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Debate Planes Pensiones
Rankia
Jose Luis Benito
True Value FI
joseluis@joseluisbenito.com
Diciembre 2017
Debate
¿No será como se dice toda la vida:
Pan para hoy y hambre para mañana?
¿Cómo se calcula la pensión de jubilación?
La cuantía de la pensión de jubilación depende fundamentalmente de tres factores:
1. La Base Reguladora, que es la media aritmética actualizada con la variación del
IPC del importe de las Bases de Cotización realizadas en un periodo de tiempo
concreto (20 años antes de la jubilación en el año 2017 pero en aumento hasta llegar
a los 25 años en 2022)
2. El número de años totales en los que se ha cotizado durante toda la vida laboral,
pues con 15 años de cotizaciones se accede al 50% de la Base Reguladora y va en
aumento hasta acceder al 100% de la Base Reguladora con al menos 35 años y
medio de cotizaciones en 2017 (pero también este factor va variando hasta 2027
cuando se requerirá un mínimo de 37 años de cotizaciones para alcanzar el 100% de
la Base Reguladora.
3. El número de años que anticipemos nuestra jubilación (en el caso de que
podamos acceder a una de las modalidades de Jubilación Anticipada que contempla
la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Pensión Máxima
La pensión máxima de jubilación en 2017 queda fijada en 2573,70 € mensuales,
14 pagas
Pensión Mínima
Presentación José Luis Benito
Tipo Gravamen Rentas Ahorro
• El reconocimiento de un incentivo fiscal para las
aportaciones realizadas a los planes de pensiones.
• El diferimiento en la tributación hasta la fecha de inicio de
cobro.
• La vinculación de la tributación como rendimientos de
trabajo, a partir de la fecha de jubilación, a las cuantías
efectivamente cobradas anualmente.
Fundamentos de la Fiscalidad de los planes de Pensiones
2 claves Fundamentales contra de los Planes de Pensiones
1. Tributación como Rendimiento de Trabajo (Tipo Marginal) de cuantías que
nunca se han beneficiado de ninguna reducción
2. Salto frecuente en la escala del tipo marginal del IRPF del rescate frente al
tipo marginal de la reducción
...y otras 2 claves adicionales
Diferente trato en el Impuesto de Sucesiones, mucho mas perjudicial con la
legislación actual para los planes de pensiones
Una cosa es aceptar la iliquidez voluntariamente y otra por obligación
(Riesgos de expropiación, imposibilidad/dificultad de servir como garantia etc)
Presentación José Luis Benito
Presentación José Luis Benito
Las aportaciones a planes de pensiones están limitadas tanto desde el punto
de vista financiero como desde el punto de vista fiscal. Así, estas aportaciones
tienen un tope máximo de 8.000 € anuales. De esa aportación podremos
deducir en nuestra declaración de la renta la menor de las siguientes
cantidades:
- 8.000 € anuales. Para cualquier contribuyente, independientemente de la
edad.
- El 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.
Adicionalmente, aquellas personas cuyo cónyuge no obtenga rendimientos
netos del trabajo y/o cuyas actividades económicas sean inferiores a 8.000 €
anuales, podrán aportar al plan del cónyuge un máximo de 2.500 € anuales.
Para las personas con minusvalía (física igual o superior al 65 % y psíquica
igual o superior al 33 %) el límite máximo anual de las aportaciones asciende
a 24.250 €, incluyendo las aportaciones por terceras personas, que no podrán
exceder de 10.000 € anuales.
Presentación José Luis Benito
Presentación José Luis Benito
Presentación José Luis Benito
Aquellas prestaciones que se perciban en forma de renta (en general
salvo casos excepcionales son en forma de renta) por las personas
acogidas al régimen de discapacidad y desde que se acogieron al
mismo, gozarán de una exención en el IRPF de hasta tres veces el
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Respecto a las prestaciones percibidas en forma de capital, aquellas
correspondientes a aportaciones realizadas hasta 31.12.2006, (desde la
fecha de su acogimiento al régimen de discapacitados que nunca será
anterior al 1/1/1999) tendrán una reducción del 50%, cuando hayan
transcurrido más de 2 años desde la primera aportación
Rescate de Planes de Pensiones por parte de Discapacitados
Las diferencias respecto al contribuyente no deportista existen en dos
aspectos:
- Para los deportistas profesionales en activo existen dos posibilidades no
excluyentes de inversión en sus planes: Una en la “Parte Especial”, con un
límite máximo de 24.250€ deducibles al año, y otro en la “Parte General”,
con las mismas condiciones establecidas para los planes de pensiones
tradicionales.
- En segundo lugar los ahorros correspondientes a las aportaciones a la
Parte Especial del Plan se pueden recuperar un año después de dejar de
ser Deportista Profesionales o Deportista de Alto Nivel.
Deportistas Profesionales
Presentación José Luis Benito
Presentación José Luis Benito
Régimen transitorio de la reducción del 40 %
En la tributación del rescate de un plan de pensiones, hay que tener en
cuenta la reducción del 40 % de los fondos rescatados del plan de pensiones en
forma de capital. En 2007 se eliminó esta reducción, pero se estableció un
periodo de transición que permite la reducción de las cantidades aportadas al
plan antes del 1 de enero de 2007.
Si la posibilidad de rescatar el plan de pensiones ha tenido lugar a partir del 1
de enero de 2015, la reducción se podrá aplicar en el mismo ejercicio de la
jubilación o en los dos siguientes. Para las contingencias ocurridas entre 2011 y
2014, se podrá aplicar la reducción a los fondos rescatados antes de la
finalización del octavo año desde la contingencia.
Por último, los casos anteriores a 2010, tendrán la reducción del 40 % en los
fondos que se reciban hasta el 31 de diciembre de 2018.
- Los planes de pensiones se podrán recuperar a partir de los 10 años
- Rebaja de Comisiones
La comisión pasará de 1,5% a 1,25% de media
En concreto, el cobro de comisiones se dividirá en tres tramos:
Renta fija bajará del 1,5% al 0,85%.
Renta fija mixta se rebaja al 1,3%.
Resto: renta variable mixta y pura y fondos garantizados 1,5%.
OJO!!! Reforma del Gobierno 2017 a aprobar
Es importante recordar que en los territorios de Navarra* y País
Vasco sigue vigente esa reducción del 40% en rescates en forma de
capital.
En el caso del rescate en forma de renta, no hay reducción en ninguno de
los territorios y el 100% de la prestación pasará a formar parte de la base
imponible de los herederos
Navarra: Desaparece se 2018, se mantiene un régimen transitorio similar
al nacional
Aportaciones
Pais Vasco: el límite son 5.000 euros por aportación del contribuyente
más otros 8.000 de aportación de la empresa. El límite conjunto 12.000
euros.
Navarra :Menores de 50 años el límite 3.500 euros, mayores 6.000 euros.
Límites anteriores 5.000 euros para menores de 50 años y 7.000 para los
de más edad (Se bajaron desde 6.000 y 8.000 respectivamente)
Nota. Territorios Forales
Presentación José Luis Benito
Presentación José Luis Benito
Tipo Gravamen Rentas Ahorro
Simulación Planes vs Fondos
Hoja de Cálculo
Es muy optimista asignar las mismas Rentabilidades
Estudio Pablo Fernández (comentar críticas al estudio)
Fondos de inversión: En base a la muestra que usa, concluye que 27 de
los 632 baten al IBEX 35, un 4,2% de la muestra, y 18 de 632 al bono del
Estado a 15 años, un 2,84% de la muestra.
Planes de pensiones: En los planes de pensiones, concluye que 2 de 322
superan al IBEX 35, un 0,62% de la muestra, y 1 de 322 al bono del Estado
a 15 años, un 0,31% de la muestra.
Pequeño truco en el rescate para rentas altas
La “Jugada Maestra”
Aprovechar las bonificaciones de Padres a Hijos en ISD
Poner el contador a “0” prácticamente GRATIS !!!
El Gobierno bajará las comisiones máximas de los
planes de pensiones hasta el 0,85%
El Confidencial 13/11/2017
https://www.elconfidencial.com/economia/2017-11-13/gobierno-reducir-comisiones-
planes-de-pensiones-rentabilidad_1476894/
El Gobierno sustituirá la comisión máxima de gestión de
los planes de pensiones, fijada actualmente en el 1,5%, por un
sistema de tres tramos en función de las diferentes políticas de
inversión de los propios fondos.
En concreto, la comisión máxima de gestión de los fondos de
renta fija se reducirá hasta el 0,85%, mientras que en el caso
de la renta fija mixta el importe máximo se reduce hasta el
1,3%. Para el resto de fondos (renta variable y fondos
garantizados) la comisión de gestión máxima se mantiene en el
1,5%.
Cuatro de cada diez gestoras
proponen mejorar la fiscalidad de la
prestación de los planes de pensiones
Funds People 13/12/2017
https://es.fundspeople.com/news/cuatro-de-cada-diez-gestoras-proponen-mejorar-la-
fiscalidad-de-la-prestacion-de-los-planes-de-pensiones
La medida más apoyada para fomentar el ahorro en estos vehículos
sería mejorar la fiscalidad de la prestación, tal y como defienden cuatro de cada
diez gestoras.
Ni siquiera las últimas medidas anunciadas por el gobierno, la nueva reducción
de comisiones y la liquidez total, creen que potenciará el atractivo de estos
vehículos. Para un 42% de las gestoras no tendrá impacto alguno y para el
33% creen que no aumentará su atractivo.
…casi tres de cada cuatro gestoras señalan a que los planes mixtos de renta fija
serán la opción preferida en la campaña de final de año.
1. ¿Qué pensión se supone que voy a tener y cuando voy a poder jubilarme?
(extrapolar en función de mi salario actual y edad)
2. ¿Cuál es mi límite para aportar a un Plan de Pensiones
3. ¿Cuál es mi tipo marginal actual del IRPF? (Otra vez depende mi salario)
4. ¿Voy a ser capaz de encontrar Planes iguales o mejores que Fondos?
5. ¿Cuál va ser mi tipo marginal del IRPF al rescate? ¿Capital o Renta?
6. Si lo rescato en forma de renta para mitigar el IRPF ¿en cuantos años
años lo podré hacer para rescatarlo todo en vida?
Es hora de hacer Simulaciones
Oportunidades
Al menos donde las veo yo
- Discapacitados
- Cónyuge sin rentas (tradicionalmente han sido las amas de casa)
- Deportistas
- Residentes en territorios forales (Pais Vasco ahora)
- Participes que conservan derecho a la reducción del 40%
- Planes Garantizados: si no se alcanza la garantía, la diferencia no
la pone el plan sino la entidad financiera y se considera
Rendimiento de Capital Mobiliario en vez de Rendimiento de
Trabajo
(No siempre, hay que analizar los efectos fiscales Aportación/Rescate)
Conclusiones
- Menores Rendimientos históricos
- Menor Oferta donde elegir, puede haber más planes pero menos fondos
de pensiones asociados a ellos y con menos temática.
- Movilidad internacional actual de planes de pensiones muy
limitada. No hay armonización fiscal
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2017/06/28/midinero/14986697
96_031996.html
- Mayor iliquidez :toda iliquidez debe implicar una prima,
expropiaciones..
- Mayor Fiscalidad al rescate:
Gravar como Renta de Trabajo capitales que no desgravaron
Salto de Tramos
- Muchísima mayor fiscalidad en las herencias
- Dificultad o Imposibilidad de pignorar o servir como garantía

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Presentación José Luis Benito

  • 1. Debate Planes Pensiones Rankia Jose Luis Benito True Value FI joseluis@joseluisbenito.com Diciembre 2017
  • 2. Debate ¿No será como se dice toda la vida: Pan para hoy y hambre para mañana?
  • 3. ¿Cómo se calcula la pensión de jubilación? La cuantía de la pensión de jubilación depende fundamentalmente de tres factores: 1. La Base Reguladora, que es la media aritmética actualizada con la variación del IPC del importe de las Bases de Cotización realizadas en un periodo de tiempo concreto (20 años antes de la jubilación en el año 2017 pero en aumento hasta llegar a los 25 años en 2022) 2. El número de años totales en los que se ha cotizado durante toda la vida laboral, pues con 15 años de cotizaciones se accede al 50% de la Base Reguladora y va en aumento hasta acceder al 100% de la Base Reguladora con al menos 35 años y medio de cotizaciones en 2017 (pero también este factor va variando hasta 2027 cuando se requerirá un mínimo de 37 años de cotizaciones para alcanzar el 100% de la Base Reguladora. 3. El número de años que anticipemos nuestra jubilación (en el caso de que podamos acceder a una de las modalidades de Jubilación Anticipada que contempla la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
  • 4. Pensión Máxima La pensión máxima de jubilación en 2017 queda fijada en 2573,70 € mensuales, 14 pagas Pensión Mínima
  • 7. • El reconocimiento de un incentivo fiscal para las aportaciones realizadas a los planes de pensiones. • El diferimiento en la tributación hasta la fecha de inicio de cobro. • La vinculación de la tributación como rendimientos de trabajo, a partir de la fecha de jubilación, a las cuantías efectivamente cobradas anualmente. Fundamentos de la Fiscalidad de los planes de Pensiones
  • 8. 2 claves Fundamentales contra de los Planes de Pensiones 1. Tributación como Rendimiento de Trabajo (Tipo Marginal) de cuantías que nunca se han beneficiado de ninguna reducción 2. Salto frecuente en la escala del tipo marginal del IRPF del rescate frente al tipo marginal de la reducción ...y otras 2 claves adicionales Diferente trato en el Impuesto de Sucesiones, mucho mas perjudicial con la legislación actual para los planes de pensiones Una cosa es aceptar la iliquidez voluntariamente y otra por obligación (Riesgos de expropiación, imposibilidad/dificultad de servir como garantia etc)
  • 11. Las aportaciones a planes de pensiones están limitadas tanto desde el punto de vista financiero como desde el punto de vista fiscal. Así, estas aportaciones tienen un tope máximo de 8.000 € anuales. De esa aportación podremos deducir en nuestra declaración de la renta la menor de las siguientes cantidades: - 8.000 € anuales. Para cualquier contribuyente, independientemente de la edad. - El 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Adicionalmente, aquellas personas cuyo cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo y/o cuyas actividades económicas sean inferiores a 8.000 € anuales, podrán aportar al plan del cónyuge un máximo de 2.500 € anuales. Para las personas con minusvalía (física igual o superior al 65 % y psíquica igual o superior al 33 %) el límite máximo anual de las aportaciones asciende a 24.250 €, incluyendo las aportaciones por terceras personas, que no podrán exceder de 10.000 € anuales.
  • 15. Aquellas prestaciones que se perciban en forma de renta (en general salvo casos excepcionales son en forma de renta) por las personas acogidas al régimen de discapacidad y desde que se acogieron al mismo, gozarán de una exención en el IRPF de hasta tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Respecto a las prestaciones percibidas en forma de capital, aquellas correspondientes a aportaciones realizadas hasta 31.12.2006, (desde la fecha de su acogimiento al régimen de discapacitados que nunca será anterior al 1/1/1999) tendrán una reducción del 50%, cuando hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación Rescate de Planes de Pensiones por parte de Discapacitados
  • 16. Las diferencias respecto al contribuyente no deportista existen en dos aspectos: - Para los deportistas profesionales en activo existen dos posibilidades no excluyentes de inversión en sus planes: Una en la “Parte Especial”, con un límite máximo de 24.250€ deducibles al año, y otro en la “Parte General”, con las mismas condiciones establecidas para los planes de pensiones tradicionales. - En segundo lugar los ahorros correspondientes a las aportaciones a la Parte Especial del Plan se pueden recuperar un año después de dejar de ser Deportista Profesionales o Deportista de Alto Nivel. Deportistas Profesionales
  • 19. Régimen transitorio de la reducción del 40 % En la tributación del rescate de un plan de pensiones, hay que tener en cuenta la reducción del 40 % de los fondos rescatados del plan de pensiones en forma de capital. En 2007 se eliminó esta reducción, pero se estableció un periodo de transición que permite la reducción de las cantidades aportadas al plan antes del 1 de enero de 2007. Si la posibilidad de rescatar el plan de pensiones ha tenido lugar a partir del 1 de enero de 2015, la reducción se podrá aplicar en el mismo ejercicio de la jubilación o en los dos siguientes. Para las contingencias ocurridas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar la reducción a los fondos rescatados antes de la finalización del octavo año desde la contingencia. Por último, los casos anteriores a 2010, tendrán la reducción del 40 % en los fondos que se reciban hasta el 31 de diciembre de 2018.
  • 20. - Los planes de pensiones se podrán recuperar a partir de los 10 años - Rebaja de Comisiones La comisión pasará de 1,5% a 1,25% de media En concreto, el cobro de comisiones se dividirá en tres tramos: Renta fija bajará del 1,5% al 0,85%. Renta fija mixta se rebaja al 1,3%. Resto: renta variable mixta y pura y fondos garantizados 1,5%. OJO!!! Reforma del Gobierno 2017 a aprobar
  • 21. Es importante recordar que en los territorios de Navarra* y País Vasco sigue vigente esa reducción del 40% en rescates en forma de capital. En el caso del rescate en forma de renta, no hay reducción en ninguno de los territorios y el 100% de la prestación pasará a formar parte de la base imponible de los herederos Navarra: Desaparece se 2018, se mantiene un régimen transitorio similar al nacional Aportaciones Pais Vasco: el límite son 5.000 euros por aportación del contribuyente más otros 8.000 de aportación de la empresa. El límite conjunto 12.000 euros. Navarra :Menores de 50 años el límite 3.500 euros, mayores 6.000 euros. Límites anteriores 5.000 euros para menores de 50 años y 7.000 para los de más edad (Se bajaron desde 6.000 y 8.000 respectivamente) Nota. Territorios Forales
  • 25. Simulación Planes vs Fondos Hoja de Cálculo Es muy optimista asignar las mismas Rentabilidades Estudio Pablo Fernández (comentar críticas al estudio) Fondos de inversión: En base a la muestra que usa, concluye que 27 de los 632 baten al IBEX 35, un 4,2% de la muestra, y 18 de 632 al bono del Estado a 15 años, un 2,84% de la muestra. Planes de pensiones: En los planes de pensiones, concluye que 2 de 322 superan al IBEX 35, un 0,62% de la muestra, y 1 de 322 al bono del Estado a 15 años, un 0,31% de la muestra. Pequeño truco en el rescate para rentas altas
  • 26. La “Jugada Maestra” Aprovechar las bonificaciones de Padres a Hijos en ISD Poner el contador a “0” prácticamente GRATIS !!!
  • 27. El Gobierno bajará las comisiones máximas de los planes de pensiones hasta el 0,85% El Confidencial 13/11/2017 https://www.elconfidencial.com/economia/2017-11-13/gobierno-reducir-comisiones- planes-de-pensiones-rentabilidad_1476894/ El Gobierno sustituirá la comisión máxima de gestión de los planes de pensiones, fijada actualmente en el 1,5%, por un sistema de tres tramos en función de las diferentes políticas de inversión de los propios fondos. En concreto, la comisión máxima de gestión de los fondos de renta fija se reducirá hasta el 0,85%, mientras que en el caso de la renta fija mixta el importe máximo se reduce hasta el 1,3%. Para el resto de fondos (renta variable y fondos garantizados) la comisión de gestión máxima se mantiene en el 1,5%.
  • 28. Cuatro de cada diez gestoras proponen mejorar la fiscalidad de la prestación de los planes de pensiones Funds People 13/12/2017 https://es.fundspeople.com/news/cuatro-de-cada-diez-gestoras-proponen-mejorar-la- fiscalidad-de-la-prestacion-de-los-planes-de-pensiones La medida más apoyada para fomentar el ahorro en estos vehículos sería mejorar la fiscalidad de la prestación, tal y como defienden cuatro de cada diez gestoras. Ni siquiera las últimas medidas anunciadas por el gobierno, la nueva reducción de comisiones y la liquidez total, creen que potenciará el atractivo de estos vehículos. Para un 42% de las gestoras no tendrá impacto alguno y para el 33% creen que no aumentará su atractivo. …casi tres de cada cuatro gestoras señalan a que los planes mixtos de renta fija serán la opción preferida en la campaña de final de año.
  • 29. 1. ¿Qué pensión se supone que voy a tener y cuando voy a poder jubilarme? (extrapolar en función de mi salario actual y edad) 2. ¿Cuál es mi límite para aportar a un Plan de Pensiones 3. ¿Cuál es mi tipo marginal actual del IRPF? (Otra vez depende mi salario) 4. ¿Voy a ser capaz de encontrar Planes iguales o mejores que Fondos? 5. ¿Cuál va ser mi tipo marginal del IRPF al rescate? ¿Capital o Renta? 6. Si lo rescato en forma de renta para mitigar el IRPF ¿en cuantos años años lo podré hacer para rescatarlo todo en vida? Es hora de hacer Simulaciones
  • 30. Oportunidades Al menos donde las veo yo - Discapacitados - Cónyuge sin rentas (tradicionalmente han sido las amas de casa) - Deportistas - Residentes en territorios forales (Pais Vasco ahora) - Participes que conservan derecho a la reducción del 40% - Planes Garantizados: si no se alcanza la garantía, la diferencia no la pone el plan sino la entidad financiera y se considera Rendimiento de Capital Mobiliario en vez de Rendimiento de Trabajo (No siempre, hay que analizar los efectos fiscales Aportación/Rescate)
  • 31. Conclusiones - Menores Rendimientos históricos - Menor Oferta donde elegir, puede haber más planes pero menos fondos de pensiones asociados a ellos y con menos temática. - Movilidad internacional actual de planes de pensiones muy limitada. No hay armonización fiscal https://cincodias.elpais.com/cincodias/2017/06/28/midinero/14986697 96_031996.html - Mayor iliquidez :toda iliquidez debe implicar una prima, expropiaciones.. - Mayor Fiscalidad al rescate: Gravar como Renta de Trabajo capitales que no desgravaron Salto de Tramos - Muchísima mayor fiscalidad en las herencias - Dificultad o Imposibilidad de pignorar o servir como garantía