SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
BASES DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA
LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES
Aprobado mediante Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:
Nº Símbolo Descripción
1 [ABC] / […….]
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
2 [ABC] / […….]
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad
con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico
de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
3
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y por los proveedores.
4
Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de
las contrataciones o comité de selección, según corresponda y por los
proveedores.
5
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda,
y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
Nº Características Parámetros
1 Márgenes
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
3 Estilo de Fuente
Normal: Para el contenido en general
Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
4 Color de Fuente
Automático: Para el contenido en general
Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
5 Tamaño de Letra
16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica
11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
9 : Para el encabezado y pie de página
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad
8 : Para las Notas al pie
6 Alineación
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres
de los Capítulos)
7 Interlineado Sencillo
8 Espaciado
Anterior : 0
Posterior : 0
9 Subrayado
Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún
concepto
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
Elaboradas en enero de 2019
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
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PRIMERA CONVOCATORIA
1
BASES DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES1
1
Se utilizarán estas Bases cuando se trate de la contratación de bienes con entrega periódica.
BASES INTEGRADAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 001-2019-MDY/CS
ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PARA EL
PROGRAMA DE VASO DE LECHE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS DEL
EJERCICIO FISCAL 2019.
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PRIMERA CONVOCATORIA
2
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley
de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría
Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento
según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión
y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y
demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la
Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas
anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del
Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la
sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría
Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la
información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o
absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está
haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se
mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el
artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de
selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de
un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
Importante
 Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las
Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción
vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra
el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
 Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando
su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes
electrónico” publicado en www.seace.gob.pe.
 En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo
establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento, así como el literal a)
del artículo 89 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES
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La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a
las disposiciones previstas en el numeral 72.4 del artículo 72 del Reglamento y el literal a) del
artículo 89 del Reglamento.
Importante
 No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física.
 Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y
observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin
perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente.
1.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 y en el artículo 90 del
Reglamento.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser
rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal,
apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o
su apoderado.
Importante
 Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben
llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.
 En caso la información contenida en los documentos digitalizados que conforman la oferta
no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalecerá la información declarada en
el SEACE, salvo cuando se adviertan errores aritméticos en el documento digital que
contenga los precios unitarios de la oferta, caso en el cual deberá procederse conforme al
artículo 60 del Reglamento.
 No se tomará en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad.
1.7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las
00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que
conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.
Importante
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de
un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de
procedimientos de selección según relación de ítems.
En la apertura electrónica de la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o el comité
de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos en la
sección específica de las bases de conformidad con el numeral 73.2 del artículo 73 del
Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos
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funcionales y condiciones de las Especificaciones Técnicas, detallados en la sección
específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
Un representante del Sistema Nacional de Control puede participar en la apertura de ofertas,
en calidad de veedor, caso en el cual, deberá suscribir el acta correspondiente. La
inasistencia de dicho representante no vicia el procedimiento.
1.8. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en el numeral 74.1 y el literal
a) del numeral 74.2 del artículo 74 del Reglamento.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de
prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido
en el numeral 91.1 del artículo 91 del Reglamento.
Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación
oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un
representante del Sistema Nacional de Control, notario o juez de paz.
1.9. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
La calificación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 75.1 y
75.2 del artículo 75 del Reglamento.
1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 60 del
Reglamento. El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día
hábil.
La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será
remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción
en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho
correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo
electrónico.
La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en
cuenta la subsanación que se presente en físico a la Entidad.
1.11. RECHAZO DE LAS OFERTAS
Previo al otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité
de selección según corresponda, revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos de
calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el
artículo 68 del Reglamento, de ser el caso.
De rechazarse todas las ofertas calificadas, el órgano encargado de las contrataciones o el
comité de selección, según corresponda, revisa el cumplimiento de los requisitos de
calificación de los postores que siguen en el orden de prelación.
1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Definida la oferta ganadora, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, otorga la buena pro mediante su publicación en el SEACE,
incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la
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admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el otorgamiento de la buena
pro.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se
produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil
siguiente de producido.
Importante
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones
o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta
presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6
del artículo 64 del Reglamento.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el
desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por
su Titular, cuando el valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor
estimado sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto
por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor estimado total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se
impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante
 Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los
participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como
secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día
siguiente de haberse solicitado por escrito.
Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de
calificación no fueron analizados y revisados por el órgano encargado de las contrataciones
o el comité de selección, según corresponda.
 A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos
medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de
imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el
expediente, siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha
documentación en el menor tiempo posible, previo pago por tal concepto.
 El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas
desconcentradas del OSCE, o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según
corresponda.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse
notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro,
contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se
interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del
acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en
el artículo 141 del Reglamento.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los
contratos cuyo monto del valor estimado no supere los cien mil Soles (S/ 100,000.00), en los
que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de compra, conforme a lo previsto en
la sección específica de las bases.
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el
contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de compra, cuando
el valor estimado del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior.
Importante
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, debe
consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea
con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de compra. En caso la Entidad
perfeccione el contrato con la recepción de la orden de compra no debe incluir la proforma del
contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los
documentos señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección
específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de
fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe
entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene
vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Importante
En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las
micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel
cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es
retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de
forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo,
conforme lo establecen los numerales 149.4 y 149.5 del artículo 149 del Reglamento.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
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En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como
mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una
suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación
accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total
de las obligaciones garantizadas.
Importante
En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no
corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento
por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de
procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la
sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no superen el monto señalado anteriormente,
conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento.
3.2.3. GARANTÍA POR ADELANTO
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos,
el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo
estipulado en el artículo 153 del Reglamento.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de
realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser
emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con
clasificación de riesgo B o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o
estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que
periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su
aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades
funcionales que correspondan.
Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones
distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía
debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/clasificadoras-de-riesgo).
2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la
clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la
fecha de emisión de la garantía.
3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo
B, incluye las clasificaciones B+ y B.
4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo
emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de
ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
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En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora
de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.
De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a
efectos de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir
garantías, debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).
Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los
mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora.
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos
contemplados en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en
conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido
previsto en la sección específica de las bases.
3.6. PENALIDADES
3.6.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto
del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día
de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento.
3.6.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral
precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la
sección específica de las bases.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada
una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de
ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.7. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36
de la Ley y 164 del Reglamento.
3.8. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse
pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el
contrato.
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La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince
(15) días calendarios siguientes a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las
condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo
de diez (10) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo
que se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se
deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales
correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento,
debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se
regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales
vigentes.
.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
RUC Nº : 20529085401
Domicilio legal : Jr. Unión Mz H Lt 01 Yacus - Huánuco
Teléfono: : 062- 636964
Correo electrónico: : Municipalidadyacus@gmail.com
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del suministro
ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DE VASO DE LECHE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS DEL EJERCICIO FISCAL 2019
ÍTEM DESCRIPCIÓN DEL BIEN CANTIDAD
01 LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GRAMOS 24,600.00
02
HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON
HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON
VITAMINAS Y MINERALES
11,531.45
1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato N° 002, el 03 de Abril del 2019,
(Formato aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 048-2019-MDY/A de 02 de Abril del
2019).
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
00 – RECURSOS ORDINÁRIOS
Importante
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero
del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de
selección.
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo
establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
No corresponde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
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1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZO DE ENTREGA
Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de según cronograma
de entrega, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.
CRONOGRAMA DE ENTREGA
Mes de
Entrega
Fecha a atender
Leche Evaporada
entera por 410 g.
Hojuelas Precocidas
de Avena Quinua
Kiwicha Con Harina de
Soya Maca Azucarado
Fortificado con
Vitaminas y Minerales
Enero a
Marzo
05 días calendarios de
firmado el contrato
6,150.00 tarros de leche 2,882.90 kg
Abril 06 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Mayo 29 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Junio 28 de Junio 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Julio 26 de Julio 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Agosto 28 de Agosto 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Setiembre 27 de Setiembre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Octubre 28 de Octubre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Noviembre 25 de Noviembre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
Diciembre 20 de Diciembre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg
TOTALES
24,600.00 tarros de
leche
11,531.45 Kg
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo
efecto deben cancelar S/. 10.00 (Diez Soles con 00/100 Soles).
Importante
El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción.
1.10. BASE LEGAL
 Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
 Ley Nº30880 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
2019.
 Ley N° 30881 - Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Año Fiscal 2019.
 Directivas de OSCE, Comunicados y Directivas del OSCE sobre procesos de selección en el
PVL.
 Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
 Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa.
 Ley 24059 Ley de creación y financiamiento del Vaso de Leche.
 Ley Nº 26637 Ley de Distritalización del Programa del Vaso de Leche.
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 Ley Nº 27470, Normas Complementarias para la ejecución del Programa Vaso de Leche y
modificaciones mediante la Ley Nº 27712.
 Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM, “Valores Nutricionales Mínimos de la Ración del
Programa Vaso de Leche”.
 Comunicado Nº 001-2003 (PRE), Formulación del requerimiento para la adquisición de
insumos para el Programa Vaso de Leche.
 Comunicado Nº 005-2003 (PRE), Lineamientos para la evaluación de propuestas en los
procesos para la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche.
 Resolución Ministerial Nº 451-2006/MINSA, que aprueba la norma sanitaria para la
fabricación de alimentos a base de grano y otros destinados a programas sociales de
alimentación.
 Resolución Ministerial N° 449-2006/MINSA, aprueba la “Norma Sanitaria para la Aplicación
del Sistema HACCP en la Fabricación de Alimentos y Bebidas”.
 Decreto Supremo N° 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control de Alimentos y
Bebidas” y normas CODEX.
 Código Civil en forma supletoria.
 Decreto Supremo N° 003-2001-PCM y Resolución Ministerial N° 043-2001-ITINCI-DM
estableciendo los criterios para hacerse merecedor al puntaje adicional de la Ley N° 27633.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE.
Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en
caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya
difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha
disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta contendrá, además de un índice de documentos2
, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1)
b) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta.
En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del
representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto.
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o
documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona
natural, del apoderado o mandatario, según corresponda.
El certificado de vigencia de poder expedido por registros públicos no debe tener
una antigüedad mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de
ofertas, computada desde la fecha de emisión.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan
obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos
2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la
Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE3
y siempre que el servicio web
se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no
corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional
de identidad.
2
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
3
Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace http://www.ongei.gob.pe/interoperabilidad/
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c) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
d) Declaración jurada de cumplimiento de las Especificaciones Técnicas contenidas
en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
e) Declaración jurada de plazo de entrega. (Anexo Nº 4)4
f) Declaración Jurada de Insumos Nacionales, indicando el porcentaje de los
insumos empleados para la elaboración del producto ofertado, identificando su
origen nacional o importado, en concordancia con el Art. 2° de la Ley 27712 que
modificó el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 27470.
g) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se
consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las
obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio
así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5)
h) El precio de la oferta en soles y el detalle de precios unitarios, solo cuando el
procedimiento de selección se haya convocado por dicho sistema. Así como el
monto de la oferta de la prestación accesoria, cuando corresponda. (Anexo Nº
6).
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con
dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos
decimales.
Documentos referentes a cada ítem:
ITEM I: LECHE EVAPORADA ENTERA POR 410 GRAMOS
 Copia del Registro Sanitario del producto requerido emitido por DIGESA a
nombre del fabricante, el que deberá estar vigente a la fecha del acto de
presentación de propuestas.
 Copia simple del certificado de conformidad del producto objeto del proceso,
emitido por Organismos de certificación de productos acreditados ante el
INACAL, emitidos sobre lote de producto terminado equivalente como mínimo a
la primera entrega, asimismo en dicho certificado deberá estar consignar el
código de Registro Sanitario del Producto alimenticio.
Los análisis a reportar serán: análisis fisicoquímico, microbiológico, organoléptico
y Toxicológico (ausencia de plomo)
 Copia del Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta
productora y almacenes que utiliza, vigente a la fecha del presentacion de
ofertas. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el
Certificado otorgado al fabricante del producto. Además se hace la mención que
las actividades mínimas que debe indicar el Certificado de Fumigación son
Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza y desinfección de
tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la empresa postora
y/o fabricante).
 Copia simple del certificado de seguridad y resistencia del envase contra riesgos
de manipuleo y almacenamiento, emitido por un Laboratorio acreditado ante el
Servicio Nacional de acreditación (SNA) de INACAL, vigente a la fecha de
presentación de propuestas.
4
En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá
también para acreditar este factor.
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 Certificado sobre disponibilidad de stock, correspondiente a la primera entrega
mensual como mínimo.
Para ítem Nº 01: Sólo se permitirá que se acredite el stock en producto
terminado.
ITEM II: HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON
HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON
VITAMINAS Y MINERALES
 Copia del Registro Sanitario del producto ofertado vigente a la fecha de
presentación de propuestas expedido por DIGESA, en atención a los artículos
104º y 105º del Decreto Supremo Nº 007-98-SA, sea que el producto ofertado
tenga la misma o diferente denominación que el producto requerido deberá
adjuntar copia de la solicitud y/o anexos (asientos) y/o declaración jurada
presentada ante DIGESA donde permita concluir que el producto ofertado
comparte la misma formulación (composición cualitativa) que el producto
solicitado en las Bases.
Para el caso de Registros Sanitarios tramitados y obtenidos mediante la
Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), deberá adjuntarse copia de la
captura de imágenes de pantalla de la VUCE que permita acreditar la
información antes indicada.
Si el Comité de selección tiene dudas razonables de la impresión de la página de
la VUCE, podrá solicitar que en acto público el postor ingrese mediante su
código a la página web de la VUCE para verificar la originalidad de los datos
contenidos en dicho documento adjunto.
 Copia del Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta
productora y almacenes que utiliza, vigente a la fecha del presentacion de
ofertas. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el
Certificado otorgado al fabricante del producto. Además se hace la mención que
las actividades mínimas que debe indicar el Certificado de Fumigación son
Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza de ambientes, limpieza y
desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la
empresa postora y/o fabricante).
 Declaración jurada para acreditar los requerimientos mínimos respecto de las
características organolépticas, fisicoquímicas y microbiológicas de los productos
ofertados, indicando además que de ser ganador de la Buena Pro acreditará
tales características mediante un Certificado de Calidad en la oportunidad de
cada entrega.
 Certificado sobre disponibilidad de stock, correspondiente a la primera entrega
mensual como mínimo.
Para ítem Nº 02: Se permitirá que se acredite el stocks en insumos o producto
terminado.
Importante
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según
corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con
lo requerido, la oferta se considera no admitida.
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
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Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de
Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección
de las bases.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con
discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas
empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su
inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con
Discapacidad .
b) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de
ser el caso. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la
condición de micro o pequeña empresa.
c) Los postores que apliquen el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº
27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la
Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la
exoneración del IGV (Anexo Nº 7).
Advertencia
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, no
podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los
acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores
de evaluación”.
2.3. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza
b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Carta Fianza.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes,
de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI).
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que
cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de
persona jurídica.
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas
de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente
mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo.
En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado –
PIDE5
y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha
plataforma, no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f).
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
Importante
 En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de
ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y
5
Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace http://www.ongei.gob.pe/interoperabilidad/
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en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la
denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de
lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes
indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en
la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
 En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro
y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el
diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la
Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo
establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores
deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de
Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de retención de la garantía durante el
perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por
la Entidad en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2 opción consulta de
empresas acreditadas en el REMYPE.
 En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no
corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel
cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos
derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem
adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto
señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del
Reglamento.
Importante
 Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales
que correspondan.
 De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo
N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior
tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos
y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de
documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en
cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya6
.
 La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el
presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
2.4. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento,
debe presentar la documentación requerida en Mesa de partes de la Municipalidad Distrital de
Yacus, sito en el Jr. Unión Mz H Lt 01 Yacus - Huánuco
2.5. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en pagos
periodicos.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe
6
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
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contar con la siguiente documentación:
 Recepción del AREA DE ALMACEN
 Informe del funcionario responsable del AREA USUARIA emitiendo la conformidad de la
prestación efectuada.
 Comprobante de pago.
 COMPROBANTE DE PAGO
 EXAMENES DE LABORATORIO QUE SEAN NECESARIOS POR CADA PRODUCTO.
Dicha documentación se debe presentar en tramite documentario de la Municipalidad.
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
Importante
De conformidad con el numeral 29.8 del artículo 29 del Reglamento, el área usuaria es responsable
de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la
necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de
contratación.
3.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
A) DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Adquisición de productos para el programa de vaso de leche de la Municipalidad Distrital
de Yacus del ejercicio fiscal 2019.
Ítem Cantidad
Unidad de
Medida
Presentación Descripción
01 26,600.00 Tarros 410 gramos Leche Evaporada Entera
02 11,531.45 Kilos
Sachets de
0.46 gramos
Hojuelas Precocidas de Avena Quinua
Kiwicha con Harina de Soya Maca
Azucarada Fortificada con Vitaminas y
Minerales.
B) FINALIDAD PUBLICA
Brindar Asistencia alimentaria, contribuir a mejorar la nutrición de los niños, por intermedio
de los programas asistenciales que administra la Gerencia de Desarrollo Social, el cual
permitirá mejorar la calidad alimentaria de los niños menores de seis años, madres
gestantes, de zonas de pobreza y extrema pobreza de la jurisdicción de la Municipalidad
Distrital de Yacus.
C) ANTECEDENTES
La Gerencia de Desarrollo Social, es el órgano de línea, responsable de la organización y
acreditación de los servicios de salud, del mejoramiento de la alimentación de la población
más vulnerable, y la promoción del mejoramiento de las condiciones de vida de las
personas con discapacidad, de los adultos mayores y familias en situación de pobreza y
extrema pobreza.
D) CUMPLIMIENTO DE LA LEY Nº 27470
De conformidad con el numeral 4.6 del artículo 4º de la Ley Nº 27470, modificada por la
Ley Nº 27712, el requerimiento de productos proviene del Comité de Administración del
Programa del Vaso de Leche, que ha canalizado la decisión de los 410 beneficiarios del
Distrito de Yacus.
E) CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 711-2002-SA/DM VALORES
NUTRICIONALES MÍNIMOS
De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4° de la Ley Nº 27470, el presente Proceso de
Selección se ejecutará cumpliendo con lo indicado en el numeral 4.1 de la misma norma
legal, modificada por la Ley Nº 27712, para lo cual la Municipalidad Distrital de Yacus ha
recibido del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche el requerimiento
de productos que se detallan y que como se podrá observar cumple con lo prescrito en la
referida norma legal; en el sentido que la ración alimenticia debe contener como mínimo
207 Kilocalorías, una adecuada distribución energética y estar fortificada con vitaminas y
minerales en conformidad a la RM Nº 711-2002/SA/DM.
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F) CARACTERISTICAS NUTRICIONALES DE LA RACIÓN
El Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo contribuir a mejorar la nutrición de
nuestra población beneficiaria de la jurisdicción. La Municipalidad en cumplimiento de la
Ley N° 27470 y la Resolución Ministerial N° 711-2002-SA/DM entregará la siguiente
ración, la cual cumple con la citada Resolución Ministerial y detallamos a continuación.
G) COMPOSICIÓN NUTRICIONAL DE LA RACIÓN
La ración establecida por la Municipalidad debe cumplir los valores nutricionales
señalados a continuación:
REQUISITO BASICO:
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Sera estrictamente de acuerdo a la Ley ―27470 y su modificatoria Ley Nº 27712, la R.M.
Nº 711-2002-SA/DM y Normas Técnicas Peruana de INDECOPI.
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ITEM I: LECHE EVAPORADA ENTERA POR 410 G.
i. DEFINICION
Es un producto que se obtiene extrayendo parte del agua que contiene la leche y
estandarizándose con sólidos lácteos hasta alcanzar los requisitos fijados por la Norma
Técnica Peruana 202.002.2007 y con las normas técnica complementaria.
ii. CRITERIOS NUTRICIONALES
Las características de composición y calidad nutricional deben cumplir con lo establecido por
el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición (CENAN) del Instituto Nacional de Salud. Los
valores nutricionales mínimos de la ración alimenticia de los programas sociales a cargo de
las municipalidades se ajustaran a lo establecido en la legislación correspondiente
Los valores nutricionales de la NTP 202.002.207 EN 100 gr son:
iii. REQUISITOS FÍSICO-QUÍMICO
Materia Grasa (% m/m) : Min. 7.50%
Sólidos Totales (% m/m) : Min. 25.00%
Proteínas en los Sólidos No Grasos (% m/m) : Min. 34.00%
iv. REQUISITOS FISICO SENSORIAL
Color : Blanco - crema
Olor : Agradable, libre de olores extraños
Sabor : Agradable ligeramente dulce
Aspecto : Liquido uniforme, no deberá sufrir modificaciones que altere el envase,
tales como hinchamiento, fugas, entre otros luego de ser sometido la muestra a incubación
durante 7 días a 35°C – 37°C.
v. REQUISITOS MICROBIOLOGICOS
Pruebas de esterilidad : 7 días a 35º C- 37º C
Aerobios Mesofilos (ufc/ml) ISO 7833 – LA AOAC 989.10
vi. REQUISITOS DE MICRONUTRIENTES
MICRONUTRIENTES Cantidad Mínima (100g de
producto)
Vitamina A (μg
retinol)
240.00
Vitamina C (mg) 8.00
Calcio (mg) 220.00
Fosforo (mg) 180.00
vii. ROTULADO, ENVASE Y EMBALAJE
El producto se deberá de presentar en cajas de cartón corrugado conteniendo 48 unidades
(tarros) de leche evaporada entera de 410 gramos.
El envase a utilizarse deberá ser en hojalata electrolítica, consistente en una delgada y
flexible lámina de acero de bajo carbono, en la cual se ha depositado una capa muy fina de
estaño, de diseño sanitario con aplicación de una capa de barniz interior, especial para
alimentos, adecuado para la conservación y manipuleo del producto y no transmiten a este,
sabores, colores, ni olores extraños y deberán contener 410 gramos del producto.
Se deberá cumplir con las disposiciones establecido en la NTP 209.038 y la NTP 202.085 y
además se debe indicar el porcentaje de grasa (m/m) y el porcentaje de proteínas (m/m).
Asimismo, llevara impreso el siguiente texto:
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PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (Ley N° 24059) PROHIBIDA SU VENTA –
DISTRIBUCION GRATUITA
viii. VIDA UTIL
Conservado en una ambiente fresco y seco, el período de vida útil del producto es seis (06)
meses como mínimo contado a partir de la fecha de entrega del producto a la entidad.
ix. SISTEMA DE ENTREGA
Las entregas del producto se realizarán en los días programados en coordinación con el
responsable del Programa del Vaso de Leche.
x. INSUMOS DE ORIGEN NACIONAL
La procedencia de origen del insumo debe ser concordante con el artículo 2° de la Ley N°
27712 Modificación del numeral 4.1 del artículo 4° de la Ley N° 27470 debiendo de contener
un mínimo de 90% de insumos de origen nacional.
xi. DIAS DE ATENCION
30 días aproximadamente.
xii. FORMA DE PREPARACION DE LA LECHE
La forma de preparación será la de diluir un volumen de leche evaporada entera con igual
volumen de agua hervida tibia y adicionarle azúcar al gusto, mezclar bien servir y degustar”
xiii. LUGAR Y CRONOGRAMA DE ENTREGA
Los productos se entregarán en el Almacén Central de la Municipalidad Distrital de Yacus, de
acuerdo al siguiente cronograma de entrega.
Mes de Entrega Fecha a atender
Leche Evaporada
entera por 410 g.
Enero y Marzo 05 días calendarios de firmado el contrato 6,150.00 tarros de leche
Abril 06 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche
Mayo 29 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche
Junio 28 de Junio 2019 2,050.00 tarros de leche
Julio 26 de Julio 2019 2,050.00 tarros de leche
Agosto 28 de Agosto 2019 2,050.00 tarros de leche
Setiembre 27 de Setiembre 2019 2,050.00 tarros de leche
Octubre 28 de Octubre 2019 2,050.00 tarros de leche
Noviembre 25 de Noviembre 2019 2,050.00 tarros de leche
Diciembre 20 de Diciembre 2019 2,050.00 tarros de leche
TOTALES
24,600.00 tarros de
leche
ITEM II: HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON
HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON
VITAMINAS Y MINERALES
i. DEFINICION
Es un producto obteniendo a partir de la limpieza y selección de granos de cereales,
leguminosas y otro, luego mezclando con minerales y vitaminas, para luego ser
embolsado y empacados.
Este es un producto especialmente diseño para cubrir la mayor parte del requerimiento
nutricional de los niños menores de 6 años, es un producto que juntamente con los otros
alimentos que conforman la ración dan cumplimiento a los “Valores Nutricionales Mínimo
de la Ración Del Programa Vaso De Leche Resolución Ministeriales N°711-2002-SA/MD”.
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Se detalla que el tiempo de cocción es de 03 minutos.
Composición de hojuelas precocidas de avena quinua kiwicha con harina de soya
maca fortificada con vitaminas y minerales.
Alimento Composición % en la
Mezcla
Hojuelas de Avena 7.00
Hojuelas de Quinua 13.00
Hojuelas de Kiwicha 6.00
Harina de Soya Tostada 3.00
Harina de Maca Tostada 5.00
Azúcar Rubia 7.00
Premix de Vitaminas y Minerales 0.224
41.224 por racion
ii. REQUISITOS ORGANOLEPTICOS
Color : Característicos.
Olor : Característicos
Sabor : Característicos
Aspecto : Mezcla homogénea
Materiales Extrañas : Ausente
iii. CARACTERÍSTICAS NUTRICIONALES EN 100 GRAMOS:
Proteínas : mínimo 9.90%
Grasas : mínimo 3.70%
Carbohidratos : La diferencia
Energía : mínimo 312.30Kcal.
iv. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS – QUÍMICAS EN 100 GRAMOS:
Humedad : 12.00%maximo
Acidez : 0.20%Maximo (expresado en ácido Sulfúrico)
v. CARACTERÍSTICAS TOXICOLÓGICAS EN 100 GRAMOS:
Saponinas : Ausencia
vi. CARACTERISTICAS MICROBILOGICAS EN 100 GRAMOS:
Agente Microbiano Categoría Clase N C Limite por g/ml
m M
Aerobios mesofilos 2 3 5 2 104
105
Coliformes 5 3 5 2 102
103
Bacillus cereus 8 3 5 1 102
104
Mohos 5 2 5 2 103
104
Levaduras 5 3 5 2 103
104
Salmonella / 25 g 10 2 5 0 0 ---
Normas Sanitarias para la fabricación de alimenticos destinados a programas
Sociales de Alimentación-RM N° 451-2006-MINSA.
Dónde:
n: número de unidad de nuestras para examinar
c: número máximo permitido de unidades de muestra defectuosas ente m Y M.
m: Límite máximo aceptable para determinar.
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M: Límite máximo permisible para determinada.
El presente producto al igual que todos los componentes el programa Vaso De Leche
debe contener como mínimo los 90% de insumo nacionales tales como se indica en el
Art.4° de la Ley 27470.
vii. ENVASE Y ROTULADO
Para determinar el tipo de envase debe tenerse presente lo dispuesto en el numeral 4.1 de
la Ley Nº 27470, Ley que establece Normas Complementarias para la ejecución del
Programa del Vaso de Leche, esto es, que debe adquirirse alimentos de mayor valor
nutricional adecuadamente balanceado y de menor costo.
El material del envase inmediato y mediato no debe ser reciclado y que las resinas y tintes
utilizados en su impresión, en contacto con el alimento son aptos para el consumo humano.
Los envases deben estar fabricados con materiales adecuados para la conservación y
manipulación del producto y no le transmitan: sabores, colores y olores extraños (bolsas
biodegradables).
El Comité de Administración deberá verificarse que el rotulado considere lo dispuesto en el
Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por
Decreto Supremo Nº 007-98-SA.
La bolsa del producto de las hojuelas precocidas de avena quinua kiwicha con harina de
soya maca fortificada con vitaminas y minerales envasado debe ser de 2.5 milésimas de
espesor, que serán envasados con alta tecnológica para resguardar de la contaminación
cruzada por envasado manual. y tener la siguiente información mínima:
PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (LEY 24059) FECHA DE VENCIMIENTO –
DISTRIBUCION - PROHIBIDA SU VENTA
Asimismo, de acuerdo a las recomendaciones dadas por la Contraloría General de la
República manifiesta que en los empaques de los productos del Programa Vaso de Leche
muestren mensajes alusivos a la lactancia materna, por ello se ha considerado el siguiente
texto: “LA LACTANCIA MATERNA ES EL VINCULO DE AMOR QUE VUELVE SANOS,
FUERTES Y FELICES A NUESTROS HIJOS”
En el reverso de la bolsa, figurarán los datos exigidos por la NTP. 209.038 del 23.08.94 - 5ta.
Edición "Alimentos Envasados-Rotulado".
El rotulado debe contener la siguiente información mínima:
 Nombre del producto.
 Declaración de ingredientes y aditivos (indicando su codificación internacional) que se
han empleado en la elaboración del producto, expresados cuantitativamente en orden
decreciente según las proporciones empleadas.
 Nombre y dirección del fabricante.
 Número de Registro Sanitario.
 Fecha de producción y fecha de vencimiento.
 Código o clave del lote.
 Condiciones de conservación.
 Valor nutricional por 100 gramos de producto.
 Programa del Vaso de Leche.
 Distribución Gratuita.
 Prohibida su venta.
 Peso neto.
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 Producto Peruano.
 Indicaciones de su preparación en castellano y gráfico de secuencia de la forma de
preparación
El rotulo se consignará en todo envase de presentación unitaria, con caracteres de
fácil lectura, de colores indelebles, expresado en idioma español, en forma completa
y clara. La tinta utilizada en la impresión deberá ser la apropiada (no tóxica).
viii. FORMA DE PREPARACION DE LA RACION:
Calentar 1/2 litro de agua hasta rompa hervor. En plena ebullición agregar 41.224 g. de
hojuelas precocidas de avena quinua kiwicha con harina de soya maca fortificada con
vitaminas y minerales diluido en ½ litro de agua fría, dejar hervir por espacio de hasta 3
minutos, removiendo constantemente, retirar del fuego, dejar enfriar, agregar la leche y
servir.
ix. DIAS DE ATENCION
30 días aproximadamente.
x. EMBALAJE:
El producto es embalado en sacos conteniendo 50 kilos como máximo de producto.
xi. TIEMPO DE VIDA UTIL: Mínimo de 06 meses a partir de la entrega del producto.
xii. LUGAR Y CRONOGRAMA DE ENTREGA
Los productos se entregarán en el Almacén Central de la Municipalidad Distrital de Yacus,
de acuerdo al siguiente cronograma de entrega.
Mes de Entrega Fecha a atender
hojuela precocidas de avena
quinua kiwicha con harina de soya
maca azucarada fortificada con
vitaminas y minerales
Enero y Marzo
05 días calendarios de firmado
el contrato
2,882.90 kg
Abril 06 de Mayo 2019 960.95 Kg
Mayo 29 de Mayo 2019 960.95 Kg
Junio 28 de Junio 2019 960.95 Kg
Julio 26 de Julio 2019 960.95 Kg
Agosto 28 de Agosto 2019 960.95 Kg
Setiembre 27 de Setiembre 2019 960.95 Kg
Octubre 28 de Octubre 2019 960.95 Kg
Noviembre 25 de Noviembre 2019 960.95 Kg
Diciembre 20 de Diciembre 2019 960.95 Kg
TOTALES 11,531.43 Kg
PENALIDADES APLICABLES:
En caso de que el proveedor adjudicado, no entregue el producto alimenticio o entregue a
destiempo, el Responsable del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yacus,
registrará la fecha de recepción o no entrega del alimento en su respectivo informe, para su
respectiva penalidad de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamentos y
sus Modificaciones.
RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS:
El Ganador del Proceso de Selección se hará responsable por cualquier vicio oculto en la
composición del producto y de cualquier perjuicio que provoque al beneficiario como
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32
consecuencia de la mala calidad del producto, deberá asumir con los gastos que pueda
demandar un perjuicio en la salud del beneficiario de la Municipalidad Distrital de Yacus, por
ende la responsabilidad será por el plazo de un (01) año, contados a partir de la conformidad
otorgada, y/o el tiempo de vida útil del producto.
NUMERO DE BENEFICIARIOS EMPADRONADOS
N° DE
COMITES
ENPADRONADOS
I PRIORIDAD II PRIORIDAD TOTAL
BENEFICIARIOS
0 - 6 MG ML 7 A 13 ANC TBC
28 315 30 41 00 11 13 410
Importante
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, el
órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, incorpora los
requisitos de calificación previstos por el área usuaria en el requerimiento, no pudiendo incluirse requisitos
adicionales, ni distintos a los siguientes:
3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
ITEM I: LECHE EVAPORADA ENTERA POR 410 GRAMOS
A CAPACIDAD LEGAL
HABILITACION
Requisitos:
 Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de la convocatoria, a
nombre del fabricante, expedida por DIGESA.
 Validación del Plan HACCP emitida por la DIGESA a nombre del Fabricante, vigente a la fecha de la
presentación de la oferta.
 Certificado vigente de desinfección, desinsectación y desratización, realizada en la planta y
almacén(es) de la planta de la proveedora, de acuerdo al dispositivo Municipal y Sanitario que
corresponda, en el cual se aprecie claramente la razón social y la ubicación de la o las plantas
materia de la fumigación y el plazo de vigencia. El certificado requerido puede ser emitido por la
municipalidad que corresponda o por aquellas entidades privadas que hayan dado el servicio.
Emitido bajo el DS 022-2001-SA.
En caso que el postor sea fabricante, bastará que presente el certificado de desinfección,
desinsectación y desratización de la planta siempre que el almacén se encuentre ubicado dentro de
la planta, y si el almacén está ubicado fuera de la planta, deberá presentar ambos certificados.
Asimismo, en caso que el postor sea distribuidor que almacena el producto ofertado, deberá
presentar el certificado de desinfección, desinsectación y desratización del almacén, y si es
distribuidor que se limita a recoger el producto del almacén del fabricante, deberá presentar el
certificado de desinfección, desinsectación y desratización de la planta a nombre del fabricante..
Acreditación:
 Copia simple del Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de
la convocatoria, a nombre del fabricante, expedida por DIGESA.
 Copia de la Resolución Directoral de Validación del Plan HACCP emitida por la DIGESA a nombre
del Fabricante, vigente a la fecha de la presentación de la oferta.
 Copia simple del Certificado vigente de desinfección, desinsectación y desratización, realizada en la
planta y almacén(es) de la planta de la proveedora, de acuerdo al dispositivo Municipal y Sanitario
que corresponda, en el cual se aprecie claramente la razón social y la ubicación de la o las plantas
materia de la fumigación y el plazo de vigencia. El certificado requerido puede ser emitido por la
municipalidad que corresponda o por aquellas entidades privadas que hayan dado el servicio.
Emitido bajo el DS 022-2001-SA.
En caso que el postor sea fabricante, bastará que presente el certificado de desinfección,
desinsectación y desratización de la planta siempre que el almacén se encuentre ubicado dentro de
la planta, y si el almacén está ubicado fuera de la planta, deberá presentar ambos certificados.
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33
Asimismo, en caso que el postor sea distribuidor que almacena el producto ofertado, deberá
presentar el certificado de desinfección, desinsectación y desratización del almacén, y si es
distribuidor que se limita a recoger el producto del almacén del fabricante, deberá presentar el
certificado de desinfección, desinsectación y desratización de la planta a nombre del fabricante.
B EXPERIENCIA DEL POSTOR
Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a una (01) vez el valor referencial,
por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad
o emisión del comprobante de pago, según corresponda.
Se consideran bienes similares a los siguientes: ITEM I: Leche Evaporada Entera: Leche fresca de vaca
(que hayan sido sometidos a tratamiento térmico), Leche pasteurizada, leche UHT, leche evaporada
Entera, leche evaporada modificada, leche evaporada esterilizada en cualquiera de sus presentaciones.
Acreditación:
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de
compra, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya
cancelación se acredite documental y fehacientemente con voucher de depósito, nota de abono, reporte
de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el
abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago7
, correspondientes a un máximo de
veinte (20) contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se
debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes
acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte
(20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la
Especialidad.
En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido
ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades
correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
7
Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:
“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello
equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido
cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o
“pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera
reconocerse la validez de la experiencia”.
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PRIMERA CONVOCATORIA
34
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en
Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones
equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso
que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en
caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la
documentación sustentatoria correspondiente.
Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre
expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de
emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia
del Postor en la Especialidad.
Importante
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se
hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la
convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las
Contrataciones del Estado”.
ITEM II: HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE
SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y
MINERALES
A CAPACIDAD LEGAL
HABILITACION
Requisitos:
 Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de la convocatoria,
expedida por DIGESA. De conformidad con el Art. 104 del Reglamento sobre Vigilancia y Control
Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-98-SA, se permitirá
la presentación del registro sanitario otorgado al grupo al que pertenece el producto ofertado,
acompañado de la solicitud y/o anexos (asientos) y/o declaración jurada presentados ante DIGESA,
siempre que los productos sean elaborados por un mismo fabricante, y tengan la misma
composición cualitativa de ingredientes básicos que el producto solicitado por la entidad.
Para el caso de registros sanitarios tramitados y obtenidos ante la VUCE, incluso si la denominación
no es exactamente igual a la del producto requerido en las Bases, deberá adjuntarse la copia de la
captura de imágenes de pantalla de la VUCE, que permita corroborar la composición cualitativa de
ingredientes del producto solicitado en las bases.
 Resolución Directoral de Validación Técnica oficial del plan HACCP, emitido por DIGESA, de
acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 449-2006/MINSA. Vigente toda la etapa
contractual y debe estar referida al producto objeto de la convocatoria en la parte CONSIDERANDO
de la presente Resolución y debe corresponder a la LINEA DE PRODUCCION DE PRODUCTOS
CRUDOS Y PRECOCIDOS QUE REQUIEREN COCCION.
 Certificación técnico productivo teórico de planta que permita verificar el cumplimiento del flujograma
de producción dispuesto por la Resolución Ministerial N.º 451-2006-MINSA, lo que deberá ser
acreditado por los postores, sean estos fabricantes o distribuidores.
 Certificado de Inspección Higienico Sanitario de Planta, emitido por organismo de inspección
acreditado ante INACAL-SNA vigente a la fecha de presentación de las propuestas, referido al
producto objeto de la convocatoria.
 Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta productora y almacenes que
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PRIMERA CONVOCATORIA
35
utiliza. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el Certificado otorgado al
fabricante del producto. Además, se hace la mención que las actividades mínimas que debe indicar
el Certificado de Fumigación son Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza de
ambientes, limpieza y desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la
empresa postora y/o fabricante).
Acreditación:
 Copia simple del Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de
la convocatoria, expedida por DIGESA. De conformidad con el Art. 104 del Reglamento sobre
Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-
98-SA, se permitirá la presentación del registro sanitario otorgado al grupo al que pertenece el
producto ofertado, acompañado de la solicitud y/o anexos (asientos) y/o declaración jurada
presentados ante DIGESA, siempre que los productos sean elaborados por un mismo fabricante, y
tengan la misma composición cualitativa de ingredientes básicos que el producto solicitado por la
entidad.
Para el caso de registros sanitarios tramitados y obtenidos ante la VUCE, incluso si la denominación
no es exactamente igual a la del producto requerido en las Bases, deberá adjuntarse la copia de la
captura de imágenes de pantalla de la VUCE, que permita corroborar la composición cualitativa de
ingredientes del producto solicitado en las bases.
 Copia de la Resolución Directoral de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP vigente toda la
etapa contractual, otorgada por DIGESA, la misma que deberá dar fe que la fábrica también está
HABILITADA SANITARIAMENTE para la línea de producción respectiva como determina el D.S. Nº
004-2014-SA. Vigente toda la etapa contractual y debe estar referida al producto objeto de la
convocatoria en la parte CONSIDERANDO de la presente Resolución y debe corresponder a la
LINEA DE PRODUCCION DE PRODUCTOS CRUDOS Y PRECOCIDOS QUE REQUIEREN
COCCION.
 Copia simple del Certificado Técnico Productivo Teórico de Planta vigente a la fecha de la
presentación de ofertas emitido por una entidad acreditada por INACAL, en el mismo deberá
indicarse el flujograma de producción y el proceso de tostado y vaporizado. La Entidad competente
que certifica, deberá presentar el flujograma del proceso de producción, describiendo cada una de
sus fases u operaciones unitarias en concordancia con los artículos 22º, 23º, 24º, 25º, 26º, 27º, 28º,
29º, 30°, 31º y 34º de la Norma Sanitaria para la Fabricación de Alimentos a Base de Granos y otros
destinados a Programas Sociales de Alimentación, aprobada mediante Resolución Ministerial Nro.
451-2006/MINSA.
Asimismo, los procesos de los artículos 32° (Extrusión/Expansión) y 33° (Enfriado y secado) no son
exigibles por corresponder a productos extruidos o instantáneos diferentes a lo que es materia de
adquisición.
 Certificado de Inspección Higienico Sanitario de Planta, emitido por organismo de inspección
acreditado ante INACAL-SNA vigente a la fecha de presentación de las propuestas, referido al
producto objeto de la convocatoria.
 Copia del Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta productora y almacenes
que utiliza. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el Certificado otorgado al
fabricante del producto. Además, se hace la mención que las actividades mínimas que debe indicar
el Certificado de Fumigación son Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza de
ambientes, limpieza y desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la
empresa postora y/o fabricante).
Importante
De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está
relacionada con cierta atribución con la cual debe contar el proveedor para poder llevar a
cabo la actividad materia de contratación, este es el caso de las actividades reguladas por
normas en las cuales se establecen determinados requisitos que las empresas deben cumplir
a efectos de estar habilitadas para la ejecución de determinado servicio o estar autorizadas
para la comercialización de ciertos bienes en el mercado.
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a
ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe
acreditar este requisito.
B EXPERIENCIA DEL POSTOR
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Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a a una (01) vez el valor referencial,
por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad
o emisión del comprobante de pago, según corresponda.
Se consideran bienes similares a los siguientes: ITEM II: hojuelas de de cereales, mezclas de cereales,
azucaradas o no fortificadas o no en cualquiera de sus presentaciones.
Acreditación:
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de
compra, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya
cancelación se acredite documental y fehacientemente con voucher de depósito, nota de abono, reporte
de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el
abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago8
, correspondientes a un máximo de
veinte (20) contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se
debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes
acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las
veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la
Especialidad.
En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido
ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades
correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en
Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones
equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso
que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en
caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la
documentación sustentatoria correspondiente.
Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre
expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de
emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia
del Postor en la Especialidad.
8
Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:
“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello
equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido
cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o
“pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera
reconocerse la validez de la experiencia”.
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Importante
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se
hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la
convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las
Contrataciones del Estado”.
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PRIMERA CONVOCATORIA
38
CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera
lo siguiente:
ITEM Nº 01: LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GRAMOS
FACTOR DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIO
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN
A
.
PRECIO La evaluación consistirá en otorgar el máximo
puntaje a la oferta de precio más bajo y otorgar a
las demás ofertas puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos precios, según la
siguiente fórmula:
Pi = Om x PMP
Oi
i= Oferta
Pi= Puntaje de la oferta a evaluar
Oi=Precio i
Om= Precio de la oferta más baja
PMP=Puntaje máximo del precio
50 puntos
Evaluación:
Se evaluará considerando el precio ofertado por el
postor.
Acreditación:
Se acreditará mediante el registro del monto de la
oferta en el SEACE o documento que contiene el
precio de la oferta (Anexo N° 6), según corresponda.
PLAZO DE ENTREGA
Criterio:
Se evaluara en función al plazo de entrega
Acreditación:
Se acreditara mediante presentación de la declaración
jurada
 < a 3 dias 10 puntos
 > a 3 dias: 2 puntos
GARANTIA COMERCIAL
Criterio:
Se evaluara en función al plazo de entrega
Acreditación:
Se acreditara mediante presentación de la declaración
jurada detallado.
• < a 3 dias 10 puntos
 > A 60 dias 10 puntos
 < a 60 dias 2 puntos
B
.
VALORES NUTRICIONALES Proteínas en sólidos no grasos en 100g
 De 34.6% a mas %: 10 puntos
 Menor a 34.1%: 05 puntos
Criterio:
Se evaluará en función a las mejoras nutricionales del
producto ofertado.
Acreditación:
Se acreditará mediante declaración jurada.
E
.
PORCENTAJE DE COMPONENTES NACIONALES
Criterio:
Se evaluará la procedencia u origen de los productos
y de los insumos utilizados en la elaboración del bien
ofertado..
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de una
declaración jurada.
 De 94.01 hasta 100.00% ..................... 10 Puntos
 De 90.01 hasta 94.00% .......................05 Puntos
CONDICIONES DE PROCESAMIENTO
Criterio:
Se evaluará las condiciones y requisitos sanitarios a
Certificado de Inspección Higiénico Sanitario
de Planta
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PRIMERA CONVOCATORIA
39
que deben sujetarse la fabricación, almacenamiento
y distribución de los alimentos, para garantizar su
calidad sanitaria e inocuidad en protección de la
salud de los consumidores beneficiarios de los
programas sociales de alimentación.
Acreditación:
Se acreditará mediante certificados oficiales y no
oficiales emitidos por organismos de inspección
acreditados ante INACAL-DA.
De 98.00 a 100………..……..........….. [05 Ptos.]
De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.]
Certificado de Inspección técnico productivo
de Planta
De 98.00 a 100………..……........….. [05 Ptos.]
De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.]
PUNTAJE TOTAL 100 puntos
ITEM Nº II: HOJUELAS PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE
SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES
FACTOR DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIO
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN
A
.
PRECIO La evaluación consistirá en otorgar el máximo
puntaje a la oferta de precio más bajo y otorgar a
las demás ofertas puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos precios, según la
siguiente fórmula:
Pi = Om x PMP
Oi
i= Oferta
Pi= Puntaje de la oferta a evaluar
Oi=Precio i
Om= Precio de la oferta más baja
PMP=Puntaje máximo del precio
50 puntos
Evaluación:
Se evaluará considerando el precio ofertado por el
postor.
Acreditación:
Se acreditará mediante el registro del monto de la
oferta en el SEACE o documento que contiene el
precio de la oferta (Anexo N°6), según corresponda.
PLAZO DE ENTREGA
Criterio:
Se evaluara en función al plza de entrega
Acreditación:
Se acreditara mediante presentación de la declaración
jurada
 < a 3 dias 5 puntos
 > a 3 dias: 2 puntos
GARANTIA COMERCIAL
Criterio:
Se evaluara en función al plza de entrega
Acreditación:
Se acreditara mediante presentación de la declaración
jurada detallado.
• < a 3 dias 10 puntos
 > A 60 dias 5 puntos
 < a 60 dias 2 puntos
B
.
VALORES NUTRICIONALES Proteínas
 De 10.00 hasta12.50% ..............05 Puntos
 Menor de 10.00 % ...................... 02 Puntos
Energía
 Mayores a 313 .01 Kcal ............05 Puntos
 Menor a 313.00 Kcal................ .02 Puntos
Criterio:
Se evaluará en función a las mejoras nutricionales del
producto ofertado.
Acreditación:
Se acreditará mediante declaración jurada.
E
.
PORCENTAJE DE COMPONENTES NACIONALES
Criterio:
Se evaluará la procedencia u origen de los productos y
de los insumos utilizados en la elaboración del bien
ofertado..
 De 94.01 hasta 100.00%......................10 Puntos
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PRIMERA CONVOCATORIA
40
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de una
declaración jurada.
 De 90.01 hasta 94.00%........................05 Puntos
CONDICIONES DE PROCESAMIENTO
Criterio:
Se evaluará las condiciones y requisitos sanitarios a
que deben sujetarse la fabricación, almacenamiento y
distribución de los alimentos, para garantizar su calidad
sanitaria e inocuidad en protección de la salud de los
consumidores beneficiarios de los programas sociales
de alimentación.
Acreditación:
Se acreditará mediante certificados oficiales y no
oficiales emitidos por organismos de inspección
acreditados ante INACAL-DA.
Certificado de Inspección Higiénico Sanitario
de Planta
De 98.00 a 100………..……..........….. [05 Ptos.]
De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.]
Certificado de Inspección técnico productivo
de Planta
De 98.00 a 100………..……........….. [05 Ptos.]
De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.]
MEJORAS A LAS ESPÉCIFICACIONES TECNICAS
Evaluación:
1. Menor tiempo de coccion (tres minutos
maximo requerido).
2. realizar las capacitaciones sobre la correcta
preparacion del producto, en la 1era entrega
del producto.
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de
certificado de técnico productivo para la mejora 1,
y declaración jurada para la mejora 2.
 Mejora 1: 10 puntos
 Mejora 2: 2 puntos
PUNTAJE TOTAL 100 puntos
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PRIMERA CONVOCATORIA
41
CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO
Importante
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales
o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden
contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL
NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal
en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte
[……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado
por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según
poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas
Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección,
según corresponda, adjudicó la buena pro de la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
Nº[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la
contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR
NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los
documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye
todos los impuestos de Ley.
Este monto comprende el costo de los bienes, todos los tributos, seguros, transporte,
inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación
materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO9
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],
en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y
completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 171 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un
plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la
conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato
para ello.
9
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a
efectos de generar el pago.
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PRIMERA CONVOCATORIA
42
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o
fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo
establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 171 de su
Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..], el mismo que se computa desde
[CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO,
DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA EN QUE
SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE LA
EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN ESTE ULTIMO CASO. EN LA
MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DETALLAR EL PLAZO DE ENTREGA, SU INSTALACIÓN Y
PUESTA EN FUNCIONAMIENTO].
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los
documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las
partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional,
solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA
ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
 De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL
TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida
por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la
conformidad de la recepción de la prestación.
Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor
ganador de la buena pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato
original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:
 “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que
debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de
forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
 Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través
de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL
DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
Importante
De conformidad con el artículo 152 del Reglamento, no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del
contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en contratos cuyos montos sean
iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos
derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado
o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las
hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto en el literal a) del
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PRIMERA CONVOCATORIA
43
numeral 155.1 del artículo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA: RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN
La recepción y conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 168 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La recepción será otorgada por
[CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA DE ALMACÉN O LA QUE HAGA SUS VECES] y
la conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE
OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].
De existir observaciones, LA ENTIDAD las comunica al CONTRATISTA, indicando claramente el
sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor de diez (10)
días, dependiendo de la complejidad o sofisticación de la contratación. Si pese al plazo otorgado,
EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede otorgar al
contratista periodos adicionales para las correcciones pertinentes. En este supuesto corresponde
aplicar la penalidad por mora desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectúa la recepción o no
otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la
prestación, aplicándose la penalidad que corresponda por cada día de atraso.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones
derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado
en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La recepción conforme de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a
reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40
de la Ley de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO
MENOR DE UN (1) AÑO] año(s)contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto
del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de
atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria =
0.10 x monto vigente
F x plazo vigente en días
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado.
Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad,
cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo
transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado
por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún
tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.
Importante
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PRIMERA CONVOCATORIA
44
De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas
penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada
supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo
163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si
fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al
diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió
ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para
otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 32.3 del
artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 164 de su
Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo
165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir
los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la
aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento
diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una
persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración,
apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se
refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o
efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al
contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del
contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de
corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas,
integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios,
asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de
manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera
conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar
los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de
aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y
demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS10
10
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de contratos cuyo monto contractual original sea menor o igual a cinco millones con 00/100 soles (S/
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PRIMERA CONVOCATORIA
45
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven
mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias
dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un
acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del
contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento
de su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de
Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con
todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante
la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR
GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las
partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al
[CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”
5 000 000,00).
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PRIMERA CONVOCATORIA
46
ANEXOS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
47
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA
JURÍDICA],DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE11
Sí No
Correo electrónico :
Autorización de notificación por correo electrónico:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta.
2. Citación para la aplicación del criterio de desempate.
3. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
4. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los
documentos para perfeccionar el contrato.
5. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
6. Notificación de la orden de compra12
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
11
Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de suministro de bienes, según
lo señalado en el artículo 149 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate,
conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
12
Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los cien mil Soles (S/ 100 000.00), en caso se
haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de compra.
Importante
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PRIMERA CONVOCATORIA
48
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE
DEL CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:
Datos del consorciado 1
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE13
Sí No
Correo electrónico :
Datos del consorciado 2
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE14
Sí No
Correo electrónico :
Datos del consorciado …
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE15
Sí No
Correo electrónico :
Autorización de notificación por correo electrónico:
13
Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de suministro de
bienes, según lo señalado en el artículo 149 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de
empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento. Para dichos efectos, todos los integrantes del consorcio
deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
14
Ibídem.
15
Ibídem.
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:
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PRIMERA CONVOCATORIA
49
Correo electrónico del consorcio:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta.
2. Citación para la aplicación del criterio de desempate.
3. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
4. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los
documentos para perfeccionar el contrato.
5. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
6. Notificación de la orden de compra16
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
16
Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los cien mil Soles (S/ 100 000.00), en caso se
haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de compra.
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PRIMERA CONVOCATORIA
50
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar el
principio de integridad.
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Que mi información (en caso que el postor sea persona natural) o la información de la
persona jurídica que represento, registrada en el RNP se encuentra actualizada.
iv. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
así como las disposiciones aplicables del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
v. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta,
comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las
disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
Represión de Conductas Anticompetitivas.
vi. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de
selección.
vii. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el
presente procedimiento de selección.
viii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a
perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea
presentada por el representante común del consorcio.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
51
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el [CONSIGNAR EL
OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas que se
indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del
procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el
cumplimiento de las especificaciones técnicas, conforme a lo indicado en el acápite relacionado
al contenido de las ofertas de la presente sección de las bases.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
52
ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente
procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO. EN CASO DE LA
MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DETALLAR EL PLAZO DE ENTREGA, SU INSTALACIÓN Y
PUESTA EN FUNCIONAMIENTO], conforme el cronograma de entrega establecido en las bases del
procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
53
ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de
consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN],
identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR
NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para
efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y
ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido,
inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
|
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las
siguientes:
1.
OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL
CONSORCIADO 1]
[ % ] 17
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2.
OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL
CONSORCIADO 2]
[ % ] 18
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
17
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
18
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
54
TOTAL OBLIGACIONES
100%19
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..………………………………………….
Consorciado 1
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1
o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad
..…………………………………………..
Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad
Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio
deben ser legalizadas.
19
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del
consorcio.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
55
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO]
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
CONCEPTO CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL
TOTAL
El precio de la oferta [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los
tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme
la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo
del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no
incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
“Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”.
Importante para la Entidad
 En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar el precio de su oferta en documentos independientes, en los ítems
que se presente”.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
56
ANEXO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA
EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV
previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con
las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa20
se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el
lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y
4.- Que la empresa no tiene producción fuera de la Amazonía.21
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en
cuyo caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de
consorcio con contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio.
20
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”
21
En caso de empresas de comercialización, no consignar esta condición.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
57
ANEXO Nº 8
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº CLIENTE
OBJETO DEL
CONTRATO
N° CONTRATO / O/C /
COMPROBANTE DE
PAGO
FECHA DEL
CONTRATO
O CP 22
FECHA DE LA
CONFORMIDAD
DE SER EL
CASO23
EXPERIENCIA
PROVENIENTE24
DE:
MONEDA IMPORTE25
TIPO DE
CAMBIO
VENTA26
MONTO
FACTURADO
ACUMULADO
27
1
2
3
22
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
23
Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la
conformidad se emitió dentro de dicho periodo.
24
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona
jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria
que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión;
asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la
sociedad escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización
societaria antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
25
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
26
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante
de pago, según corresponda.
27
Consignar en la moneda establecida en las bases.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
58
Nº CLIENTE
OBJETO DEL
CONTRATO
N° CONTRATO / O/C /
COMPROBANTE DE
PAGO
FECHA DEL
CONTRATO
O CP 22
FECHA DE LA
CONFORMIDAD
DE SER EL
CASO23
EXPERIENCIA
PROVENIENTE24
DE:
MONEDA IMPORTE25
TIPO DE
CAMBIO
VENTA26
MONTO
FACTURADO
ACUMULADO
27
4
5
6
7
8
9
10
…
20
TOTAL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS
A.S Nº 001-2019- MDY/CS
PRIMERA CONVOCATORIA
59
ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] absorbida como consecuencia de una reorganización
societaria, no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del
Reglamento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
A efectos de cautelar la veracidad de esta declaración, el postor puede verificar la información de
la Relación de Proveedores Sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con
Sanción Vigente en http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/relación-de-proveedores-sancionados.
Tratándose de sanciones no vigentes, podrá solicitar a dicho órgano informe si la empresa en
cuestión tenía sanción vigente a la fecha de inscripción de la fusión en Registros Públicos.
También le asiste dicha facultad al órgano encargado de las contrataciones o al órgano de la
Entidad al que se le haya asignado la función de verificación de la oferta presentada por el postor
ganador de la buena pro.

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Bases yacus

  • 1. SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE BASES DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES Aprobado mediante Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD
  • 2. SIMBOLOGÍA UTILIZADA: Nº Símbolo Descripción 1 [ABC] / […….] La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las bases. 2 [ABC] / […….] Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta. 3 Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda y por los proveedores. 4 Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda y por los proveedores. 5 Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases. CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO: Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características: Nº Características Parámetros 1 Márgenes Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm 2 Fuente Arial 3 Estilo de Fuente Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de página Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) 4 Color de Fuente Automático: Para el contenido en general Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) 5 Tamaño de Letra 16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica 11 : Para el nombre de los Capítulos. 10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie 6 Alineación Justificada: Para el contenido en general y notas al pie. Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos) 7 Interlineado Sencillo 8 Espaciado Anterior : 0 Posterior : 0 9 Subrayado Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto INSTRUCCIONES DE USO: 1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear. 2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota. Elaboradas en enero de 2019
  • 3. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 1 BASES DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES1 1 Se utilizarán estas Bases cuando se trate de la contratación de bienes con entrega periódica. BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 001-2019-MDY/CS ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DE VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS DEL EJERCICIO FISCAL 2019.
  • 4. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 2 DEBER DE COLABORACIÓN La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación. De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia. La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
  • 5. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 3 SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
  • 6. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 4 CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 1.1. REFERENCIAS Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. 1.2. CONVOCATORIA Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo. 1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes. Importante  Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.  Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en www.seace.gob.pe.  En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. 1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento, así como el literal a) del artículo 89 del Reglamento. 1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES
  • 7. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 5 La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a las disposiciones previstas en el numeral 72.4 del artículo 72 del Reglamento y el literal a) del artículo 89 del Reglamento. Importante  No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física.  Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente. 1.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 y en el artículo 90 del Reglamento. Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. Importante  Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.  En caso la información contenida en los documentos digitalizados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalecerá la información declarada en el SEACE, salvo cuando se adviertan errores aritméticos en el documento digital que contenga los precios unitarios de la oferta, caso en el cual deberá procederse conforme al artículo 60 del Reglamento.  No se tomará en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad. 1.7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases. El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible. Importante Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. En la apertura electrónica de la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos
  • 8. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 6 funcionales y condiciones de las Especificaciones Técnicas, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. Un representante del Sistema Nacional de Control puede participar en la apertura de ofertas, en calidad de veedor, caso en el cual, deberá suscribir el acta correspondiente. La inasistencia de dicho representante no vicia el procedimiento. 1.8. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La evaluación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en el numeral 74.1 y el literal a) del numeral 74.2 del artículo 74 del Reglamento. En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido en el numeral 91.1 del artículo 91 del Reglamento. Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o juez de paz. 1.9. CALIFICACIÓN DE OFERTAS La calificación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 75.1 y 75.2 del artículo 75 del Reglamento. 1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 60 del Reglamento. El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil. La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo electrónico. La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en cuenta la subsanación que se presente en físico a la Entidad. 1.11. RECHAZO DE LAS OFERTAS Previo al otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección según corresponda, revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos de calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el artículo 68 del Reglamento, de ser el caso. De rechazarse todas las ofertas calificadas, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, revisa el cumplimiento de los requisitos de calificación de los postores que siguen en el orden de prelación. 1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Definida la oferta ganadora, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, otorga la buena pro mediante su publicación en el SEACE, incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la
  • 9. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 7 admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el otorgamiento de la buena pro. 1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido. Importante Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del artículo 64 del Reglamento.
  • 10. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 8 CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato. El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor estimado sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor estimado total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación. Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. Importante  Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito. Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación no fueron analizados y revisados por el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda.  A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente, siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor tiempo posible, previo pago por tal concepto.  El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas desconcentradas del OSCE, o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según corresponda. 2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro. La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
  • 11. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 9 CAPÍTULO III DEL CONTRATO 3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en el artículo 141 del Reglamento. El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los contratos cuyo monto del valor estimado no supere los cien mil Soles (S/ 100,000.00), en los que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de compra, conforme a lo previsto en la sección específica de las bases. En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de compra, cuando el valor estimado del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior. Importante El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, debe consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de compra. En caso la Entidad perfeccione el contrato con la recepción de la orden de compra no debe incluir la proforma del contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases. Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases. 3.2. GARANTÍAS Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos. 3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Importante En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establecen los numerales 149.4 y 149.5 del artículo 149 del Reglamento. 3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
  • 12. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 10 En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas. Importante En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no superen el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento. 3.2.3. GARANTÍA POR ADELANTO En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 153 del Reglamento. 3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con clasificación de riesgo B o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. Importante Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. Advertencia Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema- financiero/clasificadoras-de-riesgo). 2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha de emisión de la garantía. 3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo B, incluye las clasificaciones B+ y B. 4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
  • 13. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 11 En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva. De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema- financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza). Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora. 3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 155 del Reglamento. 3.5. ADELANTOS La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases. 3.6. PENALIDADES 3.6.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento. 3.6.2. OTRAS PENALIDADES La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección específica de las bases. Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. 3.7. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 164 del Reglamento. 3.8. PAGOS El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
  • 14. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 12 La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo de diez (10) días de producida la recepción. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. Advertencia En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada. 3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. .
  • 15. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 13 SECCIÓN ESPECÍFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
  • 16. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 14 CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS RUC Nº : 20529085401 Domicilio legal : Jr. Unión Mz H Lt 01 Yacus - Huánuco Teléfono: : 062- 636964 Correo electrónico: : Municipalidadyacus@gmail.com 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del suministro ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DE VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS DEL EJERCICIO FISCAL 2019 ÍTEM DESCRIPCIÓN DEL BIEN CANTIDAD 01 LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GRAMOS 24,600.00 02 HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES 11,531.45 1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato N° 002, el 03 de Abril del 2019, (Formato aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 048-2019-MDY/A de 02 de Abril del 2019). 1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 – RECURSOS ORDINÁRIOS Importante La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección. 1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. 1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN No corresponde
  • 17. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 15 1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases. 1.8. PLAZO DE ENTREGA Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de según cronograma de entrega, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación. CRONOGRAMA DE ENTREGA Mes de Entrega Fecha a atender Leche Evaporada entera por 410 g. Hojuelas Precocidas de Avena Quinua Kiwicha Con Harina de Soya Maca Azucarado Fortificado con Vitaminas y Minerales Enero a Marzo 05 días calendarios de firmado el contrato 6,150.00 tarros de leche 2,882.90 kg Abril 06 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Mayo 29 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Junio 28 de Junio 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Julio 26 de Julio 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Agosto 28 de Agosto 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Setiembre 27 de Setiembre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Octubre 28 de Octubre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Noviembre 25 de Noviembre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg Diciembre 20 de Diciembre 2019 2,050.00 tarros de leche 960.95 Kg TOTALES 24,600.00 tarros de leche 11,531.45 Kg 1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/. 10.00 (Diez Soles con 00/100 Soles). Importante El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción. 1.10. BASE LEGAL  Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.  Ley Nº30880 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2019.  Ley N° 30881 - Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Año Fiscal 2019.  Directivas de OSCE, Comunicados y Directivas del OSCE sobre procesos de selección en el PVL.  Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.  Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa.  Ley 24059 Ley de creación y financiamiento del Vaso de Leche.  Ley Nº 26637 Ley de Distritalización del Programa del Vaso de Leche.
  • 18. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 16  Ley Nº 27470, Normas Complementarias para la ejecución del Programa Vaso de Leche y modificaciones mediante la Ley Nº 27712.  Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM, “Valores Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa Vaso de Leche”.  Comunicado Nº 001-2003 (PRE), Formulación del requerimiento para la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche.  Comunicado Nº 005-2003 (PRE), Lineamientos para la evaluación de propuestas en los procesos para la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche.  Resolución Ministerial Nº 451-2006/MINSA, que aprueba la norma sanitaria para la fabricación de alimentos a base de grano y otros destinados a programas sociales de alimentación.  Resolución Ministerial N° 449-2006/MINSA, aprueba la “Norma Sanitaria para la Aplicación del Sistema HACCP en la Fabricación de Alimentos y Bebidas”.  Decreto Supremo N° 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control de Alimentos y Bebidas” y normas CODEX.  Código Civil en forma supletoria.  Decreto Supremo N° 003-2001-PCM y Resolución Ministerial N° 043-2001-ITINCI-DM estableciendo los criterios para hacerse merecedor al puntaje adicional de la Ley N° 27633. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
  • 19. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 17 CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE. Importante De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento. 2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS La oferta contendrá, además de un índice de documentos2 , la siguiente documentación: 2.2.1. Documentación de presentación obligatoria 2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1) b) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta. En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda. El certificado de vigencia de poder expedido por registros públicos no debe tener una antigüedad mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Advertencia De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE3 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. 2 La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta. 3 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace http://www.ongei.gob.pe/interoperabilidad/
  • 20. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 18 c) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2) d) Declaración jurada de cumplimiento de las Especificaciones Técnicas contenidas en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3) e) Declaración jurada de plazo de entrega. (Anexo Nº 4)4 f) Declaración Jurada de Insumos Nacionales, indicando el porcentaje de los insumos empleados para la elaboración del producto ofertado, identificando su origen nacional o importado, en concordancia con el Art. 2° de la Ley 27712 que modificó el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 27470. g) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) h) El precio de la oferta en soles y el detalle de precios unitarios, solo cuando el procedimiento de selección se haya convocado por dicho sistema. Así como el monto de la oferta de la prestación accesoria, cuando corresponda. (Anexo Nº 6). El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales. Documentos referentes a cada ítem: ITEM I: LECHE EVAPORADA ENTERA POR 410 GRAMOS  Copia del Registro Sanitario del producto requerido emitido por DIGESA a nombre del fabricante, el que deberá estar vigente a la fecha del acto de presentación de propuestas.  Copia simple del certificado de conformidad del producto objeto del proceso, emitido por Organismos de certificación de productos acreditados ante el INACAL, emitidos sobre lote de producto terminado equivalente como mínimo a la primera entrega, asimismo en dicho certificado deberá estar consignar el código de Registro Sanitario del Producto alimenticio. Los análisis a reportar serán: análisis fisicoquímico, microbiológico, organoléptico y Toxicológico (ausencia de plomo)  Copia del Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta productora y almacenes que utiliza, vigente a la fecha del presentacion de ofertas. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el Certificado otorgado al fabricante del producto. Además se hace la mención que las actividades mínimas que debe indicar el Certificado de Fumigación son Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza y desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la empresa postora y/o fabricante).  Copia simple del certificado de seguridad y resistencia del envase contra riesgos de manipuleo y almacenamiento, emitido por un Laboratorio acreditado ante el Servicio Nacional de acreditación (SNA) de INACAL, vigente a la fecha de presentación de propuestas. 4 En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor.
  • 21. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 19  Certificado sobre disponibilidad de stock, correspondiente a la primera entrega mensual como mínimo. Para ítem Nº 01: Sólo se permitirá que se acredite el stock en producto terminado. ITEM II: HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES  Copia del Registro Sanitario del producto ofertado vigente a la fecha de presentación de propuestas expedido por DIGESA, en atención a los artículos 104º y 105º del Decreto Supremo Nº 007-98-SA, sea que el producto ofertado tenga la misma o diferente denominación que el producto requerido deberá adjuntar copia de la solicitud y/o anexos (asientos) y/o declaración jurada presentada ante DIGESA donde permita concluir que el producto ofertado comparte la misma formulación (composición cualitativa) que el producto solicitado en las Bases. Para el caso de Registros Sanitarios tramitados y obtenidos mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), deberá adjuntarse copia de la captura de imágenes de pantalla de la VUCE que permita acreditar la información antes indicada. Si el Comité de selección tiene dudas razonables de la impresión de la página de la VUCE, podrá solicitar que en acto público el postor ingrese mediante su código a la página web de la VUCE para verificar la originalidad de los datos contenidos en dicho documento adjunto.  Copia del Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta productora y almacenes que utiliza, vigente a la fecha del presentacion de ofertas. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el Certificado otorgado al fabricante del producto. Además se hace la mención que las actividades mínimas que debe indicar el Certificado de Fumigación son Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza de ambientes, limpieza y desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la empresa postora y/o fabricante).  Declaración jurada para acreditar los requerimientos mínimos respecto de las características organolépticas, fisicoquímicas y microbiológicas de los productos ofertados, indicando además que de ser ganador de la Buena Pro acreditará tales características mediante un Certificado de Calidad en la oportunidad de cada entrega.  Certificado sobre disponibilidad de stock, correspondiente a la primera entrega mensual como mínimo. Para ítem Nº 02: Se permitirá que se acredite el stocks en insumos o producto terminado. Importante El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. 2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
  • 22. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 20 Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases. 2.2.2. Documentación de presentación facultativa: a) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad . b) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa. c) Los postores que apliquen el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 7). Advertencia El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”. 2.3. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato: a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Carta Fianza. c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes, de ser el caso. d) Código de cuenta interbancaria (CCI). e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda. f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica. Advertencia De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE5 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f). g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. Importante  En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y 5 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace http://www.ongei.gob.pe/interoperabilidad/
  • 23. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 21 en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.  En los contratos periódicos de suministro de bienes que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de retención de la garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2 opción consulta de empresas acreditadas en el REMYPE.  En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento. Importante  Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.  De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya6 .  La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. 2.4. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento, debe presentar la documentación requerida en Mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Yacus, sito en el Jr. Unión Mz H Lt 01 Yacus - Huánuco 2.5. FORMA DE PAGO La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en pagos periodicos. Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe 6 Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
  • 24. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 22 contar con la siguiente documentación:  Recepción del AREA DE ALMACEN  Informe del funcionario responsable del AREA USUARIA emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.  Comprobante de pago.  COMPROBANTE DE PAGO  EXAMENES DE LABORATORIO QUE SEAN NECESARIOS POR CADA PRODUCTO. Dicha documentación se debe presentar en tramite documentario de la Municipalidad.
  • 25. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 23 CAPÍTULO III REQUERIMIENTO Importante De conformidad con el numeral 29.8 del artículo 29 del Reglamento, el área usuaria es responsable de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación. 3.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS A) DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Adquisición de productos para el programa de vaso de leche de la Municipalidad Distrital de Yacus del ejercicio fiscal 2019. Ítem Cantidad Unidad de Medida Presentación Descripción 01 26,600.00 Tarros 410 gramos Leche Evaporada Entera 02 11,531.45 Kilos Sachets de 0.46 gramos Hojuelas Precocidas de Avena Quinua Kiwicha con Harina de Soya Maca Azucarada Fortificada con Vitaminas y Minerales. B) FINALIDAD PUBLICA Brindar Asistencia alimentaria, contribuir a mejorar la nutrición de los niños, por intermedio de los programas asistenciales que administra la Gerencia de Desarrollo Social, el cual permitirá mejorar la calidad alimentaria de los niños menores de seis años, madres gestantes, de zonas de pobreza y extrema pobreza de la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Yacus. C) ANTECEDENTES La Gerencia de Desarrollo Social, es el órgano de línea, responsable de la organización y acreditación de los servicios de salud, del mejoramiento de la alimentación de la población más vulnerable, y la promoción del mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad, de los adultos mayores y familias en situación de pobreza y extrema pobreza. D) CUMPLIMIENTO DE LA LEY Nº 27470 De conformidad con el numeral 4.6 del artículo 4º de la Ley Nº 27470, modificada por la Ley Nº 27712, el requerimiento de productos proviene del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, que ha canalizado la decisión de los 410 beneficiarios del Distrito de Yacus. E) CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 711-2002-SA/DM VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4° de la Ley Nº 27470, el presente Proceso de Selección se ejecutará cumpliendo con lo indicado en el numeral 4.1 de la misma norma legal, modificada por la Ley Nº 27712, para lo cual la Municipalidad Distrital de Yacus ha recibido del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche el requerimiento de productos que se detallan y que como se podrá observar cumple con lo prescrito en la referida norma legal; en el sentido que la ración alimenticia debe contener como mínimo 207 Kilocalorías, una adecuada distribución energética y estar fortificada con vitaminas y minerales en conformidad a la RM Nº 711-2002/SA/DM.
  • 26. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 24 F) CARACTERISTICAS NUTRICIONALES DE LA RACIÓN El Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo contribuir a mejorar la nutrición de nuestra población beneficiaria de la jurisdicción. La Municipalidad en cumplimiento de la Ley N° 27470 y la Resolución Ministerial N° 711-2002-SA/DM entregará la siguiente ración, la cual cumple con la citada Resolución Ministerial y detallamos a continuación. G) COMPOSICIÓN NUTRICIONAL DE LA RACIÓN La ración establecida por la Municipalidad debe cumplir los valores nutricionales señalados a continuación: REQUISITO BASICO:
  • 27. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 25
  • 28. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 26 Sera estrictamente de acuerdo a la Ley ―27470 y su modificatoria Ley Nº 27712, la R.M. Nº 711-2002-SA/DM y Normas Técnicas Peruana de INDECOPI.
  • 29. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 27 ITEM I: LECHE EVAPORADA ENTERA POR 410 G. i. DEFINICION Es un producto que se obtiene extrayendo parte del agua que contiene la leche y estandarizándose con sólidos lácteos hasta alcanzar los requisitos fijados por la Norma Técnica Peruana 202.002.2007 y con las normas técnica complementaria. ii. CRITERIOS NUTRICIONALES Las características de composición y calidad nutricional deben cumplir con lo establecido por el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición (CENAN) del Instituto Nacional de Salud. Los valores nutricionales mínimos de la ración alimenticia de los programas sociales a cargo de las municipalidades se ajustaran a lo establecido en la legislación correspondiente Los valores nutricionales de la NTP 202.002.207 EN 100 gr son: iii. REQUISITOS FÍSICO-QUÍMICO Materia Grasa (% m/m) : Min. 7.50% Sólidos Totales (% m/m) : Min. 25.00% Proteínas en los Sólidos No Grasos (% m/m) : Min. 34.00% iv. REQUISITOS FISICO SENSORIAL Color : Blanco - crema Olor : Agradable, libre de olores extraños Sabor : Agradable ligeramente dulce Aspecto : Liquido uniforme, no deberá sufrir modificaciones que altere el envase, tales como hinchamiento, fugas, entre otros luego de ser sometido la muestra a incubación durante 7 días a 35°C – 37°C. v. REQUISITOS MICROBIOLOGICOS Pruebas de esterilidad : 7 días a 35º C- 37º C Aerobios Mesofilos (ufc/ml) ISO 7833 – LA AOAC 989.10 vi. REQUISITOS DE MICRONUTRIENTES MICRONUTRIENTES Cantidad Mínima (100g de producto) Vitamina A (μg retinol) 240.00 Vitamina C (mg) 8.00 Calcio (mg) 220.00 Fosforo (mg) 180.00 vii. ROTULADO, ENVASE Y EMBALAJE El producto se deberá de presentar en cajas de cartón corrugado conteniendo 48 unidades (tarros) de leche evaporada entera de 410 gramos. El envase a utilizarse deberá ser en hojalata electrolítica, consistente en una delgada y flexible lámina de acero de bajo carbono, en la cual se ha depositado una capa muy fina de estaño, de diseño sanitario con aplicación de una capa de barniz interior, especial para alimentos, adecuado para la conservación y manipuleo del producto y no transmiten a este, sabores, colores, ni olores extraños y deberán contener 410 gramos del producto. Se deberá cumplir con las disposiciones establecido en la NTP 209.038 y la NTP 202.085 y además se debe indicar el porcentaje de grasa (m/m) y el porcentaje de proteínas (m/m). Asimismo, llevara impreso el siguiente texto:
  • 30. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 28 PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (Ley N° 24059) PROHIBIDA SU VENTA – DISTRIBUCION GRATUITA viii. VIDA UTIL Conservado en una ambiente fresco y seco, el período de vida útil del producto es seis (06) meses como mínimo contado a partir de la fecha de entrega del producto a la entidad. ix. SISTEMA DE ENTREGA Las entregas del producto se realizarán en los días programados en coordinación con el responsable del Programa del Vaso de Leche. x. INSUMOS DE ORIGEN NACIONAL La procedencia de origen del insumo debe ser concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27712 Modificación del numeral 4.1 del artículo 4° de la Ley N° 27470 debiendo de contener un mínimo de 90% de insumos de origen nacional. xi. DIAS DE ATENCION 30 días aproximadamente. xii. FORMA DE PREPARACION DE LA LECHE La forma de preparación será la de diluir un volumen de leche evaporada entera con igual volumen de agua hervida tibia y adicionarle azúcar al gusto, mezclar bien servir y degustar” xiii. LUGAR Y CRONOGRAMA DE ENTREGA Los productos se entregarán en el Almacén Central de la Municipalidad Distrital de Yacus, de acuerdo al siguiente cronograma de entrega. Mes de Entrega Fecha a atender Leche Evaporada entera por 410 g. Enero y Marzo 05 días calendarios de firmado el contrato 6,150.00 tarros de leche Abril 06 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche Mayo 29 de Mayo 2019 2,050.00 tarros de leche Junio 28 de Junio 2019 2,050.00 tarros de leche Julio 26 de Julio 2019 2,050.00 tarros de leche Agosto 28 de Agosto 2019 2,050.00 tarros de leche Setiembre 27 de Setiembre 2019 2,050.00 tarros de leche Octubre 28 de Octubre 2019 2,050.00 tarros de leche Noviembre 25 de Noviembre 2019 2,050.00 tarros de leche Diciembre 20 de Diciembre 2019 2,050.00 tarros de leche TOTALES 24,600.00 tarros de leche ITEM II: HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES i. DEFINICION Es un producto obteniendo a partir de la limpieza y selección de granos de cereales, leguminosas y otro, luego mezclando con minerales y vitaminas, para luego ser embolsado y empacados. Este es un producto especialmente diseño para cubrir la mayor parte del requerimiento nutricional de los niños menores de 6 años, es un producto que juntamente con los otros alimentos que conforman la ración dan cumplimiento a los “Valores Nutricionales Mínimo de la Ración Del Programa Vaso De Leche Resolución Ministeriales N°711-2002-SA/MD”.
  • 31. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 29 Se detalla que el tiempo de cocción es de 03 minutos. Composición de hojuelas precocidas de avena quinua kiwicha con harina de soya maca fortificada con vitaminas y minerales. Alimento Composición % en la Mezcla Hojuelas de Avena 7.00 Hojuelas de Quinua 13.00 Hojuelas de Kiwicha 6.00 Harina de Soya Tostada 3.00 Harina de Maca Tostada 5.00 Azúcar Rubia 7.00 Premix de Vitaminas y Minerales 0.224 41.224 por racion ii. REQUISITOS ORGANOLEPTICOS Color : Característicos. Olor : Característicos Sabor : Característicos Aspecto : Mezcla homogénea Materiales Extrañas : Ausente iii. CARACTERÍSTICAS NUTRICIONALES EN 100 GRAMOS: Proteínas : mínimo 9.90% Grasas : mínimo 3.70% Carbohidratos : La diferencia Energía : mínimo 312.30Kcal. iv. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS – QUÍMICAS EN 100 GRAMOS: Humedad : 12.00%maximo Acidez : 0.20%Maximo (expresado en ácido Sulfúrico) v. CARACTERÍSTICAS TOXICOLÓGICAS EN 100 GRAMOS: Saponinas : Ausencia vi. CARACTERISTICAS MICROBILOGICAS EN 100 GRAMOS: Agente Microbiano Categoría Clase N C Limite por g/ml m M Aerobios mesofilos 2 3 5 2 104 105 Coliformes 5 3 5 2 102 103 Bacillus cereus 8 3 5 1 102 104 Mohos 5 2 5 2 103 104 Levaduras 5 3 5 2 103 104 Salmonella / 25 g 10 2 5 0 0 --- Normas Sanitarias para la fabricación de alimenticos destinados a programas Sociales de Alimentación-RM N° 451-2006-MINSA. Dónde: n: número de unidad de nuestras para examinar c: número máximo permitido de unidades de muestra defectuosas ente m Y M. m: Límite máximo aceptable para determinar.
  • 32. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 30 M: Límite máximo permisible para determinada. El presente producto al igual que todos los componentes el programa Vaso De Leche debe contener como mínimo los 90% de insumo nacionales tales como se indica en el Art.4° de la Ley 27470. vii. ENVASE Y ROTULADO Para determinar el tipo de envase debe tenerse presente lo dispuesto en el numeral 4.1 de la Ley Nº 27470, Ley que establece Normas Complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, esto es, que debe adquirirse alimentos de mayor valor nutricional adecuadamente balanceado y de menor costo. El material del envase inmediato y mediato no debe ser reciclado y que las resinas y tintes utilizados en su impresión, en contacto con el alimento son aptos para el consumo humano. Los envases deben estar fabricados con materiales adecuados para la conservación y manipulación del producto y no le transmitan: sabores, colores y olores extraños (bolsas biodegradables). El Comité de Administración deberá verificarse que el rotulado considere lo dispuesto en el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA. La bolsa del producto de las hojuelas precocidas de avena quinua kiwicha con harina de soya maca fortificada con vitaminas y minerales envasado debe ser de 2.5 milésimas de espesor, que serán envasados con alta tecnológica para resguardar de la contaminación cruzada por envasado manual. y tener la siguiente información mínima: PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (LEY 24059) FECHA DE VENCIMIENTO – DISTRIBUCION - PROHIBIDA SU VENTA Asimismo, de acuerdo a las recomendaciones dadas por la Contraloría General de la República manifiesta que en los empaques de los productos del Programa Vaso de Leche muestren mensajes alusivos a la lactancia materna, por ello se ha considerado el siguiente texto: “LA LACTANCIA MATERNA ES EL VINCULO DE AMOR QUE VUELVE SANOS, FUERTES Y FELICES A NUESTROS HIJOS” En el reverso de la bolsa, figurarán los datos exigidos por la NTP. 209.038 del 23.08.94 - 5ta. Edición "Alimentos Envasados-Rotulado". El rotulado debe contener la siguiente información mínima:  Nombre del producto.  Declaración de ingredientes y aditivos (indicando su codificación internacional) que se han empleado en la elaboración del producto, expresados cuantitativamente en orden decreciente según las proporciones empleadas.  Nombre y dirección del fabricante.  Número de Registro Sanitario.  Fecha de producción y fecha de vencimiento.  Código o clave del lote.  Condiciones de conservación.  Valor nutricional por 100 gramos de producto.  Programa del Vaso de Leche.  Distribución Gratuita.  Prohibida su venta.  Peso neto.
  • 33. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 31  Producto Peruano.  Indicaciones de su preparación en castellano y gráfico de secuencia de la forma de preparación El rotulo se consignará en todo envase de presentación unitaria, con caracteres de fácil lectura, de colores indelebles, expresado en idioma español, en forma completa y clara. La tinta utilizada en la impresión deberá ser la apropiada (no tóxica). viii. FORMA DE PREPARACION DE LA RACION: Calentar 1/2 litro de agua hasta rompa hervor. En plena ebullición agregar 41.224 g. de hojuelas precocidas de avena quinua kiwicha con harina de soya maca fortificada con vitaminas y minerales diluido en ½ litro de agua fría, dejar hervir por espacio de hasta 3 minutos, removiendo constantemente, retirar del fuego, dejar enfriar, agregar la leche y servir. ix. DIAS DE ATENCION 30 días aproximadamente. x. EMBALAJE: El producto es embalado en sacos conteniendo 50 kilos como máximo de producto. xi. TIEMPO DE VIDA UTIL: Mínimo de 06 meses a partir de la entrega del producto. xii. LUGAR Y CRONOGRAMA DE ENTREGA Los productos se entregarán en el Almacén Central de la Municipalidad Distrital de Yacus, de acuerdo al siguiente cronograma de entrega. Mes de Entrega Fecha a atender hojuela precocidas de avena quinua kiwicha con harina de soya maca azucarada fortificada con vitaminas y minerales Enero y Marzo 05 días calendarios de firmado el contrato 2,882.90 kg Abril 06 de Mayo 2019 960.95 Kg Mayo 29 de Mayo 2019 960.95 Kg Junio 28 de Junio 2019 960.95 Kg Julio 26 de Julio 2019 960.95 Kg Agosto 28 de Agosto 2019 960.95 Kg Setiembre 27 de Setiembre 2019 960.95 Kg Octubre 28 de Octubre 2019 960.95 Kg Noviembre 25 de Noviembre 2019 960.95 Kg Diciembre 20 de Diciembre 2019 960.95 Kg TOTALES 11,531.43 Kg PENALIDADES APLICABLES: En caso de que el proveedor adjudicado, no entregue el producto alimenticio o entregue a destiempo, el Responsable del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yacus, registrará la fecha de recepción o no entrega del alimento en su respectivo informe, para su respectiva penalidad de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamentos y sus Modificaciones. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS: El Ganador del Proceso de Selección se hará responsable por cualquier vicio oculto en la composición del producto y de cualquier perjuicio que provoque al beneficiario como
  • 34. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 32 consecuencia de la mala calidad del producto, deberá asumir con los gastos que pueda demandar un perjuicio en la salud del beneficiario de la Municipalidad Distrital de Yacus, por ende la responsabilidad será por el plazo de un (01) año, contados a partir de la conformidad otorgada, y/o el tiempo de vida útil del producto. NUMERO DE BENEFICIARIOS EMPADRONADOS N° DE COMITES ENPADRONADOS I PRIORIDAD II PRIORIDAD TOTAL BENEFICIARIOS 0 - 6 MG ML 7 A 13 ANC TBC 28 315 30 41 00 11 13 410 Importante Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, incorpora los requisitos de calificación previstos por el área usuaria en el requerimiento, no pudiendo incluirse requisitos adicionales, ni distintos a los siguientes: 3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN ITEM I: LECHE EVAPORADA ENTERA POR 410 GRAMOS A CAPACIDAD LEGAL HABILITACION Requisitos:  Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de la convocatoria, a nombre del fabricante, expedida por DIGESA.  Validación del Plan HACCP emitida por la DIGESA a nombre del Fabricante, vigente a la fecha de la presentación de la oferta.  Certificado vigente de desinfección, desinsectación y desratización, realizada en la planta y almacén(es) de la planta de la proveedora, de acuerdo al dispositivo Municipal y Sanitario que corresponda, en el cual se aprecie claramente la razón social y la ubicación de la o las plantas materia de la fumigación y el plazo de vigencia. El certificado requerido puede ser emitido por la municipalidad que corresponda o por aquellas entidades privadas que hayan dado el servicio. Emitido bajo el DS 022-2001-SA. En caso que el postor sea fabricante, bastará que presente el certificado de desinfección, desinsectación y desratización de la planta siempre que el almacén se encuentre ubicado dentro de la planta, y si el almacén está ubicado fuera de la planta, deberá presentar ambos certificados. Asimismo, en caso que el postor sea distribuidor que almacena el producto ofertado, deberá presentar el certificado de desinfección, desinsectación y desratización del almacén, y si es distribuidor que se limita a recoger el producto del almacén del fabricante, deberá presentar el certificado de desinfección, desinsectación y desratización de la planta a nombre del fabricante.. Acreditación:  Copia simple del Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de la convocatoria, a nombre del fabricante, expedida por DIGESA.  Copia de la Resolución Directoral de Validación del Plan HACCP emitida por la DIGESA a nombre del Fabricante, vigente a la fecha de la presentación de la oferta.  Copia simple del Certificado vigente de desinfección, desinsectación y desratización, realizada en la planta y almacén(es) de la planta de la proveedora, de acuerdo al dispositivo Municipal y Sanitario que corresponda, en el cual se aprecie claramente la razón social y la ubicación de la o las plantas materia de la fumigación y el plazo de vigencia. El certificado requerido puede ser emitido por la municipalidad que corresponda o por aquellas entidades privadas que hayan dado el servicio. Emitido bajo el DS 022-2001-SA. En caso que el postor sea fabricante, bastará que presente el certificado de desinfección, desinsectación y desratización de la planta siempre que el almacén se encuentre ubicado dentro de la planta, y si el almacén está ubicado fuera de la planta, deberá presentar ambos certificados.
  • 35. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 33 Asimismo, en caso que el postor sea distribuidor que almacena el producto ofertado, deberá presentar el certificado de desinfección, desinsectación y desratización del almacén, y si es distribuidor que se limita a recoger el producto del almacén del fabricante, deberá presentar el certificado de desinfección, desinsectación y desratización de la planta a nombre del fabricante. B EXPERIENCIA DEL POSTOR Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a una (01) vez el valor referencial, por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. Se consideran bienes similares a los siguientes: ITEM I: Leche Evaporada Entera: Leche fresca de vaca (que hayan sido sometidos a tratamiento térmico), Leche pasteurizada, leche UHT, leche evaporada Entera, leche evaporada modificada, leche evaporada esterilizada en cualquiera de sus presentaciones. Acreditación: La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago7 , correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia 7 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado: “… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido cancelado” (…) “Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o “pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera reconocerse la validez de la experiencia”.
  • 36. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 34 proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9. Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. Importante En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. ITEM II: HOJUELA PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES A CAPACIDAD LEGAL HABILITACION Requisitos:  Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de la convocatoria, expedida por DIGESA. De conformidad con el Art. 104 del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-98-SA, se permitirá la presentación del registro sanitario otorgado al grupo al que pertenece el producto ofertado, acompañado de la solicitud y/o anexos (asientos) y/o declaración jurada presentados ante DIGESA, siempre que los productos sean elaborados por un mismo fabricante, y tengan la misma composición cualitativa de ingredientes básicos que el producto solicitado por la entidad. Para el caso de registros sanitarios tramitados y obtenidos ante la VUCE, incluso si la denominación no es exactamente igual a la del producto requerido en las Bases, deberá adjuntarse la copia de la captura de imágenes de pantalla de la VUCE, que permita corroborar la composición cualitativa de ingredientes del producto solicitado en las bases.  Resolución Directoral de Validación Técnica oficial del plan HACCP, emitido por DIGESA, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 449-2006/MINSA. Vigente toda la etapa contractual y debe estar referida al producto objeto de la convocatoria en la parte CONSIDERANDO de la presente Resolución y debe corresponder a la LINEA DE PRODUCCION DE PRODUCTOS CRUDOS Y PRECOCIDOS QUE REQUIEREN COCCION.  Certificación técnico productivo teórico de planta que permita verificar el cumplimiento del flujograma de producción dispuesto por la Resolución Ministerial N.º 451-2006-MINSA, lo que deberá ser acreditado por los postores, sean estos fabricantes o distribuidores.  Certificado de Inspección Higienico Sanitario de Planta, emitido por organismo de inspección acreditado ante INACAL-SNA vigente a la fecha de presentación de las propuestas, referido al producto objeto de la convocatoria.  Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta productora y almacenes que
  • 37. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 35 utiliza. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el Certificado otorgado al fabricante del producto. Además, se hace la mención que las actividades mínimas que debe indicar el Certificado de Fumigación son Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza de ambientes, limpieza y desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la empresa postora y/o fabricante). Acreditación:  Copia simple del Registro Sanitario, vigente a la presentación de propuestas, del producto objeto de la convocatoria, expedida por DIGESA. De conformidad con el Art. 104 del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007- 98-SA, se permitirá la presentación del registro sanitario otorgado al grupo al que pertenece el producto ofertado, acompañado de la solicitud y/o anexos (asientos) y/o declaración jurada presentados ante DIGESA, siempre que los productos sean elaborados por un mismo fabricante, y tengan la misma composición cualitativa de ingredientes básicos que el producto solicitado por la entidad. Para el caso de registros sanitarios tramitados y obtenidos ante la VUCE, incluso si la denominación no es exactamente igual a la del producto requerido en las Bases, deberá adjuntarse la copia de la captura de imágenes de pantalla de la VUCE, que permita corroborar la composición cualitativa de ingredientes del producto solicitado en las bases.  Copia de la Resolución Directoral de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP vigente toda la etapa contractual, otorgada por DIGESA, la misma que deberá dar fe que la fábrica también está HABILITADA SANITARIAMENTE para la línea de producción respectiva como determina el D.S. Nº 004-2014-SA. Vigente toda la etapa contractual y debe estar referida al producto objeto de la convocatoria en la parte CONSIDERANDO de la presente Resolución y debe corresponder a la LINEA DE PRODUCCION DE PRODUCTOS CRUDOS Y PRECOCIDOS QUE REQUIEREN COCCION.  Copia simple del Certificado Técnico Productivo Teórico de Planta vigente a la fecha de la presentación de ofertas emitido por una entidad acreditada por INACAL, en el mismo deberá indicarse el flujograma de producción y el proceso de tostado y vaporizado. La Entidad competente que certifica, deberá presentar el flujograma del proceso de producción, describiendo cada una de sus fases u operaciones unitarias en concordancia con los artículos 22º, 23º, 24º, 25º, 26º, 27º, 28º, 29º, 30°, 31º y 34º de la Norma Sanitaria para la Fabricación de Alimentos a Base de Granos y otros destinados a Programas Sociales de Alimentación, aprobada mediante Resolución Ministerial Nro. 451-2006/MINSA. Asimismo, los procesos de los artículos 32° (Extrusión/Expansión) y 33° (Enfriado y secado) no son exigibles por corresponder a productos extruidos o instantáneos diferentes a lo que es materia de adquisición.  Certificado de Inspección Higienico Sanitario de Planta, emitido por organismo de inspección acreditado ante INACAL-SNA vigente a la fecha de presentación de las propuestas, referido al producto objeto de la convocatoria.  Copia del Certificado de saneamiento ambiental y/o Fumigación de la planta productora y almacenes que utiliza. Los distribuidores, representantes o intermediarios presentarán el Certificado otorgado al fabricante del producto. Además, se hace la mención que las actividades mínimas que debe indicar el Certificado de Fumigación son Desratización, Desinsectación y Desinfección, limpieza de ambientes, limpieza y desinfección de tanques de agua realizadas en la planta y almacén (es) de la empresa postora y/o fabricante). Importante De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está relacionada con cierta atribución con la cual debe contar el proveedor para poder llevar a cabo la actividad materia de contratación, este es el caso de las actividades reguladas por normas en las cuales se establecen determinados requisitos que las empresas deben cumplir a efectos de estar habilitadas para la ejecución de determinado servicio o estar autorizadas para la comercialización de ciertos bienes en el mercado. Importante En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. B EXPERIENCIA DEL POSTOR
  • 38. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 36 Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a a una (01) vez el valor referencial, por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. Se consideran bienes similares a los siguientes: ITEM II: hojuelas de de cereales, mezclas de cereales, azucaradas o no fortificadas o no en cualquiera de sus presentaciones. Acreditación: La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago8 , correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9. Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. 8 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado: “… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido cancelado” (…) “Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o “pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera reconocerse la validez de la experiencia”.
  • 39. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 37 Importante En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
  • 40. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 38 CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos. Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente: ITEM Nº 01: LECHE EVAPORADA ENTERA DE 410 GRAMOS FACTOR DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIO PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN A . PRECIO La evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i= Oferta Pi= Puntaje de la oferta a evaluar Oi=Precio i Om= Precio de la oferta más baja PMP=Puntaje máximo del precio 50 puntos Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el registro del monto de la oferta en el SEACE o documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 6), según corresponda. PLAZO DE ENTREGA Criterio: Se evaluara en función al plazo de entrega Acreditación: Se acreditara mediante presentación de la declaración jurada  < a 3 dias 10 puntos  > a 3 dias: 2 puntos GARANTIA COMERCIAL Criterio: Se evaluara en función al plazo de entrega Acreditación: Se acreditara mediante presentación de la declaración jurada detallado. • < a 3 dias 10 puntos  > A 60 dias 10 puntos  < a 60 dias 2 puntos B . VALORES NUTRICIONALES Proteínas en sólidos no grasos en 100g  De 34.6% a mas %: 10 puntos  Menor a 34.1%: 05 puntos Criterio: Se evaluará en función a las mejoras nutricionales del producto ofertado. Acreditación: Se acreditará mediante declaración jurada. E . PORCENTAJE DE COMPONENTES NACIONALES Criterio: Se evaluará la procedencia u origen de los productos y de los insumos utilizados en la elaboración del bien ofertado.. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.  De 94.01 hasta 100.00% ..................... 10 Puntos  De 90.01 hasta 94.00% .......................05 Puntos CONDICIONES DE PROCESAMIENTO Criterio: Se evaluará las condiciones y requisitos sanitarios a Certificado de Inspección Higiénico Sanitario de Planta
  • 41. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 39 que deben sujetarse la fabricación, almacenamiento y distribución de los alimentos, para garantizar su calidad sanitaria e inocuidad en protección de la salud de los consumidores beneficiarios de los programas sociales de alimentación. Acreditación: Se acreditará mediante certificados oficiales y no oficiales emitidos por organismos de inspección acreditados ante INACAL-DA. De 98.00 a 100………..……..........….. [05 Ptos.] De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.] Certificado de Inspección técnico productivo de Planta De 98.00 a 100………..……........….. [05 Ptos.] De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.] PUNTAJE TOTAL 100 puntos ITEM Nº II: HOJUELAS PRECOCIDAS DE AVENA QUINUA KIWICHA CON HARINA DE SOYA MACA AZUCARADA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES FACTOR DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIO PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN A . PRECIO La evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i= Oferta Pi= Puntaje de la oferta a evaluar Oi=Precio i Om= Precio de la oferta más baja PMP=Puntaje máximo del precio 50 puntos Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el registro del monto de la oferta en el SEACE o documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N°6), según corresponda. PLAZO DE ENTREGA Criterio: Se evaluara en función al plza de entrega Acreditación: Se acreditara mediante presentación de la declaración jurada  < a 3 dias 5 puntos  > a 3 dias: 2 puntos GARANTIA COMERCIAL Criterio: Se evaluara en función al plza de entrega Acreditación: Se acreditara mediante presentación de la declaración jurada detallado. • < a 3 dias 10 puntos  > A 60 dias 5 puntos  < a 60 dias 2 puntos B . VALORES NUTRICIONALES Proteínas  De 10.00 hasta12.50% ..............05 Puntos  Menor de 10.00 % ...................... 02 Puntos Energía  Mayores a 313 .01 Kcal ............05 Puntos  Menor a 313.00 Kcal................ .02 Puntos Criterio: Se evaluará en función a las mejoras nutricionales del producto ofertado. Acreditación: Se acreditará mediante declaración jurada. E . PORCENTAJE DE COMPONENTES NACIONALES Criterio: Se evaluará la procedencia u origen de los productos y de los insumos utilizados en la elaboración del bien ofertado..  De 94.01 hasta 100.00%......................10 Puntos
  • 42. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 40 Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.  De 90.01 hasta 94.00%........................05 Puntos CONDICIONES DE PROCESAMIENTO Criterio: Se evaluará las condiciones y requisitos sanitarios a que deben sujetarse la fabricación, almacenamiento y distribución de los alimentos, para garantizar su calidad sanitaria e inocuidad en protección de la salud de los consumidores beneficiarios de los programas sociales de alimentación. Acreditación: Se acreditará mediante certificados oficiales y no oficiales emitidos por organismos de inspección acreditados ante INACAL-DA. Certificado de Inspección Higiénico Sanitario de Planta De 98.00 a 100………..……..........….. [05 Ptos.] De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.] Certificado de Inspección técnico productivo de Planta De 98.00 a 100………..……........….. [05 Ptos.] De 90.00 a menos de 98.00..………... [02 Ptos.] MEJORAS A LAS ESPÉCIFICACIONES TECNICAS Evaluación: 1. Menor tiempo de coccion (tres minutos maximo requerido). 2. realizar las capacitaciones sobre la correcta preparacion del producto, en la 1era entrega del producto. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de certificado de técnico productivo para la mejora 1, y declaración jurada para la mejora 2.  Mejora 1: 10 puntos  Mejora 2: 2 puntos PUNTAJE TOTAL 100 puntos
  • 43. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 41 CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO Importante Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo. Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, adjudicó la buena pro de la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN]. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos de Ley. Este monto comprende el costo de los bienes, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO9 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 171 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. 9 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
  • 44. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 42 En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 171 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..], el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO, DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA EN QUE SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN ESTE ULTIMO CASO. EN LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DETALLAR EL PLAZO DE ENTREGA, SU INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO]. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:  De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. Importante Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:  “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:  Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas. Importante De conformidad con el artículo 152 del Reglamento, no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente. CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto en el literal a) del
  • 45. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 43 numeral 155.1 del artículo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA: RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN La recepción y conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La recepción será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA DE ALMACÉN O LA QUE HAGA SUS VECES] y la conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD las comunica al CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días, dependiendo de la complejidad o sofisticación de la contratación. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede otorgar al contratista periodos adicionales para las correcciones pertinentes. En este supuesto corresponde aplicar la penalidad por mora desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectúa la recepción o no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose la penalidad que corresponda por cada día de atraso. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La recepción conforme de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] año(s)contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad Diaria = 0.10 x monto vigente F x plazo vigente en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado. Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Importante
  • 46. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 44 De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento. Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 164 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ANTICORRUPCIÓN EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato. Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas. CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS10 10 De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las controversias deriven de contratos cuyo monto contractual original sea menor o igual a cinco millones con 00/100 soles (S/
  • 47. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 45 Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes. Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje. El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA]. “LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA” 5 000 000,00).
  • 48. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 46 ANEXOS
  • 49. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 47 ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad: Nombre, Denominación o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Teléfono(s) : MYPE11 Sí No Correo electrónico : Autorización de notificación por correo electrónico: … [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes actuaciones: 1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta. 2. Citación para la aplicación del criterio de desempate. 3. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato. 4. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los documentos para perfeccionar el contrato. 5. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación. 6. Notificación de la orden de compra12 Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda 11 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de suministro de bienes, según lo señalado en el artículo 149 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento. 12 Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los cien mil Soles (S/ 100 000.00), en caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de compra. Importante
  • 50. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 48 ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad: Datos del consorciado 1 Nombre, Denominación o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Teléfono(s) : MYPE13 Sí No Correo electrónico : Datos del consorciado 2 Nombre, Denominación o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Teléfono(s) : MYPE14 Sí No Correo electrónico : Datos del consorciado … Nombre, Denominación o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Teléfono(s) : MYPE15 Sí No Correo electrónico : Autorización de notificación por correo electrónico: 13 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de suministro de bienes, según lo señalado en el artículo 149 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento. Para dichos efectos, todos los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa. 14 Ibídem. 15 Ibídem. La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción. Importante Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:
  • 51. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 49 Correo electrónico del consorcio: … [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes actuaciones: 1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta. 2. Citación para la aplicación del criterio de desempate. 3. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato. 4. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los documentos para perfeccionar el contrato. 5. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación. 6. Notificación de la orden de compra16 Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……….……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del representante común del consorcio Importante La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción. 16 Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los cien mil Soles (S/ 100 000.00), en caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de compra.
  • 52. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 50 ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA (ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO) Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar el principio de integridad. ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado. iii. Que mi información (en caso que el postor sea persona natural) o la información de la persona jurídica que represento, registrada en el RNP se encuentra actualizada. iv. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. v. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta, comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. vi. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. vii. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente procedimiento de selección. viii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda Importante En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
  • 53. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 51 ANEXO Nº 3 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] …….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda Importante Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el cumplimiento de las especificaciones técnicas, conforme a lo indicado en el acápite relacionado al contenido de las ofertas de la presente sección de las bases.
  • 54. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 52 ANEXO Nº 4 DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO. EN CASO DE LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DETALLAR EL PLAZO DE ENTREGA, SU INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO], conforme el cronograma de entrega establecido en las bases del procedimiento. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] …….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
  • 55. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 53 ANEXO Nº 5 PROMESA DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor) Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones: a) Integrantes del consorcio 1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1]. 2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2]. b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado. c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................]. | d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes: 1. OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] [ % ] 17 [DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1] 2. OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] [ % ] 18 [DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2] 17 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales. 18 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
  • 56. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 54 TOTAL OBLIGACIONES 100%19 [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad Importante De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. 19 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
  • 57. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 55 ANEXO Nº 6 PRECIO DE LA OFERTA ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO] Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente: CONCEPTO CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL TOTAL El precio de la oferta [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda Importante El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto: “Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”. Importante para la Entidad  En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente: “El postor debe presentar el precio de su oferta en documentos independientes, en los ítems que se presente”.
  • 58. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 56 ANEXO Nº 7 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes: 1.- Que el domicilio fiscal de la empresa20 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad); 2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas); 3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y 4.- Que la empresa no tiene producción fuera de la Amazonía.21 [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda Importante Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio. 20 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.” 21 En caso de empresas de comercialización, no consignar esta condición.
  • 59. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 57 ANEXO Nº 8 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD: Nº CLIENTE OBJETO DEL CONTRATO N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO FECHA DEL CONTRATO O CP 22 FECHA DE LA CONFORMIDAD DE SER EL CASO23 EXPERIENCIA PROVENIENTE24 DE: MONEDA IMPORTE25 TIPO DE CAMBIO VENTA26 MONTO FACTURADO ACUMULADO 27 1 2 3 22 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 23 Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la conformidad se emitió dentro de dicho periodo. 24 Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión; asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”. 25 Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso. 26 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 27 Consignar en la moneda establecida en las bases.
  • 60. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 58 Nº CLIENTE OBJETO DEL CONTRATO N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO FECHA DEL CONTRATO O CP 22 FECHA DE LA CONFORMIDAD DE SER EL CASO23 EXPERIENCIA PROVENIENTE24 DE: MONEDA IMPORTE25 TIPO DE CAMBIO VENTA26 MONTO FACTURADO ACUMULADO 27 4 5 6 7 8 9 10 … 20 TOTAL [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
  • 61. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YACUS A.S Nº 001-2019- MDY/CS PRIMERA CONVOCATORIA 59 ANEXO Nº 9 DECLARACIÓN JURADA (NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO) Señores COMITÉ DE SELECCION ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001-2019-MDY/CS Presente.- Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] absorbida como consecuencia de una reorganización societaria, no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del Reglamento. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda Importante A efectos de cautelar la veracidad de esta declaración, el postor puede verificar la información de la Relación de Proveedores Sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con Sanción Vigente en http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/relación-de-proveedores-sancionados. Tratándose de sanciones no vigentes, podrá solicitar a dicho órgano informe si la empresa en cuestión tenía sanción vigente a la fecha de inscripción de la fusión en Registros Públicos. También le asiste dicha facultad al órgano encargado de las contrataciones o al órgano de la Entidad al que se le haya asignado la función de verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro.