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Nivel contributivo:
Prestación contributiva
y Pago único
Prestaciones
por desempleo
Para más información:
Servicio Público de Empleo Estatal
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901 11 99 99
Es una prestación económica mensual
gestionada y abonada por el Servicio Público
de Empleo Estatal (SEPE) que se percibe
tras la pérdida involuntaria de un empleo en
función de las cotizaciones realizadas durante
los períodos trabajados.
Además incluye la cotización a la Seguridad
Social por jubilación, incapacidad temporal,
invalidez, muerte y supervivencia, protección
a la familia y asistencia sanitaria.
¿Qué es la prestación por
desempleo de nivel contributivo?
¿Qué requisitos debe cumplir?
•	 Haber trabajado y cotizado a desempleo
al menos 360 días dentro de los 6 años
anteriores a la situación legal de desem-
pleo.
•	 No haber cumplido la edad ordinaria para
jubilarse.
•	 No realizar una actividad por cuenta pro-
pia o trabajo por cuenta ajena a tiempo
completo, salvo compatibilidad estable-
cida por un programa de fomento de em-
pleo.
•	 No cobrar una pensión de la Seguridad
Social incompatible con el trabajo.
•	 Inscribirse como demandante de empleo
y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué es la capitalización o pago
único?
¿Qué requisitos debe cumplir?
El pago único es una medida de fomento
de empleo que pretende facilitar la puesta
en marcha de iniciativas de autoempleo
que consistan en iniciar una actividad
laboral como trabajador por cuenta propia
o en incorporarse como socio trabajador
o de trabajo en cooperativas o sociedades
laborales o mercantiles en funcionamiento o
de nueva creación.
•	 Ser perceptor de una prestación de des-
empleo de nivel contributivo por haber
cesado de forma definitiva en su relación
laboral.
•	 Tener, al menos, tres meses de presta-
ción pendientes de percibir.
•	 No haber obtenido el reconocimiento de
un pago único en los 4 años anteriores a
la fecha de solicitud.
•	 Que la actividad profesional que va a de-
sarrollar sea una de las siguientes:
¤¤ Actividad como trabajdor autónomo
¤¤ Constitución o incorporación a una
cooperativa o sociedad laboral o mer-
cantil.
•	 Iniciar la actividad en el plazo máximo de
un mes desde la resolución de concesión
del derecho y en todo caso, con fecha
posterior a la solicitud .
Prestación de nivel contributivo
Duración de la prestación
Se calcula en función de las cotizaciones realizadas en los últimos
6 años, siempre que no se hayan tenido en cuenta para una
prestación anterior, con arreglo a la siguiente escala:
Cuantía de la prestación
El importe diario es el 70% de la base reguladora calculada según
las bases de contingencias profesionales de los 180 últimos días
cotizados, exceptuando las horas extraordinarias durante los 6
primeros meses de derecho y el 50% a partir de dicho período.
Cuantía máxima y mínima de la prestación para el año 2013 en
función de los hijos a cargo:
Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores
con discapacidad o menores acogidos que convivan con Ud. y no
tengan rentas superiores a 645,30 € al mes.
Al importe bruto de su prestación se le aplicarán dos tipos de
deducciones:
yy La cotización a la Seguridad Social.
yy La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda.
Dónde y cuándo debe presentar la solicitud
A través de la página https://sede.sepe.gob.es, en la oficina de
prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica
del SEPE o en el teléfono 901 01 02 10), en cualquier oficina de
registro público o dirigiéndola por correo administrativo.
En el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día
trabajado. En el supuesto de que la empresa le haya abonado
vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese,
debe presentarla en los 15 días hábiles siguientes a la finalización
del período equivalente a las vacaciones.
LA PRESTACIÓN ECONÓMICA SE COMPLEMENTA CON ACCIONES
DE FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL PARA FACILITAR SU
REINCORPORACIÓN AL MERCADO DE TRABAJO, GESTIONADAS POR LOS
SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
O POR EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN CEUTA Y MELILLA.
Días de cotización Días de prestación
de 360 a 539 120
de 540 a 719 180
de 720 a 899 240
de 900 a 1079 300
de 1080 a 1259 360
de 1260 a 1439 420
de 1440 a 1619 480
de 1620 a 1799 540
de 1800 a 1979 600
de 1980 a 2159 660
desde 2160 720
En caso de haber trabajado a tiempo parcial cada día se
considera como un día cotizado, con independencia de la jornada.
Capitalización o pago único
Ayudas que puede obtener y su importe
Según la actividad que Ud. prevea realizar puede solicitar alguna
de las siguientes modalidades:
yy Como trabajador autónomo tiene 3 alternativas:
¤¤ Puede obtener en un solo pago la cantidad que justifique
como inversión necesaria para iniciar la actividad, con el límite
máximo del 60% del importe total pendiente de percibir,
elevándose al 100% para hombres menores de 30 años y
mujeres menores de 35, en la fecha de la solicitud.
Los trabajadores que acrediten estar afectados por un grado de
discapacidad igual o superior al 33%, podrán percibir el valor
actual del importe de la prestación contributiva.
Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo
pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe
restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de
Seguridad Social (S.S.) durante el desarrollo de su actividad.
¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que
justifique como inversión.
¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la
prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas
mensuales a la S. S.
yy Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una
cooperativa existente o de nueva creación tiene 3 alternativas:
¤¤ Puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que
tenga que desembolsar como aportación obligatoria y en su
caso, voluntaria y cuota de ingreso para adquirir la condición
de cooperativista, sin que se puedan financiar desembolsos
futuros o pagos aplazados.
Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo
pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe
restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de
S.S. durante el desarrollo de su actividad.
¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que
justifique como aportación obligatoria y en su caso voluntaria y
cuota de ingreso a la cooperativa.
¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la
prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas
mensuales de la S. S.
yy Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una
sociedad laboral anónima o laboral de responsabilidad limitada
existente o de nueva creación tiene 3 alternativas:
¤¤ Puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que
tenga que desembolsar para adquirir la condición de socio en
concepto de acciones o participaciones del capital social de la
empresa, sin que se puedan financiar ampliaciones de capital,
desembolsos futuros o pagos aplazados.
Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo
pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe
restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de
S.S. durante el desarrollo de su actividad.
Importe mínimo mensual Importe máximo mensual
sin hijos 497,00 € sin hijos 1087,20 €
con un hijo 1242,52 €
con hijos 664,74 €
2 o más hijos 1397,83 €
¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que
justifique como desembolso para adquirir la condición de socio
en concepto de acciones o participaciones del capital social de
la empresa.
¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la
prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas
mensuales de la S. S.
yy Como socio trabajador, menor de treinta años, en una entidad
mercantil de carácter indefinido de nueva constitución o
constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la
aportación, puede obtener el 100% de la aportación al capital
social, siempre que desarrolle una actividad profesional o laboral
de carácter indefinido e independientemente del Régimen de la
Seguridad Social en el que esté encuadrado, cuando se cumpla
lo siguiente:
¤¤ Que la actividad se mantenga un mínimo de 18 meses, en el
caso de realizar una actividad por cuenta ajena.
¤¤ Que no exista vínculo contractual previo con dichas
sociedades, ni haya sido trabajador autónomo economicamente
dependiente que haya suscrito con un cliente un contrato
registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal.
Si no hubiera percibido la totalidad de la prestación en un
pago único, podrá también solicitar el importe restante para
subvencionar su cotización mensual a la Seguridad Social.
Dónde y cuándo debe presentar la solicitud
A través de la página https://sede.sepe.gob.es, en la oficina de
prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica
del SEPE o en el teléfono 901 01 02 10), en cualquier oficina de
registro público o dirigiéndola por correo administrativo.
El pago único se podrá solicitar conjuntamente a la solicitud
de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva o
en cualquier momento posterior siempre que no haya iniciado
la actividad como trabajador autónomo o sea anterior a la
incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o mercantil o a la
constitución de éstas, ni iniciado la actividad.
Si se hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la
prestación por desempleo, la solicitud será posterior a la resolución
del procedimiento correspondiente.
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LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, ASÍ
COMO LAS TASAS Y LOS SERVICIOS ESPECÍFICOS DE ASESORAMIENTO,
FORMACIÓN E INFORMACIÓN.

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Prestación contributiva y pago único

  • 1. www.sepe.es Trabajamos para ti ABRIL - 2013 NIPO: 274-13-072-3 Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado http://publicacionesoficiales.boe.es Nivel contributivo: Prestación contributiva y Pago único Prestaciones por desempleo Para más información: Servicio Público de Empleo Estatal www.sepe.es 901 11 99 99 Es una prestación económica mensual gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo en función de las cotizaciones realizadas durante los períodos trabajados. Además incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, protección a la familia y asistencia sanitaria. ¿Qué es la prestación por desempleo de nivel contributivo? ¿Qué requisitos debe cumplir? • Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desem- pleo. • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse. • No realizar una actividad por cuenta pro- pia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad estable- cida por un programa de fomento de em- pleo. • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo. • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad. ¿Qué es la capitalización o pago único? ¿Qué requisitos debe cumplir? El pago único es una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales o mercantiles en funcionamiento o de nueva creación. • Ser perceptor de una prestación de des- empleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral. • Tener, al menos, tres meses de presta- ción pendientes de percibir. • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud. • Que la actividad profesional que va a de- sarrollar sea una de las siguientes: ¤¤ Actividad como trabajdor autónomo ¤¤ Constitución o incorporación a una cooperativa o sociedad laboral o mer- cantil. • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud .
  • 2. Prestación de nivel contributivo Duración de la prestación Se calcula en función de las cotizaciones realizadas en los últimos 6 años, siempre que no se hayan tenido en cuenta para una prestación anterior, con arreglo a la siguiente escala: Cuantía de la prestación El importe diario es el 70% de la base reguladora calculada según las bases de contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, exceptuando las horas extraordinarias durante los 6 primeros meses de derecho y el 50% a partir de dicho período. Cuantía máxima y mínima de la prestación para el año 2013 en función de los hijos a cargo: Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos que convivan con Ud. y no tengan rentas superiores a 645,30 € al mes. Al importe bruto de su prestación se le aplicarán dos tipos de deducciones: yy La cotización a la Seguridad Social. yy La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda. Dónde y cuándo debe presentar la solicitud A través de la página https://sede.sepe.gob.es, en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o en el teléfono 901 01 02 10), en cualquier oficina de registro público o dirigiéndola por correo administrativo. En el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado. En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del período equivalente a las vacaciones. LA PRESTACIÓN ECONÓMICA SE COMPLEMENTA CON ACCIONES DE FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL PARA FACILITAR SU REINCORPORACIÓN AL MERCADO DE TRABAJO, GESTIONADAS POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS O POR EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN CEUTA Y MELILLA. Días de cotización Días de prestación de 360 a 539 120 de 540 a 719 180 de 720 a 899 240 de 900 a 1079 300 de 1080 a 1259 360 de 1260 a 1439 420 de 1440 a 1619 480 de 1620 a 1799 540 de 1800 a 1979 600 de 1980 a 2159 660 desde 2160 720 En caso de haber trabajado a tiempo parcial cada día se considera como un día cotizado, con independencia de la jornada. Capitalización o pago único Ayudas que puede obtener y su importe Según la actividad que Ud. prevea realizar puede solicitar alguna de las siguientes modalidades: yy Como trabajador autónomo tiene 3 alternativas: ¤¤ Puede obtener en un solo pago la cantidad que justifique como inversión necesaria para iniciar la actividad, con el límite máximo del 60% del importe total pendiente de percibir, elevándose al 100% para hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35, en la fecha de la solicitud. Los trabajadores que acrediten estar afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrán percibir el valor actual del importe de la prestación contributiva. Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de Seguridad Social (S.S.) durante el desarrollo de su actividad. ¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como inversión. ¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas mensuales a la S. S. yy Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una cooperativa existente o de nueva creación tiene 3 alternativas: ¤¤ Puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que tenga que desembolsar como aportación obligatoria y en su caso, voluntaria y cuota de ingreso para adquirir la condición de cooperativista, sin que se puedan financiar desembolsos futuros o pagos aplazados. Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de S.S. durante el desarrollo de su actividad. ¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como aportación obligatoria y en su caso voluntaria y cuota de ingreso a la cooperativa. ¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas mensuales de la S. S. yy Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una sociedad laboral anónima o laboral de responsabilidad limitada existente o de nueva creación tiene 3 alternativas: ¤¤ Puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que tenga que desembolsar para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa, sin que se puedan financiar ampliaciones de capital, desembolsos futuros o pagos aplazados. Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de S.S. durante el desarrollo de su actividad. Importe mínimo mensual Importe máximo mensual sin hijos 497,00 € sin hijos 1087,20 € con un hijo 1242,52 € con hijos 664,74 € 2 o más hijos 1397,83 € ¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como desembolso para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa. ¤¤ Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas mensuales de la S. S. yy Como socio trabajador, menor de treinta años, en una entidad mercantil de carácter indefinido de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, puede obtener el 100% de la aportación al capital social, siempre que desarrolle una actividad profesional o laboral de carácter indefinido e independientemente del Régimen de la Seguridad Social en el que esté encuadrado, cuando se cumpla lo siguiente: ¤¤ Que la actividad se mantenga un mínimo de 18 meses, en el caso de realizar una actividad por cuenta ajena. ¤¤ Que no exista vínculo contractual previo con dichas sociedades, ni haya sido trabajador autónomo economicamente dependiente que haya suscrito con un cliente un contrato registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal. Si no hubiera percibido la totalidad de la prestación en un pago único, podrá también solicitar el importe restante para subvencionar su cotización mensual a la Seguridad Social. Dónde y cuándo debe presentar la solicitud A través de la página https://sede.sepe.gob.es, en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o en el teléfono 901 01 02 10), en cualquier oficina de registro público o dirigiéndola por correo administrativo. El pago único se podrá solicitar conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva o en cualquier momento posterior siempre que no haya iniciado la actividad como trabajador autónomo o sea anterior a la incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o mercantil o a la constitución de éstas, ni iniciado la actividad. Si se hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud será posterior a la resolución del procedimiento correspondiente. 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