La Corte Suprema de Justicia de Ecuador anuló la sentencia de la Corte Superior de Babahoyo en un caso de prescripción adquisitiva, argumentando que el embargo de un inmueble no interrumpe la posesión necesaria para tal prescripción. Se destacó que tanto el demandante como el demandado deben probar los hechos en disputa, y que el único hecho relevante es la fuerza probatoria de los documentos presentados. El fallo reafirma que el embargo no altera los derechos sobre la posesión que puede llevar a la usucapión.