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Los dominios
en Internet
Los dominios
en Internet
Edita:
Anetcom
Creación de contenidos:
Filmac Centre, S.L.
Coordinación:
José Luis Colvée
Revisión:
Inmaculada Elum
Juan Antonio Pardo
Diseño, Composición e impresión:
Filmac Centre, S.L.
Depósito legal:
V-2708-2004
Prólogo
1. Qué es un dominio
1.1. Sistema de nombres de dominio (DNS)
2. Tipos de dominios
2.1. Estructura de un dominio
2.2. Dominios de primer nivel
Dominios genéricos
Dominios geográficos
2.3. Dominios de segundo nivel
2.4. Subdominios
2.5. Nuevos dominios genéricos
2.6. Dominios de tercer nivel
3. Los dominios desde el punto de vista del marketing
3.1. ¿Por qué un dominio propio?
3.2. Elección del nombre de dominio
3.3. Requisitos que debe cumplir un nombre
de dominio
3.4. Promoción
4. Normativa sobre asignación de dominios
“.com”, “.org”, “.net”
5. Normativa sobre dominios “.es”
5.1. Normas, usos, derechos y obligaciones
5.2. Nuevo plan de dominios
Índice
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13
13
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16
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25
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27
28
4
5.3. Quién puede solicitar los dominios
Personas físicas
Organizaciones
Dominios de 3er nivel
5.4. Qué se puede solicitar
Normas de sintaxis
Disposiciones comunes
Prohibiciones
Solicitud de dominios de 2º nivel
Solicitud de dominios de 3er nivel
5.5. Denegación del dominio “.es”
6. Registro de dominios
6.1. Agentes registradores
6.2. Pasos a seguir
6.3. Constancia en el Registro correspondiente
del nombre de dominio
7. Después del registro
7.1. Gestión del dominio
7.2. Servicios web y cuentas de correo
7.3. Renovación
8. Recursos y enlaces útiles
8.1. Número de dominios “.com”, “.net”, “.org”, “. info, “.biz”
8.2 Número total de dominios registrados
8.3 Número de IPs distribuidas por países
8.4 Registros de dominios en la Unión Europea
8.5 Dominios “.es” registrados en los últimos años
8.6 Dominios activos de tercer nivel en España
8.7 Evolucion de usuarios de internet en España
9. “25 Preguntas básicas sobre dominios”
10. Fuentes y enlaces útiles
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31
35
37
37
39
43
43
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51
53
61
Los dominios en internet
Los dominios en internet
La Sociedad Tecnológica y del Conocimiento, y la consiguiente capaci-
dad para interactuar y relacionarse a través de los nuevos medios tecno-
lógicos que caracterizan esta nueva era, llamada Era Internet, ha abierto
nuevas posibilidades de acceder a contenidos, informaciones y conoci-
mientos antes impensables. Qué duda cabe, que la rapidez e inmediatez
en la consulta y acceso al conocimiento que alberga la Red se configura
como un activo fundamental en el funcionamiento ordinario de cual-
quier organización.
No obstante, la presencia en Internet de una cantidad ingente de conte-
nidos, exige de sus usuarios la utilización de técnicas e instrumentos que
faciliten las tareas de localización y búsqueda, objetivo al que esta guía
pretende contribuir. La importancia para el navegante que se adentra en
el océano de Internet de disponer de unos conocimientos que le permi-
tan orientarse, explica la gran utilidad de publicaciones como ésta.
El uso más inteligente de Internet que favorece esta publicación de “Los
dominios en Internet” confluye, por otra parte, con muchas de las accio-
nes que desde el Gobierno Valenciano se están desarrollando a través de
la iniciativa, recientemente presentada, de AVANTIC para consolidar las
telecomunicaciones avanzadas y la Sociedad Tecnológica y del
Conocimiento en la Comunidad Valenciana.
Por otra parte, los datos del último Infobarómetro empresarial publicado,
que elabora la unidad Cevalsi —el Centro Valenciano para la Sociedad
de la Información—, describen un tejido económico valenciano en el
que la utilización de las nuevas tecnologías es realmente importante y
significativa. De hecho, el número de empresas conectadas a Internet
asciende a un 71% y de éstas alrededor de un 51’5% lo hacen acce-
7
Prólogo
diendo a la red mediante tecnologías ADSL. Internet se ha configurado
como un elemento imprescindible de cualquier negocio, bien para ofre-
cer sus servicios —más de un 60 % de ellos disponen de página web—,
bien como canal de interrelación con el cliente o la administración.
Todo ello, nos muestra una sociedad emprendedora, la valenciana, en
permanente adaptación, que avanza y que ha asumido los retos plantea-
dos por el cambio tecnológico de la última década.
La importancia adquirida por estas tecnologías de la información y de las
comunicaciones, exige maximizar las potencialidades de su uso y apro-
vechar eficientemente los recursos que ponen a nuestro alcance.
Éste es el reto inmediato, no sólo universalizar Internet como un instru-
mento ordinario de trabajo en la Sociedad Tecnológica y del
Conocimiento, si no aprender a utilizar este nuevo canal de manera más
inteligente y a ello coadyuva, sin duda alguna, iniciativas como ésta.
Blanca Martínez de Vallejo Fuster
Secretaria Autonómica de Telecomunicaciones
y Sociedad de la Información
8
Los dominios en internet
Los dominios en internet
Un dominio es una dirección de Internet. Para visitar una web tecleamos
una dirección a través del navegador (por ejemplo: www.anetcom.es). El
conjunto de caracteres que compone dicha dirección sirve para identifi-
car este sitio concreto de la Red, o lo que es lo mismo, la máquina o
grupo de máquinas en las que reside o se aloja esta web.
La característica más importante de un nombre de dominio es que es
único. Este sistema no permite que dos personas u organizaciones tengan
simultáneamente el mismo nombre de dominio.
1.1 Sistema de nombres de dominio
En realidad, las máquinas en Internet se identifican mediante un número
único que recibe el nombre de dirección IP (siglas de ‘Internet Protocol’,
Protocolo de Internet). Para hacernos una idea, un ejemplo de dirección
IP puede ser 223.142.1.90. De esta forma, el navegador localiza el ser-
vidor en el que se encuentra la página que buscamos.
Dado que las direcciones IP no resultan fáciles de recordar para los usua-
rios, se creó un sistema de nombres, que asocia a estas direcciones unos
caracteres de texto, normalmente dos palabras separadas por un punto.
La palabra de la izquierda es más específica y la de la derecha más gené-
rica (“.com”, “.es”, etc.). Los dominios fueron creados para sustituir las
direcciones IP por palabras, que siempre resultan más fáciles de recordar.
Por eso, se dice que un dominio es una forma sencilla de localizar un
ordenador en Internet.
11
1. Qué es un dominio
Los servidores DNS (siglas de ‘Domain Name System’, Sistema de
Nombres de Dominio) son los ordenadores encargados de traducir la
dirección que tecleamos en nuestro navegador (dirección por nombre) en
una dirección IP (dirección numérica), que es la de la máquina en la que
se encuentra.
Este Sistema de Nombres de Dominio (DNS) reúne una serie de protoco-
los y servicios que permiten a los usuarios utilizar estos nombres, en vez
de tener que recordar direcciones IP.
Técnicamente, el DNS es una inmensa base de datos distribuida jerár-
quicamente por Internet. Los servidores DNS conectados a Internet for-
man una red que interactúa entre sí para manejar toda la información
sobre todos los dominios del mundo.
12
13
2.1 Estructura de un dominio
Un dominio se compone de varios elementos con el carácter “.” (punto)
como separador. Las palabras que componen el nombre de un dominio
responden a una jerarquía. Los componentes de primer nivel o de primer
orden son los que van situados más a la derecha en el nombre del domi-
nio. A su izquierda encontramos el dominio de segundo nivel y, en algu-
nos casos, tercer nivel.
Ejemplo: www.anetcom.es
• www: siglas de ‘World Wide Web’, telaraña mundial.
Determina que estamos en Internet.
• anetcom: dominio de segundo nivel.
• es: dominio de primer nivel.
2.2 Dominios de primer nivel
Existen unas terminaciones para cada dominio que indican el ámbito al que
se accede cuando se visita una web. Los dominios de primer nivel indican
la actividad a la que pertenecen, determinan el carácter de la entidad o su
ubicación geográfica. Se llaman así porque reflejan el nivel más elevado de
categorización de un nombre en Internet. Dentro del sistema de nombres
de dominio, el primer nivel ocupa el eslabón más alto dentro de la jerar-
quía que ofrece la Red. Existen dos grupos: genéricos y geográficos.
Dominios genéricos
Son dominios que se conceden en el ámbito internacional, para empre-
2. Tipos de dominio
sas y personas de todo el mundo, y que no tienen vinculación territorial.
Se conocen también como internacionales o globales.
.com
Para empresas y para cualquier web que tenga carácter comercial. Estos
dominios se han hecho muy populares y, en realidad, se utilizan hoy en día
casi para cualquier tipo de propósito. En un primer momento, el “.com”
estuvo destinado para las empresas y compañías de Estados Unidos.
.net
Destinado para entidades u organizaciones relacionadas con Internet,
por ejemplo un proveedor de servicios. Con el tiempo también se ha con-
vertido en una opción válida para cualquier tipo de fin.
.org
Utilizan este dominio organizaciones, asociaciones, fundaciones y
demás entidades con fines benéficos o sin ánimo de lucro.
.gov
Para las páginas del gobierno de los Estados Unidos.
.edu
Reservado para las instituciones relativas a la educación.
.mil
Se utiliza para instituciones militares de los Estados Unidos.
.int
Reservado para organismos que pertenezcan a la Unión Internacional de
Telecomunicaciones. En este caso pueden encontrarse organizaciones
establecidas por tratados internacionales entre gobiernos, como las
Naciones Unidas.
Dominios geográficos
También llamados territoriales. Con una extensión de dos letras, son los
que corresponden al código territorial de cada país. Estos dominios, ges-
14
15
tionados por la correspondiente autoridad de asignación, están restringi-
dos a aquellas empresas que desarrollan su actividad y están registradas
en un país concreto.
Unos cuantos ejemplos de los muchos dominios geográficos que existen son:
.es España
.de Alemania
.fr Francia
.pt Portugal
.it Italia
.uk Reino Unido
.us Estados Unidos
.jp Japón
Estos dominios territoriales son en ocasiones objeto de largas batallas
políticas y a veces dan lugar a situaciones curiosas. Un buen ejemplo es
el de Tuvalu, una ex colonia británica, independiente desde finales de los
años 70, situada en la Polinesia y formada por centenares de islas. Con
un índice bajísimo de conexiones a Internet, Tuvalu consiguió el domi-
nio “.tv”. A través de un acuerdo, que mejorará las condiciones de vida
de sus 10.000 habitantes, Tuvalu cedió los derechos del nombre de domi-
nio a una firma norteamericana que ha organizado un dominio exclusi-
vo (.tv) para cadenas y empresas de televisión.
2.3 Dominios de segundo nivel
Se llama así al nombre que va inmediatamente a la izquierda del domi-
nio de primer nivel (como por ejemplo “.com”, “.es”, “.fr”...). Como ya
hemos visto, en www.anetcom.es, sería “anetcom”. Cualquier nombre
registrado bajo una extensión de primer nivel como las anteriormente
citadas es un dominio de segundo nivel.
Como en el ejemplo que nos ocupa, los dominios de segundo nivel sue-
len centrarse en el nombre, sigla o abreviatura del nombre de la organi-
zación, institución, asociación, empresa o particular dueño del dominio.
Los nombres de dominio están sujetos a diversas condiciones en su
estructura. En el caso de estar bajo “.com”, “.org” o “.net” las normas
administrativas son mínimas. En el caso de los dominios territoriales, por
ejemplo el “.es”, la normativa suele ser más exigente. Todo ello lo vere-
mos con detalle más adelante.
2.4 Subdominios
Una vez que tenemos asignado un dominio, puede interesarnos aprove-
charlo para desarrollar otras direcciones. Por ejemplo, supongamos que
disponemos del dominio “empresa.com” delegado en un determinado
DNS. A partir de ahí, podríamos crear la dirección “ventas.empresa.com”
con un objetivo más concreto. Este dominio de tercer nivel es lo que se
conoce como subdominio. En esta dirección, “ventas” sería el subdomi-
nio y “empresa.com” el dominio. El subdominio es el segmento que
queda más a la izquierda de una dirección web, y que suele indicar una
subdivisión dentro de una empresa u organización.
Como se puede ver, las posibilidades de marca, después de adquirir el
dominio, son flexibles y muy útiles en cuanto a la imagen.
2.5 Nuevos dominios genéricos
En el año 2000, la comisión que se encarga de gestionar la administra-
ción de dominios, ICANN (‘Internet Corporation for Assigned Names and
Numbers’, Corporación para la Asignación de Nombres y Números en
Internet), aprobó la creación de siete nuevos dominios genéricos, con el
objetivo de descongestionar Internet y ofrecer alternativas a los millones
de dominios .com que existen.
.biz
Destinado para los negocios. Probablemente, es el que recibirá un volu-
men de registros mayor. Es una abreviación anglosajona de business.
16
17
.info
Para los websites informativos. En principio, el significado parece un
poco menos genérico que “.biz” o “.com”.
.name
Se le reserva un uso específico, de carácter personal. Está reservado a los
individuos, que podrán reservar su nombre con la estructura
“minombre.miapellido.name”, ej: (antonio.perez.name). El tercer nivel,
correspondiente al nombre de pila, es exclusivo del titular, pero el segun-
do nivel, correspondiente a los apellidos, es compartido con todos los
que ostenten dicho apellido.
.pro
Para profesionales de determinadas categorías, agrupados en subdomi-
nios: inicialmente serán “.med.pro” (médicos), “.law.pro” (abogados),
etc. En el tercer nivel estará el nombre del profesional en cuestión que
deberá acreditar su pertenencia al colegio u organización profesional
correspondiente.
.coop
Este dominio está restringido a las cooperativas. El nombre de dominio
debe ser necesariamente el de la cooperativa.
.aero
Este dominio, también restringido, se destina a la industria de los servi-
cios aéreos: compañías aéreas, compañías aeronáuticas, aeropuertos y
servicios aéreos.
.museum
Este dominio sólo puede utilizarlo la comunidad de museos.
2.6 Dominios de tercer nivel
Se llama así al nombre que va inmediatamente a la izquierda del domi-
nio de segundo nivel. Ejemplo: www.internautas.org.es
18
Cualquier nombre de dominio registrado bajo un dominio de segundo
nivel (como por ejemplo “.org.es”, “.com.es”, “.co.uk”), sería un domi-
nio de tercer nivel.
19
En realidad, no se necesita tener un sitio web para poseer uno o más
nombres de dominio. Usted puede reservar un dominio y utilizarlo cuan-
do quiera, así podrá adelantarse a su competencia. El registro es anual y
renovable, e implica el pago de una cuota.
Para hacernos una idea de la cantidad de dominios que existen en
Internet, puede servir el dato de que el 93% de las palabras inglesas ya
están registradas. En español, aunque es menor, se está incrementando
notablemente el porcentaje de palabras registradas.
3.1 ¿Por qué un dominio propio?
Para su empresa siempre será beneficioso tener su propia marca en
Internet, disponer de un dominio propio.
Un dominio propio ayuda a crear identidad, promueve la imagen del
producto, servicio o empresa en Internet y le da un valor adicional. La
web de su negocio tendrá un nombre equiparable al de otras grandes
empresas y proyectos en Internet. Así, en este sentido al menos, estare-
mos al mismo nivel que los mejores en un medio que cuenta con una
audiencia potencial de millones de clientes.
Entenderá rápidamente la importancia de tener su propio dominio si se
para a pensar que su web, localizada a través de dicho dominio, puede
actuar como escaparate y convertirse en el sitio donde clientes de todo
el mundo puedan, en primer lugar, informarse sobre sus productos, e
incluso comprarlos, si su empresa ha decidido que ésa es la estrategia.
3. Los dominios desde el punto
de vista del marketing
Debe quedar claro que el hecho de utilizar Internet no implica necesa-
riamente realizar una actividad comercial.
Tenga en cuenta que cuando un usuario encuentra, a través de un bus-
cador, una dirección que tiene su propio dominio (por ejemplo
www.viajes.com), suele pensar que se trata de un sitio que ofrece infor-
mación muy completa sobre el tema que busca.
Si pensamos en una empresa que se propone utilizar Internet como
medio de promoción (circunstancia que cada vez es más frecuente), las
diferencias saltan a la vista si comparamos una dirección del tipo:
www.suempresa.com con esta otra
www.proveedordeinternet.com/empresas/locales/nombredeempresa
Otra ventaja importante de tener un dominio propio es que la web de
nuestra empresa estará siempre localizable aunque cambiemos de pro-
veedor. Imagine las consecuencias (pérdida y desorientación de clientes,
etc.) que puede tener un cambio de dirección web o de correo electró-
nico para cualquier empresa.
3.2 Elección del nombre de dominio
Escoger bien el nombre de dominio puede ser determinante para el éxito
en Internet de nuestra empresa.
Aunque pueda parecer muy sencillo, en muchas ocasiones no lo es tanto.
La lógica lleva a pensar que con usar el nombre de la empresa basta,
pero puede ocurrir que exista otra empresa con el mismo nombre que ya
se nos haya adelantado.
Sin embargo, puede haber más factores que desaconsejen la utilización
del nombre de su empresa. Si pensamos en una empresa de proyección
internacional, lo más lógico es utilizar el nombre de empresa como nom-
bre de dominio. Pero si se trata de una nueva empresa o si su ámbito de
actuación está restringido a una zona geográfica, un nombre que descri-
20
21
ba su producto o servicio puede ser más recomendable. Es cuestión de
estudiarlo y escoger la mejor opción, según la estrategia empresarial y el
modelo de negocio.
También, dependiendo de las características de su negocio, puede inte-
resarle utilizar el nombre de dominio para crear ‘branding’ (imagen de
marca). Es decir, que su empresa, servicios o productos queden asocia-
dos a una determinada idea. Ejemplo: “rentabilidad.com“
También hay empresas que diversifican y potencian su presencia virtual
utilizando su propio nombre y, a la vez, presentando en Internet también
los de sus productos, registrando los dominios correspondientes.
Si su empresa se plantea un proyecto serio en la Red, surgirá rápidamen-
te la necesidad de darse a conocer para conseguir o ampliar clientela. Si
hemos sido capaces de conseguir un buen dominio, tenemos bastantes
posibilidades de ser visitados y de ser recordados por los usuarios. Con
un buen dominio la inversión publicitaria no se elimina, pero puede
reducirse considerablemente.
En general, el nombre de dominio debe ser el que mejor identifique a su
empresa. El mejor dominio es aquel que describe una empresa, marca,
actividad, producto o servicio en pocas palabras. Debe ser fácil de
recordar por los usuarios, lo que le puede reportar muchas ventajas. Así
que es preferible que sea corto y fácilmente comprensible.
Un nombre de dominio será menos efectivo cuanto más complicado sea.
Por ello, no es recomendable incluir guiones ni números, y mucho
menos combinarlos.
3.3 Requisitos que debe cumplir un nombre de dominio
Aunque ya hemos adelantado algunos de ellos, veamos ahora cuáles son
los aspectos más importantes que usted debe tener en cuenta a la hora
de poner nombre a su dominio:
1. Fácil de recordar.
Volvamos al ejemplo anterior: www.suempresa.com frente a
www.proveedordeinternet.com/empresas/locales/nombredeempresa.
Suponiendo una igualdad de calidad en la presentación de los conteni-
dos y diseño, si hemos tenido la oportunidad de entrar en ambas direc-
ciones, ¿cuál tiene más probabilidades de que la volvamos a visitar?
Evidentemente, la más fácil de recordar. Tenga en cuenta que muchas
veces sus clientes no dispondrán del nombre escrito y tendrán que valer-
se de su memoria. Además, en la medida de lo posible, procure que su
nombre no se pueda confundir fácilmente con otro.
2. Fácil de escribir.
Como ya hemos señalado en un apartado anterior, evite números, guiones
y símbolos que puedan provocar confusión. Uno de los problemas típicos
a los que se enfrentan todos los días las empresas en Internet son los erro-
res al teclear por parte del usuario. Los juegos de palabras ingeniosos,
audaces o sorprendentes, que en un primer momento pueden llamar la
atención (por ejemplo, un dominio figurado tipo “to2amigosdto2.com”),
a la larga no suelen resultar efectivos, ya que los usuarios acaban por con-
fundir u olvidar la forma correcta en la que deben escribir la dirección,
mucho más si se emplean guiones y números.
La brevedad y la sencillez son imprescindibles. Cuantos menos caracte-
res tenga un nombre de dominio, aparte de ser mucho más fácil de recor-
dar, también será mucho más cómodo y rápido de escribir en su teclado.
La prueba del éxito de la concisión en Internet es que la inmensa mayo-
ría de los nombres de dominio de dos o tres letras ya están registrados.
3. Relacionado con su actividad.
Este requisito también influirá en que su web sea más recordada. Así con-
seguirá que el usuario asocie directamente a su empresa con alguna acti-
vidad o servicio, siempre que la marca no sea ya lo suficientemente
conocida, claro está.
4. Con sentido.
Diferentes estudios han demostrado que las palabras con significado, en
22
23
un dominio, se recuerdan mucho más que las que no lo tienen.
Evidentemente, después entran en juego otros factores como las grandes
inversiones publicitarias, que pueden popularizar nombres en principio
sin sentido, como por ejemplo, Yahoo.
5. Elegir “.com”, “.es”, “.net”...
Lo primero que debe plantearse a la hora de decidir la extensión del
dominio de su empresa es cuál de ellos se adapta mejor a su mercado.
La extensión estándar, hoy por hoy la más solicitada, es el .com, pero si
su empresa no opera a nivel internacional puede interesarle pensar en los
dominios territoriales bajo los cuales nos enmarcamos: en nuestro caso,
el “.es”. Dependiendo de la naturaleza de su actividad, también puede
plantearse el “.net” y el “.org”. Por otra parte, hemos hablado anterior-
mente de los nuevos dominios que, aunque todavía no están demasiado
extendidos, prometen dar juego en un futuro no muy lejano.
6. Cuidado con las connotaciones.
Es muy importante asegurarnos de que el dominio elegido no tiene con-
notaciones negativas asociadas que puedan perjudicar a la empresa o
compañía. Si nuestro ámbito de actuación es internacional, tenemos que
asegurarnos también de que esto tampoco sucede con ninguna de las
lenguas que consideremos indispensables para el negocio.
7. Visión de futuro.
Como en el resto de cosas, su empresa debe introducirse en Internet con
visión de futuro y debe emplear su dominio para incrementar su cartera
de productos, ganar clientes, ampliar o diversificar el negocio.
8. Aprenda de los demás.
Es recomendable sondear a personas introducidas en el segmento de mer-
cado al que se dirigirá la marca, sobre todo si tienen alguna experiencia.
Las conclusiones que saque de ello le ayudarán a mejorar y a modificar
errores. También, como casi siempre, es conveniente examinar a la com-
petencia y hacer un análisis de los dominios que tienen las empresas que
trabajan en su mismo sector. Sin duda, esto también le aportará ideas.
3.4 Promoción
En cuanto disponga de un dominio propio, su empresa debe procurar
promocionarlo. Existen empresas especializadas a las que puede recurrir.
Algunas formas de dar a conocer la dirección de su web pueden ser:
En cuanto a los medios tradicionales:
• Tanto la dirección web o el dominio de nuestra empresa como nuestra
dirección de correo electrónico deben figurar en el membrete de papel
de nuestro negocio, en los sobres, carpetas, tarjetas y todo el material de
comunicación de nuestra empresa.
• Enviar correos promocionales.
• Anunciarla en diversas publicaciones tradicionales.
En cuanto al medio digital, no debemos olvidar:
• Poner la dirección web en la firma de nuestros correos electrónicos.
• Anunciar su puesta en marcha mediante un e-mailing.
• Registrar nuestra página en buscadores y directorios especializados.
• Intercambiar links y banners con otras webs que traten la misma temática.
24
La normativa de asignación de dominios de primer nivel “.com”, “.net” y
“.org” se establece a través de un organismo internacional, llamado
ICANN, ‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’,
Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet
(http://www.icann.org).
En otras palabras, la ICANN es la organización sin ánimo de lucro res-
ponsable a escala mundial de los nombres genéricos y direcciones
numéricas de Internet. Se ocupa de asignar el espacio de direcciones
numéricas de protocolo de Internet (IP), identificadores de protocolo y de
las funciones de gestión o administración del sistema de nombres de
dominio de primer nivel genéricos y de códigos de países, así como de
la administración del sistema de servidores raíz.
Los dominios “.com”, “.net” y “.org”, los dominios básicos en Internet,
están disponibles para cualquier empresa o particular que realice nego-
cios a través de Internet.
Los dominios bajo “.com”, al igual que otros dominios genéricos (“.net”,
“.org”, “.info” o “.biz”) se conceden internacionalmente por diferentes
registradores repartidos por todo el mundo, existiendo muy pocas reglas
de asignación.
Sin embargo, existen unas normas básicas para la aceptación de un
dominio de estas características:
• El nombre debe estar constituido únicamente por letras del alfabeto
inglés (por ejemplo, la “ñ” no es válida), números y guiones. Cualquier
otro tipo de carácter, incluyendo espacios, subrayados, acentos, puntos y
25
4. Normativa sobre asignación de
dominios “.com”, “.org”, “.net”
comas, no es válido. El dominio no puede empezar ni terminar en guión.
• La longitud máxima del nombre es de 22 caracteres y la mínima de dos.
ICANN se encarga también de la resolución de conflictos en la asignación
de nombres de dominio. Como decíamos, cualquier particular, empresa o
institución puede registrar un nombre de dominio. Así, puede imaginarse
que los conflictos de intereses entre compañías y personas físicas son fre-
cuentes. El registro de un nombre, generalmente el de una marca comer-
cial, con el propósito de vender posteriormente el dominio a una deter-
minada entidad, ha determinado la elaboración de protocolos y organis-
mos internacionales como la ICANN para la resolución de conflictos.
La ICANN solicitó a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
(OMPI, ‘WIPO’ en inglés, organismo de Naciones Unidas con sede en
Ginebra, integrado por más de 170 países), dedicada a la protección de
la propiedad intelectual tanto de personas físicas como de empresas, que
se ocupara de elaborar una propuesta para instaurar un sistema de reso-
lución de conflictos relacionados con los dominios.
De esta manera, la ICANN aprobó en 1999 una política que liberaba a
los registradores de la responsabilidad en la resolución de disputas, y
permitía iniciar un proceso de arbitraje dirigido a revocar una inscripción
de nombre de dominio cuando se determine que ésta ha sido abusiva.
La ICANN se basa desde entonces en las definiciones de registro abusi-
vo de nombres de dominio señaladas por la OMPI. La organización con-
sidera que el demandante ha de probar que el dominio sea idéntico o
similar a una marca comercial, que el titular del dominio no tiene dere-
chos o intereses legítimos respecto a él y que se ha registrado el dominio
y es usado de mala fe.
La normativa sobre la resolución de conflictos se encuentra disponible en
la dirección http://www.icann.org/udrp/udrp.htm. Por otra parte, el ser-
vicio que presta el centro de arbitraje y mediación de la OMPI puede
consultarse en http://arbiter.wipo.int/domains/index-es.html.
26
Los dominios geográficos, de código de país, son utilizados por las orga-
nizaciones y empresas que desean establecerse en Internet o que quieren
proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país con-
creto. Hay aproximadamente 230 dominios territoriales, los que la
ICANN utiliza basándose en el listado de estados elaborado por la ONU.
El dominio “.es” se rige, además de por las normas de la ICANN, por la
normativa específica creada por el Parlamento español para dicho domi-
nio. La Administración Pública, a través de Red.es (http://www.red.es),
se encarga de asignar el dominio “.es”, para lo cual es imprescindible la
vinculación del solicitante con España. Esta entidad está adscrita al
Ministerio de Ciencia y Tecnología, y las posibles reclamaciones las ges-
tiona la Secretaría General de Telecomunicaciones. Red.es tiene la
misión genérica de promoción de la Sociedad de la Información. Entre
otras misiones específicas, la legislación española ha encomendado a
Red.es la gestión del Registro de nombres de dominio bajo “.es”. El
Departamento de Red.es que se hace cargo de gestionar el Registro del
“.es” es el ESNIC (http://www.nic.es).
Existe una serie de reglas que garantizan la seguridad en la asignación de
los dominios “.es”, evitando la ocupación de dominios con fines espe-
culativos, y por tanto, dando una mayor seguridad al usuario.
5.1 Normas, usos, derechos y obligaciones
• La asignación de un nombre de dominio permite al beneficiario utilizarlo
para identificar su web y sus cuentas de correo electrónico. Sobre esta misma
27
5. Normativa sobre dominios “.es”
figura recae la responsabilidad del uso del nombre del dominio, sobre todo
en lo que afecta al respeto de la propiedad intelectual e industrial.
• La normativa marca que un usuario no puede ceder o vender un nom-
bre de dominio. Sólo en determinados casos de sucesión o en los de
cesión de marca o nombre comercial podrá transferir este dominio.
• Los usuarios que tengan un nombre de dominio asignado deberán infor-
mar a Red.es de todas las modificaciones que se produzcan en sus datos.
5.2 Nuevo plan de dominios
El Plan Nacional de nombres de dominio en Internet bajo “.es”, aproba-
do por Orden CTE/662/2003, de 18 de marzo, recoge los requisitos y las
condiciones necesarias para la asignación y la gestión de los nombres
registrados bajo el dominio “.es”. Entre las principales novedades que
presenta el Plan Nacional de nombres de dominio, se encuentran:
• La flexibilización en la asignación de dominios de segundo nivel.
• La posibilidad de registrar nombres de dominio de tercer nivel bajo los
indicativos “.com.es”, “.nom.es”, “.org.es”, “.gob.es” y “.edu.es”.
• La aparición de la figura del Agente Registrador.
Los nombres de dominio de tercer nivel “.com.es”, “.nom.es” y “.org.es”
se asignarán mediante otorgamiento automático. Sin embargo, en los
casos “.gob.es” y “.edu.es” se precisará de verificación previa del cum-
plimiento de los requisitos establecidos por el Plan.
En algunos casos se podrán solicitar nombres de dominio sin sujeción a
las normas establecidas siempre que se trate de casos de notable interés
público. Son los denominados “nombres de dominio especiales” y para
poder tramitarlos se debe acompañar a la solicitud una memoria expli-
cativa que detalle la naturaleza, fines, contenidos, servicios, y otros por-
menores relativos a la utilización que se vaya a hacer de este dominio.
28
29
5.3 ¿Quién puede solicitar un dominio “.es”?
• Pueden solicitar un dominio “.es” las personas físicas españolas o
extranjeras que residan legalmente en España, las entidades con o sin
personalidad jurídica constituidas conforme a la legislación española y
las primeras sucursales, debidamente inscritas en el Registro Mercantil,
de sociedades extranjeras legalmente constituidas.
• Pueden solicitar un dominio “.es” los Órganos Constitucionales, el
Defensor del Pueblo, el Consejo de Estado y el Tribunal de Cuentas, las
Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público
con personalidad jurídica propia, así como los Departamentos
Ministeriales y Consejerías de las Comunidades Autónomas.
• Las embajadas y consulados extranjeros debidamente acreditados en
España, así como las organizaciones internacionales a las que España
pertenezca o las entidades resultantes de acuerdos o convenios interna-
cionales suscritos por España.
Personas físicas
Una persona física puede solicitar la asignación de los siguientes nom-
bres de dominios:
• Nombre y apellidos, tal como figuren en su DNI o tarjeta de residen-
cia hasta un máximo de 60 caracteres. Ejemplo: “julianmartinezrubio.es”
• Los nombres comerciales o marcas registradas de las que sean titulares
o licenciatarios. En este caso se encontraría una persona que ha consti-
tuido una sociedad limitada S.L. y por tanto es socio y administrador
único. Ejemplo: “distribucionesurbano.es”
• Cuando ejerzan una profesión u oficio, podrán solicitar también la
asignación como nombre de dominio de su nombre y al menos un ape-
llido, de su apellido o apellidos, del nombre de su establecimiento o de
cualquier otro nombre o denominación similar con la que resulten cono-
cidos en el tráfico mercantil. Ejemplo: “hermanossanchez.es”
Organizaciones
Respecto a las organizaciones, la normativa permite registrar:
• El nombre completo de la organización. No es obligatoria la inclusión
de la indicación o abreviatura de su forma social.
• Un nombre abreviado del nombre completo de la organización que la
identifique de forma inequívoca.
• Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que sean titulares
y que se encuentren legalmente registrados en la Oficina Española de
Patentes y Marcas, en la Oficina de Armonización del Mercado Interior o
en la Oficina Internacional de la Propiedad Intelectual, siempre que, en
este último caso, la marca internacional sea eficaz en España.
• Las denominaciones de origen cuando quien solicite su asignación sea
su Consejo Regulador.
Solicitud de dominios de tercer nivel “.es”
Veamos los diferentes casos:
.com.es
Es posible solicitar un nombre de dominio de tercer nivel “.com.es” para
las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad que man-
tengan vínculos con España.
.org.es
Podrán solicitarlo las entidades, instituciones o colectivos, con o sin perso-
nalidad jurídica y sin ánimo de lucro, que mantengan vínculos con España.
.gob.es
Se permite solicitarlo a las Administraciones Públicas españolas y las
entidades de Derecho Público de ella dependientes.
.edu.es
Podrán solicitarlo las entidades, las instituciones o colectivos, con o sin
30
31
personalidad jurídica, que gocen de reconocimiento oficial y realicen
actividades relacionadas con la enseñanza o la investigación en España
.nom.es
Se permite solicitarlo a las personas físicas que mantengan vínculos con
España.
5.4 ¿Qué se puede solicitar?
ESNIC, autoridad competente para la gestión del registro de dominios .es,
integrada en la Entidad Pública Empresarial Red.es, adscrita al Ministerio
de Ciencia y Tecnología, establece una serie de condiciones para el regis-
tro de nombres de dominio “.es”:
• De sintaxis
• Disposiciones comunes
• Prohibiciones
Normas de sintaxis
• Los caracteres válidos admitidos dentro de un nombre de dominio son
las letras de los alfabetos de las lenguas españolas, los dígitos del 0 al 9
y el guión. No se permiten letras acentuadas, tampoco eñes, subrayados
ni guiones bajos.
• El nombre de dominio no puede comenzar ni terminar con guión.
• Los cuatro primeros caracteres del nombre de dominio no podrán ser
“xn- -“. Con esta norma se evita que se puedan registrar dominios con un
guión en tercer y cuarto lugar, y la utilización de dichas letras seguidas
en los dos primeros.
• La longitud mínima para un dominio de segundo nivel será de tres
caracteres y para un dominio de tercer nivel de dos caracteres.
• La longitud máxima admitida para los dominios de segundo y tercer
nivel es de 63 caracteres, aunque lo más recomendable es que el máxi-
mo sea de 24 caracteres, por motivos prácticos.
Disposiciones comunes
• Se podrá denegar la asignación de un nombre de dominio cuando
genere un riesgo de confusión evidente para los usuarios.
• No se asignarán nombres de dominio que incluyan términos o expre-
siones que resulten contrarios a la Ley, a la moral o al orden público ni
aquellos que puedan vulnerar el derecho al nombre de las personas físi-
cas, atentar contra el derecho al honor, a la intimidad o al buen nombre,
o cuando pudieran dar lugar a la comisión de un delito o falta tipificado
en el Código Penal.
• No está permitido asignar nombres de dominio que coincidan con
nombres de protocolos, aplicaciones y terminología de Internet.
Ejemplos: “www” o “ftp”.
Prohibiciones
• No está permitido registrar ningún nombre de dominio que coincida
con un dominio de primer nivel: “.com”, “.es”, “.org”, “.mil”, etc.
• Aunque la normativa establece algunos matices, un nombre de domi-
nio no puede componerse exclusivamente de un topónimo o del gentili-
cio de un país, territorio o continente. No sería posible registrar
“rioja.es”, por ejemplo.
• Un nombre de dominio “.es” tampoco puede componerse de términos
genéricos, de su abreviatura o de una combinación de ellos. Por ejem-
plo, no podría registrarse “zapato.es”, “gato.es”, “fernandez.es”, etc.
• No pueden registrarse nombres de dominio que se asocien de forma
pública y notoria a otra organización, marca o nombre comercial distin-
tos de los del solicitante del dominio o que puedan provocar confusión
con ellos. El nombre a registrar debe tener una asociación directa con el
32
33
nombre de la empresa registrante o con una marca registrada en la
Oficina de Patentes y Marcas. Asimismo, puede ser una abreviatura que
se relacione directamente con el nombre de la empresa.
• Tampoco pueden coincidir con nombres propios o apellidos, salvo cuan-
do coincida con el nombre y apellidos de la persona física que solicite el
nombre de dominio tal como figuren en su DNI o tarjeta de residencia, o
se corresponda literalmente con una marca o nombre comercial registra-
do a nombre de la organización o persona física solicitante del dominio.
• Actualmente, no pueden asignarse nombres de dominio bajo el código
de país correspondiente a España que contengan letras no incluidas en el
alfabeto inglés. Ejemplo: letra “ñ”.
Solicitud de dominios de segundo nivel
A continuación vamos a ver qué dominios de segundo nivel puede usted
solicitar en el caso del “.es”:
• Como empresa
• Como particular
• Como Administración
Como empresa
• El nombre completo de la organización, tal y como aparece en su
norma de creación.
• Un nombre abreviado de la organización que la identifique de forma
inequívoca.
•Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que sean titulares o
licenciatarios y que se encuentren registrados en la Oficina Española de
Patentes y Marcas o en la Oficina de Armonización del Mercado Interior.
Como particular
• El nombre y apellidos del solicitante, tal y como figuren en su DNI o tar-
jeta de residencia, hasta un máximo de 60 caracteres (el nombre de domi-
nio debe estar formado por al menos un nombre y el primer apellido).
• Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que usted sea titular
o licenciatario y que se encuentren registrados en la Oficina Española de
Patentes y Marcas o en la Oficina de Armonización del Mercado Interior.
• Si usted es un profesional y desea registrar un nombre de dominio en el
que figure su profesión, puede hacerlo solicitando un nombre de dominio
en el aparezca su profesión o negocio y el nombre del profesional sepa-
rados por un guión. Ejemplo: “abogado-domingofernandez.es”
Como Administración
• El nombre completo de la organización, tal y como aparece en su
norma de creación.
• Un nombre abreviado de la organización que la identifique de forma
inequívoca.
• Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que sean titulares o
licenciatarios y que se encuentren registrados en la Oficina Española de
Patentes y Marcas o en la Oficina de Armonización del Mercado Interior.
• Podrá asignarse un topónimo a la Administración Pública territorial que
lo solicite siempre que este topónimo la identifique de forma inequívoca
y que se comprometa a utilizarlo para facilitar o permitir la presencia en
Internet de aquellas instituciones, entidades y colectivos en general que
estén vinculados a su territorio.
• Las denominaciones de origen a través de su Consejo Regulador,
podrán solicitar el nombre de dominio correspondiente. En caso de coin-
cidir el nombre de dominio con un topónimo, dicho nombre deberá ser
cualificado con el producto que corresponda a dicha denominación.
• Los topónimos correspondientes a los espacios naturales protegidos
únicamente podrán asignarse a los respectivos organismos gestores que
así lo soliciten.
34
35
• Las embajadas y consulados extranjeros debidamente acreditados en
España, así como las organizaciones internacionales a las que España
pertenezca o las entidades resultantes de acuerdos o convenios interna-
cionales, podrán solicitar los nombres de países o territorios respectivos.
Solicitud de dominios de tercer nivel
El público en general podrá solicitar nombres escogidos con entera liber-
tad bajo los indicativos “.com.es”, “.nom.es” y “.org.es”, con la condi-
ción de que respeten las normas habituales de sintaxis. Así, por ejemplo,
podrán solicitarse apodos, nombres inventados, etc.
Con independencia de que se puedan solicitar dominios de tercer nivel
bajo los indicativos “.com.es”, “.nom.es” y “.org.es”, los Organismos
Públicos y Entidades e Instituciones relacionadas con la Enseñanza o la
Investigación en España tienen la posibilidad de solicitar dominios de ter-
cer nivel bajo “.gob.es” y “.edu.es”, respectivamente.
5.5 Denegación del dominio “.es”
En caso de no aceptación de un dominio “.es” se podrán formular ale-
gaciones mediante los mecanismos previstos en el sistema de gestión de
dominios, en un plazo de diez días naturales.
En caso de no presentar alegaciones en el tiempo señalado, la propuesta
devendrá como Resolución administrativa, contra la cual podrá interpo-
nerse recurso ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es,
en el plazo de un mes.
Los dominios en internet
Registrar un dominio consiste en adquirir la propiedad de uso de dicho
nombre en Internet. Para ello es necesario dirigirse a una de las entida-
des registradoras acreditadas.
Existe un organismo encargado de regular el registro de los dominios a
nivel mundial: NIC (‘Network Information Center’, Centro de
Información de la Red). Indica para qué se utiliza cada dominio, quién
está autorizado a registrarlo, y quién puede ser el registrador.
6.1 Agentes registradores
Hace sólo cinco años, el monopolio para realizar el registro de dominios
lo poseía una empresa llamada Network Solutions. El mercado se libera-
lizó en 1999 y se produjo la proliferación de numerosas empresas regis-
tradoras de dominios. En torno a estas empresas trabajan bastantes inter-
mediarios, por lo que encontrar un registrador cercano es fácil. Existen
bastantes empresas españolas que registran dominios “.com”, “.org” y
“.net”. Por otra parte, hoy en día hay más de 20 agentes registradores acre-
ditados por Red.es, que pueden tramitar la solicitud de un registro “.es”.
En la dirección http://www.icann.org/registrars/accredited-list.html se
encuentra un listado de los diferentes agentes registradores acreditados
ante ICANN (‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’,
Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet).
Una vez que una empresa tiene claro qué nombre de dominio va a regis-
trar, una buena estrategia para proteger su imagen en Internet es reservar
37
6. Registro de dominios
varios dominios genéricos, por ejemplo, “.com”, “.net”, “.org” y el domi-
nio territorial correspondiente a su país. Por supuesto, si una empresa
posee sucursales en distintos países, puede realizar el registro en sus
correspondientes dominios geográficos. También puede proceder a reser-
var aquellos nombres que tengan una significación comercial estratégica
para su empresa.
El registro de dominios “.es” se hace a través de ES-NIC (‘Network
Information Center’, Centro de Información de la Red), autoridad com-
petente para la gestión del registro de dominios “.es”, integrada en la
Entidad Pública Empresarial Red.es. Como ya hemos visto, esta entidad
tiene asignada, entre otras funciones, la gestión del registro de nombres
de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España
“.es”. Dicha gestión incluye todas las funciones relacionadas con la tra-
mitación de solicitudes y asignación de dominios de acuerdo con la nor-
mativa correspondiente. Asimismo, también se encarga de la realización
de las funciones técnicas necesarias para garantizar el correcto funcio-
namiento del sistema de dominios en España y en la red global de
Internet, participando en los organismos internacionales que coordinan
la gestión del sistema de nombres de dominio.
En caso de dudas sobre el registro, la autoridad competente para la ges-
tión del Registro de nombres de dominio “.es”, ES-NIC (‘Network
Information Center’, Centro de Información de la Red) dispone de un
teléfono al que los usuarios interesados pueden dirigirse: 902 010 755.
También pueden remitir sus consultas mediante el formulario de la sec-
ción Consultas o enviando un mensaje a la dirección es-nic@nic.es.
En lo que concierne a los dominios “.es”, los agentes registradores son
entidades que tienen como cometido asesorar a sus clientes y actuar por
cuenta de éstos ante el registro de nombres de dominio bajo “.es”. Estos
agentes se ocupan de todas aquellas actividades relacionadas con la soli-
citud de nuevos nombres de dominio y con la gestión de los nombres ya
asignados, de acuerdo con los requisitos y condiciones que establece la
Autoridad de Asignación, Red.es.
En el caso de los dominios “.com”, “.net” y “.org” los requisitos y condi-
ciones a cumplir son los que establece la ICANN.
38
39
Entre las tareas de los agentes registradores se encuentran las de asesorar
en materia de nombres de dominio a sus clientes, actuar en representa-
ción de éstos en cuanto a la tramitación y gestión, y pagar las tarifas rela-
tivas a la asignación y mantenimiento de los nombres de dominio de los
que son beneficiarios sus clientes.
6.2 Pasos a seguir para registrar un dominio
Veamos cuáles son los pasos a seguir a partir de la toma de contacto con
alguno de estos agentes registradores:
1. El primer paso, absolutamente necesario, es verificar si el dominio que
se quiere solicitar está disponible. Para ello, la mayoría de agentes regis-
tradores habilitan un servicio en su web que permite la consulta.
2. Después de comprobar que el nombre de dominio que se busca está
libre, se debe completar el formulario que encontrará en las páginas de
su agente registrador para cursar la solicitud. Deberá indicar los datos
que se le pidan.
3. El último paso será enviar dicha solicitud.
Para registrar un dominio se debe pagar una cuota. Cuando registramos
un nombre de dominio, debemos elegir el período de tiempo por el que
lo queremos hacer. Y si se desea conservar el dominio por más tiempo,
unos días antes de su vencimiento, se deberá renovar.
Las modalidades de pago pueden variar según el agente registrador o la moda-
lidad del dominio: tarjeta de crédito, transferencia, domiciliación bancaria...
Existen unos costes relacionados que son destinados al NIC (‘Network
Information Center’, Centro de Información de la Red). En el caso de los
dominios “.com”, “.net” y “.org”, existe un coste fijo de registro. Esta tasa
permite mantener el dominio durante 1 año. Posteriormente hay que
pagar una cantidad por año para seguir manteniendo el nombre.
Si el proceso de contratación ha sido correcto, su dominio debería estar
activo antes de 72 horas.
En el caso del “.es”, según Nic.es, las solicitudes de nombres de dominio
de segundo nivel se están tramitando en un plazo que oscila entre las 24
y 48 horas desde la recepción de las mismas.
Si usted va a contratar los servicios de ‘hosting’ (alojamiento de la web)
a algún proveedor, puede ser aconsejable que sea éste el encargado de
efectuar el registro del dominio. En este caso siempre debe asegurarse de
que los datos del propietario del dominio son los suyos, aunque la
empresa que realice la gestión pueda figurar como contacto técnico.
6.3 Constancia en el Registro correspondiente del nombre
de dominio
En lo que se refiere a la legislación española, el artículo 9 de la Ley
34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información
y de Comercio Electrónico establece que: “Los prestadores de servicios
de la Sociedad de la Información establecidos en España deberán comu-
nicar al Registro Mercantil en el que se encuentren inscritos, o a aquel
otro registro público en el que lo estuvieran para la adquisición de per-
sonalidad jurídica o a los solos efectos de publicidad, al menos, un
nombre de dominio o dirección de Internet que, en su caso, utilicen
para su identificación en Internet, así como todo acto de sustitución o
cancelación de los mismos, salvo que dicha información conste ya en el
correspondiente registro”.
Una vez concedido el nombre de dominio, éste deberá comunicarse al
Registro Mercantil o a cualquier otro Registro público en el que se
encuentre inscrita una empresa o entidad determinada. Asimismo, las
entidades jurídicas de nueva creación deben asumir como trámite obli-
gatorio para ello el registrar su dominio en el Registro correspondiente
(Mercantil u otro).
40
41
En concreto, la inscripción del dominio en el Registro Mercantil sólo es
exigible en los mismos casos en los que es preceptivo el registro de la
entidad para desarrollar su actividad: empresarios individuales, socieda-
des mercantiles y civiles, entidades de crédito, instituciones de inversión
colectiva, Cajas de Ahorros, Fondos de Pensiones, sucursales y entidades
que manejen al año más de 60.000 euros.
De conformidad con el Colegio de Registradores Mercantiles, dicha pre-
visión legal podrá cumplirse de forma sencilla utilizando el modelo de
comunicación que puede encontrase en
https://www.nic.es/documentacion/lssi.html
Además, esta obligación de comunicación deberá cumplirse en el plazo
de un mes desde la obtención, sustitución o cancelación del correspon-
diente nombre de dominio o dirección de Internet.
Quedan exentos de la obligación de registro los prestadores de servicios
de la Sociedad de la Información autónomos no titulados, internautas
que tengan páginas web y otras entidades que no precisen de inscripción
en registro alguno para ejercer sus actividades comerciales o de otra
índole, aunque desarrollen actividades económicas a través de Internet.
Los dominios en internet
7.1 Gestión del dominio
El registro de un dominio otorga únicamente la propiedad del nombre
elegido en Internet. La propiedad del nombre de dominio permite, gene-
ralmente, la gestión de los servidores DNS, ‘Domain Name System’,
Sistema de Nombres de Dominio.
Lo normal es que cuando se tramite el registro de un dominio, el provee-
dor a través del cual se realiza dicho registro nos ofrezca la gestión del
DNS. Aunque podemos tener la oportunidad de gestionarlo nosotros mis-
mos a través de alguna aplicación, lo más práctico y seguro será que el pro-
veedor sea el encargado de hacer dicha gestión, ya que así los cambios son
realizados por técnicos que dominan el funcionamiento de los servidores.
7.2 Servicio web y cuentas de correo
Una vez se dispone de un dominio propio, éste puede utilizarse dentro de
los dos servicios principales de Internet: web y correo electrónico. Esto
quiere decir que, además de la dirección de su ‘website’ (sitio web), usted
podrá disponer de varias cuentas de correo electrónico con el nombre de
su empresa. Esto puede ser muy útil y beneficioso para su imagen.
El servicio web se encarga de hacer que su página web se encuentre en
Internet y que aparezca cuando alguien visite su dominio. El servicio de
correo electrónico le permite disponer de cuentas de correo bajo el
dominio registrado.
43
7. Después del registro
Diversas experiencias empresariales consultadas consideran interesante
contratar a un proveedor para disponer de estos servicios asociados.
Normalmente, las entidades registradoras de dominio o sus intermedia-
rias brindan también otros servicios relacionados con Internet a sus clien-
tes: alojamiento (‘hosting’), alta en buscadores, seguridad, etc.
7.3 Renovación
El registro de dominio se realiza por un período determinado de tiempo.
La duración de este período la selecciona el cliente a la hora de registrar
el dominio y depende de cuál sea el tipo de dominio.
A. Dominios genéricos
Si usted desea prorrogar el tiempo por el que registra el dominio, deberá
efectuar la renovación necesariamente antes de la fecha de vencimiento.
En caso de no realizar ninguna gestión, transcurrido el período por el que
se registró el dominio, éste quedará libre. No obstante, algunas entidades
registradoras pueden proceder a la renovación automática en caso de no
recibir aviso en contra por parte del usuario.
B. Dominios “.es”
Si se trata de un “.es”, la entidad que ha procedido al registro de la web
de su empresa le avisará de la fecha de caducidad con tiempo suficiente
para que se informe si se quiere renovar dicho registro.
En ambos casos, si se procede a la renovación del dominio, el provee-
dor se encargará de realizar las gestiones pertinentes. Asimismo, si su
intervención fuera necesaria, le guiará a lo largo de todo el proceso.
44
Según diferentes estudios, las previsiones señalan que Internet superará los
mil millones de usuarios en 2005, apuntando un ritmo de crecimiento de
un 30% al año. Por su parte, la cantidad de dominios registrados también
marca una fuerte tendencia ascendente. A continuación vamos a examinar
diferentes estadísticas acerca de los dominios registrados, tanto en el
mundo como en España.
8.1 Número de dominios “.com”,“.net”,“.org”,“.info”,“.biz”
El siguiente cuadro nos muestra la cantidad de dominios “.com”, “.net”,
“.org”, “.info” y “.biz” que, actualmente, están registrados, cuántos han
sido borrados y los casos de bloqueo por parte del registrador. Un dominio
puede estar bloqueado por diversas causas: contenciosos, problemas de
facturación, falta de pago, etc.
Si el dominio ha sido eliminado, es posible que ya se encuentre disponible
para que pueda registrarse de nuevo. Si los dominios bloqueados no son
renovados en breve, pasarán a ser borrados, por lo que también pueden
volver a ser registrados.
Número de dominios
Dominios 1er
nivel Activos Borrados Bloqueados
.COM 28.129.572 15.715.865 346.746
.NET 4.628.294 3.035.358 63.376
.ORG 2.926.318 1.824.662 33.401
.INFO 1.154.722 300.809 1.274
.BIZ 976.179 289.960 1.021
.US 777.261 69.512 490
Total 38.592.346 21.235.667 446.308
Fuente: Whois source (abril 2004)
45
8. Estadísticas sobre dominios
8.2 Número total de dominios registrados
El crecimiento de dominios registrados en Internet a nivel mundial ha
sido constante desde su puesta en marcha. Según datos extraídos de la
AUI (Asociación de Usuarios de Internet, http://www.aui.es), en 1998 el
número total de dominios registrados en todo el mundo ascendía a
3.951.490, con un índice de crecimiento semanal de 59.156. Si compa-
ramos estos datos con el cuadro que se muestra a continuación, obser-
vamos que en los últimos años las cifras de registro de dominios se han
disparado de forma espectacular. A principios de 2004, la cifra global de
dominios registrados se situaba cerca de los 250.000.000.
Por otra parte, el número total de usuarios en Internet se ha estimado
recientemente en cerca de 740.000.000 (Nielsen/NetRatings,
http://www.nielsen-netratings.com).
Dominios registrados
Fuente: Internet Systems Consortium, Inc. Consorcio de Sistemas de Internet (http://www.isc.org)
46
Jan-94
Jan-95
Jan-96
Jan-97
Jan-98
Jan-99
Jan-00
Jan-01
Jan-02
Jan-03
Jan-04
250.000.000
200.000.000
150.000.000
100.000.000
50.000.000
0
47
8.3 Número de IPS distribuidas por países
El siguiente gráfico nos ofrece los resultados de un estudio elaborado por
Whois Source (http://www.whois.sc) en marzo de 2004. Dicho estudio ha
sido realizado en 226 países y un total de 2.048.780.393 IPS. A continua-
ción, hemos seleccionado 20 países y su correspondiente número de IPS.
Nº IPS País
1.281.524.843 Estados Unidos
106.530.646 Japón
86.405.611 Reino Unido
64.013.742 Canadá
43.073.820 China
30.919.897 Francia
24.431.383 Australia
22.386.290 Italia
17.151.121 Uruguay
12.347.303 España
11.403.785 Brasil
3.038.845 India
2.157.019 Portugal
556.281 Perú
403.968 Lituania
182.397 Nigeria
60.285 Cuba
18.608 Uganda
13.536 Irak
84 Chad
Fuente: Whois source (marzo, 2004)
8.4 Registros de dominios en la Unión Europea
Un estudio realizado en febrero de 2004 por Alfa-Redi (Revista de Derecho
Informático, http://www.alfa-redi.org), agrupa los países de la Unión
Europea según la cantidad de dominios geográficos que se han registrado.
Menos de 100.000
.fi Finlandia 80.000
.es España 75.000
.gr Grecia 50.000
.ie Irlanda 36.000
.pt Portugal 35.000
.lu Luxemburgo 17.000
Entre 100.000 y 500.000
.dk Dinamarca 497.000
.at Austria 320.000
.be Bélgica 308.000
.se Suecia 227.000
.fr Francia 180.000
Entre 500.000 y 1.000.000
.nl Países Bajos 1.050.000
.it Italia 882.000
Más de 1.000.000
.de Alemania 7.050.000
.uk Reino Unido 4.875.000
Fuente: Alfa-Redi, febrero 2004 (http://www.alfa-redi.org)
48
49
8.5 Dominios “.es” registrados en los últimos años
El registro de dominios “.es” se ha ido incrementando progresivamente
desde 1997. Según daba a conocer Red.es (http://www.red.es) en su
informe anual, tal y como puede comprobarse en el gráfico siguiente, el
número de dominios “.es” registrados en España en 2003 aumentó un
40%, produciéndose un cambio “significativo” en la promoción y difu-
sión de los nombres de dominio bajo el código “.es”, correspondiente a
España. Esta línea, según afirmaba la entidad pública, continuará en los
próximos años con “un mayor vigor”. Según Red.es, el crecimiento del
número de nombres de dominio durante 2003 en España se debió prin-
cipalmente a la apertura de los nombres de dominio de tercer nivel al
público general, medida que se enmarca dentro del Plan Nacional de
Nombres de Dominios, que se puso en marcha en marzo de 2003.
Número total de Dominios Registrados
Fuente: ESNIC
1997
90.000
70.000
60.000
50.000
40.000
0
80.000
30.000
20.000
10.000
1998 1999 2000 2001 2002 2003 Mar-04
7.219
12.887
18.859
29.590
35.570
43.476
71.158
76.558
8.6 Dominios activos de tercer nivel en España
El siguiente cuadro nos presenta la cantidad de dominios de tercer nivel
que se habían registrado en España hasta la fecha 1 de abril de 2003. Como
se ha señalado en otro apartado de este libro, el registro de dominios de
tercer nivel no se somete a ninguna comprobación previa ni a equivalen-
cias con otros registros oficiales, por lo que, a diferencia de los dominios
de segundo nivel “.es”, su asignación es prácticamente inmediata y no
requiere documentación previa. Según el Ministerio Español de Ciencia y
Tecnología, el Plan Nacional de Nombres de Dominio ha permitido la cre-
ación de 50.000 nuevas direcciones “.es” y de 20.000 dominios españoles
de tercer nivel desde su entrada en vigor a finales de abril del año pasado.
Fuente: ESNIC
50
15,1%
10,2%
0,6%
0,5%
73,7%
.com.es
.edu.es
.gob.es
.nom.es
.org.es
Dominios activos 3er Nivel
Total: 22.629 (01/04/2003)
51
8.7 Evolución de usuarios de Internet en España
Por otro lado, la evolución respecto al acceso a Internet de la población
española desde 1997 hasta 2003, basado en el porcentaje de personas que
declaran haber tenido acceso a Internet en un período reciente, se refleja
en el siguiente cuadro, en relación con otros países.
Usuarios con acceso a Internet
Porcentajes sobre la población total
España Alemania Francia Irlanda Italia Portugal R. Unido UE EE.UU. Japón
1997 2,8 6,1 1,7 4,1 2,3 5,0 7,5 5,2 15,0 9,3
1998 4,4 12,8 5,9 8,2 5,2 6,0 13,6 9,7 22,3 13,2
1999 7,0 17,5 9,2 18,1 14,3 10,0 21,0 14,9 37,4 21,4
2000 13,7 30,2 14,4 17,9 23,0 25,0 26,4 24,5 44,1 29,9
2001 18,3 37,4 26,4 23,3 26,9 28,1 33,0 31,4 50,1 38,4
2002 19,3 41,2 31,4 27,1 35,2 19,4 42,3 36,0 55,1 44,9
2003 24,1 -- -- -- -- -- -- -- -- --
Fuente: ITU, Unión Internacional de Telecomunicaciones, (http://www.itu.int)
Los dominios en internet
En este capítulo presentamos una relación de preguntas básicas sobre domi-
nios, con el objeto de sintetizar la información y que sirva de guía de con-
sulta rápida acerca de todas las cuestiones esenciales referentes a este tema.
1. ¿Qué es un nombre de dominio?
Los nombres del dominio son nombres identificables para los ordenadores
en Internet (ejemplo: “anetcom.es”). Consiste en la conversión a texto de
una dirección numérica llamada IP, siglas de ‘Internet Protocol’, Protocolo
de Internet, que sirve para identificar un sitio concreto de la Red. Los nom-
bres de dominio son la forma más sencilla de encontrar información y de
localizar empresas, instituciones o personas en Internet.
2. ¿Qué es una dirección IP?
Una dirección IP es un código numérico que identifica a un ordenador
específico en Internet.
3. ¿Qué es un servidor DNS?
DNS son las siglas de ‘Domain Name System’, Sistema de Nombres de
Dominio. El servidor de DNS traduce los nombres de dominio en direc-
ciones IP para que sea posible la comunicación entre diferentes ordenado-
res conectados a la Red.
53
9. “25 preguntas básicas
sobre dominios”
4. ¿Para qué se usa un dominio?
Un nombre de dominio permite implementar determinados servicios a tra-
vés de la Red, como correo electrónico, una web, comercio electrónico,
etc. Cuando una persona o una empresa registra un dominio, asocia el
nombre de dominio con un ordenador específico.
5. ¿Cómo se registra un dominio?
Las solicitudes de asignación de nombres de dominio pueden dirigirse
directamente a la Autoridad de Asignación, o bien a través de un Agente
Registrador.
6. ¿Cuánto tiempo se tarda en proceder al registro?
El proceso de registro sólo dura unos minutos. Los dominios suelen estar
accesibles entre 48 y 72 horas después del registro.
En el caso de los dominios “.es”, la web de ESNIC indica que las solicitu-
des de nombres de dominio de segundo nivel se tramitan en un plazo que
oscila entre las 24 y 48 horas desde la recepción de las mismas.
7. ¿Si una empresa no está en Internet, necesita registrar un nombre de
dominio?
No. Sin embargo, cada vez es más importante la implantación de Internet,
sobre todo en el mundo empresarial, y es más que probable que en el futu-
ro necesite incorporar su web a la Red. Para evitar sorpresas desagradables,
como encontrar su nombre de dominio registrado por otra empresa, es
conveniente proceder ya a su registro.
8. Una empresa ya tiene un dominio registrado. ¿Dónde estará su web?
Si una empresa necesita que su web esté en Internet debe contratar un ser-
54
55
vicio de hosting o alojamiento. En muchos casos los mismos agentes regis-
tradores ofrecen este tipo de servicio.
9. ¿Qué es un agente registrador?
Es una entidad autorizada por ICANN para efectuar el Registro de domi-
nios. Estas entidades tienen como cometido asesorar a sus clientes, actuar
por cuenta de éstos ante el Registro de nombres de dominio y proceder a
la gestión de los nombres ya asignados, de acuerdo con los requisitos y
condiciones que establezca la Autoridad de Asignación.
10. ¿Qué es un dominio de primer nivel?
Un dominio de primer nivel (‘Top Level Domain’, TLD), es el más alto nivel
de categorización de un nombre en Internet. Dentro del sistema de nombres
de dominio en Internet el primer nivel ocupa el eslabón más alto dentro de
la jerarquía que ofrece la Red. Es el más común (por ejemplo, “.com”, “.es”)
11. ¿Qué tipos de dominios de primer nivel existen?
Existen dos clases: genéricos y geográficos.
Los genéricos (“.com”, “.org”, “.net”, etc.) son dominios que se conceden
en el ámbito internacional para empresas y personas de todo el mundo. No
tienen vinculación territorial.
Los geográficos o territoriales son los correspondientes a los códigos terri-
toriales de cada país (como por ejemplo “.es”, “.it”, “.pt”…). Estos domi-
nios están gestionados por la autoridad de asignación de cada país que
establece la normativa para la asignación libremente.
12. ¿Qué es un dominio de segundo nivel?
Cualquier nombre de dominio registrado bajo una extensión de primer
nivel (como por ejemplo “.com”, “.es”, “.net”…) es un dominio de
segundo nivel. La separación entre niveles se realiza mediante puntos.
Por ejemplo: “anetcom.es”
13. ¿Qué es un dominio de tercer nivel?
Cualquier nombre de dominio registrado bajo un dominio de segundo
nivel (como por ejemplo “.com.es”, “.org.es”, “.edu.es”, “.co.uk”...) es un
dominio de tercer nivel. La separación entre niveles se realiza también a
través de puntos.
14. ¿Cuántos caracteres puedo utilizar en un nombre de dominio?
En el caso “.com”, “.net”, “.org”: la longitud máxima del nombre es de 22
caracteres y la mínima de dos.
En el caso “.es”: la longitud mínima para un dominio de segundo nivel será
de tres caracteres y para un dominio de tercer nivel de dos caracteres.
La longitud máxima admitida para los dominios de segundo y tercer nivel
es de 63 caracteres, aunque lo más recomendable es que el máximo sea
de 24 caracteres por motivos prácticos.
15. ¿Qué caracteres se pueden utilizar en un dominio?
En el caso “.com”, “.org”, “.net”, etc.: el nombre debe estar constituido úni-
camente por letras del alfabeto inglés, números y guiones. Cualquier otro
tipo de carácter, incluyendo espacios, subrayados, acentos, puntos y
comas, no es válido. El dominio no puede empezar ni terminar en guión.
En el caso “.es”: los caracteres válidos admitidos dentro de un nombre de
dominio son las letras de los alfabetos de las lenguas españolas, los dígitos
del 0 al 9 y el guión. No se permiten letras acentuadas, tampoco eñes,
subrayados ni guiones bajos.
56
57
16. ¿Pueden registrarse nombres de dominio con la letra “ñ”?
En 2001 la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y
Números (ICANN), uno de los organismos que regulan la Red, autorizó la
utilización de la “ñ”. Sin embargo, en la práctica diversos problemas téc-
nicos han impedido su uso. Ésta ha sido la causa de que hasta el momen-
to los organismos correspondientes no hayan comenzado a registrar domi-
nios con la “ñ”. El primero en romper esta barrera idiomática ha sido
DENIC (http://www.denic.de), organismo regulador de dominios de
Alemania, que desde el pasado 1 de marzo de 2004 permite a particulares
reservar dominios con la letra “ñ” y la “ç”, además de diéresis alemanas,
símbolos escandinavos, eslavos, etc. La iniciativa ha sido seguida por orga-
nismos registradores de países como Austria y Suiza. Sin embargo, hoy por
hoy, en ningún registrador oficial de naciones hispanas es posible registrar
dominios con la letra “ñ”.
Por el momento se presentan diversos problemas técnicos para el uso habi-
tual de estos dominios. Algunos navegadores no reconocen aún éste y otros
símbolos específicos de otros idiomas que no figuran en el alfabeto inglés.
17. ¿Cómo saber si un dominio está disponible?
Antes de intentar registrar un dominio nuevo hay que investigar si el
dominio deseado está disponible. Hay varios sitios en Internet que per-
miten saberlo, por ejemplo Whois (http://www.whois.net), ES-NIC
(http://www.nic.es), etc. En realidad, la mayoría de entidades registrado-
ras ofrecen este servicio.
18. ¿Qué cosas hay que tener en cuenta a la hora de elegir un nombre de
dominio?
Para elegir el nombre de dominio adecuado, debe tener en cuenta que sus
visitantes recordarán la web de su empresa por dicho nombre. Por ello es
conveniente huir de complicaciones innecesarias a la hora de elegir el
nombre, que sea lo más fácil de recordar y de teclear posible. Es reco-
mendable disponer de un dominio propio y no de un redireccionamiento
o un subdominio gratuito, ya que con éstos será más complicado que los
usuarios recuerden el nombre de la web y vuelvan a visitarla.
19. ¿Por cuánto tiempo se registra un dominio?
Un dominio puede ser registrado por períodos que van de un año hasta
10 años.
20. ¿Qué es NIC?
NIC es una sigla que significa ‘Network Information Center’, Centro de
Información de Internet, nombre histórico usado en todo el mundo para
definir la organización encargada de administrar los nombres de dominio
en Internet. Se ocupa de indicar para qué se utiliza cada dominio, quién está
autorizado a registrarlo, y quién puede ser el registrador. Esta entidad dele-
ga en otras para desempeñar todo el trabajo de organización que conlleva
la administración de los dominios, sobre todo en el caso de los territoriales.
21. ¿Qué es la ICANN?
ICANN es la corporación sin ánimo de lucro que coordina la administra-
ción del sistema de gestión de dominios en Internet.
22. ¿Qué es ESNIC?
ESNIC (Centro de Información de la Red en España) es un departamento
de la entidad pública empresarial Red.es, autoridad competente para la
gestión del Registro de nombres de dominio de Internet bajo el código de
país “.es”.
58
59
23. ¿Quién regula el registro de dominios territoriales?
El registro de los dominios territoriales se regula basándose en unas normas
específicas para cada país. Los encargados de crear estas normas para el
registro son los distintos delegados del NIC de cada país. De este modo, el
ESNIC (http://www.nic.es) es el encargado en España, mientras que IT-NIC
(http://www.nic.it) es el de Italia, NIC Chile (http://www.nic.cl) en el caso
de Chile, AFNIC (http://www.afnic.fr) en Francia, etc.
24. ¿Qué es Red.es?
La Entidad Pública Empresarial Red.es, tiene asignada, entre otras funcio-
nes, la gestión del registro de nombres de dominio de Internet bajo el códi-
go de país correspondiente a España “.es”, que incluye todas la funciones
relacionadas con la tramitación de solicitudes y asignación de dominios de
acuerdo con la normativa correspondiente, así como la realización de las
funciones técnicas necesarias para garantizar el correcto funcionamiento
del sistema de dominios en España y en la red global de Internet.
25. ¿Puedo perder mi dominio?
Sí, si pierde una disputa sobre el dominio en un caso llevado por la ICANN
(organismo encargado de supervisar el sistema de registro de dominios a
nivel mundial). Entonces, el nuevo titular será el ganador de la disputa.
También si el pago del dominio no es válido o incurre en fraude. Si no paga
el dominio después de reservarlo también pierde la titularidad.
Los dominios en internet
61
ANETCOM.Asociación sin ánimo de lucro para el fomento del comercio elec-
trónico empresarial y de las nuevas tecnologías en la ComunidadValenciana.
http://www.anetcom.es
AUI. Apartado sobre Dominios de la Asociación de Usuarios de Internet.
http://www.aui.es/quejas/dominios.htm
CDSI. Comisión de Estudio para el Desarrollo de la Sociedad de la
Información.
http://cdsi.red.es
Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI. El Centro de Arbitraje y
Mediación de la OMPI, con sede en Ginebra (Suiza), fue creado en 1994
para promover la solución de controversias en materia de propiedad inte-
lectual, incluyendo las referentes a nombres de dominio.
http://arbiter.wipo.int/center/index-es.html
Conocer internet
http://www.conocerinternet.com
Desarrollo web
http://desarrolloweb.com
10. Fuentes y enlaces útiles
62
DNS (‘Domain Name System’). Sistema de Nombres de Dominio.
http://www.dns.net/dnsrd
Glosario sobre dominios
http://www.dnsystem.com/informacion/ayuda/glosario_de_terminos_
sobre_dominios_en_dnsystem.php
IANA (‘Internet Assigned Number Authority’). Agencia de Asignación de
Números en Internet.
http://www.iana.org
ICANN (‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’).
Corporación Internet para la Asignación de Nombres y Números en
Internet. Organización sin ánimo de lucro que opera a nivel internacio-
nal, responsable de asignar espacio de direcciones numéricas de proto-
colo de Internet (IP), identificadores de protocolo y de las funciones de
gestión (o administración) del sistema de nombres de dominio de primer
nivel genéricos y de códigos de países.
http://www.icann.org
Internautas.org
http:/www.internautas.org
InterNIC (‘Internet Network Information Center’). Centro de Información
de la Red. http://www.internic.com
ISOC. (Internet Systems Consortium, Consorcio de Sistemas en Internet).
Asociación no gubernamental y sin fines de lucro, financiada por sus
miembros, dedicada exclusivamente al desarrollo mundial de Internet,
con la tarea específica de concentrar sus esfuerzos y acciones en asuntos
particulares sobre Internet.
http://www.isoc.org
63
ITU. Unión Internacional de Telecomunicaciones. Es una organización inter-
nacional del sistema de las Naciones Unidas en la cual los gobiernos y el sec-
tor privado coordinan los servicios y redes mundiales de telecomunicaciones.
http://www.itu.int
NIC.ES. Autoridad competente para la gestión del Registro de nombres
de dominio de Internet bajo el código de país “.es”.
https://www.nic.es/index.html
Observatorio Español de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
Información. Se ocupa del seguimiento, análisis y difusión de la situa-
ción del sector TIC (de las Tecnologías de la Información y de las
Comunicaciones), así como del sector Audiovisual y de la Sociedad de la
Información en España.
http://www.observatorio.es
Oficina Valenciana para la Sociedad de la Información. Centro de
Investigación cuya misión es informar acerca del impacto de las moder-
nas tecnologías en la sociedad. Está englobado en el Segundo Plan de
Modernización de la Comunidad Valenciana, moderniza.com.
http://www.cevalsi.com
Oficina Española de Patentes y Marcas
http://www.oepm.es
OMPI. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
http://www.wipo.int/index.html.es
Red.es. Entidad Pública Empresarial que tiene asignada la gestión del
registro de nombres de dominio de Internet bajo el código de país corres-
pondiente a España “.es”.
http://www.red.es
SATSI. Secretaría Autonómica de Telecomunicaciones y Sociedad de la
Información.
http://www.gva.es
SETSI. Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de
la Información. Permite consultar la legislación sobre dominios.
http://www.setsi.mcyt.es
64
Los dominios
en Internet
C/ Luis Vives 6, 4º, 12º
46003 Valencia
Tel. 96 392 39 16
Fax 96 392 40 83
informacion@anetcom.es
www.anetcom.es

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Los dominios en internet

  • 3. Edita: Anetcom Creación de contenidos: Filmac Centre, S.L. Coordinación: José Luis Colvée Revisión: Inmaculada Elum Juan Antonio Pardo Diseño, Composición e impresión: Filmac Centre, S.L. Depósito legal: V-2708-2004
  • 4. Prólogo 1. Qué es un dominio 1.1. Sistema de nombres de dominio (DNS) 2. Tipos de dominios 2.1. Estructura de un dominio 2.2. Dominios de primer nivel Dominios genéricos Dominios geográficos 2.3. Dominios de segundo nivel 2.4. Subdominios 2.5. Nuevos dominios genéricos 2.6. Dominios de tercer nivel 3. Los dominios desde el punto de vista del marketing 3.1. ¿Por qué un dominio propio? 3.2. Elección del nombre de dominio 3.3. Requisitos que debe cumplir un nombre de dominio 3.4. Promoción 4. Normativa sobre asignación de dominios “.com”, “.org”, “.net” 5. Normativa sobre dominios “.es” 5.1. Normas, usos, derechos y obligaciones 5.2. Nuevo plan de dominios Índice 7 11 11 13 13 13 15 16 16 17 19 19 20 21 24 25 27 27 28
  • 5. 4 5.3. Quién puede solicitar los dominios Personas físicas Organizaciones Dominios de 3er nivel 5.4. Qué se puede solicitar Normas de sintaxis Disposiciones comunes Prohibiciones Solicitud de dominios de 2º nivel Solicitud de dominios de 3er nivel 5.5. Denegación del dominio “.es” 6. Registro de dominios 6.1. Agentes registradores 6.2. Pasos a seguir 6.3. Constancia en el Registro correspondiente del nombre de dominio 7. Después del registro 7.1. Gestión del dominio 7.2. Servicios web y cuentas de correo 7.3. Renovación 8. Recursos y enlaces útiles 8.1. Número de dominios “.com”, “.net”, “.org”, “. info, “.biz” 8.2 Número total de dominios registrados 8.3 Número de IPs distribuidas por países 8.4 Registros de dominios en la Unión Europea 8.5 Dominios “.es” registrados en los últimos años 8.6 Dominios activos de tercer nivel en España 8.7 Evolucion de usuarios de internet en España 9. “25 Preguntas básicas sobre dominios” 10. Fuentes y enlaces útiles 29 31 35 37 37 39 43 43 43 44 45 45 46 47 48 49 50 51 53 61
  • 8. La Sociedad Tecnológica y del Conocimiento, y la consiguiente capaci- dad para interactuar y relacionarse a través de los nuevos medios tecno- lógicos que caracterizan esta nueva era, llamada Era Internet, ha abierto nuevas posibilidades de acceder a contenidos, informaciones y conoci- mientos antes impensables. Qué duda cabe, que la rapidez e inmediatez en la consulta y acceso al conocimiento que alberga la Red se configura como un activo fundamental en el funcionamiento ordinario de cual- quier organización. No obstante, la presencia en Internet de una cantidad ingente de conte- nidos, exige de sus usuarios la utilización de técnicas e instrumentos que faciliten las tareas de localización y búsqueda, objetivo al que esta guía pretende contribuir. La importancia para el navegante que se adentra en el océano de Internet de disponer de unos conocimientos que le permi- tan orientarse, explica la gran utilidad de publicaciones como ésta. El uso más inteligente de Internet que favorece esta publicación de “Los dominios en Internet” confluye, por otra parte, con muchas de las accio- nes que desde el Gobierno Valenciano se están desarrollando a través de la iniciativa, recientemente presentada, de AVANTIC para consolidar las telecomunicaciones avanzadas y la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en la Comunidad Valenciana. Por otra parte, los datos del último Infobarómetro empresarial publicado, que elabora la unidad Cevalsi —el Centro Valenciano para la Sociedad de la Información—, describen un tejido económico valenciano en el que la utilización de las nuevas tecnologías es realmente importante y significativa. De hecho, el número de empresas conectadas a Internet asciende a un 71% y de éstas alrededor de un 51’5% lo hacen acce- 7 Prólogo
  • 9. diendo a la red mediante tecnologías ADSL. Internet se ha configurado como un elemento imprescindible de cualquier negocio, bien para ofre- cer sus servicios —más de un 60 % de ellos disponen de página web—, bien como canal de interrelación con el cliente o la administración. Todo ello, nos muestra una sociedad emprendedora, la valenciana, en permanente adaptación, que avanza y que ha asumido los retos plantea- dos por el cambio tecnológico de la última década. La importancia adquirida por estas tecnologías de la información y de las comunicaciones, exige maximizar las potencialidades de su uso y apro- vechar eficientemente los recursos que ponen a nuestro alcance. Éste es el reto inmediato, no sólo universalizar Internet como un instru- mento ordinario de trabajo en la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento, si no aprender a utilizar este nuevo canal de manera más inteligente y a ello coadyuva, sin duda alguna, iniciativas como ésta. Blanca Martínez de Vallejo Fuster Secretaria Autonómica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información 8
  • 12. Un dominio es una dirección de Internet. Para visitar una web tecleamos una dirección a través del navegador (por ejemplo: www.anetcom.es). El conjunto de caracteres que compone dicha dirección sirve para identifi- car este sitio concreto de la Red, o lo que es lo mismo, la máquina o grupo de máquinas en las que reside o se aloja esta web. La característica más importante de un nombre de dominio es que es único. Este sistema no permite que dos personas u organizaciones tengan simultáneamente el mismo nombre de dominio. 1.1 Sistema de nombres de dominio En realidad, las máquinas en Internet se identifican mediante un número único que recibe el nombre de dirección IP (siglas de ‘Internet Protocol’, Protocolo de Internet). Para hacernos una idea, un ejemplo de dirección IP puede ser 223.142.1.90. De esta forma, el navegador localiza el ser- vidor en el que se encuentra la página que buscamos. Dado que las direcciones IP no resultan fáciles de recordar para los usua- rios, se creó un sistema de nombres, que asocia a estas direcciones unos caracteres de texto, normalmente dos palabras separadas por un punto. La palabra de la izquierda es más específica y la de la derecha más gené- rica (“.com”, “.es”, etc.). Los dominios fueron creados para sustituir las direcciones IP por palabras, que siempre resultan más fáciles de recordar. Por eso, se dice que un dominio es una forma sencilla de localizar un ordenador en Internet. 11 1. Qué es un dominio
  • 13. Los servidores DNS (siglas de ‘Domain Name System’, Sistema de Nombres de Dominio) son los ordenadores encargados de traducir la dirección que tecleamos en nuestro navegador (dirección por nombre) en una dirección IP (dirección numérica), que es la de la máquina en la que se encuentra. Este Sistema de Nombres de Dominio (DNS) reúne una serie de protoco- los y servicios que permiten a los usuarios utilizar estos nombres, en vez de tener que recordar direcciones IP. Técnicamente, el DNS es una inmensa base de datos distribuida jerár- quicamente por Internet. Los servidores DNS conectados a Internet for- man una red que interactúa entre sí para manejar toda la información sobre todos los dominios del mundo. 12
  • 14. 13 2.1 Estructura de un dominio Un dominio se compone de varios elementos con el carácter “.” (punto) como separador. Las palabras que componen el nombre de un dominio responden a una jerarquía. Los componentes de primer nivel o de primer orden son los que van situados más a la derecha en el nombre del domi- nio. A su izquierda encontramos el dominio de segundo nivel y, en algu- nos casos, tercer nivel. Ejemplo: www.anetcom.es • www: siglas de ‘World Wide Web’, telaraña mundial. Determina que estamos en Internet. • anetcom: dominio de segundo nivel. • es: dominio de primer nivel. 2.2 Dominios de primer nivel Existen unas terminaciones para cada dominio que indican el ámbito al que se accede cuando se visita una web. Los dominios de primer nivel indican la actividad a la que pertenecen, determinan el carácter de la entidad o su ubicación geográfica. Se llaman así porque reflejan el nivel más elevado de categorización de un nombre en Internet. Dentro del sistema de nombres de dominio, el primer nivel ocupa el eslabón más alto dentro de la jerar- quía que ofrece la Red. Existen dos grupos: genéricos y geográficos. Dominios genéricos Son dominios que se conceden en el ámbito internacional, para empre- 2. Tipos de dominio
  • 15. sas y personas de todo el mundo, y que no tienen vinculación territorial. Se conocen también como internacionales o globales. .com Para empresas y para cualquier web que tenga carácter comercial. Estos dominios se han hecho muy populares y, en realidad, se utilizan hoy en día casi para cualquier tipo de propósito. En un primer momento, el “.com” estuvo destinado para las empresas y compañías de Estados Unidos. .net Destinado para entidades u organizaciones relacionadas con Internet, por ejemplo un proveedor de servicios. Con el tiempo también se ha con- vertido en una opción válida para cualquier tipo de fin. .org Utilizan este dominio organizaciones, asociaciones, fundaciones y demás entidades con fines benéficos o sin ánimo de lucro. .gov Para las páginas del gobierno de los Estados Unidos. .edu Reservado para las instituciones relativas a la educación. .mil Se utiliza para instituciones militares de los Estados Unidos. .int Reservado para organismos que pertenezcan a la Unión Internacional de Telecomunicaciones. En este caso pueden encontrarse organizaciones establecidas por tratados internacionales entre gobiernos, como las Naciones Unidas. Dominios geográficos También llamados territoriales. Con una extensión de dos letras, son los que corresponden al código territorial de cada país. Estos dominios, ges- 14
  • 16. 15 tionados por la correspondiente autoridad de asignación, están restringi- dos a aquellas empresas que desarrollan su actividad y están registradas en un país concreto. Unos cuantos ejemplos de los muchos dominios geográficos que existen son: .es España .de Alemania .fr Francia .pt Portugal .it Italia .uk Reino Unido .us Estados Unidos .jp Japón Estos dominios territoriales son en ocasiones objeto de largas batallas políticas y a veces dan lugar a situaciones curiosas. Un buen ejemplo es el de Tuvalu, una ex colonia británica, independiente desde finales de los años 70, situada en la Polinesia y formada por centenares de islas. Con un índice bajísimo de conexiones a Internet, Tuvalu consiguió el domi- nio “.tv”. A través de un acuerdo, que mejorará las condiciones de vida de sus 10.000 habitantes, Tuvalu cedió los derechos del nombre de domi- nio a una firma norteamericana que ha organizado un dominio exclusi- vo (.tv) para cadenas y empresas de televisión. 2.3 Dominios de segundo nivel Se llama así al nombre que va inmediatamente a la izquierda del domi- nio de primer nivel (como por ejemplo “.com”, “.es”, “.fr”...). Como ya hemos visto, en www.anetcom.es, sería “anetcom”. Cualquier nombre registrado bajo una extensión de primer nivel como las anteriormente citadas es un dominio de segundo nivel. Como en el ejemplo que nos ocupa, los dominios de segundo nivel sue- len centrarse en el nombre, sigla o abreviatura del nombre de la organi- zación, institución, asociación, empresa o particular dueño del dominio.
  • 17. Los nombres de dominio están sujetos a diversas condiciones en su estructura. En el caso de estar bajo “.com”, “.org” o “.net” las normas administrativas son mínimas. En el caso de los dominios territoriales, por ejemplo el “.es”, la normativa suele ser más exigente. Todo ello lo vere- mos con detalle más adelante. 2.4 Subdominios Una vez que tenemos asignado un dominio, puede interesarnos aprove- charlo para desarrollar otras direcciones. Por ejemplo, supongamos que disponemos del dominio “empresa.com” delegado en un determinado DNS. A partir de ahí, podríamos crear la dirección “ventas.empresa.com” con un objetivo más concreto. Este dominio de tercer nivel es lo que se conoce como subdominio. En esta dirección, “ventas” sería el subdomi- nio y “empresa.com” el dominio. El subdominio es el segmento que queda más a la izquierda de una dirección web, y que suele indicar una subdivisión dentro de una empresa u organización. Como se puede ver, las posibilidades de marca, después de adquirir el dominio, son flexibles y muy útiles en cuanto a la imagen. 2.5 Nuevos dominios genéricos En el año 2000, la comisión que se encarga de gestionar la administra- ción de dominios, ICANN (‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’, Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet), aprobó la creación de siete nuevos dominios genéricos, con el objetivo de descongestionar Internet y ofrecer alternativas a los millones de dominios .com que existen. .biz Destinado para los negocios. Probablemente, es el que recibirá un volu- men de registros mayor. Es una abreviación anglosajona de business. 16
  • 18. 17 .info Para los websites informativos. En principio, el significado parece un poco menos genérico que “.biz” o “.com”. .name Se le reserva un uso específico, de carácter personal. Está reservado a los individuos, que podrán reservar su nombre con la estructura “minombre.miapellido.name”, ej: (antonio.perez.name). El tercer nivel, correspondiente al nombre de pila, es exclusivo del titular, pero el segun- do nivel, correspondiente a los apellidos, es compartido con todos los que ostenten dicho apellido. .pro Para profesionales de determinadas categorías, agrupados en subdomi- nios: inicialmente serán “.med.pro” (médicos), “.law.pro” (abogados), etc. En el tercer nivel estará el nombre del profesional en cuestión que deberá acreditar su pertenencia al colegio u organización profesional correspondiente. .coop Este dominio está restringido a las cooperativas. El nombre de dominio debe ser necesariamente el de la cooperativa. .aero Este dominio, también restringido, se destina a la industria de los servi- cios aéreos: compañías aéreas, compañías aeronáuticas, aeropuertos y servicios aéreos. .museum Este dominio sólo puede utilizarlo la comunidad de museos. 2.6 Dominios de tercer nivel Se llama así al nombre que va inmediatamente a la izquierda del domi- nio de segundo nivel. Ejemplo: www.internautas.org.es
  • 19. 18 Cualquier nombre de dominio registrado bajo un dominio de segundo nivel (como por ejemplo “.org.es”, “.com.es”, “.co.uk”), sería un domi- nio de tercer nivel.
  • 20. 19 En realidad, no se necesita tener un sitio web para poseer uno o más nombres de dominio. Usted puede reservar un dominio y utilizarlo cuan- do quiera, así podrá adelantarse a su competencia. El registro es anual y renovable, e implica el pago de una cuota. Para hacernos una idea de la cantidad de dominios que existen en Internet, puede servir el dato de que el 93% de las palabras inglesas ya están registradas. En español, aunque es menor, se está incrementando notablemente el porcentaje de palabras registradas. 3.1 ¿Por qué un dominio propio? Para su empresa siempre será beneficioso tener su propia marca en Internet, disponer de un dominio propio. Un dominio propio ayuda a crear identidad, promueve la imagen del producto, servicio o empresa en Internet y le da un valor adicional. La web de su negocio tendrá un nombre equiparable al de otras grandes empresas y proyectos en Internet. Así, en este sentido al menos, estare- mos al mismo nivel que los mejores en un medio que cuenta con una audiencia potencial de millones de clientes. Entenderá rápidamente la importancia de tener su propio dominio si se para a pensar que su web, localizada a través de dicho dominio, puede actuar como escaparate y convertirse en el sitio donde clientes de todo el mundo puedan, en primer lugar, informarse sobre sus productos, e incluso comprarlos, si su empresa ha decidido que ésa es la estrategia. 3. Los dominios desde el punto de vista del marketing
  • 21. Debe quedar claro que el hecho de utilizar Internet no implica necesa- riamente realizar una actividad comercial. Tenga en cuenta que cuando un usuario encuentra, a través de un bus- cador, una dirección que tiene su propio dominio (por ejemplo www.viajes.com), suele pensar que se trata de un sitio que ofrece infor- mación muy completa sobre el tema que busca. Si pensamos en una empresa que se propone utilizar Internet como medio de promoción (circunstancia que cada vez es más frecuente), las diferencias saltan a la vista si comparamos una dirección del tipo: www.suempresa.com con esta otra www.proveedordeinternet.com/empresas/locales/nombredeempresa Otra ventaja importante de tener un dominio propio es que la web de nuestra empresa estará siempre localizable aunque cambiemos de pro- veedor. Imagine las consecuencias (pérdida y desorientación de clientes, etc.) que puede tener un cambio de dirección web o de correo electró- nico para cualquier empresa. 3.2 Elección del nombre de dominio Escoger bien el nombre de dominio puede ser determinante para el éxito en Internet de nuestra empresa. Aunque pueda parecer muy sencillo, en muchas ocasiones no lo es tanto. La lógica lleva a pensar que con usar el nombre de la empresa basta, pero puede ocurrir que exista otra empresa con el mismo nombre que ya se nos haya adelantado. Sin embargo, puede haber más factores que desaconsejen la utilización del nombre de su empresa. Si pensamos en una empresa de proyección internacional, lo más lógico es utilizar el nombre de empresa como nom- bre de dominio. Pero si se trata de una nueva empresa o si su ámbito de actuación está restringido a una zona geográfica, un nombre que descri- 20
  • 22. 21 ba su producto o servicio puede ser más recomendable. Es cuestión de estudiarlo y escoger la mejor opción, según la estrategia empresarial y el modelo de negocio. También, dependiendo de las características de su negocio, puede inte- resarle utilizar el nombre de dominio para crear ‘branding’ (imagen de marca). Es decir, que su empresa, servicios o productos queden asocia- dos a una determinada idea. Ejemplo: “rentabilidad.com“ También hay empresas que diversifican y potencian su presencia virtual utilizando su propio nombre y, a la vez, presentando en Internet también los de sus productos, registrando los dominios correspondientes. Si su empresa se plantea un proyecto serio en la Red, surgirá rápidamen- te la necesidad de darse a conocer para conseguir o ampliar clientela. Si hemos sido capaces de conseguir un buen dominio, tenemos bastantes posibilidades de ser visitados y de ser recordados por los usuarios. Con un buen dominio la inversión publicitaria no se elimina, pero puede reducirse considerablemente. En general, el nombre de dominio debe ser el que mejor identifique a su empresa. El mejor dominio es aquel que describe una empresa, marca, actividad, producto o servicio en pocas palabras. Debe ser fácil de recordar por los usuarios, lo que le puede reportar muchas ventajas. Así que es preferible que sea corto y fácilmente comprensible. Un nombre de dominio será menos efectivo cuanto más complicado sea. Por ello, no es recomendable incluir guiones ni números, y mucho menos combinarlos. 3.3 Requisitos que debe cumplir un nombre de dominio Aunque ya hemos adelantado algunos de ellos, veamos ahora cuáles son los aspectos más importantes que usted debe tener en cuenta a la hora de poner nombre a su dominio:
  • 23. 1. Fácil de recordar. Volvamos al ejemplo anterior: www.suempresa.com frente a www.proveedordeinternet.com/empresas/locales/nombredeempresa. Suponiendo una igualdad de calidad en la presentación de los conteni- dos y diseño, si hemos tenido la oportunidad de entrar en ambas direc- ciones, ¿cuál tiene más probabilidades de que la volvamos a visitar? Evidentemente, la más fácil de recordar. Tenga en cuenta que muchas veces sus clientes no dispondrán del nombre escrito y tendrán que valer- se de su memoria. Además, en la medida de lo posible, procure que su nombre no se pueda confundir fácilmente con otro. 2. Fácil de escribir. Como ya hemos señalado en un apartado anterior, evite números, guiones y símbolos que puedan provocar confusión. Uno de los problemas típicos a los que se enfrentan todos los días las empresas en Internet son los erro- res al teclear por parte del usuario. Los juegos de palabras ingeniosos, audaces o sorprendentes, que en un primer momento pueden llamar la atención (por ejemplo, un dominio figurado tipo “to2amigosdto2.com”), a la larga no suelen resultar efectivos, ya que los usuarios acaban por con- fundir u olvidar la forma correcta en la que deben escribir la dirección, mucho más si se emplean guiones y números. La brevedad y la sencillez son imprescindibles. Cuantos menos caracte- res tenga un nombre de dominio, aparte de ser mucho más fácil de recor- dar, también será mucho más cómodo y rápido de escribir en su teclado. La prueba del éxito de la concisión en Internet es que la inmensa mayo- ría de los nombres de dominio de dos o tres letras ya están registrados. 3. Relacionado con su actividad. Este requisito también influirá en que su web sea más recordada. Así con- seguirá que el usuario asocie directamente a su empresa con alguna acti- vidad o servicio, siempre que la marca no sea ya lo suficientemente conocida, claro está. 4. Con sentido. Diferentes estudios han demostrado que las palabras con significado, en 22
  • 24. 23 un dominio, se recuerdan mucho más que las que no lo tienen. Evidentemente, después entran en juego otros factores como las grandes inversiones publicitarias, que pueden popularizar nombres en principio sin sentido, como por ejemplo, Yahoo. 5. Elegir “.com”, “.es”, “.net”... Lo primero que debe plantearse a la hora de decidir la extensión del dominio de su empresa es cuál de ellos se adapta mejor a su mercado. La extensión estándar, hoy por hoy la más solicitada, es el .com, pero si su empresa no opera a nivel internacional puede interesarle pensar en los dominios territoriales bajo los cuales nos enmarcamos: en nuestro caso, el “.es”. Dependiendo de la naturaleza de su actividad, también puede plantearse el “.net” y el “.org”. Por otra parte, hemos hablado anterior- mente de los nuevos dominios que, aunque todavía no están demasiado extendidos, prometen dar juego en un futuro no muy lejano. 6. Cuidado con las connotaciones. Es muy importante asegurarnos de que el dominio elegido no tiene con- notaciones negativas asociadas que puedan perjudicar a la empresa o compañía. Si nuestro ámbito de actuación es internacional, tenemos que asegurarnos también de que esto tampoco sucede con ninguna de las lenguas que consideremos indispensables para el negocio. 7. Visión de futuro. Como en el resto de cosas, su empresa debe introducirse en Internet con visión de futuro y debe emplear su dominio para incrementar su cartera de productos, ganar clientes, ampliar o diversificar el negocio. 8. Aprenda de los demás. Es recomendable sondear a personas introducidas en el segmento de mer- cado al que se dirigirá la marca, sobre todo si tienen alguna experiencia. Las conclusiones que saque de ello le ayudarán a mejorar y a modificar errores. También, como casi siempre, es conveniente examinar a la com- petencia y hacer un análisis de los dominios que tienen las empresas que trabajan en su mismo sector. Sin duda, esto también le aportará ideas.
  • 25. 3.4 Promoción En cuanto disponga de un dominio propio, su empresa debe procurar promocionarlo. Existen empresas especializadas a las que puede recurrir. Algunas formas de dar a conocer la dirección de su web pueden ser: En cuanto a los medios tradicionales: • Tanto la dirección web o el dominio de nuestra empresa como nuestra dirección de correo electrónico deben figurar en el membrete de papel de nuestro negocio, en los sobres, carpetas, tarjetas y todo el material de comunicación de nuestra empresa. • Enviar correos promocionales. • Anunciarla en diversas publicaciones tradicionales. En cuanto al medio digital, no debemos olvidar: • Poner la dirección web en la firma de nuestros correos electrónicos. • Anunciar su puesta en marcha mediante un e-mailing. • Registrar nuestra página en buscadores y directorios especializados. • Intercambiar links y banners con otras webs que traten la misma temática. 24
  • 26. La normativa de asignación de dominios de primer nivel “.com”, “.net” y “.org” se establece a través de un organismo internacional, llamado ICANN, ‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’, Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet (http://www.icann.org). En otras palabras, la ICANN es la organización sin ánimo de lucro res- ponsable a escala mundial de los nombres genéricos y direcciones numéricas de Internet. Se ocupa de asignar el espacio de direcciones numéricas de protocolo de Internet (IP), identificadores de protocolo y de las funciones de gestión o administración del sistema de nombres de dominio de primer nivel genéricos y de códigos de países, así como de la administración del sistema de servidores raíz. Los dominios “.com”, “.net” y “.org”, los dominios básicos en Internet, están disponibles para cualquier empresa o particular que realice nego- cios a través de Internet. Los dominios bajo “.com”, al igual que otros dominios genéricos (“.net”, “.org”, “.info” o “.biz”) se conceden internacionalmente por diferentes registradores repartidos por todo el mundo, existiendo muy pocas reglas de asignación. Sin embargo, existen unas normas básicas para la aceptación de un dominio de estas características: • El nombre debe estar constituido únicamente por letras del alfabeto inglés (por ejemplo, la “ñ” no es válida), números y guiones. Cualquier otro tipo de carácter, incluyendo espacios, subrayados, acentos, puntos y 25 4. Normativa sobre asignación de dominios “.com”, “.org”, “.net”
  • 27. comas, no es válido. El dominio no puede empezar ni terminar en guión. • La longitud máxima del nombre es de 22 caracteres y la mínima de dos. ICANN se encarga también de la resolución de conflictos en la asignación de nombres de dominio. Como decíamos, cualquier particular, empresa o institución puede registrar un nombre de dominio. Así, puede imaginarse que los conflictos de intereses entre compañías y personas físicas son fre- cuentes. El registro de un nombre, generalmente el de una marca comer- cial, con el propósito de vender posteriormente el dominio a una deter- minada entidad, ha determinado la elaboración de protocolos y organis- mos internacionales como la ICANN para la resolución de conflictos. La ICANN solicitó a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI, ‘WIPO’ en inglés, organismo de Naciones Unidas con sede en Ginebra, integrado por más de 170 países), dedicada a la protección de la propiedad intelectual tanto de personas físicas como de empresas, que se ocupara de elaborar una propuesta para instaurar un sistema de reso- lución de conflictos relacionados con los dominios. De esta manera, la ICANN aprobó en 1999 una política que liberaba a los registradores de la responsabilidad en la resolución de disputas, y permitía iniciar un proceso de arbitraje dirigido a revocar una inscripción de nombre de dominio cuando se determine que ésta ha sido abusiva. La ICANN se basa desde entonces en las definiciones de registro abusi- vo de nombres de dominio señaladas por la OMPI. La organización con- sidera que el demandante ha de probar que el dominio sea idéntico o similar a una marca comercial, que el titular del dominio no tiene dere- chos o intereses legítimos respecto a él y que se ha registrado el dominio y es usado de mala fe. La normativa sobre la resolución de conflictos se encuentra disponible en la dirección http://www.icann.org/udrp/udrp.htm. Por otra parte, el ser- vicio que presta el centro de arbitraje y mediación de la OMPI puede consultarse en http://arbiter.wipo.int/domains/index-es.html. 26
  • 28. Los dominios geográficos, de código de país, son utilizados por las orga- nizaciones y empresas que desean establecerse en Internet o que quieren proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país con- creto. Hay aproximadamente 230 dominios territoriales, los que la ICANN utiliza basándose en el listado de estados elaborado por la ONU. El dominio “.es” se rige, además de por las normas de la ICANN, por la normativa específica creada por el Parlamento español para dicho domi- nio. La Administración Pública, a través de Red.es (http://www.red.es), se encarga de asignar el dominio “.es”, para lo cual es imprescindible la vinculación del solicitante con España. Esta entidad está adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología, y las posibles reclamaciones las ges- tiona la Secretaría General de Telecomunicaciones. Red.es tiene la misión genérica de promoción de la Sociedad de la Información. Entre otras misiones específicas, la legislación española ha encomendado a Red.es la gestión del Registro de nombres de dominio bajo “.es”. El Departamento de Red.es que se hace cargo de gestionar el Registro del “.es” es el ESNIC (http://www.nic.es). Existe una serie de reglas que garantizan la seguridad en la asignación de los dominios “.es”, evitando la ocupación de dominios con fines espe- culativos, y por tanto, dando una mayor seguridad al usuario. 5.1 Normas, usos, derechos y obligaciones • La asignación de un nombre de dominio permite al beneficiario utilizarlo para identificar su web y sus cuentas de correo electrónico. Sobre esta misma 27 5. Normativa sobre dominios “.es”
  • 29. figura recae la responsabilidad del uso del nombre del dominio, sobre todo en lo que afecta al respeto de la propiedad intelectual e industrial. • La normativa marca que un usuario no puede ceder o vender un nom- bre de dominio. Sólo en determinados casos de sucesión o en los de cesión de marca o nombre comercial podrá transferir este dominio. • Los usuarios que tengan un nombre de dominio asignado deberán infor- mar a Red.es de todas las modificaciones que se produzcan en sus datos. 5.2 Nuevo plan de dominios El Plan Nacional de nombres de dominio en Internet bajo “.es”, aproba- do por Orden CTE/662/2003, de 18 de marzo, recoge los requisitos y las condiciones necesarias para la asignación y la gestión de los nombres registrados bajo el dominio “.es”. Entre las principales novedades que presenta el Plan Nacional de nombres de dominio, se encuentran: • La flexibilización en la asignación de dominios de segundo nivel. • La posibilidad de registrar nombres de dominio de tercer nivel bajo los indicativos “.com.es”, “.nom.es”, “.org.es”, “.gob.es” y “.edu.es”. • La aparición de la figura del Agente Registrador. Los nombres de dominio de tercer nivel “.com.es”, “.nom.es” y “.org.es” se asignarán mediante otorgamiento automático. Sin embargo, en los casos “.gob.es” y “.edu.es” se precisará de verificación previa del cum- plimiento de los requisitos establecidos por el Plan. En algunos casos se podrán solicitar nombres de dominio sin sujeción a las normas establecidas siempre que se trate de casos de notable interés público. Son los denominados “nombres de dominio especiales” y para poder tramitarlos se debe acompañar a la solicitud una memoria expli- cativa que detalle la naturaleza, fines, contenidos, servicios, y otros por- menores relativos a la utilización que se vaya a hacer de este dominio. 28
  • 30. 29 5.3 ¿Quién puede solicitar un dominio “.es”? • Pueden solicitar un dominio “.es” las personas físicas españolas o extranjeras que residan legalmente en España, las entidades con o sin personalidad jurídica constituidas conforme a la legislación española y las primeras sucursales, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, de sociedades extranjeras legalmente constituidas. • Pueden solicitar un dominio “.es” los Órganos Constitucionales, el Defensor del Pueblo, el Consejo de Estado y el Tribunal de Cuentas, las Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, así como los Departamentos Ministeriales y Consejerías de las Comunidades Autónomas. • Las embajadas y consulados extranjeros debidamente acreditados en España, así como las organizaciones internacionales a las que España pertenezca o las entidades resultantes de acuerdos o convenios interna- cionales suscritos por España. Personas físicas Una persona física puede solicitar la asignación de los siguientes nom- bres de dominios: • Nombre y apellidos, tal como figuren en su DNI o tarjeta de residen- cia hasta un máximo de 60 caracteres. Ejemplo: “julianmartinezrubio.es” • Los nombres comerciales o marcas registradas de las que sean titulares o licenciatarios. En este caso se encontraría una persona que ha consti- tuido una sociedad limitada S.L. y por tanto es socio y administrador único. Ejemplo: “distribucionesurbano.es” • Cuando ejerzan una profesión u oficio, podrán solicitar también la asignación como nombre de dominio de su nombre y al menos un ape- llido, de su apellido o apellidos, del nombre de su establecimiento o de cualquier otro nombre o denominación similar con la que resulten cono- cidos en el tráfico mercantil. Ejemplo: “hermanossanchez.es”
  • 31. Organizaciones Respecto a las organizaciones, la normativa permite registrar: • El nombre completo de la organización. No es obligatoria la inclusión de la indicación o abreviatura de su forma social. • Un nombre abreviado del nombre completo de la organización que la identifique de forma inequívoca. • Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que sean titulares y que se encuentren legalmente registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas, en la Oficina de Armonización del Mercado Interior o en la Oficina Internacional de la Propiedad Intelectual, siempre que, en este último caso, la marca internacional sea eficaz en España. • Las denominaciones de origen cuando quien solicite su asignación sea su Consejo Regulador. Solicitud de dominios de tercer nivel “.es” Veamos los diferentes casos: .com.es Es posible solicitar un nombre de dominio de tercer nivel “.com.es” para las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad que man- tengan vínculos con España. .org.es Podrán solicitarlo las entidades, instituciones o colectivos, con o sin perso- nalidad jurídica y sin ánimo de lucro, que mantengan vínculos con España. .gob.es Se permite solicitarlo a las Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público de ella dependientes. .edu.es Podrán solicitarlo las entidades, las instituciones o colectivos, con o sin 30
  • 32. 31 personalidad jurídica, que gocen de reconocimiento oficial y realicen actividades relacionadas con la enseñanza o la investigación en España .nom.es Se permite solicitarlo a las personas físicas que mantengan vínculos con España. 5.4 ¿Qué se puede solicitar? ESNIC, autoridad competente para la gestión del registro de dominios .es, integrada en la Entidad Pública Empresarial Red.es, adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología, establece una serie de condiciones para el regis- tro de nombres de dominio “.es”: • De sintaxis • Disposiciones comunes • Prohibiciones Normas de sintaxis • Los caracteres válidos admitidos dentro de un nombre de dominio son las letras de los alfabetos de las lenguas españolas, los dígitos del 0 al 9 y el guión. No se permiten letras acentuadas, tampoco eñes, subrayados ni guiones bajos. • El nombre de dominio no puede comenzar ni terminar con guión. • Los cuatro primeros caracteres del nombre de dominio no podrán ser “xn- -“. Con esta norma se evita que se puedan registrar dominios con un guión en tercer y cuarto lugar, y la utilización de dichas letras seguidas en los dos primeros. • La longitud mínima para un dominio de segundo nivel será de tres caracteres y para un dominio de tercer nivel de dos caracteres. • La longitud máxima admitida para los dominios de segundo y tercer
  • 33. nivel es de 63 caracteres, aunque lo más recomendable es que el máxi- mo sea de 24 caracteres, por motivos prácticos. Disposiciones comunes • Se podrá denegar la asignación de un nombre de dominio cuando genere un riesgo de confusión evidente para los usuarios. • No se asignarán nombres de dominio que incluyan términos o expre- siones que resulten contrarios a la Ley, a la moral o al orden público ni aquellos que puedan vulnerar el derecho al nombre de las personas físi- cas, atentar contra el derecho al honor, a la intimidad o al buen nombre, o cuando pudieran dar lugar a la comisión de un delito o falta tipificado en el Código Penal. • No está permitido asignar nombres de dominio que coincidan con nombres de protocolos, aplicaciones y terminología de Internet. Ejemplos: “www” o “ftp”. Prohibiciones • No está permitido registrar ningún nombre de dominio que coincida con un dominio de primer nivel: “.com”, “.es”, “.org”, “.mil”, etc. • Aunque la normativa establece algunos matices, un nombre de domi- nio no puede componerse exclusivamente de un topónimo o del gentili- cio de un país, territorio o continente. No sería posible registrar “rioja.es”, por ejemplo. • Un nombre de dominio “.es” tampoco puede componerse de términos genéricos, de su abreviatura o de una combinación de ellos. Por ejem- plo, no podría registrarse “zapato.es”, “gato.es”, “fernandez.es”, etc. • No pueden registrarse nombres de dominio que se asocien de forma pública y notoria a otra organización, marca o nombre comercial distin- tos de los del solicitante del dominio o que puedan provocar confusión con ellos. El nombre a registrar debe tener una asociación directa con el 32
  • 34. 33 nombre de la empresa registrante o con una marca registrada en la Oficina de Patentes y Marcas. Asimismo, puede ser una abreviatura que se relacione directamente con el nombre de la empresa. • Tampoco pueden coincidir con nombres propios o apellidos, salvo cuan- do coincida con el nombre y apellidos de la persona física que solicite el nombre de dominio tal como figuren en su DNI o tarjeta de residencia, o se corresponda literalmente con una marca o nombre comercial registra- do a nombre de la organización o persona física solicitante del dominio. • Actualmente, no pueden asignarse nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España que contengan letras no incluidas en el alfabeto inglés. Ejemplo: letra “ñ”. Solicitud de dominios de segundo nivel A continuación vamos a ver qué dominios de segundo nivel puede usted solicitar en el caso del “.es”: • Como empresa • Como particular • Como Administración Como empresa • El nombre completo de la organización, tal y como aparece en su norma de creación. • Un nombre abreviado de la organización que la identifique de forma inequívoca. •Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que sean titulares o licenciatarios y que se encuentren registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en la Oficina de Armonización del Mercado Interior. Como particular • El nombre y apellidos del solicitante, tal y como figuren en su DNI o tar-
  • 35. jeta de residencia, hasta un máximo de 60 caracteres (el nombre de domi- nio debe estar formado por al menos un nombre y el primer apellido). • Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que usted sea titular o licenciatario y que se encuentren registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en la Oficina de Armonización del Mercado Interior. • Si usted es un profesional y desea registrar un nombre de dominio en el que figure su profesión, puede hacerlo solicitando un nombre de dominio en el aparezca su profesión o negocio y el nombre del profesional sepa- rados por un guión. Ejemplo: “abogado-domingofernandez.es” Como Administración • El nombre completo de la organización, tal y como aparece en su norma de creación. • Un nombre abreviado de la organización que la identifique de forma inequívoca. • Uno o varios nombres comerciales o marcas de los que sean titulares o licenciatarios y que se encuentren registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en la Oficina de Armonización del Mercado Interior. • Podrá asignarse un topónimo a la Administración Pública territorial que lo solicite siempre que este topónimo la identifique de forma inequívoca y que se comprometa a utilizarlo para facilitar o permitir la presencia en Internet de aquellas instituciones, entidades y colectivos en general que estén vinculados a su territorio. • Las denominaciones de origen a través de su Consejo Regulador, podrán solicitar el nombre de dominio correspondiente. En caso de coin- cidir el nombre de dominio con un topónimo, dicho nombre deberá ser cualificado con el producto que corresponda a dicha denominación. • Los topónimos correspondientes a los espacios naturales protegidos únicamente podrán asignarse a los respectivos organismos gestores que así lo soliciten. 34
  • 36. 35 • Las embajadas y consulados extranjeros debidamente acreditados en España, así como las organizaciones internacionales a las que España pertenezca o las entidades resultantes de acuerdos o convenios interna- cionales, podrán solicitar los nombres de países o territorios respectivos. Solicitud de dominios de tercer nivel El público en general podrá solicitar nombres escogidos con entera liber- tad bajo los indicativos “.com.es”, “.nom.es” y “.org.es”, con la condi- ción de que respeten las normas habituales de sintaxis. Así, por ejemplo, podrán solicitarse apodos, nombres inventados, etc. Con independencia de que se puedan solicitar dominios de tercer nivel bajo los indicativos “.com.es”, “.nom.es” y “.org.es”, los Organismos Públicos y Entidades e Instituciones relacionadas con la Enseñanza o la Investigación en España tienen la posibilidad de solicitar dominios de ter- cer nivel bajo “.gob.es” y “.edu.es”, respectivamente. 5.5 Denegación del dominio “.es” En caso de no aceptación de un dominio “.es” se podrán formular ale- gaciones mediante los mecanismos previstos en el sistema de gestión de dominios, en un plazo de diez días naturales. En caso de no presentar alegaciones en el tiempo señalado, la propuesta devendrá como Resolución administrativa, contra la cual podrá interpo- nerse recurso ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes.
  • 38. Registrar un dominio consiste en adquirir la propiedad de uso de dicho nombre en Internet. Para ello es necesario dirigirse a una de las entida- des registradoras acreditadas. Existe un organismo encargado de regular el registro de los dominios a nivel mundial: NIC (‘Network Information Center’, Centro de Información de la Red). Indica para qué se utiliza cada dominio, quién está autorizado a registrarlo, y quién puede ser el registrador. 6.1 Agentes registradores Hace sólo cinco años, el monopolio para realizar el registro de dominios lo poseía una empresa llamada Network Solutions. El mercado se libera- lizó en 1999 y se produjo la proliferación de numerosas empresas regis- tradoras de dominios. En torno a estas empresas trabajan bastantes inter- mediarios, por lo que encontrar un registrador cercano es fácil. Existen bastantes empresas españolas que registran dominios “.com”, “.org” y “.net”. Por otra parte, hoy en día hay más de 20 agentes registradores acre- ditados por Red.es, que pueden tramitar la solicitud de un registro “.es”. En la dirección http://www.icann.org/registrars/accredited-list.html se encuentra un listado de los diferentes agentes registradores acreditados ante ICANN (‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’, Corporación para la Asignación de Nombres y Números en Internet). Una vez que una empresa tiene claro qué nombre de dominio va a regis- trar, una buena estrategia para proteger su imagen en Internet es reservar 37 6. Registro de dominios
  • 39. varios dominios genéricos, por ejemplo, “.com”, “.net”, “.org” y el domi- nio territorial correspondiente a su país. Por supuesto, si una empresa posee sucursales en distintos países, puede realizar el registro en sus correspondientes dominios geográficos. También puede proceder a reser- var aquellos nombres que tengan una significación comercial estratégica para su empresa. El registro de dominios “.es” se hace a través de ES-NIC (‘Network Information Center’, Centro de Información de la Red), autoridad com- petente para la gestión del registro de dominios “.es”, integrada en la Entidad Pública Empresarial Red.es. Como ya hemos visto, esta entidad tiene asignada, entre otras funciones, la gestión del registro de nombres de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España “.es”. Dicha gestión incluye todas las funciones relacionadas con la tra- mitación de solicitudes y asignación de dominios de acuerdo con la nor- mativa correspondiente. Asimismo, también se encarga de la realización de las funciones técnicas necesarias para garantizar el correcto funcio- namiento del sistema de dominios en España y en la red global de Internet, participando en los organismos internacionales que coordinan la gestión del sistema de nombres de dominio. En caso de dudas sobre el registro, la autoridad competente para la ges- tión del Registro de nombres de dominio “.es”, ES-NIC (‘Network Information Center’, Centro de Información de la Red) dispone de un teléfono al que los usuarios interesados pueden dirigirse: 902 010 755. También pueden remitir sus consultas mediante el formulario de la sec- ción Consultas o enviando un mensaje a la dirección es-nic@nic.es. En lo que concierne a los dominios “.es”, los agentes registradores son entidades que tienen como cometido asesorar a sus clientes y actuar por cuenta de éstos ante el registro de nombres de dominio bajo “.es”. Estos agentes se ocupan de todas aquellas actividades relacionadas con la soli- citud de nuevos nombres de dominio y con la gestión de los nombres ya asignados, de acuerdo con los requisitos y condiciones que establece la Autoridad de Asignación, Red.es. En el caso de los dominios “.com”, “.net” y “.org” los requisitos y condi- ciones a cumplir son los que establece la ICANN. 38
  • 40. 39 Entre las tareas de los agentes registradores se encuentran las de asesorar en materia de nombres de dominio a sus clientes, actuar en representa- ción de éstos en cuanto a la tramitación y gestión, y pagar las tarifas rela- tivas a la asignación y mantenimiento de los nombres de dominio de los que son beneficiarios sus clientes. 6.2 Pasos a seguir para registrar un dominio Veamos cuáles son los pasos a seguir a partir de la toma de contacto con alguno de estos agentes registradores: 1. El primer paso, absolutamente necesario, es verificar si el dominio que se quiere solicitar está disponible. Para ello, la mayoría de agentes regis- tradores habilitan un servicio en su web que permite la consulta. 2. Después de comprobar que el nombre de dominio que se busca está libre, se debe completar el formulario que encontrará en las páginas de su agente registrador para cursar la solicitud. Deberá indicar los datos que se le pidan. 3. El último paso será enviar dicha solicitud. Para registrar un dominio se debe pagar una cuota. Cuando registramos un nombre de dominio, debemos elegir el período de tiempo por el que lo queremos hacer. Y si se desea conservar el dominio por más tiempo, unos días antes de su vencimiento, se deberá renovar. Las modalidades de pago pueden variar según el agente registrador o la moda- lidad del dominio: tarjeta de crédito, transferencia, domiciliación bancaria... Existen unos costes relacionados que son destinados al NIC (‘Network Information Center’, Centro de Información de la Red). En el caso de los dominios “.com”, “.net” y “.org”, existe un coste fijo de registro. Esta tasa permite mantener el dominio durante 1 año. Posteriormente hay que pagar una cantidad por año para seguir manteniendo el nombre.
  • 41. Si el proceso de contratación ha sido correcto, su dominio debería estar activo antes de 72 horas. En el caso del “.es”, según Nic.es, las solicitudes de nombres de dominio de segundo nivel se están tramitando en un plazo que oscila entre las 24 y 48 horas desde la recepción de las mismas. Si usted va a contratar los servicios de ‘hosting’ (alojamiento de la web) a algún proveedor, puede ser aconsejable que sea éste el encargado de efectuar el registro del dominio. En este caso siempre debe asegurarse de que los datos del propietario del dominio son los suyos, aunque la empresa que realice la gestión pueda figurar como contacto técnico. 6.3 Constancia en el Registro correspondiente del nombre de dominio En lo que se refiere a la legislación española, el artículo 9 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico establece que: “Los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información establecidos en España deberán comu- nicar al Registro Mercantil en el que se encuentren inscritos, o a aquel otro registro público en el que lo estuvieran para la adquisición de per- sonalidad jurídica o a los solos efectos de publicidad, al menos, un nombre de dominio o dirección de Internet que, en su caso, utilicen para su identificación en Internet, así como todo acto de sustitución o cancelación de los mismos, salvo que dicha información conste ya en el correspondiente registro”. Una vez concedido el nombre de dominio, éste deberá comunicarse al Registro Mercantil o a cualquier otro Registro público en el que se encuentre inscrita una empresa o entidad determinada. Asimismo, las entidades jurídicas de nueva creación deben asumir como trámite obli- gatorio para ello el registrar su dominio en el Registro correspondiente (Mercantil u otro). 40
  • 42. 41 En concreto, la inscripción del dominio en el Registro Mercantil sólo es exigible en los mismos casos en los que es preceptivo el registro de la entidad para desarrollar su actividad: empresarios individuales, socieda- des mercantiles y civiles, entidades de crédito, instituciones de inversión colectiva, Cajas de Ahorros, Fondos de Pensiones, sucursales y entidades que manejen al año más de 60.000 euros. De conformidad con el Colegio de Registradores Mercantiles, dicha pre- visión legal podrá cumplirse de forma sencilla utilizando el modelo de comunicación que puede encontrase en https://www.nic.es/documentacion/lssi.html Además, esta obligación de comunicación deberá cumplirse en el plazo de un mes desde la obtención, sustitución o cancelación del correspon- diente nombre de dominio o dirección de Internet. Quedan exentos de la obligación de registro los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información autónomos no titulados, internautas que tengan páginas web y otras entidades que no precisen de inscripción en registro alguno para ejercer sus actividades comerciales o de otra índole, aunque desarrollen actividades económicas a través de Internet.
  • 44. 7.1 Gestión del dominio El registro de un dominio otorga únicamente la propiedad del nombre elegido en Internet. La propiedad del nombre de dominio permite, gene- ralmente, la gestión de los servidores DNS, ‘Domain Name System’, Sistema de Nombres de Dominio. Lo normal es que cuando se tramite el registro de un dominio, el provee- dor a través del cual se realiza dicho registro nos ofrezca la gestión del DNS. Aunque podemos tener la oportunidad de gestionarlo nosotros mis- mos a través de alguna aplicación, lo más práctico y seguro será que el pro- veedor sea el encargado de hacer dicha gestión, ya que así los cambios son realizados por técnicos que dominan el funcionamiento de los servidores. 7.2 Servicio web y cuentas de correo Una vez se dispone de un dominio propio, éste puede utilizarse dentro de los dos servicios principales de Internet: web y correo electrónico. Esto quiere decir que, además de la dirección de su ‘website’ (sitio web), usted podrá disponer de varias cuentas de correo electrónico con el nombre de su empresa. Esto puede ser muy útil y beneficioso para su imagen. El servicio web se encarga de hacer que su página web se encuentre en Internet y que aparezca cuando alguien visite su dominio. El servicio de correo electrónico le permite disponer de cuentas de correo bajo el dominio registrado. 43 7. Después del registro
  • 45. Diversas experiencias empresariales consultadas consideran interesante contratar a un proveedor para disponer de estos servicios asociados. Normalmente, las entidades registradoras de dominio o sus intermedia- rias brindan también otros servicios relacionados con Internet a sus clien- tes: alojamiento (‘hosting’), alta en buscadores, seguridad, etc. 7.3 Renovación El registro de dominio se realiza por un período determinado de tiempo. La duración de este período la selecciona el cliente a la hora de registrar el dominio y depende de cuál sea el tipo de dominio. A. Dominios genéricos Si usted desea prorrogar el tiempo por el que registra el dominio, deberá efectuar la renovación necesariamente antes de la fecha de vencimiento. En caso de no realizar ninguna gestión, transcurrido el período por el que se registró el dominio, éste quedará libre. No obstante, algunas entidades registradoras pueden proceder a la renovación automática en caso de no recibir aviso en contra por parte del usuario. B. Dominios “.es” Si se trata de un “.es”, la entidad que ha procedido al registro de la web de su empresa le avisará de la fecha de caducidad con tiempo suficiente para que se informe si se quiere renovar dicho registro. En ambos casos, si se procede a la renovación del dominio, el provee- dor se encargará de realizar las gestiones pertinentes. Asimismo, si su intervención fuera necesaria, le guiará a lo largo de todo el proceso. 44
  • 46. Según diferentes estudios, las previsiones señalan que Internet superará los mil millones de usuarios en 2005, apuntando un ritmo de crecimiento de un 30% al año. Por su parte, la cantidad de dominios registrados también marca una fuerte tendencia ascendente. A continuación vamos a examinar diferentes estadísticas acerca de los dominios registrados, tanto en el mundo como en España. 8.1 Número de dominios “.com”,“.net”,“.org”,“.info”,“.biz” El siguiente cuadro nos muestra la cantidad de dominios “.com”, “.net”, “.org”, “.info” y “.biz” que, actualmente, están registrados, cuántos han sido borrados y los casos de bloqueo por parte del registrador. Un dominio puede estar bloqueado por diversas causas: contenciosos, problemas de facturación, falta de pago, etc. Si el dominio ha sido eliminado, es posible que ya se encuentre disponible para que pueda registrarse de nuevo. Si los dominios bloqueados no son renovados en breve, pasarán a ser borrados, por lo que también pueden volver a ser registrados. Número de dominios Dominios 1er nivel Activos Borrados Bloqueados .COM 28.129.572 15.715.865 346.746 .NET 4.628.294 3.035.358 63.376 .ORG 2.926.318 1.824.662 33.401 .INFO 1.154.722 300.809 1.274 .BIZ 976.179 289.960 1.021 .US 777.261 69.512 490 Total 38.592.346 21.235.667 446.308 Fuente: Whois source (abril 2004) 45 8. Estadísticas sobre dominios
  • 47. 8.2 Número total de dominios registrados El crecimiento de dominios registrados en Internet a nivel mundial ha sido constante desde su puesta en marcha. Según datos extraídos de la AUI (Asociación de Usuarios de Internet, http://www.aui.es), en 1998 el número total de dominios registrados en todo el mundo ascendía a 3.951.490, con un índice de crecimiento semanal de 59.156. Si compa- ramos estos datos con el cuadro que se muestra a continuación, obser- vamos que en los últimos años las cifras de registro de dominios se han disparado de forma espectacular. A principios de 2004, la cifra global de dominios registrados se situaba cerca de los 250.000.000. Por otra parte, el número total de usuarios en Internet se ha estimado recientemente en cerca de 740.000.000 (Nielsen/NetRatings, http://www.nielsen-netratings.com). Dominios registrados Fuente: Internet Systems Consortium, Inc. Consorcio de Sistemas de Internet (http://www.isc.org) 46 Jan-94 Jan-95 Jan-96 Jan-97 Jan-98 Jan-99 Jan-00 Jan-01 Jan-02 Jan-03 Jan-04 250.000.000 200.000.000 150.000.000 100.000.000 50.000.000 0
  • 48. 47 8.3 Número de IPS distribuidas por países El siguiente gráfico nos ofrece los resultados de un estudio elaborado por Whois Source (http://www.whois.sc) en marzo de 2004. Dicho estudio ha sido realizado en 226 países y un total de 2.048.780.393 IPS. A continua- ción, hemos seleccionado 20 países y su correspondiente número de IPS. Nº IPS País 1.281.524.843 Estados Unidos 106.530.646 Japón 86.405.611 Reino Unido 64.013.742 Canadá 43.073.820 China 30.919.897 Francia 24.431.383 Australia 22.386.290 Italia 17.151.121 Uruguay 12.347.303 España 11.403.785 Brasil 3.038.845 India 2.157.019 Portugal 556.281 Perú 403.968 Lituania 182.397 Nigeria 60.285 Cuba 18.608 Uganda 13.536 Irak 84 Chad Fuente: Whois source (marzo, 2004)
  • 49. 8.4 Registros de dominios en la Unión Europea Un estudio realizado en febrero de 2004 por Alfa-Redi (Revista de Derecho Informático, http://www.alfa-redi.org), agrupa los países de la Unión Europea según la cantidad de dominios geográficos que se han registrado. Menos de 100.000 .fi Finlandia 80.000 .es España 75.000 .gr Grecia 50.000 .ie Irlanda 36.000 .pt Portugal 35.000 .lu Luxemburgo 17.000 Entre 100.000 y 500.000 .dk Dinamarca 497.000 .at Austria 320.000 .be Bélgica 308.000 .se Suecia 227.000 .fr Francia 180.000 Entre 500.000 y 1.000.000 .nl Países Bajos 1.050.000 .it Italia 882.000 Más de 1.000.000 .de Alemania 7.050.000 .uk Reino Unido 4.875.000 Fuente: Alfa-Redi, febrero 2004 (http://www.alfa-redi.org) 48
  • 50. 49 8.5 Dominios “.es” registrados en los últimos años El registro de dominios “.es” se ha ido incrementando progresivamente desde 1997. Según daba a conocer Red.es (http://www.red.es) en su informe anual, tal y como puede comprobarse en el gráfico siguiente, el número de dominios “.es” registrados en España en 2003 aumentó un 40%, produciéndose un cambio “significativo” en la promoción y difu- sión de los nombres de dominio bajo el código “.es”, correspondiente a España. Esta línea, según afirmaba la entidad pública, continuará en los próximos años con “un mayor vigor”. Según Red.es, el crecimiento del número de nombres de dominio durante 2003 en España se debió prin- cipalmente a la apertura de los nombres de dominio de tercer nivel al público general, medida que se enmarca dentro del Plan Nacional de Nombres de Dominios, que se puso en marcha en marzo de 2003. Número total de Dominios Registrados Fuente: ESNIC 1997 90.000 70.000 60.000 50.000 40.000 0 80.000 30.000 20.000 10.000 1998 1999 2000 2001 2002 2003 Mar-04 7.219 12.887 18.859 29.590 35.570 43.476 71.158 76.558
  • 51. 8.6 Dominios activos de tercer nivel en España El siguiente cuadro nos presenta la cantidad de dominios de tercer nivel que se habían registrado en España hasta la fecha 1 de abril de 2003. Como se ha señalado en otro apartado de este libro, el registro de dominios de tercer nivel no se somete a ninguna comprobación previa ni a equivalen- cias con otros registros oficiales, por lo que, a diferencia de los dominios de segundo nivel “.es”, su asignación es prácticamente inmediata y no requiere documentación previa. Según el Ministerio Español de Ciencia y Tecnología, el Plan Nacional de Nombres de Dominio ha permitido la cre- ación de 50.000 nuevas direcciones “.es” y de 20.000 dominios españoles de tercer nivel desde su entrada en vigor a finales de abril del año pasado. Fuente: ESNIC 50 15,1% 10,2% 0,6% 0,5% 73,7% .com.es .edu.es .gob.es .nom.es .org.es Dominios activos 3er Nivel Total: 22.629 (01/04/2003)
  • 52. 51 8.7 Evolución de usuarios de Internet en España Por otro lado, la evolución respecto al acceso a Internet de la población española desde 1997 hasta 2003, basado en el porcentaje de personas que declaran haber tenido acceso a Internet en un período reciente, se refleja en el siguiente cuadro, en relación con otros países. Usuarios con acceso a Internet Porcentajes sobre la población total España Alemania Francia Irlanda Italia Portugal R. Unido UE EE.UU. Japón 1997 2,8 6,1 1,7 4,1 2,3 5,0 7,5 5,2 15,0 9,3 1998 4,4 12,8 5,9 8,2 5,2 6,0 13,6 9,7 22,3 13,2 1999 7,0 17,5 9,2 18,1 14,3 10,0 21,0 14,9 37,4 21,4 2000 13,7 30,2 14,4 17,9 23,0 25,0 26,4 24,5 44,1 29,9 2001 18,3 37,4 26,4 23,3 26,9 28,1 33,0 31,4 50,1 38,4 2002 19,3 41,2 31,4 27,1 35,2 19,4 42,3 36,0 55,1 44,9 2003 24,1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- Fuente: ITU, Unión Internacional de Telecomunicaciones, (http://www.itu.int)
  • 54. En este capítulo presentamos una relación de preguntas básicas sobre domi- nios, con el objeto de sintetizar la información y que sirva de guía de con- sulta rápida acerca de todas las cuestiones esenciales referentes a este tema. 1. ¿Qué es un nombre de dominio? Los nombres del dominio son nombres identificables para los ordenadores en Internet (ejemplo: “anetcom.es”). Consiste en la conversión a texto de una dirección numérica llamada IP, siglas de ‘Internet Protocol’, Protocolo de Internet, que sirve para identificar un sitio concreto de la Red. Los nom- bres de dominio son la forma más sencilla de encontrar información y de localizar empresas, instituciones o personas en Internet. 2. ¿Qué es una dirección IP? Una dirección IP es un código numérico que identifica a un ordenador específico en Internet. 3. ¿Qué es un servidor DNS? DNS son las siglas de ‘Domain Name System’, Sistema de Nombres de Dominio. El servidor de DNS traduce los nombres de dominio en direc- ciones IP para que sea posible la comunicación entre diferentes ordenado- res conectados a la Red. 53 9. “25 preguntas básicas sobre dominios”
  • 55. 4. ¿Para qué se usa un dominio? Un nombre de dominio permite implementar determinados servicios a tra- vés de la Red, como correo electrónico, una web, comercio electrónico, etc. Cuando una persona o una empresa registra un dominio, asocia el nombre de dominio con un ordenador específico. 5. ¿Cómo se registra un dominio? Las solicitudes de asignación de nombres de dominio pueden dirigirse directamente a la Autoridad de Asignación, o bien a través de un Agente Registrador. 6. ¿Cuánto tiempo se tarda en proceder al registro? El proceso de registro sólo dura unos minutos. Los dominios suelen estar accesibles entre 48 y 72 horas después del registro. En el caso de los dominios “.es”, la web de ESNIC indica que las solicitu- des de nombres de dominio de segundo nivel se tramitan en un plazo que oscila entre las 24 y 48 horas desde la recepción de las mismas. 7. ¿Si una empresa no está en Internet, necesita registrar un nombre de dominio? No. Sin embargo, cada vez es más importante la implantación de Internet, sobre todo en el mundo empresarial, y es más que probable que en el futu- ro necesite incorporar su web a la Red. Para evitar sorpresas desagradables, como encontrar su nombre de dominio registrado por otra empresa, es conveniente proceder ya a su registro. 8. Una empresa ya tiene un dominio registrado. ¿Dónde estará su web? Si una empresa necesita que su web esté en Internet debe contratar un ser- 54
  • 56. 55 vicio de hosting o alojamiento. En muchos casos los mismos agentes regis- tradores ofrecen este tipo de servicio. 9. ¿Qué es un agente registrador? Es una entidad autorizada por ICANN para efectuar el Registro de domi- nios. Estas entidades tienen como cometido asesorar a sus clientes, actuar por cuenta de éstos ante el Registro de nombres de dominio y proceder a la gestión de los nombres ya asignados, de acuerdo con los requisitos y condiciones que establezca la Autoridad de Asignación. 10. ¿Qué es un dominio de primer nivel? Un dominio de primer nivel (‘Top Level Domain’, TLD), es el más alto nivel de categorización de un nombre en Internet. Dentro del sistema de nombres de dominio en Internet el primer nivel ocupa el eslabón más alto dentro de la jerarquía que ofrece la Red. Es el más común (por ejemplo, “.com”, “.es”) 11. ¿Qué tipos de dominios de primer nivel existen? Existen dos clases: genéricos y geográficos. Los genéricos (“.com”, “.org”, “.net”, etc.) son dominios que se conceden en el ámbito internacional para empresas y personas de todo el mundo. No tienen vinculación territorial. Los geográficos o territoriales son los correspondientes a los códigos terri- toriales de cada país (como por ejemplo “.es”, “.it”, “.pt”…). Estos domi- nios están gestionados por la autoridad de asignación de cada país que establece la normativa para la asignación libremente. 12. ¿Qué es un dominio de segundo nivel? Cualquier nombre de dominio registrado bajo una extensión de primer
  • 57. nivel (como por ejemplo “.com”, “.es”, “.net”…) es un dominio de segundo nivel. La separación entre niveles se realiza mediante puntos. Por ejemplo: “anetcom.es” 13. ¿Qué es un dominio de tercer nivel? Cualquier nombre de dominio registrado bajo un dominio de segundo nivel (como por ejemplo “.com.es”, “.org.es”, “.edu.es”, “.co.uk”...) es un dominio de tercer nivel. La separación entre niveles se realiza también a través de puntos. 14. ¿Cuántos caracteres puedo utilizar en un nombre de dominio? En el caso “.com”, “.net”, “.org”: la longitud máxima del nombre es de 22 caracteres y la mínima de dos. En el caso “.es”: la longitud mínima para un dominio de segundo nivel será de tres caracteres y para un dominio de tercer nivel de dos caracteres. La longitud máxima admitida para los dominios de segundo y tercer nivel es de 63 caracteres, aunque lo más recomendable es que el máximo sea de 24 caracteres por motivos prácticos. 15. ¿Qué caracteres se pueden utilizar en un dominio? En el caso “.com”, “.org”, “.net”, etc.: el nombre debe estar constituido úni- camente por letras del alfabeto inglés, números y guiones. Cualquier otro tipo de carácter, incluyendo espacios, subrayados, acentos, puntos y comas, no es válido. El dominio no puede empezar ni terminar en guión. En el caso “.es”: los caracteres válidos admitidos dentro de un nombre de dominio son las letras de los alfabetos de las lenguas españolas, los dígitos del 0 al 9 y el guión. No se permiten letras acentuadas, tampoco eñes, subrayados ni guiones bajos. 56
  • 58. 57 16. ¿Pueden registrarse nombres de dominio con la letra “ñ”? En 2001 la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN), uno de los organismos que regulan la Red, autorizó la utilización de la “ñ”. Sin embargo, en la práctica diversos problemas téc- nicos han impedido su uso. Ésta ha sido la causa de que hasta el momen- to los organismos correspondientes no hayan comenzado a registrar domi- nios con la “ñ”. El primero en romper esta barrera idiomática ha sido DENIC (http://www.denic.de), organismo regulador de dominios de Alemania, que desde el pasado 1 de marzo de 2004 permite a particulares reservar dominios con la letra “ñ” y la “ç”, además de diéresis alemanas, símbolos escandinavos, eslavos, etc. La iniciativa ha sido seguida por orga- nismos registradores de países como Austria y Suiza. Sin embargo, hoy por hoy, en ningún registrador oficial de naciones hispanas es posible registrar dominios con la letra “ñ”. Por el momento se presentan diversos problemas técnicos para el uso habi- tual de estos dominios. Algunos navegadores no reconocen aún éste y otros símbolos específicos de otros idiomas que no figuran en el alfabeto inglés. 17. ¿Cómo saber si un dominio está disponible? Antes de intentar registrar un dominio nuevo hay que investigar si el dominio deseado está disponible. Hay varios sitios en Internet que per- miten saberlo, por ejemplo Whois (http://www.whois.net), ES-NIC (http://www.nic.es), etc. En realidad, la mayoría de entidades registrado- ras ofrecen este servicio. 18. ¿Qué cosas hay que tener en cuenta a la hora de elegir un nombre de dominio? Para elegir el nombre de dominio adecuado, debe tener en cuenta que sus visitantes recordarán la web de su empresa por dicho nombre. Por ello es conveniente huir de complicaciones innecesarias a la hora de elegir el nombre, que sea lo más fácil de recordar y de teclear posible. Es reco- mendable disponer de un dominio propio y no de un redireccionamiento
  • 59. o un subdominio gratuito, ya que con éstos será más complicado que los usuarios recuerden el nombre de la web y vuelvan a visitarla. 19. ¿Por cuánto tiempo se registra un dominio? Un dominio puede ser registrado por períodos que van de un año hasta 10 años. 20. ¿Qué es NIC? NIC es una sigla que significa ‘Network Information Center’, Centro de Información de Internet, nombre histórico usado en todo el mundo para definir la organización encargada de administrar los nombres de dominio en Internet. Se ocupa de indicar para qué se utiliza cada dominio, quién está autorizado a registrarlo, y quién puede ser el registrador. Esta entidad dele- ga en otras para desempeñar todo el trabajo de organización que conlleva la administración de los dominios, sobre todo en el caso de los territoriales. 21. ¿Qué es la ICANN? ICANN es la corporación sin ánimo de lucro que coordina la administra- ción del sistema de gestión de dominios en Internet. 22. ¿Qué es ESNIC? ESNIC (Centro de Información de la Red en España) es un departamento de la entidad pública empresarial Red.es, autoridad competente para la gestión del Registro de nombres de dominio de Internet bajo el código de país “.es”. 58
  • 60. 59 23. ¿Quién regula el registro de dominios territoriales? El registro de los dominios territoriales se regula basándose en unas normas específicas para cada país. Los encargados de crear estas normas para el registro son los distintos delegados del NIC de cada país. De este modo, el ESNIC (http://www.nic.es) es el encargado en España, mientras que IT-NIC (http://www.nic.it) es el de Italia, NIC Chile (http://www.nic.cl) en el caso de Chile, AFNIC (http://www.afnic.fr) en Francia, etc. 24. ¿Qué es Red.es? La Entidad Pública Empresarial Red.es, tiene asignada, entre otras funcio- nes, la gestión del registro de nombres de dominio de Internet bajo el códi- go de país correspondiente a España “.es”, que incluye todas la funciones relacionadas con la tramitación de solicitudes y asignación de dominios de acuerdo con la normativa correspondiente, así como la realización de las funciones técnicas necesarias para garantizar el correcto funcionamiento del sistema de dominios en España y en la red global de Internet. 25. ¿Puedo perder mi dominio? Sí, si pierde una disputa sobre el dominio en un caso llevado por la ICANN (organismo encargado de supervisar el sistema de registro de dominios a nivel mundial). Entonces, el nuevo titular será el ganador de la disputa. También si el pago del dominio no es válido o incurre en fraude. Si no paga el dominio después de reservarlo también pierde la titularidad.
  • 62. 61 ANETCOM.Asociación sin ánimo de lucro para el fomento del comercio elec- trónico empresarial y de las nuevas tecnologías en la ComunidadValenciana. http://www.anetcom.es AUI. Apartado sobre Dominios de la Asociación de Usuarios de Internet. http://www.aui.es/quejas/dominios.htm CDSI. Comisión de Estudio para el Desarrollo de la Sociedad de la Información. http://cdsi.red.es Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI. El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, con sede en Ginebra (Suiza), fue creado en 1994 para promover la solución de controversias en materia de propiedad inte- lectual, incluyendo las referentes a nombres de dominio. http://arbiter.wipo.int/center/index-es.html Conocer internet http://www.conocerinternet.com Desarrollo web http://desarrolloweb.com 10. Fuentes y enlaces útiles
  • 63. 62 DNS (‘Domain Name System’). Sistema de Nombres de Dominio. http://www.dns.net/dnsrd Glosario sobre dominios http://www.dnsystem.com/informacion/ayuda/glosario_de_terminos_ sobre_dominios_en_dnsystem.php IANA (‘Internet Assigned Number Authority’). Agencia de Asignación de Números en Internet. http://www.iana.org ICANN (‘Internet Corporation for Assigned Names and Numbers’). Corporación Internet para la Asignación de Nombres y Números en Internet. Organización sin ánimo de lucro que opera a nivel internacio- nal, responsable de asignar espacio de direcciones numéricas de proto- colo de Internet (IP), identificadores de protocolo y de las funciones de gestión (o administración) del sistema de nombres de dominio de primer nivel genéricos y de códigos de países. http://www.icann.org Internautas.org http:/www.internautas.org InterNIC (‘Internet Network Information Center’). Centro de Información de la Red. http://www.internic.com ISOC. (Internet Systems Consortium, Consorcio de Sistemas en Internet). Asociación no gubernamental y sin fines de lucro, financiada por sus miembros, dedicada exclusivamente al desarrollo mundial de Internet, con la tarea específica de concentrar sus esfuerzos y acciones en asuntos particulares sobre Internet. http://www.isoc.org
  • 64. 63 ITU. Unión Internacional de Telecomunicaciones. Es una organización inter- nacional del sistema de las Naciones Unidas en la cual los gobiernos y el sec- tor privado coordinan los servicios y redes mundiales de telecomunicaciones. http://www.itu.int NIC.ES. Autoridad competente para la gestión del Registro de nombres de dominio de Internet bajo el código de país “.es”. https://www.nic.es/index.html Observatorio Español de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. Se ocupa del seguimiento, análisis y difusión de la situa- ción del sector TIC (de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones), así como del sector Audiovisual y de la Sociedad de la Información en España. http://www.observatorio.es Oficina Valenciana para la Sociedad de la Información. Centro de Investigación cuya misión es informar acerca del impacto de las moder- nas tecnologías en la sociedad. Está englobado en el Segundo Plan de Modernización de la Comunidad Valenciana, moderniza.com. http://www.cevalsi.com Oficina Española de Patentes y Marcas http://www.oepm.es OMPI. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. http://www.wipo.int/index.html.es Red.es. Entidad Pública Empresarial que tiene asignada la gestión del registro de nombres de dominio de Internet bajo el código de país corres- pondiente a España “.es”. http://www.red.es
  • 65. SATSI. Secretaría Autonómica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información. http://www.gva.es SETSI. Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Permite consultar la legislación sobre dominios. http://www.setsi.mcyt.es 64
  • 66. Los dominios en Internet C/ Luis Vives 6, 4º, 12º 46003 Valencia Tel. 96 392 39 16 Fax 96 392 40 83 informacion@anetcom.es www.anetcom.es