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ACUERDO No. ( XX ) 
JULIO DE 2010 
Por el cual se expide el REGLAMENTO del SEMESTRE DE PRÁCTICA del Programa de Administración de Empresas de la Sede Cúcuta de la Universidad Francisco de Paula Santander. 
El Consejo Superior Universitario, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial de las conferidas por el Artículo 24, literal b., del Acuerdo No. 91 de 1993 –ESTATUTO GENERAL–, 
CONSIDERANDO: 
Que el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia garantiza la autonomía universitaria. 
Que la Ley 30 de 1992 –Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior– reglamenta y determina los alcances del derecho constitucional de la autonomía universitaria; en el Artículo 28 reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos y definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, entre otros aspectos. Así mismo, el Artículo 57 de la precitada Ley 30 de 1992 determina la naturaleza jurídica de las universidades estatales u oficiales, las cuales deben organizarse como entes universitarios autónomos con las siguientes características: Personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera y patrimonio independiente, otorgándole, además, la potestad de elaborar y manejar su propio presupuesto. 
Que la resolución No. 094 del 26 de abril de 2005 expedida por el Consejo Académico de la Universidad Francisco de Paula Santander establece la normatividad que rige el semestre de práctica del Plan de Estudios de Administración de Empresas. 
Que el Programa de Administración de Empresas de la Universidad Francisco de Paula Santander, sede Cúcuta, requiere contar con un Reglamento específico para el “Semestre de Práctica” que se cursa en el noveno semestre (para dicha Carrera en jornada diurna) y décimo semestre (para quienes cursan la Carrera en jornada nocturna), de forma tal que se cuente con un instrumento donde se defina y determine, entre otros aspectos, qué es el “Semestre de Práctica”, cuáles los objetivos, las modalidades del “Semestre de Práctica”; los requisitos y condiciones que deben cumplir los alumnos que pretendan cursar la asignatura que lleva dicho nombre; de la evaluación del “Semestre de Práctica” para cada estudiante y los Informes que el alumno debe presentar durante la etapa de desarrollo de las actividades del “Semestre de Práctica”. 
Que el Consejo Académico de la UFPS estudió, analizó y evaluó el proyecto de REGLAMENTO del SEMESTRE DE PRÁCTICA del Plan de Estudios de Administración de Empresas de la Sede Cúcuta de la Universidad Francisco de Paula Santander, encontrándolo ajustado y acorde con el desarrollo académico de la Institución y, en consecuencia, recomienda al máximo órgano de gobierno universitario su adopción, como se verifica en la correspondiente certificación emitida por la Secretaría del Consejo Académico, con lo cual se da cumplimiento a lo normado en el literal a. del Artículo 45 del Acuerdo No. 91 de 1993 –ESTATUTO GENERAL–. 
Que es función del Consejo Superior Universitario expedir el REGLAMENTO del SEMESTRE DE PRÁCTICA del Plan de Estudios de Administración de Empresas de la Sede Cúcuta de la Universidad Francisco de Paula Santander, al tenor de lo dispuesto en el literal b. del Artículo 24 del ESTATUTO GENERAL de la Universidad; literal que ha sido modificado por el Artículo 3 del Acuerdo No. 025 de 1995-. 
ACUERDA: 
CAPITULO 1. DE LA DEFINICION Y OBJETIVOS 
ARTICULO 1. El Semestre de Práctica es una estrategia pedagógica específica del Pensum Académico del Programa de Administración de Empresas, que procura la consolidación y el enriquecimiento de competencias profesionales y la adquisición de experiencias para los estudiantes del Plan de Estudios. 
Se entiende por Semestre de Práctica las actividades que el estudiante matriculado en la asignatura del mismo nombre, desarrolla con su vinculación a una empresa o entidad del sector público o privado; vinculación que no puede ser inferior a diez y seis (16) ni mayor a veinte cuatro (24) semanas continuas, teniendo en ese lapso de tiempo la oportunidad de aplicar los conocimientos adquiridos y confrontarlos con la puesta en práctica de los mismos en la empresa o entidad para la consolidación de sus competencias disciplinares, adquisición de experiencia laboral y contacto con el ámbito y ambiente empresarial. 
En términos académicos, el Semestre de Práctica corresponde a una Asignatura del Pensum del Programa de Administración de Empresas, en el nivel del noveno semestre (para la jornada diurna) o décimo semestre (para la jornada nocturna), con una Intensidad Horaria de cuarenta (40) horas prácticas y quince (15) Créditos Académicos.
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ARTÍCULO 2. El Semestre de Práctica se constituye en uno de los escenarios de enseñanza-aprendizaje dentro del proceso formativo de los estudiantes de Administración de Empresas. 
Por otra parte, se entiende el Semestre de Práctica como una proyección institucional de la Universidad y específicamente de la Facultad de Ciencias Empresariales a la sociedad y a la comunidad empresarial tanto del sector público como privado. 
ARTICULO 3. Son objetivos del Semestre de Práctica los siguientes: 
a) Obtener la integración Universidad - Comunidad Empresarial y brindarle la oportunidad al alumno practicante de perfeccionar el desarrollo de competencias y aptitudes humanísticas, científicas y profesionales inherentes a su disciplina. 
b) Crear, estimular y desarrollar un ambiente de integración y liderazgo entre la Universidad y el alumno practicante frente al campo empresarial. 
c) Mejorar el nivel académico del alumno, familiarizándolo con el funcionamiento y ambiente empresarial, brindándole la oportunidad de poner en práctica el conocimiento adquirido durante su permanencia en la Universidad para que contribuya en la solución de problemas de la comunidad y el sector empresarial. 
d) constituir un espacio para evaluar la pertinencia del programa de Administración de Empresas y fortalecer las relaciones de la Universidad con la sociedad. 
e) Evaluar la pertinencia del currículo y contenidos del Plan de Estudios de Administración de Empresas, retroalimentándolo mediante el análisis continuo de la demanda de conocimiento para adecuarlo a las necesidades y requerimientos de la comunidad en general y del sector empresarial en particular. 
ARTICULO 4. Los alumnos pueden cursar el semestre de práctica en empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, dentro o fuera de la ciudad; para este último caso siempre y cuando estén dadas las condiciones para realizar el seguimiento correspondiente. Los estudiantes podrán realizar su práctica en el exterior siempre que la misma posibilite la consolidación de los procesos de internacionalización de la Universidad y permita el desarrollo e intercambio de conocimientos y experiencias académicas. 
El alumno que tuviere empresa propia legalmente establecida y quiera desarrollar el semestre de práctica en la misma podrá hacerlo previo cumplimiento de las condiciones establecidas para este caso en el presente reglamento. 
El semestre de práctica puede ser cursado en la empresa en que trabaje el alumno, siempre y cuando desempeñe actividades que fortalezcan su formación profesional como administrador de empresas y cumpla con los demás requisitos establecidos en el presente reglamento. 
El estudiante podrá tramitar directamente su vinculación a una empresa, presentando la solicitud que estará sujeta a consideración del Comité de Semestre de Práctica. En este caso el Comité podrá requerir los documentos necesarios para verificar la idoneidad de la empresa o entidad. 
El estudiante sólo podrá iniciar las actividades del Semestre de Práctica, una vez cumplidos los requisitos establecidos por el Comité Curricular. Si se diere una vinculación anterior a la inscripción de la práctica sin previa autorización, El Plan de Estudios no reconocerá ese tiempo y no se hará responsable de la participación del estudiante en las actividades realizadas. De igual forma, no reconocerá como práctica las actividades realizadas después de la fecha de finalización acordada en el respectivo convenio. 
PARÁGRAFO. Todos los estudiantes que cumplen los requisitos establecidos para adelantar el Semestre de Práctica, deben diligenciar el formato de inscripción en las oficinas del Plan de Estudios al finalizar el periodo académico inmediatamente anterior a su realización. 
CAPITULO 2. DE LAS MODALIDADES DE SEMESTRE DE PRÁCTICA 
ARTÍCULO 5. La Práctica empresarial se solicita según las siguientes opciones: 
 El estudiante solicita la Práctica al Plan de Estudios para ser presentado en una de las empresas con las que el Programa de Administración de Empresas tiene trayectoria de vinculación. 
 El estudiante presenta una Empresa, donde tiene la opción de realizar su práctica. 
En cualquiera de las dos opciones anteriores; el Programa de Administración de Empresas reconoce las siguientes modalidades de semestre de práctica: 
a) Práctica Empresarial o profesional. Los estudiantes podrán realizar su semestre de práctica mediante la vinculación a una empresa, entidad u organización, pública o privada, nacional o
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internacional, legalmente constituida, en la que desempeñe funciones y asuma responsabilidades relacionadas con su campo disciplinar, o entre a participar en el desarrollo de un proyecto afín al ejercicio profesional. Esta modalidad requiere suscribir convenio de cooperación. 
Siendo la práctica profesional, a través del Semestre de Práctica, una experiencia en desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, el vínculo del estudiante con la empresa, entidad u organización no constituye necesariamente un contrato de trabajo en los precisos y estrictos términos que determina la legislación laboral. 
b) Práctica social. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica mediante la vinculación a proyectos adelantados bien por la Universidad Francisco de Paula Santander o bien Entidades sin ánimo de lucro que tengan como propósito el mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de la población menos favorecida. 
Con esta modalidad de Semestre de Práctica se busca sensibilizar al estudiante en su proceso de formación integral con la realidad social regional y/o nacional. La práctica social se concibe como un aporte al componente misional de responsabilidad social de la universidad Francisco de Paula Santander. 
Para que un estudiante curse su Semestre de Práctica en la modalidad de Práctica Social se requiere que previamente se haya suscrito un convenio de cooperación entre la Universidad Francisco de Paula Santander y la respectiva Entidad sin ánimo de lucro. 
El Semestre de Práctica bajo la modalidad de Práctica Social se desarrollará con base en el cumplimiento de las condiciones y el cronograma de actividades establecidas en el convenio. En cualquier caso, los proyectos, programas y acciones estarán relacionados con los campos de acción que contempla el Programa de Administración de Empresas de la Universidad Francisco de Paula Santander. 
c) Práctica investigativa. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica mediante la vinculación a proyectos de investigación adelantados por la Universidad Francisco de Paula Santander o Instituciones afines, entidades sin ánimo de lucro o grupos de investigación debidamente reconocidos, siempre y cuando estos le permitan ampliar y construir conocimiento pertinente a su disciplina. 
PARÁGRAFO. El alumno que realice su Semestre de Práctica bajo la modalidad de Práctica Investigativa o Práctica Social deberá presentar un proyecto claro y concreto al Comité de Semestre de Práctica con el objeto de ser evaluado y aprobado como viable para la realización del Semestre de Práctica. Dicho proyecto debe cumplir con los mismos requisitos de un anteproyecto hasta donde su alcance lo permita. 
d) Práctica de Consultoría Empresarial para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica mediante la vinculación a proyectos y/o programas de asesoría para el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, fortaleciendo así los vínculos de la Facultad de Ciencias Empresariales con el sector empresarial, la cual será direccionada y coherente con los proyectos de extensión y planes de acción del Laboratorio Empresarial adscrito a la Facultad. 
Para que un estudiante curse su Semestre de Práctica en la modalidad de Práctica de Consultoría Empresarial se requiere que previamente se haya suscrito un convenio de cooperación entre la Universidad Francisco de Paula Santander y la respectiva Micro, Pequeña o Mediana Empresa. 
e) Práctica en Empresa Personal o Familiar. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica en una empresa que sea de su propiedad o de su familia. La empresa debe estar legalmente constituida y garantizar la realización de la práctica en forma adecuada. La solicitud de Semestre de Práctica en esta modalidad estará acompañada de: 
 Certificado de Cámara de Comercio de la Empresa. 
 Certificado de la Empresa Familiar donde el estudiante va a realizar su práctica en que se indique claramente el cargo que se le va a asignar, las funciones a realizar y el tiempo de dedicación. 
 Una propuesta específica indicando los objetivos que va a desarrollar y que representen un aporte profesional para la empresa. La propuesta debe cumplir los mismos requisitos de un anteproyecto hasta donde su alcance lo permita. 
PARÁGRAFO. La Empresa propuesta por el estudiante deberá cumplir unos requisitos mínimos a través de los cuales se evidencie la pertinencia del desempeño que el estudiante va a efectuar en relación con la disciplina profesional. Dentro de estos requisitos mínimos se exige que la empresa tenga una oferta productiva o de servicios específicos a través de una estructura y dinámica empresarial con todos sus componentes. 
f) Práctica con Vinculación Laboral Previa. El estudiante que en el periodo académico en que debe realizar su Semestre de Práctica se encuentre vinculado con contrato laboral vigente en una empresa, entidad u organización, ocupando un cargo en una de las áreas de formación profesional y tenga una experiencia debidamente comprobada de no menos de un año continuo en el mismo cargo, o en cargos similares, podrá aspirar al reconocimiento de su experiencia laboral como práctica profesional. La solicitud de la práctica deberá estar acompañada de:
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 Certificado de la empresa donde el estudiante está laborando, en que se indique claramente su fecha de vinculación, jornada laboral y cargo que desempeña, así como los que haya desempeñado en su historia laboral dentro de la empresa (si los hay). 
 Constancia de afiliación del estudiante-trabajador a un Régimen de Seguridad Social y Fondo de Pensiones. 
 Una propuesta adicional al trabajo que viene desempeñando que represente un aporte profesional para la empresa a la cual está vinculado y que deberá desarrollar durante el periodo académico en el cual se encuentra matriculado el Semestre de Práctica. El informe final estará sujeto a la aprobación del docente responsable del seguimiento de la práctica. 
PARÁGRAFO. En la modalidad de Práctica con Vinculación Laboral Previa, el Comité de Semestre de Práctica podrá establecer la línea de trabajo donde se suscribirá la propuesta. 
CAPITULO 3. DE LOS ORGANISMOS DEL SEMESTRE DE PRÁCTICA 
Y SUS FUNCIONES 
ARTICULO 6. Los organismos responsables en la realización del Semestre de Práctica son los siguientes: 
EL COMITÉ DE SEMESTRE DE PRÁCTICA. Es el órgano encargado de la aplicación del presente Reglamento, y de gestionar y organizar las prácticas de los estudiantes en el plan de estudios de Administración de Empresas. Este comité estará integrado por: 
 El Director del Programa de Administración de Empresas, quien obrará como coordinador del Comité de Semestre de Práctica 
 El Director del Departamento de Ciencias Administrativas 
 Los Coordinadores de la jornada diurna y nocturna del Programa de Administración de Empresas 
 Un representante de los profesores del Semestre de Práctica 
 Un representante de los alumnos de Semestre de Práctica 
PARÁGRAFO. El comité se reunirá en forma ordinaria, como mínimo tres veces por semestre y en forma extraordinaria cuando se requiera. Será convocado por el Director del Plan de estudios. Para que las decisiones que se tomen sean válidas, será necesaria la asistencia mínima de tres de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. 
SON FUNCIONES DE ESTE COMITÉ las siguientes: 
 Guiar el proceso de ubicación de los estudiantes en cualquiera de las modalidades de práctica establecidas en el presente reglamento garantizando la calidad e idoneidad de la práctica formativa para el estudiante. 
 Coordinar las convocatorias para el proceso de inscripción de los estudiantes aspirantes a realizar prácticas en cada periodo académico 
 Publicar la relación de Empresas e Instituciones en las cuales los alumnos pueden realizar las prácticas 
 Evaluar la idoneidad y pertinencia de las empresas solicitantes y propuestas para vincular a los estudiantes con base en los criterios establecidos en el presente reglamento y aprobar los correspondientes convenios de acuerdo con la modalidad de práctica requerida. El comité de semestre de práctica se reserva la potestad de aceptar o no las empresas propuestas por el estudiante, así como también, la de reubicarlo o asignarle una nueva empresa según las prioridades de respuesta a las solicitudes de las empresas o a las condiciones de los convenios. 
 Aplicar criterios objetivos de distribución, en la asignación de las empresas para las prácticas de los alumnos que las soliciten. El Comité distribuirá y asignará las empresas disponibles atendiendo al orden de inscripción de los alumnos, a las preferencias manifestadas por los mismos en el formato de inscripción y a las consideraciones expresadas por las Empresas o Instituciones en sus correspondientes solicitudes. Cuando exista conflicto entre las preferencias manifestadas por los alumnos y la propuesta de distribución de cupos; se tendrán en cuenta, entre otros, los criterios de idoneidad con el perfil solicitado por la Empresa e historial académico del alumno. 
 Solicitar al Director del Departamento de Ciencias Administrativas, el nombramiento de los profesores que se encargarán de orientar y realizar el seguimiento a los estudiantes en el desarrollo de las prácticas.
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 Estudiar y decidir sobre las situaciones y casos especiales que se relacionen con el desarrollo del Semestre de Práctica, que los docentes responsables del mismo no hayan podido resolver. 
 Suministrar la información y documentos necesarios para un adecuado desarrollo del semestre de práctica y dar cumplimiento a las disposiciones y normas vigentes en la universidad y la Facultad para la realización del semestre de práctica. 
 Evaluar y retroalimentar el desarrollo de las prácticas en cada semestre académico 
 Otras que apoyen el normal desarrollo del semestre de práctica 
LOS DOCENTES DE SEMESTRE DE PRÁCTICA. Están adscritos al departamento de Ciencias Administrativas y corresponde al Director del Departamento su nombramiento. El semestre de práctica se establece como una asignatura del plan de estudios de Administración de Empresas y se le asigna un profesor responsable de la misma quien tendrá a su cargo el seguimiento y asesoramiento del estudiante durante la práctica. 
Son funciones del Docente las siguientes: 
 Servir de enlace entre la Universidad y el sector empresarial. 
 Orientar el trabajo del alumno antes y durante la realización de las prácticas de acuerdo con las normas establecidas en el presente Reglamento. 
 Aprobar los proyectos en los casos en que la modalidad de la práctica lo requiera y verificar la coherencia de las funciones asignadas en relación con los propósitos de la práctica 
 Realizar las gestiones necesarias para la firma de los convenios que formalicen el inicio de la práctica del estudiante. 
 Asesorar y hacer seguimiento al estudiante hasta la culminación de la práctica. 
 Evaluar los informes presentados por los practicantes y cumplir con el registro de las notas según el calendario académico 
 Realizar como mínimo (3) reuniones durante el semestre académico con el grupo de practicantes a cargo. El Docente programará una reunión final con su grupo de estudiantes para una evaluación general del semestre de práctica. 
 Informar al Comité de Semestre de Práctica los avances y todo aquello que estime conveniente para el desarrollo exitoso de la práctica. 
 Mantener comunicación constante con los practicantes ubicados fuera de la ciudad; recibir los informes y responder oportunamente a sus inquietudes, notificando sobre las visitas o estrategias que se implementen para verificar su proceso. 
 Realizar como mínimo tres (3) visitas a cada una de las empresas en las cuales se encuentran los estudiantes con el fin de corroborar y hacer seguimiento a la práctica. En las primeras visitas el docente diligenciará cada vez, un formato de visita suministrado por el plan de estudios y en la última visita entregará un formato de evaluación que será diligenciado por la persona de la cual dependa el alumno en la empresa. Este último servirá como criterio de evaluación para la nota final. Cuando el estudiante esté vinculado a una empresa fuera de la ciudad se convendrá con el Comité de semestre de práctica, los medios para llevar a cabo la evaluación. En este caso, la visita a la empresa o entidad en la cual se realiza la práctica, deberá justificarse para cada caso en particular. 
 Guardar el secreto profesional con relación a cualquier información confidencial de la empresa, que conozca como consecuencia de su actividad como docente responsable del seguimiento al practicante 
 Establecer las estrategias necesarias para mantener un contacto adecuado, eficiente y eficaz con las empresas ubicadas dentro y fuera de la ciudad. 
 Entregar oportunamente al Plan de Estudios los documentos que aporten al archivo individual de los practicantes, de acuerdo a los requisitos de información establecidos por el Comité de Semestre de Práctica. 
 Otras que apoyen el normal desarrollo del semestre de práctica 
CAPITULO 4. DE LA EMPRESA 
ARTICULO 7. A la empresa o entidad vinculada al semestre de práctica le corresponde:
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 Seleccionar entre varios aspirantes, aquellos que a su juicio, le puedan suministrar mejores servicios. 
 Establecer el periodo para la realización de la práctica y asignar el horario al estudiante vinculado dentro de los tiempos que establece el presente reglamento 
 Comunicar a la Dirección del Plan de Estudios sobre su aceptación, ubicación y horario asignado al alumno practicante. 
 En los casos en que lo tenga contemplado, acordar con el practicante la remuneración de sus labores en la empresa, 
 Proporcionar al practicante la oportunidad de trabajar en cargos que le permitan perfeccionar el desarrollo de competencias y aptitudes humanísticas, científicas y profesionales inherentes a su disciplina. 
 Facilitar al Docente encargado de realizar el seguimiento de la práctica, toda la información sobre el desempeño del practicante, efectividad y eficiencia en el desarrollo del trabajo con el propósito de evaluar adecuadamente su ejercicio. 
 Suspender al alumno-practicante cuando incurra en faltas tipificadas por la empresa como tal, en el desarrollo de las funciones asignadas, comunicando oportunamente al docente responsable, de tal manera que sirva para evaluar al alumno y tomar los correctivos necesarios. 
 Informar al Docente encargado del Semestre de Práctica las fallas encontradas en el alumno en cuanto a su preparación. 
 Aprobar y firmar los convenios que formalizan la vinculación del estudiante en los casos en que la modalidad de la práctica lo requiere. 
Parágrafo. El semestre de práctica puede o no, ser remunerado. En los casos en que sea remunerado, la asignación salarial que reciba el alumno durante su práctica, será fijada por la empresa o entidad de acuerdo con sus políticas salariales. 
CAPÍTULO 5. DE LOS ALUMNOS 
ARTÍCULO 8. Los alumnos matriculados en Semestre de Práctica: 
 Lo cursarán como única asignatura en el noveno semestre para la jornada diurna y en el décimo semestre para la jornada nocturna. Los estudiantes podrán realizar el semestre de práctica teniendo pendiente por cursar y aprobar dos materias hasta el octavo semestre, distintas a las que se establecen como prerrequisitos específicos; en cuyo caso deberán cursarlas en el siguiente semestre, una vez finalizada la práctica. 
 No podrán matricular asignatura alguna durante el semestre de práctica. Los estudiantes que matriculen materias durante el semestre de práctica se les cancelará este último y en tal caso solo se reconocerán notas por las asignaturas cursadas. 
 Colaborarán activamente con el docente asignado, siguiendo sus indicaciones e informándole de los resultados obtenidos, manteniendo el contacto necesario para realizar el seguimiento. 
 No podrán cambiar de empresa sin previa justificación motivada y el visto bueno del Comité de semestre de Práctica. 
PARÁGRAFO. Durante el proceso de ubicación se requiere que el estudiante tenga disponibilidad para asistir a las entrevistas y realizar todas las actividades relacionadas con su vinculación 
ARTICULO 9. Los estudiantes que realicen el Semestre de Práctica tienen derecho a: 
 Recibir apoyo para su ubicación y desempeño durante el semestre de práctica 
 Concertar la fecha de inicio y la fecha de terminación con la empresa o entidad a la que se vinculen, siempre que se encuentre dentro del período académico. 
 Conocer las responsabilidades y actividades que realizará en desarrollo de su semestre de práctica. 
 Recibir orientación y asesoría por parte del docente encargado en el desarrollo de las prácticas. 
ARTÍCULO 10. Son obligaciones del alumno de Semestre de Práctica: 
 Conocer y acatar las normas contempladas en el presente Reglamento.
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 Diligenciar el formato de inscripción para el semestre de práctica. 
 Solicitar por escrito al Plan de Estudios la intención de realizar su práctica, una vez hayan terminado los exámenes finales del semestre inmediatamente anterior. 
 Matricular como única asignatura el Semestre de Práctica y tener su carnet estudiantil vigente 
 Suministrar al docente que le fue asignado para su seguimiento, toda la información necesaria para la formalización de su práctica según la modalidad seleccionada. 
 Colaborar con los trámites necesarios para la suscripción del convenio respectivo cuando la modalidad de la práctica lo requiera. 
 Entregar copia del contrato (si lo hay) entre la empresa y el estudiante, o estar dentro de un convenio entre la Universidad y la empresa. 
 Acreditar su afiliación al Régimen de Seguridad Social 
 Conocer y cumplir el Reglamento de trabajo de la Empresa donde haya sido ubicado 
 Mantener en secreto toda información de carácter confidencial que obtenga de la empresa, en desarrollo de su trabajo. Divulgarla será causa de pérdida del semestre, sin perjuicio de las demás sanciones que establezcan la ley y los reglamentos. 
 Asistir puntualmente a las convocatorias programadas por el Plan de Estudios o por el docente asignado. 
 Presentar en las fechas que se señalen, los informes que se le soliciten. 
 Informar sobre todo cambio, o situación irregular que se le presente en el desarrollo de su práctica. 
CAPITULO 6. DE LA EVALUACION DEL SEMESTRE DE PRACTICA 
ARTICULO 11. Parte de la evaluación del Semestre de Práctica se llevará a cabo mediante la presentación de los siguientes informes: 
1. PRIMER INFORME. Este informe debe contener: 
 Nombre de la Empresa, NIT 
 Dirección y teléfono 
 Objeto social de la empresa 
 Departamento o sección en el cual trabaja 
 Horario de trabajo 
 Nombre del jefe inmediato y cargo 
 Cargo asignado o proyecto al que está vinculado 
 Principales funciones del cargo ( o descripción del proyecto al que está vinculado) 
 Objetivos particulares del desempeño específico del practicante en relación con el desarrollo de la empresa, la justificación de estas realizaciones y el impacto o producto esperado de los mismos, coherentes con el objetivo general del semestre de práctica 
 Fecha de ingreso o inicio de la práctica y duración convenida 
 Número de radicado del convenio (cuando haya lugar) 
 Indicar si el estudiante recibe algún tipo de remuneración o apoyo económico. 
 Breve comentario sobre la adaptación al puesto o funciones 
 Diagnóstico de la empresa o el área donde labora y Plan de trabajo de la propuesta (para las modalidades de práctica que lo requieran) 
El informe inicial debe entregarse al docente asignado para el seguimiento en la fecha de primer previo establecida en el calendario académico 
2. SEGUNDO INFORME. Este informe debe contener: 
 Labores desarrolladas y confrontación con el informe inicial. 
 Descripción del ambiente de trabajo 
 Rotación 
 Aplicación de conocimientos adquiridos 
 Avances de la propuesta (para las modalidades de práctica que lo requieran) 
El segundo informe debe entregarse al docente asignado para el seguimiento en la fecha de segundo previo establecida en el calendario académico
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3. INFORME FINAL 
Este informe se basará en el trabajo realizado en la empresa, aportes y propuestas de crecimiento para la misma. Deberá presentarse al finalizar el trabajo en la Empresa. Copia de este informe debe ser entregado con certificación de recibido emitido por la empresa. 
4. EVALUACIÓN DEL JEFE INMEDIATO. 
Esta evaluación se realizará al finalizar el periodo de práctica del estudiante utilizando el formato que para este fin provee el Plan de estudios de Administración de Empresas. Su diligenciamiento corresponde al jefe inmediato del estudiante en la empresa. 
ARTICULO 12. El Semestre de Práctica no es homologable ni habilitable. Cuando el alumno pierda el Semestre de Práctica debe repetirlo inmediatamente. 
El semestre se pierde cuando: 
 La nota final promedio sea inferior a tres cero (3.0) 
 El alumno sea retirado de la Empresa por faltas consideradas como graves por la empresa 
 El alumno se retira de la Empresa sin previo aviso o justificación y visto bueno del comité de semestre de práctica 
 Renunciar a las prácticas una vez se haya vinculado y recibido la comunicación respectiva de la Empresa 
 Use indebidamente las Instalaciones de la Empresa donde realiza la práctica 
 Se demuestra que el alumno presentó información no veraz para acceder a una modalidad especifica de práctica 
 Cualquier fraude en el desarrollo de las actividades relacionadas con el semestre de práctica 
PARÁGRAFO. Cuando el estudiante sea retirado de la empresa por faltas graves se le aplicarán las sanciones establecidas en el estatuto estudiantil según el caso. 
ARTICULO 13. Se podrá solicitar la cancelación del semestre de práctica, según el Reglamento Académico. Pero el alumno deberá avisar oportunamente al comité de semestre de práctica si ya está vinculado a una empresa. 
ARTICULO 14. El trabajo llevado a cabo en el semestre de práctica no puede ser homologado posteriormente como trabajo de grado. 
ARTICULO 15. Este reglamento deroga todas las disposiciones anteriores 
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE -

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Reglamento semestre octubre de 2010

  • 1. 1 1 ACUERDO No. ( XX ) JULIO DE 2010 Por el cual se expide el REGLAMENTO del SEMESTRE DE PRÁCTICA del Programa de Administración de Empresas de la Sede Cúcuta de la Universidad Francisco de Paula Santander. El Consejo Superior Universitario, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial de las conferidas por el Artículo 24, literal b., del Acuerdo No. 91 de 1993 –ESTATUTO GENERAL–, CONSIDERANDO: Que el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia garantiza la autonomía universitaria. Que la Ley 30 de 1992 –Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior– reglamenta y determina los alcances del derecho constitucional de la autonomía universitaria; en el Artículo 28 reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos y definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, entre otros aspectos. Así mismo, el Artículo 57 de la precitada Ley 30 de 1992 determina la naturaleza jurídica de las universidades estatales u oficiales, las cuales deben organizarse como entes universitarios autónomos con las siguientes características: Personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera y patrimonio independiente, otorgándole, además, la potestad de elaborar y manejar su propio presupuesto. Que la resolución No. 094 del 26 de abril de 2005 expedida por el Consejo Académico de la Universidad Francisco de Paula Santander establece la normatividad que rige el semestre de práctica del Plan de Estudios de Administración de Empresas. Que el Programa de Administración de Empresas de la Universidad Francisco de Paula Santander, sede Cúcuta, requiere contar con un Reglamento específico para el “Semestre de Práctica” que se cursa en el noveno semestre (para dicha Carrera en jornada diurna) y décimo semestre (para quienes cursan la Carrera en jornada nocturna), de forma tal que se cuente con un instrumento donde se defina y determine, entre otros aspectos, qué es el “Semestre de Práctica”, cuáles los objetivos, las modalidades del “Semestre de Práctica”; los requisitos y condiciones que deben cumplir los alumnos que pretendan cursar la asignatura que lleva dicho nombre; de la evaluación del “Semestre de Práctica” para cada estudiante y los Informes que el alumno debe presentar durante la etapa de desarrollo de las actividades del “Semestre de Práctica”. Que el Consejo Académico de la UFPS estudió, analizó y evaluó el proyecto de REGLAMENTO del SEMESTRE DE PRÁCTICA del Plan de Estudios de Administración de Empresas de la Sede Cúcuta de la Universidad Francisco de Paula Santander, encontrándolo ajustado y acorde con el desarrollo académico de la Institución y, en consecuencia, recomienda al máximo órgano de gobierno universitario su adopción, como se verifica en la correspondiente certificación emitida por la Secretaría del Consejo Académico, con lo cual se da cumplimiento a lo normado en el literal a. del Artículo 45 del Acuerdo No. 91 de 1993 –ESTATUTO GENERAL–. Que es función del Consejo Superior Universitario expedir el REGLAMENTO del SEMESTRE DE PRÁCTICA del Plan de Estudios de Administración de Empresas de la Sede Cúcuta de la Universidad Francisco de Paula Santander, al tenor de lo dispuesto en el literal b. del Artículo 24 del ESTATUTO GENERAL de la Universidad; literal que ha sido modificado por el Artículo 3 del Acuerdo No. 025 de 1995-. ACUERDA: CAPITULO 1. DE LA DEFINICION Y OBJETIVOS ARTICULO 1. El Semestre de Práctica es una estrategia pedagógica específica del Pensum Académico del Programa de Administración de Empresas, que procura la consolidación y el enriquecimiento de competencias profesionales y la adquisición de experiencias para los estudiantes del Plan de Estudios. Se entiende por Semestre de Práctica las actividades que el estudiante matriculado en la asignatura del mismo nombre, desarrolla con su vinculación a una empresa o entidad del sector público o privado; vinculación que no puede ser inferior a diez y seis (16) ni mayor a veinte cuatro (24) semanas continuas, teniendo en ese lapso de tiempo la oportunidad de aplicar los conocimientos adquiridos y confrontarlos con la puesta en práctica de los mismos en la empresa o entidad para la consolidación de sus competencias disciplinares, adquisición de experiencia laboral y contacto con el ámbito y ambiente empresarial. En términos académicos, el Semestre de Práctica corresponde a una Asignatura del Pensum del Programa de Administración de Empresas, en el nivel del noveno semestre (para la jornada diurna) o décimo semestre (para la jornada nocturna), con una Intensidad Horaria de cuarenta (40) horas prácticas y quince (15) Créditos Académicos.
  • 2. 2 2 ARTÍCULO 2. El Semestre de Práctica se constituye en uno de los escenarios de enseñanza-aprendizaje dentro del proceso formativo de los estudiantes de Administración de Empresas. Por otra parte, se entiende el Semestre de Práctica como una proyección institucional de la Universidad y específicamente de la Facultad de Ciencias Empresariales a la sociedad y a la comunidad empresarial tanto del sector público como privado. ARTICULO 3. Son objetivos del Semestre de Práctica los siguientes: a) Obtener la integración Universidad - Comunidad Empresarial y brindarle la oportunidad al alumno practicante de perfeccionar el desarrollo de competencias y aptitudes humanísticas, científicas y profesionales inherentes a su disciplina. b) Crear, estimular y desarrollar un ambiente de integración y liderazgo entre la Universidad y el alumno practicante frente al campo empresarial. c) Mejorar el nivel académico del alumno, familiarizándolo con el funcionamiento y ambiente empresarial, brindándole la oportunidad de poner en práctica el conocimiento adquirido durante su permanencia en la Universidad para que contribuya en la solución de problemas de la comunidad y el sector empresarial. d) constituir un espacio para evaluar la pertinencia del programa de Administración de Empresas y fortalecer las relaciones de la Universidad con la sociedad. e) Evaluar la pertinencia del currículo y contenidos del Plan de Estudios de Administración de Empresas, retroalimentándolo mediante el análisis continuo de la demanda de conocimiento para adecuarlo a las necesidades y requerimientos de la comunidad en general y del sector empresarial en particular. ARTICULO 4. Los alumnos pueden cursar el semestre de práctica en empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, dentro o fuera de la ciudad; para este último caso siempre y cuando estén dadas las condiciones para realizar el seguimiento correspondiente. Los estudiantes podrán realizar su práctica en el exterior siempre que la misma posibilite la consolidación de los procesos de internacionalización de la Universidad y permita el desarrollo e intercambio de conocimientos y experiencias académicas. El alumno que tuviere empresa propia legalmente establecida y quiera desarrollar el semestre de práctica en la misma podrá hacerlo previo cumplimiento de las condiciones establecidas para este caso en el presente reglamento. El semestre de práctica puede ser cursado en la empresa en que trabaje el alumno, siempre y cuando desempeñe actividades que fortalezcan su formación profesional como administrador de empresas y cumpla con los demás requisitos establecidos en el presente reglamento. El estudiante podrá tramitar directamente su vinculación a una empresa, presentando la solicitud que estará sujeta a consideración del Comité de Semestre de Práctica. En este caso el Comité podrá requerir los documentos necesarios para verificar la idoneidad de la empresa o entidad. El estudiante sólo podrá iniciar las actividades del Semestre de Práctica, una vez cumplidos los requisitos establecidos por el Comité Curricular. Si se diere una vinculación anterior a la inscripción de la práctica sin previa autorización, El Plan de Estudios no reconocerá ese tiempo y no se hará responsable de la participación del estudiante en las actividades realizadas. De igual forma, no reconocerá como práctica las actividades realizadas después de la fecha de finalización acordada en el respectivo convenio. PARÁGRAFO. Todos los estudiantes que cumplen los requisitos establecidos para adelantar el Semestre de Práctica, deben diligenciar el formato de inscripción en las oficinas del Plan de Estudios al finalizar el periodo académico inmediatamente anterior a su realización. CAPITULO 2. DE LAS MODALIDADES DE SEMESTRE DE PRÁCTICA ARTÍCULO 5. La Práctica empresarial se solicita según las siguientes opciones:  El estudiante solicita la Práctica al Plan de Estudios para ser presentado en una de las empresas con las que el Programa de Administración de Empresas tiene trayectoria de vinculación.  El estudiante presenta una Empresa, donde tiene la opción de realizar su práctica. En cualquiera de las dos opciones anteriores; el Programa de Administración de Empresas reconoce las siguientes modalidades de semestre de práctica: a) Práctica Empresarial o profesional. Los estudiantes podrán realizar su semestre de práctica mediante la vinculación a una empresa, entidad u organización, pública o privada, nacional o
  • 3. 3 3 internacional, legalmente constituida, en la que desempeñe funciones y asuma responsabilidades relacionadas con su campo disciplinar, o entre a participar en el desarrollo de un proyecto afín al ejercicio profesional. Esta modalidad requiere suscribir convenio de cooperación. Siendo la práctica profesional, a través del Semestre de Práctica, una experiencia en desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, el vínculo del estudiante con la empresa, entidad u organización no constituye necesariamente un contrato de trabajo en los precisos y estrictos términos que determina la legislación laboral. b) Práctica social. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica mediante la vinculación a proyectos adelantados bien por la Universidad Francisco de Paula Santander o bien Entidades sin ánimo de lucro que tengan como propósito el mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de la población menos favorecida. Con esta modalidad de Semestre de Práctica se busca sensibilizar al estudiante en su proceso de formación integral con la realidad social regional y/o nacional. La práctica social se concibe como un aporte al componente misional de responsabilidad social de la universidad Francisco de Paula Santander. Para que un estudiante curse su Semestre de Práctica en la modalidad de Práctica Social se requiere que previamente se haya suscrito un convenio de cooperación entre la Universidad Francisco de Paula Santander y la respectiva Entidad sin ánimo de lucro. El Semestre de Práctica bajo la modalidad de Práctica Social se desarrollará con base en el cumplimiento de las condiciones y el cronograma de actividades establecidas en el convenio. En cualquier caso, los proyectos, programas y acciones estarán relacionados con los campos de acción que contempla el Programa de Administración de Empresas de la Universidad Francisco de Paula Santander. c) Práctica investigativa. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica mediante la vinculación a proyectos de investigación adelantados por la Universidad Francisco de Paula Santander o Instituciones afines, entidades sin ánimo de lucro o grupos de investigación debidamente reconocidos, siempre y cuando estos le permitan ampliar y construir conocimiento pertinente a su disciplina. PARÁGRAFO. El alumno que realice su Semestre de Práctica bajo la modalidad de Práctica Investigativa o Práctica Social deberá presentar un proyecto claro y concreto al Comité de Semestre de Práctica con el objeto de ser evaluado y aprobado como viable para la realización del Semestre de Práctica. Dicho proyecto debe cumplir con los mismos requisitos de un anteproyecto hasta donde su alcance lo permita. d) Práctica de Consultoría Empresarial para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica mediante la vinculación a proyectos y/o programas de asesoría para el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, fortaleciendo así los vínculos de la Facultad de Ciencias Empresariales con el sector empresarial, la cual será direccionada y coherente con los proyectos de extensión y planes de acción del Laboratorio Empresarial adscrito a la Facultad. Para que un estudiante curse su Semestre de Práctica en la modalidad de Práctica de Consultoría Empresarial se requiere que previamente se haya suscrito un convenio de cooperación entre la Universidad Francisco de Paula Santander y la respectiva Micro, Pequeña o Mediana Empresa. e) Práctica en Empresa Personal o Familiar. Los estudiantes podrán realizar su Semestre de Práctica en una empresa que sea de su propiedad o de su familia. La empresa debe estar legalmente constituida y garantizar la realización de la práctica en forma adecuada. La solicitud de Semestre de Práctica en esta modalidad estará acompañada de:  Certificado de Cámara de Comercio de la Empresa.  Certificado de la Empresa Familiar donde el estudiante va a realizar su práctica en que se indique claramente el cargo que se le va a asignar, las funciones a realizar y el tiempo de dedicación.  Una propuesta específica indicando los objetivos que va a desarrollar y que representen un aporte profesional para la empresa. La propuesta debe cumplir los mismos requisitos de un anteproyecto hasta donde su alcance lo permita. PARÁGRAFO. La Empresa propuesta por el estudiante deberá cumplir unos requisitos mínimos a través de los cuales se evidencie la pertinencia del desempeño que el estudiante va a efectuar en relación con la disciplina profesional. Dentro de estos requisitos mínimos se exige que la empresa tenga una oferta productiva o de servicios específicos a través de una estructura y dinámica empresarial con todos sus componentes. f) Práctica con Vinculación Laboral Previa. El estudiante que en el periodo académico en que debe realizar su Semestre de Práctica se encuentre vinculado con contrato laboral vigente en una empresa, entidad u organización, ocupando un cargo en una de las áreas de formación profesional y tenga una experiencia debidamente comprobada de no menos de un año continuo en el mismo cargo, o en cargos similares, podrá aspirar al reconocimiento de su experiencia laboral como práctica profesional. La solicitud de la práctica deberá estar acompañada de:
  • 4. 4 4  Certificado de la empresa donde el estudiante está laborando, en que se indique claramente su fecha de vinculación, jornada laboral y cargo que desempeña, así como los que haya desempeñado en su historia laboral dentro de la empresa (si los hay).  Constancia de afiliación del estudiante-trabajador a un Régimen de Seguridad Social y Fondo de Pensiones.  Una propuesta adicional al trabajo que viene desempeñando que represente un aporte profesional para la empresa a la cual está vinculado y que deberá desarrollar durante el periodo académico en el cual se encuentra matriculado el Semestre de Práctica. El informe final estará sujeto a la aprobación del docente responsable del seguimiento de la práctica. PARÁGRAFO. En la modalidad de Práctica con Vinculación Laboral Previa, el Comité de Semestre de Práctica podrá establecer la línea de trabajo donde se suscribirá la propuesta. CAPITULO 3. DE LOS ORGANISMOS DEL SEMESTRE DE PRÁCTICA Y SUS FUNCIONES ARTICULO 6. Los organismos responsables en la realización del Semestre de Práctica son los siguientes: EL COMITÉ DE SEMESTRE DE PRÁCTICA. Es el órgano encargado de la aplicación del presente Reglamento, y de gestionar y organizar las prácticas de los estudiantes en el plan de estudios de Administración de Empresas. Este comité estará integrado por:  El Director del Programa de Administración de Empresas, quien obrará como coordinador del Comité de Semestre de Práctica  El Director del Departamento de Ciencias Administrativas  Los Coordinadores de la jornada diurna y nocturna del Programa de Administración de Empresas  Un representante de los profesores del Semestre de Práctica  Un representante de los alumnos de Semestre de Práctica PARÁGRAFO. El comité se reunirá en forma ordinaria, como mínimo tres veces por semestre y en forma extraordinaria cuando se requiera. Será convocado por el Director del Plan de estudios. Para que las decisiones que se tomen sean válidas, será necesaria la asistencia mínima de tres de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. SON FUNCIONES DE ESTE COMITÉ las siguientes:  Guiar el proceso de ubicación de los estudiantes en cualquiera de las modalidades de práctica establecidas en el presente reglamento garantizando la calidad e idoneidad de la práctica formativa para el estudiante.  Coordinar las convocatorias para el proceso de inscripción de los estudiantes aspirantes a realizar prácticas en cada periodo académico  Publicar la relación de Empresas e Instituciones en las cuales los alumnos pueden realizar las prácticas  Evaluar la idoneidad y pertinencia de las empresas solicitantes y propuestas para vincular a los estudiantes con base en los criterios establecidos en el presente reglamento y aprobar los correspondientes convenios de acuerdo con la modalidad de práctica requerida. El comité de semestre de práctica se reserva la potestad de aceptar o no las empresas propuestas por el estudiante, así como también, la de reubicarlo o asignarle una nueva empresa según las prioridades de respuesta a las solicitudes de las empresas o a las condiciones de los convenios.  Aplicar criterios objetivos de distribución, en la asignación de las empresas para las prácticas de los alumnos que las soliciten. El Comité distribuirá y asignará las empresas disponibles atendiendo al orden de inscripción de los alumnos, a las preferencias manifestadas por los mismos en el formato de inscripción y a las consideraciones expresadas por las Empresas o Instituciones en sus correspondientes solicitudes. Cuando exista conflicto entre las preferencias manifestadas por los alumnos y la propuesta de distribución de cupos; se tendrán en cuenta, entre otros, los criterios de idoneidad con el perfil solicitado por la Empresa e historial académico del alumno.  Solicitar al Director del Departamento de Ciencias Administrativas, el nombramiento de los profesores que se encargarán de orientar y realizar el seguimiento a los estudiantes en el desarrollo de las prácticas.
  • 5. 5 5  Estudiar y decidir sobre las situaciones y casos especiales que se relacionen con el desarrollo del Semestre de Práctica, que los docentes responsables del mismo no hayan podido resolver.  Suministrar la información y documentos necesarios para un adecuado desarrollo del semestre de práctica y dar cumplimiento a las disposiciones y normas vigentes en la universidad y la Facultad para la realización del semestre de práctica.  Evaluar y retroalimentar el desarrollo de las prácticas en cada semestre académico  Otras que apoyen el normal desarrollo del semestre de práctica LOS DOCENTES DE SEMESTRE DE PRÁCTICA. Están adscritos al departamento de Ciencias Administrativas y corresponde al Director del Departamento su nombramiento. El semestre de práctica se establece como una asignatura del plan de estudios de Administración de Empresas y se le asigna un profesor responsable de la misma quien tendrá a su cargo el seguimiento y asesoramiento del estudiante durante la práctica. Son funciones del Docente las siguientes:  Servir de enlace entre la Universidad y el sector empresarial.  Orientar el trabajo del alumno antes y durante la realización de las prácticas de acuerdo con las normas establecidas en el presente Reglamento.  Aprobar los proyectos en los casos en que la modalidad de la práctica lo requiera y verificar la coherencia de las funciones asignadas en relación con los propósitos de la práctica  Realizar las gestiones necesarias para la firma de los convenios que formalicen el inicio de la práctica del estudiante.  Asesorar y hacer seguimiento al estudiante hasta la culminación de la práctica.  Evaluar los informes presentados por los practicantes y cumplir con el registro de las notas según el calendario académico  Realizar como mínimo (3) reuniones durante el semestre académico con el grupo de practicantes a cargo. El Docente programará una reunión final con su grupo de estudiantes para una evaluación general del semestre de práctica.  Informar al Comité de Semestre de Práctica los avances y todo aquello que estime conveniente para el desarrollo exitoso de la práctica.  Mantener comunicación constante con los practicantes ubicados fuera de la ciudad; recibir los informes y responder oportunamente a sus inquietudes, notificando sobre las visitas o estrategias que se implementen para verificar su proceso.  Realizar como mínimo tres (3) visitas a cada una de las empresas en las cuales se encuentran los estudiantes con el fin de corroborar y hacer seguimiento a la práctica. En las primeras visitas el docente diligenciará cada vez, un formato de visita suministrado por el plan de estudios y en la última visita entregará un formato de evaluación que será diligenciado por la persona de la cual dependa el alumno en la empresa. Este último servirá como criterio de evaluación para la nota final. Cuando el estudiante esté vinculado a una empresa fuera de la ciudad se convendrá con el Comité de semestre de práctica, los medios para llevar a cabo la evaluación. En este caso, la visita a la empresa o entidad en la cual se realiza la práctica, deberá justificarse para cada caso en particular.  Guardar el secreto profesional con relación a cualquier información confidencial de la empresa, que conozca como consecuencia de su actividad como docente responsable del seguimiento al practicante  Establecer las estrategias necesarias para mantener un contacto adecuado, eficiente y eficaz con las empresas ubicadas dentro y fuera de la ciudad.  Entregar oportunamente al Plan de Estudios los documentos que aporten al archivo individual de los practicantes, de acuerdo a los requisitos de información establecidos por el Comité de Semestre de Práctica.  Otras que apoyen el normal desarrollo del semestre de práctica CAPITULO 4. DE LA EMPRESA ARTICULO 7. A la empresa o entidad vinculada al semestre de práctica le corresponde:
  • 6. 6 6  Seleccionar entre varios aspirantes, aquellos que a su juicio, le puedan suministrar mejores servicios.  Establecer el periodo para la realización de la práctica y asignar el horario al estudiante vinculado dentro de los tiempos que establece el presente reglamento  Comunicar a la Dirección del Plan de Estudios sobre su aceptación, ubicación y horario asignado al alumno practicante.  En los casos en que lo tenga contemplado, acordar con el practicante la remuneración de sus labores en la empresa,  Proporcionar al practicante la oportunidad de trabajar en cargos que le permitan perfeccionar el desarrollo de competencias y aptitudes humanísticas, científicas y profesionales inherentes a su disciplina.  Facilitar al Docente encargado de realizar el seguimiento de la práctica, toda la información sobre el desempeño del practicante, efectividad y eficiencia en el desarrollo del trabajo con el propósito de evaluar adecuadamente su ejercicio.  Suspender al alumno-practicante cuando incurra en faltas tipificadas por la empresa como tal, en el desarrollo de las funciones asignadas, comunicando oportunamente al docente responsable, de tal manera que sirva para evaluar al alumno y tomar los correctivos necesarios.  Informar al Docente encargado del Semestre de Práctica las fallas encontradas en el alumno en cuanto a su preparación.  Aprobar y firmar los convenios que formalizan la vinculación del estudiante en los casos en que la modalidad de la práctica lo requiere. Parágrafo. El semestre de práctica puede o no, ser remunerado. En los casos en que sea remunerado, la asignación salarial que reciba el alumno durante su práctica, será fijada por la empresa o entidad de acuerdo con sus políticas salariales. CAPÍTULO 5. DE LOS ALUMNOS ARTÍCULO 8. Los alumnos matriculados en Semestre de Práctica:  Lo cursarán como única asignatura en el noveno semestre para la jornada diurna y en el décimo semestre para la jornada nocturna. Los estudiantes podrán realizar el semestre de práctica teniendo pendiente por cursar y aprobar dos materias hasta el octavo semestre, distintas a las que se establecen como prerrequisitos específicos; en cuyo caso deberán cursarlas en el siguiente semestre, una vez finalizada la práctica.  No podrán matricular asignatura alguna durante el semestre de práctica. Los estudiantes que matriculen materias durante el semestre de práctica se les cancelará este último y en tal caso solo se reconocerán notas por las asignaturas cursadas.  Colaborarán activamente con el docente asignado, siguiendo sus indicaciones e informándole de los resultados obtenidos, manteniendo el contacto necesario para realizar el seguimiento.  No podrán cambiar de empresa sin previa justificación motivada y el visto bueno del Comité de semestre de Práctica. PARÁGRAFO. Durante el proceso de ubicación se requiere que el estudiante tenga disponibilidad para asistir a las entrevistas y realizar todas las actividades relacionadas con su vinculación ARTICULO 9. Los estudiantes que realicen el Semestre de Práctica tienen derecho a:  Recibir apoyo para su ubicación y desempeño durante el semestre de práctica  Concertar la fecha de inicio y la fecha de terminación con la empresa o entidad a la que se vinculen, siempre que se encuentre dentro del período académico.  Conocer las responsabilidades y actividades que realizará en desarrollo de su semestre de práctica.  Recibir orientación y asesoría por parte del docente encargado en el desarrollo de las prácticas. ARTÍCULO 10. Son obligaciones del alumno de Semestre de Práctica:  Conocer y acatar las normas contempladas en el presente Reglamento.
  • 7. 7 7  Diligenciar el formato de inscripción para el semestre de práctica.  Solicitar por escrito al Plan de Estudios la intención de realizar su práctica, una vez hayan terminado los exámenes finales del semestre inmediatamente anterior.  Matricular como única asignatura el Semestre de Práctica y tener su carnet estudiantil vigente  Suministrar al docente que le fue asignado para su seguimiento, toda la información necesaria para la formalización de su práctica según la modalidad seleccionada.  Colaborar con los trámites necesarios para la suscripción del convenio respectivo cuando la modalidad de la práctica lo requiera.  Entregar copia del contrato (si lo hay) entre la empresa y el estudiante, o estar dentro de un convenio entre la Universidad y la empresa.  Acreditar su afiliación al Régimen de Seguridad Social  Conocer y cumplir el Reglamento de trabajo de la Empresa donde haya sido ubicado  Mantener en secreto toda información de carácter confidencial que obtenga de la empresa, en desarrollo de su trabajo. Divulgarla será causa de pérdida del semestre, sin perjuicio de las demás sanciones que establezcan la ley y los reglamentos.  Asistir puntualmente a las convocatorias programadas por el Plan de Estudios o por el docente asignado.  Presentar en las fechas que se señalen, los informes que se le soliciten.  Informar sobre todo cambio, o situación irregular que se le presente en el desarrollo de su práctica. CAPITULO 6. DE LA EVALUACION DEL SEMESTRE DE PRACTICA ARTICULO 11. Parte de la evaluación del Semestre de Práctica se llevará a cabo mediante la presentación de los siguientes informes: 1. PRIMER INFORME. Este informe debe contener:  Nombre de la Empresa, NIT  Dirección y teléfono  Objeto social de la empresa  Departamento o sección en el cual trabaja  Horario de trabajo  Nombre del jefe inmediato y cargo  Cargo asignado o proyecto al que está vinculado  Principales funciones del cargo ( o descripción del proyecto al que está vinculado)  Objetivos particulares del desempeño específico del practicante en relación con el desarrollo de la empresa, la justificación de estas realizaciones y el impacto o producto esperado de los mismos, coherentes con el objetivo general del semestre de práctica  Fecha de ingreso o inicio de la práctica y duración convenida  Número de radicado del convenio (cuando haya lugar)  Indicar si el estudiante recibe algún tipo de remuneración o apoyo económico.  Breve comentario sobre la adaptación al puesto o funciones  Diagnóstico de la empresa o el área donde labora y Plan de trabajo de la propuesta (para las modalidades de práctica que lo requieran) El informe inicial debe entregarse al docente asignado para el seguimiento en la fecha de primer previo establecida en el calendario académico 2. SEGUNDO INFORME. Este informe debe contener:  Labores desarrolladas y confrontación con el informe inicial.  Descripción del ambiente de trabajo  Rotación  Aplicación de conocimientos adquiridos  Avances de la propuesta (para las modalidades de práctica que lo requieran) El segundo informe debe entregarse al docente asignado para el seguimiento en la fecha de segundo previo establecida en el calendario académico
  • 8. 8 8 3. INFORME FINAL Este informe se basará en el trabajo realizado en la empresa, aportes y propuestas de crecimiento para la misma. Deberá presentarse al finalizar el trabajo en la Empresa. Copia de este informe debe ser entregado con certificación de recibido emitido por la empresa. 4. EVALUACIÓN DEL JEFE INMEDIATO. Esta evaluación se realizará al finalizar el periodo de práctica del estudiante utilizando el formato que para este fin provee el Plan de estudios de Administración de Empresas. Su diligenciamiento corresponde al jefe inmediato del estudiante en la empresa. ARTICULO 12. El Semestre de Práctica no es homologable ni habilitable. Cuando el alumno pierda el Semestre de Práctica debe repetirlo inmediatamente. El semestre se pierde cuando:  La nota final promedio sea inferior a tres cero (3.0)  El alumno sea retirado de la Empresa por faltas consideradas como graves por la empresa  El alumno se retira de la Empresa sin previo aviso o justificación y visto bueno del comité de semestre de práctica  Renunciar a las prácticas una vez se haya vinculado y recibido la comunicación respectiva de la Empresa  Use indebidamente las Instalaciones de la Empresa donde realiza la práctica  Se demuestra que el alumno presentó información no veraz para acceder a una modalidad especifica de práctica  Cualquier fraude en el desarrollo de las actividades relacionadas con el semestre de práctica PARÁGRAFO. Cuando el estudiante sea retirado de la empresa por faltas graves se le aplicarán las sanciones establecidas en el estatuto estudiantil según el caso. ARTICULO 13. Se podrá solicitar la cancelación del semestre de práctica, según el Reglamento Académico. Pero el alumno deberá avisar oportunamente al comité de semestre de práctica si ya está vinculado a una empresa. ARTICULO 14. El trabajo llevado a cabo en el semestre de práctica no puede ser homologado posteriormente como trabajo de grado. ARTICULO 15. Este reglamento deroga todas las disposiciones anteriores COMUNÍQUESE Y CUMPLASE -