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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 15 DE MARZO DE 2016 No. 31
Í N D I C E
 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Jefatura de Gobierno
 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal 4
Secretaría de Gobierno
 Acuerdo por el que se cancela la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, del diverso por el que se
ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los
establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende la Delegación Iztapalapa, los días
jueves 24, viernes 25 y sábado 26 de marzo de dos mil dieciséis 9
Oficialía Mayor, Secretaría de Finanzas y Contraloría General
 Tercera Modificación a los “Lineamientos para la autorización de programas de contratación de prestadores de
servicios con cargo a la partida presupuestal específica 1211 “Honorarios asimilables a salarios”, para el ejercicio
presupuestal 2015” 11
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
 Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria 2016 del Programa Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de
Atención a Migrantes en la Ciudad de México en su componente “Fortalecer las Acciones Encaminadas al Acceso
a la Justicia y Derechos Humanos de la Población Huésped y Migrante” en los Operativos Anuales de Bienvenido
Migrante a la Ciudad de México 13
 Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
Delegación Azcapotzalco
 Acuerdo por el que se dan a conocer los días de suspensión de términos de la Oficina de Información Pública de la
Delegación Azcapotzalco; que se indican, correspondientes al año dos mil dieciséis y enero de dos mil diecisiete 15
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social
 Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para Integrarse al Directorio de Evaluadores Externos del
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social 17
Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad
 Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles, de la Oficina de Información Pública del Instituto para la
Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, para efectos de la atención,
registro, tramite y notificación de solicitudes de información pública y de datos personales, que ingresen o se
encuentren en trámite, así como los asuntos, procedimientos y recursos de revisión competencia de dicha Oficina,
correspondientes al año 2016 y enero de 2017 19
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Delegación Coyoacán.- Licitación Pública Nacional Número 30001084/001/16.- Convocatoria No. 001.- Pants
escolar azul marino 22
 Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.- Licitaciones Públicas Nacionales Números EA-909007972-N8-
16 y EA-909007972-N9-16.- Convocatoria Múltiple 08/16.- Adquisición y suministro de gas medicinal (oxígeno) y
la contratación del servicio profesional para la interpretación de estudios de mastografía 24
 Edictos 26
 Aviso 31
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
JEFATURA DE GOBIERNO
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos
122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; TRANSITORIOS PRIMERO,
SEGUNDO y DÉCIMO CUARTO del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma Política de la Ciudad de México; 7, 8
fracción II, 67 fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 12, 14 y 15 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el numeral 4, de la fracción XIII, del artículo 7º, el segundo párrafo, del artículo 18, el
artículo 19, las fracciones XXII, XXXIV y XXXV, del artículo 27, la fracción XXXIX, del artículo 100, el primer párrafo y
las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII, del artículo 101, la fracción
XIX del artículo 101 G, las fracciones XLVI, XLVII y XLVIII, del artículo 101 Bis, el penúltimo párrafo, del artículo 122,
y la fracción IV del artículo 196; se adicionan la fracción XXXVI, al artículo 27, la fracción XL, al artículo 100, la fracción
XX, al artículo 101 G, y la fracción XLIX, al artículo 101 Bis; y se derogan los numerales 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6, del
numeral 4, de la fracción XIII, del artículo 7º, las fracciones XIX, XX, XXI, XXII y XXIII, del artículo 101, así como los
artículos 101 A, 101 B, 101 C, 101 D, 101 E y 101 F, todos del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, para quedar como sigue:
Artículo 7°.- …
I. a XII. …
XIII. …
1. a 3. …
4. Coordinación General de Control y Profesionalización de las Unidades Responsables de la Administración;
4.1 Se deroga.
4.2 Se deroga.
4.3 Se deroga.
4.4 Se deroga.
4.5 Se deroga.
4.6 Se deroga.
5. a 8. …
…
Artículo 18.- …
La adscripción y atribuciones de las unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, que no se establecen en este
Reglamento, quedan establecidas en dichos manuales. Estos manuales deberán ser remitidos a la Oficialía Mayor para su
revisión, dictamen y registro; cuando la Oficialía Mayor estime que en los citados manuales se establecen atribuciones que
afecten la esfera jurídica de terceros, los mismos se sancionarán previa y adicionalmente por la Consejería Jurídica y de
Servicios Legales.
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
Artículo 19.- Los titulares de las comisiones, comités, institutos y cualquier otro órgano administrativo colegiado o unitario,
deberán elaborar manuales específicos de operación, que contengan su estructura, funciones, organización y
procedimientos. Estos manuales deberán remitirse a la Oficialía Mayor para su revisión, dictamen y registro. Cuando la
Oficialía Mayor estime que en los citados manuales se establezcan atribuciones que puedan incidir en la esfera de terceros,
estos manuales deberán ser sancionados previa y adicionalmente por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en
ejercicio de sus atribuciones.
Artículo 27.- …
I. a XXI. ...
XXII. Coordinar las acciones y programas de protección civil en los inmuebles del patrimonio inmobiliario de la
Administración Pública del Distrito Federal, a fin de privilegiar la protección de la vida humana y la salvaguarda del
patrimonio;
XXIII. a XXXIII. …
XXXIV. Impulsar, revisar y registrar los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal;
XXXV. Diseñar, impulsar e implementar Manuales Únicos de la Administración Pública del Distrito Federal en materia de
adquisiciones arrendamientos y prestación de servicios, obra pública, transparencia, administración de documentos,
operación archivística, en coordinación con las dependencias competentes, en su caso, en la materia así como aquéllos que
promuevan la simplificación y modernización administrativa en el Gobierno del Distrito Federal, y
XXXVI. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
Artículo 100.- …
I. a XXXVIII. ...
XXXIX. Supervisar la elaboración del programa interno de protección civil de los inmuebles del patrimonio inmobiliario de
la ciudad, asignados a los órganos de la Administración Pública del Distrito Federal, y
XL. Las demás que le sean conferidas por el Oficial Mayor, así como las que correspondan a las unidades que le sean
adscritas, las que expresamente le atribuyan este Reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o
administrativos.
Artículo 101.- Corresponde a la Coordinación General de Control y Profesionalización de las Unidades Responsables de la
Administración:
I. Coordinar las estrategias de operación, evaluación y control de las áreas encargadas de la administración de las
dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal basados en la
evaluación de su desempeño, los riesgos operativos y su avance en el fortalecimiento de sus capacidades y emitir
recomendaciones en ese sentido en el caso de los órganos político-administrativos;
II. Proponer y establecer métodos de trabajo que procuren la eficiencia y la eficacia en la ejecución de sus actividades de las
áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y
entidades de la Administración Pública del Distrito Federal;
III. Impulsar la profesionalización de los servidores públicos adscritos a las áreas encargadas de la administración de las
dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal;
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
IV. Evaluar el cumplimiento de los indicadores y metas de las áreas encargadas de la administración de las dependencias,
órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, en
relación a los lineamientos de trabajo establecidos por la Oficialía Mayor;
V. Establecer los procesos de selección, reclutamiento e ingreso para la ocupación de los puestos de las áreas encargadas de
la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal;
VI. Promover e implementar los esquemas de rotación lateral, ascendente, descendente y la separación del cargo del
personal de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, basados en la evaluación de su desempeño, los riesgos operativos y su avance
en el fortalecimiento de sus capacidades y emitir recomendaciones en ese sentido en el caso de los órganos político-
administrativos;
VII. Aprobar las técnicas y métodos de evaluación de conocimientos del personal de las áreas encargadas de la
administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal;
VIII. Acordar con los titulares de las áreas encargadas de administración en las dependencias, órganos desconcentrados y
entidades de la Administración Pública del Distrito Federal el trámite, la solución y el despacho de los asuntos competencia
de éstos y proponer a los órganos político-administrativos recomendaciones en tal sentido;
IX. Conocer, proponer, evaluar y opinar las modificaciones de estructura orgánica de las áreas encargadas de la
administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
y para el caso de los órganos político administrativos emitir las recomendaciones que estime pertinentes;
X. Emitir los lineamientos, reglas, circulares y demás disposiciones jurídico-administrativas para la operación de las áreas
encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal;
XI. Requerir información para la realización de estudios y análisis que permitan la identificación de riesgos en la operación
de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal;
XII. Promover el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables a las áreas encargadas de la
administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal;
XIII. Preparar los análisis que presente el Oficial Mayor al Jefe de Gobierno, respecto del ejercicio de las atribuciones a él
conferidas y de los servidores públicos subalternos;
XIV. Solicitar información y documentos a las instancias de la Administración Pública del Distrito Federal, cuando sea
necesario para resolver los asuntos de su competencia;
XV. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones;
XVI. Certificar, por sí o a través de las Direcciones, los documentos que obren en los expedientes que sean integrados con
motivo del ejercicio de las facultades a su cargo;
XVII. Revisar las solicitudes de pasajes y viáticos nacionales o internacionales que presenten las dependencias órganos
desconcentrados y entidades al Oficial Mayor, para su autorización, y en las internacionales para que éste gestione su
autorización ante el Jefe de Gobierno, y
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
XVIII. Las demás que le sean conferidas por el Oficial Mayor, así como las que correspondan a las unidades que le sean
adscritas, las que expresamente le atribuyan este Reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o
administrativos.
XIX.- Se deroga.
XX.- Se deroga.
XXI.- Se deroga.
XXII.- Se deroga.
XXIII.- Se deroga.
Artículo 101 A.- Se deroga.
Artículo 101 B.- Se deroga.
Artículo 101 C.- Se deroga.
Artículo 101 D.- Se deroga.
Artículo 101 E.- Se deroga.
Artículo 101 F.- Se deroga.
Artículo 101 G.- …
I. a XVIII. ...
XIX. Elaborar el programa interno de protección civil de los inmuebles del patrimonio inmobiliario de la ciudad que ocupan
las unidades administrativas de las dependencias que administran;
XX. Las demás que le sean conferidas por el Oficial Mayor, así como las que correspondan a las unidades que le sean
adscritas.
Artículo 101 Bis.- …
I. a XLV. ...
XLVI. Promover y coordinar la participación y colaboración con la Federación, Estados, sector social, privado, académico y
especialistas, nacionales e internacionales, en materia de mejora regulatoria, simplificación administrativa, funcionamiento
integral de las organizaciones, la atención ciudadana, áreas de atención al público, sistemas de comunicación, medición y
evaluación del desempeño gubernamental e innovación y proponer la celebración de convenios e instrumentos de
colaboración en esas materias,
XLVII. Fomentar una cultura de innovación, emprendimiento y colaboración entre las dependencias, órganos
desconcentrados, órganos político-administrativos, entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, sector
académico y otros sectores de la sociedad civil, con la finalidad de impulsar y difundir casos de éxito y las mejores prácticas
de innovación y modernización de la Administración Pública del Distrito Federal,
XLVIII. Coordinar las actividades en materia de servicio público de carrera de la Administración Pública del Distrito
Federal que le confieren las disposiciones jurídicas en la materia a la Oficialía Mayor; y
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
XLIX. Las demás que instruya el titular de la Oficialía Mayor y las que se le confieran en otros instrumentos jurídicos o
administrativos.
Artículo 122.- …
I. a VI. …
…
…
…
Además, los órganos político-administrativos podrán contar con las Direcciones Generales, Ejecutivas y demás unidades
administrativas específicas que determine su Jefe Delegacional, según las necesidades propias de cada una de ellas, para el
ejercicio de las atribuciones que de manera expresa establece el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal y demás ordenamientos jurídicos; siempre que exista suficiencia presupuestal y cuenten con dictamen
previo de la Oficialía Mayor.
…
Artículo 196.- …
I. a III. …
IV. Proporcionar a la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, la información y
demás elementos necesarios para elaborar los proyectos de modificación y de reorganización de sus estructuras y
presentarlos a la consideración del órgano colegiado de dirección, para que con su autorización se presenten a la
dictaminación de la Oficialía Mayor;
…
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los catorce días del mes de marzo de dos mil
dieciséis.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.-
FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Lic. Dora Patricia Mercado Castro, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en ejercicio de la facultad que me
confiere los artículos 27 y 29 fracción V, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 8º, 12, 87 y 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción, IX, 15, fracción
I, 16, fracción IV, 23, fracciones XX, XXII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 5
fracción I, 7 fracción I, penúltimo párrafo y 26, fracciones II, X y XVII del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que mediante oficio número JD/182/2016, la Delegación Iztapalapa, en el marco de la celebración de la conmemoración
cristiana denominada Semana Santa, que se llevará a cabo en la Delegación Iztapalapa, solicitó la suspensión de actividades
para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, dentro del perímetro que comprenden la Delegación Iztapalapa,
durante los días jueves 24, viernes 25 y el día sábado 26 de marzo de las cero a veinticuatro horas, todos del presente año,
en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y consecuentemente salvaguardar la seguridad e
integridad física de participantes y público en general.
Que con fecha catorce de marzo de dos mil dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el ACUERDO
POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS
EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO
DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.
Que de conformidad con los artículos 23 fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,
5 fracción I, 7 fracción I penúltimo párrafo y 26 fracción II, del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, corresponde a la Secretaría de Gobierno, en coordinación con las delegaciones como órganos
desconcentrados adscritos a ella, dictar normas y disposiciones generales para que ejerzan las atribuciones que les conceden
las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
Que mediante oficio JD/202/2016, la titular de la Delegación Iztapalapa, solicitó dejar sin efectos la publicación del
ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS
ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES
UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, DURANTE
LOS DÍAS INDICADOS publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 14 de marzo de 2016, derivado de
diversas mesas de trabajo con representantes de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México, así como con el Comité
Organizador de Semana Santa, en Iztapalapa A.C., por considerar que se afecta la economía de las familias que dependen de
los empleos generados por los establecimientos mercantiles en donde se pretende suspender las actividades mercantiles para
la venta de bebidas alcohólicas en las fechas antes señaladas y por así convenir a los intereses de los habitantes de la
Delegación Iztapalapa, en ese tenor, es procedente emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CANCELA LA PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO EL CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, DEL ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA
LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS
GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO
QUE COMPRENDE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, LOS DÍAS JUEVES 24, VIERNES 25 Y SÁBADO 26 DE
MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, POR LAS RAZONES EXPUESTAS.
PRIMERO.- Se deja sin efectos la publicación de fecha catorce de marzo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del
acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, los
días jueves 24, viernes 25 y el día sábado 26 de marzo de las cero a veinticuatro horas, todos del presente año, en los
establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprenden la Delegación Iztapalapa, por considerar que se
afecta la economía de las familias que dependen de los empleos generados por los establecimientos mercantiles en donde se
pretende suspender las actividades mercantiles antes señaladas y por así convenir a los intereses de los habitantes de la
Delegación Iztapalapa.
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
SEGUNDO.- La Delegación Iztapalapa, en coordinación con la dependencias competentes, será la responsable de
garantizar el orden público, la seguridad y la integridad de las personas que con motivo de la conmemoración de los festejos
de semana santa acuden a esa demarcación.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.-El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Iztapalapa, en dos diarios
de circulación nacional.
El presente Acuerdo se suscribe en la oficina de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, en la Ciudad de México
a los catorce días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
LA SECRETARÍA DE GOBIERNO
(Firma)
LIC. DORA PATRICIA MERCADO CASTRO
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
OFICIALÍA MAYOR, SECRETARÍA DE FINANZAS Y CONTRALORÍA GENERAL
JORGE SILVA MORALES, Oficial Mayor de la Ciudad de México, EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA,
Secretario de Finanzas de la Ciudad de México y EDUARDO ROVELO PICO, Contralor General de la Ciudad de
México, con fundamento en los artículos 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracciones VIII, XIV y XV,
16 fracción IV, 30 fracción XXI, 33 fracciones II y XV y 34 fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 7° fracción XIII, numerales 1 y 7, 98 fracción II y 101 Bis fracción XI del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal; 26 fracción VI, 28 fracción I del Decreto por el que se expide el
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2016; 83 fracción IV de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal y apartado 1.4 de la Circular Uno 2015 y Circular Uno Bis 2015, y
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2014 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los “Lineamientos para la
Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica
1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”; mismos que el 17 de noviembre de 2015 se
modificaron a través del “Aviso por el que se da a Conocer la Modificación de los Lineamientos para la Autorización de
Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios
Asimilables A Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”.
Que el 25 de enero de 2016, se publicó la “Segunda Modificación a los Lineamientos para la Autorización de Programas de
Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables a
Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”, para extender su vigencia al 31 de marzo de 2016.
Que ante la necesidad de dar continuidad a las contrataciones de los prestadores de servicios con cargo a la partida
presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, se requiere adecuar la vigencia de los “Lineamientos para la
Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica
1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”, por el periodo de abril a junio de 2016.
Que la Administración Pública tiene como principios los criterios de racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y
disciplina presupuestal en el oportuno ejercicio de los recursos en la partida presupuestal específica 1211 “Honorarios
Asimilables a Salarios” establecida en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en tal virtud se emite la:
TERCERA MODIFICACIÓN A LOS “LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE
CONTRATACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL
ESPECÍFICA 1211 'HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS', PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL
2015”
ÚNICO.- Se modifica el Transitorio Tercero de los “Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de
Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el
Ejercicio Presupuestal 2015”, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
PRIMERO. …
SEGUNDO. …
TERCERO. Los presentes Lineamientos estarán vigentes hasta el 30 de junio del ejercicio fiscal 2016, en los términos
establecidos, considerando los programas del primer trimestre de 2016 como programas iniciales.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
SEGUNDO.- La presente Modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México.
TERCERO. Para efectos de la aplicación de esta Modificación, las referencias hechas al ejercicio 2015, en los
Lineamientos, se entenderán también para el periodo de 1° de enero al 30 de junio de 2016.
Dada en la Ciudad de México el 10 de marzo de 2016.
OFICIAL MAYOR
(Firma)
JORGE SILVA MORALES
SECRETARIO DE FINANZAS
(Firma)
EDGAR ABRAHAM
AMADOR ZAMORA
CONTRALOR GENERAL
(Firma)
EDUARDO ROVELO PICO
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con
fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 6 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 26 fracciones X y XII del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Reglas de Operación de los Programas Sociales de la
SEDEREC publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de enero de 2016, emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA 2016 DEL PROGRAMA CIUDAD
HOSPITALARIA, INTERCULTURAL Y DE ATENCIÓN A MIGRANTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO EN SU
COMPONENTE “FORTALECER LAS ACCIONES ENCAMINADAS AL ACCESO A LA JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS DE LA POBLACIÓN HUÉSPED Y MIGRANTE” EN LOS OPERATIVOS ANUALES
DE BIENVENIDO MIGRANTE A LA CIUDAD DE MÉXICO.
TEMPORADA SEMANA SANTA.
A todas las personas interesadas, a los huéspedes, migrantes, migrantes en retorno y familiares de migrantes a participar en
el operativo “Migrante Bienvenid@ a la Ciudad de México” que se llevará a cabo en la temporada vacacional de Semana
Santa, el objetivo es dar a conocer los servicios y programas que tiene la Secretaría de Desarrollo Rural y equidad para las
Comunidades (SEDEREC) para seleccionar a 40 personas y recibir un apoyo de cinco mil pesos 00/100 M.N. cada una, por
su participación.
Fecha de temporalidad del Operativo Bienvenid@ Migrante a la Ciudad de México, del 18 de marzo al 02 de abril del 2016.
REQUISITOS Para personas en lo individual para
la Formación Difusión, Monitoreo
y Seguimiento del Programa
Presentar solicitud de ingreso al programa disponible en la ventanilla 6. x
Copia legible y original para cotejo de identificación oficial vigente y/o
credenciales que acrediten su identidad como Credencial para Votar (IFE ó INE),
Pasaporte, Cédula Profesional, Documento Migratorio (forma migratoria múltiple,
FM2, FM3, Tarjeta de Residente Permanente, Tarjeta de Residente Temporal,
documento emitido por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados COMAR),
Matrícula Consular, Identificaciones que entrega el Gobierno de la Ciudad de
México y la Credencial expedida por la SEDEREC.
x
Presentar copia y original para cotejo de CURP (si es el caso). x
Copia legible y original para cotejo de comprobante de domicilio con una vigencia
no mayor a tres meses. (Servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad
competente).
x
Presentar copia y original del RFC del solicitante expedido por el Servicio de
Administración Tributaria (si es el caso).
x
Evaluación socioeconómica, siendo 80 puntos la calificación mínima para obtener
el apoyo.
x
Carta "Bajo protesta de decir verdad", que no tiene adeudos por ayudas otorgadas
en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC, y que no recibe, ni
recibirá ayudas de otros programas de la Secretaría durante el ejercicio 2016
(disponible en la ventanilla 6).
x
RECEPCIÓN DE SOLICITUDES
El período de recepción de las solicitudes será a partir 10 al 15 de marzo de 2016.
El horario de las ventanillas de acceso a las ayudas relacionadas con este aviso será de las 09:00 a las 15:00 horas de lunes a
viernes en días hábiles, según el periodo señalado:
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
VENTANILLA DOMICILIO REMITIR
Ventanilla No 6
(Dirección de Atención a Huéspedes,
Migrantes y sus Familias).
Av. Fray Servando Teresa de Mier 198, Tercer
piso Col Centro, Delegación Cuauhtémoc,
Ciudad de México, C.P. 06090.
Responsable del Programa
Sólo se recibirá la solicitud que cumpla con todos los requisitos y se acompañe de los documentos señalados.
La simple presentación de la solicitud para el otorgamiento de apoyos ante la ventanilla no crea derecho a
Obtenerlos.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE SOLICITUDES
El procedimiento de selección y aprobación de solicitudes se hará conforme a lo establecido en las Reglas de Operación
2016 del Programa Ciudad Hospitalaria, Intercultural y Atención a Migrantes en la Ciudad de México.
En la etapa de selección, se dará prioridad a las mujeres.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
La Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias tendrá hasta el 16 de marzo de 2016 para publicar los
resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC
(www.sederec.df.gob.mx).
Serán publicados el nombre del programa y componente, número de folio y el nombre del beneficiario, para que la
ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación
aplicable.
DISPOSICIONES FINALES
El trámite de acceso al programa es gratuito y deberá realizarse personalmente.
Sólo se podrá ingresar una solicitud de acceso a un sólo programa de la SEDEREC.
Si en el caso de selección de las Solicitudes se observa que una misma persona haya ingresado su solicitud a dos o más
programas de la SEDEREC se anulará su proceso de selección y se le informará la causa que motivó su anulación.
No podrán acceder a los beneficios del Programa las y los servidores públicos de la SEDEREC o los que realicen funciones
operativas dentro de los mismos, en los términos de la legislación aplicable.
Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria y no estén considerados en las reglas correspondientes y demás
instrumentos jurídicos aplicables, serán resueltos por la dirección de Atención a Huéspedes Migrantes y sus familias.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese la presente convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página web de la
SEDEREC www.sederec.df.gob.mx
Ciudad de México, a 08 de marzo de 2016.
(Firma)
__________________________________________
LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y
EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
Delegación Azcapotzalco
Pablo Moctezuma Barragán, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en el artículo 122 Apartado C Base
Tercera fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87 párrafo tercero, 104, 105 y 117,
fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º párrafo tercero, 3º fracción III, 7º, 10 fracción II,
11 párrafo tercero, 36, 37, 38 y 39, fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 2º, 4º fracciones V y XIII, 7º y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito
Federal; 2º párrafos quinto y octavo y 4º de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 11 y
71 fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 55 párrafo último del Reglamento de
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 3º fracción III, 120 y 121 del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y numeral 31 párrafo tercero de los
Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales a través del sistema
INFOMEX del Distrito Federal, aprobados por el Pleno del INFODF mediante acuerdo 425/SO/07-10/2008 y
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 16 de diciembre de 2011; y
CONSIDERANDO
Que la Delegación Azcapotzalco es un Órgano Político-Administrativo de la Administración Pública Centralizada de la
Ciudad de México y Ente Obligado en sus relaciones con los particulares en materia de derecho de acceso a la información
pública, protección y tratamiento de los datos personales en su posesión, bajo los principios de legalidad, certeza jurídica,
imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia, disponibilidad y máxima publicidad de sus actos.
Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal y la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establecen en sus disposiciones que en todo lo no previsto en
dichos ordenamientos, se aplicará de manera supletoria lo señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal regula la actuación de la Administración Pública de la
Ciudad de México ante los particulares, estableciendo que las Dependencias o Entidades de la Administración Pública de la
Ciudad de México que lleven a cabo actuaciones y diligencias en el ejercicio de las facultades que le son conferidas por los
ordenamientos jurídicos aplicables, deben ejecutarse en días y horas hábiles.
Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal, dispone que se consideran días inhábiles los previstos por la Ley o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
en el ejercicio de sus atribuciones, así como los que publique el titular del Ente Obligado de la Administración Pública en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Que el titular de la Delegación Azcapotzalco debe hacer del conocimiento público mediante Acuerdo publicado en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México a toda persona que tiene la prerrogativa de acceder a la información generada en el
Ente Obligado, así como acceder a sus datos personales en posesión del Órgano Político-Administrativo en Azcapotzalco, la
suspensión de términos y labores de su Oficina de Información Pública, como consecuencia de vacaciones generales
previstas en el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, o de suspensión de labores, de
acuerdo al criterio interpretativo identificado con el número 199650 emitido por el Poder Judicial de la Federación, visible
en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, en el sentido de que
es un hecho notorio de que las festividades decembrinas inciden para computar los términos legales, ya que generalmente
las oficinas de las autoridades permanecen cerradas, razón por la cual se requiere establecer días inhábiles para ese efecto.
Por las anteriores consideraciones y fundamentos, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS DE SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DE LA
OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO; QUE SE INDICAN,
CORRESPONDIENTES AL AÑO DOS MIL DIECISÉIS Y ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
PRIMERO.- Para efectos de todos aquellos actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos administrativos, que
sean competencia de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco, aplicables en las solicitudes de
acceso a la información pública, y de acceso de datos personales, que se encuentran en proceso a través del Sistema
Electrónico INFOMEX del Distrito Federal (INFOMEXDF), TEL-INFODF, a través del correo electrónico
transparenciaazcapotzalco@hotmail.com de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco, por escrito
libre o en forma personal, se considerarán días inhábiles los sábados y domingos; el 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo, 2 y 5 de
mayo, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio, 16 de septiembre, 2 y 21 de noviembre, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28,
29 y 30 de diciembre, todos del año dos mil dieciséis, así como el 2, 3 y 4 de enero de dos mil diecisiete.
SEGUNDO.- En razón de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados con las
solicitudes y demás actos y procedimientos administrativos competencia de la Oficina de Información Pública de la
Delegación Azcapotzalco.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en los estrados de la Oficina de
Información Pública de la Delegación Azcapotzalco, en su portal de Internet http://azcapotzalco.df.gob.mx/ y notifíquese al
Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para los efectos
conducentes.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Dado en Azcapotzalco, Ciudad de México a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
(Firma)
PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN
JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL
MTRO. JOSÉ ARTURO CERÓN VARGAS, Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social
(EVALÚA DF), con fundamento en los artículos 87, 97, 98 y 99 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 54 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 42 y 42 C párrafo final, de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal y
CONSIDERANDO
I. Que el EVALÚA DF es un órgano público, descentralizado, con autonomía de gestión y personalidad jurídica propia,
creado mediante decreto de fecha 21 de septiembre de 2007, emitido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 42 párrafo cuarto y 42 C fracción I de la Ley de Desarrollo Social
para el Distrito Federal, así como el correspondiente artículo 9 fracción VI de su Estatuto Orgánico, este Consejo tiene
como una de sus atribuciones sustantivas el llevar a cabo la evaluación externa de la política de Desarrollo Social de la
Administración Pública Local y de los diversos programas que la componen;
II. Que para lograr el objetivo antes señalado, es necesario que el EVALÚA DF contrate a profesores y/o investigadores
adscritos a instituciones de educación superior, de investigación científica, profesionales con experiencia en la materia,
pertenecientes a organizaciones civiles o sociales sin fines de lucro o profesionistas independientes que reúnan los requisitos
de experiencia y conocimiento en políticas sociales. Que una de las herramientas para garantizar las mejores condiciones
disponibles en cuanto a costo, calidad, oportunidad y otras circunstancias pertinentes, es a través de la conformación de un
Directorio de Evaluadores Externos que sirva como base para contratar a los evaluadores externos que resulten necesarios
para cumplir con las atribuciones conferidas a este Organismo, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA INTEGRARSE AL DIRECTORIO
DE EVALUADORES EXTERNOS DEL CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL
El proceso referido en la presente convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
BASES
PRIMERA. Podrán participar profesores y/o investigadores adscritos a instituciones de educación superior, de
investigación científica, profesionales con experiencia en la materia, pertenecientes a organizaciones civiles o sociales sin
fines de lucro, o profesionistas independientes que reúnan los requisitos de experiencia y conocimiento.
SEGUNDA. Deberán abstenerse de participar en la presente convocatoria aquellas personas que tengan algún conflicto de
interés con los programas, las políticas o las instituciones objeto de evaluación del Evalúa DF o que se encuentren en
cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Hayan fungido en los últimos tres años como mandos superiores o análogos en el Gobierno Federal o del Gobierno de la
Ciudad de México y b) Tengan adeudos o hayan incurrido en incumplimiento de proyectos financiados por el Gobierno de
la Ciudad de México.
TERCERA. Las y los interesados en integrarse al Directorio de Evaluadores Externos deberán presentar un escrito en
formato libre, dirigido al Mtro. José Arturo Cerón Vargas, Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social, exponiendo los motivos para pertenecer al Directorio y especificando sus áreas de especialidad.
El escrito debe ser acompañado de la siguiente documentación:
a) Para Investigadores adscritos a Instituciones Académicas e Investigadores Independientes:
1. Formato de solicitud de inscripción al Directorio de Evaluadores Externos.
2. Formato de declaración bajo protesta de decir verdad de no tener adeudos o haber incurrido en incumplimiento de
proyectos financiados por el Gobierno de la Ciudad de México.
3. Fotocopia de identificación oficial.
4. Currículum vitae.
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
5. Copia de títulos o grados académicos.
6. Copia de publicaciones o trabajos recientes (puede ser sólo en medio magnético).
7. Constancias de experiencia en evaluación.
b) Para Investigadores adscritos a organizaciones civiles o sociales sin fines de lucro:
1. Formato de Solicitud de inscripción al Directorio de Evaluadores Externos (firmada por el Representante Legal
establecido en su acta constitutiva).
2. Formato de declaración bajo protesta de decir verdad de no tener adeudos o haber incurrido en incumplimiento de
proyectos financiados por el Gobierno de la Ciudad de México (firmada por el representante legal establecido en su acta
constitutiva).
3. Fotocopia de identificación oficial de los integrantes y del acta constitutiva de la organización.
4. Copia de títulos o grados académicos de sus integrantes.
5 Copia de publicaciones o trabajos recientes de la organización (puede ser sólo en medio magnético).
6. Currícula institucional.
7. Constancias de experiencia en evaluación de sus integrantes.
CUARTA. Las y los Evaluadores Externos que ya se encuentren registrados en el Directorio e interesados en actualizar su
información, deberán presentar un escrito en formato libre, dirigido al Mtro. José Arturo Cerón Vargas, Director General del
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, manifestando su interés por mantenerse como Evaluador Externo activo en el
Directorio y especificando sus áreas de especialidad. El escrito debe ser acompañado de los formatos 1 y 2, además de la
documentación que desee actualizar respecto de la establecida en la BASE TERCERA.
QUINTA. Los formatos referidos en la cláusula tercera se encuentran disponibles en el portal de internet del EVALÚA DF
www.evalua.df.gob.mx/evaluadores_ext.php
SEXTA. La documentación solicitada deberá ser entregada en copia simple legible, en la Dirección General del Organismo
ubicada en Calle Alfonso Esparza Oteo número 160, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020 de
esta Ciudad, en un horario de 09:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, a partir de su publicación.
SÉPTIMA. Una vez concluido el proceso de revisión y valoración de las solicitudes de integración al Directorio o
actualización de información, la Dirección General del Consejo hará del conocimiento de las y los interesados los resultados
de este proceso.
OCTAVA. La información personal de los aspirantes por disposición de la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, será considerada como confidencial y será protegida de conformidad con la legislación aplicable.
NOVENA. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Dirección General del Consejo de
Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, conforme a la legislación aplicable.
DÉCIMA. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 42, párrafo tercero de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal y párrafo segundo del artículo 32 del Estatuto Orgánico del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, la
finalidad de la integración y/o actualización del Directorio de Evaluadores Externos será contar con profesionales con
experiencia en la materia de políticas sociales que lleven a cabo las evaluaciones externas de acuerdo con la convocatoria
respectiva.
TRANSITORIO
Único. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 23 de febrero de 2016.
(Firma)
Mtro. José Arturo Cerón Vargas
Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL
DISTRITO FEDERAL.
INGENIERO FIDEL PÉREZ DE LEÓN, Director General del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas
con Discapacidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 55 fracción I de la Ley para la
Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal; 2, 40, 48, 54 fracción I y 71 fracción I, de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 11, 71 y 74 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 2, 7 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal; 55 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal; de la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el día 27 de enero de 2006; del numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información
Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal; y de los artículos 73 y 74 de la Ley
Federal del Trabajo, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES, DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN
PUBLICA DEL INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EFECTOS DE LA ATENCIÓN, REGISTRO, TRAMITE Y
NOTIFICACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PUBLICA Y DE DATOS PERSONALES, QUE
INGRESEN O SE ENCUENTREN EN TRAMITE, ASÍ COMO LOS ASUNTOS, PROCEDIMIENTOS Y
RECURSOS DE REVISIÓN COMPETENCIA DE DICHA OFICINA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016 Y
ENERO DE 2017.
CONSIDERANDO:
1. Que de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal,
los entes públicos en relación con los particulares, atenderán en todo momento a los principios de legalidad, certeza jurídica,
imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos; y que el artículo 46 del
citado ordenamiento legal, establece que las personas ejercerán su derecho de acceso a la información pública por medio de
la Oficina de Información Pública del ente público que la posea.
2. Que el Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal es un órgano
descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que su personal se rige por el artículo 123 apartado
"B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo.
3. Que la Ley Federal del Trabajo establece en los artículos 73 y 74, que los trabajadores no están obligados a prestar sus
servicios en los días de descanso obligatorio que son: 1º de enero, primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de
febrero, tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1º de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre
en conmemoración del 20 de noviembre, 1° de diciembre de cada 6 años cuando corresponda la transmisión del Poder
Ejecutivo Federal, y 25 de diciembre.
4. Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en el artículo 7, establece que en
todo lo no previsto en dicho ordenamiento, se aplicará en forma supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo del
Distrito Federal, y en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
5. Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y
diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días: sábados,
domingos, 1º de enero, primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, tercer lunes de marzo en
conmemoración del 21 de marzo, 1º de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de
noviembre, 1° de diciembre de cada 6 años cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y 25 de
diciembre; así como aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se
suspendan las labores, los cuales se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad
o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
6. Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, dispone en el
último párrafo del artículo 55, que se consideran días inhábiles los señalados por la ley, los señalados por el Jefe de
Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones, y los que publique el titular del ente público de la
Administración Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
7. Que de acuerdo a la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, son días de descanso obligatorio el 1° de enero, el primer lunes de febrero
en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1° y 5 de mayo, 16 de
septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1° de diciembre de cada seis años, con
motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y el 25 de diciembre.
8. Que existe un criterio interpretativo del Poder Judicial de la Federación, contenido en el Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta del mes de enero de 1997, tomo V, pagina 479, en el sentido de que las festividades religiosas como
semana santa y el día de muertos, inciden para computar los términos legales, ya que generalmente las oficinas de las
autoridades, entre otras las fiscales, permanecen cerradas.
9. Que el primer período vacacional de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de
las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, comprenderá los días: 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio de
2016.
10. Que el segundo período vacacional de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo
de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, comprenderá los días:22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de
2016, así como 2, 3 y 4 de enero de 2017.
11. Que el numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a
través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles, los sábados y Domingos; 1º de enero,
primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1º
de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, 1° de diciembre de cada 6
años cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y 25 de diciembre; estableciendo asimismo en dicha
disposición, que se consideran días inhábiles, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes, o
aquellos en que se suspendan las labores ó los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos,
debiendo ser publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal ó en el órgano de difusión oficial que corresponda, además
de darse a conocer en el sitio de internet del INFOMEX.
12. Por lo anterior, durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y
procedimientos, competencia de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las
Personas con Discapacidad del Distrito Federal.
Asimismo, la citada suspensión de plazos y términos será aplicable en materia de recursos de revisión, atención, registro,
trámite y notificación de solicitudes de información pública y de datos personales, que ingresen o se encuentren en trámite,
en el sistema electrónico INFOMEX, correo electrónico de la Oficina de Información Pública, TELINFODF, por escrito o
en forma personal.
13. Con el fin de dar seguridad jurídica a todos los ciudadanos, se hace del conocimiento del público en general el presente
acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información
pública de esta entidad y en su portal de internet, así como en el sitio de internet INFOMEX.
Por las anteriores consideraciones y fundamentos, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Para efecto de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de información
pública y de datos personales que ingresan, o se encuentran en proceso en el sistema electrónico INFOMEX, TELINFODF,
CORREO ELECTRÓNICO DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA, POR ESCRITO O EN FORMA
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
PERSONAL, y demás asuntos, procedimientos y recursos de revisión, competencia de la Oficina de Información Pública
del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, se consideran inhábiles
los días: 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo; 5 de mayo; 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio; 16 de septiembre; 2 y 21
de noviembre; 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2016, así como 2, 3 y 4 de enero de 2017.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de
Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, y
en el sitio de internet de INFOMEX.
TERCERO.- El presente aviso entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Ciudad de México, a 25 de Febrero de 2016.
"La discapacidad no es contagiosa, la discriminación sí"
(Firma)
ING. FIDEL PÉREZ DE LEÓN.
DIRECTOR GENERAL
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACIÓN COYOACÁN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CONVOCATORIA No. 001
El C. Pablo López Ángel, Director General de Administración en la Delegación Coyoacán, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 27 Inciso A, 28 primer párrafo, 30 Fracción I y 32 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y Artículo 125 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a todos los interesados a
participar en la Licitación Pública Nacional, relativa a la Adquisición de Pants o Conjuntos Deportivos, para habitantes de la Delegación Coyoacán.
Licitación Pública Nacional
No. de Licitación
Pública Nacional
Costo de las Bases
Fecha límite para
adquirir las Bases
Junta de Aclaraciones
Presentación de
Propuestas
Fallo
30001084/001/16 $2,000.00
15, 16 y 17 de marzo
del 2016 de 10:00 a
14:00 hrs.
18 de marzo del 2016 a
las 11:00 hrs.
23 de marzo del 2016 a
las 11:00 hrs.
28 de marzo del 2016 a
las 11:00 hrs.
PARTIDA CLAVE CABMS. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE
MEDIDA
1 2711000322
Pants escolar azul marino código pantone 19-3920
TC
43,478 Juego
 Las bases de la Licitación Pública Nacional de referencia se encuentran disponibles para su consulta en la página http://www.coyoacan.df.gob.mx y para
su venta en la Subdirección de Recursos Materiales, ubicada en Caballo Calco No. 22, P.A., Col. Barrio de la Concepción, C.P. 04020 Delegación
Coyoacán, Tel. 5658-5229 y 5484-4500 Ext. 3682 y 3683, los días 15, 16 y 17 de marzo de 2016, de 10:00 a 14:00 hrs. La forma de pago es: Cheque
certificado o de Caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
 La Junta de Aclaraciones, el acto de Presentación de Propuestas y el Fallo se efectuarán en la sala de Juntas de la Dirección General de Administración
de la Delegación Coyoacán, ubicada en Caballo Calco No. 22, P.B., Col. Barrio de la Concepción, C.P. 04020 Delegación Coyoacán.
 El Idioma en que deberán presentarse las propuestas será: el idioma español.
 La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: en pesos mexicanos.
 No se otorgarán anticipos.
 Lugar donde se entregarán los bienes: La entrega de los bienes será en el domicilio indicado en las bases de licitación.
 El plazo máximo para la entrega de los bienes será de conformidad a lo establecido en las bases de esta licitación.
 El pago de los bienes se realizará: Dentro de los 20 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se presente la facturación debidamente requisitada a
nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Coyoacán, Plaza de la Constitución S/N, Col. Centro de la Ciudad de México, Área 1, C.P. 06000,
Delegación Cuauhtémoc R.F.C. GDF971205-4NA acreditando la recepción formal y aceptación de los bienes.
 Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
 No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
 El o los contratos adjudicados serán cerrados.
 El Servidor Público responsable de esta Licitación Pública Nacional será: el C. Raymundo Romero Vázquez, Director de Recursos Materiales y
Servicios Generales.
(Firma)
MÉXICO, D.F., 09 DE MARZO DE 2016
C. PABLO LÓPEZ ÁNGEL.
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CIUDAD DE MÉXICO
SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Licitaciones Públicas Nacionales
Convocatoria Múltiple: 08/16
El Lic. Pedro Fuentes Burgos, Director de Administración y Finanzas de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, en observancia a la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y con fundamento en lo establecido en la Fracción I del Artículo 21 del Estatuto Orgánico de los
Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y de conformidad a los Artículos 26, 27 inciso A, 28, 30 Fracción I, 32, 33, 39, 43 y 63 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, convoca a todos los interesados en participar en las Licitaciones Públicas Nacionales para la adquisición y suministro de “Gas Medicinal
(Oxígeno)” y la Contratación del “Servicio Profesional para la Interpretación de Estudios de Mastografía”, con la finalidad de conseguir mejores precios y
condiciones de entrega y/o prestación de servicios por parte de los proveedores, de conformidad con lo siguiente:
“Gas Medicinal (Oxígeno)”
No. de licitación
Costo de las
bases
Fecha límite para adquirir
bases
Junta de aclaraciones
Presentación y Apertura de
Sobre
Fallo
EA-909007972-N8-16 $5,000.00 17/marzo/16
18/marzo /16
17:00 hrs
29/marzo/16
10:00 hrs.
31/marzo /16
11:00 hrs
Partida Descripción Unidad de Medida
Cantidad
Mínimo Máximo
1 Oxigeno Medicinal USP en Cilindro, Cap. 9.5 m3. m3 95 380
2 Oxígeno Medicinal USP Gas Portátil Carga 110 340
3 Oxígeno Medicinal USP Líquido Permacyl m3 55,000 127,000
4 Oxigeno Medicinal USP en Cilindro, Cap. 9.5 m3. Carga 3 6
“Servicio Profesional para la Interpretación de Estudios de Mastografía”
No. de licitación
Costo de las
bases
Fecha límite para adquirir
bases
Junta de aclaraciones
Presentación y Apertura de
Sobre
Fallo
EA-909007972-N9-16 $5,000.00 17/marzo/16
22/marzo /16
11:00 hrs
29/marzo/16
12:00 hrs.
31/marzo /16
17:00 hrs
Partida Descripción Unidad de Medida
Cantidad
Mínimo Máximo
1 Interpretación de estudios de mastografía. Servicio 7,000 15,000
 Nombre del Servidor Público responsable de la licitación: Psic. Víctor G. Cruz Severiano, Coordinador de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Fromm
Jonahatan Castellanos González, Subdirector de Adquisiciones de la Convocante.
 Los plazos señalados en la Convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
 La forma de pago de las bases será a través de depósito en la cuenta 65505279046 de la Institución Bancaria Santander, a favor de Servicios de Salud Pública del
Distrito Federal, o mediante cheque certificado o de caja, a favor de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
 Las bases de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta y venta en la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xocongo No. 225, tercer piso,
Colonia Tránsito, C.P. 06820, Delegación: Cuauhtémoc, Ciudad de México; en el siguiente horario: De 9:00 a 15:00 horas, así como en la página de Internet de la
Convocante www.salud.df.gob.mx.
 Periodo de Entrega de los Bienes y/o prestación del Servicio: De conformidad a lo establecido en las Bases. Esta licitación no se realizan bajo la cobertura de
ningún tratado.
 Idioma en que deberán presentarse las propuestas: Español. La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso Mexicano.
 Condiciones de pago: Dentro de los 20 días hábiles posteriores a la entrega de la factura correspondiente; no se otorgarán anticipos.
Ciudad de México, a 08 de marzo de 2016.
(Firma)
LIC. PEDRO FUENTES BURGOS
Director de Administración y Finanzas
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
E D I C T O S
EDICTO:
Esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 12 fracción I, 87, 91 y 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones II,
V, XII y XIII, 5, 7 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones I y IV, 6 último párrafo,
15, 194, 196 fracción XII y 197 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II,
VI, X, XII, XV y XXII, 3, 4, 5, 30, 31, 32, 71, 72, 73, 77, 78 fracción III y 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal; 1, 2 fracciones I, II, III, VII, VIII, XVI, XVII, XVIII, 3, 30 párrafo primero y fracción I, 31, 33, 35, 37, 38, 40, 70, 71, 72
fracciones I y XVI, 73 fracciones I y II, 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, 75, 81 fracción IV, 82 fracciones I, VII, XI y XV de la Ley
de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 2 fracciones II. V, VI, VII, VIII, X, XI, 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 41,
62, 65, 66, 69 fracción II inciso b), del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; hace del
conocimiento de Fundadores y Patronos de la institución denominada CENTRO DE HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN
PARA INVIDENTES (CHIPI), I.A.P., lo siguiente:
Derivado de la información y documentación que obra en los expedientes de la institución de la que se desprende que ésta no lleva a cabo
la labor asistencial para la cual se constituyó, se ha determinado practicar aquellas gestiones necesarias para dar inicio al procedimiento
de extinción de oficio de CENTRO DE HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN PARA INVIDENTES (CHIPI), I.A.P., en caso de
que se actualice alguna de las hipótesis previstas en las fracciones del artículo 30 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el
Distrito Federal.
Aunado a lo anterior y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 31 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito
Federal y 41 de su Reglamento; se requiere a los Fundadores y Patronos se sirvan remitir a esta Junta de Asistencia Privada del Distrito
Federal, la información y documentación que a continuación se detalla: 1.- Estados Financieros y Balanza de Comprobación de los
meses de marzo de 2015 a diciembre de 2015 y enero de 2016. 2.- Libros Contables Diario y Mayor de 2014 y 2015. 3.- Pago de
cuotas del seis al millar correspondiente. 4.- Informe Anual de Actividades de 2014 y 2015. 5.- Programa de Trabajo y
Presupuesto de Ingresos, Egresos e Inversiones en Activo Fijo 2016. Asimismo y con el propósito de que esta Junta de Asistencia
Privada del Distrito Federal, cuente con los datos e informes necesarios para resolver sobre la procedencia de la extinción de oficio de
CENTRO DE HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN PARA INVIDENTES (CHIPI), I.A.P, se solicita manifiesten por escrito que
deberá ser ingresado por oficialía de partes de esta Junta, sito en Calderón de la Barca No. 92, Colonia Polanco, Delegación Miguel
Hidalgo, C.P. 11560, en la Ciudad de México, lo que a su derecho corresponda, ofreciendo y acompañando en su caso, las pruebas que
consideren oportunas; sin perjuicio, de cumplimentar los requisitos que al efecto se establecen en el artículo 44 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Finalmente, hecho o no manifestación alguna y se presente o no la información y documentación en el tiempo y forma requeridos; esta
Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, continuará con las gestiones necesarias para resolver lo que conforme a derecho
corresponda. El presente se suscribe en la Ciudad de México, el día 18 de febrero de 2016.
(Firma)
Lic. Carlos Leonardo Madrid Varela
Presidente de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal
RAFC/ESG/FJNB
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA JUSTICIA ORAL”
JUZGADO QUINTO CIVIL.
EXP. NUM. 15/2011
SECRETARIA: “A”
E D I C T O S.
EN LOS AUTOS RELATIVOS AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR OPORTUNIDADES
PARA EMPRENDEDORES, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO
REGULADA, en contra de ESTHER CONSTANTINA VILLEGAS CARRASCO Y PABLO ARTEMIO LOPEZ
MIGUEL, EXPEDIENTE NÚMERO 15/2011, SE DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:------------------------------
---En la Ciudad de México, Distrito Federal., siendo las diez horas del día dos de febrero del año dos mil dieciséis, día y
hora señalados en el expediente número 15/2011, para que tenga verificativo LA DILIGENCIA DE REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA, y encontrándose en audiencia pública de derecho el Personal del Juzgado integrado por LA C.
JUEZ QUINTO CIVIL MAESTRA EN DERECHO YOLANDA MORALES ROMERO, ANTE LA C.
SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LICENCIADA CLAUDIA LETICIA ROVIRA MARTÍNEZ, , en consecuencia
para que tenga verificativo la segunda almoneda dada la carga de trabajo y las necesidades de la agenda se SEÑALAN LAS
DIEZ HORAS DEL DÍA CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo la subasta en
SEGUNDA ALMONEDA, respecto el inmueble embargado en el presente juicio ubicado en: FRACCIÓN CUARTA DEL
LOTE DE TERRENO, DENOMINADO SAN FRANCISCO, CALLE YUCATÁN S/N, BO. DEL REFUGIO,
MUNICIPIO DE TEQUIXQUIAC, DISTRITO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MÉXICO, sirve de base para el remate del
inmueble el valor que arrojó el avalúo correspondiente, que obra de fojas 60 a la 66 de los presentes autos, Tomo II, la
cantidad de $700,900.00 (SETECIENTOS MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), con una rebaja
del 10% en términos del artículo 475 Código de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código de Comercio
siendo la cantidad de $630,810.00 (SEISCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 MONEDA
NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes, esto es $420,540.00 (CUATROCIENTOS VEINTE
MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) debiendo presentar los posibles postores el diez
por ciento de la señalada como base para dicho remate, o sea $63,081.00 (SESENTA Y TRE MIL OCHENTA Y UN
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL). Procédase a realizar las publicaciones de los edictos por TRES VECES DENTRO
DE NUEVE DÍAS, en los lugares de costumbre, en los estrados de este juzgado, en la Secretaría de Finanzas, en la Gaceta
de Gobierno y en el Periódico “BASTA”, con fundamento en el artículo 1410 del Código de Comercio. Con lo que terminó
la presente audiencia de la cual se levanta acta, siendo las once horas con diez minutos del día dos de febrero del año dos
mil dieciséis, que firma el compareciente ante LA C. JUEZ QUINTO DE LO CIVIL MAESTRA EN DERECHO
YOLANDA MORALES ROMERO Y C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LICENCIADA CLAUDIA LETICIA
ROVIRA MARTÍNEZ, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE.- DOY FE.-
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
México, D.F., a 02 de febrero del año 2016.
En cumplimiento al Acuerdo 50-09/2013 emitido en
Sesión Plenaria Ordinaria por el H. Consejo de la
Judicatura del Distrito Federal de fecha veintiséis de
Febrero de 2013.
EL C. SECRETARIO CONCILIADOR DEL JUZGADO
QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
LIC. HUGO FELIPE SALINAS SANDOVAL.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, EN LOS LUGARES DE
COSTUMBRE, EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS, EN LA
GACETA DE GOBIERNO Y EN EL PERIÓDICO “BASTA”
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL.
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez.
Ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, se tramita el juicio ejecutivo
mercantil radicado en el expediente 462/2015-III, en el cual Farid Tanus Selem, le demanda a Alberto Mompín Sánchez
y Luis Alberto Mompín Ramírez, las siguientes prestaciones:
“a) El pago de la cantidad de $ 15, 527,775.00 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL
SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), como suerte principal, a que asciende el total de un
pagaré que a la fecha se encuentra vencido. b) El pago de los intereses moratorios causados hasta la fecha, más los que se
sigan causando a razón del ocho por ciento mensual, a partir de que se constituyó en mora c) El pago de gastos y costas que
se generen con motivo de la tramitación del presente juicio d) El pago de gastos y costas que se generen con motivo de la
tramitación del presente juicio, conforme al contrato de prestación de servicios que con la presente adjunto, consistente en el
10 (diez) por ciento sobre la suerte principal dando un total de $ 1´552,777.00 (un millón, quinientos cincuenta y dos mil
setecientos setenta y siete punto cinco 00/100 moneda nacional” (Sic).
Mismo que fue admitido a trámite por auto de veintisiete de agosto de dos mil quince, en el cual entre otras cosas
se acordó.
“Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104 fracción II, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 53 Bis, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 1°, 5°, 17, 170 y 171 de la
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y 75 XXIV, y 1391 a 1396 del Código de Comercio, se admite la
demanda planteada en la vía ejecutiva mercantil, en consecuencia y sirviendo este auto de mandamiento en forma,
requiérase a Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez, para que en el acto de la diligencia hagan pago
al actor de la cantidad de $ 15´527,775.00 (quince millones quinientos veintisiete mil setecientos setenta y cinco pesos
00/100 moneda nacional), por concepto de suerte principal, más el pago de los accesorios, y no haciéndolo embárguenseles
bienes de su propiedad suficientes para garantizar el pago de las prestaciones reclamadas, los que se pondrán en depósito de
la persona que bajo su responsabilidad designe el actor”.
Por auto de dieciocho de enero de dos mil dieciséis, a petición del actor se realizó una investigación del domicilio
de los enjuiciados Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez; y una vez que se agotaron los medios
para la localización de sus domicilios, se ordenó aplazarlos por edictos.
Mediante proveído de veinticinco de enero de dos mil dieciséis, se aclaró el auto admisorio de veintisiete de
agosto de dos mil quince para precisar que la primera prestación reclamada es.
“a) El pago de la cantidad de $15´527,775.00 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL
SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N), como suerte principal a que asciende el total de un pagare
que a la fecha se encuentra vencido”.
Auto en el que se ordenó elaborar de nueva cuenta los edictos que se publicaran por tres veces consecutivas en el
periódico “EL UNIVERSAL” así como en la “Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal”, haciéndoles saber que
deberán presentarse ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el Edificio
Sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro ubicado en Avenida Eduardo Molina número dos, esquina
con Sidar y Rovirosa, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal quince mil novecientos
sesenta, en esta ciudad, dentro del término de treinta días, contado a partir de la última publicación de los edictos, para
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
que den contestación a la demanda instaurada en su contra apercibidos que de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía y
de igual manera, las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, les surtirán por medio de lista que se fije en
los estrados de este órgano jurisdiccional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1068, fracción III, 1069 y 1070
del Código de Comercio, hasta en tanto señalen domicilio para tales efectos.
Quedando la respectiva copia de traslado en la secretaria de este juzgado a su inmediata disposición.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.
MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO
FEDERAL.
(Firma)
LIC. GLORIA SANTIAGO ROJANO
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera...................................................................................... $ 1,753.70
Media plana............................................................................................ 943.30
Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)

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  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 15 DE MARZO DE 2016 No. 31 Í N D I C E  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Jefatura de Gobierno  Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal 4 Secretaría de Gobierno  Acuerdo por el que se cancela la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, del diverso por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende la Delegación Iztapalapa, los días jueves 24, viernes 25 y sábado 26 de marzo de dos mil dieciséis 9 Oficialía Mayor, Secretaría de Finanzas y Contraloría General  Tercera Modificación a los “Lineamientos para la autorización de programas de contratación de prestadores de servicios con cargo a la partida presupuestal específica 1211 “Honorarios asimilables a salarios”, para el ejercicio presupuestal 2015” 11 Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades  Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria 2016 del Programa Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes en la Ciudad de México en su componente “Fortalecer las Acciones Encaminadas al Acceso a la Justicia y Derechos Humanos de la Población Huésped y Migrante” en los Operativos Anuales de Bienvenido Migrante a la Ciudad de México 13  Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 Índice Viene de la Pág. 1 Delegación Azcapotzalco  Acuerdo por el que se dan a conocer los días de suspensión de términos de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco; que se indican, correspondientes al año dos mil dieciséis y enero de dos mil diecisiete 15 Consejo de Evaluación del Desarrollo Social  Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para Integrarse al Directorio de Evaluadores Externos del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social 17 Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad  Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles, de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, para efectos de la atención, registro, tramite y notificación de solicitudes de información pública y de datos personales, que ingresen o se encuentren en trámite, así como los asuntos, procedimientos y recursos de revisión competencia de dicha Oficina, correspondientes al año 2016 y enero de 2017 19  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Delegación Coyoacán.- Licitación Pública Nacional Número 30001084/001/16.- Convocatoria No. 001.- Pants escolar azul marino 22  Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.- Licitaciones Públicas Nacionales Números EA-909007972-N8- 16 y EA-909007972-N9-16.- Convocatoria Múltiple 08/16.- Adquisición y suministro de gas medicinal (oxígeno) y la contratación del servicio profesional para la interpretación de estudios de mastografía 24  Edictos 26  Aviso 31
  • 3. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO JEFATURA DE GOBIERNO MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; TRANSITORIOS PRIMERO, SEGUNDO y DÉCIMO CUARTO del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma Política de la Ciudad de México; 7, 8 fracción II, 67 fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 12, 14 y 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; he tenido a bien expedir el siguiente: DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el numeral 4, de la fracción XIII, del artículo 7º, el segundo párrafo, del artículo 18, el artículo 19, las fracciones XXII, XXXIV y XXXV, del artículo 27, la fracción XXXIX, del artículo 100, el primer párrafo y las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII, del artículo 101, la fracción XIX del artículo 101 G, las fracciones XLVI, XLVII y XLVIII, del artículo 101 Bis, el penúltimo párrafo, del artículo 122, y la fracción IV del artículo 196; se adicionan la fracción XXXVI, al artículo 27, la fracción XL, al artículo 100, la fracción XX, al artículo 101 G, y la fracción XLIX, al artículo 101 Bis; y se derogan los numerales 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6, del numeral 4, de la fracción XIII, del artículo 7º, las fracciones XIX, XX, XXI, XXII y XXIII, del artículo 101, así como los artículos 101 A, 101 B, 101 C, 101 D, 101 E y 101 F, todos del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, para quedar como sigue: Artículo 7°.- … I. a XII. … XIII. … 1. a 3. … 4. Coordinación General de Control y Profesionalización de las Unidades Responsables de la Administración; 4.1 Se deroga. 4.2 Se deroga. 4.3 Se deroga. 4.4 Se deroga. 4.5 Se deroga. 4.6 Se deroga. 5. a 8. … … Artículo 18.- … La adscripción y atribuciones de las unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, que no se establecen en este Reglamento, quedan establecidas en dichos manuales. Estos manuales deberán ser remitidos a la Oficialía Mayor para su revisión, dictamen y registro; cuando la Oficialía Mayor estime que en los citados manuales se establecen atribuciones que afecten la esfera jurídica de terceros, los mismos se sancionarán previa y adicionalmente por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
  • 5. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 Artículo 19.- Los titulares de las comisiones, comités, institutos y cualquier otro órgano administrativo colegiado o unitario, deberán elaborar manuales específicos de operación, que contengan su estructura, funciones, organización y procedimientos. Estos manuales deberán remitirse a la Oficialía Mayor para su revisión, dictamen y registro. Cuando la Oficialía Mayor estime que en los citados manuales se establezcan atribuciones que puedan incidir en la esfera de terceros, estos manuales deberán ser sancionados previa y adicionalmente por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en ejercicio de sus atribuciones. Artículo 27.- … I. a XXI. ... XXII. Coordinar las acciones y programas de protección civil en los inmuebles del patrimonio inmobiliario de la Administración Pública del Distrito Federal, a fin de privilegiar la protección de la vida humana y la salvaguarda del patrimonio; XXIII. a XXXIII. … XXXIV. Impulsar, revisar y registrar los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal; XXXV. Diseñar, impulsar e implementar Manuales Únicos de la Administración Pública del Distrito Federal en materia de adquisiciones arrendamientos y prestación de servicios, obra pública, transparencia, administración de documentos, operación archivística, en coordinación con las dependencias competentes, en su caso, en la materia así como aquéllos que promuevan la simplificación y modernización administrativa en el Gobierno del Distrito Federal, y XXXVI. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. Artículo 100.- … I. a XXXVIII. ... XXXIX. Supervisar la elaboración del programa interno de protección civil de los inmuebles del patrimonio inmobiliario de la ciudad, asignados a los órganos de la Administración Pública del Distrito Federal, y XL. Las demás que le sean conferidas por el Oficial Mayor, así como las que correspondan a las unidades que le sean adscritas, las que expresamente le atribuyan este Reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o administrativos. Artículo 101.- Corresponde a la Coordinación General de Control y Profesionalización de las Unidades Responsables de la Administración: I. Coordinar las estrategias de operación, evaluación y control de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal basados en la evaluación de su desempeño, los riesgos operativos y su avance en el fortalecimiento de sus capacidades y emitir recomendaciones en ese sentido en el caso de los órganos político-administrativos; II. Proponer y establecer métodos de trabajo que procuren la eficiencia y la eficacia en la ejecución de sus actividades de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; III. Impulsar la profesionalización de los servidores públicos adscritos a las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal;
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 IV. Evaluar el cumplimiento de los indicadores y metas de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, en relación a los lineamientos de trabajo establecidos por la Oficialía Mayor; V. Establecer los procesos de selección, reclutamiento e ingreso para la ocupación de los puestos de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; VI. Promover e implementar los esquemas de rotación lateral, ascendente, descendente y la separación del cargo del personal de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, basados en la evaluación de su desempeño, los riesgos operativos y su avance en el fortalecimiento de sus capacidades y emitir recomendaciones en ese sentido en el caso de los órganos político- administrativos; VII. Aprobar las técnicas y métodos de evaluación de conocimientos del personal de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; VIII. Acordar con los titulares de las áreas encargadas de administración en las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal el trámite, la solución y el despacho de los asuntos competencia de éstos y proponer a los órganos político-administrativos recomendaciones en tal sentido; IX. Conocer, proponer, evaluar y opinar las modificaciones de estructura orgánica de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y para el caso de los órganos político administrativos emitir las recomendaciones que estime pertinentes; X. Emitir los lineamientos, reglas, circulares y demás disposiciones jurídico-administrativas para la operación de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; XI. Requerir información para la realización de estudios y análisis que permitan la identificación de riesgos en la operación de las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; XII. Promover el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables a las áreas encargadas de la administración de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político administrativos y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; XIII. Preparar los análisis que presente el Oficial Mayor al Jefe de Gobierno, respecto del ejercicio de las atribuciones a él conferidas y de los servidores públicos subalternos; XIV. Solicitar información y documentos a las instancias de la Administración Pública del Distrito Federal, cuando sea necesario para resolver los asuntos de su competencia; XV. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones; XVI. Certificar, por sí o a través de las Direcciones, los documentos que obren en los expedientes que sean integrados con motivo del ejercicio de las facultades a su cargo; XVII. Revisar las solicitudes de pasajes y viáticos nacionales o internacionales que presenten las dependencias órganos desconcentrados y entidades al Oficial Mayor, para su autorización, y en las internacionales para que éste gestione su autorización ante el Jefe de Gobierno, y
  • 7. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 XVIII. Las demás que le sean conferidas por el Oficial Mayor, así como las que correspondan a las unidades que le sean adscritas, las que expresamente le atribuyan este Reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o administrativos. XIX.- Se deroga. XX.- Se deroga. XXI.- Se deroga. XXII.- Se deroga. XXIII.- Se deroga. Artículo 101 A.- Se deroga. Artículo 101 B.- Se deroga. Artículo 101 C.- Se deroga. Artículo 101 D.- Se deroga. Artículo 101 E.- Se deroga. Artículo 101 F.- Se deroga. Artículo 101 G.- … I. a XVIII. ... XIX. Elaborar el programa interno de protección civil de los inmuebles del patrimonio inmobiliario de la ciudad que ocupan las unidades administrativas de las dependencias que administran; XX. Las demás que le sean conferidas por el Oficial Mayor, así como las que correspondan a las unidades que le sean adscritas. Artículo 101 Bis.- … I. a XLV. ... XLVI. Promover y coordinar la participación y colaboración con la Federación, Estados, sector social, privado, académico y especialistas, nacionales e internacionales, en materia de mejora regulatoria, simplificación administrativa, funcionamiento integral de las organizaciones, la atención ciudadana, áreas de atención al público, sistemas de comunicación, medición y evaluación del desempeño gubernamental e innovación y proponer la celebración de convenios e instrumentos de colaboración en esas materias, XLVII. Fomentar una cultura de innovación, emprendimiento y colaboración entre las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos, entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, sector académico y otros sectores de la sociedad civil, con la finalidad de impulsar y difundir casos de éxito y las mejores prácticas de innovación y modernización de la Administración Pública del Distrito Federal, XLVIII. Coordinar las actividades en materia de servicio público de carrera de la Administración Pública del Distrito Federal que le confieren las disposiciones jurídicas en la materia a la Oficialía Mayor; y
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 XLIX. Las demás que instruya el titular de la Oficialía Mayor y las que se le confieran en otros instrumentos jurídicos o administrativos. Artículo 122.- … I. a VI. … … … … Además, los órganos político-administrativos podrán contar con las Direcciones Generales, Ejecutivas y demás unidades administrativas específicas que determine su Jefe Delegacional, según las necesidades propias de cada una de ellas, para el ejercicio de las atribuciones que de manera expresa establece el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás ordenamientos jurídicos; siempre que exista suficiencia presupuestal y cuenten con dictamen previo de la Oficialía Mayor. … Artículo 196.- … I. a III. … IV. Proporcionar a la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, la información y demás elementos necesarios para elaborar los proyectos de modificación y de reorganización de sus estructuras y presentarlos a la consideración del órgano colegiado de dirección, para que con su autorización se presenten a la dictaminación de la Oficialía Mayor; … TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los catorce días del mes de marzo de dos mil dieciséis.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.
  • 9. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE GOBIERNO Lic. Dora Patricia Mercado Castro, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en ejercicio de la facultad que me confiere los artículos 27 y 29 fracción V, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8º, 12, 87 y 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción, IX, 15, fracción I, 16, fracción IV, 23, fracciones XX, XXII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 5 fracción I, 7 fracción I, penúltimo párrafo y 26, fracciones II, X y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y C O N S I D E R A N D O Que mediante oficio número JD/182/2016, la Delegación Iztapalapa, en el marco de la celebración de la conmemoración cristiana denominada Semana Santa, que se llevará a cabo en la Delegación Iztapalapa, solicitó la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, dentro del perímetro que comprenden la Delegación Iztapalapa, durante los días jueves 24, viernes 25 y el día sábado 26 de marzo de las cero a veinticuatro horas, todos del presente año, en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y consecuentemente salvaguardar la seguridad e integridad física de participantes y público en general. Que con fecha catorce de marzo de dos mil dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS. Que de conformidad con los artículos 23 fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 5 fracción I, 7 fracción I penúltimo párrafo y 26 fracción II, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, corresponde a la Secretaría de Gobierno, en coordinación con las delegaciones como órganos desconcentrados adscritos a ella, dictar normas y disposiciones generales para que ejerzan las atribuciones que les conceden las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. Que mediante oficio JD/202/2016, la titular de la Delegación Iztapalapa, solicitó dejar sin efectos la publicación del ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 14 de marzo de 2016, derivado de diversas mesas de trabajo con representantes de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México, así como con el Comité Organizador de Semana Santa, en Iztapalapa A.C., por considerar que se afecta la economía de las familias que dependen de los empleos generados por los establecimientos mercantiles en donde se pretende suspender las actividades mercantiles para la venta de bebidas alcohólicas en las fechas antes señaladas y por así convenir a los intereses de los habitantes de la Delegación Iztapalapa, en ese tenor, es procedente emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CANCELA LA PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, DEL ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, LOS DÍAS JUEVES 24, VIERNES 25 Y SÁBADO 26 DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, POR LAS RAZONES EXPUESTAS. PRIMERO.- Se deja sin efectos la publicación de fecha catorce de marzo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, los días jueves 24, viernes 25 y el día sábado 26 de marzo de las cero a veinticuatro horas, todos del presente año, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprenden la Delegación Iztapalapa, por considerar que se afecta la economía de las familias que dependen de los empleos generados por los establecimientos mercantiles en donde se pretende suspender las actividades mercantiles antes señaladas y por así convenir a los intereses de los habitantes de la Delegación Iztapalapa.
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 SEGUNDO.- La Delegación Iztapalapa, en coordinación con la dependencias competentes, será la responsable de garantizar el orden público, la seguridad y la integridad de las personas que con motivo de la conmemoración de los festejos de semana santa acuden a esa demarcación. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.-El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Iztapalapa, en dos diarios de circulación nacional. El presente Acuerdo se suscribe en la oficina de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, en la Ciudad de México a los catorce días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. LA SECRETARÍA DE GOBIERNO (Firma) LIC. DORA PATRICIA MERCADO CASTRO
  • 11. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 OFICIALÍA MAYOR, SECRETARÍA DE FINANZAS Y CONTRALORÍA GENERAL JORGE SILVA MORALES, Oficial Mayor de la Ciudad de México, EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México y EDUARDO ROVELO PICO, Contralor General de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracciones VIII, XIV y XV, 16 fracción IV, 30 fracción XXI, 33 fracciones II y XV y 34 fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7° fracción XIII, numerales 1 y 7, 98 fracción II y 101 Bis fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 26 fracción VI, 28 fracción I del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2016; 83 fracción IV de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y apartado 1.4 de la Circular Uno 2015 y Circular Uno Bis 2015, y CONSIDERANDO Que el 31 de diciembre de 2014 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los “Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”; mismos que el 17 de noviembre de 2015 se modificaron a través del “Aviso por el que se da a Conocer la Modificación de los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables A Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”. Que el 25 de enero de 2016, se publicó la “Segunda Modificación a los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”, para extender su vigencia al 31 de marzo de 2016. Que ante la necesidad de dar continuidad a las contrataciones de los prestadores de servicios con cargo a la partida presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, se requiere adecuar la vigencia de los “Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”, por el periodo de abril a junio de 2016. Que la Administración Pública tiene como principios los criterios de racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal en el oportuno ejercicio de los recursos en la partida presupuestal específica 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” establecida en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en tal virtud se emite la: TERCERA MODIFICACIÓN A LOS “LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE CONTRATACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA 1211 'HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS', PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2015” ÚNICO.- Se modifica el Transitorio Tercero de los “Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con Cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 'Honorarios Asimilables a Salarios', para el Ejercicio Presupuestal 2015”, para quedar como sigue: TRANSITORIOS PRIMERO. … SEGUNDO. … TERCERO. Los presentes Lineamientos estarán vigentes hasta el 30 de junio del ejercicio fiscal 2016, en los términos establecidos, considerando los programas del primer trimestre de 2016 como programas iniciales. TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 SEGUNDO.- La presente Modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. TERCERO. Para efectos de la aplicación de esta Modificación, las referencias hechas al ejercicio 2015, en los Lineamientos, se entenderán también para el periodo de 1° de enero al 30 de junio de 2016. Dada en la Ciudad de México el 10 de marzo de 2016. OFICIAL MAYOR (Firma) JORGE SILVA MORALES SECRETARIO DE FINANZAS (Firma) EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA CONTRALOR GENERAL (Firma) EDUARDO ROVELO PICO
  • 13. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 26 fracciones X y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de enero de 2016, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA 2016 DEL PROGRAMA CIUDAD HOSPITALARIA, INTERCULTURAL Y DE ATENCIÓN A MIGRANTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO EN SU COMPONENTE “FORTALECER LAS ACCIONES ENCAMINADAS AL ACCESO A LA JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA POBLACIÓN HUÉSPED Y MIGRANTE” EN LOS OPERATIVOS ANUALES DE BIENVENIDO MIGRANTE A LA CIUDAD DE MÉXICO. TEMPORADA SEMANA SANTA. A todas las personas interesadas, a los huéspedes, migrantes, migrantes en retorno y familiares de migrantes a participar en el operativo “Migrante Bienvenid@ a la Ciudad de México” que se llevará a cabo en la temporada vacacional de Semana Santa, el objetivo es dar a conocer los servicios y programas que tiene la Secretaría de Desarrollo Rural y equidad para las Comunidades (SEDEREC) para seleccionar a 40 personas y recibir un apoyo de cinco mil pesos 00/100 M.N. cada una, por su participación. Fecha de temporalidad del Operativo Bienvenid@ Migrante a la Ciudad de México, del 18 de marzo al 02 de abril del 2016. REQUISITOS Para personas en lo individual para la Formación Difusión, Monitoreo y Seguimiento del Programa Presentar solicitud de ingreso al programa disponible en la ventanilla 6. x Copia legible y original para cotejo de identificación oficial vigente y/o credenciales que acrediten su identidad como Credencial para Votar (IFE ó INE), Pasaporte, Cédula Profesional, Documento Migratorio (forma migratoria múltiple, FM2, FM3, Tarjeta de Residente Permanente, Tarjeta de Residente Temporal, documento emitido por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados COMAR), Matrícula Consular, Identificaciones que entrega el Gobierno de la Ciudad de México y la Credencial expedida por la SEDEREC. x Presentar copia y original para cotejo de CURP (si es el caso). x Copia legible y original para cotejo de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a tres meses. (Servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad competente). x Presentar copia y original del RFC del solicitante expedido por el Servicio de Administración Tributaria (si es el caso). x Evaluación socioeconómica, siendo 80 puntos la calificación mínima para obtener el apoyo. x Carta "Bajo protesta de decir verdad", que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC, y que no recibe, ni recibirá ayudas de otros programas de la Secretaría durante el ejercicio 2016 (disponible en la ventanilla 6). x RECEPCIÓN DE SOLICITUDES El período de recepción de las solicitudes será a partir 10 al 15 de marzo de 2016. El horario de las ventanillas de acceso a las ayudas relacionadas con este aviso será de las 09:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes en días hábiles, según el periodo señalado:
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 VENTANILLA DOMICILIO REMITIR Ventanilla No 6 (Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias). Av. Fray Servando Teresa de Mier 198, Tercer piso Col Centro, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06090. Responsable del Programa Sólo se recibirá la solicitud que cumpla con todos los requisitos y se acompañe de los documentos señalados. La simple presentación de la solicitud para el otorgamiento de apoyos ante la ventanilla no crea derecho a Obtenerlos. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE SOLICITUDES El procedimiento de selección y aprobación de solicitudes se hará conforme a lo establecido en las Reglas de Operación 2016 del Programa Ciudad Hospitalaria, Intercultural y Atención a Migrantes en la Ciudad de México. En la etapa de selección, se dará prioridad a las mujeres. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS La Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias tendrá hasta el 16 de marzo de 2016 para publicar los resultados de la Convocatoria en los estrados de la ventanilla receptora, y en el portal electrónico de la SEDEREC (www.sederec.df.gob.mx). Serán publicados el nombre del programa y componente, número de folio y el nombre del beneficiario, para que la ciudadanía pueda supervisar el programa, con la plena protección de los datos personales establecidos en la legislación aplicable. DISPOSICIONES FINALES El trámite de acceso al programa es gratuito y deberá realizarse personalmente. Sólo se podrá ingresar una solicitud de acceso a un sólo programa de la SEDEREC. Si en el caso de selección de las Solicitudes se observa que una misma persona haya ingresado su solicitud a dos o más programas de la SEDEREC se anulará su proceso de selección y se le informará la causa que motivó su anulación. No podrán acceder a los beneficios del Programa las y los servidores públicos de la SEDEREC o los que realicen funciones operativas dentro de los mismos, en los términos de la legislación aplicable. Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria y no estén considerados en las reglas correspondientes y demás instrumentos jurídicos aplicables, serán resueltos por la dirección de Atención a Huéspedes Migrantes y sus familias. TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página web de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx Ciudad de México, a 08 de marzo de 2016. (Firma) __________________________________________ LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
  • 15. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 Delegación Azcapotzalco Pablo Moctezuma Barragán, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en el artículo 122 Apartado C Base Tercera fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87 párrafo tercero, 104, 105 y 117, fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º párrafo tercero, 3º fracción III, 7º, 10 fracción II, 11 párrafo tercero, 36, 37, 38 y 39, fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2º, 4º fracciones V y XIII, 7º y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito Federal; 2º párrafos quinto y octavo y 4º de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 11 y 71 fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 55 párrafo último del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 3º fracción III, 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y numeral 31 párrafo tercero de los Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal, aprobados por el Pleno del INFODF mediante acuerdo 425/SO/07-10/2008 y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 16 de diciembre de 2011; y CONSIDERANDO Que la Delegación Azcapotzalco es un Órgano Político-Administrativo de la Administración Pública Centralizada de la Ciudad de México y Ente Obligado en sus relaciones con los particulares en materia de derecho de acceso a la información pública, protección y tratamiento de los datos personales en su posesión, bajo los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia, disponibilidad y máxima publicidad de sus actos. Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establecen en sus disposiciones que en todo lo no previsto en dichos ordenamientos, se aplicará de manera supletoria lo señalado en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal regula la actuación de la Administración Pública de la Ciudad de México ante los particulares, estableciendo que las Dependencias o Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México que lleven a cabo actuaciones y diligencias en el ejercicio de las facultades que le son conferidas por los ordenamientos jurídicos aplicables, deben ejecutarse en días y horas hábiles. Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal, dispone que se consideran días inhábiles los previstos por la Ley o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México en el ejercicio de sus atribuciones, así como los que publique el titular del Ente Obligado de la Administración Pública en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Que el titular de la Delegación Azcapotzalco debe hacer del conocimiento público mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México a toda persona que tiene la prerrogativa de acceder a la información generada en el Ente Obligado, así como acceder a sus datos personales en posesión del Órgano Político-Administrativo en Azcapotzalco, la suspensión de términos y labores de su Oficina de Información Pública, como consecuencia de vacaciones generales previstas en el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, o de suspensión de labores, de acuerdo al criterio interpretativo identificado con el número 199650 emitido por el Poder Judicial de la Federación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, en el sentido de que es un hecho notorio de que las festividades decembrinas inciden para computar los términos legales, ya que generalmente las oficinas de las autoridades permanecen cerradas, razón por la cual se requiere establecer días inhábiles para ese efecto. Por las anteriores consideraciones y fundamentos, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS DE SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO; QUE SE INDICAN, CORRESPONDIENTES AL AÑO DOS MIL DIECISÉIS Y ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 PRIMERO.- Para efectos de todos aquellos actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos administrativos, que sean competencia de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco, aplicables en las solicitudes de acceso a la información pública, y de acceso de datos personales, que se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico INFOMEX del Distrito Federal (INFOMEXDF), TEL-INFODF, a través del correo electrónico transparenciaazcapotzalco@hotmail.com de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco, por escrito libre o en forma personal, se considerarán días inhábiles los sábados y domingos; el 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo, 2 y 5 de mayo, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio, 16 de septiembre, 2 y 21 de noviembre, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos del año dos mil dieciséis, así como el 2, 3 y 4 de enero de dos mil diecisiete. SEGUNDO.- En razón de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados con las solicitudes y demás actos y procedimientos administrativos competencia de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en los estrados de la Oficina de Información Pública de la Delegación Azcapotzalco, en su portal de Internet http://azcapotzalco.df.gob.mx/ y notifíquese al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para los efectos conducentes. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en Azcapotzalco, Ciudad de México a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. (Firma) PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO
  • 17. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL MTRO. JOSÉ ARTURO CERÓN VARGAS, Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social (EVALÚA DF), con fundamento en los artículos 87, 97, 98 y 99 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 54 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 42 y 42 C párrafo final, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y CONSIDERANDO I. Que el EVALÚA DF es un órgano público, descentralizado, con autonomía de gestión y personalidad jurídica propia, creado mediante decreto de fecha 21 de septiembre de 2007, emitido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 42 párrafo cuarto y 42 C fracción I de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, así como el correspondiente artículo 9 fracción VI de su Estatuto Orgánico, este Consejo tiene como una de sus atribuciones sustantivas el llevar a cabo la evaluación externa de la política de Desarrollo Social de la Administración Pública Local y de los diversos programas que la componen; II. Que para lograr el objetivo antes señalado, es necesario que el EVALÚA DF contrate a profesores y/o investigadores adscritos a instituciones de educación superior, de investigación científica, profesionales con experiencia en la materia, pertenecientes a organizaciones civiles o sociales sin fines de lucro o profesionistas independientes que reúnan los requisitos de experiencia y conocimiento en políticas sociales. Que una de las herramientas para garantizar las mejores condiciones disponibles en cuanto a costo, calidad, oportunidad y otras circunstancias pertinentes, es a través de la conformación de un Directorio de Evaluadores Externos que sirva como base para contratar a los evaluadores externos que resulten necesarios para cumplir con las atribuciones conferidas a este Organismo, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA INTEGRARSE AL DIRECTORIO DE EVALUADORES EXTERNOS DEL CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL El proceso referido en la presente convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes: BASES PRIMERA. Podrán participar profesores y/o investigadores adscritos a instituciones de educación superior, de investigación científica, profesionales con experiencia en la materia, pertenecientes a organizaciones civiles o sociales sin fines de lucro, o profesionistas independientes que reúnan los requisitos de experiencia y conocimiento. SEGUNDA. Deberán abstenerse de participar en la presente convocatoria aquellas personas que tengan algún conflicto de interés con los programas, las políticas o las instituciones objeto de evaluación del Evalúa DF o que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones: a) Hayan fungido en los últimos tres años como mandos superiores o análogos en el Gobierno Federal o del Gobierno de la Ciudad de México y b) Tengan adeudos o hayan incurrido en incumplimiento de proyectos financiados por el Gobierno de la Ciudad de México. TERCERA. Las y los interesados en integrarse al Directorio de Evaluadores Externos deberán presentar un escrito en formato libre, dirigido al Mtro. José Arturo Cerón Vargas, Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, exponiendo los motivos para pertenecer al Directorio y especificando sus áreas de especialidad. El escrito debe ser acompañado de la siguiente documentación: a) Para Investigadores adscritos a Instituciones Académicas e Investigadores Independientes: 1. Formato de solicitud de inscripción al Directorio de Evaluadores Externos. 2. Formato de declaración bajo protesta de decir verdad de no tener adeudos o haber incurrido en incumplimiento de proyectos financiados por el Gobierno de la Ciudad de México. 3. Fotocopia de identificación oficial. 4. Currículum vitae.
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 5. Copia de títulos o grados académicos. 6. Copia de publicaciones o trabajos recientes (puede ser sólo en medio magnético). 7. Constancias de experiencia en evaluación. b) Para Investigadores adscritos a organizaciones civiles o sociales sin fines de lucro: 1. Formato de Solicitud de inscripción al Directorio de Evaluadores Externos (firmada por el Representante Legal establecido en su acta constitutiva). 2. Formato de declaración bajo protesta de decir verdad de no tener adeudos o haber incurrido en incumplimiento de proyectos financiados por el Gobierno de la Ciudad de México (firmada por el representante legal establecido en su acta constitutiva). 3. Fotocopia de identificación oficial de los integrantes y del acta constitutiva de la organización. 4. Copia de títulos o grados académicos de sus integrantes. 5 Copia de publicaciones o trabajos recientes de la organización (puede ser sólo en medio magnético). 6. Currícula institucional. 7. Constancias de experiencia en evaluación de sus integrantes. CUARTA. Las y los Evaluadores Externos que ya se encuentren registrados en el Directorio e interesados en actualizar su información, deberán presentar un escrito en formato libre, dirigido al Mtro. José Arturo Cerón Vargas, Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, manifestando su interés por mantenerse como Evaluador Externo activo en el Directorio y especificando sus áreas de especialidad. El escrito debe ser acompañado de los formatos 1 y 2, además de la documentación que desee actualizar respecto de la establecida en la BASE TERCERA. QUINTA. Los formatos referidos en la cláusula tercera se encuentran disponibles en el portal de internet del EVALÚA DF www.evalua.df.gob.mx/evaluadores_ext.php SEXTA. La documentación solicitada deberá ser entregada en copia simple legible, en la Dirección General del Organismo ubicada en Calle Alfonso Esparza Oteo número 160, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020 de esta Ciudad, en un horario de 09:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, a partir de su publicación. SÉPTIMA. Una vez concluido el proceso de revisión y valoración de las solicitudes de integración al Directorio o actualización de información, la Dirección General del Consejo hará del conocimiento de las y los interesados los resultados de este proceso. OCTAVA. La información personal de los aspirantes por disposición de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, será considerada como confidencial y será protegida de conformidad con la legislación aplicable. NOVENA. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Dirección General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, conforme a la legislación aplicable. DÉCIMA. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 42, párrafo tercero de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y párrafo segundo del artículo 32 del Estatuto Orgánico del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, la finalidad de la integración y/o actualización del Directorio de Evaluadores Externos será contar con profesionales con experiencia en la materia de políticas sociales que lleven a cabo las evaluaciones externas de acuerdo con la convocatoria respectiva. TRANSITORIO Único. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 23 de febrero de 2016. (Firma) Mtro. José Arturo Cerón Vargas Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal
  • 19. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL. INGENIERO FIDEL PÉREZ DE LEÓN, Director General del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 55 fracción I de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal; 2, 40, 48, 54 fracción I y 71 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 11, 71 y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 2, 7 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 55 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; de la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de enero de 2006; del numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal; y de los artículos 73 y 74 de la Ley Federal del Trabajo, tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES, DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PUBLICA DEL INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EFECTOS DE LA ATENCIÓN, REGISTRO, TRAMITE Y NOTIFICACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PUBLICA Y DE DATOS PERSONALES, QUE INGRESEN O SE ENCUENTREN EN TRAMITE, ASÍ COMO LOS ASUNTOS, PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS DE REVISIÓN COMPETENCIA DE DICHA OFICINA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016 Y ENERO DE 2017. CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, los entes públicos en relación con los particulares, atenderán en todo momento a los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos; y que el artículo 46 del citado ordenamiento legal, establece que las personas ejercerán su derecho de acceso a la información pública por medio de la Oficina de Información Pública del ente público que la posea. 2. Que el Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal es un órgano descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que su personal se rige por el artículo 123 apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo. 3. Que la Ley Federal del Trabajo establece en los artículos 73 y 74, que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en los días de descanso obligatorio que son: 1º de enero, primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1º de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, 1° de diciembre de cada 6 años cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y 25 de diciembre. 4. Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en el artículo 7, establece que en todo lo no previsto en dicho ordenamiento, se aplicará en forma supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. 5. Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días: sábados, domingos, 1º de enero, primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1º de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, 1° de diciembre de cada 6 años cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y 25 de diciembre; así como aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los cuales se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 6. Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, dispone en el último párrafo del artículo 55, que se consideran días inhábiles los señalados por la ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones, y los que publique el titular del ente público de la Administración Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 7. Que de acuerdo a la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, son días de descanso obligatorio el 1° de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1° y 5 de mayo, 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1° de diciembre de cada seis años, con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y el 25 de diciembre. 8. Que existe un criterio interpretativo del Poder Judicial de la Federación, contenido en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta del mes de enero de 1997, tomo V, pagina 479, en el sentido de que las festividades religiosas como semana santa y el día de muertos, inciden para computar los términos legales, ya que generalmente las oficinas de las autoridades, entre otras las fiscales, permanecen cerradas. 9. Que el primer período vacacional de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, comprenderá los días: 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio de 2016. 10. Que el segundo período vacacional de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, comprenderá los días:22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2016, así como 2, 3 y 4 de enero de 2017. 11. Que el numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles, los sábados y Domingos; 1º de enero, primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1º de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, 1° de diciembre de cada 6 años cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y 25 de diciembre; estableciendo asimismo en dicha disposición, que se consideran días inhábiles, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes, o aquellos en que se suspendan las labores ó los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, debiendo ser publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal ó en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de internet del INFOMEX. 12. Por lo anterior, durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos, competencia de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal. Asimismo, la citada suspensión de plazos y términos será aplicable en materia de recursos de revisión, atención, registro, trámite y notificación de solicitudes de información pública y de datos personales, que ingresen o se encuentren en trámite, en el sistema electrónico INFOMEX, correo electrónico de la Oficina de Información Pública, TELINFODF, por escrito o en forma personal. 13. Con el fin de dar seguridad jurídica a todos los ciudadanos, se hace del conocimiento del público en general el presente acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información pública de esta entidad y en su portal de internet, así como en el sitio de internet INFOMEX. Por las anteriores consideraciones y fundamentos, se emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Para efecto de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de información pública y de datos personales que ingresan, o se encuentran en proceso en el sistema electrónico INFOMEX, TELINFODF, CORREO ELECTRÓNICO DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA, POR ESCRITO O EN FORMA
  • 21. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 PERSONAL, y demás asuntos, procedimientos y recursos de revisión, competencia de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, se consideran inhábiles los días: 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo; 5 de mayo; 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio; 16 de septiembre; 2 y 21 de noviembre; 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2016, así como 2, 3 y 4 de enero de 2017. SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública del Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, y en el sitio de internet de INFOMEX. TERCERO.- El presente aviso entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Ciudad de México, a 25 de Febrero de 2016. "La discapacidad no es contagiosa, la discriminación sí" (Firma) ING. FIDEL PÉREZ DE LEÓN. DIRECTOR GENERAL
  • 22. CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN COYOACÁN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN CONVOCATORIA No. 001 El C. Pablo López Ángel, Director General de Administración en la Delegación Coyoacán, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 27 Inciso A, 28 primer párrafo, 30 Fracción I y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y Artículo 125 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional, relativa a la Adquisición de Pants o Conjuntos Deportivos, para habitantes de la Delegación Coyoacán. Licitación Pública Nacional No. de Licitación Pública Nacional Costo de las Bases Fecha límite para adquirir las Bases Junta de Aclaraciones Presentación de Propuestas Fallo 30001084/001/16 $2,000.00 15, 16 y 17 de marzo del 2016 de 10:00 a 14:00 hrs. 18 de marzo del 2016 a las 11:00 hrs. 23 de marzo del 2016 a las 11:00 hrs. 28 de marzo del 2016 a las 11:00 hrs. PARTIDA CLAVE CABMS. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA 1 2711000322 Pants escolar azul marino código pantone 19-3920 TC 43,478 Juego  Las bases de la Licitación Pública Nacional de referencia se encuentran disponibles para su consulta en la página http://www.coyoacan.df.gob.mx y para su venta en la Subdirección de Recursos Materiales, ubicada en Caballo Calco No. 22, P.A., Col. Barrio de la Concepción, C.P. 04020 Delegación Coyoacán, Tel. 5658-5229 y 5484-4500 Ext. 3682 y 3683, los días 15, 16 y 17 de marzo de 2016, de 10:00 a 14:00 hrs. La forma de pago es: Cheque certificado o de Caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.  La Junta de Aclaraciones, el acto de Presentación de Propuestas y el Fallo se efectuarán en la sala de Juntas de la Dirección General de Administración de la Delegación Coyoacán, ubicada en Caballo Calco No. 22, P.B., Col. Barrio de la Concepción, C.P. 04020 Delegación Coyoacán.  El Idioma en que deberán presentarse las propuestas será: el idioma español.  La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: en pesos mexicanos.  No se otorgarán anticipos.  Lugar donde se entregarán los bienes: La entrega de los bienes será en el domicilio indicado en las bases de licitación.  El plazo máximo para la entrega de los bienes será de conformidad a lo establecido en las bases de esta licitación.
  • 23.  El pago de los bienes se realizará: Dentro de los 20 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se presente la facturación debidamente requisitada a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Coyoacán, Plaza de la Constitución S/N, Col. Centro de la Ciudad de México, Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc R.F.C. GDF971205-4NA acreditando la recepción formal y aceptación de los bienes.  Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.  No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.  El o los contratos adjudicados serán cerrados.  El Servidor Público responsable de esta Licitación Pública Nacional será: el C. Raymundo Romero Vázquez, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales. (Firma) MÉXICO, D.F., 09 DE MARZO DE 2016 C. PABLO LÓPEZ ÁNGEL. DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
  • 24. CIUDAD DE MÉXICO SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Licitaciones Públicas Nacionales Convocatoria Múltiple: 08/16 El Lic. Pedro Fuentes Burgos, Director de Administración y Finanzas de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y con fundamento en lo establecido en la Fracción I del Artículo 21 del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y de conformidad a los Artículos 26, 27 inciso A, 28, 30 Fracción I, 32, 33, 39, 43 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, convoca a todos los interesados en participar en las Licitaciones Públicas Nacionales para la adquisición y suministro de “Gas Medicinal (Oxígeno)” y la Contratación del “Servicio Profesional para la Interpretación de Estudios de Mastografía”, con la finalidad de conseguir mejores precios y condiciones de entrega y/o prestación de servicios por parte de los proveedores, de conformidad con lo siguiente: “Gas Medicinal (Oxígeno)” No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación y Apertura de Sobre Fallo EA-909007972-N8-16 $5,000.00 17/marzo/16 18/marzo /16 17:00 hrs 29/marzo/16 10:00 hrs. 31/marzo /16 11:00 hrs Partida Descripción Unidad de Medida Cantidad Mínimo Máximo 1 Oxigeno Medicinal USP en Cilindro, Cap. 9.5 m3. m3 95 380 2 Oxígeno Medicinal USP Gas Portátil Carga 110 340 3 Oxígeno Medicinal USP Líquido Permacyl m3 55,000 127,000 4 Oxigeno Medicinal USP en Cilindro, Cap. 9.5 m3. Carga 3 6 “Servicio Profesional para la Interpretación de Estudios de Mastografía” No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación y Apertura de Sobre Fallo EA-909007972-N9-16 $5,000.00 17/marzo/16 22/marzo /16 11:00 hrs 29/marzo/16 12:00 hrs. 31/marzo /16 17:00 hrs Partida Descripción Unidad de Medida Cantidad Mínimo Máximo 1 Interpretación de estudios de mastografía. Servicio 7,000 15,000
  • 25.  Nombre del Servidor Público responsable de la licitación: Psic. Víctor G. Cruz Severiano, Coordinador de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Fromm Jonahatan Castellanos González, Subdirector de Adquisiciones de la Convocante.  Los plazos señalados en la Convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.  La forma de pago de las bases será a través de depósito en la cuenta 65505279046 de la Institución Bancaria Santander, a favor de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, o mediante cheque certificado o de caja, a favor de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.  Las bases de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta y venta en la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xocongo No. 225, tercer piso, Colonia Tránsito, C.P. 06820, Delegación: Cuauhtémoc, Ciudad de México; en el siguiente horario: De 9:00 a 15:00 horas, así como en la página de Internet de la Convocante www.salud.df.gob.mx.  Periodo de Entrega de los Bienes y/o prestación del Servicio: De conformidad a lo establecido en las Bases. Esta licitación no se realizan bajo la cobertura de ningún tratado.  Idioma en que deberán presentarse las propuestas: Español. La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso Mexicano.  Condiciones de pago: Dentro de los 20 días hábiles posteriores a la entrega de la factura correspondiente; no se otorgarán anticipos. Ciudad de México, a 08 de marzo de 2016. (Firma) LIC. PEDRO FUENTES BURGOS Director de Administración y Finanzas
  • 26. 26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 E D I C T O S EDICTO: Esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 12 fracción I, 87, 91 y 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones II, V, XII y XIII, 5, 7 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones I y IV, 6 último párrafo, 15, 194, 196 fracción XII y 197 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, VI, X, XII, XV y XXII, 3, 4, 5, 30, 31, 32, 71, 72, 73, 77, 78 fracción III y 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, III, VII, VIII, XVI, XVII, XVIII, 3, 30 párrafo primero y fracción I, 31, 33, 35, 37, 38, 40, 70, 71, 72 fracciones I y XVI, 73 fracciones I y II, 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, 75, 81 fracción IV, 82 fracciones I, VII, XI y XV de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 2 fracciones II. V, VI, VII, VIII, X, XI, 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 41, 62, 65, 66, 69 fracción II inciso b), del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; hace del conocimiento de Fundadores y Patronos de la institución denominada CENTRO DE HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN PARA INVIDENTES (CHIPI), I.A.P., lo siguiente: Derivado de la información y documentación que obra en los expedientes de la institución de la que se desprende que ésta no lleva a cabo la labor asistencial para la cual se constituyó, se ha determinado practicar aquellas gestiones necesarias para dar inicio al procedimiento de extinción de oficio de CENTRO DE HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN PARA INVIDENTES (CHIPI), I.A.P., en caso de que se actualice alguna de las hipótesis previstas en las fracciones del artículo 30 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. Aunado a lo anterior y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 31 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal y 41 de su Reglamento; se requiere a los Fundadores y Patronos se sirvan remitir a esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, la información y documentación que a continuación se detalla: 1.- Estados Financieros y Balanza de Comprobación de los meses de marzo de 2015 a diciembre de 2015 y enero de 2016. 2.- Libros Contables Diario y Mayor de 2014 y 2015. 3.- Pago de cuotas del seis al millar correspondiente. 4.- Informe Anual de Actividades de 2014 y 2015. 5.- Programa de Trabajo y Presupuesto de Ingresos, Egresos e Inversiones en Activo Fijo 2016. Asimismo y con el propósito de que esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, cuente con los datos e informes necesarios para resolver sobre la procedencia de la extinción de oficio de CENTRO DE HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN PARA INVIDENTES (CHIPI), I.A.P, se solicita manifiesten por escrito que deberá ser ingresado por oficialía de partes de esta Junta, sito en Calderón de la Barca No. 92, Colonia Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11560, en la Ciudad de México, lo que a su derecho corresponda, ofreciendo y acompañando en su caso, las pruebas que consideren oportunas; sin perjuicio, de cumplimentar los requisitos que al efecto se establecen en el artículo 44 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Finalmente, hecho o no manifestación alguna y se presente o no la información y documentación en el tiempo y forma requeridos; esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, continuará con las gestiones necesarias para resolver lo que conforme a derecho corresponda. El presente se suscribe en la Ciudad de México, el día 18 de febrero de 2016. (Firma) Lic. Carlos Leonardo Madrid Varela Presidente de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal RAFC/ESG/FJNB
  • 27. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA JUSTICIA ORAL” JUZGADO QUINTO CIVIL. EXP. NUM. 15/2011 SECRETARIA: “A” E D I C T O S. EN LOS AUTOS RELATIVOS AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR OPORTUNIDADES PARA EMPRENDEDORES, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, en contra de ESTHER CONSTANTINA VILLEGAS CARRASCO Y PABLO ARTEMIO LOPEZ MIGUEL, EXPEDIENTE NÚMERO 15/2011, SE DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:------------------------------ ---En la Ciudad de México, Distrito Federal., siendo las diez horas del día dos de febrero del año dos mil dieciséis, día y hora señalados en el expediente número 15/2011, para que tenga verificativo LA DILIGENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, y encontrándose en audiencia pública de derecho el Personal del Juzgado integrado por LA C. JUEZ QUINTO CIVIL MAESTRA EN DERECHO YOLANDA MORALES ROMERO, ANTE LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LICENCIADA CLAUDIA LETICIA ROVIRA MARTÍNEZ, , en consecuencia para que tenga verificativo la segunda almoneda dada la carga de trabajo y las necesidades de la agenda se SEÑALAN LAS DIEZ HORAS DEL DÍA CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo la subasta en SEGUNDA ALMONEDA, respecto el inmueble embargado en el presente juicio ubicado en: FRACCIÓN CUARTA DEL LOTE DE TERRENO, DENOMINADO SAN FRANCISCO, CALLE YUCATÁN S/N, BO. DEL REFUGIO, MUNICIPIO DE TEQUIXQUIAC, DISTRITO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MÉXICO, sirve de base para el remate del inmueble el valor que arrojó el avalúo correspondiente, que obra de fojas 60 a la 66 de los presentes autos, Tomo II, la cantidad de $700,900.00 (SETECIENTOS MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), con una rebaja del 10% en términos del artículo 475 Código de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código de Comercio siendo la cantidad de $630,810.00 (SEISCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes, esto es $420,540.00 (CUATROCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) debiendo presentar los posibles postores el diez por ciento de la señalada como base para dicho remate, o sea $63,081.00 (SESENTA Y TRE MIL OCHENTA Y UN PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL). Procédase a realizar las publicaciones de los edictos por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, en los lugares de costumbre, en los estrados de este juzgado, en la Secretaría de Finanzas, en la Gaceta de Gobierno y en el Periódico “BASTA”, con fundamento en el artículo 1410 del Código de Comercio. Con lo que terminó la presente audiencia de la cual se levanta acta, siendo las once horas con diez minutos del día dos de febrero del año dos mil dieciséis, que firma el compareciente ante LA C. JUEZ QUINTO DE LO CIVIL MAESTRA EN DERECHO YOLANDA MORALES ROMERO Y C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LICENCIADA CLAUDIA LETICIA ROVIRA MARTÍNEZ, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE.- DOY FE.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. México, D.F., a 02 de febrero del año 2016. En cumplimiento al Acuerdo 50-09/2013 emitido en Sesión Plenaria Ordinaria por el H. Consejo de la Judicatura del Distrito Federal de fecha veintiséis de Febrero de 2013. EL C. SECRETARIO CONCILIADOR DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) LIC. HUGO FELIPE SALINAS SANDOVAL. PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, EN LOS LUGARES DE COSTUMBRE, EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS, EN LA GACETA DE GOBIERNO Y EN EL PERIÓDICO “BASTA”
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. EDICTO PARA EMPLAZAR A: Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez. Ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, se tramita el juicio ejecutivo mercantil radicado en el expediente 462/2015-III, en el cual Farid Tanus Selem, le demanda a Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez, las siguientes prestaciones: “a) El pago de la cantidad de $ 15, 527,775.00 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), como suerte principal, a que asciende el total de un pagaré que a la fecha se encuentra vencido. b) El pago de los intereses moratorios causados hasta la fecha, más los que se sigan causando a razón del ocho por ciento mensual, a partir de que se constituyó en mora c) El pago de gastos y costas que se generen con motivo de la tramitación del presente juicio d) El pago de gastos y costas que se generen con motivo de la tramitación del presente juicio, conforme al contrato de prestación de servicios que con la presente adjunto, consistente en el 10 (diez) por ciento sobre la suerte principal dando un total de $ 1´552,777.00 (un millón, quinientos cincuenta y dos mil setecientos setenta y siete punto cinco 00/100 moneda nacional” (Sic). Mismo que fue admitido a trámite por auto de veintisiete de agosto de dos mil quince, en el cual entre otras cosas se acordó. “Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 53 Bis, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 1°, 5°, 17, 170 y 171 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y 75 XXIV, y 1391 a 1396 del Código de Comercio, se admite la demanda planteada en la vía ejecutiva mercantil, en consecuencia y sirviendo este auto de mandamiento en forma, requiérase a Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez, para que en el acto de la diligencia hagan pago al actor de la cantidad de $ 15´527,775.00 (quince millones quinientos veintisiete mil setecientos setenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de suerte principal, más el pago de los accesorios, y no haciéndolo embárguenseles bienes de su propiedad suficientes para garantizar el pago de las prestaciones reclamadas, los que se pondrán en depósito de la persona que bajo su responsabilidad designe el actor”. Por auto de dieciocho de enero de dos mil dieciséis, a petición del actor se realizó una investigación del domicilio de los enjuiciados Alberto Mompín Sánchez y Luis Alberto Mompín Ramírez; y una vez que se agotaron los medios para la localización de sus domicilios, se ordenó aplazarlos por edictos. Mediante proveído de veinticinco de enero de dos mil dieciséis, se aclaró el auto admisorio de veintisiete de agosto de dos mil quince para precisar que la primera prestación reclamada es. “a) El pago de la cantidad de $15´527,775.00 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N), como suerte principal a que asciende el total de un pagare que a la fecha se encuentra vencido”. Auto en el que se ordenó elaborar de nueva cuenta los edictos que se publicaran por tres veces consecutivas en el periódico “EL UNIVERSAL” así como en la “Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal”, haciéndoles saber que deberán presentarse ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro ubicado en Avenida Eduardo Molina número dos, esquina con Sidar y Rovirosa, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal quince mil novecientos sesenta, en esta ciudad, dentro del término de treinta días, contado a partir de la última publicación de los edictos, para
  • 29. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 que den contestación a la demanda instaurada en su contra apercibidos que de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía y de igual manera, las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, les surtirán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1068, fracción III, 1069 y 1070 del Código de Comercio, hasta en tanto señalen domicilio para tales efectos. Quedando la respectiva copia de traslado en la secretaria de este juzgado a su inmediata disposición. Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS. LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. (Firma) LIC. GLORIA SANTIAGO ROJANO
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016
  • 31. 15 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:. 1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal, estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30 horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren. 2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. 3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones: I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2; III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo; VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word; VIII. Rotular el disco con el título del documento; IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar; X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de estricta responsabilidad de los solicitantes. 4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso. SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el Índice será la Décima Novena. TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio. AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
  • 32. 32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de Marzo de 2016 DIRECTORIO Jefe de Gobierno de la Ciudad de México MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera...................................................................................... $ 1,753.70 Media plana............................................................................................ 943.30 Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $26.50)