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NOM-001-STPS-2008
Edificios, locales,
instalaciones y áreas en los
centros de trabajo,
Condiciones de seguridad.
Objetivo
 Que los alumnos estén informados
acerca de las condiciones de seguridad de
los edificios, locales, instalaciones y áreas
en los centros de trabajo para su
adecuado funcionamiento y
conservación, con la finalidad de prevenir
riesgos futuros.
Introducción
•

Hablaremos acerca de como establecer las condiciones de
seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros
de trabajo para su buen funcionamiento, con la finalidad de que
nuestros compañeros conozcan como
se previenen los riesgos.

• Campo de aplicación:
La presente Norma rige en todo
el territorio nacional y aplica en
todos los centros de trabajo.

•

Referencia:

NOM-026-STPS-1998,
Colores y señales de seguridad
e higiene, e identificación de
riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
Obligaciones
del patrón
• Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros
de trabajo.
• Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de
trabajo para identificar condiciones inseguras y reparar los daños
encontrados.
• Los resultados de las verificaciones
se registrarán en bitácoras o en
las actas de verificación de la
Comisión de Seguridad e Higiene,
debiéndose conservar un año.
Fecha de realización.

Bitácora

Nombre del área revisada.

Tipo de condición insegura detectada.
Tipo de reparación realizada.
Obligaciones del patrón
• Efectuar verificaciones oculares posteriores a la
ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al
centro de trabajo.
• De tales acciones se deben registrar los resultados en
bitácoras o medios magnéticos. Los registros deben
contener:
Fecha de la verificación.
– Tipo de evento.
– Los resultados de las verificaciones.
– Las acciones correctivas realizadas.
– Conservarse por un año.
Obligaciones del patrón
• Contar con retretes, lavabos,
etcétera, limpios y seguros.
En su caso, deberán existir
lugares reservados para el
consumo de alimentos.
• Contar con regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que
se desarrolle en el centro de trabajo o cuando se requiera la
descontaminación del trabajador.
• Proporcionar información a todos los
trabajadores para el uso y conservación de
las áreas donde realicen sus actividades
en el centro de trabajo.
Obligaciones de los trabajadores
• Informar al patrón las de las
condiciones inseguras.
• Recibir la información que el
patrón proporcione de acuerdo al uso de las áreas
donde realicen su centro de trabajo.
• Participar en la conservación del centro de trabajo y dar
a las áreas el uso para el que fueron destinadas.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
• Orden y limpieza en áreas de trabajo
(pasillos exteriores a los edificios,
estacionamientos y otras áreas comunes
del centro de trabajo).

• Delimitar las diferentes áreas del
centro de trabajo, para así, contar con
espacios seguros para la realización
de las actividades de los trabajadores que en ellas se encuentran.
Puede realizarse con barandales;
con franjas amarillas de al menos 5 cm
de ancho, pintadas o adheridas al piso,
o por una distancia de separación física.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
•

Cuando laboren trabajadores
discapacitados en los centros de trabajo,
las puertas, vías de acceso y de circulación,
escaleras, y lugares de servicio,
deben facilitar sus actividades
y desplazamientos.

•

Escaleras, rampas, escaleras manuales,
puentes y plataformas elevadas deben
evitar que el trabajador resbale al usarlas.

•

Los elementos estructurales destinados
a soportar cargas fijas o móviles, deben ser
utilizados para los fines a que fueron destinados.
En caso de cambio de uso, se debe evaluar si tienen la capacidad de
soportar las nuevas cargas y hacer adecuaciones para evitar riesgos de
trabajo.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
• Edificios y elementos estructurales deben soportar las
cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las
actividades que en ellos se desarrollen, considerándose
los eventos naturales así como los incidentes que
pueden afectarlos.
Requisitos de seguridad en el centro de
trabajo
Techos
a. Ser de materiales que protejan de las
condiciones ambientales externas
b. Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles,
sólo si fueron diseñados para estos fines
c. Permitir la salida de líquidos, y
d. Soportar las condiciones normales de operación.
Paredes
Las caras interiores deben mantenerse en colores que eviten la reflexión de la
luz.
Se deben utilizar para soportar cargas solo si fueron diseñadas para estos
fines.
Deben contar con medidas de seguridad como protección y señalización de las
zonas de riesgo y peligro de caídas para el trabajador.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
Pisos
1. Mantenerse en condiciones que no generen riesgos de
trabajo.
2. Evitar estancamientos de líquidos.
3. Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas.
4. Contar con protecciones como cercas provisionales o
barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm u
otro medio que proporcione protección, cuando tengan
aberturas temporales de escotillas, conductos, pozos y
trampas, durante el tiempo que se requiera la abertura.
5. Contar con señalización donde existan riesgos por cambio de
nivel, o proceso que en él se desarrolle.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo

Escaleras

Tener un ancho constante de al menos 56 cm en cada tramo recto y,
en ese caso, se debe señalizar que se prohíbe la circulación de más
de una persona en contraflujo.
Los descansos, deberán tener al menos 56 cm para las de tramos rectos
utilizados en un solo sentido de flujo a la vez,
y de al menos 90 cm para las de ancho superior.
Longitud mínima de 25 cm y el peralte una altura
no mayor a 23 cm. Las orillas de los escalones
deben ser redondeadas.
La distancia libre medida desde la huella
de cualquier escalón, contemplando los niveles
inferior y superior de la escalera y el techo,
o cualquier superficie superior, debe ser
mayor a 200 cm.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
En las escaleras con cambios de dirección o en las de caracol, el
peralte debe ser siempre de la misma altura.
Las huellas de los escalones
deben contar con materiales
antiderrapantes.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
Escaleras de Emergencias Exteriores
No deben existir medios que obstruyan u obstaculicen su
accionamiento.
Ser de diseño recto.
Su diseño debe facilitar que drenen los líquidos que en ellas pudieran
caer.
Cada piso, debe tener un acceso directo a través de una puerta de
salida.
Estar fijas en forma permanente en todos los pisos excepto en el
inferior, en el que se pueden instalar plegables.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo

Escaleras con barandales en espacios abiertos
Deben tener al menos una baranda dispuesta
paralelamente a la inclinación de la escalera.
Cuando las escaleras tengan un ancho de
3 m o más, deben contar con un barandal
intermedio y uno en los extremos.

Los balaustres deben estar colocados cada
cuatro escalones.
Cuando las escaleras estén cubiertas con
muros en sus dos costados, deben contar al menos con un pasamanos
Las edificaciones deben tener siempre escaleras o rampas peatonales
que comuniquen entre todos sus niveles
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
Rampas
Las cargas que circulen por ellas no deben sobrepasar la resistencia para la
que fueron destinadas.
No deben tener deformaciones que puedan
generar un riesgo.
Cuando estén destinadas al tránsito de vehículos, deben ser igual al ancho del
vehículo más grande que circule por la rampa más 60 cm.
Cuando se encuentren cubiertas por muros en sus dos costados, deben tener
al menos un pasamanos.
Contar con señalamientos que indiquen la distancia libre medida desde
cualquier punto de la rampa al techo (mayor a 200 cm).
Las partes abiertas deben contar con zoclos de al menos 10 cm o cualquier
otro elemento físico que cumpla con la función de protección.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
Escaleras fijas
Deben soportar las cargas de las actividades
para la que son destinadas y estar protegidas.
Los anclajes deben ser suficientes para
soportar el peso de los trabajadores que las
utilicen.
Deben existir indicaciones sobre restricciones
de su uso.

La distancia entre peldaños no debe ser mayor de 38 cm.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo

Cuando los peldaños son alcayatas incrustadas o soldadas de forma alternada
a ambos costados en los postes que soportan cables de telefonía o de
energía eléctrica:
 Los peldaños deben ser de materiales con resistencia a la corrosión y
resistencia mecánica suficiente para soportar el peso del trabajador.
 Entre alcayatas alternadas las distancias deben ser iguales o menores a 45
cm
 La alcayata debe sobresalir al menos 20 cm
del lugar soldado, para soportar al trabajador.
 La alcayata debe ser lisa para evitar daños
en las manos de los trabajadores.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
Escalas móviles
Se permite el uso de escalas móviles de material
metálico, si están aisladas en sus apoyos y peldaño
(En el caso de trabajos eléctricos)
Las escalas móviles deben contar con elementos
que eviten el deslizamiento de su punto de apoyo.
Los peldaños deben estar completos y fijos de materiales
antiderrapantes, libres de grasa, aceite o cualquier
producto que los haga resbalosos.
Requisitos de seguridad en el centro
de trabajo
Puentes y plataformas elevadas
Cuando estén abiertos en sus costados, deben contar con barandales de al
menos 90 cm ± 10 cm de altura.
La distancia libre medida sobre la superficie del piso de los pasadizos o
plataformas elevadas por los que circulan trabajadores y el techo, o cualquier
superficie superior, no debe ser menor de 200 cm.
Evolución
• De acuerdo con la NOM-001-STPS-1999, el
funcionamiento de los sistemas de
ventilación era un complemento para mejorar la
comprensión de la norma, y no era de cumplimiento
obligatorio.
Siendo así que en la nueva norma (NOM-001-STPS2008) se da de forma obligatoria y sobre todo contar con
un programa de
mantenimiento preventivo y correctivo.

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NOM 001-STPS-2008

  • 1. NOM-001-STPS-2008 Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo, Condiciones de seguridad.
  • 2. Objetivo  Que los alumnos estén informados acerca de las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos futuros.
  • 3. Introducción • Hablaremos acerca de como establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su buen funcionamiento, con la finalidad de que nuestros compañeros conozcan como se previenen los riesgos. • Campo de aplicación: La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. • Referencia: NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
  • 4. Obligaciones del patrón • Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo. • Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de trabajo para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados. • Los resultados de las verificaciones se registrarán en bitácoras o en las actas de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene, debiéndose conservar un año.
  • 5. Fecha de realización. Bitácora Nombre del área revisada. Tipo de condición insegura detectada. Tipo de reparación realizada.
  • 6. Obligaciones del patrón • Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo. • De tales acciones se deben registrar los resultados en bitácoras o medios magnéticos. Los registros deben contener: Fecha de la verificación. – Tipo de evento. – Los resultados de las verificaciones. – Las acciones correctivas realizadas. – Conservarse por un año.
  • 7. Obligaciones del patrón • Contar con retretes, lavabos, etcétera, limpios y seguros. En su caso, deberán existir lugares reservados para el consumo de alimentos. • Contar con regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo o cuando se requiera la descontaminación del trabajador. • Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades en el centro de trabajo.
  • 8. Obligaciones de los trabajadores • Informar al patrón las de las condiciones inseguras. • Recibir la información que el patrón proporcione de acuerdo al uso de las áreas donde realicen su centro de trabajo. • Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron destinadas.
  • 9. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo • Orden y limpieza en áreas de trabajo (pasillos exteriores a los edificios, estacionamientos y otras áreas comunes del centro de trabajo). • Delimitar las diferentes áreas del centro de trabajo, para así, contar con espacios seguros para la realización de las actividades de los trabajadores que en ellas se encuentran. Puede realizarse con barandales; con franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho, pintadas o adheridas al piso, o por una distancia de separación física.
  • 10. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo • Cuando laboren trabajadores discapacitados en los centros de trabajo, las puertas, vías de acceso y de circulación, escaleras, y lugares de servicio, deben facilitar sus actividades y desplazamientos. • Escaleras, rampas, escaleras manuales, puentes y plataformas elevadas deben evitar que el trabajador resbale al usarlas. • Los elementos estructurales destinados a soportar cargas fijas o móviles, deben ser utilizados para los fines a que fueron destinados. En caso de cambio de uso, se debe evaluar si tienen la capacidad de soportar las nuevas cargas y hacer adecuaciones para evitar riesgos de trabajo.
  • 11. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo • Edificios y elementos estructurales deben soportar las cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las actividades que en ellos se desarrollen, considerándose los eventos naturales así como los incidentes que pueden afectarlos.
  • 12. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Techos a. Ser de materiales que protejan de las condiciones ambientales externas b. Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles, sólo si fueron diseñados para estos fines c. Permitir la salida de líquidos, y d. Soportar las condiciones normales de operación. Paredes Las caras interiores deben mantenerse en colores que eviten la reflexión de la luz. Se deben utilizar para soportar cargas solo si fueron diseñadas para estos fines. Deben contar con medidas de seguridad como protección y señalización de las zonas de riesgo y peligro de caídas para el trabajador.
  • 13. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Pisos 1. Mantenerse en condiciones que no generen riesgos de trabajo. 2. Evitar estancamientos de líquidos. 3. Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas. 4. Contar con protecciones como cercas provisionales o barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm u otro medio que proporcione protección, cuando tengan aberturas temporales de escotillas, conductos, pozos y trampas, durante el tiempo que se requiera la abertura. 5. Contar con señalización donde existan riesgos por cambio de nivel, o proceso que en él se desarrolle.
  • 14. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras Tener un ancho constante de al menos 56 cm en cada tramo recto y, en ese caso, se debe señalizar que se prohíbe la circulación de más de una persona en contraflujo. Los descansos, deberán tener al menos 56 cm para las de tramos rectos utilizados en un solo sentido de flujo a la vez, y de al menos 90 cm para las de ancho superior. Longitud mínima de 25 cm y el peralte una altura no mayor a 23 cm. Las orillas de los escalones deben ser redondeadas. La distancia libre medida desde la huella de cualquier escalón, contemplando los niveles inferior y superior de la escalera y el techo, o cualquier superficie superior, debe ser mayor a 200 cm.
  • 15. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo En las escaleras con cambios de dirección o en las de caracol, el peralte debe ser siempre de la misma altura. Las huellas de los escalones deben contar con materiales antiderrapantes.
  • 16. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras de Emergencias Exteriores No deben existir medios que obstruyan u obstaculicen su accionamiento. Ser de diseño recto. Su diseño debe facilitar que drenen los líquidos que en ellas pudieran caer. Cada piso, debe tener un acceso directo a través de una puerta de salida. Estar fijas en forma permanente en todos los pisos excepto en el inferior, en el que se pueden instalar plegables.
  • 17. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras con barandales en espacios abiertos Deben tener al menos una baranda dispuesta paralelamente a la inclinación de la escalera. Cuando las escaleras tengan un ancho de 3 m o más, deben contar con un barandal intermedio y uno en los extremos. Los balaustres deben estar colocados cada cuatro escalones. Cuando las escaleras estén cubiertas con muros en sus dos costados, deben contar al menos con un pasamanos Las edificaciones deben tener siempre escaleras o rampas peatonales que comuniquen entre todos sus niveles
  • 18. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Rampas Las cargas que circulen por ellas no deben sobrepasar la resistencia para la que fueron destinadas. No deben tener deformaciones que puedan generar un riesgo. Cuando estén destinadas al tránsito de vehículos, deben ser igual al ancho del vehículo más grande que circule por la rampa más 60 cm. Cuando se encuentren cubiertas por muros en sus dos costados, deben tener al menos un pasamanos. Contar con señalamientos que indiquen la distancia libre medida desde cualquier punto de la rampa al techo (mayor a 200 cm). Las partes abiertas deben contar con zoclos de al menos 10 cm o cualquier otro elemento físico que cumpla con la función de protección.
  • 19. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras fijas Deben soportar las cargas de las actividades para la que son destinadas y estar protegidas. Los anclajes deben ser suficientes para soportar el peso de los trabajadores que las utilicen. Deben existir indicaciones sobre restricciones de su uso. La distancia entre peldaños no debe ser mayor de 38 cm.
  • 20. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Cuando los peldaños son alcayatas incrustadas o soldadas de forma alternada a ambos costados en los postes que soportan cables de telefonía o de energía eléctrica:  Los peldaños deben ser de materiales con resistencia a la corrosión y resistencia mecánica suficiente para soportar el peso del trabajador.  Entre alcayatas alternadas las distancias deben ser iguales o menores a 45 cm  La alcayata debe sobresalir al menos 20 cm del lugar soldado, para soportar al trabajador.  La alcayata debe ser lisa para evitar daños en las manos de los trabajadores.
  • 21. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escalas móviles Se permite el uso de escalas móviles de material metálico, si están aisladas en sus apoyos y peldaño (En el caso de trabajos eléctricos) Las escalas móviles deben contar con elementos que eviten el deslizamiento de su punto de apoyo. Los peldaños deben estar completos y fijos de materiales antiderrapantes, libres de grasa, aceite o cualquier producto que los haga resbalosos.
  • 22. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Puentes y plataformas elevadas Cuando estén abiertos en sus costados, deben contar con barandales de al menos 90 cm ± 10 cm de altura. La distancia libre medida sobre la superficie del piso de los pasadizos o plataformas elevadas por los que circulan trabajadores y el techo, o cualquier superficie superior, no debe ser menor de 200 cm.
  • 23. Evolución • De acuerdo con la NOM-001-STPS-1999, el funcionamiento de los sistemas de ventilación era un complemento para mejorar la comprensión de la norma, y no era de cumplimiento obligatorio. Siendo así que en la nueva norma (NOM-001-STPS2008) se da de forma obligatoria y sobre todo contar con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo.