EVALUACIÓN
La evaluación es un proceso de medición de características del objeto a evaluar,
del hecho o situación particular ya sea de forma cualitativa o cuantitativa.

En cuanto a la evaluación educativa, esta es compleja ya que dentro de este
contexto se puede evaluar casi todo, lo cual implica enseñanzas, aprendizajes,
acción docente, contexto físico y educativo, programas, currículo, aspectos,
actitudes incluso instituciones. (Díaz 2002 p.351) Este aspecto responde al qué
evaluar.

Los docentes deben tener nociones de cómo se aprende y se enseña, lo mismo
del cómo, cuándo, porqué y para qué evaluar, ya que la evaluación es inherente a
la acción educativa. Así mismo él debe de poseer cierto grado de conocimiento
tanto teórico como práctico y más o menos preciso de estrategias, instrumentos y
técnicas para evaluar los aprendizajes de los estudiantes de acuerdo a los
diferentes momentos del proceso educativo, este aspecto es de gran importancia y
se observa que en la realidad algunos docentes tanto de nivel básico como de
nivel medio superior se les agotan rápidamente dichas estrategias y se concretan
a evaluar únicamente con un examen estandarizado que muchas veces ni siquiera
es elaborado por el docente ya que las papelería los venden de acuerdo al grado y
bimestre que se pretende evaluar.

Díaz (2002) establece que “la evaluación es una parte integral de la buena
enseñanza, y un cambio en las propuestas de enseñanza implican
necesariamente un cambio en la forma de entender y realizar la evaluación”. Sin la
actividad evaluativa no podríamos asegurarnos de que realmente ocurre un
aprendizaje, tampoco si nuestras estrategias de enseñanza están dando los
resultados deseados, del mismo modo no se tendrían argumentos para emprender
acciones de mejora en los campos de acción educativa.( p.353)

Según Martín y Coll (cit. por Díaz 2002) establecen que en         el proceso de
evaluación se toman seis aspectos fundamentales.

1.- La demarcación del objeto, situación o nivel de referencia curricular,;
identificación de los objetos a evaluar.
2.- El uso determinado de criterios para la realización de la evaluación.
3.- Sistematización mínima necesaria para la obtención de la evaluación.
4.- Una representación fidedigna del objeto de evaluación.
5.- La emisión de juicios.
6.- la toma de decisiones.
Este proceso de 6 puntos brinda una estructura al proceso educativo, para que al
llegar al punto número seis la toma de decisiones sea acertada y permita
emprender cambios de mejora continua, no se pueden omitir, ya que en caso de
ser así se pierde la fidelidad y objetividad de lo evaluado.

De acuerdo a Coll y Martín (cit. Por Díaz 2002) es importante destacar los dos
tipos de decisiones que brinda el proceso evaluación en contextos educativos.

Función Pedagógica: La función pedagógica tiene que ver con la comprensión,
regulación y mejora de la situación de enseñanza aprendizaje.

Función social: Se refiere a los usos que se dan más allá de la situación de
enseñanza y que tiene que ver con cuestiones tales como selección, promoción,
acreditación y certificación a otros.

Estas funciones son inherentes a toda evaluación educativa.

En cuanto a los momentos de evaluación educativa encontramos diversos
momentos en los que se evalúa.
.
INICIAL: También se considera diagnóstica es la que se realiza de manera única y
exclusiva de algún proceso o ciclo educativo.

CONTINUA: Durante todo el período en que se extiende el proceso de enseñanza
y aprendizaje

EVALUACIÓN FORMATIVA: En esta evaluación se intenta ante todo comprender
el funcionamiento cognitivo del alumno frente a la tarea propuesta.

SUMATIVA: También nominada evaluación final es aquella que se realiza al
termina de un proceso instruccional o ciclo educativo.

Oficialmente la Secretaria de Educación Pública emite mediante el Diario Oficial
de la Federación los siguientes documentos que establecen las normas por las
cuales se regirá la evaluación de primaria, secundaria. (SEP.1994)
ACUERDO NUMERO 200 EN EL CUAL SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE
            EVALUACIÓN EN PRIMARIA, SECUNDARIA

ARTICULO 1o.- Es obligación de los establecimientos públicos federales,
estatales y municipales, así como de los particulares con autorización, que
imparten educación primaria, secundaria y normal, en todas sus modalidades,
evaluar el aprendizaje de los educandos, entendiendo éste como la adquisición de
conocimientos y el desarrollo de habilidades, así como la formación de actitudes,
hábitos y valores señalados en los programas vigentes.

ARTICULO 2o.- La evaluación del aprendizaje se realizará a lo largo del proceso
educativo con procedimientos pedagógicos adecuados.

ARTICULO 3o.- La evaluación permanente del aprendizaje conducirá a tomar
decisiones pedagógicas oportunas para asegurar la eficiencia de la enseñanza y
del aprendizaje.

ARTICULO 4o.- La asignación de calificaciones será congruente con las
evaluaciones del aprovechamiento alcanzado por el educando respecto a los
propósitos de los programas de aprendizaje.
ARTICULO 5o.- La escala oficial de calificaciones será numérica y se asignará en
números enteros del 5 al 10.

ARTICULO 6o.- El educando aprobará una asignatura cuando obtenga un
promedio mínimo de 6.

ARTICULO 7o.- Las calificaciones parciales se asignarán en cinco momentos del
año lectivo: al final de los meses de octubre, diciembre, febrero, abril y en la última
quincena del año escolar.

El conocimiento de las calificaciones parciales por parte de los padres de familia
no limita el derecho de éstos a informarse sobre el aprovechamiento escolar de
sus hijos en el momento que lo deseen.

ARTICULO 8o.- La calificación final de cada asignatura será el promedio de las
calificaciones parciales.

ARTICULO 9o.- Las actividades de desarrollo: educación física, educación
artística y educación tecnológica se calificarán numéricamente, considerando la
regularidad en la asistencia, el interés y la disposición para el trabajo individual, de
grupo y de relación con la comunidad mostrada por el alumno.

ARTICULO 10.- Los directivos de las instituciones educativas comunicarán las
calificaciones parciales a los educandos y a los padres de familia o tutores y
promoverán la comunicación permanente entre éstos y los docentes, para atender
las necesidades que la evaluación del proceso educativo determine.

ARTICULO 11.- La promoción de grado, acreditación de estudios y regularización
de los educandos se realizará conforme a las disposiciones que en ejercicio de
sus facultades emita la Secretaría de Educación Pública. (Acuerdo 200 SEP.1994)

A este acuerdo se hacen modificaciones a los artículos 7 y 8, quedando de la
siguiente manera.(PND.2007-2012)

ARTICULO 7o.- Las calificaciones parciales se asignarán y comunicarán a los
padres y madres de familia o tutores en cinco momentos del año lectivo:

I. Durante el mes de octubre;
II. Durante el mes de diciembre;
III. Durante el mes de febrero;
IV. Durante el mes de abril y
V. Dentro de los últimos cinco días hábiles previos a la conclusión de cada ciclo
escolar.
ARTICULO 8: La calificación final de cada asignatura será el promedio de las
calificaciones parciales, la cual se asignará y comunicará dentro de los últimos
cinco días hábiles del ciclo escolar correspondiente

Es muy importante que todos los docentes conozcamos el contenido de estos
acuerdos, ya que en ellos se plasman las bases de la evaluación, sus
características y su divulgación.

La evaluación debe ser una acción consiente, con tendencias a cumplir con
propósitos bien definidos y encausadas a promover el desarrollo integral de los
estudiantes.
El uso adecuado de las estrategias y momentos de evaluación sin duda hará que
la comunidad educativa busque cada vez más la excelencia en la educación,
mientras que el estudiante piense que la evaluación es injusta y que no atiende a
su realidad este acto será obsoleto ya que las actitudes de mejora por parte de los
estudiantes estará opacada por la indiferencia y la única habilidad que desarrollará
el alumno será la habilidad para pasar exámenes.

Xóchitl García Ordaz.




Bibliografía.

Acuerdo 200 publicado en el Diario Oficial de La Federación el 19 de Septiembre
del 1994. México, D.F.

Acuerdo 499 Publicado en el Plan Anual de desarrollo 2007-2012 México, D.F.

Díaz Barriga Frida, Hernández Rojas Gerardo “Estrategias para un aprendizaje
significativo” Mc Graw Gil 2002. México D.F.

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  • 1. EVALUACIÓN La evaluación es un proceso de medición de características del objeto a evaluar, del hecho o situación particular ya sea de forma cualitativa o cuantitativa. En cuanto a la evaluación educativa, esta es compleja ya que dentro de este contexto se puede evaluar casi todo, lo cual implica enseñanzas, aprendizajes, acción docente, contexto físico y educativo, programas, currículo, aspectos, actitudes incluso instituciones. (Díaz 2002 p.351) Este aspecto responde al qué evaluar. Los docentes deben tener nociones de cómo se aprende y se enseña, lo mismo del cómo, cuándo, porqué y para qué evaluar, ya que la evaluación es inherente a la acción educativa. Así mismo él debe de poseer cierto grado de conocimiento tanto teórico como práctico y más o menos preciso de estrategias, instrumentos y técnicas para evaluar los aprendizajes de los estudiantes de acuerdo a los diferentes momentos del proceso educativo, este aspecto es de gran importancia y se observa que en la realidad algunos docentes tanto de nivel básico como de nivel medio superior se les agotan rápidamente dichas estrategias y se concretan a evaluar únicamente con un examen estandarizado que muchas veces ni siquiera es elaborado por el docente ya que las papelería los venden de acuerdo al grado y bimestre que se pretende evaluar. Díaz (2002) establece que “la evaluación es una parte integral de la buena enseñanza, y un cambio en las propuestas de enseñanza implican necesariamente un cambio en la forma de entender y realizar la evaluación”. Sin la actividad evaluativa no podríamos asegurarnos de que realmente ocurre un aprendizaje, tampoco si nuestras estrategias de enseñanza están dando los resultados deseados, del mismo modo no se tendrían argumentos para emprender acciones de mejora en los campos de acción educativa.( p.353) Según Martín y Coll (cit. por Díaz 2002) establecen que en el proceso de evaluación se toman seis aspectos fundamentales. 1.- La demarcación del objeto, situación o nivel de referencia curricular,; identificación de los objetos a evaluar. 2.- El uso determinado de criterios para la realización de la evaluación. 3.- Sistematización mínima necesaria para la obtención de la evaluación. 4.- Una representación fidedigna del objeto de evaluación. 5.- La emisión de juicios. 6.- la toma de decisiones.
  • 2. Este proceso de 6 puntos brinda una estructura al proceso educativo, para que al llegar al punto número seis la toma de decisiones sea acertada y permita emprender cambios de mejora continua, no se pueden omitir, ya que en caso de ser así se pierde la fidelidad y objetividad de lo evaluado. De acuerdo a Coll y Martín (cit. Por Díaz 2002) es importante destacar los dos tipos de decisiones que brinda el proceso evaluación en contextos educativos. Función Pedagógica: La función pedagógica tiene que ver con la comprensión, regulación y mejora de la situación de enseñanza aprendizaje. Función social: Se refiere a los usos que se dan más allá de la situación de enseñanza y que tiene que ver con cuestiones tales como selección, promoción, acreditación y certificación a otros. Estas funciones son inherentes a toda evaluación educativa. En cuanto a los momentos de evaluación educativa encontramos diversos momentos en los que se evalúa. . INICIAL: También se considera diagnóstica es la que se realiza de manera única y exclusiva de algún proceso o ciclo educativo. CONTINUA: Durante todo el período en que se extiende el proceso de enseñanza y aprendizaje EVALUACIÓN FORMATIVA: En esta evaluación se intenta ante todo comprender el funcionamiento cognitivo del alumno frente a la tarea propuesta. SUMATIVA: También nominada evaluación final es aquella que se realiza al termina de un proceso instruccional o ciclo educativo. Oficialmente la Secretaria de Educación Pública emite mediante el Diario Oficial de la Federación los siguientes documentos que establecen las normas por las cuales se regirá la evaluación de primaria, secundaria. (SEP.1994)
  • 3. ACUERDO NUMERO 200 EN EL CUAL SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE EVALUACIÓN EN PRIMARIA, SECUNDARIA ARTICULO 1o.- Es obligación de los establecimientos públicos federales, estatales y municipales, así como de los particulares con autorización, que imparten educación primaria, secundaria y normal, en todas sus modalidades, evaluar el aprendizaje de los educandos, entendiendo éste como la adquisición de conocimientos y el desarrollo de habilidades, así como la formación de actitudes, hábitos y valores señalados en los programas vigentes. ARTICULO 2o.- La evaluación del aprendizaje se realizará a lo largo del proceso educativo con procedimientos pedagógicos adecuados. ARTICULO 3o.- La evaluación permanente del aprendizaje conducirá a tomar decisiones pedagógicas oportunas para asegurar la eficiencia de la enseñanza y del aprendizaje. ARTICULO 4o.- La asignación de calificaciones será congruente con las evaluaciones del aprovechamiento alcanzado por el educando respecto a los propósitos de los programas de aprendizaje.
  • 4. ARTICULO 5o.- La escala oficial de calificaciones será numérica y se asignará en números enteros del 5 al 10. ARTICULO 6o.- El educando aprobará una asignatura cuando obtenga un promedio mínimo de 6. ARTICULO 7o.- Las calificaciones parciales se asignarán en cinco momentos del año lectivo: al final de los meses de octubre, diciembre, febrero, abril y en la última quincena del año escolar. El conocimiento de las calificaciones parciales por parte de los padres de familia no limita el derecho de éstos a informarse sobre el aprovechamiento escolar de sus hijos en el momento que lo deseen. ARTICULO 8o.- La calificación final de cada asignatura será el promedio de las calificaciones parciales. ARTICULO 9o.- Las actividades de desarrollo: educación física, educación artística y educación tecnológica se calificarán numéricamente, considerando la regularidad en la asistencia, el interés y la disposición para el trabajo individual, de grupo y de relación con la comunidad mostrada por el alumno. ARTICULO 10.- Los directivos de las instituciones educativas comunicarán las calificaciones parciales a los educandos y a los padres de familia o tutores y promoverán la comunicación permanente entre éstos y los docentes, para atender las necesidades que la evaluación del proceso educativo determine. ARTICULO 11.- La promoción de grado, acreditación de estudios y regularización de los educandos se realizará conforme a las disposiciones que en ejercicio de sus facultades emita la Secretaría de Educación Pública. (Acuerdo 200 SEP.1994) A este acuerdo se hacen modificaciones a los artículos 7 y 8, quedando de la siguiente manera.(PND.2007-2012) ARTICULO 7o.- Las calificaciones parciales se asignarán y comunicarán a los padres y madres de familia o tutores en cinco momentos del año lectivo: I. Durante el mes de octubre; II. Durante el mes de diciembre; III. Durante el mes de febrero; IV. Durante el mes de abril y V. Dentro de los últimos cinco días hábiles previos a la conclusión de cada ciclo escolar.
  • 5. ARTICULO 8: La calificación final de cada asignatura será el promedio de las calificaciones parciales, la cual se asignará y comunicará dentro de los últimos cinco días hábiles del ciclo escolar correspondiente Es muy importante que todos los docentes conozcamos el contenido de estos acuerdos, ya que en ellos se plasman las bases de la evaluación, sus características y su divulgación. La evaluación debe ser una acción consiente, con tendencias a cumplir con propósitos bien definidos y encausadas a promover el desarrollo integral de los estudiantes. El uso adecuado de las estrategias y momentos de evaluación sin duda hará que la comunidad educativa busque cada vez más la excelencia en la educación, mientras que el estudiante piense que la evaluación es injusta y que no atiende a su realidad este acto será obsoleto ya que las actitudes de mejora por parte de los estudiantes estará opacada por la indiferencia y la única habilidad que desarrollará el alumno será la habilidad para pasar exámenes. Xóchitl García Ordaz. Bibliografía. Acuerdo 200 publicado en el Diario Oficial de La Federación el 19 de Septiembre del 1994. México, D.F. Acuerdo 499 Publicado en el Plan Anual de desarrollo 2007-2012 México, D.F. Díaz Barriga Frida, Hernández Rojas Gerardo “Estrategias para un aprendizaje significativo” Mc Graw Gil 2002. México D.F.