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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO 
DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION - CUSCO 
UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 
PARURO 
ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA 
“AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO” 
INSTRUCTIVO N° … . . -2014-GRC-DREC/UGEL-P/AGP -P FINALIZACIÓN DEL AÑO 
I. FINALIDAD 
ESCOLAR 2014 
NIVEL SECUNDARIO 
Normar y orientar las acciones administrativas, institucionales y técnicas pedagógicas, al 
finalizar el año escolar 2014 en las II.EE EBR del Nivel Secundario, en el ámbito jurisdiccional 
de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paruro en cumplimiento a lo establecido en la R.M. 
Nº 0622-2013- ED en el ámbito de la Región Cusco. 
II. OBJETIVOS 
2.1. Orientar al personal directivo, jerárquico y docentes sobre los lineamientos básicos del 
trabajo Pedagógico que deben desarrollarse al término del año escolar 2014 en las 
Instituciones Educativas de Educación Secundaria del ámbito de la Unidad de Gestión 
Educativa Local de Paruro. 
2.2. Establecer orientaciones para la evaluación respecto de la calidad del servicio educativo 
en relación a los compromisos e indicadores de gestión y actividades desarrolladas en el 
presente año escolar. 
2.3. Garantizar en el proceso de culminación del año escolar dentro del plazo establecido de 
acuerdo a la calendarización y cumplimiento de las horas efectivas que el nivel demanda 
acorde al marco normativo del nivel. 
2.4. Evaluar la información estadística; metas de atención; matricula, aprobados, 
desaprobados, repitentes, retirados, deserción escolar y déficit de atención, entre otros. 
2.5. Establecer acciones de previsión para el desarrollo del año escolar 2015, en cuanto a 
aspectos técnico pedagógico y documentos de gestión. 
2.6. Sistematizar a nivel regional la información de las Instituciones Educativas 
III. ALCANCES 
3.1. Unidad de Gestión Educativa Local Paruro. 
3.2. Instituciones Educativas del ámbito de la UGEL Paruro que cuentan con Nivel Secundario. 
3.3. Auxiliares de Educación, Auxiliares de Biblioteca, Auxiliares de Laboratorio y Personal 
Administrativo de las I.E. que brinden servicio educativo en el nivel secundario. 
IV. BASE LEGAL 
4.1. Constitución Política del Perú. 
4.2. Ley Nº 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias: Leyes Nº 28123, Nº 28302 
Nº 28326. 
4.3. Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial.
4.4. Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. 
4.5. Ley Nº 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las II.EE. 
4.6. Ley Nº 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público 
2 
esencial. 
4.7. D.S. Nº 011-2012-ED “Reglamento de la Ley Nº 28044” 
4.8. D.S. N° 008-2006-ED, que aprueba los Lineamientos para el Seguimiento y Control de la 
Labor Educativa de Trabajo Docente en las II.EE. 
4.9. D.S. Nº 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29713, Ley que promueve 
la convivencia sin violencia en las II.EE. 
4.10. R.M. Nº 1225-85-ED, sobre los primeros puestos en el cuadro de méritos Nivel 
Secundaria. 
4.11. R.M. Nº 0571-94-ED, aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del 
Personal. 
4.12. Resolución Ministerial Nº 440-2008-ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica 
Regular. 
4.13. R.M. Nº 0622 – 2013- ED “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 
2014 en la Educación Básica” 
4.14. RVM. Nº 0022 – 2007 – ED Normas para el fortalecimiento de la convivencia y disciplina 
escolar, el uso adecuado del tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los 
estudiantes de las Instituciones de Programas de Educación Básica. 
4.15. Directiva Nº 004-VMG- 2005 aprobado por la RM Nº 234-2005-ED “Evaluación de los 
Aprendizajes en la Educación Básica Regular” 
4.16. Directiva N° 009-2013-GR/DRE-C/DIGEP “Normas Complementarias a la R.M. N° 622- 
2013-ED en la Educación Básica” de la DRE Cusco. 
V. ORIENTACIONES Y DISPOSICIONES GENERALES 
5.1. FINALIZACION DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS: Entendida como el periodo de 
tiempo en que toda aquella actividad prevista por la comunidad magisterial, directores(as) 
y docentes de la diferentes Áreas con el propósito de evaluar o fortalecer la capacidades 
y competencias de los estudiantes culmina para luego consolidar documentación oficial 
que posibilite al Acto de la Clausura del Año Escolar. 
En el ámbito de la UGEL Paruro no debe de excederse las actividades educativas más 
allá del periodo considerado para la Clausura del Año Escolar; es decir como fecha 
máxima hasta el día 19 del mes en curso. 
5.2. CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR: Se realizara en cada Institución Educativa 
teniendo en cuenta su calendarización, habiendo cumplido real y efectivamente las horas 
mínimas establecidas para el nivel de educación secundaria (1200 horas). La Directiva N° 
009-2013-GR/DRE-C/DIGEP “Normas Complementarias a la R.M. N° 622-2013-ED en la 
Educación Básica” de la DRE Cusco; establece que a nivel regional el margen 
recomendado para este procedimiento es desde el día 22 hasta el 31 del presente mes. 
5.3. EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES: Para Educación de Nivel Secundaria los 
criterios de evaluación de los aprendizajes y aprobación de grado están en la directiva Nº 
004 VMGP – 2005 aprobado por RM Nº 0234-2005-ED. 
5.4. MEDIOS, RECURSOS Y MATERIALES EDUCATIVOS; entregados a los estudiantes en 
el presente año y otros cedidos en calidad de préstamo a los docentes y que son 
propiedad de la I.E, teniendo en cuenta las normas establecidas a fin de garantizar el 
cuidado, conservación de los módulos de biblioteca y de los materiales bibliográficos,
audiovisuales, informáticos, tecnológicos disponibles que contribuyen al logro de los 
aprendizajes. 
3 
5.5. REPORTE EN EL SIAGIE 
Los reportes emitidos utilizando el SIAGIE tienen carácter oficial y la información 
contenida en ellos es de responsabilidad del Director de la institución educativa. 
Asimismo, las boletas de notas deberán ser generadas por el SIAGIE y entregadas a los 
padres de familia, después de finalizado cada periodo de evaluación, en caso la 
institución educativa haya configurado su tipo de registro de evaluaciones por periodo. 
En las UGEL, los especialistas SIAGIE y quienes verifican los documentos oficiales 
impresos; tienen la obligación de aprobar las nóminas y actas en sus correspondientes 
versiones digitales de tal forma que ambos formatos contengan la misma información y se 
garantice de esta manera la integridad en los registros académicos de los estudiantes. 
5.6. ENTREGA DE CERTIFICADOS: Son de expedición gratuita e inmediata para los 
estudiantes que concluyen el Nivel Secundario en las Instituciones de Gestión Pública, 
salvo se trate de la entrega de duplicados. La UGEL Paruro promoverá la entrega 
oportuna de los formatos de certificación a cada una de las Instituciones Educativas de su 
ámbito. 
VI. ORIENTACIONES Y DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL NIVEL 
6.1. Los Docentes de las diferentes I.E. presentaran a los Directores o Subdirectores los 
documentos siguientes: 
 Registro de evaluación y Asistencia. 
 Informe de Gestión Pedagógica 2014 (con énfasis en el análisis estadístico referente 
a la situación final de los estudiantes por Grados y Áreas remarcando logros-dificultades 
además de acciones de Tutoría según secciones a cargo) 
 Dirección domiciliaria, número telefónico y referencias (del docente durante el 
periodo vacacional); con copia dirigida al Área de Administración y Personal de la 
UGEL Paruro. 
 Inventario Actualizado en caso se haya usado ambientes y o bienes de la I.E.( en el 
caso de docentes contratados con visto bueno de CONEI y representante de Padres 
de Familia) 
 Informe del uso y aplicación de los recursos del aula de innovación, centro de 
recursos tecnológicos, Rutas de Aprendizaje si es que la I.E. y el área lo hayan 
ameritado. 
Los Directores de las II.EE. pueden solicitar otros documentos que consideren necesarios. 
En las I.E(s). en las que el(la) Director(a) es docente contratado(a), este conformará 
una comisión interna de recepción de los documentos antes mencionados, organizará 
un expediente por cada docente incluyendo el suyo propio (en caso tenga áreas a cargo) 
y los remitirán al Área de Gestión Pedagógica por conducto regular los cuales después de 
obtener el visto bueno del Equipo de Especialistas del Nivel será considerado como apto 
para el informe de pago proporcional y otros de carácter oficial para los efectos de 
contrata o nombramiento si se dieran en el siguiente año. 
6.2. Los directores de las II.EE. presentarán a la UGEL lo siguiente: 
6.2.1. Área de Gestión Pedagógica
 Informe de Gestión Anual centrado en el Plan Anual de Trabajo en términos 
de logros de los 08 Compromisos de Gestión enfatizando los logros y 
dificultades (Adjuntar Anexo 1) 
 Resumen estadístico de los resultados obtenidos en la Gestión Educativa 
Anual centrado en el logro de los 08 Compromisos de Gestión (Adjuntar 
Anexo 2) 
 Consolidado anual de las horas efectivas. 
 Acta del cuadro de méritos con la relación de los estudiantes que han 
culminado la EBR. ocupando los 10 primeros lugares en orden de 
mérito, adjuntando los certificados promocionales de los cinco 
primeros puestos, dentro de los 10 días hábiles de finalizadas las actividades 
de aprendizaje de conformidad a la R.M. N° 1225-85-ED. 
 Información consolidada de los programas y acciones desarrolladas sobre 
prevención, conservación del ambiente natural, y gestión del riesgo (05 
simulacros de sismos programados durante el año). Adjuntar evidencias y 
copia de la entrega del Plan de Gestión de Riesgos. 
 Reporte de Inclusión Educativa en caso haya reportado casos considerados 
4 
en este rubro. 
 Informe de supervisión, monitoreo y acompañamiento desarrollado con 
docentes según lo previsto en su Plan. 
6.2.2. Área De Gestión Institucional 
 Informe sobre el reconocimiento y funcionamiento del CONEI. 
 Informe sobre reconocimiento y coordinaciones con APAFA. 
 Informe sobre Programa de Mantenimiento de Locales Escolares (Programa 
Wasichay). 
 Cuadro de distribución de horas con ajuste a los últimos dispositivos legales 
proyectado al Año Escolar 2015. 
6.2.3. Área De Administración y Personal. 
 Informe del movimiento económico- Libro de Caja. 
 Inventario detallado de los bienes y enseres de la IE. 
 Cuadro de Asignación del Personal: estructural y funcional actualizado al 
Año Escolar 2014. 
 Informe sobre el desempeño laboral de personal docente y administrativo 
destacados y contratados 2014. 
 Inventario de altas y bajas 2014. 
 Copia del Acta de Clausura del año escolar 2014. 
 Informe de asistencia del personal – mes de diciembre del 2014. 
 Remisión de información del personal en abandono de cargo, debiendo 
informar si en su planilla aparecen abonados sus pagos. 
 Los directores de las diferentes Instituciones Educativas que tienen personal 
contratado, deberán presentar a más tardar el 15 de diciembre en informe 
correspondiente de trabajo de su personal a fin de evitar pagos indebidos. 
 Presentación del Inventario Físico y el Cuadro de Necesidades para el 
Presupuesto 2014. 
Los(as) Directores(as) completaran la entrega de los documentos antes mencionados 
hasta el día 16 de Enero del Año 2015; En el caso de las I.E. donde el(la) Director(a) es 
docente contratado(a), dadas las características de su condición laboral se hará hasta 
el 31 del mes en curso con visto bueno e informe favorable de las instancias
correspondientes que posibilitaran el pago proporcional de sus remuneraciones 
vacacionales 
6.2.4. Difundir el proceso de admisión 2014 del Colegio de Alto Rendimiento (COAR) 
5 
con sede provisional en Pucyura-Anta. 
6.2.5. Seleccionar a los dos mejores estudiantes del 2° grado siguiendo los 
procedimientos recomendados por las normas de los COAR(s). 
6.2.6. Entregar la constancia correspondiente de haber obtenido el primer, segundo y 
tercer puesto con nota promedio mayor o igual a 15 puntos (en escala vigesimal 
de calificación) a los padres de familia de los estudiantes respectivos. 
6.2.7. Con respecto a los certificados de estudios Oficiales: 
 Se debe utilizar el formato oficial expedido por el Ministerio de Educación. 
 Las calificaciones deben ser consignadas en letras, con tinta liquida y azul. 
 Las notas de subsanación y/o recuperación en los certificados es 
entera responsabilidad del Director de la IE que emite el certificado 
 En las filas correspondientes a "otras asignaturas y áreas" deberá escribirse 
los calificativos correspondientes a los planes de estudios de años anteriores. 
 Deben ir con firmas, sellos y post firmas del Director y Secretario; en caso de 
no contar la IIEE con secretario debe firmar y sellar el Director. 
 Los casilleros del certificado, que quedan en blanco o no son utilizados en el 
llenado, deben ser cerrados con una línea horizontal o diagonal; con la 
finalidad de impedir adicionar información. 
6.2.8. Respecto de la Promoción y Repitencia: 
 Repite el grado de estudios los estudiantes que al término del año escolar 
2014, desaprueban cuatro o más áreas curriculares, incluidos las áreas o 
talleres que fueron creados como parte de las horas de libre disponibilidad y 
el área curricular pendiente de subsanación y cuando al termino del Programa 
de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban 
dos o más áreas curriculares. 
 El estudiante que tiene hasta tres áreas curriculares desaprueban (incluido el 
área a cargo) a diciembre del 2014 puede seguir el Programa de 
Recuperación Pedagógica o pasar directamente a la evaluación de 
recuperación en cualquier mes del año 2015. 
 Los estudiantes que después de la evaluación de recuperación en el mes de 
enero o febrero del 2015 se mantengan con un área curricular desaprobada 
serán evaluados en el transcurso del año en esa área a fin de subsanar su 
nota desaprobada. 
6.2.9. La determinación del orden de méritos de los cinco primeros puestos, al finalizar 
los cinco años de todas las áreas y talleres del Plan de Estudios de conformidad a 
la R.M. Nº 1225-85-ED. 
6.2.10. El director de la Il.EE debe de tomar las previsiones del caso para que los 
estudiantes del 5º de Educación Secundaria obtengan sus certificados 
promocionales de estudios y otros documentos en la clausura del año escolar, 
siempre y cuando no tengan dificultades en el proceso de evaluación para 
posibilitarlos al acceso como postulantes a la Universidades locales, nacionales 
además de instituciones que imparten formación superior.
6 
VII. RECOMENDACIONES FINALES 
7.1. El equipo Directivo de las I.E(s). son responsables del cumplimiento de la presente 
directiva, bajo responsabilidad funcional y administrativa. 
7.2. Los documentos se ingresa por mesa de partes y adjuntando formato virtual (CD con los 
documentos requeridos). 
7.3. Es función de los directores de las Instituciones Educativas informar a la UGEL por 
escrito adjuntando evidencias de los resultados de su gestión, considerando las 
normas nacionales vigentes. 
7.4. Los directores de las II.EE deberán organizar y ejecutar eventos diversos con la 
presencia de la comunidad educativa en el marco del Tercer Momento (Balance del Año 
Escolar y Rendición de Cuentas) el mismo que deberán estar mencionado en el Informe 
de Gestión Anual. 
7.5. Los Directores podrán presentar los documentos de finalización del Año Escolar 2014 a 
partir del día siguiente de la clausura, hasta el día 16 de enero del 2015. 
7.6. Los docentes y directores de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular, 
que no cumplan en hacer entrega la documentación requerida en los plazos 
determinados son pasibles de sanción administrativa. 
7.7. Las demás áreas u oficinas de cada UGEL podrán requerir información adicional 
de acuerdo a sus necesidades. 
7.8. Está prohibido tomar evaluaciones para acceder a matrículas de y primer grado de 
educación secundaria, siendo los requisitos únicamente lo establecido por Ley. 
7.9. El personal docente hará uso de sus vacaciones siempre y cuando haya cumplido con 
sus funciones inherentes al cargo (finalización y planificación 2015), previa constancia 
del director del plantel. 
7.10. Las actividades de finalización de año escolar como reuniones y fiestas de 
promoción en las instituciones educativas públicas no tiene carácter de obligatorio 
por afectar la economía familiar. 
7.11. Los aspectos no contemplados en el presente Directiva serán absueltos por la instancia 
correspondiente. 
Paruro, Diciembre del 2014 
JHCh/D-UGEL-P 
FCC/J-AGP 
LVJ/Es-Sec.

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Instructivo.secundaria.2014.

  • 1. 1 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION - CUSCO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL PARURO ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA “AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO” INSTRUCTIVO N° … . . -2014-GRC-DREC/UGEL-P/AGP -P FINALIZACIÓN DEL AÑO I. FINALIDAD ESCOLAR 2014 NIVEL SECUNDARIO Normar y orientar las acciones administrativas, institucionales y técnicas pedagógicas, al finalizar el año escolar 2014 en las II.EE EBR del Nivel Secundario, en el ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paruro en cumplimiento a lo establecido en la R.M. Nº 0622-2013- ED en el ámbito de la Región Cusco. II. OBJETIVOS 2.1. Orientar al personal directivo, jerárquico y docentes sobre los lineamientos básicos del trabajo Pedagógico que deben desarrollarse al término del año escolar 2014 en las Instituciones Educativas de Educación Secundaria del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paruro. 2.2. Establecer orientaciones para la evaluación respecto de la calidad del servicio educativo en relación a los compromisos e indicadores de gestión y actividades desarrolladas en el presente año escolar. 2.3. Garantizar en el proceso de culminación del año escolar dentro del plazo establecido de acuerdo a la calendarización y cumplimiento de las horas efectivas que el nivel demanda acorde al marco normativo del nivel. 2.4. Evaluar la información estadística; metas de atención; matricula, aprobados, desaprobados, repitentes, retirados, deserción escolar y déficit de atención, entre otros. 2.5. Establecer acciones de previsión para el desarrollo del año escolar 2015, en cuanto a aspectos técnico pedagógico y documentos de gestión. 2.6. Sistematizar a nivel regional la información de las Instituciones Educativas III. ALCANCES 3.1. Unidad de Gestión Educativa Local Paruro. 3.2. Instituciones Educativas del ámbito de la UGEL Paruro que cuentan con Nivel Secundario. 3.3. Auxiliares de Educación, Auxiliares de Biblioteca, Auxiliares de Laboratorio y Personal Administrativo de las I.E. que brinden servicio educativo en el nivel secundario. IV. BASE LEGAL 4.1. Constitución Política del Perú. 4.2. Ley Nº 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias: Leyes Nº 28123, Nº 28302 Nº 28326. 4.3. Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial.
  • 2. 4.4. Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. 4.5. Ley Nº 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las II.EE. 4.6. Ley Nº 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público 2 esencial. 4.7. D.S. Nº 011-2012-ED “Reglamento de la Ley Nº 28044” 4.8. D.S. N° 008-2006-ED, que aprueba los Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Educativa de Trabajo Docente en las II.EE. 4.9. D.S. Nº 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29713, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las II.EE. 4.10. R.M. Nº 1225-85-ED, sobre los primeros puestos en el cuadro de méritos Nivel Secundaria. 4.11. R.M. Nº 0571-94-ED, aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal. 4.12. Resolución Ministerial Nº 440-2008-ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular. 4.13. R.M. Nº 0622 – 2013- ED “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica” 4.14. RVM. Nº 0022 – 2007 – ED Normas para el fortalecimiento de la convivencia y disciplina escolar, el uso adecuado del tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los estudiantes de las Instituciones de Programas de Educación Básica. 4.15. Directiva Nº 004-VMG- 2005 aprobado por la RM Nº 234-2005-ED “Evaluación de los Aprendizajes en la Educación Básica Regular” 4.16. Directiva N° 009-2013-GR/DRE-C/DIGEP “Normas Complementarias a la R.M. N° 622- 2013-ED en la Educación Básica” de la DRE Cusco. V. ORIENTACIONES Y DISPOSICIONES GENERALES 5.1. FINALIZACION DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS: Entendida como el periodo de tiempo en que toda aquella actividad prevista por la comunidad magisterial, directores(as) y docentes de la diferentes Áreas con el propósito de evaluar o fortalecer la capacidades y competencias de los estudiantes culmina para luego consolidar documentación oficial que posibilite al Acto de la Clausura del Año Escolar. En el ámbito de la UGEL Paruro no debe de excederse las actividades educativas más allá del periodo considerado para la Clausura del Año Escolar; es decir como fecha máxima hasta el día 19 del mes en curso. 5.2. CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR: Se realizara en cada Institución Educativa teniendo en cuenta su calendarización, habiendo cumplido real y efectivamente las horas mínimas establecidas para el nivel de educación secundaria (1200 horas). La Directiva N° 009-2013-GR/DRE-C/DIGEP “Normas Complementarias a la R.M. N° 622-2013-ED en la Educación Básica” de la DRE Cusco; establece que a nivel regional el margen recomendado para este procedimiento es desde el día 22 hasta el 31 del presente mes. 5.3. EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES: Para Educación de Nivel Secundaria los criterios de evaluación de los aprendizajes y aprobación de grado están en la directiva Nº 004 VMGP – 2005 aprobado por RM Nº 0234-2005-ED. 5.4. MEDIOS, RECURSOS Y MATERIALES EDUCATIVOS; entregados a los estudiantes en el presente año y otros cedidos en calidad de préstamo a los docentes y que son propiedad de la I.E, teniendo en cuenta las normas establecidas a fin de garantizar el cuidado, conservación de los módulos de biblioteca y de los materiales bibliográficos,
  • 3. audiovisuales, informáticos, tecnológicos disponibles que contribuyen al logro de los aprendizajes. 3 5.5. REPORTE EN EL SIAGIE Los reportes emitidos utilizando el SIAGIE tienen carácter oficial y la información contenida en ellos es de responsabilidad del Director de la institución educativa. Asimismo, las boletas de notas deberán ser generadas por el SIAGIE y entregadas a los padres de familia, después de finalizado cada periodo de evaluación, en caso la institución educativa haya configurado su tipo de registro de evaluaciones por periodo. En las UGEL, los especialistas SIAGIE y quienes verifican los documentos oficiales impresos; tienen la obligación de aprobar las nóminas y actas en sus correspondientes versiones digitales de tal forma que ambos formatos contengan la misma información y se garantice de esta manera la integridad en los registros académicos de los estudiantes. 5.6. ENTREGA DE CERTIFICADOS: Son de expedición gratuita e inmediata para los estudiantes que concluyen el Nivel Secundario en las Instituciones de Gestión Pública, salvo se trate de la entrega de duplicados. La UGEL Paruro promoverá la entrega oportuna de los formatos de certificación a cada una de las Instituciones Educativas de su ámbito. VI. ORIENTACIONES Y DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL NIVEL 6.1. Los Docentes de las diferentes I.E. presentaran a los Directores o Subdirectores los documentos siguientes:  Registro de evaluación y Asistencia.  Informe de Gestión Pedagógica 2014 (con énfasis en el análisis estadístico referente a la situación final de los estudiantes por Grados y Áreas remarcando logros-dificultades además de acciones de Tutoría según secciones a cargo)  Dirección domiciliaria, número telefónico y referencias (del docente durante el periodo vacacional); con copia dirigida al Área de Administración y Personal de la UGEL Paruro.  Inventario Actualizado en caso se haya usado ambientes y o bienes de la I.E.( en el caso de docentes contratados con visto bueno de CONEI y representante de Padres de Familia)  Informe del uso y aplicación de los recursos del aula de innovación, centro de recursos tecnológicos, Rutas de Aprendizaje si es que la I.E. y el área lo hayan ameritado. Los Directores de las II.EE. pueden solicitar otros documentos que consideren necesarios. En las I.E(s). en las que el(la) Director(a) es docente contratado(a), este conformará una comisión interna de recepción de los documentos antes mencionados, organizará un expediente por cada docente incluyendo el suyo propio (en caso tenga áreas a cargo) y los remitirán al Área de Gestión Pedagógica por conducto regular los cuales después de obtener el visto bueno del Equipo de Especialistas del Nivel será considerado como apto para el informe de pago proporcional y otros de carácter oficial para los efectos de contrata o nombramiento si se dieran en el siguiente año. 6.2. Los directores de las II.EE. presentarán a la UGEL lo siguiente: 6.2.1. Área de Gestión Pedagógica
  • 4.  Informe de Gestión Anual centrado en el Plan Anual de Trabajo en términos de logros de los 08 Compromisos de Gestión enfatizando los logros y dificultades (Adjuntar Anexo 1)  Resumen estadístico de los resultados obtenidos en la Gestión Educativa Anual centrado en el logro de los 08 Compromisos de Gestión (Adjuntar Anexo 2)  Consolidado anual de las horas efectivas.  Acta del cuadro de méritos con la relación de los estudiantes que han culminado la EBR. ocupando los 10 primeros lugares en orden de mérito, adjuntando los certificados promocionales de los cinco primeros puestos, dentro de los 10 días hábiles de finalizadas las actividades de aprendizaje de conformidad a la R.M. N° 1225-85-ED.  Información consolidada de los programas y acciones desarrolladas sobre prevención, conservación del ambiente natural, y gestión del riesgo (05 simulacros de sismos programados durante el año). Adjuntar evidencias y copia de la entrega del Plan de Gestión de Riesgos.  Reporte de Inclusión Educativa en caso haya reportado casos considerados 4 en este rubro.  Informe de supervisión, monitoreo y acompañamiento desarrollado con docentes según lo previsto en su Plan. 6.2.2. Área De Gestión Institucional  Informe sobre el reconocimiento y funcionamiento del CONEI.  Informe sobre reconocimiento y coordinaciones con APAFA.  Informe sobre Programa de Mantenimiento de Locales Escolares (Programa Wasichay).  Cuadro de distribución de horas con ajuste a los últimos dispositivos legales proyectado al Año Escolar 2015. 6.2.3. Área De Administración y Personal.  Informe del movimiento económico- Libro de Caja.  Inventario detallado de los bienes y enseres de la IE.  Cuadro de Asignación del Personal: estructural y funcional actualizado al Año Escolar 2014.  Informe sobre el desempeño laboral de personal docente y administrativo destacados y contratados 2014.  Inventario de altas y bajas 2014.  Copia del Acta de Clausura del año escolar 2014.  Informe de asistencia del personal – mes de diciembre del 2014.  Remisión de información del personal en abandono de cargo, debiendo informar si en su planilla aparecen abonados sus pagos.  Los directores de las diferentes Instituciones Educativas que tienen personal contratado, deberán presentar a más tardar el 15 de diciembre en informe correspondiente de trabajo de su personal a fin de evitar pagos indebidos.  Presentación del Inventario Físico y el Cuadro de Necesidades para el Presupuesto 2014. Los(as) Directores(as) completaran la entrega de los documentos antes mencionados hasta el día 16 de Enero del Año 2015; En el caso de las I.E. donde el(la) Director(a) es docente contratado(a), dadas las características de su condición laboral se hará hasta el 31 del mes en curso con visto bueno e informe favorable de las instancias
  • 5. correspondientes que posibilitaran el pago proporcional de sus remuneraciones vacacionales 6.2.4. Difundir el proceso de admisión 2014 del Colegio de Alto Rendimiento (COAR) 5 con sede provisional en Pucyura-Anta. 6.2.5. Seleccionar a los dos mejores estudiantes del 2° grado siguiendo los procedimientos recomendados por las normas de los COAR(s). 6.2.6. Entregar la constancia correspondiente de haber obtenido el primer, segundo y tercer puesto con nota promedio mayor o igual a 15 puntos (en escala vigesimal de calificación) a los padres de familia de los estudiantes respectivos. 6.2.7. Con respecto a los certificados de estudios Oficiales:  Se debe utilizar el formato oficial expedido por el Ministerio de Educación.  Las calificaciones deben ser consignadas en letras, con tinta liquida y azul.  Las notas de subsanación y/o recuperación en los certificados es entera responsabilidad del Director de la IE que emite el certificado  En las filas correspondientes a "otras asignaturas y áreas" deberá escribirse los calificativos correspondientes a los planes de estudios de años anteriores.  Deben ir con firmas, sellos y post firmas del Director y Secretario; en caso de no contar la IIEE con secretario debe firmar y sellar el Director.  Los casilleros del certificado, que quedan en blanco o no son utilizados en el llenado, deben ser cerrados con una línea horizontal o diagonal; con la finalidad de impedir adicionar información. 6.2.8. Respecto de la Promoción y Repitencia:  Repite el grado de estudios los estudiantes que al término del año escolar 2014, desaprueban cuatro o más áreas curriculares, incluidos las áreas o talleres que fueron creados como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación y cuando al termino del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares.  El estudiante que tiene hasta tres áreas curriculares desaprueban (incluido el área a cargo) a diciembre del 2014 puede seguir el Programa de Recuperación Pedagógica o pasar directamente a la evaluación de recuperación en cualquier mes del año 2015.  Los estudiantes que después de la evaluación de recuperación en el mes de enero o febrero del 2015 se mantengan con un área curricular desaprobada serán evaluados en el transcurso del año en esa área a fin de subsanar su nota desaprobada. 6.2.9. La determinación del orden de méritos de los cinco primeros puestos, al finalizar los cinco años de todas las áreas y talleres del Plan de Estudios de conformidad a la R.M. Nº 1225-85-ED. 6.2.10. El director de la Il.EE debe de tomar las previsiones del caso para que los estudiantes del 5º de Educación Secundaria obtengan sus certificados promocionales de estudios y otros documentos en la clausura del año escolar, siempre y cuando no tengan dificultades en el proceso de evaluación para posibilitarlos al acceso como postulantes a la Universidades locales, nacionales además de instituciones que imparten formación superior.
  • 6. 6 VII. RECOMENDACIONES FINALES 7.1. El equipo Directivo de las I.E(s). son responsables del cumplimiento de la presente directiva, bajo responsabilidad funcional y administrativa. 7.2. Los documentos se ingresa por mesa de partes y adjuntando formato virtual (CD con los documentos requeridos). 7.3. Es función de los directores de las Instituciones Educativas informar a la UGEL por escrito adjuntando evidencias de los resultados de su gestión, considerando las normas nacionales vigentes. 7.4. Los directores de las II.EE deberán organizar y ejecutar eventos diversos con la presencia de la comunidad educativa en el marco del Tercer Momento (Balance del Año Escolar y Rendición de Cuentas) el mismo que deberán estar mencionado en el Informe de Gestión Anual. 7.5. Los Directores podrán presentar los documentos de finalización del Año Escolar 2014 a partir del día siguiente de la clausura, hasta el día 16 de enero del 2015. 7.6. Los docentes y directores de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular, que no cumplan en hacer entrega la documentación requerida en los plazos determinados son pasibles de sanción administrativa. 7.7. Las demás áreas u oficinas de cada UGEL podrán requerir información adicional de acuerdo a sus necesidades. 7.8. Está prohibido tomar evaluaciones para acceder a matrículas de y primer grado de educación secundaria, siendo los requisitos únicamente lo establecido por Ley. 7.9. El personal docente hará uso de sus vacaciones siempre y cuando haya cumplido con sus funciones inherentes al cargo (finalización y planificación 2015), previa constancia del director del plantel. 7.10. Las actividades de finalización de año escolar como reuniones y fiestas de promoción en las instituciones educativas públicas no tiene carácter de obligatorio por afectar la economía familiar. 7.11. Los aspectos no contemplados en el presente Directiva serán absueltos por la instancia correspondiente. Paruro, Diciembre del 2014 JHCh/D-UGEL-P FCC/J-AGP LVJ/Es-Sec.