SlideShare una empresa de Scribd logo
EL ACTUAR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA  Almaraz Eduardo Adauto Héctor Ulises Galindo Pérez Paola García Mora Omar Alfredo Mariel Sam Mercedes
ACTO ADMINISTRATIVO Es la resolución que dicta una autoridad administrativa sobre un hecho que se encuentra dentro de sus facultades. Luis H. Delgadillo Es una declaración unilateral de voluntad, conocimiento o juicio, de un órgano administrativo, realizada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos concretos en forma jurídica.{} López Betancourt  Consiste en la expresión unilateral y externa donde se contiene la decisión de una autoridad administrativa competente, sobre un hecho que se encuentre para resolverse dentro de sus facultades Acosta Romero La manifestación unilateral y externa de la voluntad, que expresa la decisión de una autoridad administrativa competente, en ejercicio de una potestad publica.
ELEMENTO SUBJETIVO DEL ACTO ADMINISTRATIVO Crea, modifica, transmite, reconoce, declara o extingue derechos y obligaciones, de manera individual o concreta, y con efectos jurídicos directos. Para que este sea válido, es necesario contar con 2 elementos: Competencia . Conjunto de facultades que un órgano administrativo puede legítimamente ejercer.   Voluntad.  La intención, la actitud consciente y deseada, que se produce en el órgano administrativo, atendiendo a los elementos de juicio que se le aportaron o que acabo en ejercicio de su función.
OBJETIVO, MOTIVO Y FIN DEL ACTO ADMINISTRATIVO Objeto = Materia o contenido del acto. Cosa, actividad o status. Motivo = Causa. Antecedentes que preceden y  provocan el acto. Fin = Es el propósito que persiguen con el mismo acto.
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS  Por su Origen: - Actos Simples  - Actos Complejos  Por su Contenido: - Actos Constitutivos  - Actos Declarativos Por su Forma: - Actos Expresos  - Actos Presuntos  Por su Vinculación a una Norma Previa:  - Actos Reglados  - Actos No Reglados o Discrecionales
TIPOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS Acto Jurídico    Consecuencias Jurídicas. Acto Simple    Una sola voluntad. Acto Colegial    Único Órgano Administrativo.  Acto Complejo o Colectivo    Varios Órganos Ad.  Acto Obligatorio    Ejecución de la Ley.  Acto Discrecional   Obrar o Abstenerse. Acto Interno   Efectos en la Organización Admn. Acto Externo   Efectos fuera de la Org. Admn.  Acto de Procedimiento   Resoluciones, Decisiones Acto de Aprobación    Consentimiento. Acto de Dispensa    Lo autoriza la ley.
GENERALIDADES DEL SERVICIO PÚBLICO  Servicio Público.-  la actividad organizada que se realiza conforme a las leyes y reglamentos vigentes con el fin de satisfacer en forma continua, uniforme, regular y permanente las necesidades de carácter colectivo. Gabino Fraga “ actividad destinada a satisfacer una necesidad colectiva da carácter material, económica o cultural, mediante prestaciones concretas e individualizadas, sujetas a un régimen jurídico que les imponga adecuación, regularidad y uniformidad.” Luis H. Delgadillo “actividad técnica, que de manera general, uniforme, regular y continua realiza el Estado por sí o a través de los particulares concesionarios, conforme a las disposiciones legales que la regulan, para la satisfacción de necesidades colectivas de interés general.
ELEMENTOS DEL SERVICIO PÚBLICO  Fin del Servicio Público = Satisfacción de las necesidades colectivas de interés general.  Persona que presta el Servicio Público = Estado, a través de los órganos Administrativos; o indirectamente por medio de particulares concesionados.  Régimen Jurídico que lo regula = Art. 28° . Establece modalidades y condiciones, que asegure su eficaz ejecución. Derecho Público.
CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Esenciales: Necesidades básicas.  Obligatorios: Deber de crear y organizar.  Facultativos: Se pueden o no utilizar.  Por la quien los Otorga: Directos/Particulares.  De acuerdo con su materia. Federales/Exclusivos. Por su retribución. - Gratuitos. No cubren ninguna contraprestación especifica y concreta por su utilización.  - Onerosos y Lucrativos. El usuario cubre un pago.
CONCESIÓN ADMINISTRATIVA  Es el acto administrativo discrecional  o por el que la autoridad faculta a un particular para utilizar bienes del Estado o para establecer y explotar un servicio publico.  Luis H. Delgadillo “ es el acto jurídico por el cual la Administración Publica otorga por tiempo determinado a un particular, el derecho de prestar un servicio publico, de usar, aprovechar y explotar bines del Estado, de acuerdo a las normas que lo regulan”.  Art 27° y 28° “acto a través del cual se otorga a los particulares el derecho a explotar los bienes del dominio público del Estado, así como el de la prestación de los servicios públicos.  Algunos autores consideran que es el gobierno quien debe prestar todos los servicios públicos y explotar los bienes del Estado. Otros consideran es sano que la autoridad se apoye en los particulares para algunos trabajos, permitiendo una mejor utilización de los bienes o una mejor prestación de los servicios públicos, debido al sentido practico y utilitarista de los particulares.
Las concesiones que se otorgan a particulares, son discrecionales, por lo tanto, en cualquier momento la autoridad puede cancelarlas o suspenderlas.  Ordenamientos Legales: Ley de Vías Generales de la Comunicación.  Ley Minera. Ley General de Educación. Ley Federal de la Radio y la Televisión. Ley Federal de Telecomunicaciones. Materias Reservadas al Estado: acuñación de moneda y emisión de billetes, la comunicación vía satélite, la explotación del petróleo y sus hidrocarburos, la explotación de minerales y radioactivos.
TIPOS DE CONCESIÓN  De Servicio Público La administración pública encomienda temporalmente a un concesionario, la organización y funcionamiento de un servicio publico que prestara por su propia cuenta y riesgo, y bajo el control de la autoridad competente a cambio de una remuneración que consiste, en las tarifas que recibirá el concesionario de los usuarios.  De Uso, Aprovechamiento y Explotación de bienes del dominio del Estado El poder ejecutivo concede a una persona, los derechos sobre un bien del estado a fin de que sea usado, aprovechado y explotado por el concesionario, que debe estar sujeto a determinados requisitos que el titular de la concesión debe satisfacer. De Obra Pública  La administración publica encomienda al concesionario, bajo su costo y riesgo, para que realice una obra publica, sin que por ella reciba la contraprestación correspondiente, pero a cambio otorga el beneficio de explotarla durante cierto tiempo a fin de que el concesionario amortice el capital invertido y obtenga la utilidad correspondiente al capital afectado por tal realización.
ELEMENTOS DE LA CONCESIÓN  La autoridad que otorga la concesión : el jefe ejecutivo a través de sus dependencias. El concesionario : Persona física o moral, que debe de tener estas características: -Capacidad jurídica: Se le exige la nacionalidad mexicana, además de exigirle el pleno uso de sus derechos. -Capacidad técnica:  Es la aptitud material y personal que se le requiere para poder explotar la concesión. -Capacidad financiera: Esto es que cuente con el capital necesario para poder explotar la concesión que se le otorgue. El usuario : en el caso de que la concesión consista en prestación de servicio.
FORMALIDAD DE LA CONCESIÓN  El procedimiento deberá de iniciarse con la solicitud de la persona interesada, donde se detallaran los datos del solicitante, así como la información técnica y financiera necesaria para el funcionamiento de dicha concesión, así la dependencia realizara estudios técnicos de procedencia, y en caso de ser favorable, se publicara en el diario oficial de la federación para que en caso de existir terceros afectados por el otorgamiento de la concesión comparezcan al procedimiento para hacer valer sus derechos.
PLAZO DE LA CONCESIÓN  Los plazos varían según la materia de la concesión: - En el caso de transportes van desde los 20 años.  - En el caso de explotación minera son 25 años. - En el caso de radio y televisión son 30 años. - En el caso de la educación por tiempo indefinido. Algunos ordenamientos prevén la prorroga del plazo, lo cual podrá darse siempre y cuando se haya cumplido con las condiciones establecidas en las disposiciones legales correspondientes.
DERECHO DE REVERSIÓN  Al concluir la concesión, los bienes que se destinaron a la explotación de la misma pasan a ser propiedad de Estado, sin contraprestación alguna al concesionario que, además de haber obtenido utilidades, recuperó su inversión, razón por la cual no puede reclamar indemnización alguna por lo bienes revertidos.  Derecho de Reversión. La reversión se hace necesaria en tanto que ella permite asegurar la continuidad de la prestación de los servicio públicos, la explotación de bienes del dominio público o de la obra pública, ahora por parte del Estado o de un nuevo concesionario, para que no resulte afectado el interés público.
EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN  Posee una existencia determinada y puede concluir de las siguientes maneras:  CADUCIDAD: Se señala las causas por las que la autoridad la puede concluir anticipadamente. (Incumplimiento de las obligaciones que se habían impuesto al concesionario). RESCATE: La autoridad concedente extingue anticipadamente una concesión por razones de interés público. RENUNCIA: Se da cuando el concesionario ya no desea continuar con la explotación de la material concesionada, siempre y cuando la ley se lo permita. QUIEBRA: Cuando la persona jurídica sujeta a quiebra se encuentre ante la imposibilidad de realizar el objeto de la concesión. MUERTE DEL CONSECIONARIO: La muerte de la persona jurídica puede dar lugar a la extinción de la concesión, aunque se puede disponer que sus derechohabientes continúen ejerciéndola. CONCLUSION DEL PLAZO: Es el lapso de tiempo que la autoridad concedente otorga al concesionario para que éste tenga el derecho a la explotación de la concesión. En el caso de que la concesión concluya, los bienes afectos al servicio o dedicados a la explotación, pasarán, sin costo alguno, a propiedad del Estado, si en el título de la concesión se estableció el derecho de reversión o si así lo dispone la ley.

Más contenido relacionado

PPTX
Principios registrales
DOCX
Derecho notarial
PPTX
La simulación
PPTX
Método de interpretación teleológica
PPT
Derecho Notarial.ppt
PPTX
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
PPTX
Unidad 5. Emplazamiento y sus Efectos.
PPT
Derecho mercantil y sociedades mercantiles
Principios registrales
Derecho notarial
La simulación
Método de interpretación teleológica
Derecho Notarial.ppt
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
Unidad 5. Emplazamiento y sus Efectos.
Derecho mercantil y sociedades mercantiles

La actualidad más candente (20)

PDF
Sociedad anónima
PPTX
Derechos limitados de goce
DOCX
Juicio ordinario mercantil
ODT
Las doce tablas romanas con desarrollo y introducion y teoria de piramide de ...
PPTX
mapa conceptual
PPTX
Notificaciones
PPTX
Clasificación de los contratos
PPTX
Saneamiento por evicción y vicios ocultos
DOCX
Embargo y remate
PPTX
Presentacion derecho romano constituciones imperiales
PPTX
Posesión
DOC
Cuestionario derecho notarial v.1
DOCX
Evolución del notariado
PDF
DIFERENCIA ENTRE DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO
PPTX
Sociedad en comandita simple
DOC
Modelo de sociedad_en_nombre_colectivo
PPTX
Prescripción Adquisitiva y Extintiva
PPTX
Fuentes del derecho internacional público
PPTX
Efectos del embargo ejecutivo
PPTX
Propiedad industrial
Sociedad anónima
Derechos limitados de goce
Juicio ordinario mercantil
Las doce tablas romanas con desarrollo y introducion y teoria de piramide de ...
mapa conceptual
Notificaciones
Clasificación de los contratos
Saneamiento por evicción y vicios ocultos
Embargo y remate
Presentacion derecho romano constituciones imperiales
Posesión
Cuestionario derecho notarial v.1
Evolución del notariado
DIFERENCIA ENTRE DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO
Sociedad en comandita simple
Modelo de sociedad_en_nombre_colectivo
Prescripción Adquisitiva y Extintiva
Fuentes del derecho internacional público
Efectos del embargo ejecutivo
Propiedad industrial
Publicidad

Destacado (20)

PPTX
El servicio publico
PPTX
Concesion
PPTX
Servicio publico 2
PPT
5.1 servicios públicos
PPT
Clase VI Pr Publicos
PPTX
Introduccion al Derecho
PPTX
3 Clases De Contratos
DOC
Cuadro comparativo
ODT
PERFORACION DE LOS POZOS PETROLEROS
DOCX
Formas de accion o actividad de la administracion pública
DOCX
Diseño de estrategias para el óptimo aprovechamiento de las cosechas del rubr...
PDF
Evaluación de pozos (schlumberger)
PPTX
Acto administrativo
PPTX
Acto adm2
DOC
Discrecionalidad y legalidad
PDF
Extincion de los actos administrativos
PPTX
Cuenca oriental de venezuela 1
PPTX
Actividad 1 florimar sanchez DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y DE LA DIVISIÓN POLÍTICO...
PPT
Tic project
PDF
Lecciones De Derecho Administrativo, José Esteve Pardo, ISBN 9788497689007
El servicio publico
Concesion
Servicio publico 2
5.1 servicios públicos
Clase VI Pr Publicos
Introduccion al Derecho
3 Clases De Contratos
Cuadro comparativo
PERFORACION DE LOS POZOS PETROLEROS
Formas de accion o actividad de la administracion pública
Diseño de estrategias para el óptimo aprovechamiento de las cosechas del rubr...
Evaluación de pozos (schlumberger)
Acto administrativo
Acto adm2
Discrecionalidad y legalidad
Extincion de los actos administrativos
Cuenca oriental de venezuela 1
Actividad 1 florimar sanchez DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y DE LA DIVISIÓN POLÍTICO...
Tic project
Lecciones De Derecho Administrativo, José Esteve Pardo, ISBN 9788497689007
Publicidad

Similar a El actuar..[1] (20)

PPTX
Derecho Administrativo 2.pptx
PPTX
CONCESION, ELEMENTOS SUBJETIVOS DE LA CONCESION
DOC
La consecion administrativa
PDF
Deradvo2 tema 5.1 complementaria
PDF
Deradvo2 tema 5.6 complementaria
PPTX
PDF
Investig Compu[1]
PDF
Deradvo2 tema 5.4 complementaria
PDF
Deradvo2 tema 5.2 complementaria
PPTX
Unidad 8 Servicios Públicos -Dr. Tomás Ríos Ghirardi
DOC
Ensayo sobre la actividad administrativa del estado
DOCX
Qué es la administración Pública.docx
PPTX
Servicio Público sobre sistema contable y contabilidad.pptx
PPT
Patrimonio Público
PPT
Taller ciudadano 2013
DOC
Ensayo sobre la administración pública 1
PPTX
NATURALEZA JURIDICA DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO.pptx
PDF
ACTO ADMINISTRATIVO
PPTX
La concesión del servicio público
PDF
Lecturas juridicas número 15
Derecho Administrativo 2.pptx
CONCESION, ELEMENTOS SUBJETIVOS DE LA CONCESION
La consecion administrativa
Deradvo2 tema 5.1 complementaria
Deradvo2 tema 5.6 complementaria
Investig Compu[1]
Deradvo2 tema 5.4 complementaria
Deradvo2 tema 5.2 complementaria
Unidad 8 Servicios Públicos -Dr. Tomás Ríos Ghirardi
Ensayo sobre la actividad administrativa del estado
Qué es la administración Pública.docx
Servicio Público sobre sistema contable y contabilidad.pptx
Patrimonio Público
Taller ciudadano 2013
Ensayo sobre la administración pública 1
NATURALEZA JURIDICA DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO.pptx
ACTO ADMINISTRATIVO
La concesión del servicio público
Lecturas juridicas número 15

Más de Eduardo (20)

DOCX
Proyecto motivacion ad_iv
PPT
Grupo cie
PPT
Pensadores de negocio[almaraz]
PPT
Contratos mercantiles
PPTX
Sociedad cooperativa presentacion
PPT
Accidentes y adicciones_dentro_de_la_organizacion
PPT
Administración presntación
PPT
Embargo
PPTX
Ac sc
PPT
Salud mental en_las_org
PPT
Fundamentos de la_psic_trab
PPT
Garantías de interés fiscal
PPTX
Comunicacionorganizacional
PPT
Cooperativas
PPTX
Srl
PPTX
PPT
Compendio semestral
PPT
Copia de ..
PPT
Presentacion informatica
PPTX
Obesidad en la fca
Proyecto motivacion ad_iv
Grupo cie
Pensadores de negocio[almaraz]
Contratos mercantiles
Sociedad cooperativa presentacion
Accidentes y adicciones_dentro_de_la_organizacion
Administración presntación
Embargo
Ac sc
Salud mental en_las_org
Fundamentos de la_psic_trab
Garantías de interés fiscal
Comunicacionorganizacional
Cooperativas
Srl
Compendio semestral
Copia de ..
Presentacion informatica
Obesidad en la fca

Último (20)

PDF
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
PPTX
MATEMATICAS GEOMETRICA USO TRANSPORTADOR
DOCX
PLAN DE CASTELLANO 2021 actualizado a la normativa
PDF
Escuelas Desarmando una mirada subjetiva a la educación
PDF
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
PDF
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
DOCX
V UNIDAD - SEGUNDO GRADO. del mes de agosto
PDF
1. Intrdoduccion y criterios de seleccion de Farm 2024.pdf
PDF
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
PDF
PFB-MANUAL-PRUEBA-FUNCIONES-BASICAS-pdf.pdf
PDF
5°-UNIDAD 5 - 2025.pdf aprendizaje 5tooo
PDF
Cronograma de clases de Práctica Profesional 2 2025 UDE.pdf
PDF
Nadie puede salvarte excepto Tú - Madame Rouge Ccesa007.pdf
DOC
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
PDF
Unidad de Aprendizaje 5 de Matematica 1ro Secundaria Ccesa007.pdf
PDF
Atencion prenatal. Ginecologia y obsetricia
PDF
IPERC...................................
PDF
Tomo 1 de biologia gratis ultra plusenmas
PDF
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE_COM.pdf
PDF
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
MATEMATICAS GEOMETRICA USO TRANSPORTADOR
PLAN DE CASTELLANO 2021 actualizado a la normativa
Escuelas Desarmando una mirada subjetiva a la educación
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
V UNIDAD - SEGUNDO GRADO. del mes de agosto
1. Intrdoduccion y criterios de seleccion de Farm 2024.pdf
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
PFB-MANUAL-PRUEBA-FUNCIONES-BASICAS-pdf.pdf
5°-UNIDAD 5 - 2025.pdf aprendizaje 5tooo
Cronograma de clases de Práctica Profesional 2 2025 UDE.pdf
Nadie puede salvarte excepto Tú - Madame Rouge Ccesa007.pdf
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
Unidad de Aprendizaje 5 de Matematica 1ro Secundaria Ccesa007.pdf
Atencion prenatal. Ginecologia y obsetricia
IPERC...................................
Tomo 1 de biologia gratis ultra plusenmas
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE_COM.pdf
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf

El actuar..[1]

  • 1. EL ACTUAR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Almaraz Eduardo Adauto Héctor Ulises Galindo Pérez Paola García Mora Omar Alfredo Mariel Sam Mercedes
  • 2. ACTO ADMINISTRATIVO Es la resolución que dicta una autoridad administrativa sobre un hecho que se encuentra dentro de sus facultades. Luis H. Delgadillo Es una declaración unilateral de voluntad, conocimiento o juicio, de un órgano administrativo, realizada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos concretos en forma jurídica.{} López Betancourt Consiste en la expresión unilateral y externa donde se contiene la decisión de una autoridad administrativa competente, sobre un hecho que se encuentre para resolverse dentro de sus facultades Acosta Romero La manifestación unilateral y externa de la voluntad, que expresa la decisión de una autoridad administrativa competente, en ejercicio de una potestad publica.
  • 3. ELEMENTO SUBJETIVO DEL ACTO ADMINISTRATIVO Crea, modifica, transmite, reconoce, declara o extingue derechos y obligaciones, de manera individual o concreta, y con efectos jurídicos directos. Para que este sea válido, es necesario contar con 2 elementos: Competencia . Conjunto de facultades que un órgano administrativo puede legítimamente ejercer.   Voluntad. La intención, la actitud consciente y deseada, que se produce en el órgano administrativo, atendiendo a los elementos de juicio que se le aportaron o que acabo en ejercicio de su función.
  • 4. OBJETIVO, MOTIVO Y FIN DEL ACTO ADMINISTRATIVO Objeto = Materia o contenido del acto. Cosa, actividad o status. Motivo = Causa. Antecedentes que preceden y provocan el acto. Fin = Es el propósito que persiguen con el mismo acto.
  • 5. CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Por su Origen: - Actos Simples - Actos Complejos Por su Contenido: - Actos Constitutivos - Actos Declarativos Por su Forma: - Actos Expresos - Actos Presuntos Por su Vinculación a una Norma Previa: - Actos Reglados - Actos No Reglados o Discrecionales
  • 6. TIPOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS Acto Jurídico  Consecuencias Jurídicas. Acto Simple  Una sola voluntad. Acto Colegial  Único Órgano Administrativo. Acto Complejo o Colectivo  Varios Órganos Ad. Acto Obligatorio  Ejecución de la Ley. Acto Discrecional  Obrar o Abstenerse. Acto Interno  Efectos en la Organización Admn. Acto Externo  Efectos fuera de la Org. Admn. Acto de Procedimiento  Resoluciones, Decisiones Acto de Aprobación  Consentimiento. Acto de Dispensa  Lo autoriza la ley.
  • 7. GENERALIDADES DEL SERVICIO PÚBLICO Servicio Público.- la actividad organizada que se realiza conforme a las leyes y reglamentos vigentes con el fin de satisfacer en forma continua, uniforme, regular y permanente las necesidades de carácter colectivo. Gabino Fraga “ actividad destinada a satisfacer una necesidad colectiva da carácter material, económica o cultural, mediante prestaciones concretas e individualizadas, sujetas a un régimen jurídico que les imponga adecuación, regularidad y uniformidad.” Luis H. Delgadillo “actividad técnica, que de manera general, uniforme, regular y continua realiza el Estado por sí o a través de los particulares concesionarios, conforme a las disposiciones legales que la regulan, para la satisfacción de necesidades colectivas de interés general.
  • 8. ELEMENTOS DEL SERVICIO PÚBLICO Fin del Servicio Público = Satisfacción de las necesidades colectivas de interés general. Persona que presta el Servicio Público = Estado, a través de los órganos Administrativos; o indirectamente por medio de particulares concesionados. Régimen Jurídico que lo regula = Art. 28° . Establece modalidades y condiciones, que asegure su eficaz ejecución. Derecho Público.
  • 9. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Esenciales: Necesidades básicas. Obligatorios: Deber de crear y organizar. Facultativos: Se pueden o no utilizar. Por la quien los Otorga: Directos/Particulares. De acuerdo con su materia. Federales/Exclusivos. Por su retribución. - Gratuitos. No cubren ninguna contraprestación especifica y concreta por su utilización. - Onerosos y Lucrativos. El usuario cubre un pago.
  • 10. CONCESIÓN ADMINISTRATIVA Es el acto administrativo discrecional o por el que la autoridad faculta a un particular para utilizar bienes del Estado o para establecer y explotar un servicio publico. Luis H. Delgadillo “ es el acto jurídico por el cual la Administración Publica otorga por tiempo determinado a un particular, el derecho de prestar un servicio publico, de usar, aprovechar y explotar bines del Estado, de acuerdo a las normas que lo regulan”. Art 27° y 28° “acto a través del cual se otorga a los particulares el derecho a explotar los bienes del dominio público del Estado, así como el de la prestación de los servicios públicos. Algunos autores consideran que es el gobierno quien debe prestar todos los servicios públicos y explotar los bienes del Estado. Otros consideran es sano que la autoridad se apoye en los particulares para algunos trabajos, permitiendo una mejor utilización de los bienes o una mejor prestación de los servicios públicos, debido al sentido practico y utilitarista de los particulares.
  • 11. Las concesiones que se otorgan a particulares, son discrecionales, por lo tanto, en cualquier momento la autoridad puede cancelarlas o suspenderlas. Ordenamientos Legales: Ley de Vías Generales de la Comunicación. Ley Minera. Ley General de Educación. Ley Federal de la Radio y la Televisión. Ley Federal de Telecomunicaciones. Materias Reservadas al Estado: acuñación de moneda y emisión de billetes, la comunicación vía satélite, la explotación del petróleo y sus hidrocarburos, la explotación de minerales y radioactivos.
  • 12. TIPOS DE CONCESIÓN De Servicio Público La administración pública encomienda temporalmente a un concesionario, la organización y funcionamiento de un servicio publico que prestara por su propia cuenta y riesgo, y bajo el control de la autoridad competente a cambio de una remuneración que consiste, en las tarifas que recibirá el concesionario de los usuarios. De Uso, Aprovechamiento y Explotación de bienes del dominio del Estado El poder ejecutivo concede a una persona, los derechos sobre un bien del estado a fin de que sea usado, aprovechado y explotado por el concesionario, que debe estar sujeto a determinados requisitos que el titular de la concesión debe satisfacer. De Obra Pública La administración publica encomienda al concesionario, bajo su costo y riesgo, para que realice una obra publica, sin que por ella reciba la contraprestación correspondiente, pero a cambio otorga el beneficio de explotarla durante cierto tiempo a fin de que el concesionario amortice el capital invertido y obtenga la utilidad correspondiente al capital afectado por tal realización.
  • 13. ELEMENTOS DE LA CONCESIÓN La autoridad que otorga la concesión : el jefe ejecutivo a través de sus dependencias. El concesionario : Persona física o moral, que debe de tener estas características: -Capacidad jurídica: Se le exige la nacionalidad mexicana, además de exigirle el pleno uso de sus derechos. -Capacidad técnica: Es la aptitud material y personal que se le requiere para poder explotar la concesión. -Capacidad financiera: Esto es que cuente con el capital necesario para poder explotar la concesión que se le otorgue. El usuario : en el caso de que la concesión consista en prestación de servicio.
  • 14. FORMALIDAD DE LA CONCESIÓN El procedimiento deberá de iniciarse con la solicitud de la persona interesada, donde se detallaran los datos del solicitante, así como la información técnica y financiera necesaria para el funcionamiento de dicha concesión, así la dependencia realizara estudios técnicos de procedencia, y en caso de ser favorable, se publicara en el diario oficial de la federación para que en caso de existir terceros afectados por el otorgamiento de la concesión comparezcan al procedimiento para hacer valer sus derechos.
  • 15. PLAZO DE LA CONCESIÓN Los plazos varían según la materia de la concesión: - En el caso de transportes van desde los 20 años. - En el caso de explotación minera son 25 años. - En el caso de radio y televisión son 30 años. - En el caso de la educación por tiempo indefinido. Algunos ordenamientos prevén la prorroga del plazo, lo cual podrá darse siempre y cuando se haya cumplido con las condiciones establecidas en las disposiciones legales correspondientes.
  • 16. DERECHO DE REVERSIÓN Al concluir la concesión, los bienes que se destinaron a la explotación de la misma pasan a ser propiedad de Estado, sin contraprestación alguna al concesionario que, además de haber obtenido utilidades, recuperó su inversión, razón por la cual no puede reclamar indemnización alguna por lo bienes revertidos. Derecho de Reversión. La reversión se hace necesaria en tanto que ella permite asegurar la continuidad de la prestación de los servicio públicos, la explotación de bienes del dominio público o de la obra pública, ahora por parte del Estado o de un nuevo concesionario, para que no resulte afectado el interés público.
  • 17. EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN Posee una existencia determinada y puede concluir de las siguientes maneras: CADUCIDAD: Se señala las causas por las que la autoridad la puede concluir anticipadamente. (Incumplimiento de las obligaciones que se habían impuesto al concesionario). RESCATE: La autoridad concedente extingue anticipadamente una concesión por razones de interés público. RENUNCIA: Se da cuando el concesionario ya no desea continuar con la explotación de la material concesionada, siempre y cuando la ley se lo permita. QUIEBRA: Cuando la persona jurídica sujeta a quiebra se encuentre ante la imposibilidad de realizar el objeto de la concesión. MUERTE DEL CONSECIONARIO: La muerte de la persona jurídica puede dar lugar a la extinción de la concesión, aunque se puede disponer que sus derechohabientes continúen ejerciéndola. CONCLUSION DEL PLAZO: Es el lapso de tiempo que la autoridad concedente otorga al concesionario para que éste tenga el derecho a la explotación de la concesión. En el caso de que la concesión concluya, los bienes afectos al servicio o dedicados a la explotación, pasarán, sin costo alguno, a propiedad del Estado, si en el título de la concesión se estableció el derecho de reversión o si así lo dispone la ley.