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1. Propósito
Establecer las normas y lineamientos para la obtención del Titulo Profesional de Licenciatura en el Sistema
Nacional de Educación Superior Tecnológica. Proceso integrador de la acreditación de un conjunto de
asignaturas para la titulación (Anexo I), que tienen como finalidad: Generar un grado de significatividad en el
estudiante hacia la investigación; Desarrollar un proyecto o una investigación, donde vincule la teoría con la
práctica en la solución de una problemática real; Presentar un informe técnico del proyecto o investigación como
requisito para su titulación inmediata.
2. Alcance
El ámbito de aplicación del presente procedimiento, es el de los planteles que conforman el Sistema Nacional
de Educación Superior Tecnológica. Este procedimiento deberá ser dado a conocer por la Dirección del plantel
a toda la comunidad del Instituto Tecnológico.
Se recomienda propiciar que los estudiantes, protejan a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
y/o el Instituto Nacional del Derecho de Autor según corresponda, las obras, productos o procesos que resulten
de los proyectos o investigaciones desarrollados para su titulación.
3. Políticas de operación
3.1 De su requisitación
La gestión de este proceso inicia cuando el estudiante solicita su inscripción a la asignatura “Taller de
Investigación II” y concluye con la presentación del informe técnico de la residencia profesional.
Para sustentar el acto protocolario de recepción profesional, es necesario que el candidato egresado
cumpla con los siguientes requisitos:
a) Haber aprobado el total de créditos que integran el plan de estudios de la carrera cursada en el
nivel de licenciatura.
b) Haber realizado el servicio social en los términos que marca la ley reglamentaria y el manual de
procedimientos para la realización de servicio social en los Institutos Tecnológicos.
c) Haber acreditado la residencia profesional de acuerdo con lo establecido en el procedimiento
respectivo, para quienes cursaron los planes de estudios resultantes del Modelo Educativo para
el Siglo XXI (planes a partir del 2004).
d) Haber obtenido la acreditación de una lengua extranjera de acuerdo con al procedimiento de
Lengua Extranjera, para quienes hayan cursado planes de estudios con vigencia a partir del
2004.
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e) No tener adeudo económico, de material o equipo con las oficinas, laboratorios, talleres y
centro de información en la institución de la cual egresó, o en cualquier otra por la cual haya
transitado.
f) Cubrir los derechos correspondientes.
g) Haber presentado la solicitud y constancias de haber cumplido los requisitos anteriores a la
División de Estudios Profesionales para los trámites administrativos necesarios.
h) Anexar un archivo electrónico (CD) y cuatro ejemplares impresos del informe técnico.
3.2 De la Titulación
Para sustentar el acto protocolario de recepción profesional de licenciatura en el Sistema Nacional de
Educación Superior Tecnológica, se requiere de un informe técnico derivado del proceso de titulación.
Estructurar un proyecto o una investigación de aplicación con la elaboración de un informe técnico.
El proyecto o investigación a desarrollar podrá realizarse en forma individual o por dos estudiantes. Cuando
las características del proyecto o la investigación requieran un mayor número de participantes, la academia
correspondiente podrá ponderarlo y recomendarlo, previa justificación de los proponentes del tema, ante el
departamento académico quien dictaminará sobre la procedencia o recomendación pertinente.
3.3 De las características del Informe Técnico
Este documento debe incluir:
a) Portada
b) Índice
c) Introducción
d) Justificación
e) Objetivos: generales y específicos
f) Caracterización del área en que participó
g) Problemas a resolver con su respectiva priorización
h) Alcances y limitaciones
i) Fundamento teórico
j) Procedimiento y descripción de las actividades realizadas
k) Resultados (planos, gráficas, prototipos y programas)
l) Conclusiones y recomendaciones
m) Fuentes de información (contrastar con residencia)
n) Anexos
3.4 De los Estudiantes
Tiene derecho a cambiar de proyecto, investigación o asesor, previa justificación.
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No podrá renunciar a proyectos planteados, autorizados, concertados e iniciados, a menos que sea por
necesidad, acuerdo, y a solicitud de todas las partes involucradas.
Debe presentar el informe técnico del proyecto o investigación desarrollado, de acuerdo a las características
establecidas ante la División de Estudios Profesionales.
Debe difundir (en forma oral) los resultados del informe técnico del proyecto o la investigación realizado,
ante estudiantes (preferentemente inscritos en el segundo, tercero y cuarto momento del proceso de
titulación). Considerando a los cuatro momentos, como el conjunto de las cuatro asignaturas que
comprende el proceso de titulación: Fundamentos de Investigación, Taller de Investigación I, Taller de
Investigación II, y la última asignatura que podrá ser Formulación y Evaluación de Proyectos, Seminario de
Investigación, o Evaluación de Proyectos, según sea la carrera.
Recibirá mención Honorífica al finalizar su carrera, si obtuvo un promedio mínimo de 95%.
Conocer sobre los aspectos de Propiedad Intelectual involucrados en su proyecto o investigación, para
proteger las obras, productos o procesos, resultantes de su proceso de titulación.
3.5 De la Academia del Departamento Académico correspondiente
Participar como corresponsable con el profesor que imparte las asignaturas correspondientes a los
momentos del proceso de titulación y ser propuesto en la academia correspondiente a la carrera donde se
imparten las asignaturas.
Generar un banco de proyectos a desarrollar con base en las líneas viables de investigación, para ofertarlas
los estudiantes a partir de su inscripción en la asignatura de Taller de Investigación II, vía la División de
Estudios Profesionales.
Participar en la asignación del asesor tomando en cuenta el perfil profesional requerido por el enfoque y
características del proyecto o la investigación.
Participar en la asignación de los revisores con base al procedimiento de Residencia Profesional.
Evaluar los proyectos o investigaciones presentados por los estudiantes.
Propiciar la formación de asesores en metodologías de investigación para la elaboración de proyectos.
Los miembros de todas las academias podrán realizar funciones de asesoría y participar como revisores de
los proyectos o investigaciones que se generan en la asignatura de Taller de Investigación II, en otras áreas
académicas de la cual no pertenecen y sean profesionalmente afines en la disciplina al tema de
investigación.
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Emitir su opinión sobre la procedencia y conveniencia de proteger las obras, productos o procesos
desarrollados, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y/o el Instituto Nacional del Derecho de
Autor.
3.6 Del Departamento Académico
Autorizar la participación de uno más estudiantes por proyecto o investigación, tomando en consideración
los impactos social, económico, tecnológico y ambiental del mismo.
Dictaminar sobre la procedencia o recomendación pertinente cuando se requiera un mayor número de
participantes, la academia correspondiente podrá ponderarlo y recomendarlo, previa justificación de los
proponentes del tema.
Asignar ó reasignar en coordinación con la academia correspondiente la participación del asesor y revisores
del proyecto o investigación en forma equitativa.
Guardar la confidencialidad requerida en los proyectos o investigaciones, concertados con los diversos
sectores.
Emitir oficio de nombramiento al asesor.
Emitir oficios de comisión a los revisores de los informes técnicos.
Emitir liberación del informe técnico a la División de Estudios Profesionales.
Dictaminar sobre la procedencia y conveniencia de proteger las obras, productos o procesos desarrollados
en la titulación, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y/o el Instituto Nacional del Derecho de
Autor.
3.7 De los Asesores
El asesor que se designe en el proyecto o investigación, en la asignatura de Taller de Investigación II podrá
ser el mismo en la asignatura del cuarto momento del proceso de titulación (Anexo I) y en la Residencia
Profesional, siempre y cuando no cambie de proyecto o investigación.
Si el estudiante cambia de proyecto o investigación en la asignatura del cuarto momento del proceso de
titulación, se le asignará un nuevo asesor.
Si el estudiante en su Residencia Profesional cambia de proyecto, el asesor deberá ser asignado con base
en el procedimiento de la Residencia Profesional.
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3.8 De sus funciones:
Revisar el desarrollo y avance del proyecto o investigación del estudiante.
Evaluar los informes de actividades que presenten los estudiantes
Revisar el informe técnico e informar al estudiante de los cambios y sugerencias para mejorar el contenido
y/o presentación del mismo.
Emitir visto bueno de la revisión del informe técnico y enviar al departamento académico correspondiente
para la designación de los revisores.
Guardar la confidencialidad requerida en los proyectos o investigaciones, concertados con los diversos
sectores.
Participar como sinodales en el acto protocolario de recepción profesional.
Los asesores internos, pertenecientes a la planta docente del Instituto Tecnológico deberán cubrir los
siguientes requisitos:
a) Contar con título y cédula profesional o, si realizaron sus estudios en el extranjero, contar con
su documentación legalizada.
b) Contar con al menos cuatro años de experiencia docente o profesional en la especialidad en la
que se titulará el candidato.
c) Contar con la recomendación de la academia.
Recibir nombramiento oficial del jefe del departamento académico correspondiente como asesor del
proyecto.
Avalar con su firma el informe técnico que presente el estudiante a la comisión revisora y sujetarse a las
observaciones realizadas por dicha comisión.
Deberá presidir el acto protocolario de recepción profesional del candidato.
Las responsabilidades del asesor se inician con su designación y se dan por terminadas en el acto
protocolario.
Los asesores externos deberán cubrir los siguientes requisitos:
a) Contar con título y cédula profesional o, si realizaron sus estudios en el extranjero, contar
con su documentación y legalizada.
b) Tener mínimo seis años de experiencia profesional en la especialidad en la cual se
desarrollará la asesoría.
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c) Presentar su curriculum vitae y la documentación comprobatoria al departamento
académico correspondiente
d) Podrá fungir como secretario, vocal o suplente en el acto protocolario de recepción
profesional del candidato.
3.9 De los Revisores
Revisar el informe técnico y comunicar al estudiante de los cambios y sugerencias para mejorar el
contenido y/o presentación del mismo.
Emitir autorización del informe técnico al departamento académico correspondiente para su liberación.
Participar como sinodal en el acto protocolario de recepción profesional.
Guardar la confidencialidad requerida en los proyectos o investigaciones concertadas con los diversos
sectores.
Las responsabilidades del revisor se inician con su designación y se dan por terminadas con el acto
protocolario.
3.10 De los Sinodales
Los sinodales se definen como un cuerpo colegiado integrado por un presidente, un secretario, un vocal
propietario y un vocal suplente.
Son facultades de los sinodales en el acto protocolario de recepción profesional:
a) Presidir la instalación, el desarrollo, la toma de protesta, lectura del juramento de ética y la
clausura del acto protocolario de la recepción profesional.
b) Es responsabilidad del Secretario solicitar, llenar y resguardar el libro de actas, durante el
acto protocolario de recepción profesional, así como de reintegrarlo al término del mismo al
Departamento de Servicios Escolares.
c) Avalar con su firma en el libro de actas, el acto protocolario de la recepción profesional.
Los integrantes serán designados por el jefe del departamento académico, considerando las asignaciones
previas como asesores y revisores.
Se podrá considerar la presencia de otros profesionistas relacionados con el proyecto y/o la carrera
profesional, como el asesor externo o el decano del área más relacionada con el tema en cuestión,
considerándose en el acto protocolario de recepción profesional como Vocal Propietario.
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3.10.1 El nombramiento en los cargos de los sinodales se llevarán a cabo tomando los siguientes
criterios en orden prioritario:
Presidente.- El asesor del proyecto.
Secretario y Vocal propietario.- Los revisores del informe técnico.
3.10.2 De las sanciones:
La ausencia injustificada de cualquier integrante de los sinodales a un acto protocolario de recepción
profesional será motivo de extrañamiento por escrito por parte de la Subdirección Académica de Instituto
con copia al Departamento de Recursos Humanos y al Departamento Académico correspondiente, así
como de su inhabilitación en los siguientes 3 (tres) actos recepcionales en los que pudiera participar.
La ausencia del presidente en el acto protocolario de recepción profesional, será insustituible y motivo de
suspensión del mismo, en cuyo caso se reprogramará dicho acto protocolario de recepción profesional y se
levantará el acta correspondiente.
En caso de ausencia del secretario, este será sustituido por el vocal propietario en el acto protocolario de
recepción profesional, y este último, por su ausencia será sustituido por el vocal suplente.
3.11 De la División de Estudios Profesionales
Verificar si el estudiante cuenta con proyecto o investigación, en la inscripción de la asignatura de Taller de
Investigación II.
Ofrecer al estudiante banco de proyectos o investigaciones autorizadas por los departamentos académicos
en caso de no contar con un proyecto o investigación.
Recibir solicitud del estudiante y turnar el proyecto o investigación al Jefe del Departamento Académico.
Informar al estudiante el asesor asignado.
Recibir la liberación del informe técnico y emitir la autorización para integrar el expediente.
Notificar al estudiante de la liberación del informe técnico para que éste continúe con el trámite de la
titulación.
Recibir del Departamento de Servicios Escolares, la carta de no inconveniencia para la presentación del
acto protocolario de recepción profesional.
Programar fecha del acto protocolario de recepción profesional e informar al Jefe del Departamento
Académico.
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3.12 Del Departamento de Servicios Escolares
Integrar el expediente del estudiante y emitir a la División de Estudios Profesionales la carta de no
inconveniencia para la presentación del acto protocolario de recepción profesional.
Tramitar el Título y la cédula profesional.
Mantener en custodia los libros de actos protocolarios de recepción profesional.
Entregar Mención Honorífica al estudiante que haya obtenido como promedio mínimo 95% en la carrera.
3.13 Disposiciones generales
Las situaciones no previstas en el presente procedimiento serán analizadas por el Comité Académico del
Instituto Tecnológico y presentadas como recomendaciones al Director del plantel para su dictamen.
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4. Diagrama de flujo
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5. Descripción del procedimiento
SECUENCIA DE
ETAPAS
ACTIVIDAD RESPONSABLE
1. Se inscribe al Taller
de investigación II
1.1 Se inscribe a la asignatura de Taller de
investigación II
1.2 No tiene proyecto: selecciona un proyecto en la
División de Estudios Profesionales.
1.3 Si tiene proyecto: Entrega tema de proyecto a la
coordinación de carrera.
Estudiante
2. Verifica si el
estudiante cuenta con
proyecto.
2.1 En la inscripción se verifica si tiene proyecto.
2.2 Si no tiene proyecto, ofrece al estudiante para su
elección un banco de proyectos autorizados por los
departamentos académicos.
2.3 Recibe solicitud del estudiante y turna proyecto al
Jefe del Departamento Académico
2.4 Mediante oficio informa al estudiante la
designación de su asesor para la elaboración de su
proyecto.
División de Estudios
Profesionales
3 Solicita propuesta de
designación de
asesor.
3.1 El jefe del Departamento Académico recibe
solicitud de la División de Estudios Profesionales y
solicita a la academia propuesta de designación de
asesor.
Departamento Académico
4 Propone asesor y
envía respuesta.
4.1 Propone asesor y envía respuesta al Jefe
Académico.
Academia
5 Envía oficio de
nombramiento de
asesor y proyecto.
7.1 El jefe del Departamento Académico recibe de la
academia propuesta de asesor
7.2 Elabora y envía a la División de Estudios
Profesionales, oficio de nombramiento de asesor,
que incluye nombre del estudiante y nombre del
proyecto.
Departamento Académico
6 Se entrevista con el
asesor del proyecto,
realiza informe técnico
y corrige según el
caso.
6.1 Se entrevista con el asesor para iniciar el proyecto
6.2 Acude al asesor para el seguimiento del proyecto
y hacer correcciones, si lo requiere.
6.3 Realiza informe técnico
Estudiante
7 Emite oficio de
comisión al asesor y a
revisores
7.1 El jefe del Departamento Académico emite oficio
de comisión al asesor.
7.2 Recibe informe técnico con el visto bueno del
asesor
7.3 Comisiona por oficio a dos revisores para el
informe técnico.
7.4 Remite a los revisores el informe técnico para su
aprobación y/o corrección.
Departamento Académico
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Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006
SECUENCIA DE
ETAPAS
ACTIVIDAD RESPONSABLE
8 Recibe comisión,
asesora y evalúa el
informe técnico.
8.1 Recibe comisión y asesora al estudiante.
8.2 Evalúa el informe técnico y emite visto bueno.
8.3 Remite el informe técnico al jefe del Departamento
Académico
Asesor
9 Verifica el
cumplimiento de las
características del
informe técnico.
9.1 Revisa y verifica el cumplimiento de las
características del informe técnico
9.2 Si cumple con los lineamientos emite autorización
del informe técnico al Departamento Académico.
9.3 Si no cumple los lineamientos, regresa informe
técnico al jefe de Departamento Académico
Revisor
10 Emite liberación del
informe técnico.
10.1 El jefe del Departamento Académico recibe del
revisor el informe técnico, si no cumple los
lineamientos lo regresa al estudiante.
10.2 Si cumple los lineamientos, emite liberación del
informe técnico a la División de Estudios
Profesionales.
10.3 Comisiona como sinodales al asesor y revisores
del informe de técnico para participar en el acto
protocolario de recepción. profesional.
Departamento Académico
11 Recibe liberación
del informe técnico y
emite autorización
para integrar
expediente
11.1 Recibe liberación de informe técnico
11.2 Emite autorización para integrar al expediente del
estudiante.
11.3 Notifica al estudiante la liberación del informe
técnico para continuar con el trámite de titulación.
11.4 Recibe de Servicios Escolares la carta de no
inconveniencia para presentación del acto protocolario
de recepción profesional
11.5 Programa fecha del acto protocolario de
recepción profesional e informa al Departamento
Académico para su realización.
División de Estudios
Profesionales
12 Recibe notificación
de la liberación del
informe técnico.
12.1 Si no cumple con los lineamientos le envía el Jefe
de Departamento informe técnico para las
correcciones, y lo regresa al Departamento Académico
12.2 Si cumple con los lineamientos, recibe
notificación de la liberación del informe técnico por
parte de la División de Estudios Profesionales.
12.3 Solicita revisión de su expediente en Servicios
Escolares para la verificación del cumplimiento de los
requisitos para titulación.
12.4 Presenta los resultados de su proyecto ante
estudiantes (preferentemente inscritos en el segundo,
tercero y cuarto momento del proceso de titulación).
12.5 Se presenta en el acto protocolario de recepción
profesional en el lugar y fecha indicados para tal
efecto.
Estudiante
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SECUENCIA DE
ETAPAS
ACTIVIDAD RESPONSABLE
12.6 Cubiertos los requisitos de titulación, solicita
trámite a Servicios Escolares, para la obtención del
titulo y cédula profesional.
6. Documentos de referencia
DOCUMENTO CÓDIGO (cuando aplique)
Modelo Educativo para el Siglo XXI del Sistema Nacional de Educación
Superior Tecnológica. Junio de 2004.
No aplica
Programa Institucional de Innovación y Desarrollo del Sistema Nacional de
Institutos Tecnológicos 2001-2006.
No aplica
Manual de Procedimientos para la obtención de Licenciatura, Licenciatura
Técnica y Técnica Superior, Diploma de Especialista y Grados Académicos
de Maestría y Doctorado en el Instituto tecnológico, 1997.
No aplica
7. Registros
REGISTROS
TIEMPO DE
CONSERVACIÓN
RESPONSABLE DE
CONSERVARLOS
CÓDIGO DE REGISTRO
O IDENTIFICACIÓN
ÚNICA
Copia de acta del acto
protocolario
indefinido Servicios Escolares No aplica
8. Glosario
Acto protocolario de recepción profesional. Último requisito académico que consiste de un acto protocolario y que debe cumplir
el candidato ante un grupo de sinodales para concluir su proceso de titulación.
Asesores o Revisores. Profesores de las diferentes academias, cuya función es guiar al estudiante en el desarrollo de su
proyecto.
Asesores internos: Profesores pertenecientes a la planta docente del Instituto Tecnológico
Asesores externos: Profesionales de los sectores productivos, y de bienes y servicios donde aplica el proyecto.
Informe técnico. Documento formal que integra la experiencia del estudiante a partir del desarrollo de su proyecto.
9. Anexos
Anexo I.- Proceso integrador de titulación
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10. Cambios de esta versión
Numero de
revisión
Fecha de actualización Descripción del cambio
N/A N/A N/A
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Anexo I
Momentos Del Proceso Integrador de Titulación

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Proc titulacion

  • 1. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 1 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 1. Propósito Establecer las normas y lineamientos para la obtención del Titulo Profesional de Licenciatura en el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica. Proceso integrador de la acreditación de un conjunto de asignaturas para la titulación (Anexo I), que tienen como finalidad: Generar un grado de significatividad en el estudiante hacia la investigación; Desarrollar un proyecto o una investigación, donde vincule la teoría con la práctica en la solución de una problemática real; Presentar un informe técnico del proyecto o investigación como requisito para su titulación inmediata. 2. Alcance El ámbito de aplicación del presente procedimiento, es el de los planteles que conforman el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica. Este procedimiento deberá ser dado a conocer por la Dirección del plantel a toda la comunidad del Instituto Tecnológico. Se recomienda propiciar que los estudiantes, protejan a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y/o el Instituto Nacional del Derecho de Autor según corresponda, las obras, productos o procesos que resulten de los proyectos o investigaciones desarrollados para su titulación. 3. Políticas de operación 3.1 De su requisitación La gestión de este proceso inicia cuando el estudiante solicita su inscripción a la asignatura “Taller de Investigación II” y concluye con la presentación del informe técnico de la residencia profesional. Para sustentar el acto protocolario de recepción profesional, es necesario que el candidato egresado cumpla con los siguientes requisitos: a) Haber aprobado el total de créditos que integran el plan de estudios de la carrera cursada en el nivel de licenciatura. b) Haber realizado el servicio social en los términos que marca la ley reglamentaria y el manual de procedimientos para la realización de servicio social en los Institutos Tecnológicos. c) Haber acreditado la residencia profesional de acuerdo con lo establecido en el procedimiento respectivo, para quienes cursaron los planes de estudios resultantes del Modelo Educativo para el Siglo XXI (planes a partir del 2004). d) Haber obtenido la acreditación de una lengua extranjera de acuerdo con al procedimiento de Lengua Extranjera, para quienes hayan cursado planes de estudios con vigencia a partir del 2004.
  • 2. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 2 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 e) No tener adeudo económico, de material o equipo con las oficinas, laboratorios, talleres y centro de información en la institución de la cual egresó, o en cualquier otra por la cual haya transitado. f) Cubrir los derechos correspondientes. g) Haber presentado la solicitud y constancias de haber cumplido los requisitos anteriores a la División de Estudios Profesionales para los trámites administrativos necesarios. h) Anexar un archivo electrónico (CD) y cuatro ejemplares impresos del informe técnico. 3.2 De la Titulación Para sustentar el acto protocolario de recepción profesional de licenciatura en el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica, se requiere de un informe técnico derivado del proceso de titulación. Estructurar un proyecto o una investigación de aplicación con la elaboración de un informe técnico. El proyecto o investigación a desarrollar podrá realizarse en forma individual o por dos estudiantes. Cuando las características del proyecto o la investigación requieran un mayor número de participantes, la academia correspondiente podrá ponderarlo y recomendarlo, previa justificación de los proponentes del tema, ante el departamento académico quien dictaminará sobre la procedencia o recomendación pertinente. 3.3 De las características del Informe Técnico Este documento debe incluir: a) Portada b) Índice c) Introducción d) Justificación e) Objetivos: generales y específicos f) Caracterización del área en que participó g) Problemas a resolver con su respectiva priorización h) Alcances y limitaciones i) Fundamento teórico j) Procedimiento y descripción de las actividades realizadas k) Resultados (planos, gráficas, prototipos y programas) l) Conclusiones y recomendaciones m) Fuentes de información (contrastar con residencia) n) Anexos 3.4 De los Estudiantes Tiene derecho a cambiar de proyecto, investigación o asesor, previa justificación.
  • 3. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 3 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 No podrá renunciar a proyectos planteados, autorizados, concertados e iniciados, a menos que sea por necesidad, acuerdo, y a solicitud de todas las partes involucradas. Debe presentar el informe técnico del proyecto o investigación desarrollado, de acuerdo a las características establecidas ante la División de Estudios Profesionales. Debe difundir (en forma oral) los resultados del informe técnico del proyecto o la investigación realizado, ante estudiantes (preferentemente inscritos en el segundo, tercero y cuarto momento del proceso de titulación). Considerando a los cuatro momentos, como el conjunto de las cuatro asignaturas que comprende el proceso de titulación: Fundamentos de Investigación, Taller de Investigación I, Taller de Investigación II, y la última asignatura que podrá ser Formulación y Evaluación de Proyectos, Seminario de Investigación, o Evaluación de Proyectos, según sea la carrera. Recibirá mención Honorífica al finalizar su carrera, si obtuvo un promedio mínimo de 95%. Conocer sobre los aspectos de Propiedad Intelectual involucrados en su proyecto o investigación, para proteger las obras, productos o procesos, resultantes de su proceso de titulación. 3.5 De la Academia del Departamento Académico correspondiente Participar como corresponsable con el profesor que imparte las asignaturas correspondientes a los momentos del proceso de titulación y ser propuesto en la academia correspondiente a la carrera donde se imparten las asignaturas. Generar un banco de proyectos a desarrollar con base en las líneas viables de investigación, para ofertarlas los estudiantes a partir de su inscripción en la asignatura de Taller de Investigación II, vía la División de Estudios Profesionales. Participar en la asignación del asesor tomando en cuenta el perfil profesional requerido por el enfoque y características del proyecto o la investigación. Participar en la asignación de los revisores con base al procedimiento de Residencia Profesional. Evaluar los proyectos o investigaciones presentados por los estudiantes. Propiciar la formación de asesores en metodologías de investigación para la elaboración de proyectos. Los miembros de todas las academias podrán realizar funciones de asesoría y participar como revisores de los proyectos o investigaciones que se generan en la asignatura de Taller de Investigación II, en otras áreas académicas de la cual no pertenecen y sean profesionalmente afines en la disciplina al tema de investigación.
  • 4. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 4 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 Emitir su opinión sobre la procedencia y conveniencia de proteger las obras, productos o procesos desarrollados, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y/o el Instituto Nacional del Derecho de Autor. 3.6 Del Departamento Académico Autorizar la participación de uno más estudiantes por proyecto o investigación, tomando en consideración los impactos social, económico, tecnológico y ambiental del mismo. Dictaminar sobre la procedencia o recomendación pertinente cuando se requiera un mayor número de participantes, la academia correspondiente podrá ponderarlo y recomendarlo, previa justificación de los proponentes del tema. Asignar ó reasignar en coordinación con la academia correspondiente la participación del asesor y revisores del proyecto o investigación en forma equitativa. Guardar la confidencialidad requerida en los proyectos o investigaciones, concertados con los diversos sectores. Emitir oficio de nombramiento al asesor. Emitir oficios de comisión a los revisores de los informes técnicos. Emitir liberación del informe técnico a la División de Estudios Profesionales. Dictaminar sobre la procedencia y conveniencia de proteger las obras, productos o procesos desarrollados en la titulación, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y/o el Instituto Nacional del Derecho de Autor. 3.7 De los Asesores El asesor que se designe en el proyecto o investigación, en la asignatura de Taller de Investigación II podrá ser el mismo en la asignatura del cuarto momento del proceso de titulación (Anexo I) y en la Residencia Profesional, siempre y cuando no cambie de proyecto o investigación. Si el estudiante cambia de proyecto o investigación en la asignatura del cuarto momento del proceso de titulación, se le asignará un nuevo asesor. Si el estudiante en su Residencia Profesional cambia de proyecto, el asesor deberá ser asignado con base en el procedimiento de la Residencia Profesional.
  • 5. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 5 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 3.8 De sus funciones: Revisar el desarrollo y avance del proyecto o investigación del estudiante. Evaluar los informes de actividades que presenten los estudiantes Revisar el informe técnico e informar al estudiante de los cambios y sugerencias para mejorar el contenido y/o presentación del mismo. Emitir visto bueno de la revisión del informe técnico y enviar al departamento académico correspondiente para la designación de los revisores. Guardar la confidencialidad requerida en los proyectos o investigaciones, concertados con los diversos sectores. Participar como sinodales en el acto protocolario de recepción profesional. Los asesores internos, pertenecientes a la planta docente del Instituto Tecnológico deberán cubrir los siguientes requisitos: a) Contar con título y cédula profesional o, si realizaron sus estudios en el extranjero, contar con su documentación legalizada. b) Contar con al menos cuatro años de experiencia docente o profesional en la especialidad en la que se titulará el candidato. c) Contar con la recomendación de la academia. Recibir nombramiento oficial del jefe del departamento académico correspondiente como asesor del proyecto. Avalar con su firma el informe técnico que presente el estudiante a la comisión revisora y sujetarse a las observaciones realizadas por dicha comisión. Deberá presidir el acto protocolario de recepción profesional del candidato. Las responsabilidades del asesor se inician con su designación y se dan por terminadas en el acto protocolario. Los asesores externos deberán cubrir los siguientes requisitos: a) Contar con título y cédula profesional o, si realizaron sus estudios en el extranjero, contar con su documentación y legalizada. b) Tener mínimo seis años de experiencia profesional en la especialidad en la cual se desarrollará la asesoría.
  • 6. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 6 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 c) Presentar su curriculum vitae y la documentación comprobatoria al departamento académico correspondiente d) Podrá fungir como secretario, vocal o suplente en el acto protocolario de recepción profesional del candidato. 3.9 De los Revisores Revisar el informe técnico y comunicar al estudiante de los cambios y sugerencias para mejorar el contenido y/o presentación del mismo. Emitir autorización del informe técnico al departamento académico correspondiente para su liberación. Participar como sinodal en el acto protocolario de recepción profesional. Guardar la confidencialidad requerida en los proyectos o investigaciones concertadas con los diversos sectores. Las responsabilidades del revisor se inician con su designación y se dan por terminadas con el acto protocolario. 3.10 De los Sinodales Los sinodales se definen como un cuerpo colegiado integrado por un presidente, un secretario, un vocal propietario y un vocal suplente. Son facultades de los sinodales en el acto protocolario de recepción profesional: a) Presidir la instalación, el desarrollo, la toma de protesta, lectura del juramento de ética y la clausura del acto protocolario de la recepción profesional. b) Es responsabilidad del Secretario solicitar, llenar y resguardar el libro de actas, durante el acto protocolario de recepción profesional, así como de reintegrarlo al término del mismo al Departamento de Servicios Escolares. c) Avalar con su firma en el libro de actas, el acto protocolario de la recepción profesional. Los integrantes serán designados por el jefe del departamento académico, considerando las asignaciones previas como asesores y revisores. Se podrá considerar la presencia de otros profesionistas relacionados con el proyecto y/o la carrera profesional, como el asesor externo o el decano del área más relacionada con el tema en cuestión, considerándose en el acto protocolario de recepción profesional como Vocal Propietario.
  • 7. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 7 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 3.10.1 El nombramiento en los cargos de los sinodales se llevarán a cabo tomando los siguientes criterios en orden prioritario: Presidente.- El asesor del proyecto. Secretario y Vocal propietario.- Los revisores del informe técnico. 3.10.2 De las sanciones: La ausencia injustificada de cualquier integrante de los sinodales a un acto protocolario de recepción profesional será motivo de extrañamiento por escrito por parte de la Subdirección Académica de Instituto con copia al Departamento de Recursos Humanos y al Departamento Académico correspondiente, así como de su inhabilitación en los siguientes 3 (tres) actos recepcionales en los que pudiera participar. La ausencia del presidente en el acto protocolario de recepción profesional, será insustituible y motivo de suspensión del mismo, en cuyo caso se reprogramará dicho acto protocolario de recepción profesional y se levantará el acta correspondiente. En caso de ausencia del secretario, este será sustituido por el vocal propietario en el acto protocolario de recepción profesional, y este último, por su ausencia será sustituido por el vocal suplente. 3.11 De la División de Estudios Profesionales Verificar si el estudiante cuenta con proyecto o investigación, en la inscripción de la asignatura de Taller de Investigación II. Ofrecer al estudiante banco de proyectos o investigaciones autorizadas por los departamentos académicos en caso de no contar con un proyecto o investigación. Recibir solicitud del estudiante y turnar el proyecto o investigación al Jefe del Departamento Académico. Informar al estudiante el asesor asignado. Recibir la liberación del informe técnico y emitir la autorización para integrar el expediente. Notificar al estudiante de la liberación del informe técnico para que éste continúe con el trámite de la titulación. Recibir del Departamento de Servicios Escolares, la carta de no inconveniencia para la presentación del acto protocolario de recepción profesional. Programar fecha del acto protocolario de recepción profesional e informar al Jefe del Departamento Académico.
  • 8. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 8 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 3.12 Del Departamento de Servicios Escolares Integrar el expediente del estudiante y emitir a la División de Estudios Profesionales la carta de no inconveniencia para la presentación del acto protocolario de recepción profesional. Tramitar el Título y la cédula profesional. Mantener en custodia los libros de actos protocolarios de recepción profesional. Entregar Mención Honorífica al estudiante que haya obtenido como promedio mínimo 95% en la carrera. 3.13 Disposiciones generales Las situaciones no previstas en el presente procedimiento serán analizadas por el Comité Académico del Instituto Tecnológico y presentadas como recomendaciones al Director del plantel para su dictamen.
  • 9. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 9 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 4. Diagrama de flujo
  • 10. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 10 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 5. Descripción del procedimiento SECUENCIA DE ETAPAS ACTIVIDAD RESPONSABLE 1. Se inscribe al Taller de investigación II 1.1 Se inscribe a la asignatura de Taller de investigación II 1.2 No tiene proyecto: selecciona un proyecto en la División de Estudios Profesionales. 1.3 Si tiene proyecto: Entrega tema de proyecto a la coordinación de carrera. Estudiante 2. Verifica si el estudiante cuenta con proyecto. 2.1 En la inscripción se verifica si tiene proyecto. 2.2 Si no tiene proyecto, ofrece al estudiante para su elección un banco de proyectos autorizados por los departamentos académicos. 2.3 Recibe solicitud del estudiante y turna proyecto al Jefe del Departamento Académico 2.4 Mediante oficio informa al estudiante la designación de su asesor para la elaboración de su proyecto. División de Estudios Profesionales 3 Solicita propuesta de designación de asesor. 3.1 El jefe del Departamento Académico recibe solicitud de la División de Estudios Profesionales y solicita a la academia propuesta de designación de asesor. Departamento Académico 4 Propone asesor y envía respuesta. 4.1 Propone asesor y envía respuesta al Jefe Académico. Academia 5 Envía oficio de nombramiento de asesor y proyecto. 7.1 El jefe del Departamento Académico recibe de la academia propuesta de asesor 7.2 Elabora y envía a la División de Estudios Profesionales, oficio de nombramiento de asesor, que incluye nombre del estudiante y nombre del proyecto. Departamento Académico 6 Se entrevista con el asesor del proyecto, realiza informe técnico y corrige según el caso. 6.1 Se entrevista con el asesor para iniciar el proyecto 6.2 Acude al asesor para el seguimiento del proyecto y hacer correcciones, si lo requiere. 6.3 Realiza informe técnico Estudiante 7 Emite oficio de comisión al asesor y a revisores 7.1 El jefe del Departamento Académico emite oficio de comisión al asesor. 7.2 Recibe informe técnico con el visto bueno del asesor 7.3 Comisiona por oficio a dos revisores para el informe técnico. 7.4 Remite a los revisores el informe técnico para su aprobación y/o corrección. Departamento Académico
  • 11. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 11 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 SECUENCIA DE ETAPAS ACTIVIDAD RESPONSABLE 8 Recibe comisión, asesora y evalúa el informe técnico. 8.1 Recibe comisión y asesora al estudiante. 8.2 Evalúa el informe técnico y emite visto bueno. 8.3 Remite el informe técnico al jefe del Departamento Académico Asesor 9 Verifica el cumplimiento de las características del informe técnico. 9.1 Revisa y verifica el cumplimiento de las características del informe técnico 9.2 Si cumple con los lineamientos emite autorización del informe técnico al Departamento Académico. 9.3 Si no cumple los lineamientos, regresa informe técnico al jefe de Departamento Académico Revisor 10 Emite liberación del informe técnico. 10.1 El jefe del Departamento Académico recibe del revisor el informe técnico, si no cumple los lineamientos lo regresa al estudiante. 10.2 Si cumple los lineamientos, emite liberación del informe técnico a la División de Estudios Profesionales. 10.3 Comisiona como sinodales al asesor y revisores del informe de técnico para participar en el acto protocolario de recepción. profesional. Departamento Académico 11 Recibe liberación del informe técnico y emite autorización para integrar expediente 11.1 Recibe liberación de informe técnico 11.2 Emite autorización para integrar al expediente del estudiante. 11.3 Notifica al estudiante la liberación del informe técnico para continuar con el trámite de titulación. 11.4 Recibe de Servicios Escolares la carta de no inconveniencia para presentación del acto protocolario de recepción profesional 11.5 Programa fecha del acto protocolario de recepción profesional e informa al Departamento Académico para su realización. División de Estudios Profesionales 12 Recibe notificación de la liberación del informe técnico. 12.1 Si no cumple con los lineamientos le envía el Jefe de Departamento informe técnico para las correcciones, y lo regresa al Departamento Académico 12.2 Si cumple con los lineamientos, recibe notificación de la liberación del informe técnico por parte de la División de Estudios Profesionales. 12.3 Solicita revisión de su expediente en Servicios Escolares para la verificación del cumplimiento de los requisitos para titulación. 12.4 Presenta los resultados de su proyecto ante estudiantes (preferentemente inscritos en el segundo, tercero y cuarto momento del proceso de titulación). 12.5 Se presenta en el acto protocolario de recepción profesional en el lugar y fecha indicados para tal efecto. Estudiante
  • 12. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 12 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 SECUENCIA DE ETAPAS ACTIVIDAD RESPONSABLE 12.6 Cubiertos los requisitos de titulación, solicita trámite a Servicios Escolares, para la obtención del titulo y cédula profesional. 6. Documentos de referencia DOCUMENTO CÓDIGO (cuando aplique) Modelo Educativo para el Siglo XXI del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica. Junio de 2004. No aplica Programa Institucional de Innovación y Desarrollo del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos 2001-2006. No aplica Manual de Procedimientos para la obtención de Licenciatura, Licenciatura Técnica y Técnica Superior, Diploma de Especialista y Grados Académicos de Maestría y Doctorado en el Instituto tecnológico, 1997. No aplica 7. Registros REGISTROS TIEMPO DE CONSERVACIÓN RESPONSABLE DE CONSERVARLOS CÓDIGO DE REGISTRO O IDENTIFICACIÓN ÚNICA Copia de acta del acto protocolario indefinido Servicios Escolares No aplica 8. Glosario Acto protocolario de recepción profesional. Último requisito académico que consiste de un acto protocolario y que debe cumplir el candidato ante un grupo de sinodales para concluir su proceso de titulación. Asesores o Revisores. Profesores de las diferentes academias, cuya función es guiar al estudiante en el desarrollo de su proyecto. Asesores internos: Profesores pertenecientes a la planta docente del Instituto Tecnológico Asesores externos: Profesionales de los sectores productivos, y de bienes y servicios donde aplica el proyecto. Informe técnico. Documento formal que integra la experiencia del estudiante a partir del desarrollo de su proyecto. 9. Anexos Anexo I.- Proceso integrador de titulación
  • 13. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 13 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 10. Cambios de esta versión Numero de revisión Fecha de actualización Descripción del cambio N/A N/A N/A
  • 14. Código:Nombre del documento: Procedimiento para la SNEST-MPAA-PO-13 Revisión:0 Titulación Página: 14 de 14 CONTROL DE EMISIÓN Elaboró Revisó Autorizó Nombre: Psc. Adriana González Escobar M.C. Everardo Salazar Carrillo M.C. Guadalupe Ramírez Sáenz Ing. Ignacio López Valdovinos Director de Docencia Firma: Fecha: 11/Sep/2006 14/Sep/2006 18/Sep/2006 Anexo I Momentos Del Proceso Integrador de Titulación