUDAD DE SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA. En el juicio de amparo 1643/2015 de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Jesús Caña Castillo y María Guadalupe Jiménez Flores, contra actos del Juez Segundo de lo Civil de la ciudad de Puebla y otras autoridades, se ha señalado como terceros interesados a Jochabert Rendón Salazar, Jaime Nieves Juárez y Alicia Bañuelos Núñez y como se desconoce su domicilio, se ha ordenado emplazarlos por medio de edictos que deberán publicarse tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria. Queda a su disposición en la actuaría de este juzgado, sito en Avenida osa menor número ochenta y dos, séptimo piso, ala sur, ciudad judicial Siglo XXI, reserva territorial Atlixcayotl, San Andrés Cholula, Puebla, código postal 72810, copia simple de la demanda, quienes deberán presentarse dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación. Bajo el apercibimiento que de no comparecer, las notificaciones que les correspondan les serán hechas mediante lista, en términos de la fracción II, del numeral 27, de la Ley de Amparo. Atentamente San Andrés Cholula, Puebla, 05 de enero de 2016. Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla. Lic. Ricardo Hernández Rugerio. Rúbrica. (R.- 424934) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Juzgado Décimo Octavo de lo Civil de Cuantía Menor en el D.F. Fray Servando Teresa de Mier No. 32-9o piso, Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06010 Expediente número 2578/09 Secretaría “B” “Independencia Judicial, Valor Institucional y Respeto a la Autonomía” EDICTO En los autos del expediente número 2578/09, JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR MARTINEZ FLORES MA. CELIA (ANTES LEAL ARRIAGA JOSE PIPINO), EN CONTRA DE J. CARMEN ARRIAGA ARREDONDO, el C. Juez Décimo Octavo Civil de Cuantía Menor en el Distrito Federal, dictó un auto que a la letra dice: México, D.F., a siete de enero del 2016… se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS PARA QUE TENGA VERIFICATIVO EL REMATE EN TERCERA ALMONEDA SIN SUJECION A TIPO DEL BIEN INMUEBLE EMBARGADO ubicado en RESTO DEL LOTE DE LA GRANJA SAN ANTONIO DE LA FRACCION CUARTA DE LA EX HACIENDA DE MUÑIZ EN LOTE 15, EN LA CIUDAD DE CELAYA GUANAJUATO CON UNA SUPERFICIE DE 540 QUINIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS, se designa como valor del inmueble la cantidad de $466,775.99 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 99/100 M.N.) procédase al remate del bien inmueble en publica almoneda, por medio de edictos que se deberá fijarse por dos veces en el Diario Oficial de la Federación de cinco en cinco días, … y en el periódico Diario Imagen. NOTIFÍQUESE. -------------- DOS FIRMAS------------- México Distrito Federal a 8 de enero de 2016. C. Secretaria de Acuerdos “B”. M. en D. Norma Olvera Villegas. Rúbrica. (R.- 425046) AVISO AL PÚBLICO Se comunica que para la publicación de los estados financieros éstos deberán ser capturados en cualquier procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico. Atentamente Diario Oficial de la Federación
  • 217. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 105 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO En los autos del juicio número 356/2015-III, promovido por Banco Ve Por Más, sociedad anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Ve por Más, contra actos de la Sexta Sala y Juez Cuadragésimo Octavo, ambos de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; por auto de veintitrés de junio de dos mil quince, previa revocación del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, se admitió a trámite la demanda de amparo promovida por el quejoso en cita y se tuvo como terceros interesados a Cafés Néctar, sociedad anónima de capital variable, Juan Luis Ortega Carballo, Federico Carrillo Quintero y María del Socorro Ocampo Carrillo; en dicha demanda se señaló como acto reclamado la sentencia de siete de abril de dos mil quince dictada por la sala en cita en el toca 467/2015, por la cual confirmó la negativa del juez responsable para realizar la anotación ante el Registro Público de la Propiedad del Estado de Hidalgo de la adjudicación decretada en favor de la quejosa, sin que a la fecha se haya podido emplazar a la tercera interesada Cafés Néctar, sociedad anónima de capital variable, a pesar de haber solicitado la investigación de domicilio a diversas instituciones, quienes en cumplimiento al requerimiento realizado por este juzgado de distrito, proporcionaron la información sobre los datos de la residencia de la tercera en mención, sin que se haya podido realizar la notificación; en consecuencia, hágase del conocimiento por este conducto a la tercera interesada de mérito que deberá presentarse ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el acceso tres, primer piso del Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, dentro de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta ciudad, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinticuatro de diciembre de dos mil quince. México, Distrito Federal, veinticuatro de diciembre de dos mil quince. La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Susana Guzmán Benavides. Rúbrica. (R.- 425322) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia oficial en la ciudad de San Andrés Cholula, Puebla. En los autos del juicio de amparo número 1811/2015-II de este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Gustavo Pastrana Núnez Cázares, contra actos del Juez Primero de lo Civil de Puebla, Puebla y otra autoridad, se ha señalado como tercero interesado a Ricardo Lesther Pastrana López, y ya que se desconoce su domicilio, se ha ordenado su emplazamiento por medio de edictos, que deberán publicarse tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en el periódico “El Excelsior”, que es uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) fracción III del artículo 27 de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Haciéndole saber que queda a su disposición en la actuaría de este juzgado ubicado en Avenida Osa Menor número ochenta y dos, séptimo piso, ala sur, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, Código Postal 72810, copia simple de la demanda de amparo, y que deberán presentarse dentro del plazo de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, bajo el apercibimiento que de no comparecer, las notificaciones que les correspondan les serán hechas mediante lista, en términos de la fracción II, del numeral 27, de la Ley de Amparo. San Andrés Cholula, Puebla, cuatro de enero de dos mil dieciséis. Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla. Lic. Christian Bonilla Loranca. Rúbrica. (R.- 425344)
  • 218. 106 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTOS JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. TERCERA INTERESADA. PARAFINAS Y VELADORAS FINAVEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y RAMÓN RODRÍGUEZ SOBERO. En los autos del juicio de amparo 638/2015 promovido por INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN DEL AHORRO BANCARIO, LIQUIDADOR JUDICIAL DE BANCO BICENTENARIO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE contra actos del Juzgado Noveno de Distrito de Materia Civil en el Distrito, admitida la demanda por auto de dieciocho de septiembre de dos mil quince y con fundamento en los artículos 27 fracción III inciso b), párrafo 2° de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazar por este medio a los terceros interesados Parafinas y Veladoras Finavel, Sociedad Anónima de Capital Variable y Ramón Rodríguez Sobero, haciéndoles de su conocimiento que pueden apersonarse a juicio dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente de la última publicación que se haga por edictos; con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se les harán por lista, conforme al numeral invocado en primer término; dejándose a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo, para los efectos legales a que haya lugar. México, Distrito Federal, 14 de enero de 2016. La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Horalia de la Cruz Blas. Rúbrica. (R.- 425355) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Juzgado Quincuagésimo Cuarto de lo Civil Claudio Bernard No. 60, Col. Doctores Delegación Cuauhtémoc Juzgado 54 Civil Secretaría “A” Exp. Núm. 1313/2009 EDICTO “SE CONVOCAN POSTORES” En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por GÓMEZ MEDINA SARAHÍ en contra de MANUEL GÓMEZ COLÍN, la C. Juez Quincuagésimo Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, dicto unos autos que a la letra dicen:---------------------------------------------------------------------------- México, Distrito Federal a treinta de Noviembre del año dos mil quince.- Agréguese a sus autos... como lo solicita la promoverte para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA y de tal manera que la publicación o fijación del edicto y la fecha de remate medie un término no menor de CINCO DIAS y no como erróneamente se asentó en dicha resolución de fecha veintinueve de enero y diecinueve de Octubre ambos del año en curso, se señalan de nueva cuenta las ONCE HORAS DEL DIA CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, haciéndose la aclaración que sirve de base para el remate la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL, que es el precio más alto del avalúo siendo postura legal la que resulte de la reducción del diez por ciento de esa cantidad, y debiéndose preparar en los términos ordenados por auto dictado en la audiencia de fecha veintinueve de enero en curso...------------------------------------------ En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas del día veintinueve de enero del año dos mil quince, día y hora señalados para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA... tomando en consideración que a este contencioso le aplica supletoriamente el código federal de procedimientos civiles y atendiendo el pedimento d el promovente se acuerda en los siguientes términos.- en términos de lo ordenado por el artículo 475 del código federal de procedimientos civiles se proceda a hacer la aclaración en relación a la celebración del remate del inmueble materia de la ejecución que se ordena sacar en subasta en segunda almoneda y en razón a lo anterior se aclara que en primer termino sirve
  • 219. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 107 de base para el remate el precio primitivo que es la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS MONEDA NACIONAL, siendo postura legal lo que resulte de la reducción del diez por ciento de esa cantidad, y se ordena que la publicidad que deberá darse a esa diligencia de remate se ordena que los edictos se publiquen por una sola vez en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN y en la tabla de avisos o puerta del Tribunal, y de manera que dentro de la publicaciones o fijación del edictos y la fecha del remate medie un término que no sea mayor de cinco días... Con lo que concluye la presente audiencia siendo las diez horas con treinta minutos del día de la fecha en que se actúa firmando los que en ella intervinieron en unión de la C. Juez Quincuagésimo Cuarto civil del Distrito Federal LICENCIADA YASSMIN ALONSO TOLAMATL y Secretaria de Acuerdos LICENCIADA LOURDES RUBI MIRANDA IBAÑEZ con quien actúa y da fe. Doy fe. DOMICILIO DEL INMUEBLE: CALLE GALICIA NUMERO 117, LOTE UNO, MANZANA 211 EN EL FRACCIONAMIENTO LOS ÁLAMOS EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, EN EL DISTRITO FEDERAL.- La C. Secretaria de Acuerdos “A” Lic. Lourdes Rubí Miranda Ibñaez Rúbrica. (R.- 424229) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Chihuahua EDICTO Sergio Herrera Huidobro. Por medio del presente se le hace saber que Jesús Miguel Otero Armendáriz, por su propio derecho y en representación de la persona moral quejosa “Land del Norte”, Sociedad Anónima de Capital Variable, promovió ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, el juicio de amparo 124/2015-I, contra actos del Magistrado de la Primera Sala de lo Civil Regional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con residencia en esta localidad y de otra autoridad, los cuales hizo consistir en los siguientes: “IV.- ACTO RECLAMADO.- A.- Del C. Magistrado de la Primera Sala de lo Civil Regional del H. Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, reclamo la resolución dictada en el toca civil 13/2015, el día treinta de enero del año 2015, publicada el día tres de febrero de 2015, en la que se declaro improcedente la Excepción de Incompetencia por Materia planteada por el suscrito quejoso en lo personal y en mi carácter de apoderado de la persona moral LAND DEL NORTE, S.A. DE C.V, dentro del juicio ordinario civil número 987/2014, promovido por SERGIO HERRERA HUIDOBRO, en contra de la quejosa y otros, declarando competente para conocer y decidir del juicio antes mencionado, al C. Juez Tercero de lo Civil del Distrito Judicial Bravos. B.- Del C. Juez Tercero de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, reclamo la ejecución de la resolución dictada por el C. Magistrado de la Primera Sala Regional de lo Civil del H. Supremo Tribunal de Justicia en el Estado. En razón de que se ignora su domicilio, por auto de esta fecha se le manda remplazar por medio de este EDICTO que se publicará por tres veces, de siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, fijándose además en la puerta de este Juzgado, una copia del presente, por todo el tiempo del emplazamiento. Asimismo, se le hace saber que deberá presentarse en este Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término de treinta días, iniciando a contar a partir del siguiente al de la última publicación, en el concepto de que si no lo hace así, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado. Lo anterior, con fundamento en el artículo 26, fracción I, inciso k) de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia. Ciudad Juárez, Chihuahua, a treinta de diciembre de dos mil quince. El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado. Licenciado Víctor Adrián Avalos Aragón. Rúbrica. (R.- 425353)
  • 220. 108 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTOS En los autos del juicio ordinario mercantil número 710/2014-Vlll, promovido por RICARDO GARCIA DE QUEVEDO PONCE Y HUGO BARRÓN CORONA, en su carácter de apoderados de ALESTRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, el diecinueve de octubre de dos mil quince, se dictó un auto por el que se ordena emplazar a la codemandada INCAVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (antes BESTEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y después ESTRIVER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARAIBLE) por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación, a fin de que comparezca a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días contados a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando a su disposición en el juzgado la demanda de mérito y demás anexos exhibidos por la actora, apercibida que de no apersonarse al presente juicio, se seguirá el presente juicio en su rebeldía y las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal, se harán por medio de estrados. En acatamiento al auto de mérito, se procede a hacer una relación suscinta de la demanda presentada en la vía ordinario mercantil en la que la parte actora reclamó como prestaciones: Se declare la legal existencia de la resolución número P/201205/233 y sus anexos, de veinte de diciembre de dos mil cinco, emitida por el pleno de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones, que determinó que Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable, estaba obligada a distribuir a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, un total de 7,465,828 siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos veintiocho, intentos de llamada procedentes de Estados Unidos de América, dentro del período comprendido del primero de enero de mil novecientos noventa y nueve al once de agosto de dos mil cuatro y que no le distribuyó, conforme al sistema de retorno proporcional establecido en las reglas para prestar el servicio de larga distancia internacional; se declare que Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable cedió a Operbes, Sociedad Anónima de Capital Variable, los derechos y obligaciones derivados de la Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó el ocho de enero de mil novecientos noventa y seis a Cableados y Sistemas, Sociedad Anónima de Capital Variable, después denominada Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable; se declare la existencia y condiciones bajo las cuales la Subsecretaría de Comunicaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, autorizo la cesión de derechos y obligaciones que realizó Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable a Operbes, Sociedad Anónima de Capital Variable, conforme al oficio número 2.- 178/07 de cinco de Diciembre de dos mil siete, que emitió esa secretaria; se declare que no cumplierón con la obligación de distribuir a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, un total de 7,465,828 siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos veintiocho intentos de llamada, procedentes de Estados Unidos de América, dentro del período comprendido del primero de enero de mil novecientos noventa y nueve al once de agosto de dos mil de dos mil cuatro, conforme al sistema de retorno proporcional, establecido en las reglas para prestar el servicio de larga distancia internacional; se declare que al no haber cumplido sus respectivas obligaciones, causaron a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, el perjuicio consistente en privarla de la ganacia licita, en Dólares de los Estados Unidos de América, que esta hubiera obtenido si Bestel, Sociedad Anónima de Capital Variable, hubiera cumplido su obligación directa de distribuirle; se les condene a indemnizar solidariamente a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, el perjuicio que le causaron, previa liquidación que se haga en ejecución de sentencia; se les condene a pagar solidariamente a Alestra, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, el interés legal sobre el importe del perjuicio al que se refieren las prestaciones quinta y sexta que anteceden a partir de que incurrieron en mora y hasta la total solución del adeudo, previa liquidación que se haga en ejecución de sentencia; se les condene a pagar a Alestra Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, los gastos y costas que se origen con motivo de la tramitación del presente juicio. México, Distrito Federal, 27 de octubre de 2015. Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Liliana Sotomayor Galván. Rúbrica. (R.- 425351)
  • 221. Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 109 AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual Expediente: 655/15-EPI-01-8 Actor: BOX, INC. "EDICTO" C. ANDREA RODRÍGUEZ TORRES. En los autos de juicio contencioso administrativo número 655/15-EPI-01-8, promovido por BOX, INC., contra el oficio con número MA/A/1985/1328416 de 6 de marzo de 2015, por el que la Coordinadora Departamental de Examen de Marcas "C" del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial negó el registro de la marca 1328416 BOX, se dictó un acuerdo de fecha 28 de octubre de 2015, en donde se ordenó emplazar a la C. ANDREA RODRÍGUEZ TORRES, al juicio antes citado por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, reforma publicada el 10 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, por lo cual, se le hace saber que tiene un término de cuarenta y cinco días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca en esta Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ubicada en Av. La Morena 804, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, México, Distrito Federal, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora. México, Distrito Federal, a 28 de octubre de 2015. El C. Magistrado Instructor de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Lic. Ramón Ignacio Cabreral León. Rúbrica. La C. Secretaria de Acuerdos Lic. Tania Monroy Caudillo Rúbrica. (R.- 425086) LABORATORIOS DOCA, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION) R.F.C. LDO090803RQ1 BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 ACTIVO EFECTIVO EN CAJA $0 PASIVO Y CAPITAL CAPITAL SOCIAL $0 Tlaxcala, Tlaxcala a 31 de diciembre de 2015 Liquidador C. Thania Carreto García Rúbrica. (R.- 425342) AVISO AL PÚBLICO Se informa al público en general que las cuotas por suscripción semestral y venta de ejemplares del Diario Oficial de la Federación, vigentes a partir del 1 de enero de 2016, son las siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,335.00 Ejemplar de una sección del día: $ 13.00 *El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación
  • 222. 110 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de enero de 2016 Instituto Mexicano del Seguro Social Delegación Estatal en San Luis Potosí CONVOCATORIA DCSG/01/2016 En cumplimiento con las disposiciones que establece el Título Quinto, Artículos 131 y 132, de la Ley General de Bienes Nacionales, el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la Delegación Estatal en San Luis Potosí por conducto del Departamento de Conservación y Servicios Generales, llevará a cabo Licitación Pública Nº DCSG/01/2016, para lo cual convoca a participar a personas físicas y morales, para llevar a cabo la enajenación por venta de bienes muebles, así como de desecho de generación periódica, de éste último, se formalizará contrato de compra-venta por un periodo de un año de acuerdo a las partidas descritas a continuación: Nº Partida Descripción del Bien Unidad de medida Existencia y/o cantidad promedio mensual Valor mínimo de venta 1 Trapo de Desecho limpio, no contaminado. (Convenio de Venta anual). Kg. 833 6.1003 2 Desperdicio Alimenticio proveniente de Cocina y Comedor. (Convenio de Venta anual) Kg. 1,696 0.2551 3 Llantas completas y/o renovables Rin 15 y 16, (convenio de venta anual) Kg. 128 0.9847 4 Desecho Ferroso, Chatarra. (contrato de venta anual) Kg. 190 0.7816 5 Garrafón de Plástico de un Galón y de 18 Lts. (contrato de venta anual) Pza. 150 1.3851 6 Cartón (contrato de venta anual) Kg. 3,733 0.3549 7 Líquido Fijador Cansado Lt. 16 13.6505 La entrega de Bases sin costo alguno se efectuará en el Departamento de Conservación y Servicios Generales sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja, Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis Potosí de las 9:00 a las 15:00 horas, en días hábiles del 27 de Enero 2016 al 08 de Febrero de 2016. El Acto de la Junta de Aclaración de las Bases, se efectuará el día 05 de Febrero de 2016 en el Departamento de Conservación y Servicios Generales a las 10:00 horas sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja, Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis Potosí. La inscripción se efectuará el día 11 de Febrero de 2016 de 8:00 a 10:00 horas en el Departamento de Conservación y Servicios Generales sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja, Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis Potosí. La entrega de documentos y el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas se llevará a cabo en el Departamento de Conservación y Servicios Generales sito en Avenida Cuauhtémoc Nº 255, planta baja, Colonia Moderna en la Ciudad de San Luis Potosí el día 11 de Febrero de 2016 a las 10:30 horas, dando a conocer el Fallo de la Licitación ese mismo día y formulándose en ambos casos el Acta que firmarán los asistentes. Los participantes deberán garantizar su oferta en moneda nacional por un importe del 10% del valor fijado a los bienes muebles, mediante cheque certificado o de caja expedido por una Institución Bancaria, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social. El señalamiento de que se procederá a la subasta de los bienes que no se logre su venta, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación y un diez por ciento menos en segunda almoneda. El retiro de los bienes muebles adjudicados debe llevarse de acuerdo al programa de retiro anexo en las bases. Atentamente “Seguridad y Solidaridad Social” San Luis Potosí S.L.P. a 26 de enero de 2016. Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos Arq. Alberto E. Castro Sánchez Rúbrica. (R.- 425370)
  • 223. Martes26deenerode2016DIARIOOFICIAL(SegundaSección)111 Centro Nacional de Control del Gas Natural TARIFAS DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL PARA EL SISTEMA NACIONAL DE GASODUCTOS Con fundamento en la disposición 21 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007 y en las Resoluciones RES/550/2013, RES/130/2015, RES/972/2015 y RES/975/2015 emitidas por la Comisión Reguladora de Energía, se publica la lista de tarifas máximas y el cargo por gas combustible vigentes a partir del 1 de enero de 2016. Estampillas de transporte (Pesos por Gigajoule) Estampillas Servicio Base Firme Servicio Base Firme Temporal Interrumpible Volumétrico Pesos/GJ Cargo por Capacidad Cargo por Uso Cargo por Capacidad Cargo por Uso Máxima Mínima Sur 1.11429 0.01585 1.13016 0.01585 1.11919 0.01585 1.21735 Centro 2.12307 0.03021 2.15341 0.03021 2.13240 0.03021 2.32032 Occidente 1.09153 0.01552 1.10705 0.01552 1.09620 0.01552 1.19284 Golfo 1.93399 0.02751 1.96200 0.02751 1.94332 0.02751 2.11373 Norte 3.13616 0.04460 3.18051 0.04460 3.14900 0.04460 3.42562 Istmo 5.15652 0.04341 5.19970 0.04341 5.14951 0.04341 6.11009 Nacional 0.00161 0.00000 0.00161 0.00000 0.00160 0.00000 0.00174 La aplicación de la tarifa volumétrica permanecerá hasta que entre en vigor el Régimen Permanente de los TCGVPM. Tarifas por punto de inyección y extracción (Pesos por Gigajoule) Estampillas Servicio Base Firme Servicio Base Firme Temporal Interrumpible Volumétrico Pesos/GJ Cargo por Capacidad Cargo por Uso Cargo por Capacidad Cargo por Uso Máxima Mínima Para el gas inyectado en Zona Sur y extraído en Zona: Sur 1.1159 0.01585 1.13177 0.01585 1.12079 0.01585 1.21909 Centro 5.17296 0.07357 5.24718 0.07357 5.19651 0.07357 5.65314 Occidente 6.26449 0.08909 6.35423 0.08909 6.29271 0.08909 6.84598 Golfo 3.04989 0.04336 3.09377 0.04336 3.06411 0.04336 3.33282 Norte 6.18605 0.08796 6.27428 0.08796 6.21311 0.08796 6.75844 Istmo 6.27242 0.05926 6.33147 0.05926 6.2703 0.05926 7.32918 Para el gas inyectado en Zona Occidente y extraído en Zona: Sur N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Centro 3.21621 0.04573 3.26207 0.04573 3.2302 0.04573 3.5149 Occidente 1.09314 0.01552 1.10866 0.01552 1.0978 0.01552 1.19458 Golfo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Norte N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Istmo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
  • 224. 112(SegundaSección)DIARIOOFICIALMartes26deenerode2016 Para el gas inyectado en Zona Golfo y extraído en Zona: Sur 3.04989 0.04336 3.09377 0.04336 3.06411 0.04336 3.33282 Centro 4.05867 0.05772 4.11702 0.05772 4.07732 0.05772 4.43579 Occidente 5.1502 0.07324 5.22407 0.07324 5.17352 0.07324 5.62863 Golfo 1.9356 0.02751 1.96361 0.02751 1.94492 0.02751 2.11547 Norte 5.07176 0.07211 5.14412 0.07211 5.09392 0.07211 5.54109 Istmo 8.20641 0.08677 8.29347 0.08677 8.21362 0.08677 9.44291 Para el gas inyectado en Zona Norte y extraído en Zona: Sur N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Centro N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Occidente N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Golfo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Norte 3.13777 0.0446 3.18212 0.0446 3.1506 0.0446 3.42736 Istmo N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A Pesos / GJ Estacionamiento en ductos y substracción de gas 4.24415 Por uso en zona urbana Pesos / GJ Gloria a Dios – Cd. Juárez 0.60732 Monclova 0.01665 1. La periodicidad de todas estas tarifas y/o estampillas es diaria. 2. El Gas Combustible del SNG es de 1.507% para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, excepto para Gloria a Dios – Cd. Juárez cuyo cargo será de 0.30%. 3. Las tarifas y/o estampillas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado. 4. “N/A” significa “No aplica” Nota: La presente publicación no significa el consentimiento implícito o explícito del Centro Nacional de Control del Gas Natural respecto de la Resolución RES/550/2013, por la que la Comisión Reguladora de Energía aprueba la lista de tarifas máximas para el tercer periodo de prestación de servicios, al amparo del permiso G/061/TRA/1999 otorgado a Pemex Gas y Petroquímica Básica, para el transporte de gas natural del Sistema Nacional de Gasoductos. Asimismo, esta publicación no significa el desistimiento o renuncia por parte del Centro Nacional de Control del Gas Natural al ejercicio de las acciones legales para combatir la resolución RES/550/2013 de la que pueden resultar modificaciones a las tarifas correspondientes al Sistema Nacional de Gasoductos. México, D.F., a 19 de enero de 2016. El Titular de la Unidad de Transporte y Almacenamiento Centro Nacional de Control del Gas Natural Mtro. Juan Enrique González Azuara Rúbrica. (R.- 425349)