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EL EXPERIMENTO: hacia un análisis fouconiano de la película

La idea del film es bien sencilla: estudiar el comportamiento de un grupo de personas cuando, en algo tan
simple como un juego, a unos se les otorga absoluto poder sobre los otros. El resultado es El
experimento (Ópera prima del debutante cineasta Oliver Hirschbiegel, basada en la novela Caja negra
de Mario Giordano). El libro está inspirado en una experiencia real llevada a cabo por el Dr. Philip
Zimbardo en la Universidad de Stanford, California, en el año 1971.
La película se inicia con un interesante aviso en el diario que solicita voluntarios para una investigación
científica. La experiencia requiere un confinamiento de 14 días y la recompensa ofrecida es interesante:
4000 marcos alemanes. Quizás el sistema de reclutamiento no se diferencia demasiado del casting de
"Gran hermano".

Aquí todo comienza en nombre de la ciencia. Objetivo de la investigación: observar y analizar el
comportamiento humano en un ambiente carcelario simulado. Duración del simulacro: dos semanas.
Materiales: 20 voluntarios. Método: formación de dos grupos de jugadores, 8 "guardianes" y 12
"prisioneros". Desarrollo: se pone en funciones a los guardias, se encierra a los prisioneros y se les indica
que sigan las órdenes, los guardianes deben mantener la disciplina y el control de la situación. Cualquiera
puede renunciar en el momento que lo desee pero el abandono del juego implica la pérdida de los 4000
marcos. Resultado: un film/experimento del que se desprende, entre otras cosas, es lo siguiente: darle un
poco de poder a una persona puede tener consecuencias insospechadas.

En el caso de la película unos hombres aparentemente ordinarios (un taxista, un quiosquero, un empleado
de aeropuerto, un administrativo, un periodista) inmersos en una situación y un esquema de relaciones de
poder extraordinarios sufren rápidas metamorfosis conductuales. El factor más aterrador del film, a mi
juicio, reside en que cualquiera de ellos -tanto victimarios como víctimas- podría ser nuestro vecino o
nuestro jefe o nuestro primo o nuestro amigo o uno de ustedes. Justamente el experimento pretende poner
a prueba la validez o no de una cierta hipótesis. Sucede que a veces la ciencia peca por ingenua ¿o por
perversa? y los hechos superan cualquier predicción posible. El alarmante proceso de alienación que se da
en ambos bandos del juego devenido tragedia excede la capacidad de contención del experimento y el
límite entre ficción y realidad desaparece como si nunca hubiese existido.

La verdadera experiencia científica de la Universidad de Stanford1

El SPE (Sanford Prison Experiment), cuyo investigador principal fue Philip G. Zimbardo, profesor de Psicología
social de la Universidad de aquella ciudad, consistió en la construcción de una cárcel simulada en Palo Alto y en el
internamiento en la misma de un grupo de voluntarios, la mitad como carceleros y la otra como presos para analizar
su comportamiento bajo dicha situación de privación de libertad. Para ello se insertó en el periódico local del
condado de Stamford un anuncio solicitando voluntarios para el experimento. En este anuncio, en el que se
establecían las bases del experimento, se especificó que los participantes en el mismo debían firmar un contrato con
Zimbardo aceptando una serie de condiciones.
Algunas de las más significativas eran las siguientes:
a) El experimento tendría una duración mínima de cinco días y máxima de dos semanas, dependiendo de diversos
factores;
b) los seleccionados percibirían una remuneración de 15 dólares diarios;
c) una vez encarcelados, los presos sólo podrían abandonar la prisión de acuerdo con los procedimientos
establecidos, y, principalmente, por razones de salud;
d) los carceleros debían organizar su trabajo en dos turnos, uno de mañana y otro de tarde;
e) Algunos de los derechos civiles fundamentales de los presos deberían ser violados;

1
 Gómez Martín Víctor: El experimento (Das Experiment) Algunas reflexiones sobre la película y el Stamford Prison
Experiment que la inspiró (documento PDF, fecha de publicación: 23 de agosto de 2006)
                                                                                                                   1
f) a los reclusos se les dispensaría alojamiento y comida adaptado a los estándares mínimos de nutrición y sanidad;
g) el preso dispondrá en todo momento de la ayuda médica y psiquiátrica que necesite;
h) el comportamiento de los participantes sería observado y analizado por medio de la realización de entrevistas e,
incluso, de tests psicotécnicos;
i) del mismo modo, la conducta de unos y otros sería captada mediante imágenes que podrían ser emitidas con fines
científicos.

Según el anuncio, el experimento pretendía someter a análisis dos problemas. El primero tenía por objeto “el
desarrollo de normas de control del comportamiento como una situación nueva; la creación de una coacción
psicológica desprovista de coacción física”. El segundo problema consistía en “la diferente percepción de la misma
situación (“la experiencia de la prisión”) por personas que son, en principio, comparables (procedentes de la misma
población) pero arbitrariamente asignadas para desempeñar roles diferentes”. El anuncio se preguntaba “¿cuál es el
poder de los niveles (como “prisioneros” o “guardias”) en el ejercicio de influencia de control del comportamiento?
¿Convertirá nuestra simulación a nuestros “prisioneros” y “guardias” simulados, en un periodo r elativamente corto
de tiempo, en hombres parecidos a los prisioneros y los guardias de las prisiones de la vida real?”; y acaba
afirmando, con orgullo, que “estos son algunas de las cuestiones que nos impulsan a invertir las considerables
cantidades de tiempo, esfuerzo y dinero que un estudio como este requiere y que deberían hacer de él una valioso
aprendizaje para todos”.

De entre más de 70 solicitantes se seleccionó a 24 estudiantes norteamericanos y canadienses de la Universidad de
Stamford, previa realización de entrevistas de diagnóstico y pruebas de personalidad a todos los solicitantes, para
descartar candidatos con problemas psicológicos, discapacidades médicas o un historial delictivo o de abuso de
drogas. Los seleccionados firmaron un documento declarando su consentimiento a participar en el experimento, así
como a no abandonarlo a lo largo de toda su duración salvo por razones justificadas de salud u otra clase.

Una vez completa la selección se dividió a los participantes seleccionados en los dos grupos antes mencionados,
carceleros y presos, de modo completamente aleatorio (lanzándose una moneda al aire), los presos fueron detenidos
por autoridades policiales simuladas y conducidos, con una venda en los ojos, a la cárcel del condado de Stamford
simulada que había sido construida para el experimento. Una vez allí, el Alcalde de la prisión les informó de su
nueva condición de reclusos en un centro penitenciario, de la gravedad de las conductas (en realidad inexistentes)
que explicaban su presencia en la cárcel, y de la necesidad de la pena que estaban a punto de empezar a cumplir,
siéndole asignado a cada uno de ellos un número de recluso y procediéndose a su efectivo internamiento en las
respectivas celdas. Por lo que respecta a los carceleros, no recibieron ninguna formación específica para el
desempeño de sus funciones carcelarias, y únicamente se puso en su conocimiento el contenido de su cometido en
la cárcel, que debía consistir, esencialmente, en el mantenimiento del orden en la prisión simulada, así como que
dicho cometido debía ser desempeñado con la máxima seriedad por los peligros inherentes al mismo. Para
mantener el orden en la cárcel, los carceleros simulados podían adoptar las medidas que considerasen oportunas,
aunque éstas no debían ser desproporcionadas.

Durante el primer día y medio de experimento, la situación en la cárcel simulada de Stanford fue de absoluta
tranquilidad, no produciéndose ninguna situación digna de ser significada desde el punto de vista psicosocial que
impulsaba el proyecto. Lo más destacado fueron las dificultades que los guardias tuvieron para asumir su rol como
sujetos con autoridad y poder de mando. Durante la mañana del segundo día de internamiento se produjo el primer
motín de los presos. Éstos, que pretendían rebelarse ante las primeras muestras de control de los guardias,
sorprendieron a éstos últimos quitándose los gorros de media y arrancándose los números que llevaban, así como
haciendo barricadas dentro de las celdas poniendo las camas contra la puerta. La situación provocó una crisis en el
seno de los carceleros, originándose una fuerte discusión entre los de un turno y los del otro sobre cuál era el grado
de dureza o indulgencia con que debían ser tratados los presos. Finalmente, los guardias decidieron poner fin a la
rebelión de los reclusos por medio de un doble mecanismo: la imposición a los presos de tareas humillantes y la
división de éstos como colectivo (principio “divide y vencerás”) mediante la concesión de privilegios a los reclusos
que demostrasen buen comportamiento.

Uno de los presos simulados, el 8612, comenzó entonces a mostrar síntomas de ansiedad, trastorno emocional
agudo, razonamiento ilógico, llanto incontrolable y ataques de ira, expresando al consultor principal del

                                                                                                                    2
experimento su voluntad de abandonar el mismo. No obstante, los investigadores principales del proyecto, en el
convencimiento de que el mencionado recluso intentaba inventar una excusa para abandonarlo injustificadamente
—nótese cómo también la dirección del experimento comenzaba a asumir una línea de razonamiento más propia de
auténticas autoridades penitenciarias—, no autorizaron al preso simulado a abandonar el experimento. El recluso
8612 interpretó esta negativa como una declaración expresa de que, en contra de lo que se les había informado, los
participantes en el experimento no podían abandonarlo a su voluntad en el momento en que lo desearan,
renunciando a su remuneración diaria, sino únicamente cuando las “autoridades” del mismo lo autorizasen
expresamente.
Esta impresión se extendió rápidamente entre los restantes presos, que dejaron de percibir el proyecto como un
experimento, un juego o un modo de conseguir dinero, y empezaron contemplarlo como una experiencia “real” en
la que ellos ya no eran presos simulados, sino “auténticos”, del mismo modo que ocurría con los carceleros o las
autoridades del experimento. A todo esto, el recluso 8612, cuyo estado psicológico iba empeorando
progresivamente, ya gritaba, maldecía y se enfurecía de tal manera que parecía que estuviese fuera de control. A la
vista de esta circunstancia, los investigadores principales del experimento decidieron poner en libertad al referido
recluso a las 48 horas de iniciarse el experimento.

Tras la liberación del recluso 8612, algunos reclusos simularon síntomas psicológicos parecidos a los que sirvieron
a aquél para obtener la libertad con la esperanza de conseguir idéntico resultado, mientras que otros decidieron
mostrar un comportamiento lo más correcto posible para evitar males mayores. Paralelamente, entre los presidiarios
empezó a circular el rumor de que los presos preparaban una huida en masa de la cárcel simulada. Según el rumor,
el plan debía consistir en lo siguiente: una vez liberado, 8612 buscaría refuerzos fuera de la cárcel para forzar la
entrada de la cárcel y liberar a los reclusos. Los carceleros pusieron el rumor en conocimiento de la dirección del
experimento, y ésta, en lugar de reaccionar como simples observadores pasivos del comportamiento humano (esto
es, como psicólogos sociales experimentales), lo hizo con preocupación por la seguridad de la cárcel, celebrándose
una reunión con el alcalde, el superintendente y uno de los tenientes principales, a fin de elaborar una estrategia
para abortar la huida. Aunque finalmente esta huida no tuvo lugar, la situación sirvió para que los carceleros
comenzasen a desconfiar seriamente de los presos, a quienes fueron tratando con creciente dureza física y
psicológica. Ello propició, a su vez, la reacción violenta de los reclusos, y la aún más violenta contrarreacción de
los guardias, de tal modo que la relación entre ambos colectivos acabó derivando en un clima de escalada máxima
que obligó a la dirección científica de la simulación a detener el experimento cuando únicamente se había
alcanzado el sexto día de experimento. En menos de una semana, 24 personas jóvenes y absolutamente sanas y
normales desde cualquier punto de vista se convirtieron, por una parte, en guardias todopoderosos y
ocasionalmente sádicos, y, por otra, en presos desvalidos e incluso, en algún caso, con síntomas de anomalías o
alteraciones psíquicas de diversa consideración.

Guía de actividades

Luego de ver la El experimento y de leer la información sobre la verdadera experiencia científica en la
que se basa el film, se propone analizar la difusa línea que tanto, en la película El experimento como en
el verdadero experimento de Stamford, separa el juego o la representación de la realidad. También se
propone reflexionar acerca de cómo a la ciencia, que es falible, pueden escapársele de las manos la
diversidad de variables que intervienen en un experimento. Para ello realizar la siguiente guía:

    1) ¿Cuáll es la hipótesis de la película? Explicarla en términos de Foucault
    2) Explicar la importancia del sistema carcelario para el modo de producción capitalista
    3) Analizar el caso real y compararlo con la película: qué hechos se respetaron y cuáles no
       (explicarlos) ¿Por qué crees que el director de la película decidió cambiar algunos hechos?
    4) De acuerdo a la hipótesis planteada en el primer punto cuál es la conclusión a la que llegas




                                                                                                                  3
RESUMEN DE CAPITULO 1 “El cuerpo de los condenados” VIGILAR Y CASTIGAR, Michel Foucault2

SUPLICIO

I. EL CUERPO DE LOS CONDENADOS

Damiens fue condenado en 1757 a “pública retractación ante la Iglesia de París”. Había cometido parricidio
(considerado contra el rey, a quien se equiparaba al padre). Fue brutalmente torturado (atenaceado,
quemado). Finalmente, se lo descuartizó. Fue una operación muy larga, y no bastando esto, fue forzoso para
desmembrar los muslos, cortarle los nervios y romperle a hachazos las coyunturas. Los restos fueron
quemados.
Foucault cita luego parte del reglamento redactado en 1838 “para la Casa de Jóvenes delincuentes de París”.
Allí transcribe diversos artículos, que reglamentan todos los detalles de la vida allí: desde a qué hora se deben
levantar los internos, pasando por cuándo ingresan al trabajo, qué es lo que hacen allí, a qué hora comen,
cuántas horas están asignadas a la enseñanza, cuándo deben ir a dónde y de qué forma, cuándo se deben lavar
las manos, y hasta la hora en que deben acostarse, quedando entonces los vigilantes haciendo la ronda por los
corredores.
He aquí un empleo del tiempo. No sancionan los mismos delitos, no castigan el mismo género de
delincuentes. Con menos de un siglo de separación, cada uno define un estilo penal
determinado. Época en que fue redistribuida, en Europa y EEUU, toda la economía del castigo. Nueva
teoría de la ley y del delito, nueva justificación moral o política del derecho de castigar. Redacción de códigos
“modernos”. Una nueva era para la justicia penal.
Señalaré una de las modificaciones: la desaparición de los suplicios. Castigos menos inmediatamente
físicos, cierta discreción en el arte de hacer sufrir, un juego de dolores más sutiles, más silenciosos. Es el
efecto de reordenaciones más profundas. En unas cuantas décadas ha desaparecido el cuerpo supliciado,
descuartizado, marcado simbólicamente en el rostro o en el hombro, expuesto vivo o muerto, ofrecido en
espectáculo. Ha desaparecido el cuerpo como blanco mayor de la represión penal.
A fines del S XVIII y comienzos del XIX, la sombría fiesta punitiva está extinguiéndose. En esta transformación
han intervenido dos procesos:
     1) La desaparición del espectáculo punitivo. El ceremonial de la pena tiende a entrar en la sombra. La
         retratación pública en Francia había sido abolida por primera vez en 1791, y reafirmada en 1837. Los
         trabajos públicos se suprimen casi en todas partes a fines del S XVIII, o en la primera mitad del XIX. La
         exposición en Francia se suprime finalmente en 1848. El castigo ha cesado poco a poco de ser
         teatro. El rito que “cerraba” el delito se hace sospechoso de mantener con él turbios parentescos: de
         habituar a los espectadores a una ferocidad de la que se les quería apartar, de mostrarles la frecuencia
         de los delitos, de emparejar al verdugo con un criminal y a los jueces con unos asesinos, de hacer del
         supliciado un objeto de compasión o de admiración. La ejecución pública se percibe ahora como un
         foro en el que se reanima la violencia. El castigo tenderá pues a convertirse en la parte más
         oculta del proceso penal. Consecuencias: abandona el dominio de la percepción casi cotidiana, para
         entrar en el de la conciencia abstracta; se pide su eficacia a su fatalidad, no a su intensidad visible; es
         la certidumbre de ser castigado y no ya el teatro abominable. Por esto, la justicia no toma sobre sí
         públicamente la parte de violencia vinculada a su ejercicio. Es la propia condena la que se
         supone que marca al delincuente con el signo negativo; publicidad, por tanto, de los debates
         y la sentencia; pero la ejecución misma es como una vergüenza suplementaria que a la justicia le
         avergüenza imponer al condenado; mantiénese a distancia, tendiendo siempre a confiarla a otros y bajo
         secreto. Es feo ser digno de castigo, pero poco glorioso es castigar. Lo esencial de la pena que los
         jueces infligimos no crean Uds. que consiste en castigar; trata de corregir, reformar, “curar”; una
         técnica del mejoramiento rechaza, en la pena, la estricta expiación del mal, y libera a los magistrados
         de la fea misión de castigar. Hay en la justicia moderna una vergüenza de castigar. Sobre esta
         herida, el psicólogo pulula así como el modesto funcionario de la ortopedia moral .
      2) La desaparición de los suplicios es, pues, el espectáculo que se borra; y es también el relajamiento
         de la acción sobre el delincuente. Se dirá: la prisión, la reclusión, los trabajos forzados, el presidio,
         la interdicción de residencia, la deportación son realmente penas “físicas”; a diferencia de la multa,
         recaen, y directamente, sobre el cuerpo. Pero la relación castigo-cuerpo no es en ellas idéntica a lo
         que era en los suplicios. El cuerpo se halla aquí como instrumento o como intermediario; si se
         interviene sobre él encerrándolo o haciéndolo trabajar, es para privar al individuo de una libertad
         considerada como un derecho y como un bien. El cuerpo queda prendido de un sistema de
         coacción y de privación, de obligaciones y de prohibiciones. El sufrimiento físico no son ya los
         elementos constitutivos de la pena. Hay una anulación del dolor.

2
    Extraído de link: http://www.psico-web.com/sociologia/foucault_vigilar_y_castigar_01.htm
                                                                                                                  4
De este doble proceso –desaparición del espectáculo, anulación del dolor– son testigos los rituales modernos de
la ejecución capital. Se acabaron los largos procesos en los que la muerte se halla a la vez aplazada
por interrupciones calculadas, y multiplicada por una serie de ataques sucesivos. La reducción de
estas “muertes” a la estricta ejecución capital define toda una nueva moral propia del acto de castigar. Ya en
1760 se había probado en Inglaterra una máquina de ahorcar, perfeccionada y adoptada definitivamente en
1783. En Francia en 1791 se establece que a todo condenado a muerte se le cortaría la cabeza, implicando una
muerte igual para todos, una solo muerte por condenado, obtenida de un solo golpe y sin recurrir a esos
suplicios prolongados y crueles. La guillotina, utilizada a partir de 1792, es el mecanismo adecuado. Procura
una muerte instantánea. Casi sin tocar el cuerpo, ésta suprime la vida, del mismo modo que la prisión quita la
libertad, o una multa descuenta bienes. Se supone que aplica la ley menos a un cuerpo real capaz de dolor, que
a un sujeto jurídico, poseedor del derecho de existir. La guillotina había de tener la abstracción de la propia ley.
Desaparece, pues, en los comienzos del S XIX, el gran espectáculo de la pena física; se disimula el
cuerpo supliciado; se excluye del castigo el aparato teatral del sufrimiento. Se entra en la era de la
sobriedad punitiva. Esta desaparición de los suplicios es conseguida alrededor de los años 1830-1848. Esta
afirmación global exige paliativos. Primero, las transformaciones no se realizan en bloque ni según un proceso
único. Ha habido demoras. Paradójicamente, Inglaterra fue uno de los países más refractarios a esta
desaparición de los suplicios.
En cuanto a la acción sobre el cuerpo, tampoco se encuentra suprimida por completo a mediados del
S XIX. La pena ha dejado de estar centrada en el suplicio, ha tomado como objeto principal la pérdida de un
bien o de un derecho. Pero un castigo como los trabajos forzados o incluso como la prisión –mera privación de
la libertad– no ha funcionado jamás sin cierto suplemento punitivo que concierne al cuerpo mismo:
racionamiento alimenticio, privación sexual, golpes, celda. La prisión ha procurado siempre cierta medida
de sufrimiento corporal. Un postulado que jamás se ha suprimido francamente: es justo que un condenado
sufra físicamente más que los otros hombres.
La atenuación de la severidad penal es un fenómeno muy conocido por los historiadores del derecho. Pero
durante mucho tiempo, se ha tomado como un fenómeno cuantitativo: menos crueldad, menos sufrimiento,
más benignidad, más respeto, más “humanidad”. Estas modificaciones van acompañadas de un
desplazamiento en el objeto mismo de la operación punitiva. Si no es ya el cuerpo el objeto, ¿cuál es? La
respuesta de los teorizantes es “Puesto que ya no es el cuerpo, es el alma.”
A la expiación que causa estragos en el cuerpo debe suceder un castigo que actúe en profundidad sobre el
corazón, el pensamiento, la voluntad, las disposiciones.




                                                                                                                  5

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El experimento

  • 1. EL EXPERIMENTO: hacia un análisis fouconiano de la película La idea del film es bien sencilla: estudiar el comportamiento de un grupo de personas cuando, en algo tan simple como un juego, a unos se les otorga absoluto poder sobre los otros. El resultado es El experimento (Ópera prima del debutante cineasta Oliver Hirschbiegel, basada en la novela Caja negra de Mario Giordano). El libro está inspirado en una experiencia real llevada a cabo por el Dr. Philip Zimbardo en la Universidad de Stanford, California, en el año 1971. La película se inicia con un interesante aviso en el diario que solicita voluntarios para una investigación científica. La experiencia requiere un confinamiento de 14 días y la recompensa ofrecida es interesante: 4000 marcos alemanes. Quizás el sistema de reclutamiento no se diferencia demasiado del casting de "Gran hermano". Aquí todo comienza en nombre de la ciencia. Objetivo de la investigación: observar y analizar el comportamiento humano en un ambiente carcelario simulado. Duración del simulacro: dos semanas. Materiales: 20 voluntarios. Método: formación de dos grupos de jugadores, 8 "guardianes" y 12 "prisioneros". Desarrollo: se pone en funciones a los guardias, se encierra a los prisioneros y se les indica que sigan las órdenes, los guardianes deben mantener la disciplina y el control de la situación. Cualquiera puede renunciar en el momento que lo desee pero el abandono del juego implica la pérdida de los 4000 marcos. Resultado: un film/experimento del que se desprende, entre otras cosas, es lo siguiente: darle un poco de poder a una persona puede tener consecuencias insospechadas. En el caso de la película unos hombres aparentemente ordinarios (un taxista, un quiosquero, un empleado de aeropuerto, un administrativo, un periodista) inmersos en una situación y un esquema de relaciones de poder extraordinarios sufren rápidas metamorfosis conductuales. El factor más aterrador del film, a mi juicio, reside en que cualquiera de ellos -tanto victimarios como víctimas- podría ser nuestro vecino o nuestro jefe o nuestro primo o nuestro amigo o uno de ustedes. Justamente el experimento pretende poner a prueba la validez o no de una cierta hipótesis. Sucede que a veces la ciencia peca por ingenua ¿o por perversa? y los hechos superan cualquier predicción posible. El alarmante proceso de alienación que se da en ambos bandos del juego devenido tragedia excede la capacidad de contención del experimento y el límite entre ficción y realidad desaparece como si nunca hubiese existido. La verdadera experiencia científica de la Universidad de Stanford1 El SPE (Sanford Prison Experiment), cuyo investigador principal fue Philip G. Zimbardo, profesor de Psicología social de la Universidad de aquella ciudad, consistió en la construcción de una cárcel simulada en Palo Alto y en el internamiento en la misma de un grupo de voluntarios, la mitad como carceleros y la otra como presos para analizar su comportamiento bajo dicha situación de privación de libertad. Para ello se insertó en el periódico local del condado de Stamford un anuncio solicitando voluntarios para el experimento. En este anuncio, en el que se establecían las bases del experimento, se especificó que los participantes en el mismo debían firmar un contrato con Zimbardo aceptando una serie de condiciones. Algunas de las más significativas eran las siguientes: a) El experimento tendría una duración mínima de cinco días y máxima de dos semanas, dependiendo de diversos factores; b) los seleccionados percibirían una remuneración de 15 dólares diarios; c) una vez encarcelados, los presos sólo podrían abandonar la prisión de acuerdo con los procedimientos establecidos, y, principalmente, por razones de salud; d) los carceleros debían organizar su trabajo en dos turnos, uno de mañana y otro de tarde; e) Algunos de los derechos civiles fundamentales de los presos deberían ser violados; 1 Gómez Martín Víctor: El experimento (Das Experiment) Algunas reflexiones sobre la película y el Stamford Prison Experiment que la inspiró (documento PDF, fecha de publicación: 23 de agosto de 2006) 1
  • 2. f) a los reclusos se les dispensaría alojamiento y comida adaptado a los estándares mínimos de nutrición y sanidad; g) el preso dispondrá en todo momento de la ayuda médica y psiquiátrica que necesite; h) el comportamiento de los participantes sería observado y analizado por medio de la realización de entrevistas e, incluso, de tests psicotécnicos; i) del mismo modo, la conducta de unos y otros sería captada mediante imágenes que podrían ser emitidas con fines científicos. Según el anuncio, el experimento pretendía someter a análisis dos problemas. El primero tenía por objeto “el desarrollo de normas de control del comportamiento como una situación nueva; la creación de una coacción psicológica desprovista de coacción física”. El segundo problema consistía en “la diferente percepción de la misma situación (“la experiencia de la prisión”) por personas que son, en principio, comparables (procedentes de la misma población) pero arbitrariamente asignadas para desempeñar roles diferentes”. El anuncio se preguntaba “¿cuál es el poder de los niveles (como “prisioneros” o “guardias”) en el ejercicio de influencia de control del comportamiento? ¿Convertirá nuestra simulación a nuestros “prisioneros” y “guardias” simulados, en un periodo r elativamente corto de tiempo, en hombres parecidos a los prisioneros y los guardias de las prisiones de la vida real?”; y acaba afirmando, con orgullo, que “estos son algunas de las cuestiones que nos impulsan a invertir las considerables cantidades de tiempo, esfuerzo y dinero que un estudio como este requiere y que deberían hacer de él una valioso aprendizaje para todos”. De entre más de 70 solicitantes se seleccionó a 24 estudiantes norteamericanos y canadienses de la Universidad de Stamford, previa realización de entrevistas de diagnóstico y pruebas de personalidad a todos los solicitantes, para descartar candidatos con problemas psicológicos, discapacidades médicas o un historial delictivo o de abuso de drogas. Los seleccionados firmaron un documento declarando su consentimiento a participar en el experimento, así como a no abandonarlo a lo largo de toda su duración salvo por razones justificadas de salud u otra clase. Una vez completa la selección se dividió a los participantes seleccionados en los dos grupos antes mencionados, carceleros y presos, de modo completamente aleatorio (lanzándose una moneda al aire), los presos fueron detenidos por autoridades policiales simuladas y conducidos, con una venda en los ojos, a la cárcel del condado de Stamford simulada que había sido construida para el experimento. Una vez allí, el Alcalde de la prisión les informó de su nueva condición de reclusos en un centro penitenciario, de la gravedad de las conductas (en realidad inexistentes) que explicaban su presencia en la cárcel, y de la necesidad de la pena que estaban a punto de empezar a cumplir, siéndole asignado a cada uno de ellos un número de recluso y procediéndose a su efectivo internamiento en las respectivas celdas. Por lo que respecta a los carceleros, no recibieron ninguna formación específica para el desempeño de sus funciones carcelarias, y únicamente se puso en su conocimiento el contenido de su cometido en la cárcel, que debía consistir, esencialmente, en el mantenimiento del orden en la prisión simulada, así como que dicho cometido debía ser desempeñado con la máxima seriedad por los peligros inherentes al mismo. Para mantener el orden en la cárcel, los carceleros simulados podían adoptar las medidas que considerasen oportunas, aunque éstas no debían ser desproporcionadas. Durante el primer día y medio de experimento, la situación en la cárcel simulada de Stanford fue de absoluta tranquilidad, no produciéndose ninguna situación digna de ser significada desde el punto de vista psicosocial que impulsaba el proyecto. Lo más destacado fueron las dificultades que los guardias tuvieron para asumir su rol como sujetos con autoridad y poder de mando. Durante la mañana del segundo día de internamiento se produjo el primer motín de los presos. Éstos, que pretendían rebelarse ante las primeras muestras de control de los guardias, sorprendieron a éstos últimos quitándose los gorros de media y arrancándose los números que llevaban, así como haciendo barricadas dentro de las celdas poniendo las camas contra la puerta. La situación provocó una crisis en el seno de los carceleros, originándose una fuerte discusión entre los de un turno y los del otro sobre cuál era el grado de dureza o indulgencia con que debían ser tratados los presos. Finalmente, los guardias decidieron poner fin a la rebelión de los reclusos por medio de un doble mecanismo: la imposición a los presos de tareas humillantes y la división de éstos como colectivo (principio “divide y vencerás”) mediante la concesión de privilegios a los reclusos que demostrasen buen comportamiento. Uno de los presos simulados, el 8612, comenzó entonces a mostrar síntomas de ansiedad, trastorno emocional agudo, razonamiento ilógico, llanto incontrolable y ataques de ira, expresando al consultor principal del 2
  • 3. experimento su voluntad de abandonar el mismo. No obstante, los investigadores principales del proyecto, en el convencimiento de que el mencionado recluso intentaba inventar una excusa para abandonarlo injustificadamente —nótese cómo también la dirección del experimento comenzaba a asumir una línea de razonamiento más propia de auténticas autoridades penitenciarias—, no autorizaron al preso simulado a abandonar el experimento. El recluso 8612 interpretó esta negativa como una declaración expresa de que, en contra de lo que se les había informado, los participantes en el experimento no podían abandonarlo a su voluntad en el momento en que lo desearan, renunciando a su remuneración diaria, sino únicamente cuando las “autoridades” del mismo lo autorizasen expresamente. Esta impresión se extendió rápidamente entre los restantes presos, que dejaron de percibir el proyecto como un experimento, un juego o un modo de conseguir dinero, y empezaron contemplarlo como una experiencia “real” en la que ellos ya no eran presos simulados, sino “auténticos”, del mismo modo que ocurría con los carceleros o las autoridades del experimento. A todo esto, el recluso 8612, cuyo estado psicológico iba empeorando progresivamente, ya gritaba, maldecía y se enfurecía de tal manera que parecía que estuviese fuera de control. A la vista de esta circunstancia, los investigadores principales del experimento decidieron poner en libertad al referido recluso a las 48 horas de iniciarse el experimento. Tras la liberación del recluso 8612, algunos reclusos simularon síntomas psicológicos parecidos a los que sirvieron a aquél para obtener la libertad con la esperanza de conseguir idéntico resultado, mientras que otros decidieron mostrar un comportamiento lo más correcto posible para evitar males mayores. Paralelamente, entre los presidiarios empezó a circular el rumor de que los presos preparaban una huida en masa de la cárcel simulada. Según el rumor, el plan debía consistir en lo siguiente: una vez liberado, 8612 buscaría refuerzos fuera de la cárcel para forzar la entrada de la cárcel y liberar a los reclusos. Los carceleros pusieron el rumor en conocimiento de la dirección del experimento, y ésta, en lugar de reaccionar como simples observadores pasivos del comportamiento humano (esto es, como psicólogos sociales experimentales), lo hizo con preocupación por la seguridad de la cárcel, celebrándose una reunión con el alcalde, el superintendente y uno de los tenientes principales, a fin de elaborar una estrategia para abortar la huida. Aunque finalmente esta huida no tuvo lugar, la situación sirvió para que los carceleros comenzasen a desconfiar seriamente de los presos, a quienes fueron tratando con creciente dureza física y psicológica. Ello propició, a su vez, la reacción violenta de los reclusos, y la aún más violenta contrarreacción de los guardias, de tal modo que la relación entre ambos colectivos acabó derivando en un clima de escalada máxima que obligó a la dirección científica de la simulación a detener el experimento cuando únicamente se había alcanzado el sexto día de experimento. En menos de una semana, 24 personas jóvenes y absolutamente sanas y normales desde cualquier punto de vista se convirtieron, por una parte, en guardias todopoderosos y ocasionalmente sádicos, y, por otra, en presos desvalidos e incluso, en algún caso, con síntomas de anomalías o alteraciones psíquicas de diversa consideración. Guía de actividades Luego de ver la El experimento y de leer la información sobre la verdadera experiencia científica en la que se basa el film, se propone analizar la difusa línea que tanto, en la película El experimento como en el verdadero experimento de Stamford, separa el juego o la representación de la realidad. También se propone reflexionar acerca de cómo a la ciencia, que es falible, pueden escapársele de las manos la diversidad de variables que intervienen en un experimento. Para ello realizar la siguiente guía: 1) ¿Cuáll es la hipótesis de la película? Explicarla en términos de Foucault 2) Explicar la importancia del sistema carcelario para el modo de producción capitalista 3) Analizar el caso real y compararlo con la película: qué hechos se respetaron y cuáles no (explicarlos) ¿Por qué crees que el director de la película decidió cambiar algunos hechos? 4) De acuerdo a la hipótesis planteada en el primer punto cuál es la conclusión a la que llegas 3
  • 4. RESUMEN DE CAPITULO 1 “El cuerpo de los condenados” VIGILAR Y CASTIGAR, Michel Foucault2 SUPLICIO I. EL CUERPO DE LOS CONDENADOS Damiens fue condenado en 1757 a “pública retractación ante la Iglesia de París”. Había cometido parricidio (considerado contra el rey, a quien se equiparaba al padre). Fue brutalmente torturado (atenaceado, quemado). Finalmente, se lo descuartizó. Fue una operación muy larga, y no bastando esto, fue forzoso para desmembrar los muslos, cortarle los nervios y romperle a hachazos las coyunturas. Los restos fueron quemados. Foucault cita luego parte del reglamento redactado en 1838 “para la Casa de Jóvenes delincuentes de París”. Allí transcribe diversos artículos, que reglamentan todos los detalles de la vida allí: desde a qué hora se deben levantar los internos, pasando por cuándo ingresan al trabajo, qué es lo que hacen allí, a qué hora comen, cuántas horas están asignadas a la enseñanza, cuándo deben ir a dónde y de qué forma, cuándo se deben lavar las manos, y hasta la hora en que deben acostarse, quedando entonces los vigilantes haciendo la ronda por los corredores. He aquí un empleo del tiempo. No sancionan los mismos delitos, no castigan el mismo género de delincuentes. Con menos de un siglo de separación, cada uno define un estilo penal determinado. Época en que fue redistribuida, en Europa y EEUU, toda la economía del castigo. Nueva teoría de la ley y del delito, nueva justificación moral o política del derecho de castigar. Redacción de códigos “modernos”. Una nueva era para la justicia penal. Señalaré una de las modificaciones: la desaparición de los suplicios. Castigos menos inmediatamente físicos, cierta discreción en el arte de hacer sufrir, un juego de dolores más sutiles, más silenciosos. Es el efecto de reordenaciones más profundas. En unas cuantas décadas ha desaparecido el cuerpo supliciado, descuartizado, marcado simbólicamente en el rostro o en el hombro, expuesto vivo o muerto, ofrecido en espectáculo. Ha desaparecido el cuerpo como blanco mayor de la represión penal. A fines del S XVIII y comienzos del XIX, la sombría fiesta punitiva está extinguiéndose. En esta transformación han intervenido dos procesos: 1) La desaparición del espectáculo punitivo. El ceremonial de la pena tiende a entrar en la sombra. La retratación pública en Francia había sido abolida por primera vez en 1791, y reafirmada en 1837. Los trabajos públicos se suprimen casi en todas partes a fines del S XVIII, o en la primera mitad del XIX. La exposición en Francia se suprime finalmente en 1848. El castigo ha cesado poco a poco de ser teatro. El rito que “cerraba” el delito se hace sospechoso de mantener con él turbios parentescos: de habituar a los espectadores a una ferocidad de la que se les quería apartar, de mostrarles la frecuencia de los delitos, de emparejar al verdugo con un criminal y a los jueces con unos asesinos, de hacer del supliciado un objeto de compasión o de admiración. La ejecución pública se percibe ahora como un foro en el que se reanima la violencia. El castigo tenderá pues a convertirse en la parte más oculta del proceso penal. Consecuencias: abandona el dominio de la percepción casi cotidiana, para entrar en el de la conciencia abstracta; se pide su eficacia a su fatalidad, no a su intensidad visible; es la certidumbre de ser castigado y no ya el teatro abominable. Por esto, la justicia no toma sobre sí públicamente la parte de violencia vinculada a su ejercicio. Es la propia condena la que se supone que marca al delincuente con el signo negativo; publicidad, por tanto, de los debates y la sentencia; pero la ejecución misma es como una vergüenza suplementaria que a la justicia le avergüenza imponer al condenado; mantiénese a distancia, tendiendo siempre a confiarla a otros y bajo secreto. Es feo ser digno de castigo, pero poco glorioso es castigar. Lo esencial de la pena que los jueces infligimos no crean Uds. que consiste en castigar; trata de corregir, reformar, “curar”; una técnica del mejoramiento rechaza, en la pena, la estricta expiación del mal, y libera a los magistrados de la fea misión de castigar. Hay en la justicia moderna una vergüenza de castigar. Sobre esta herida, el psicólogo pulula así como el modesto funcionario de la ortopedia moral . 2) La desaparición de los suplicios es, pues, el espectáculo que se borra; y es también el relajamiento de la acción sobre el delincuente. Se dirá: la prisión, la reclusión, los trabajos forzados, el presidio, la interdicción de residencia, la deportación son realmente penas “físicas”; a diferencia de la multa, recaen, y directamente, sobre el cuerpo. Pero la relación castigo-cuerpo no es en ellas idéntica a lo que era en los suplicios. El cuerpo se halla aquí como instrumento o como intermediario; si se interviene sobre él encerrándolo o haciéndolo trabajar, es para privar al individuo de una libertad considerada como un derecho y como un bien. El cuerpo queda prendido de un sistema de coacción y de privación, de obligaciones y de prohibiciones. El sufrimiento físico no son ya los elementos constitutivos de la pena. Hay una anulación del dolor. 2 Extraído de link: http://www.psico-web.com/sociologia/foucault_vigilar_y_castigar_01.htm 4
  • 5. De este doble proceso –desaparición del espectáculo, anulación del dolor– son testigos los rituales modernos de la ejecución capital. Se acabaron los largos procesos en los que la muerte se halla a la vez aplazada por interrupciones calculadas, y multiplicada por una serie de ataques sucesivos. La reducción de estas “muertes” a la estricta ejecución capital define toda una nueva moral propia del acto de castigar. Ya en 1760 se había probado en Inglaterra una máquina de ahorcar, perfeccionada y adoptada definitivamente en 1783. En Francia en 1791 se establece que a todo condenado a muerte se le cortaría la cabeza, implicando una muerte igual para todos, una solo muerte por condenado, obtenida de un solo golpe y sin recurrir a esos suplicios prolongados y crueles. La guillotina, utilizada a partir de 1792, es el mecanismo adecuado. Procura una muerte instantánea. Casi sin tocar el cuerpo, ésta suprime la vida, del mismo modo que la prisión quita la libertad, o una multa descuenta bienes. Se supone que aplica la ley menos a un cuerpo real capaz de dolor, que a un sujeto jurídico, poseedor del derecho de existir. La guillotina había de tener la abstracción de la propia ley. Desaparece, pues, en los comienzos del S XIX, el gran espectáculo de la pena física; se disimula el cuerpo supliciado; se excluye del castigo el aparato teatral del sufrimiento. Se entra en la era de la sobriedad punitiva. Esta desaparición de los suplicios es conseguida alrededor de los años 1830-1848. Esta afirmación global exige paliativos. Primero, las transformaciones no se realizan en bloque ni según un proceso único. Ha habido demoras. Paradójicamente, Inglaterra fue uno de los países más refractarios a esta desaparición de los suplicios. En cuanto a la acción sobre el cuerpo, tampoco se encuentra suprimida por completo a mediados del S XIX. La pena ha dejado de estar centrada en el suplicio, ha tomado como objeto principal la pérdida de un bien o de un derecho. Pero un castigo como los trabajos forzados o incluso como la prisión –mera privación de la libertad– no ha funcionado jamás sin cierto suplemento punitivo que concierne al cuerpo mismo: racionamiento alimenticio, privación sexual, golpes, celda. La prisión ha procurado siempre cierta medida de sufrimiento corporal. Un postulado que jamás se ha suprimido francamente: es justo que un condenado sufra físicamente más que los otros hombres. La atenuación de la severidad penal es un fenómeno muy conocido por los historiadores del derecho. Pero durante mucho tiempo, se ha tomado como un fenómeno cuantitativo: menos crueldad, menos sufrimiento, más benignidad, más respeto, más “humanidad”. Estas modificaciones van acompañadas de un desplazamiento en el objeto mismo de la operación punitiva. Si no es ya el cuerpo el objeto, ¿cuál es? La respuesta de los teorizantes es “Puesto que ya no es el cuerpo, es el alma.” A la expiación que causa estragos en el cuerpo debe suceder un castigo que actúe en profundidad sobre el corazón, el pensamiento, la voluntad, las disposiciones. 5