La circular 8/2014 de la cecobi informa sobre la actualización y revisión salarial en España, basándose en la tasa de variación del IPC y criterios del II AENC. Para 2013, el incremento salarial no debe superar el 0,6%, y para 2014, dado el PIB, se establece un aumento máximo del 0,6%. Se concluye que no se realizará actualización salarial debido a que el IPC general español está por debajo del objetivo de inflación del Banco Central Europeo.