El Tribunal Fiscal en Lima resolvió que las quejas de Cartones Villa Marina S.A. contra Sedapal S.A. por procedimientos de cobro de tarifas de agua subterránea son válidas, citando inconsistencias en las resoluciones de determinación sobre tarifas que violan el procedimiento administrativo y la constitución. Se determinó que el Tribunal Fiscal carece de competencia para abordar los cobros de Sedapal relacionados con el Decreto Legislativo n° 1185, que regula el uso de aguas subterráneas. La controversia implica si la tarifa de uso de agua subterránea, establecida anteriormente bajo el Decreto Legislativo n° 148, puede seguir aplicándose tras la derogación de este decreto por el n° 1185.