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NOM-001-STPS-2008
Edificios, Locales y Áreas
Instalaciones y Áreas en los
Centros de Trabajo, Condiciones
de Seguridad
Inspección Federal
2
Establecer las condiciones de seguridad de los edificios,
locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para
su adecuado funcionamiento y conservación, con la
finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.
Objetivo
3
4.1 Alcayata
4.3 Autoridad del trabajo
4.4 Centro de trabajo
4.8 Escalas móviles;
escaleras portátiles; escaleras
manuales
4.9 Evento
4.10 Funcionamiento
4.12 Nuevas construcciones
4.14 Registro
Nuevas definiciones
4
Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo, para que no
representen riesgos.
Fecha de realización.
Nombre del área revisada.
Tipo de condición insegura detectada.
Tipo de reparación realizada
Realizar verificaciones oculares cada doce meses al
centro de trabajo para identificar condiciones
inseguras y reparar los daños encontrados.
Los resultados de las verificaciones se registrarán en
bitácoras o en las actas de verificación de la Comisión de
Seguridad e Higiene, debiéndose conservar un año.
Obligaciones del patrón
5
De tales acciones se deben registrar los resultados en bitácoras o medios magnéticos.
Los registros deben contener:
– Fecha de la verificación.
– Tipo de evento.
– Los resultados de las verificaciones.
– Las acciones correctivas realizadas.
– Conservarse por un año.
Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que
pudiera generarle daños al centro de trabajo.
Obligaciones del patrón
6
Contar con regaderas y vestidores, de acuerdo con
la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo
o cuando se requiera la descontaminación del
trabajador. El patrón establecerá el tipo,
características y cantidad de los servicios.
Contar con retretes, mingitorios,
lavabos, entre otros, limpios y
seguros. En su cado deberán existir
lugares reservados para el consumo
de alimentos.
Proporcionar información a todos los trabajadores para
el uso y conservación de las áreas donde realicen sus
actividades en el centro de trabajo.
Obligaciones del patrón
7
Orden y limpieza, de acuerdo al tipo de
actividades que se desarrollen, en las áreas
de trabajo, pasillos, estacionamientos y otras
áreas comunes del centro de trabajo.
Delimitar las diferentes áreas del centro de
trabajo de tal forma que se disponga de
espacios seguros para la realización de
las actividades de los trabajadores.
La delimitación puede realizarse con barandales; con cualquier elemento
estructural; con franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho, pintadas o adheridas al
piso, o por una distancia de separación física.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
8
Las escaleras, rampas, escaleras manuales, puentes y
plataformas elevadas deben evitar que el trabajador
resbale al usarlas.
Cuando laboren trabajadores discapacitados en los centros
de trabajo, las puertas, vías de acceso y de circulación,
escaleras, lugares de servicio y puestos de trabajo, deben
facilitar sus actividades y desplazamientos.
Los elementos estructurales destinados a soportar
cargas fijas o móviles, deben ser utilizados para los
fines a que fueron destinados. En caso de requerir
un cambio de uso, se debe evaluar si tienen la
capacidad de soportar las nuevas cargas y, en su
caso, hacer las adecuaciones necesarias para
evitar riesgos de trabajo.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
9
Los edificios y elementos estructurales deben soportar las
cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las
actividades que en ellos se desarrollen, considerándose los
eventos naturales así como los incidentes que pueden
afectarlos.
a. Ser de materiales que protejan de las
condiciones ambientales externas;
b. Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles,
sólo si fueron diseñados o reconstruidos para
estos fines;
c. Permitir la salida de líquidos, y
d. Soportar las condiciones normales de operación.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Techos
10
Las caras interiores deben mantenerse
en colores que eviten la reflexión de la
luz;
Se deben utilizar para soportar cargas
solo si fueron diseñadas para estos
fines.
Deben contar con medidas de seguridad
como protección y señalización de las
zonas de riesgo, sobre todo cuando en
ellas existan aberturas de más de dos
metros de altura hacia el otro lado de la
pared por las que haya peligro de caídas
para el trabajador.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Paredes
11
1. Mantenerse en condiciones que no generen riesgos de
trabajo.
2. Evitar estancamientos de líquidos para no generar riesgos de
caídas o resbalones;
3. Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas;
4. Contar con protecciones como cercas provisionales o
barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm u
otro medio que proporcione protección, cuando tengan
aberturas temporales de escotillas, conductos, pozos y
trampas, durante el tiempo que se requiera la abertura, y
5. Contar con señalización de acuerdo con la NOM-026-STPS-
1998, donde existan riesgos por cambio de nivel, o por las
características de la actividad o proceso que en él se
desarrolle.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Pisos
12
Tener un ancho constante de al menos 56 cm en cada tramo
recto y, en ese caso, se debe señalizar que se prohíbe la
circulación de más de una persona en contraflujo.
Los descansos, deberán tener al menos 56 cm para las de
tramos rectos utilizados en un solo sentido de flujo a la vez, y
de al menos 90 cm para las de ancho superior.
Todas las huellas y todos los peraltes de las escaleras de
tramo recto, deben tener la misma altura, con una variación
máxima de ± 0.5 cm.
Las huellas de los escalones en sus tramos rectos deben
tener una longitud mínima de 25 cm y el peralte una altura no
mayor a 23 cm. Las orillas de los escalones deben ser
redondeadas.
La distancia libre medida desde la huella de cualquier
escalón, contemplando los niveles inferior y superior de la
escalera y el techo, o cualquier superficie superior, debe ser
mayor a 200 cm.
Alturaaltecho>200cm
Descanso >56 cm;
Escaleras más
anchas>90 cm
>
25cm
<
23cm
< 56cm
Huella mismo
ancho
Peralte mismo
alto +0.5cm
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Escaleras
13
En las escaleras con cambios de dirección o en las
de caracol, el peralte debe ser siempre de la
misma altura;
Las huellas de los escalones deben contar con
materiales antiderrapantes.
ESCALERAS
PERALTE
< 2 3
NARIZ
ROMA
HUELLA
2 5 >
PISO A TECHO
2 m
TECHO
PERALTE
< 2 3
NARIZ
ROMA
HUELLA
2 5 >
PISO A TECHO
2 m
TECHO
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Escaleras
14
Contar con puertas de
acceso, a las que se les dé
mantenimiento periódico 1 vez
cada seis meses teniendo un
registro del mismo.
Ser de diseño recto.
No deben existir medios que obstruyan u obstaculicen su accionamiento.
Los pisos y huellas deben ser resistentes y
de material antiderrapante.
Su diseño debe facilitar que drenen los
líquidos que en ellas pudieran caer y eviten
su acumulación.
Cada piso, debe tener
un acceso directo a
través de una puerta de
salida
Estar fijas en forma
permanente en todos los
pisos excepto en el
inferior, en el que se
pueden instalar
plegables.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Escaleras de Emergencias Exteriores
15
Deben tener al menos una baranda
dispuesta paralelamente a la inclinación de
la escalera.
El pasamanos debe estar a una
altura de 90 cm ± 10 cm, deben
ser continuos, lisos y pulidos.
Los balaustres deben estar
colocados cada cuatro escalones.
Cuando las escaleras tengan
un ancho de 3 m o más,
deben contar con un
barandal intermedio
y uno en los extremos;
Cuando las escaleras estén
cubiertas con muros en sus
dos costados, deben contar
al menos con un
pasamanos
Las edificaciones deben
tener siempre escaleras o
rampas peatonales que
comuniquen entre todos
sus niveles, aun cuando
existan elevadores o
escaleras eléctricas.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Escaleras con barandales en espacios abiertos
16
Las cargas que circulen por ellas no deben
sobrepasar la resistencia para la que fueron
destinadas.
No deben tener deformaciones que puedan
generar un riesgo.
Cuando estén destinadas al tránsito de vehículos, deben ser igual al ancho del
vehículo más grande que circule por la rampa más 60 cm.
Cuando se encuentren cubiertas por muros en sus dos costados, deben tener
al menos un pasamanos.
Contar con señalamientos que indiquen la distancia libre medida desde
cualquier punto de la rampa al techo (mayor a 200 cm).
Las partes abiertas deben contar con zoclos de al menos 10 cm o cualquier otro
elemento físico que cumpla con la función de protección.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Rampas
17
Deben soportar las cargas de las actividades
para la que son destinadas y estar protegidas;
Los anclajes deben ser suficientes para
soportar el peso de los trabajadores que las
utilicen.
Deben existir indicaciones sobre restricciones
de su uso.
La distancia entre peldaños no debe ser mayor
de 38 cm.
La protección circundante tendrá un diámetro
de dimensiones tales que permita el ascenso y
descenso de los trabajadores de forma segura
a partir de 200 cm ± 20 cm del piso.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Escaleras fijas
18
Cuando los peldaños son alcayatas incrustadas o soldadas de
forma alternada a ambos costados en los postes que soportan
cables de telefonía o de energía eléctrica:
I. Los peldaños deben ser de materiales con resistencia a la
corrosión y resistencia mecánica suficiente para soportar el peso
del trabajador;
II. Las distancias entre alcayatas de un mismo costado no deben
ser superiores a 90 cm, de tal manera que entre alcayatas
alternadas las distancias sean iguales o menores a 45 cm;
III. La alcayata debe sobresalir al menos 20 cm del lugar empotrado
o soldado, para soportar al trabajador, y
IV. La alcayata debe ser lisa para evitar daños en las manos de los
trabajadores.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
19
En la realización de trabajos eléctricos, se
permite el uso de escalas móviles de
material metálico, si están aisladas en sus
apoyos y peldaños (travesaños).
Las escalas móviles deben contar con
elementos que eviten el deslizamiento de
su punto de apoyo o, en su caso, anclarse
o sujetarse.
Los peldaños deben estar completos y
fijos de materiales antiderrapantes, deben
estar libres de grasa, aceite o cualquier
producto que los haga resbalosos.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Escalas móviles
20
Cuando estén abiertos en sus
costados, deben contar con
barandales de al menos 90 cm ±
10 cm de altura.
La distancia libre medida sobre la
superficie del piso de los
pasadizos o plataformas elevadas
por los que circulan trabajadores
y el techo, o cualquier superficie
superior, no debe ser menor de
200 cm.
Requisitos de seguridad en el
centro de trabajo
Puentes y Plataformas Elevadas
21
El aire que se extrae no debe contaminar
otras áreas en donde se encuentren
laborando otros trabajadores.
El sistema debe iniciar su operación antes
de que ingresen los trabajadores al área
correspondiente para permitir la purga de
los contaminantes.
Contar con un programa anual de
mantenimiento preventivo o correctivo, el
contenido y los resultados deben
conservarse por un año y estar registrados
en bitácoras o cualquier otro medio,
incluyendo los magnéticos.
Funcionamiento de los sistemas
de ventilación artificial
22
Señala los requisitos que deben
cumplir las puertas por las que
transiten los vehículos.
Contar con señalización de las áreas
internas y externas de tránsito de
vehículos, áreas de carga y
descarga, de las vías de ferrocarril,
los cambiavías, la velocidad máxima
de circulación de los vehículos.
El nivel de piso en ambos lados de
los cruceros de las vías de ferrocarril,
debe permitir el cruce libre de los
vehículos para evitar que queden
detenidos sobre la misma.
Requisitos de seguridad
para el tránsito de vehículos
23
El patrón tiene la opción de contar con una
unidad de verificación acreditada y
aprobada en términos de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización y su
Reglamento.
Se verificará el grado de cumplimiento
siguiendo lo establecido en el procedimiento
de evaluación de la conformidad.
Se cambió la vigencia del dictamen de
verificación de cinco años a dos años.
Unidades de verificación
24
Aplica tanto para las visitas de inspección
desarrolladas por la autoridad laboral como para las
visitas de verificación que realicen las unidades de
verificación.
La evaluación de la conformidad podrá ser realizada
por las Unidades de Verificación acreditadas por la
Entidad de Acreditación y aprobadas por la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Se señalan los aspectos a verificar durante la
evaluación de la conformidad que son aplicables
mediante la constatación física o documental a los
edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros
de trabajo.
Procedimiento para la
evaluación de la conformidad
25
Muchas gracias
por su Atención

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Nom 001-stps-2

  • 1. 1 NOM-001-STPS-2008 Edificios, Locales y Áreas Instalaciones y Áreas en los Centros de Trabajo, Condiciones de Seguridad Inspección Federal
  • 2. 2 Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores. Objetivo
  • 3. 3 4.1 Alcayata 4.3 Autoridad del trabajo 4.4 Centro de trabajo 4.8 Escalas móviles; escaleras portátiles; escaleras manuales 4.9 Evento 4.10 Funcionamiento 4.12 Nuevas construcciones 4.14 Registro Nuevas definiciones
  • 4. 4 Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo, para que no representen riesgos. Fecha de realización. Nombre del área revisada. Tipo de condición insegura detectada. Tipo de reparación realizada Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de trabajo para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados. Los resultados de las verificaciones se registrarán en bitácoras o en las actas de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene, debiéndose conservar un año. Obligaciones del patrón
  • 5. 5 De tales acciones se deben registrar los resultados en bitácoras o medios magnéticos. Los registros deben contener: – Fecha de la verificación. – Tipo de evento. – Los resultados de las verificaciones. – Las acciones correctivas realizadas. – Conservarse por un año. Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo. Obligaciones del patrón
  • 6. 6 Contar con regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo o cuando se requiera la descontaminación del trabajador. El patrón establecerá el tipo, características y cantidad de los servicios. Contar con retretes, mingitorios, lavabos, entre otros, limpios y seguros. En su cado deberán existir lugares reservados para el consumo de alimentos. Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades en el centro de trabajo. Obligaciones del patrón
  • 7. 7 Orden y limpieza, de acuerdo al tipo de actividades que se desarrollen, en las áreas de trabajo, pasillos, estacionamientos y otras áreas comunes del centro de trabajo. Delimitar las diferentes áreas del centro de trabajo de tal forma que se disponga de espacios seguros para la realización de las actividades de los trabajadores. La delimitación puede realizarse con barandales; con cualquier elemento estructural; con franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho, pintadas o adheridas al piso, o por una distancia de separación física. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo
  • 8. 8 Las escaleras, rampas, escaleras manuales, puentes y plataformas elevadas deben evitar que el trabajador resbale al usarlas. Cuando laboren trabajadores discapacitados en los centros de trabajo, las puertas, vías de acceso y de circulación, escaleras, lugares de servicio y puestos de trabajo, deben facilitar sus actividades y desplazamientos. Los elementos estructurales destinados a soportar cargas fijas o móviles, deben ser utilizados para los fines a que fueron destinados. En caso de requerir un cambio de uso, se debe evaluar si tienen la capacidad de soportar las nuevas cargas y, en su caso, hacer las adecuaciones necesarias para evitar riesgos de trabajo. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo
  • 9. 9 Los edificios y elementos estructurales deben soportar las cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las actividades que en ellos se desarrollen, considerándose los eventos naturales así como los incidentes que pueden afectarlos. a. Ser de materiales que protejan de las condiciones ambientales externas; b. Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles, sólo si fueron diseñados o reconstruidos para estos fines; c. Permitir la salida de líquidos, y d. Soportar las condiciones normales de operación. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Techos
  • 10. 10 Las caras interiores deben mantenerse en colores que eviten la reflexión de la luz; Se deben utilizar para soportar cargas solo si fueron diseñadas para estos fines. Deben contar con medidas de seguridad como protección y señalización de las zonas de riesgo, sobre todo cuando en ellas existan aberturas de más de dos metros de altura hacia el otro lado de la pared por las que haya peligro de caídas para el trabajador. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Paredes
  • 11. 11 1. Mantenerse en condiciones que no generen riesgos de trabajo. 2. Evitar estancamientos de líquidos para no generar riesgos de caídas o resbalones; 3. Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas; 4. Contar con protecciones como cercas provisionales o barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm u otro medio que proporcione protección, cuando tengan aberturas temporales de escotillas, conductos, pozos y trampas, durante el tiempo que se requiera la abertura, y 5. Contar con señalización de acuerdo con la NOM-026-STPS- 1998, donde existan riesgos por cambio de nivel, o por las características de la actividad o proceso que en él se desarrolle. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Pisos
  • 12. 12 Tener un ancho constante de al menos 56 cm en cada tramo recto y, en ese caso, se debe señalizar que se prohíbe la circulación de más de una persona en contraflujo. Los descansos, deberán tener al menos 56 cm para las de tramos rectos utilizados en un solo sentido de flujo a la vez, y de al menos 90 cm para las de ancho superior. Todas las huellas y todos los peraltes de las escaleras de tramo recto, deben tener la misma altura, con una variación máxima de ± 0.5 cm. Las huellas de los escalones en sus tramos rectos deben tener una longitud mínima de 25 cm y el peralte una altura no mayor a 23 cm. Las orillas de los escalones deben ser redondeadas. La distancia libre medida desde la huella de cualquier escalón, contemplando los niveles inferior y superior de la escalera y el techo, o cualquier superficie superior, debe ser mayor a 200 cm. Alturaaltecho>200cm Descanso >56 cm; Escaleras más anchas>90 cm > 25cm < 23cm < 56cm Huella mismo ancho Peralte mismo alto +0.5cm Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras
  • 13. 13 En las escaleras con cambios de dirección o en las de caracol, el peralte debe ser siempre de la misma altura; Las huellas de los escalones deben contar con materiales antiderrapantes. ESCALERAS PERALTE < 2 3 NARIZ ROMA HUELLA 2 5 > PISO A TECHO 2 m TECHO PERALTE < 2 3 NARIZ ROMA HUELLA 2 5 > PISO A TECHO 2 m TECHO Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras
  • 14. 14 Contar con puertas de acceso, a las que se les dé mantenimiento periódico 1 vez cada seis meses teniendo un registro del mismo. Ser de diseño recto. No deben existir medios que obstruyan u obstaculicen su accionamiento. Los pisos y huellas deben ser resistentes y de material antiderrapante. Su diseño debe facilitar que drenen los líquidos que en ellas pudieran caer y eviten su acumulación. Cada piso, debe tener un acceso directo a través de una puerta de salida Estar fijas en forma permanente en todos los pisos excepto en el inferior, en el que se pueden instalar plegables. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras de Emergencias Exteriores
  • 15. 15 Deben tener al menos una baranda dispuesta paralelamente a la inclinación de la escalera. El pasamanos debe estar a una altura de 90 cm ± 10 cm, deben ser continuos, lisos y pulidos. Los balaustres deben estar colocados cada cuatro escalones. Cuando las escaleras tengan un ancho de 3 m o más, deben contar con un barandal intermedio y uno en los extremos; Cuando las escaleras estén cubiertas con muros en sus dos costados, deben contar al menos con un pasamanos Las edificaciones deben tener siempre escaleras o rampas peatonales que comuniquen entre todos sus niveles, aun cuando existan elevadores o escaleras eléctricas. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras con barandales en espacios abiertos
  • 16. 16 Las cargas que circulen por ellas no deben sobrepasar la resistencia para la que fueron destinadas. No deben tener deformaciones que puedan generar un riesgo. Cuando estén destinadas al tránsito de vehículos, deben ser igual al ancho del vehículo más grande que circule por la rampa más 60 cm. Cuando se encuentren cubiertas por muros en sus dos costados, deben tener al menos un pasamanos. Contar con señalamientos que indiquen la distancia libre medida desde cualquier punto de la rampa al techo (mayor a 200 cm). Las partes abiertas deben contar con zoclos de al menos 10 cm o cualquier otro elemento físico que cumpla con la función de protección. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Rampas
  • 17. 17 Deben soportar las cargas de las actividades para la que son destinadas y estar protegidas; Los anclajes deben ser suficientes para soportar el peso de los trabajadores que las utilicen. Deben existir indicaciones sobre restricciones de su uso. La distancia entre peldaños no debe ser mayor de 38 cm. La protección circundante tendrá un diámetro de dimensiones tales que permita el ascenso y descenso de los trabajadores de forma segura a partir de 200 cm ± 20 cm del piso. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escaleras fijas
  • 18. 18 Cuando los peldaños son alcayatas incrustadas o soldadas de forma alternada a ambos costados en los postes que soportan cables de telefonía o de energía eléctrica: I. Los peldaños deben ser de materiales con resistencia a la corrosión y resistencia mecánica suficiente para soportar el peso del trabajador; II. Las distancias entre alcayatas de un mismo costado no deben ser superiores a 90 cm, de tal manera que entre alcayatas alternadas las distancias sean iguales o menores a 45 cm; III. La alcayata debe sobresalir al menos 20 cm del lugar empotrado o soldado, para soportar al trabajador, y IV. La alcayata debe ser lisa para evitar daños en las manos de los trabajadores. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo
  • 19. 19 En la realización de trabajos eléctricos, se permite el uso de escalas móviles de material metálico, si están aisladas en sus apoyos y peldaños (travesaños). Las escalas móviles deben contar con elementos que eviten el deslizamiento de su punto de apoyo o, en su caso, anclarse o sujetarse. Los peldaños deben estar completos y fijos de materiales antiderrapantes, deben estar libres de grasa, aceite o cualquier producto que los haga resbalosos. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Escalas móviles
  • 20. 20 Cuando estén abiertos en sus costados, deben contar con barandales de al menos 90 cm ± 10 cm de altura. La distancia libre medida sobre la superficie del piso de los pasadizos o plataformas elevadas por los que circulan trabajadores y el techo, o cualquier superficie superior, no debe ser menor de 200 cm. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo Puentes y Plataformas Elevadas
  • 21. 21 El aire que se extrae no debe contaminar otras áreas en donde se encuentren laborando otros trabajadores. El sistema debe iniciar su operación antes de que ingresen los trabajadores al área correspondiente para permitir la purga de los contaminantes. Contar con un programa anual de mantenimiento preventivo o correctivo, el contenido y los resultados deben conservarse por un año y estar registrados en bitácoras o cualquier otro medio, incluyendo los magnéticos. Funcionamiento de los sistemas de ventilación artificial
  • 22. 22 Señala los requisitos que deben cumplir las puertas por las que transiten los vehículos. Contar con señalización de las áreas internas y externas de tránsito de vehículos, áreas de carga y descarga, de las vías de ferrocarril, los cambiavías, la velocidad máxima de circulación de los vehículos. El nivel de piso en ambos lados de los cruceros de las vías de ferrocarril, debe permitir el cruce libre de los vehículos para evitar que queden detenidos sobre la misma. Requisitos de seguridad para el tránsito de vehículos
  • 23. 23 El patrón tiene la opción de contar con una unidad de verificación acreditada y aprobada en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento. Se verificará el grado de cumplimiento siguiendo lo establecido en el procedimiento de evaluación de la conformidad. Se cambió la vigencia del dictamen de verificación de cinco años a dos años. Unidades de verificación
  • 24. 24 Aplica tanto para las visitas de inspección desarrolladas por la autoridad laboral como para las visitas de verificación que realicen las unidades de verificación. La evaluación de la conformidad podrá ser realizada por las Unidades de Verificación acreditadas por la Entidad de Acreditación y aprobadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Se señalan los aspectos a verificar durante la evaluación de la conformidad que son aplicables mediante la constatación física o documental a los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo. Procedimiento para la evaluación de la conformidad