Este decreto establece las regulaciones para el registro calificado de programas académicos de educación superior en Colombia. Se requiere registro calificado para ofrecer cualquier programa, el cual será otorgado por el Ministerio de Educación Nacional. El decreto describe los requisitos para la obtención del registro calificado, incluyendo la justificación, contenidos curriculares, organización de actividades académicas, investigación y relación con el sector externo de cualquier programa. La vigencia del registro será de 7 años y deberá renovarse para continuar ofreciendo el programa.