SlideShare una empresa de Scribd logo
IVA OBJETO
IVA PRINCIPIO GENERAL PAÍS DE DESTINO GRAVA IMPORTACIONES NO GRAVA LAS EXPORTACIONES
IVA – OBJETO   4) Importación de Servicios 3)Importación Definitiva de Cosa Mueble 2)Obra Locaciones y Prestaciones  de Servicios Gravados 1)Venta de Cosa Mueble OBJETO
Subjetivo  – Realizadas por Determinados Sujetos Territorial  – La cosa mueble al momento de la enajenación debe estar situada o colocada en el país. (Art. 1 D.R) Objetivo   – Venta de Cosa Mueble ELEMENTOS   Importa transmisión de domino Transferencia a título oneroso REQUISITOS
COSA MUEBLE  ARTICULO  2.318.-  CÓDIGO CIVIL Son cosas muebles las que puedan transportarse de un lugar a  otro,  sea  moviéndose  por  sí  mismas, sea que sólo se  muevan  por  una  fuerza  externa,  con excepción de  las  que  sean  accesorias a los inmuebles
7) Cualquier otro acto que conduzca al mismo fin 6) Ventas y subastas judiciales 5) Aportes sociales 4) Adjudicación por disolución de sociedades 3) Dación en pago  ( Art. 1325 Código Civil) 2) Permuta  ( Art. 1485 Código Civil) 1) Venta  ( Art. 1323 Código Civil) ENUMERACION TAXATIVA
INMUEBLES POR ACCESIÓN La enajenación de bienes, que siendo susceptibles de tener individualidad propia, se encuentren adheridos al suelo al momento de su transferencia, en tanto tengan para el responsable el carácter de bienes de cambio .
3.-Transferencia a favor de descendientes (hijos, nietos, etc.) y/o cónyuge, cuando tanto él o los cedentes como los cesionarios sean sujetos Responsables Inscriptos en el impuesto. 2.-Las transferencias que se realicen como consecuencia de reorganización de sociedades comprendidas en el Art. 77 de la ley de ganancias. 1.-La expropiación  NO SE CONSIDERAN VENTAS
.-Las operaciones de los comisionistas o consignatarios que vendan o compren a  nombre propio  por cuenta de terceros. .- Transferencias reguladas a través de mediadores, las cuotas fijas exigibles con independencia de las efectivas entregas, se considerarán ventas. .- Desafectación de cosas muebles de la actividad gravada con destino a uso o consumo particular del o de los titulares. .- Incorporación de bienes de propia producción en los casos de locaciones y prestaciones de servicios exentos o no gravadas.  CASOS PARTICULARES
OBRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS Las  obras, locaciones y prestaciones de servicios  incluidas en el artículo 3º ( enumeración taxativa no general como en venta de cosa muebles ) Realizadas en el territorio de la Nación . No se consideran realizadas en el territorio de la Nación aquellas prestaciones efectuadas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. En el caso de  telecomunicaciones internacionales  se las entenderá realizadas en el país en la medida en que  su retribución  sea atribuible a la empresa ubicada en él.
DEFINICIÓN CÓDIGO CIVIL ARTICULO 1.493.- Habrá locación,  cuando dos partes se obliguen  recíprocamente, la una a conceder: el uso  o  goce  de  una cosa,  ( LOCACIÓN DE COSAS) o a ejecutar una obra (  LOCACIÓN DE OBRAS ) o prestar un servicio;( LOCACIÓN DE SERVICIOS) y la otra a pagar por este  uso, goce, obra o servicio un precio determinado en dinero.
A) TRABAJOS SOBRE INMUEBLES DE 3° los  trabajos  realizados directamente o a través de terceros sobre  inmueble ajeno , entendiéndose como tales las: construcciones de cualquier naturaleza,  las instalaciones -civiles, comerciales e industriales-,  las reparaciones  y los trabajos de mantenimiento y conservación. La instalación de viviendas prefabricadas se equipara a trabajos de construcción;
B) OBRA SOBRE INMUEBLES PROPIOS las obras efectuadas directamente o a través de terceros sobre inmueble propio;  DEFINICIÓN DE OBRA: Art. 4 Dto. Reg. se entenderá por obras a aquellas mejoras (construcciones, ampliaciones, instalaciones) que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes,  se encuentren sujetas a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente.
OBRA SOBRE INMUEBLE PROPIO : Exclusiones Art. 5 D.R. No se encuentran alcanzado por el impuesto : cuando por un lapso continuo o discontinuo de 3 años -desde la fecha de escrituración  o posesión, hubieran permanecido sujetas a arrendamiento, o derechos reales de usufructo, uso, habitación o anticresis.  cuando la venta la realice alguno de los integrantes de un consorcio asimilado a condominio, incluidos los casos en los que, hubiera afectado el inmueble a casa habitación durante tres años En el período fiscal en que se produzca la venta deberán reintegrarse los créditos fiscales oportunamente computados, atribuibles al bien que se transfiere.
C) Elaboración de una cosa mueble por encargo de un 3° La elaboración, construcción o fabricación de una cosa mueble -aun cuando adquiera el carácter de inmueble por accesión- por encargo de un tercero, con o sin aporte de materias primas, ya sea que la misma suponga la obtención del producto final o simplemente constituya una etapa en su elaboración, construcción, fabricación o puesta en condiciones de utilización.
SOPORTE MATERIAL Lo dispuesto en este inciso no será de aplicación en los casos en que la obligación del locador sea la prestación de  un servicio no gravado  que se concreta a través de la entrega de una cosa mueble que simplemente constituya  el soporte material  de dicha prestación. SOPORTE MATERIAL ; Condiciones que se deben cumplir concurrentemente: ( art. 6 D.R.) Que la presentación del servicio y la entrega del bien se perfeccionen en forma conjunta. que exista entre ellas una relación vinculante de orden natural, funcional, técnica o jurídica, de la que derive, necesariamente, la anexión de una a otra;  que la "cosa mueble" elaborada, constituya simplemente el soporte material de la obligación principal.
D) Obtención de bienes de la naturaleza por encargo de 3° Bienes de la Naturaleza : Forman parte constitutiva de la tierra, el agua, el aire, la fauna, la flora y los productos que directamente de ellas deriven. Obtención : El hecho de separarlo de su hábitat natural, para pasar a ser identificables como cosas muebles susceptibles de valor económico
E) ENUMERACIÓN TAXATIVA Puntos 1 a 20 – Importancia exclusion de objeto Punto 21: Generalización de la gravabilidad a los servicios CONDICIONES : TITULO ONEROSO  NO PRESTADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

Más contenido relacionado

PPT
4 Iva Nacimiento Del Hecho Imponible 2009
PPT
Iva Sujeto
PPT
4 Iva Nacimiento Del Hecho Imponible
PPT
Iva Base Imponible 2009
PPT
2 Iva Objeto
PPT
3 Sujeto
PPTX
Arrendamiento
DOC
Ley de arrendamientos inmobiliarios
4 Iva Nacimiento Del Hecho Imponible 2009
Iva Sujeto
4 Iva Nacimiento Del Hecho Imponible
Iva Base Imponible 2009
2 Iva Objeto
3 Sujeto
Arrendamiento
Ley de arrendamientos inmobiliarios

La actualidad más candente (17)

PPT
6 Ganancias Primera Categoria
PPTX
Arrendamiento de vivienda urbana
PPTX
Inquilinato modificado
DOC
PPTX
Inquilinario diapositivas
DOC
Ley 29080 Agente Inmobiliario P E R U Y Reglamento
 
PPTX
El arrendador y el arrendatario cuadro comparativo
PDF
Modelo contrato de arrendamiento de vivienda
PDF
Ley de inquilinato (actualizada 07)(1)
DOCX
Anexo al contrato de arrendamiento
DOC
Nuevo contrato-modelo-alquiler-vivienda2016
PDF
Anteproyecto ley alquiler
PDF
DOCX
Terminacion de la Relacion arrendaticia
PDF
medidas alquiler viviendas ministerio fomento
DOC
MODELO DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS DE CORRETAJE
PDF
806 instrucciones depósito fianza arrendamientos
6 Ganancias Primera Categoria
Arrendamiento de vivienda urbana
Inquilinato modificado
Inquilinario diapositivas
Ley 29080 Agente Inmobiliario P E R U Y Reglamento
 
El arrendador y el arrendatario cuadro comparativo
Modelo contrato de arrendamiento de vivienda
Ley de inquilinato (actualizada 07)(1)
Anexo al contrato de arrendamiento
Nuevo contrato-modelo-alquiler-vivienda2016
Anteproyecto ley alquiler
Terminacion de la Relacion arrendaticia
medidas alquiler viviendas ministerio fomento
MODELO DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS DE CORRETAJE
806 instrucciones depósito fianza arrendamientos
Publicidad

Destacado (9)

PPT
Venta Y Reemplazo
PPT
14 Impuestos Internos
PPT
8 Obra Sobre Inmueble Propio
PPT
Derecho Tributario 2009
PPT
Concepto de impuesto y clases de impuesto (1)
PPT
9 Debito Fiscal
PPT
1 Derecho Tributario Defiitivo
PPT
6 Iva Exenciones
PPT
10 CréDito Fiscal
Venta Y Reemplazo
14 Impuestos Internos
8 Obra Sobre Inmueble Propio
Derecho Tributario 2009
Concepto de impuesto y clases de impuesto (1)
9 Debito Fiscal
1 Derecho Tributario Defiitivo
6 Iva Exenciones
10 CréDito Fiscal
Publicidad

Similar a Iva Objeto 2009 (20)

DOCX
Dr de la ley 23.349 iva (incluye reforma ley 27.430)
PPTX
HECHO IMPONIBLE DEL IVA
PPT
Enajenación de bienes IVA
PDF
Deduccion terrenos en hoteleria
PPT
Base imponible igv
PPTX
Contratos y propiedades
PPT
Mercado inmobiliario en argentina
PPTX
RENTAS NO EMPRESARIALES IMPOSICIÓN A LA RENTA
DOCX
Ley nº 843 jcm
PPT
Arrendamiento
PPT
Arrendamiento
DOC
Ley 820 de 2003
PDF
Ley de-expropiacion-y-de-ocupacion-de-bienes-por-el-estado
PDF
Impuesto a los bienes personales argentina (resumen)
PPTX
REGIMEN FISCAL DE ENAJENACIÒN DE BIENES.pptx
PPT
Arrendamiento
PDF
PDF
Regulación inmobiliaria en Colombia
PDF
Regimen tributario.pdf
Dr de la ley 23.349 iva (incluye reforma ley 27.430)
HECHO IMPONIBLE DEL IVA
Enajenación de bienes IVA
Deduccion terrenos en hoteleria
Base imponible igv
Contratos y propiedades
Mercado inmobiliario en argentina
RENTAS NO EMPRESARIALES IMPOSICIÓN A LA RENTA
Ley nº 843 jcm
Arrendamiento
Arrendamiento
Ley 820 de 2003
Ley de-expropiacion-y-de-ocupacion-de-bienes-por-el-estado
Impuesto a los bienes personales argentina (resumen)
REGIMEN FISCAL DE ENAJENACIÒN DE BIENES.pptx
Arrendamiento
Regulación inmobiliaria en Colombia
Regimen tributario.pdf

Más de guillermofares (20)

PPT
Iva Introduccion 2009
PPT
Iva Exenciones 2009
PPT
16 Ganancias Dif De Cbio Api
PPT
14 Ganancias Desuso Vtayreemplazo Sal No Doc.
PPT
13 Gancias Deducciones Especiales Tercera Categoria
PPT
15 Ganancias Reorganizacion De Sociedades
PPT
12 Ganancias Tercera Categoria
PPT
17 Ganancias Valuacion De Inventarios
PPT
13 Costo Computable
PPT
10 Ganancias Deducciones Personales[1][1]
PPT
9 Ganancias Deducciones No Admitidas
PPT
8 Ganancias Deducciones Generales Y Especiales[1]
PPT
7 Ganancias Cuarta Categoria
PPT
11 Ganancias Justificacion Patrimonial
PPT
7 Ganancias Segunda Categoria
PPT
4 Ganancias Exenciones
PPT
4 Ganancias Sujeto
PPT
17 Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
PPT
16 Procedimiento Fiscal Determinacion De Oficio
PPT
15 Nociones De Derecho Administrativo
Iva Introduccion 2009
Iva Exenciones 2009
16 Ganancias Dif De Cbio Api
14 Ganancias Desuso Vtayreemplazo Sal No Doc.
13 Gancias Deducciones Especiales Tercera Categoria
15 Ganancias Reorganizacion De Sociedades
12 Ganancias Tercera Categoria
17 Ganancias Valuacion De Inventarios
13 Costo Computable
10 Ganancias Deducciones Personales[1][1]
9 Ganancias Deducciones No Admitidas
8 Ganancias Deducciones Generales Y Especiales[1]
7 Ganancias Cuarta Categoria
11 Ganancias Justificacion Patrimonial
7 Ganancias Segunda Categoria
4 Ganancias Exenciones
4 Ganancias Sujeto
17 Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
16 Procedimiento Fiscal Determinacion De Oficio
15 Nociones De Derecho Administrativo

Último (20)

PDF
CLASE 4.pdfkjljbjkbkjbihviuvvuuuuuuuuuuuu
PPTX
MAESTRIA TRABAJO GRUPAL N° 7.1 POLITICAS PUBLICAS.pptx
PDF
Contextualización del Sena, etapa induccion
PDF
Proceso Administrativon final.pdf total.
PDF
CV Carlos Lira Zalaquett_Agosto 2025 - Asesor Técnico Empresarial / Facilitador
PDF
EMPRENDIMIENTO, MODELO1 LEANS CANVAS.pdf
PDF
yarrownnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn.pdf
PPTX
ADMINISTRACION ESTRATEGICA planeación y estrategia
PDF
Primeros Auxilios_Enfermedades Ocupacionales.pdf
PPTX
CREACION DE MARCA EMPRESAS CONTEXTO EMPRESARIAL
PPT
equipo_de_proteccion_personal de alida met
PPT
Comercio-InternacionSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSal-UC.ppt
PPTX
EXPO ADMINISTRACION ESTRATEGICA HISTORIA Y EVOLUCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
PDF
libro de ofimatica basica, para tecnico profesional
PPTX
ASERTIVIDAD EN EL TRABAJO PARA EL MANEJO DE RRHH
PPTX
Desechos solidos especializados de hodnuras.
PPT
TEMA 5 MANUALES ADMINISTRATIVOS Temas administrativos
PPTX
ECONOMIA PLURAL para el entendimiento empresarial
PDF
Aplicaciones de muestreo y distribuciones muestrales.pdf
PPT
Teoria General de Sistemas empresariales
CLASE 4.pdfkjljbjkbkjbihviuvvuuuuuuuuuuuu
MAESTRIA TRABAJO GRUPAL N° 7.1 POLITICAS PUBLICAS.pptx
Contextualización del Sena, etapa induccion
Proceso Administrativon final.pdf total.
CV Carlos Lira Zalaquett_Agosto 2025 - Asesor Técnico Empresarial / Facilitador
EMPRENDIMIENTO, MODELO1 LEANS CANVAS.pdf
yarrownnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn.pdf
ADMINISTRACION ESTRATEGICA planeación y estrategia
Primeros Auxilios_Enfermedades Ocupacionales.pdf
CREACION DE MARCA EMPRESAS CONTEXTO EMPRESARIAL
equipo_de_proteccion_personal de alida met
Comercio-InternacionSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSal-UC.ppt
EXPO ADMINISTRACION ESTRATEGICA HISTORIA Y EVOLUCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
libro de ofimatica basica, para tecnico profesional
ASERTIVIDAD EN EL TRABAJO PARA EL MANEJO DE RRHH
Desechos solidos especializados de hodnuras.
TEMA 5 MANUALES ADMINISTRATIVOS Temas administrativos
ECONOMIA PLURAL para el entendimiento empresarial
Aplicaciones de muestreo y distribuciones muestrales.pdf
Teoria General de Sistemas empresariales

Iva Objeto 2009

  • 2. IVA PRINCIPIO GENERAL PAÍS DE DESTINO GRAVA IMPORTACIONES NO GRAVA LAS EXPORTACIONES
  • 3. IVA – OBJETO 4) Importación de Servicios 3)Importación Definitiva de Cosa Mueble 2)Obra Locaciones y Prestaciones de Servicios Gravados 1)Venta de Cosa Mueble OBJETO
  • 4. Subjetivo – Realizadas por Determinados Sujetos Territorial – La cosa mueble al momento de la enajenación debe estar situada o colocada en el país. (Art. 1 D.R) Objetivo – Venta de Cosa Mueble ELEMENTOS Importa transmisión de domino Transferencia a título oneroso REQUISITOS
  • 5. COSA MUEBLE ARTICULO 2.318.- CÓDIGO CIVIL Son cosas muebles las que puedan transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose por sí mismas, sea que sólo se muevan por una fuerza externa, con excepción de las que sean accesorias a los inmuebles
  • 6. 7) Cualquier otro acto que conduzca al mismo fin 6) Ventas y subastas judiciales 5) Aportes sociales 4) Adjudicación por disolución de sociedades 3) Dación en pago ( Art. 1325 Código Civil) 2) Permuta ( Art. 1485 Código Civil) 1) Venta ( Art. 1323 Código Civil) ENUMERACION TAXATIVA
  • 7. INMUEBLES POR ACCESIÓN La enajenación de bienes, que siendo susceptibles de tener individualidad propia, se encuentren adheridos al suelo al momento de su transferencia, en tanto tengan para el responsable el carácter de bienes de cambio .
  • 8. 3.-Transferencia a favor de descendientes (hijos, nietos, etc.) y/o cónyuge, cuando tanto él o los cedentes como los cesionarios sean sujetos Responsables Inscriptos en el impuesto. 2.-Las transferencias que se realicen como consecuencia de reorganización de sociedades comprendidas en el Art. 77 de la ley de ganancias. 1.-La expropiación NO SE CONSIDERAN VENTAS
  • 9. .-Las operaciones de los comisionistas o consignatarios que vendan o compren a nombre propio por cuenta de terceros. .- Transferencias reguladas a través de mediadores, las cuotas fijas exigibles con independencia de las efectivas entregas, se considerarán ventas. .- Desafectación de cosas muebles de la actividad gravada con destino a uso o consumo particular del o de los titulares. .- Incorporación de bienes de propia producción en los casos de locaciones y prestaciones de servicios exentos o no gravadas. CASOS PARTICULARES
  • 10. OBRAS LOCACIONES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS Las obras, locaciones y prestaciones de servicios incluidas en el artículo 3º ( enumeración taxativa no general como en venta de cosa muebles ) Realizadas en el territorio de la Nación . No se consideran realizadas en el territorio de la Nación aquellas prestaciones efectuadas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. En el caso de telecomunicaciones internacionales se las entenderá realizadas en el país en la medida en que su retribución sea atribuible a la empresa ubicada en él.
  • 11. DEFINICIÓN CÓDIGO CIVIL ARTICULO 1.493.- Habrá locación, cuando dos partes se obliguen recíprocamente, la una a conceder: el uso o goce de una cosa, ( LOCACIÓN DE COSAS) o a ejecutar una obra ( LOCACIÓN DE OBRAS ) o prestar un servicio;( LOCACIÓN DE SERVICIOS) y la otra a pagar por este uso, goce, obra o servicio un precio determinado en dinero.
  • 12. A) TRABAJOS SOBRE INMUEBLES DE 3° los trabajos realizados directamente o a través de terceros sobre inmueble ajeno , entendiéndose como tales las: construcciones de cualquier naturaleza, las instalaciones -civiles, comerciales e industriales-, las reparaciones y los trabajos de mantenimiento y conservación. La instalación de viviendas prefabricadas se equipara a trabajos de construcción;
  • 13. B) OBRA SOBRE INMUEBLES PROPIOS las obras efectuadas directamente o a través de terceros sobre inmueble propio; DEFINICIÓN DE OBRA: Art. 4 Dto. Reg. se entenderá por obras a aquellas mejoras (construcciones, ampliaciones, instalaciones) que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentren sujetas a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente.
  • 14. OBRA SOBRE INMUEBLE PROPIO : Exclusiones Art. 5 D.R. No se encuentran alcanzado por el impuesto : cuando por un lapso continuo o discontinuo de 3 años -desde la fecha de escrituración o posesión, hubieran permanecido sujetas a arrendamiento, o derechos reales de usufructo, uso, habitación o anticresis. cuando la venta la realice alguno de los integrantes de un consorcio asimilado a condominio, incluidos los casos en los que, hubiera afectado el inmueble a casa habitación durante tres años En el período fiscal en que se produzca la venta deberán reintegrarse los créditos fiscales oportunamente computados, atribuibles al bien que se transfiere.
  • 15. C) Elaboración de una cosa mueble por encargo de un 3° La elaboración, construcción o fabricación de una cosa mueble -aun cuando adquiera el carácter de inmueble por accesión- por encargo de un tercero, con o sin aporte de materias primas, ya sea que la misma suponga la obtención del producto final o simplemente constituya una etapa en su elaboración, construcción, fabricación o puesta en condiciones de utilización.
  • 16. SOPORTE MATERIAL Lo dispuesto en este inciso no será de aplicación en los casos en que la obligación del locador sea la prestación de un servicio no gravado que se concreta a través de la entrega de una cosa mueble que simplemente constituya el soporte material de dicha prestación. SOPORTE MATERIAL ; Condiciones que se deben cumplir concurrentemente: ( art. 6 D.R.) Que la presentación del servicio y la entrega del bien se perfeccionen en forma conjunta. que exista entre ellas una relación vinculante de orden natural, funcional, técnica o jurídica, de la que derive, necesariamente, la anexión de una a otra; que la "cosa mueble" elaborada, constituya simplemente el soporte material de la obligación principal.
  • 17. D) Obtención de bienes de la naturaleza por encargo de 3° Bienes de la Naturaleza : Forman parte constitutiva de la tierra, el agua, el aire, la fauna, la flora y los productos que directamente de ellas deriven. Obtención : El hecho de separarlo de su hábitat natural, para pasar a ser identificables como cosas muebles susceptibles de valor económico
  • 18. E) ENUMERACIÓN TAXATIVA Puntos 1 a 20 – Importancia exclusion de objeto Punto 21: Generalización de la gravabilidad a los servicios CONDICIONES : TITULO ONEROSO NO PRESTADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA