REVISTA ABOGADOS DIPLOMADO TEMATICO EN GESTIÓN PÚBLICA Y EMPLEO PUBLICO CON MENCIÓN EN DIRECCIÓN ESTRATÉGICA
DR. ADM. JORGE BRAVO TORO Consultor y Docente en Gestión Pública EL ESTADO – EL GOBIERNO SU ORGANIZACIÓN  DIPLOMADO TEMATICO EN  GESTION PÚBLICA Y EMPLEO PUBLICO CON MENCION EN DIRECCION ESTRATEGICA Lima, del 31 de Agosto al 26 de octubre de 2009  MODULO 1 EL ESTADO Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS.
EL ESTADO  EL GOBIERNO SU  ORGANIZACIÓN
ESTADO Y PODER Propiamente hablando, no existe sino un poder, pero se distinguen entre el poder de hecho y el poder de derecho. Poder de Derecho   Posee la ventaja de ser ejercido en nombre de una institución, el Estado. El titular del poder es el Estado, es decir, un titular abstracto, en su nombre se exige obediencia y se obliga a un comportamiento determinado. El poder resulta dividido entre un titular, que es el Estado y los agentes a su servicio, que son los gobernantes.
Poder de Derecho   Es la energía organizadora de la vida social que asume el gobierno para asegurar el orden y crear el derecho. En el  ápice del  Estado se halla el orden, vale decir  la facultad de gobernar, de dictar reglar a la conducta ajena El poder es inherente  a la naturaleza humana y que el Estado, en un primer aspecto, es institucionalización del poder. El poder es una fuerza al servicio  de una idea. Es una fuerza nacida de la voluntad social preponderante, destinada a conducir al equipo hacia un orden que estima beneficio. NATURALEZA DEL PODER
Función de Dirección . Toda sociedad, toda actividad, toda empresa supone,  necesariamente una dirección, es decir una autoridad. Función de Especialización. La sociedad se organiza en base a la división del trabajo. Funciones de Coacción. La función compulsiva – del poder es  sin duda  la que mas impresiona y la mas visible. FUNCIONES DEL PODER
El Estado es sociedad mas poder, es decir una sociedad políticamente organizada. Al Estado no le advertimos en forma corpórea sino a través de sus acciones, esto es, a través de la legislación, de la administración publica, de la fuerza armada y de los símbolos. El Estado puede definirse como la colectividad humana organizada políticamente sobre un territorio. Pueblo, territorio y poder son los elementos del Estado. NATURALEZA DEL ESTADO
La humanidad se ha organizado en Estados por que cada hombre sabe que es mas fuerte que otros, pero también es mas débil que otros. La sociedades han optado entre una situación de energía librada al abuso de los mas fuertes, y una situación de orden, un imperio de la fuerza publica que el Estado emplea para proteger a todos los asociados. Las sociedades han escogido siempre el gobierno que aseguran un orden y un programa orientado al bien común. Los componentes del bien común son la seguridad y el bienestar general. NECESIDAD DEL ESTADO
La causa final del Estado   Es el bien común, es decir el bien de la comunidad. El bien común consiste  En un conjunto de condiciones sociales que favorecen las existencias y el desarrollo del hombre. Es el medio social propicio para que la persona se realice. El bien común es un orden justo con calidad de para una comunidad. FINALIDAD DEL ESTADO
TUTELA (ESTADO GENDARME) Proteger derecho de las personas. SUPLENCIA  Suplir (ejecutar) lo que la iniciativa privada no realiza (por no ser rentable). PROMOCION Promover el desarrollo económico y social para elevar los niveles de vida y reducir al mínimo las desigualdades. NATURALEZA FUNCIONAL DEL ESTADO
Conservación del orden social. La defensa contra agresiones externas. La administración de justicia. Los servicios civiles.   La promoción del desarrollo.  La organización de la salubridad y los seguros sociales  . La educación La regulación de las operaciones económicas. FUNCIONES PRIMORDIALES DEL ESTADO ELIMINAR LA PROSTITUCION CLANDESTINA
La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno  e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado y se organiza según el principio de la separación de poderes. NATURALEZA DE LA REPÚBLICA
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA  DEL ESTADO CONSTITUCIÓN  DE 1993 EL ESTADO  PERUANO PODER LEGISLATIVO ART. 90 PODER EJECUTIVO ART. 110 PODER JUDICIAL ART. 138 El Congreso Ar. 102 Cámara Única 120 Congresistas Comisión  permanente Comisiones  de Trabajo El Presidente  de la República Art. 111 Consejo de Ministros Art. 119 Presidente del Consejo de Ministros Ministros Art. 128 Corte Suprema Art. 141 Cortes Superiores Art. 143 Juzgados Especializados Civil Penal Trabajo Agrario Niño del adolescente mixto Juzgados de Paz letrados Juzgados de Paz
Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior. (Art. N° 44) El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades. (Art. N° 59). DEBERES BÁSICOS DEL ESTADO
Gestión  y Función Pública
Poder Legislativo. Poder Judicial.  Poder Ejecutivo. Gobierno Regional. Gobierno Local. Organismos Autónomos. Ámbito de la gestión pública
CONCEPTOS GENERALES La realización de actividades  de gobierno y administración propias del Estado, ejecutadas a través de la organización gubernamental, genéricamente se les conoce como “Función Pública”. La realización práctica de los fines públicos supone el Estado ya constituido que desarrolla  sus actividades administrativas, incluidas a las organizadas bajo la forma de “Poderes del Estado”.  Estas actividades  administrativas constituyen funciones del Estado efectuadas a través  de la organización gubernamental y genéricamente se les conoce como “Función Pública”. Siendo el Estado la organización política  que tiene la Nación  para alcanzar sus fines de desarrollo, la Función Pública  es el ejercicio de funciones propias del Estado, por los Funcionarios y Servidores Públicos, quienes las ejercen en nombre del Estado y al servicio de la Nación. . El concepto de Función Pública comprende a las personas que realizan las funciones del Estado.  Recíprocamente el concepto de Funcionario es inseparable del de Función Pública. Naturaleza de la Función Pública
Según la Constitución Política (Art. 39°) todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. Por lo tanto, es importante que en el ejercicio  de la función pública se tenga muy presente las limitaciones y responsabilidades  señaladas por la Constitución y la Ley. Constitución Política y Función Pública
PERSONAL DEL EMPLEO PÚBLICO (Ley N° 28175) FUNCIONARIO PÚBLICO  EMPLEADO DE CONFIANZA SERVIDOR PÚBLICO Directivo Superior. Ejecutivo. Especialista  De apoyo. CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO - CAS Función Pública - Agentes
El Gobierno  y la  Organización Sectorial
Agricultura. Comercio Exterior y Turismo. Defensa. Economía y Finanzas. Educación. Energía y Minas. Interior. Justicia. Mujer y Desarrollo Social. Medio Ambiente. Producción. Relaciones Exteriores. Salud. Trabajo y Promoción del Empleo. Transportes y Comunicaciones. Vivienda, Construcción y Saneamiento. Sectores – gobierno nacional
Son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas. Están confiados a los Ministros de Estado, quienes son responsables de la dirección y gestión de los asuntos públicos de su competencia. Los Ministerios y las entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas .  NATURALEZA DE LOS MINISTERIOS
Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente; Coordinar la defensa judicial de las entidades de su Sector; Realizar seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; Otras funciones que les señale la ley. FUNCIONES BÁSICAS DE LOS MINISTERIOS
En su organización interna, toda entidad del Poder Ejecutivo aplica las siguientes normas: Las normas de organización y funciones distinguen aquellas que son sustantivas de cada entidad de aquellas que son de administración interna; y establecen la relación jerárquica de autoridad, responsabilidad y subordinación que existe entre las unidades u órganos de trabajo. Los órganos de línea ejercen las funciones sustantivas y su estructura no incluye unidades de administración interna. Realizan sus funciones coordinando con los respectivos niveles de gobierno. Son funciones de la administración interna las relacionadas con actividades tales como planeamiento, presupuesto, contabilidad, organización, recursos humanos, sistemas de información y comunicación, asesoría jurídica, gestión financiera, gestión de medios materiales y servicios auxiliares, entre otras. Los reglamentos especifican las características de cada función, su responsable y la proporción de recursos humanos asignados. Las funciones de administración interna se ejercen en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas. Están referidas a la utilización eficiente de los medios y recursos materiales, económicos y humanos que sean asignados. Todas las entidades del Poder Ejecutivo deben contar con documentos de gestión que cumplan estos criterios. NORMAS DE ORGANIZACIÓN DE ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO
Alta Dirección. Órgano de Control Institucional. Órgano de administración Interna. Órganos de Línea. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS MINISTERIOS
Los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público. Tienen competencias de alcance nacional. Están adscritos a un Ministerio y son de dos tipos Organismos Públicos Ejecutores  Organismos Reguladores. Organismos Técnicos Especializados. ORGANISMOS PÚBLICOS –  PODER EJECUTIVO
Los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen. Sólo por excepción, la creación de un Programa conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica en una entidad. Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un período limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. Sólo se crean para atender actividades de carácter temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus actividades, en caso de ser necesario, se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia, a una entidad regional o local, según corresponda. PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES
El Fondo Consolidado de Reservas Previsionales - FCR, y el Seguro Social de Salud - ESSALUD, constituyen entidades administradoras de fondos intangibles de la seguridad social. Están adscritos al Ministerio que corresponda conforme a la ley de la materia. Por ley ordinaria se pueden incorporar otros fondos con funciones similares a esta categoría.   ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS INTANGIBLES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Corresponde al Poder Ejecutivo determinar el ámbito de actuación de las Empresas del Estado. La realización de actividades empresariales por parte del Gobierno Nacional debe estar formalizada a través de una forma jurídica empresarial y haber sido expresamente autorizada mediante ley ordinaria, en el marco de una economía social de mercado, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú.  Las normas sobre objetivos, organización, funcionamiento, régimen económico y financiero, régimen laboral, sistemas administrativos y evaluación de las Empresas de Propiedad del Estado, que se encuentren dentro del ámbito del Gobierno Nacional, se establecen observando lo dispuesto por las normas de la actividad empresarial del Estado, según corresponda.   EMPRESAS DE PROPIEDAD DEL ESTADO
Los Sistemas son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno. Son de dos tipos: 1. Sistemas Funcionales. 2. Sistemas Administrativos. SISTEMAS
Los Sistemas Funcionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado. El Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Funcionales. Las normas del Sistema establecen las atribuciones del Ente Rector del Sistema. Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso.   NATURALEZA DE LOS SISTEMAS
Gestión de Recursos Humanos. Abastecimiento. Presupuesto Público. Tesorería. Endeudamiento Público. Contabilidad. Inversión Pública. Planeamiento Estratégico. Defensa Judicial del Estado. Control. Modernización de la Gestión Pública. Sistemas administrativos
Programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión del proceso; Expedir las normas reglamentarias que regulan el Sistema; Mantener actualizada y sistematizada la normatividad del Sistema; Emitir opinión vinculante sobre la materia del Sistema; Capacitar y difundir la normatividad del Sistema en la Administración Pública; Llevar registros y producir información relevante de manera actualizada y oportuna; Supervisar y dar seguimiento a la aplicación de la normatividad de los procesos técnicos de los Sistemas; Promover el perfeccionamiento y simplificación permanente de los procesos técnicos del Sistema Administrativo; y, Las demás que señalen las leyes correspondientes. ATRIBUCIONES – ENTES RECTORES
NIVELES  DE GOBIERNO  Y  COMPETENCIAS  FUNCIONALES
Competencias del  Gobierno Nacional (Poder Ejecutivo)
Presidencia de la República. Consejo de Ministros. Presidencia del Consejo de Ministros. Los Ministerios. Entidades Públicas del Poder Ejecutivo. Marco Legal: Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. CONFORMACIÓN DEL PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo ejerce las siguientes funciones: Reglamentar las leyes, evaluar su aplicación y supervisar su cumplimiento. Planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en conformidad con las políticas de Estado. Establecer relaciones, buscar el consenso, prestar asistencia técnica y desarrollar mecanismos de cooperación con todas las entidades de la administración pública. Implementar la coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, con énfasis en las competencias compartidas. Otras funciones que le asignen las leyes. FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO
Es la encargada  de diseñar  las políticas  nacionales y sectoriales. Tiene a su cargo  la Defensa, Seguridad Nacional y las Fuerzas Armadas. Es la responsable  de las Relaciones Exteriores, a través  de la Cancillería  y de las Embajadas  y demás Legaciones. Tiene a su cargo  el Orden Interno, Policía Nacional, de fronteras y de prevención de delitos. Dirige el Sector Justicia. Responde  de los asuntos relacionados  con la Moneda, Banca y Seguros. Dirige la política  de tributación y de endeudamiento  pública nacional. Maneja el régimen  de comercio y aranceles. Conduce la regulación y gestión de la marina mercante y la aviación comercial. Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad. Es la encargada de la regulación y gestión de la infraestructura pública de alcance nacional. Otras que la ley señale conforme a la Constitución  Política del Perú. COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
Competencias de los Gobiernos Regionales
Finalidad Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el: desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Misión   La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Finalidad y misión del gobierno regional
La gestión regional es parte de la gestión pública del Estado, lo cual implica el redimensionamiento gradual del gobierno nacional, la transferencia continua de competencias y funciones a los gobiernos regionales y locales, fortaleciendo sus capacidades e incrementando sus recursos. Naturaleza de la gestión regional
Es competencia exclusiva del Gobierno Nacional  Definir, dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales. Estas políticas se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales. Concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República.  Se ejerce con criterios de orden técnico-normativo y de la forma que establece la Ley. Los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales.  Corresponde al Gobierno Nacional determinar la jerarquización de los activos, empresas y proyectos por su alcance nacional, regional o local. Concordancia con las políticas nacionales y sectoriales
Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos  correspondientes. Formular y aprobar  el plan de desarrollo regional  concertado con las Municipalidades y la sociedad civil de su región. Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional Promover y ejecutar  las inversiones públicas  de ámbito  regional en proyectos de infraestructura  vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional. Diseñar y ejecutar programas  regionales de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias. Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos  y de servicios. Facilitar los procesos  orientados a los mercados  internacionales para la agricultura, agroindustria, artesanía, actividad forestal y otros sectores productivos.  //: Competencias exclusivas
Desarrollar circuitos turísticos para convertirlos  en ejes de desarrollo. Concretar acuerdos y alianzas con otras regiones con el objeto de fomentar el desarrollo económico, social y ambiental. Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal. Organizar y aprobar los expedientes técnicos  sobre acciones de demarcación territorial  en su jurisdicción  Promover la modernización  de la pequeña y mediana empresa  regional, articuladas  con las tareas de educación, empleo y avances tecnológicos . Dictar las normas sobre los asuntos  y materias de su responsabilidad. Promover iniciativas legislativas. Promover el uso  sostenible  de los recursos forestales  y de biodiversidad. Competencias exclusivas
Educación. Salud Pública. Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente. Gestión sostenible  de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad del ambiente. Preservación  y administración  de las reservas y áreas naturales protegidas regionales. Difusión de la cultura y mejora de las instituciones  artísticas  y culturales de la región. Competitividad regional y promoción del empleo productivo en todos los niveles. Participación ciudadana conforme a la ley de la materia. Competencias COMPARTIDAS
Los bienes  muebles  e inmuebles de su propiedad. Las asignaciones y transferencias  específicas  para su funcionamiento, que se establezcan  en la Ley Anual de Presupuesto. Los tributos creados por ley a su favor. Los derechos económicos  que generen por las privatizaciones  y concesiones que otorguen y aquellos que perciban  del Gobierno Nacional. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional. Los recursos asignados por concepto de canon. El producto  de sus operaciones financieras y de las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio  propio. Bienes y rentas regionales
Competencias del Gobierno Local (Municipalidades)
Planificar y promover el desarrollo urbano  y rural  de su circunscripción  y ejecutar los planes. Normar la zonificación, urbanismo, acondicionamiento territorial y asentamientos humanos. Administrar y reglamentar los servicios públicos locales . Aprobar su organización interna y su presupuesto. Formular y aprobar el plan de desarrollo local concertado con sus habitantes. Ejecutar y supervisar la obra pública de carácter local. Aprobar y facilitar los mecanismos  y espacios de participación, concertación y fiscalización  de la comunidad en la gestión municipal. Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad. Proponer las iniciativas legislativas que le competan. COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
Participación en la gestión educativa. Salud pública. Cultura, turismo, recreación y deportes. Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas de la localidad, la defensa y protección del ambiente. Seguridad Ciudadana. Conservación de monumentos arqueológicos e históricos. Transporte colectivo, circulación y tránsito urbano. Vivienda y renovación urbana. Atención y administración de programas sociales. Gestión de residuos sólidos. COMPETENCIAS COMPARTIDAS
Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad. Los tributos creados por ley a su favor. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipales y que constituyen sus ingresos propios. Los derechos económicos  que generen por las privatizaciones, concesiones y servicios que otorguen conforme a Ley. Los recursos  asignados  del Fondo de Compensación Municipal, que tiene  carácter  redistributivo, conforme a ley. Las asignaciones y transferencias específicas establecidas en la Ley Anual de Presupuesto, para atender los servicios descentralizados. Los recursos asignados  por concepto de canon y rentas de aduanas. Los recursos provenientes  de sus operaciones financieras  y las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio.  Bienes y rentas MUNICIPALES
Consejo Nacional de la Magistratura. Ministerio Publico Defensoría del Pueblo. Jurado Nacional de Elecciones. Oficina Nacional de Procesos Electorales. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Tribunal Constitucional. Banco Central de Reserva. Contraloría General de la República. ORGANISMOS AUTÓNOMOS
REFERENCIA: LEY Nº 27815 – LEY DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION  PUBLICA Y D.S. Nº 033-2005-PCM Ética en el  Empleo Público
MORAL Conjunto de regulaciones  que dirigen la conducta  humana y que se inspira en valores pertinentes a la conducta,  esto es en valores éticos. ETICA Refleja una perspectiva temporal de la sociedad sobre la conducta humana y de acuerdo a ciertos  principios valorativos permiten calificar las acciones que efectúan  las personas como buenas o malas  EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA Los ciudadanos  que ejercemos la Función Pública  al servicio de la Nación, debemos tener una posición y un compromiso con el desarrollo del país, y fijar en tal razón los principios que deben orientar nuestra actuación. Ética y función pública
Reforma  del  Estado
Convertir al Estado en más eficaz y eficiente y ponerlo al servicio de la ciudadanía. Objeto de la reforma del estado
ESTADO ACTUAL Poco flexible. Desarticulado. Ineficaz. Centralista. Mala Atención. No rinde cuentas. ESTADO MODERNO Consagrado al servicio de las personas. Ágil. Eficaz. Descentralizado. Presente. Reforma Del  Estado Reforma del Estado
La finalidad fundamental es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Finalidad del proceso de  Modernización del Estado
Lograr un Estado (Gestión Pública): Al servicio de la ciudadanía. Con canales efectivos de participación ciudadana. Descentralizado y desconcentrado. Transparente en su gestión. Con servidores públicos calificados y Fiscalmente equilibrado. Objetivo del proceso de modernización de la gestión del estado
Priorización de la labor  de desarrollo social en beneficio de  los sectores menos favorecidos. Concertación con la participación de la  sociedad civil y las fuerzas políticas en el diseño de una visión compartida y planes estratégicos. Descentralización a través del fortalecimiento de los gobiernos locales y regionales – transferencia de funciones. Mayor eficiencia en la utilización de los recursos del estado. Revalorización de la carrera pública. Institucionalización de la evaluación de la gestión pública por resultados. Regulación de las relaciones intersectoriales   Principales acciones del proceso de modernización del estado
Democracia participativa. Presupuesto Participativo. Plan de Desarrollo Concertado. Control ciudadano. Comité de Vigilancia. Control vía Ley de Transparencia. Derechos y obligaciones del ciudadano. Obligaciones de los servidores y funcionarios del estado. Relaciones del Estado con el ciudadano
Simplificación de trámites. Funcionamiento del Estado. Estructura del Estado. Plan de acción expuesto por el Presidente de la República en reunión sostenida con los altos funcionarios del Estado en Palacio de Gobierno el 02 de marzo. Acciones para la Reforma del Estado
Simplificación de trámites Busca mejorar la calidad de atención al ciudadano.  El trámite es la “cara” del Estado al ciudadano . Funcionamiento del Estado Orientado a mejorar las “reglas de juego” de manera que sean comunes  y claras y que permitan un mayor orden  y mejor funcionamiento del Estado (Sistemas Administrativos ). Estructura del Estado Orientado a mejorar la estructura y funcionamiento con responsabilidades y reglas claras de organización y gestión que promuevan entidades ágiles y modernas Campos de acción de la reforma
Identificación de los 20 trámites más frecuentes. Silencio Administrativo Positivo. Creación de Ventanilla Única. Nueva Ley de Licencia Municipal. Mejora en la atención en los Horarios. Módulo de Atención al Ciudadano. Reforma y simplificación de los trámites
La Descentralización – Niveles de Gobierno. Nueva Ley del Ejecutivo. Fusión de los Organismos Públicos Descentralizados. Reestructurar y reorientar los Programas Sociales. Reforma de la estructura
Ajuste del SNIP (Promotor de la inversión). Impulso a la iniciativa privada. Metas anuales para medir los resultados. E- Goberment – Gobierno Electrónico. Presupuesto por Resultados – Medición del Desempeño (Indicadores). Convenio de Gestión. Presupuesto Participativo. Nuevo Enfoque del Servicio Civil. Gestión con criterios de efectividad, eficiencia y economía. Reforma del funcionamiento del estado
CENTRO INTERNACIONAL DE DOCENCIA Y DESARROLLO CIDE - PERU Criterios de  Efectividad, Eficiencia y Economía de la  Gestión Pública.
Promover la efectividad, eficiencia y economía en las operaciones y la calidad en los servicios que debe brindar cada entidad pública, se refiere a los controles internos que adopta la administración para asegurar que se ejecuten las acciones de acuerdo a estos criterios. Tales controles comprenden los procesos de planeamiento, organización, dirección y control de las operaciones en los programas, así como los sistemas de medición de rendimiento y monitoreo de las actividades ejecutadas. Efectividad / Eficiencia y Economía
ELEMENTOS DE LA ORGANIZACIÓN Accionistas Directivos Empleados Operativos Clientes Proveedores Instalaciones Maquinas/Equipos Materia Prima Productos Dinero Organización Administración Producción Comercial Tecnológico HUMANOS MATERIALES SISTÉMICOS
CENTRO INTERNACIONAL DE DOCENCIA Y DESARROLLO CIDE - PERU Efectividad tiene relación directa con el logro de los objetivos y metas programadas; la eficiencia se refiere a la relación existente entre los bienes o servicios producidos  y los recursos utilizados para producirlos en tanto que las economía se refiere a los términos y condiciones bajo los cuales se adquieren recursos físicos, financieros y humanos, en cantidad y calidad  apropiada y al menor costo posible. El control de la calidad en el sector publico debe permitir promover mejoras en las actividades que desarrollan las entidades y proporcionar mayor satisfacción, menos defectos y desperdicios, mayor productividad y menores costos en los servicios. Eficacia / Eficiencia y Logro de Objetivos
 
GRACIAS!!! DR. ADM. JORGE BRAVO TORO CONSULTOR Y DOCENTE EN GESTIÓN PÚBLICA

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Clase1

  • 1. REVISTA ABOGADOS DIPLOMADO TEMATICO EN GESTIÓN PÚBLICA Y EMPLEO PUBLICO CON MENCIÓN EN DIRECCIÓN ESTRATÉGICA
  • 2. DR. ADM. JORGE BRAVO TORO Consultor y Docente en Gestión Pública EL ESTADO – EL GOBIERNO SU ORGANIZACIÓN DIPLOMADO TEMATICO EN GESTION PÚBLICA Y EMPLEO PUBLICO CON MENCION EN DIRECCION ESTRATEGICA Lima, del 31 de Agosto al 26 de octubre de 2009 MODULO 1 EL ESTADO Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS.
  • 3. EL ESTADO EL GOBIERNO SU ORGANIZACIÓN
  • 4. ESTADO Y PODER Propiamente hablando, no existe sino un poder, pero se distinguen entre el poder de hecho y el poder de derecho. Poder de Derecho Posee la ventaja de ser ejercido en nombre de una institución, el Estado. El titular del poder es el Estado, es decir, un titular abstracto, en su nombre se exige obediencia y se obliga a un comportamiento determinado. El poder resulta dividido entre un titular, que es el Estado y los agentes a su servicio, que son los gobernantes.
  • 5. Poder de Derecho Es la energía organizadora de la vida social que asume el gobierno para asegurar el orden y crear el derecho. En el ápice del Estado se halla el orden, vale decir la facultad de gobernar, de dictar reglar a la conducta ajena El poder es inherente a la naturaleza humana y que el Estado, en un primer aspecto, es institucionalización del poder. El poder es una fuerza al servicio de una idea. Es una fuerza nacida de la voluntad social preponderante, destinada a conducir al equipo hacia un orden que estima beneficio. NATURALEZA DEL PODER
  • 6. Función de Dirección . Toda sociedad, toda actividad, toda empresa supone, necesariamente una dirección, es decir una autoridad. Función de Especialización. La sociedad se organiza en base a la división del trabajo. Funciones de Coacción. La función compulsiva – del poder es sin duda la que mas impresiona y la mas visible. FUNCIONES DEL PODER
  • 7. El Estado es sociedad mas poder, es decir una sociedad políticamente organizada. Al Estado no le advertimos en forma corpórea sino a través de sus acciones, esto es, a través de la legislación, de la administración publica, de la fuerza armada y de los símbolos. El Estado puede definirse como la colectividad humana organizada políticamente sobre un territorio. Pueblo, territorio y poder son los elementos del Estado. NATURALEZA DEL ESTADO
  • 8. La humanidad se ha organizado en Estados por que cada hombre sabe que es mas fuerte que otros, pero también es mas débil que otros. La sociedades han optado entre una situación de energía librada al abuso de los mas fuertes, y una situación de orden, un imperio de la fuerza publica que el Estado emplea para proteger a todos los asociados. Las sociedades han escogido siempre el gobierno que aseguran un orden y un programa orientado al bien común. Los componentes del bien común son la seguridad y el bienestar general. NECESIDAD DEL ESTADO
  • 9. La causa final del Estado Es el bien común, es decir el bien de la comunidad. El bien común consiste En un conjunto de condiciones sociales que favorecen las existencias y el desarrollo del hombre. Es el medio social propicio para que la persona se realice. El bien común es un orden justo con calidad de para una comunidad. FINALIDAD DEL ESTADO
  • 10. TUTELA (ESTADO GENDARME) Proteger derecho de las personas. SUPLENCIA Suplir (ejecutar) lo que la iniciativa privada no realiza (por no ser rentable). PROMOCION Promover el desarrollo económico y social para elevar los niveles de vida y reducir al mínimo las desigualdades. NATURALEZA FUNCIONAL DEL ESTADO
  • 11. Conservación del orden social. La defensa contra agresiones externas. La administración de justicia. Los servicios civiles. La promoción del desarrollo. La organización de la salubridad y los seguros sociales . La educación La regulación de las operaciones económicas. FUNCIONES PRIMORDIALES DEL ESTADO ELIMINAR LA PROSTITUCION CLANDESTINA
  • 12. La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado y se organiza según el principio de la separación de poderes. NATURALEZA DE LA REPÚBLICA
  • 13. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO CONSTITUCIÓN DE 1993 EL ESTADO PERUANO PODER LEGISLATIVO ART. 90 PODER EJECUTIVO ART. 110 PODER JUDICIAL ART. 138 El Congreso Ar. 102 Cámara Única 120 Congresistas Comisión permanente Comisiones de Trabajo El Presidente de la República Art. 111 Consejo de Ministros Art. 119 Presidente del Consejo de Ministros Ministros Art. 128 Corte Suprema Art. 141 Cortes Superiores Art. 143 Juzgados Especializados Civil Penal Trabajo Agrario Niño del adolescente mixto Juzgados de Paz letrados Juzgados de Paz
  • 14. Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior. (Art. N° 44) El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades. (Art. N° 59). DEBERES BÁSICOS DEL ESTADO
  • 15. Gestión y Función Pública
  • 16. Poder Legislativo. Poder Judicial. Poder Ejecutivo. Gobierno Regional. Gobierno Local. Organismos Autónomos. Ámbito de la gestión pública
  • 17. CONCEPTOS GENERALES La realización de actividades de gobierno y administración propias del Estado, ejecutadas a través de la organización gubernamental, genéricamente se les conoce como “Función Pública”. La realización práctica de los fines públicos supone el Estado ya constituido que desarrolla sus actividades administrativas, incluidas a las organizadas bajo la forma de “Poderes del Estado”. Estas actividades administrativas constituyen funciones del Estado efectuadas a través de la organización gubernamental y genéricamente se les conoce como “Función Pública”. Siendo el Estado la organización política que tiene la Nación para alcanzar sus fines de desarrollo, la Función Pública es el ejercicio de funciones propias del Estado, por los Funcionarios y Servidores Públicos, quienes las ejercen en nombre del Estado y al servicio de la Nación. . El concepto de Función Pública comprende a las personas que realizan las funciones del Estado. Recíprocamente el concepto de Funcionario es inseparable del de Función Pública. Naturaleza de la Función Pública
  • 18. Según la Constitución Política (Art. 39°) todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. Por lo tanto, es importante que en el ejercicio de la función pública se tenga muy presente las limitaciones y responsabilidades señaladas por la Constitución y la Ley. Constitución Política y Función Pública
  • 19. PERSONAL DEL EMPLEO PÚBLICO (Ley N° 28175) FUNCIONARIO PÚBLICO EMPLEADO DE CONFIANZA SERVIDOR PÚBLICO Directivo Superior. Ejecutivo. Especialista De apoyo. CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO - CAS Función Pública - Agentes
  • 20. El Gobierno y la Organización Sectorial
  • 21. Agricultura. Comercio Exterior y Turismo. Defensa. Economía y Finanzas. Educación. Energía y Minas. Interior. Justicia. Mujer y Desarrollo Social. Medio Ambiente. Producción. Relaciones Exteriores. Salud. Trabajo y Promoción del Empleo. Transportes y Comunicaciones. Vivienda, Construcción y Saneamiento. Sectores – gobierno nacional
  • 22. Son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas. Están confiados a los Ministros de Estado, quienes son responsables de la dirección y gestión de los asuntos públicos de su competencia. Los Ministerios y las entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas . NATURALEZA DE LOS MINISTERIOS
  • 23. Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente; Coordinar la defensa judicial de las entidades de su Sector; Realizar seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; Otras funciones que les señale la ley. FUNCIONES BÁSICAS DE LOS MINISTERIOS
  • 24. En su organización interna, toda entidad del Poder Ejecutivo aplica las siguientes normas: Las normas de organización y funciones distinguen aquellas que son sustantivas de cada entidad de aquellas que son de administración interna; y establecen la relación jerárquica de autoridad, responsabilidad y subordinación que existe entre las unidades u órganos de trabajo. Los órganos de línea ejercen las funciones sustantivas y su estructura no incluye unidades de administración interna. Realizan sus funciones coordinando con los respectivos niveles de gobierno. Son funciones de la administración interna las relacionadas con actividades tales como planeamiento, presupuesto, contabilidad, organización, recursos humanos, sistemas de información y comunicación, asesoría jurídica, gestión financiera, gestión de medios materiales y servicios auxiliares, entre otras. Los reglamentos especifican las características de cada función, su responsable y la proporción de recursos humanos asignados. Las funciones de administración interna se ejercen en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas. Están referidas a la utilización eficiente de los medios y recursos materiales, económicos y humanos que sean asignados. Todas las entidades del Poder Ejecutivo deben contar con documentos de gestión que cumplan estos criterios. NORMAS DE ORGANIZACIÓN DE ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO
  • 25. Alta Dirección. Órgano de Control Institucional. Órgano de administración Interna. Órganos de Línea. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS MINISTERIOS
  • 26. Los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público. Tienen competencias de alcance nacional. Están adscritos a un Ministerio y son de dos tipos Organismos Públicos Ejecutores Organismos Reguladores. Organismos Técnicos Especializados. ORGANISMOS PÚBLICOS – PODER EJECUTIVO
  • 27. Los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen. Sólo por excepción, la creación de un Programa conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica en una entidad. Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un período limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. Sólo se crean para atender actividades de carácter temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus actividades, en caso de ser necesario, se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia, a una entidad regional o local, según corresponda. PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES
  • 28. El Fondo Consolidado de Reservas Previsionales - FCR, y el Seguro Social de Salud - ESSALUD, constituyen entidades administradoras de fondos intangibles de la seguridad social. Están adscritos al Ministerio que corresponda conforme a la ley de la materia. Por ley ordinaria se pueden incorporar otros fondos con funciones similares a esta categoría. ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS INTANGIBLES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
  • 29. Corresponde al Poder Ejecutivo determinar el ámbito de actuación de las Empresas del Estado. La realización de actividades empresariales por parte del Gobierno Nacional debe estar formalizada a través de una forma jurídica empresarial y haber sido expresamente autorizada mediante ley ordinaria, en el marco de una economía social de mercado, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú. Las normas sobre objetivos, organización, funcionamiento, régimen económico y financiero, régimen laboral, sistemas administrativos y evaluación de las Empresas de Propiedad del Estado, que se encuentren dentro del ámbito del Gobierno Nacional, se establecen observando lo dispuesto por las normas de la actividad empresarial del Estado, según corresponda. EMPRESAS DE PROPIEDAD DEL ESTADO
  • 30. Los Sistemas son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno. Son de dos tipos: 1. Sistemas Funcionales. 2. Sistemas Administrativos. SISTEMAS
  • 31. Los Sistemas Funcionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado. El Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Funcionales. Las normas del Sistema establecen las atribuciones del Ente Rector del Sistema. Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. NATURALEZA DE LOS SISTEMAS
  • 32. Gestión de Recursos Humanos. Abastecimiento. Presupuesto Público. Tesorería. Endeudamiento Público. Contabilidad. Inversión Pública. Planeamiento Estratégico. Defensa Judicial del Estado. Control. Modernización de la Gestión Pública. Sistemas administrativos
  • 33. Programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión del proceso; Expedir las normas reglamentarias que regulan el Sistema; Mantener actualizada y sistematizada la normatividad del Sistema; Emitir opinión vinculante sobre la materia del Sistema; Capacitar y difundir la normatividad del Sistema en la Administración Pública; Llevar registros y producir información relevante de manera actualizada y oportuna; Supervisar y dar seguimiento a la aplicación de la normatividad de los procesos técnicos de los Sistemas; Promover el perfeccionamiento y simplificación permanente de los procesos técnicos del Sistema Administrativo; y, Las demás que señalen las leyes correspondientes. ATRIBUCIONES – ENTES RECTORES
  • 34. NIVELES DE GOBIERNO Y COMPETENCIAS FUNCIONALES
  • 35. Competencias del Gobierno Nacional (Poder Ejecutivo)
  • 36. Presidencia de la República. Consejo de Ministros. Presidencia del Consejo de Ministros. Los Ministerios. Entidades Públicas del Poder Ejecutivo. Marco Legal: Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. CONFORMACIÓN DEL PODER EJECUTIVO
  • 37. El Poder Ejecutivo ejerce las siguientes funciones: Reglamentar las leyes, evaluar su aplicación y supervisar su cumplimiento. Planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en conformidad con las políticas de Estado. Establecer relaciones, buscar el consenso, prestar asistencia técnica y desarrollar mecanismos de cooperación con todas las entidades de la administración pública. Implementar la coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, con énfasis en las competencias compartidas. Otras funciones que le asignen las leyes. FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO
  • 38. Es la encargada de diseñar las políticas nacionales y sectoriales. Tiene a su cargo la Defensa, Seguridad Nacional y las Fuerzas Armadas. Es la responsable de las Relaciones Exteriores, a través de la Cancillería y de las Embajadas y demás Legaciones. Tiene a su cargo el Orden Interno, Policía Nacional, de fronteras y de prevención de delitos. Dirige el Sector Justicia. Responde de los asuntos relacionados con la Moneda, Banca y Seguros. Dirige la política de tributación y de endeudamiento pública nacional. Maneja el régimen de comercio y aranceles. Conduce la regulación y gestión de la marina mercante y la aviación comercial. Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad. Es la encargada de la regulación y gestión de la infraestructura pública de alcance nacional. Otras que la ley señale conforme a la Constitución Política del Perú. COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
  • 39. Competencias de los Gobiernos Regionales
  • 40. Finalidad Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el: desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Misión La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Finalidad y misión del gobierno regional
  • 41. La gestión regional es parte de la gestión pública del Estado, lo cual implica el redimensionamiento gradual del gobierno nacional, la transferencia continua de competencias y funciones a los gobiernos regionales y locales, fortaleciendo sus capacidades e incrementando sus recursos. Naturaleza de la gestión regional
  • 42. Es competencia exclusiva del Gobierno Nacional Definir, dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales. Estas políticas se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales. Concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República. Se ejerce con criterios de orden técnico-normativo y de la forma que establece la Ley. Los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales. Corresponde al Gobierno Nacional determinar la jerarquización de los activos, empresas y proyectos por su alcance nacional, regional o local. Concordancia con las políticas nacionales y sectoriales
  • 43. Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes. Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las Municipalidades y la sociedad civil de su región. Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional. Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias. Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios. Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, agroindustria, artesanía, actividad forestal y otros sectores productivos. //: Competencias exclusivas
  • 44. Desarrollar circuitos turísticos para convertirlos en ejes de desarrollo. Concretar acuerdos y alianzas con otras regiones con el objeto de fomentar el desarrollo económico, social y ambiental. Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal. Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de demarcación territorial en su jurisdicción Promover la modernización de la pequeña y mediana empresa regional, articuladas con las tareas de educación, empleo y avances tecnológicos . Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad. Promover iniciativas legislativas. Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad. Competencias exclusivas
  • 45. Educación. Salud Pública. Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente. Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad del ambiente. Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas regionales. Difusión de la cultura y mejora de las instituciones artísticas y culturales de la región. Competitividad regional y promoción del empleo productivo en todos los niveles. Participación ciudadana conforme a la ley de la materia. Competencias COMPARTIDAS
  • 46. Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad. Las asignaciones y transferencias específicas para su funcionamiento, que se establezcan en la Ley Anual de Presupuesto. Los tributos creados por ley a su favor. Los derechos económicos que generen por las privatizaciones y concesiones que otorguen y aquellos que perciban del Gobierno Nacional. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional. Los recursos asignados por concepto de canon. El producto de sus operaciones financieras y de las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio. Bienes y rentas regionales
  • 47. Competencias del Gobierno Local (Municipalidades)
  • 48. Planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes. Normar la zonificación, urbanismo, acondicionamiento territorial y asentamientos humanos. Administrar y reglamentar los servicios públicos locales . Aprobar su organización interna y su presupuesto. Formular y aprobar el plan de desarrollo local concertado con sus habitantes. Ejecutar y supervisar la obra pública de carácter local. Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal. Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad. Proponer las iniciativas legislativas que le competan. COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
  • 49. Participación en la gestión educativa. Salud pública. Cultura, turismo, recreación y deportes. Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas de la localidad, la defensa y protección del ambiente. Seguridad Ciudadana. Conservación de monumentos arqueológicos e históricos. Transporte colectivo, circulación y tránsito urbano. Vivienda y renovación urbana. Atención y administración de programas sociales. Gestión de residuos sólidos. COMPETENCIAS COMPARTIDAS
  • 50. Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad. Los tributos creados por ley a su favor. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipales y que constituyen sus ingresos propios. Los derechos económicos que generen por las privatizaciones, concesiones y servicios que otorguen conforme a Ley. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal, que tiene carácter redistributivo, conforme a ley. Las asignaciones y transferencias específicas establecidas en la Ley Anual de Presupuesto, para atender los servicios descentralizados. Los recursos asignados por concepto de canon y rentas de aduanas. Los recursos provenientes de sus operaciones financieras y las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio. Bienes y rentas MUNICIPALES
  • 51. Consejo Nacional de la Magistratura. Ministerio Publico Defensoría del Pueblo. Jurado Nacional de Elecciones. Oficina Nacional de Procesos Electorales. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Tribunal Constitucional. Banco Central de Reserva. Contraloría General de la República. ORGANISMOS AUTÓNOMOS
  • 52. REFERENCIA: LEY Nº 27815 – LEY DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA Y D.S. Nº 033-2005-PCM Ética en el Empleo Público
  • 53. MORAL Conjunto de regulaciones que dirigen la conducta humana y que se inspira en valores pertinentes a la conducta, esto es en valores éticos. ETICA Refleja una perspectiva temporal de la sociedad sobre la conducta humana y de acuerdo a ciertos principios valorativos permiten calificar las acciones que efectúan las personas como buenas o malas EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA Los ciudadanos que ejercemos la Función Pública al servicio de la Nación, debemos tener una posición y un compromiso con el desarrollo del país, y fijar en tal razón los principios que deben orientar nuestra actuación. Ética y función pública
  • 54. Reforma del Estado
  • 55. Convertir al Estado en más eficaz y eficiente y ponerlo al servicio de la ciudadanía. Objeto de la reforma del estado
  • 56. ESTADO ACTUAL Poco flexible. Desarticulado. Ineficaz. Centralista. Mala Atención. No rinde cuentas. ESTADO MODERNO Consagrado al servicio de las personas. Ágil. Eficaz. Descentralizado. Presente. Reforma Del Estado Reforma del Estado
  • 57. La finalidad fundamental es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Finalidad del proceso de Modernización del Estado
  • 58. Lograr un Estado (Gestión Pública): Al servicio de la ciudadanía. Con canales efectivos de participación ciudadana. Descentralizado y desconcentrado. Transparente en su gestión. Con servidores públicos calificados y Fiscalmente equilibrado. Objetivo del proceso de modernización de la gestión del estado
  • 59. Priorización de la labor de desarrollo social en beneficio de los sectores menos favorecidos. Concertación con la participación de la sociedad civil y las fuerzas políticas en el diseño de una visión compartida y planes estratégicos. Descentralización a través del fortalecimiento de los gobiernos locales y regionales – transferencia de funciones. Mayor eficiencia en la utilización de los recursos del estado. Revalorización de la carrera pública. Institucionalización de la evaluación de la gestión pública por resultados. Regulación de las relaciones intersectoriales Principales acciones del proceso de modernización del estado
  • 60. Democracia participativa. Presupuesto Participativo. Plan de Desarrollo Concertado. Control ciudadano. Comité de Vigilancia. Control vía Ley de Transparencia. Derechos y obligaciones del ciudadano. Obligaciones de los servidores y funcionarios del estado. Relaciones del Estado con el ciudadano
  • 61. Simplificación de trámites. Funcionamiento del Estado. Estructura del Estado. Plan de acción expuesto por el Presidente de la República en reunión sostenida con los altos funcionarios del Estado en Palacio de Gobierno el 02 de marzo. Acciones para la Reforma del Estado
  • 62. Simplificación de trámites Busca mejorar la calidad de atención al ciudadano. El trámite es la “cara” del Estado al ciudadano . Funcionamiento del Estado Orientado a mejorar las “reglas de juego” de manera que sean comunes y claras y que permitan un mayor orden y mejor funcionamiento del Estado (Sistemas Administrativos ). Estructura del Estado Orientado a mejorar la estructura y funcionamiento con responsabilidades y reglas claras de organización y gestión que promuevan entidades ágiles y modernas Campos de acción de la reforma
  • 63. Identificación de los 20 trámites más frecuentes. Silencio Administrativo Positivo. Creación de Ventanilla Única. Nueva Ley de Licencia Municipal. Mejora en la atención en los Horarios. Módulo de Atención al Ciudadano. Reforma y simplificación de los trámites
  • 64. La Descentralización – Niveles de Gobierno. Nueva Ley del Ejecutivo. Fusión de los Organismos Públicos Descentralizados. Reestructurar y reorientar los Programas Sociales. Reforma de la estructura
  • 65. Ajuste del SNIP (Promotor de la inversión). Impulso a la iniciativa privada. Metas anuales para medir los resultados. E- Goberment – Gobierno Electrónico. Presupuesto por Resultados – Medición del Desempeño (Indicadores). Convenio de Gestión. Presupuesto Participativo. Nuevo Enfoque del Servicio Civil. Gestión con criterios de efectividad, eficiencia y economía. Reforma del funcionamiento del estado
  • 66. CENTRO INTERNACIONAL DE DOCENCIA Y DESARROLLO CIDE - PERU Criterios de Efectividad, Eficiencia y Economía de la Gestión Pública.
  • 67. Promover la efectividad, eficiencia y economía en las operaciones y la calidad en los servicios que debe brindar cada entidad pública, se refiere a los controles internos que adopta la administración para asegurar que se ejecuten las acciones de acuerdo a estos criterios. Tales controles comprenden los procesos de planeamiento, organización, dirección y control de las operaciones en los programas, así como los sistemas de medición de rendimiento y monitoreo de las actividades ejecutadas. Efectividad / Eficiencia y Economía
  • 68. ELEMENTOS DE LA ORGANIZACIÓN Accionistas Directivos Empleados Operativos Clientes Proveedores Instalaciones Maquinas/Equipos Materia Prima Productos Dinero Organización Administración Producción Comercial Tecnológico HUMANOS MATERIALES SISTÉMICOS
  • 69. CENTRO INTERNACIONAL DE DOCENCIA Y DESARROLLO CIDE - PERU Efectividad tiene relación directa con el logro de los objetivos y metas programadas; la eficiencia se refiere a la relación existente entre los bienes o servicios producidos y los recursos utilizados para producirlos en tanto que las economía se refiere a los términos y condiciones bajo los cuales se adquieren recursos físicos, financieros y humanos, en cantidad y calidad apropiada y al menor costo posible. El control de la calidad en el sector publico debe permitir promover mejoras en las actividades que desarrollan las entidades y proporcionar mayor satisfacción, menos defectos y desperdicios, mayor productividad y menores costos en los servicios. Eficacia / Eficiencia y Logro de Objetivos
  • 70.  
  • 71. GRACIAS!!! DR. ADM. JORGE BRAVO TORO CONSULTOR Y DOCENTE EN GESTIÓN PÚBLICA