SlideShare una empresa de Scribd logo
¿Qué puede y que debe hacer la escuela frente al maltrato infantil?
El maltrato a los niños y niñas es un
grave problema social, con raíces
culturales y psicológicas, que puede
producirse en familias de cualquier
nivel económico y educativo.
El maltrato vulnera derechos funda-
mentales de los niños y niñas y por
lo tanto, debe ser detenido... cuanto
antes, mejor.
En este sentido, la escuela y los
docentes pueden y deben cumplir
un papel importante.
Cuales son las formas de maltrato a niños?
Pueden distinguirse varias formas de maltrato, que los adultos
ejercen sobre los niños:
l la Negligencia que se expresa en desprotección, descuido
y/o abandono;
l el Maltrato Físico que es toda forma de castigo corporal e
incluye también, el encierro o la privación intencional de cuidados
0 alimentos;
l el Abuso Sexual, consistente en obligar o persuadir a un
niño/a para que participe en actividades sexuales adultas, frente a
las que no puede dar un consentimiento informado;
o el Maltrato Emocional, que acompaña a todas las otras,
pero que puede ejercerse independientemente de las demás por
ejemplo, mediante amenazas aterrorizantes, descalificaciones,
desvalorizaciones y/o ausencia de expresiones cariñosas.
Todas las firmas de maltrato que hemos
descripto producen en los niñoslas daños va-
riables en función de diversos factores,
especialmente la intensidad con que se
ejercen y su persistencia en el tiempo; pero
siempre significan un atentado contra su vida
y su salud que afecta su desarrollo integral y
deja secuelas en su futuro persona/.
l Realizando actividades de prevención primaria
con los niños y sus familias.
l Identificando los casos de maltrato.
l Realizando intervenciones preliminares en las
situaciones detectadas, a través del gabinete o
de docentes sensibles y capacitados para
abordar el tema.
o Derivando y/o denunciando los casos de
maltrato a los organismos pertinentes.
Antes de que ocurra... La prevención primaria
Entendemos por prevención primaria al conjunto de accio-
nes dirigidas a disminuir o eliminar los factores de riesgo que
afectan a las familias ypredisponen la existencia del maltrato
a los niños y niñas.
Esta tarea no es en modo alguno privativa de la escuela y los
docentes. Por el contrario, debe ser emprendida interdisciplinaria
e interinstitucionalmente, en el marco de un conjunto de políticas
públicas, dirigidas a eliminar o reducir las circunstancias ambien-
tales y sociales que favorecen la existencia del maltrato. Pero dado
que los factores culturales son fundamentales en la constitución
del problema, la escuela puede cumplir una importante función en
la promoción y transmisión de nuevos valores y actitudes, dirigidos
a contrarrestarlo.
Aquí proponemos algunas líneas de trabajo que la
escuela puede desarrollar con los niños y sus familias:
o Realizar tareas de sensibilización y capacitación sobre las
necesidades evolutivas de los niños.
l Realizar talleres reflexivos con los padres sobre los meca-
nismos de control y resolución de conflictos en la educación
infantil.
l Desarrollaracciones de difusión y sensibilización entre los
niños, las familias y la comunidad acerca delos derechos especia-
les que asisten a la infancia.
o Articular con la currícula, actividades dirigidas a revisar
críticamente la aceptación de la violencia, la discriminación y los
modelos estereotipados sobre la crianza de los hijos.
l Estimular por todos los medios, la confianza y autoestima de
los niños y niñas.
l Para desarrollar con éxito la función preventiva, la escuela
como institución debe ser capaz de revisar sus propias actitudes
hacia el control de las conductas de los niños y adolescentes.
l Ofrecer a los alumnos el espacio y las oportunidades para
experimentar formas no violentas de resolución de los conflic-
to;. Las asambleas, los consejos de aula y todo medio que estimule
la participación democrática en la vida escolar, pueden ser un
buen recurso.
Y si ya ocurrió, cuándo intervenir?
Siempre que un docente sospeche que un niño o niña esta
siendo objeto de maltrato por parte de adultos aun cuando fueren
los responsables de su crianza, no debe dudar en intervenir de
alguna forma para impedir que la situación continúe. Para ello debe
tener presente:
l que las únicas normas de cuidado y educación adecuadas
para los niños, son aquellas que consideran su bienestar en
primer término. Si un niño crece y se desarrolla sano y está
normalmente contento, aunque las pautas culturales de crianza de
su familia difieran de las nuestras, no hay razón para creer que son
inaceptables.
o que los niños son personas con derechos propios y los padres
no pueden hacer fo que quieren con sus hijos e hijas, porque
no son de su propiedad.
l que el abandono, el castigo físico y el abuso sexual a los niños son
delitos penados por la ley.
l que la escuela como institución tiene la responsabilidad de
garantizar el cumplimiento de los derechos infantiles protegiendo -en
la medida de sus posibilidades- la vida y la salud de sus alumnos.
l que prioritariamente debe ser tenido en cuenta el interés del niño
que está siendo objeto de maltrato y sólo en segundo lugar el de su familia.
Aunque es útil recordar que un buen abordaje del problema puede ayudar
a todos los miembros del grupo familiar, incluso a los maltratadores.
l que cuanto más tiempo se prolongue una situación de maltrato
o abuso, más graves son sus consecuencias y por ello es
imprescindible actuar con seguridad, en cuanto se la identifica.
El maltrato y el abuso no siempre presentan huellas
físicas fácilmente visibles, pero siempre dejan su
marca en la conducta. La observación sensible, la
actitud receptiva y la escucha atenta, son los mejores
recursos para identificar al niño o niña maltratado.
Los maestros requieren de especial sensibilidad para
detectar si un niño es objeto de maltrato, porque
frecuentemente éste por vergüenza o para proteger
a otros miembros de la familia, encubre la situación.
Deben tener presente que para quien está creciendo
en un ambiente violento, la violencia no es cuestiona-
da e incluso, puede parecer el único modo de expre-
sar los afectos. Un padre o una madre agresivos y/o
abusadores, significan un peligro real para la salud y la
vida del niño, pero generalmente son su principal o
único referente afectivo y además, la violencia de los
padres produce un sentimiento contradictorio de
afecto, rechazo y dependencia emocional en el niño.
A veces, el niño o niña denuncia explicitamente el maltrato
que sufre. La actitud receptiva de los docentes puede animar a
estos nìños a confiarse. En estos casos es indispensable disponer
una escucha atenta y sobre todo:
l Creer en la palabra del niño o niña
o No culpabilizarlo en ningún caso.
l Investigar la verdad.
o Consultar con otros profesionales.
l Recurrir a las autoridades correspondientes.
Teniendo en cuenta estos aspectos, a continuación ofrecemos
algunos indicadores que pueden orientar la observación:
Indicadores físicos
o La alteración de los patrones normales
de crecimiento y desarrollo
Salvando las variaciones individuales normales, un niño que
crece poco está enviando una señal de alerta. Si bien es necesario
considerar entre las causas del problema los factores
socieconómícos que afecten a la familia, es imprescindible indagar
el caso antes de descartar la posibilidad de maltrato o negligencia.
El escaso crecimiento es -a veces- el único indicio físico que
presenta un niño maltratado emocionalmente.
l La persistente falta de higiene y cuidado corporal
Con las salvedades anteriormente consideradas, puede ser un
indicador de negligencia y acompañar otras formas de maltrato,
sobre todo en los niños pequeños que no pueden valerse por sí
mismos.
l Las marcas de castigos corporales
Con frecuencia se advierten a simple vista e incluso, delatan la
forma en que fueron provocados. Los dedos sobreimpresos en las
mejillas, los hematomas en los ojos, las marcas de golpes con cintos
u objetos duros o cortantes, las quemaduras provocadas por
cigarrillos o planchas, los moretones y/o escoriaciones en muñe-
cas y tobillos, son signos bastante evidentes de maltrato físico,
pero en otros casos, pueden confundirse con lesiones accidenta-
les. Se debe tener presente que en sus juegos normales los chicos
suelen lastimarse las partes expuestas del cuerpo (frente, rodillas,
mentón, cara externa del brazo o de las piernas) pero difícilmente
se lastiman las partes no expuestas del mismo (cara interna de
brazos y piernas, ojos, cuello).Las lesiones en esas zonas deben
mirarse con sospecha
l Los “accidentes” frecuentes
Los familiares, y aveces también las víctimas, justifican las lesiones
producidas por el maltrato hablando de “accidentes”. Cuando
éstos se reiteran es importante profundizar la investigación.
l El embarazo precoz
El embarazo temprano puede ser indicio de abuso sexual y/o
incesto. Debe tenerse presente que el acto sexual de un adulto con
una niña de 15 años, constituye delito de estupro y siempre se debe
observar con especial cuidado.
l Abuso sexual
Las manchas de sangre en la ropa interior de los niños o niñas,
los moretones en glúteos, muslos o genitales, la dificultad al
caminar, la presencia de enfermedades venéreas, son también
indicios de probable abuso sexual.
Los indicadores de conducta
El comportamiento de los niños maltratados ofrece muchos
indicios que delatan su situación. La mayoría de esos indicios son
inespecíficos, porque la conducta puede atribuirse a diversos
factores. Sin embargo, siempre que aparezcan los comportamien-
tos que señalamos a continuación, es conveniente agudizar la
observación y considerar el maltrato y abuso entre sus posibles
causas.
0 Las ausencias reiteradas a clase.
o El bajo rendimiento escolar y las dificultades
de concentración.
o La depresión constante y/o la presencia de
conductas autoagresivas o ideas suicidas.
l La agresividad y violencia con los compañeros,
especialmente con los más chicos.
l La docilidad excesiva y la actitud evasiva y/o defensiva
frente a los adultos.
o La búsqueda intensa de expresiones afectuosas
por parte de los adultos, especialmente cuando se trata
de niños pequeños.
l Las actitudes y juegos sexualizados persistentes e
inadecuados para la edad.
Los docentes deben saber que existen leyes que
protegen a los niños y niñas del maltrato.
En primer lugar, la Convención sobre los Dere-
chos del Niño, aprobada por nuestro país median-
te la Ley Nacional 23.849 y recientemente incor-
porada a nuestra Constitución Nacional, ofrece
el marco jurídico general mediante el cual nues-
tro Estado y nuestra sociedad deben abordar esas
situaciones. En ese sentido, la Convención desta-
ca “el interés superior del niño” como el bien
central a proteger al tomar cualquier medida que
le concierna y obliga a los Estados a adoptar todas
las medidas legislativas, administrativas, sociales
y educativas para proteger a los niños y niñas
contra toda forma de maltrato por parte de los
padres, representantes legales o cualquier perso-
na que lo tenga a su cargo (artículos 3 y 19).
En particular el artículo 19 señala que estas medidas deben
comprender el establecimiento de programas sociales para asistir
al niño y también a quienes cuidan de él, así como para prevenir,
identificar, notificar, investigar, remitir a instituciones, tratar y
realizar el ulterior seguimiento de los casos.
Entre los principíos que alienta la Convención, la preservación de
los vínculos familiares en cualquier circunstancia ocupa un lugar
central, sin embargo, en los casos de maltrato, el artículo 9, prevé
explícitamente la posibilidad de que el niño sea separado de sus
padres o los responsables de su cuidado.
Por otra parte, la legislación argentina vigente, ya tipificaba
como delitos el maltrato y el abuso sexual perpetrados contra
los menores de edad, estableciendo penas diversas para el
agresor, según el caso y el vínculo existente entre éste y el niño.
Dicha legislación, establece también, los derechos y obligaciones
de las personas que en cualquier circunstancia, conozcan la
existencia de esos delitos.
El ciudadano común tiene el derecho pero no la obligación de
denunciar el abuso o maltrato a un menor. En ese sentido, el
artículo 155 del Código Procesal Penal, faculta para hacerlo a
cualquier persona que presencie, o por cualquier otro medio tenga
noticias del maltrato físico o abuso sexual a un menor o incapaz.
Por el contrario, mediante el artículo 164 del Código Procesal
Penal, la ley impone a los empleados o funcionarios de la
administración pública, el deber de realizar la denuncia.
En esa categoría se halla incluido el personal docente y no
docente de las escuelas públicas, así como también los
médicos, enfermeras, psicólogos y asistentes sociales que
trabajan en instituciones estatales.
El incumplimiento de estas normas, implica incurrir en las
responsabilidades que establece el Código Procesal Penal por
delito de encubrimiento, cuyo artículo 277, inciso 1, fija para
tules casos, penas que van de seis meses a tres años de prisión.’
La ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar,
promulgada en Diciembre de 1994 y reglamentada por Decreto
235/96 de marzo de 1996, establece en qué caso es obligatoria la
denuncia en el plazo de 72 hs. y cuándo puede prorrogarse. La
denuncia debe efectuarse ante los jueces de familia y en su defecto
en los Juzgados Civiles, ya que no tiene por objeto principal la
condena del agresor, sino la reparación del agredido. En tal
sentido, en su Art. 4º plantea que el juez, al tomar conocimiento
de los hechos, podrá ordenar la exclusión del autor de maltrato,
de la vivienda donde habita el grupo familiar, prohibiendo el
acceso de éste al domicilio del damnificado, como a los lugares de
trabajo o estudio y decretar provisoriamente alimentos, tenencia
y. derecho de comunicación con los hijos. La antedicha ley nacional
tiene vigencia efectiva en Capital Federal y en las Provincias de
Chaco, Corrientes y Chubut, no estando aún reglamentada en las
restantes.
El procedimiento
Frente a una situación de maltrato contra un niño usted puede demandar
orientación a equipos de profesionales que, luego de realizar el diagnóstico
correspondiente, cumplirán con los procedimientos legales. Esta instancia
constituye un modelo de intervención prejudicial que, sin desatender la
seguridad del niño, se orienta a la verificación del diagnóstico.
Cuando los hechos son indudables, puede y debe realizar una denuncia a los
órganos del Poder Judicial que asistirán a la familia protegiéndo ante todo a la
víctima. En este caso, debe recurrirse a los Tribunales de Familia en las
jurisdicciones donde estén constituidos y en su defecto, al Fuero Civil.
Para recibir orientación y/o atención
Se puede recurrir a las siguientes líneas telefónicas atendidas por profesionales,
dirigidas a víctimas en situación de crisis, o los testigos, para recibir orientación.
Conseio Nacional del Menor y la familia
Programa de Prevención y tratamiento de la violencia familiar
Maipú 171 P.B. de 9 a 17 hs. Tel. 326-6575/5822
Servicio de atención telefónica las 24 hs.: 102
Ministerio del Interior
Subsecretaría de Derechos Humanos, Dirección Nacional de Técnica y
Prevención
Moreno 711 1º (11.00 a 17.00 hs.) 343-2622
Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos
Defensoría del Menor 304-7263/305-8117
051-243476/227
Servicios contra el Maltrato en Hospitales Públicos
Hospital Alvear. Servicio de Violencia familiar (L. a V. 8.00 a 13.00 hs)
Warnes 2630 521-0090/0273
Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez. Comité de Maltrato
(L. a V. a partir de las 18.00 hs)
Sánchez de Bustamante 139 962-9229/47/80int.229
Hospital Durand. Equipo de violencia familiar (L. a V.)
Av. Díaz Vélez 5044 982-5555/5655int.218
Hospital Elizalde. Unidad de Violencia Familiar (L. a V. 8.30 a 12.30 hs)
Montes de Oca 40 1º 307-5269
Hospital Zubizarreta. Equipo de violencia (L a V 8.00 a 12.00 hs)
Nueva York 3952 501-5775
Hospital Pirovano. Servicio de Salud (martes y viernes)
Olazábal 3960 541-2365
Servicio de Atención a Víctimas de Violencia Familiar
Capital Federal
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires Salguero 765
Niños (de 10 a 22 hs.) 925-4848
Pcia. Santo Fe - Rosario
Línea Amarilla 041-497777
Sociedad Argentina de Pediatría. Director: Dr. Luis Besedovsky.
Pcia. Córdoba - Córdoba
Comisión Intersectorial de
Prevención de Maltrato Infantil
Centro de Asistencia a la
Victima del Delito
Pcia. de Entre Ríos
051-609047/600815
05l-2120
int. 407
57/229143
Defensorfa del Menor del Superior Tribunal de Justicia
Laprida y Córdoba - Palacio de Justicia - Paraná (043) 230900
Provincia de Buenos Aires
Consejo del Menor
El Cuida Niños 0800-32432
116 entre 70 y 11 -La Plata
Unidades de Fortalecimiento Familiar
Atienden familias y menores en riesgo y dependen de los Municipios de la
Provincia de Buenos Aires:
Lomas de Zamora 245-3001
Gral. Alvarado (0291)20487
Gral. Pueyrredón (023) 802741
Balcarce (0266) 24-007
Florencio Varela 255- 1814 200-9803
Esteban Echeverría 296-9677
San Martín 754-1086
Quilmes 253-5582
Tres de Febrero de 8 a 12 hs 750-2889
Morón 489-3434
La Matanza 656-9008
La Plata (021) 27-1477
San Fernando 744-0516
Avellaneda 201-3790
Chacabuco (0352) 28823
San Vicente (0224)82879
Bolívar (031)47203/04
Cómo realizar una denuncia
De acuerdo a los artículos 155 y 157 del Código Procesal Penal, cualquier
ciudadano puede denunciar una situación de maltrato o abuso a un menor o
incapaz, personaltiente, en forma verbal o por escrito, ante las siguientes
autoridades judiciales:
Asesor de menores, quien además de cumplir con el deber de informar,
posee competencia y recursos para amparo.
Juez competente (Familia, Minoridad o Fuero Civil).
Fiscal
Dónde realizar una denuncia
En Capital Federal
Asesorías de menores
Movicom en funcionamiento
o dirigirse de 7:30 a 13:30 a:
-Tucumán 1393
Asesoría Nº 1 3º piso
Asesoría Nº 2 5º piso
Asesoría Nº 3 4º piso
Asesoría Nº 4 2º piso
Asesoría Nº 5 2º piso
-Uruguay 714
Asesoría Nº 6
Asesoría Nº 7
416-2345
371-5148
373-2985
371-1968
371-2868
371-4189
371-8847
373-4630
En Provincia de Buenos Aires
Juzgados de menores
Lomas de Zamora
Juzgado 3: Portela 146 245-35I5 244-4819
Juzgados Nº 1 y 2: Larroque y Camino Negro-Banfield 242-0340
San Isidro Centenario 456
Juzgado Nº 1 piso 6 743-1997
Juzgado Nº 2 piso 5
Juzgado Nº 3 piso 4
San Martín Av. Ricardo Balbin 1753 conmutador 752-0069
Juzgado Nº 1 piso 11 752-0229
Juzgado Nº 2 piso 9 y 10 755-3252
Morón Brown 1449 (1708) 1º piso conmutador 629-0121/23
Juzgado Nº 1
Juzgado Nº 2 629-1831
Juzgado Nº 3 629-5832
Quilmes Hipólito Yrigoyen 107 conmutador 253-1315/1882
Juzgado Nº 1 y Nº 2 253-3924
La Matanza Eugenio Garzón 3064 (Gregorio Laferrere)
Juzgado Nº 1 1º piso 626-1908
Juzgado Nº 2 2 piso 626-1958
Juzgado Nº 3 3º piso 626-5259
La Plata
Juzgado Nº 1 Calle 8 entre 56 y 57 (021)22-9175/9884
Juzgado Nº 2 Calle 8 entre 56 y 57 (021)22-5298
Juzgado Nº 3 Calle 53 esquina 4 (021) 24-3774
Nota: Este listado de recursos es parcial y está sujeto a modificaciones por
supresión o traslado de servicios. El Programa agradecer& toda información
sobre tales cambios o bien la existencia de centros que no figuran en esta lista.
Para tal fin remitirse por correo o personalmente a:
programa Nacional por los Derechos del Niño y del Adolescente
Ministerio de Cultura y Educación
Montevideo 950 (1019) Capital Federal Buenos Aires Argentina,
o telefónicamente al 815-2695.

Más contenido relacionado

PDF
HISTORIA DEL NIVEL INICIAL
PPTX
Historia del nivel inicial
PPTX
Concepto de infancia a lo largo de la historia
PDF
Informe de observacion
DOCX
Infancia en las diferentes épocas grupo a
PPTX
Rol del docente en la educación inicial.
PPTX
El niño como sujeto de derechos.
PDF
JUEGO DE CONSTRUCCIÒN EN LA EDUCACIÒN INICIAL
HISTORIA DEL NIVEL INICIAL
Historia del nivel inicial
Concepto de infancia a lo largo de la historia
Informe de observacion
Infancia en las diferentes épocas grupo a
Rol del docente en la educación inicial.
El niño como sujeto de derechos.
JUEGO DE CONSTRUCCIÒN EN LA EDUCACIÒN INICIAL

La actualidad más candente (20)

PDF
Planificación por centro de interes
PPTX
Recursos Didácticos de las Hermanas Agazzi
PPTX
El juego en el nivel inicial
DOCX
Actividad Lenguaje Verbal Sala Cuna
PDF
FOLLETO TRANSITO ARMÓNICO.pdf
PPTX
Patricia Sarlé: El juego en el nivel inicial. Fundamentos y reflexiones en to...
PDF
Segundo Informe de Prácticas
DOCX
Desarrollo de la motricidad fina en niños y niñas de 3y 4 años en el C D I C...
PDF
Guía didáctica para docentes aplicado a niños de 3 a 4 años
PDF
Descripción contextual Jardín de Niños
PPT
PPTX
ESTRUCTURA CURRICULAR DE LA EDUCACION INICIAL
DOC
Ensayo la familia y la escuela para padres
PPTX
1.2 concepto de la infancia jaramillo
DOCX
Planificación para sala de 5 años. Educación Física
PPTX
Ética para la Educación Inicial
PPTX
PROYECTO: DESARROLLO DEL LENGUAJE ORAL EN PREESCOLAR-Mlrg m4 u1_proyecto final
DOC
PROYECTO COLABORATIVO DE VALORES
PPTX
Concepción de la_infancia_leonor_jaramillo
PPTX
Espacio y tiempo en el Nivel Inicial
Planificación por centro de interes
Recursos Didácticos de las Hermanas Agazzi
El juego en el nivel inicial
Actividad Lenguaje Verbal Sala Cuna
FOLLETO TRANSITO ARMÓNICO.pdf
Patricia Sarlé: El juego en el nivel inicial. Fundamentos y reflexiones en to...
Segundo Informe de Prácticas
Desarrollo de la motricidad fina en niños y niñas de 3y 4 años en el C D I C...
Guía didáctica para docentes aplicado a niños de 3 a 4 años
Descripción contextual Jardín de Niños
ESTRUCTURA CURRICULAR DE LA EDUCACION INICIAL
Ensayo la familia y la escuela para padres
1.2 concepto de la infancia jaramillo
Planificación para sala de 5 años. Educación Física
Ética para la Educación Inicial
PROYECTO: DESARROLLO DEL LENGUAJE ORAL EN PREESCOLAR-Mlrg m4 u1_proyecto final
PROYECTO COLABORATIVO DE VALORES
Concepción de la_infancia_leonor_jaramillo
Espacio y tiempo en el Nivel Inicial
Publicidad

Destacado (10)

DOCX
Maltrato infantil
PDF
Maltrato infantil en escuelas oficiales
DOC
Trabajo de campo maltrato infantil
PDF
Qué es la libertad para niños
DOC
Tesis De Maltrato Infantil
PPT
Proyecto Pedagógico Subamos al Tren de los Valores
PPTX
Taller de asertividad y habilidades sociales
DOCX
Proyecto de aula el jardin de los valores
PDF
Dinámicas: Jugar creando Igualdad. Materiales para fomentar el juego en igual...
PPTX
Tema 6: Estrategias para trabajar los valores en Educación Infantil. Power Point
Maltrato infantil
Maltrato infantil en escuelas oficiales
Trabajo de campo maltrato infantil
Qué es la libertad para niños
Tesis De Maltrato Infantil
Proyecto Pedagógico Subamos al Tren de los Valores
Taller de asertividad y habilidades sociales
Proyecto de aula el jardin de los valores
Dinámicas: Jugar creando Igualdad. Materiales para fomentar el juego en igual...
Tema 6: Estrategias para trabajar los valores en Educación Infantil. Power Point
Publicidad

Similar a ¿Qué puede y que debe hacer la escuela frente al maltrato infantil? (20)

PPTX
El maltrato infantil erika siachoque cod 88111002 http
PPT
El maltrato infantil power
PPT
El maltrato infantil power
PPTX
Cb Utpl
PPTX
M A L T R A T O
DOC
Tesis 2012
PPT
Plan de prevención primaria del abuso y del
PPTX
Plan de prevencion primaria del abuso y el maltrato infantil
DOCX
Estrategias pedagógicas para la atención y prevención del maltrato infantil e...
ODP
PDF
Abuso sexual y maltrato infantil
PPTX
Proyecto escolar
PPTX
Pechacucha bernardo
PPTX
El maltrato a menores. la respuesta educativa
PPTX
El maltrato a menores y la respuesta educativa
PPTX
Plan de prevención primaria del abuso
PPTX
Plan De PrevencióN Primaria Del Abuso
PPTX
El maltrato infantil trbajo 2
PPTX
El Maltrato Infantil
El maltrato infantil erika siachoque cod 88111002 http
El maltrato infantil power
El maltrato infantil power
Cb Utpl
M A L T R A T O
Tesis 2012
Plan de prevención primaria del abuso y del
Plan de prevencion primaria del abuso y el maltrato infantil
Estrategias pedagógicas para la atención y prevención del maltrato infantil e...
Abuso sexual y maltrato infantil
Proyecto escolar
Pechacucha bernardo
El maltrato a menores. la respuesta educativa
El maltrato a menores y la respuesta educativa
Plan de prevención primaria del abuso
Plan De PrevencióN Primaria Del Abuso
El maltrato infantil trbajo 2
El Maltrato Infantil

Último (20)

DOCX
V UNIDAD - PRIMER GRADO. del mes de agosto
PDF
Unidad de Aprendizaje 5 de Matematica 1ro Secundaria Ccesa007.pdf
PDF
IPERC...................................
DOCX
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
PPTX
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
PDF
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
PDF
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
DOC
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
PDF
2.0 Introduccion a processing, y como obtenerlo
PDF
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
PDF
Integrando la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) en el Aula
DOCX
V UNIDAD - SEGUNDO GRADO. del mes de agosto
PDF
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
PDF
Atencion prenatal. Ginecologia y obsetricia
PDF
1. Intrdoduccion y criterios de seleccion de Farm 2024.pdf
PDF
Esc. Sab. Lección 7. El pan y el agua de vida.pdf
PDF
Escuelas Desarmando una mirada subjetiva a la educación
PDF
Cronograma de clases de Práctica Profesional 2 2025 UDE.pdf
DOCX
Informe_practica pre Final.docxddadssasdddddddddddddddddddddddddddddddddddddddd
DOCX
PLAN DE CASTELLANO 2021 actualizado a la normativa
V UNIDAD - PRIMER GRADO. del mes de agosto
Unidad de Aprendizaje 5 de Matematica 1ro Secundaria Ccesa007.pdf
IPERC...................................
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
2.0 Introduccion a processing, y como obtenerlo
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
Integrando la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) en el Aula
V UNIDAD - SEGUNDO GRADO. del mes de agosto
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
Atencion prenatal. Ginecologia y obsetricia
1. Intrdoduccion y criterios de seleccion de Farm 2024.pdf
Esc. Sab. Lección 7. El pan y el agua de vida.pdf
Escuelas Desarmando una mirada subjetiva a la educación
Cronograma de clases de Práctica Profesional 2 2025 UDE.pdf
Informe_practica pre Final.docxddadssasdddddddddddddddddddddddddddddddddddddddd
PLAN DE CASTELLANO 2021 actualizado a la normativa

¿Qué puede y que debe hacer la escuela frente al maltrato infantil?

  • 2. El maltrato a los niños y niñas es un grave problema social, con raíces culturales y psicológicas, que puede producirse en familias de cualquier nivel económico y educativo. El maltrato vulnera derechos funda- mentales de los niños y niñas y por lo tanto, debe ser detenido... cuanto antes, mejor. En este sentido, la escuela y los docentes pueden y deben cumplir un papel importante.
  • 3. Cuales son las formas de maltrato a niños? Pueden distinguirse varias formas de maltrato, que los adultos ejercen sobre los niños: l la Negligencia que se expresa en desprotección, descuido y/o abandono; l el Maltrato Físico que es toda forma de castigo corporal e incluye también, el encierro o la privación intencional de cuidados 0 alimentos; l el Abuso Sexual, consistente en obligar o persuadir a un niño/a para que participe en actividades sexuales adultas, frente a las que no puede dar un consentimiento informado; o el Maltrato Emocional, que acompaña a todas las otras, pero que puede ejercerse independientemente de las demás por ejemplo, mediante amenazas aterrorizantes, descalificaciones, desvalorizaciones y/o ausencia de expresiones cariñosas.
  • 4. Todas las firmas de maltrato que hemos descripto producen en los niñoslas daños va- riables en función de diversos factores, especialmente la intensidad con que se ejercen y su persistencia en el tiempo; pero siempre significan un atentado contra su vida y su salud que afecta su desarrollo integral y deja secuelas en su futuro persona/.
  • 5. l Realizando actividades de prevención primaria con los niños y sus familias. l Identificando los casos de maltrato. l Realizando intervenciones preliminares en las situaciones detectadas, a través del gabinete o de docentes sensibles y capacitados para abordar el tema. o Derivando y/o denunciando los casos de maltrato a los organismos pertinentes.
  • 6. Antes de que ocurra... La prevención primaria Entendemos por prevención primaria al conjunto de accio- nes dirigidas a disminuir o eliminar los factores de riesgo que afectan a las familias ypredisponen la existencia del maltrato a los niños y niñas. Esta tarea no es en modo alguno privativa de la escuela y los docentes. Por el contrario, debe ser emprendida interdisciplinaria e interinstitucionalmente, en el marco de un conjunto de políticas públicas, dirigidas a eliminar o reducir las circunstancias ambien- tales y sociales que favorecen la existencia del maltrato. Pero dado que los factores culturales son fundamentales en la constitución del problema, la escuela puede cumplir una importante función en la promoción y transmisión de nuevos valores y actitudes, dirigidos a contrarrestarlo. Aquí proponemos algunas líneas de trabajo que la escuela puede desarrollar con los niños y sus familias: o Realizar tareas de sensibilización y capacitación sobre las necesidades evolutivas de los niños. l Realizar talleres reflexivos con los padres sobre los meca- nismos de control y resolución de conflictos en la educación infantil.
  • 7. l Desarrollaracciones de difusión y sensibilización entre los niños, las familias y la comunidad acerca delos derechos especia- les que asisten a la infancia. o Articular con la currícula, actividades dirigidas a revisar críticamente la aceptación de la violencia, la discriminación y los modelos estereotipados sobre la crianza de los hijos. l Estimular por todos los medios, la confianza y autoestima de los niños y niñas. l Para desarrollar con éxito la función preventiva, la escuela como institución debe ser capaz de revisar sus propias actitudes hacia el control de las conductas de los niños y adolescentes. l Ofrecer a los alumnos el espacio y las oportunidades para experimentar formas no violentas de resolución de los conflic- to;. Las asambleas, los consejos de aula y todo medio que estimule la participación democrática en la vida escolar, pueden ser un buen recurso.
  • 8. Y si ya ocurrió, cuándo intervenir? Siempre que un docente sospeche que un niño o niña esta siendo objeto de maltrato por parte de adultos aun cuando fueren los responsables de su crianza, no debe dudar en intervenir de alguna forma para impedir que la situación continúe. Para ello debe tener presente: l que las únicas normas de cuidado y educación adecuadas para los niños, son aquellas que consideran su bienestar en primer término. Si un niño crece y se desarrolla sano y está normalmente contento, aunque las pautas culturales de crianza de su familia difieran de las nuestras, no hay razón para creer que son inaceptables. o que los niños son personas con derechos propios y los padres no pueden hacer fo que quieren con sus hijos e hijas, porque no son de su propiedad. l que el abandono, el castigo físico y el abuso sexual a los niños son delitos penados por la ley. l que la escuela como institución tiene la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de los derechos infantiles protegiendo -en la medida de sus posibilidades- la vida y la salud de sus alumnos. l que prioritariamente debe ser tenido en cuenta el interés del niño que está siendo objeto de maltrato y sólo en segundo lugar el de su familia. Aunque es útil recordar que un buen abordaje del problema puede ayudar a todos los miembros del grupo familiar, incluso a los maltratadores. l que cuanto más tiempo se prolongue una situación de maltrato o abuso, más graves son sus consecuencias y por ello es imprescindible actuar con seguridad, en cuanto se la identifica.
  • 9. El maltrato y el abuso no siempre presentan huellas físicas fácilmente visibles, pero siempre dejan su marca en la conducta. La observación sensible, la actitud receptiva y la escucha atenta, son los mejores recursos para identificar al niño o niña maltratado. Los maestros requieren de especial sensibilidad para detectar si un niño es objeto de maltrato, porque frecuentemente éste por vergüenza o para proteger a otros miembros de la familia, encubre la situación. Deben tener presente que para quien está creciendo en un ambiente violento, la violencia no es cuestiona- da e incluso, puede parecer el único modo de expre- sar los afectos. Un padre o una madre agresivos y/o abusadores, significan un peligro real para la salud y la vida del niño, pero generalmente son su principal o único referente afectivo y además, la violencia de los padres produce un sentimiento contradictorio de afecto, rechazo y dependencia emocional en el niño.
  • 10. A veces, el niño o niña denuncia explicitamente el maltrato que sufre. La actitud receptiva de los docentes puede animar a estos nìños a confiarse. En estos casos es indispensable disponer una escucha atenta y sobre todo: l Creer en la palabra del niño o niña o No culpabilizarlo en ningún caso. l Investigar la verdad. o Consultar con otros profesionales. l Recurrir a las autoridades correspondientes. Teniendo en cuenta estos aspectos, a continuación ofrecemos algunos indicadores que pueden orientar la observación: Indicadores físicos o La alteración de los patrones normales de crecimiento y desarrollo Salvando las variaciones individuales normales, un niño que crece poco está enviando una señal de alerta. Si bien es necesario considerar entre las causas del problema los factores socieconómícos que afecten a la familia, es imprescindible indagar el caso antes de descartar la posibilidad de maltrato o negligencia. El escaso crecimiento es -a veces- el único indicio físico que presenta un niño maltratado emocionalmente. l La persistente falta de higiene y cuidado corporal Con las salvedades anteriormente consideradas, puede ser un indicador de negligencia y acompañar otras formas de maltrato, sobre todo en los niños pequeños que no pueden valerse por sí mismos.
  • 11. l Las marcas de castigos corporales Con frecuencia se advierten a simple vista e incluso, delatan la forma en que fueron provocados. Los dedos sobreimpresos en las mejillas, los hematomas en los ojos, las marcas de golpes con cintos u objetos duros o cortantes, las quemaduras provocadas por cigarrillos o planchas, los moretones y/o escoriaciones en muñe- cas y tobillos, son signos bastante evidentes de maltrato físico, pero en otros casos, pueden confundirse con lesiones accidenta- les. Se debe tener presente que en sus juegos normales los chicos suelen lastimarse las partes expuestas del cuerpo (frente, rodillas, mentón, cara externa del brazo o de las piernas) pero difícilmente se lastiman las partes no expuestas del mismo (cara interna de brazos y piernas, ojos, cuello).Las lesiones en esas zonas deben mirarse con sospecha l Los “accidentes” frecuentes Los familiares, y aveces también las víctimas, justifican las lesiones producidas por el maltrato hablando de “accidentes”. Cuando éstos se reiteran es importante profundizar la investigación. l El embarazo precoz El embarazo temprano puede ser indicio de abuso sexual y/o incesto. Debe tenerse presente que el acto sexual de un adulto con una niña de 15 años, constituye delito de estupro y siempre se debe observar con especial cuidado. l Abuso sexual Las manchas de sangre en la ropa interior de los niños o niñas, los moretones en glúteos, muslos o genitales, la dificultad al caminar, la presencia de enfermedades venéreas, son también indicios de probable abuso sexual.
  • 12. Los indicadores de conducta El comportamiento de los niños maltratados ofrece muchos indicios que delatan su situación. La mayoría de esos indicios son inespecíficos, porque la conducta puede atribuirse a diversos factores. Sin embargo, siempre que aparezcan los comportamien- tos que señalamos a continuación, es conveniente agudizar la observación y considerar el maltrato y abuso entre sus posibles causas. 0 Las ausencias reiteradas a clase. o El bajo rendimiento escolar y las dificultades de concentración. o La depresión constante y/o la presencia de conductas autoagresivas o ideas suicidas. l La agresividad y violencia con los compañeros, especialmente con los más chicos. l La docilidad excesiva y la actitud evasiva y/o defensiva frente a los adultos. o La búsqueda intensa de expresiones afectuosas por parte de los adultos, especialmente cuando se trata de niños pequeños. l Las actitudes y juegos sexualizados persistentes e inadecuados para la edad.
  • 13. Los docentes deben saber que existen leyes que protegen a los niños y niñas del maltrato. En primer lugar, la Convención sobre los Dere- chos del Niño, aprobada por nuestro país median- te la Ley Nacional 23.849 y recientemente incor- porada a nuestra Constitución Nacional, ofrece el marco jurídico general mediante el cual nues- tro Estado y nuestra sociedad deben abordar esas situaciones. En ese sentido, la Convención desta- ca “el interés superior del niño” como el bien central a proteger al tomar cualquier medida que le concierna y obliga a los Estados a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas para proteger a los niños y niñas contra toda forma de maltrato por parte de los padres, representantes legales o cualquier perso- na que lo tenga a su cargo (artículos 3 y 19).
  • 14. En particular el artículo 19 señala que estas medidas deben comprender el establecimiento de programas sociales para asistir al niño y también a quienes cuidan de él, así como para prevenir, identificar, notificar, investigar, remitir a instituciones, tratar y realizar el ulterior seguimiento de los casos. Entre los principíos que alienta la Convención, la preservación de los vínculos familiares en cualquier circunstancia ocupa un lugar central, sin embargo, en los casos de maltrato, el artículo 9, prevé explícitamente la posibilidad de que el niño sea separado de sus padres o los responsables de su cuidado. Por otra parte, la legislación argentina vigente, ya tipificaba como delitos el maltrato y el abuso sexual perpetrados contra los menores de edad, estableciendo penas diversas para el agresor, según el caso y el vínculo existente entre éste y el niño. Dicha legislación, establece también, los derechos y obligaciones de las personas que en cualquier circunstancia, conozcan la existencia de esos delitos. El ciudadano común tiene el derecho pero no la obligación de denunciar el abuso o maltrato a un menor. En ese sentido, el artículo 155 del Código Procesal Penal, faculta para hacerlo a cualquier persona que presencie, o por cualquier otro medio tenga noticias del maltrato físico o abuso sexual a un menor o incapaz. Por el contrario, mediante el artículo 164 del Código Procesal Penal, la ley impone a los empleados o funcionarios de la administración pública, el deber de realizar la denuncia.
  • 15. En esa categoría se halla incluido el personal docente y no docente de las escuelas públicas, así como también los médicos, enfermeras, psicólogos y asistentes sociales que trabajan en instituciones estatales. El incumplimiento de estas normas, implica incurrir en las responsabilidades que establece el Código Procesal Penal por delito de encubrimiento, cuyo artículo 277, inciso 1, fija para tules casos, penas que van de seis meses a tres años de prisión.’ La ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar, promulgada en Diciembre de 1994 y reglamentada por Decreto 235/96 de marzo de 1996, establece en qué caso es obligatoria la denuncia en el plazo de 72 hs. y cuándo puede prorrogarse. La denuncia debe efectuarse ante los jueces de familia y en su defecto en los Juzgados Civiles, ya que no tiene por objeto principal la condena del agresor, sino la reparación del agredido. En tal sentido, en su Art. 4º plantea que el juez, al tomar conocimiento de los hechos, podrá ordenar la exclusión del autor de maltrato, de la vivienda donde habita el grupo familiar, prohibiendo el acceso de éste al domicilio del damnificado, como a los lugares de trabajo o estudio y decretar provisoriamente alimentos, tenencia y. derecho de comunicación con los hijos. La antedicha ley nacional tiene vigencia efectiva en Capital Federal y en las Provincias de Chaco, Corrientes y Chubut, no estando aún reglamentada en las restantes.
  • 16. El procedimiento Frente a una situación de maltrato contra un niño usted puede demandar orientación a equipos de profesionales que, luego de realizar el diagnóstico correspondiente, cumplirán con los procedimientos legales. Esta instancia constituye un modelo de intervención prejudicial que, sin desatender la seguridad del niño, se orienta a la verificación del diagnóstico. Cuando los hechos son indudables, puede y debe realizar una denuncia a los órganos del Poder Judicial que asistirán a la familia protegiéndo ante todo a la víctima. En este caso, debe recurrirse a los Tribunales de Familia en las jurisdicciones donde estén constituidos y en su defecto, al Fuero Civil. Para recibir orientación y/o atención Se puede recurrir a las siguientes líneas telefónicas atendidas por profesionales, dirigidas a víctimas en situación de crisis, o los testigos, para recibir orientación. Conseio Nacional del Menor y la familia Programa de Prevención y tratamiento de la violencia familiar Maipú 171 P.B. de 9 a 17 hs. Tel. 326-6575/5822 Servicio de atención telefónica las 24 hs.: 102 Ministerio del Interior Subsecretaría de Derechos Humanos, Dirección Nacional de Técnica y Prevención Moreno 711 1º (11.00 a 17.00 hs.) 343-2622 Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos Defensoría del Menor 304-7263/305-8117 051-243476/227 Servicios contra el Maltrato en Hospitales Públicos Hospital Alvear. Servicio de Violencia familiar (L. a V. 8.00 a 13.00 hs) Warnes 2630 521-0090/0273 Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez. Comité de Maltrato (L. a V. a partir de las 18.00 hs) Sánchez de Bustamante 139 962-9229/47/80int.229
  • 17. Hospital Durand. Equipo de violencia familiar (L. a V.) Av. Díaz Vélez 5044 982-5555/5655int.218 Hospital Elizalde. Unidad de Violencia Familiar (L. a V. 8.30 a 12.30 hs) Montes de Oca 40 1º 307-5269 Hospital Zubizarreta. Equipo de violencia (L a V 8.00 a 12.00 hs) Nueva York 3952 501-5775 Hospital Pirovano. Servicio de Salud (martes y viernes) Olazábal 3960 541-2365 Servicio de Atención a Víctimas de Violencia Familiar Capital Federal Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires Salguero 765 Niños (de 10 a 22 hs.) 925-4848 Pcia. Santo Fe - Rosario Línea Amarilla 041-497777 Sociedad Argentina de Pediatría. Director: Dr. Luis Besedovsky. Pcia. Córdoba - Córdoba Comisión Intersectorial de Prevención de Maltrato Infantil Centro de Asistencia a la Victima del Delito Pcia. de Entre Ríos 051-609047/600815 05l-2120 int. 407 57/229143 Defensorfa del Menor del Superior Tribunal de Justicia Laprida y Córdoba - Palacio de Justicia - Paraná (043) 230900 Provincia de Buenos Aires Consejo del Menor El Cuida Niños 0800-32432 116 entre 70 y 11 -La Plata Unidades de Fortalecimiento Familiar Atienden familias y menores en riesgo y dependen de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires: Lomas de Zamora 245-3001 Gral. Alvarado (0291)20487 Gral. Pueyrredón (023) 802741 Balcarce (0266) 24-007
  • 18. Florencio Varela 255- 1814 200-9803 Esteban Echeverría 296-9677 San Martín 754-1086 Quilmes 253-5582 Tres de Febrero de 8 a 12 hs 750-2889 Morón 489-3434 La Matanza 656-9008 La Plata (021) 27-1477 San Fernando 744-0516 Avellaneda 201-3790 Chacabuco (0352) 28823 San Vicente (0224)82879 Bolívar (031)47203/04 Cómo realizar una denuncia De acuerdo a los artículos 155 y 157 del Código Procesal Penal, cualquier ciudadano puede denunciar una situación de maltrato o abuso a un menor o incapaz, personaltiente, en forma verbal o por escrito, ante las siguientes autoridades judiciales: Asesor de menores, quien además de cumplir con el deber de informar, posee competencia y recursos para amparo. Juez competente (Familia, Minoridad o Fuero Civil). Fiscal Dónde realizar una denuncia En Capital Federal Asesorías de menores Movicom en funcionamiento o dirigirse de 7:30 a 13:30 a: -Tucumán 1393 Asesoría Nº 1 3º piso Asesoría Nº 2 5º piso Asesoría Nº 3 4º piso Asesoría Nº 4 2º piso Asesoría Nº 5 2º piso -Uruguay 714 Asesoría Nº 6 Asesoría Nº 7 416-2345 371-5148 373-2985 371-1968 371-2868 371-4189 371-8847 373-4630
  • 19. En Provincia de Buenos Aires Juzgados de menores Lomas de Zamora Juzgado 3: Portela 146 245-35I5 244-4819 Juzgados Nº 1 y 2: Larroque y Camino Negro-Banfield 242-0340 San Isidro Centenario 456 Juzgado Nº 1 piso 6 743-1997 Juzgado Nº 2 piso 5 Juzgado Nº 3 piso 4 San Martín Av. Ricardo Balbin 1753 conmutador 752-0069 Juzgado Nº 1 piso 11 752-0229 Juzgado Nº 2 piso 9 y 10 755-3252 Morón Brown 1449 (1708) 1º piso conmutador 629-0121/23 Juzgado Nº 1 Juzgado Nº 2 629-1831 Juzgado Nº 3 629-5832 Quilmes Hipólito Yrigoyen 107 conmutador 253-1315/1882 Juzgado Nº 1 y Nº 2 253-3924 La Matanza Eugenio Garzón 3064 (Gregorio Laferrere) Juzgado Nº 1 1º piso 626-1908 Juzgado Nº 2 2 piso 626-1958 Juzgado Nº 3 3º piso 626-5259 La Plata Juzgado Nº 1 Calle 8 entre 56 y 57 (021)22-9175/9884 Juzgado Nº 2 Calle 8 entre 56 y 57 (021)22-5298 Juzgado Nº 3 Calle 53 esquina 4 (021) 24-3774 Nota: Este listado de recursos es parcial y está sujeto a modificaciones por supresión o traslado de servicios. El Programa agradecer& toda información sobre tales cambios o bien la existencia de centros que no figuran en esta lista. Para tal fin remitirse por correo o personalmente a: programa Nacional por los Derechos del Niño y del Adolescente Ministerio de Cultura y Educación Montevideo 950 (1019) Capital Federal Buenos Aires Argentina, o telefónicamente al 815-2695.